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Victimología
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Libro electrónico337 páginas3 horas

Victimología

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La víctima necesita reconocimiento, reclama visibilidad y apoyo. La nueva Victimología, debe abandonar definitivamente las posiciones culpabilizadoras y desde una actitud proactiva luchar por la consecución de una justicia penal y social acordes con los derechos y necesidades de la víctima. Los procesos de desvictimización deben ser una prioridad para una sociedad que se proclama moderna, igualitaria y justa
IdiomaEspañol
Fecha de lanzamiento8 sept 2024
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    Victimología - Salvador López Bautista

    Edición: (1) (2024)

    ISBN: 978-65-266-2681-8

    Pensática Unipessoal Lda., Número de Identificação Fiscal 517215560

    Rua Luis António Verney, 154 - São Domingos de Rana - Cascais - Distrito de Lisboa, Portugal

        Si actúas como una víctima, es probable que seas tratado como tal

    Paulo Coelho.

    INTRODUCCIÓN

    El crimen es y ha sido una cuestión profundamente preocupante a lo largo de la historia de la humanidad. Dicho problema se ha venido abordando con las herramientas legales y punitivas acordes con el modo de pensar y actuar de cada sociedad, en cada momento.

    Son muchas las áreas del conocimiento que se vienen ocupando del delito o de las conductas antisociales, fundamentalmente el derecho penal, la sociología, la psicología… y de modo especialmente dedicado la criminología, que como ciencia pluridisciplinar vuelca todo su esfuerzo en acometer el estudio integral del delito, extendiendo su objeto al delincuente, al control social y a la víctima. Vemos que por definición la víctima ocupa o debería ocupar un lugar preponderante en la misma esencia de la ciencia criminológica.

    La Criminología es una ciencia joven, apenas centenaria. En sus inicios se centraba en encontrar motivos que explicasen la conducta criminal, mediante la focalización del sujeto criminal o delincuente. Por su parte el derecho penal, a través de la materialización del derecho penal positivo, se configura como un código punitivo, con el loable objetivo de asegurar la convivencia y la paz social, se ha centrado tradicionalmente y casi con exclusividad absoluta en el delincuente y en las medidas retributivas, sancionadoras, asociadas a cada acción contradictoria de la norma.

    La psicología criminal, trata de determinar y explicar los procesos cognitivos que dan paso a la comisión de un delito, con una aparente vocación de aportar los denominados perfiles criminales y aportar nuevas perspectivas al derecho penal y procesal.

    Por su parte la sociología criminal se esfuerza en aportar explicaciones que se puedan contextualizar en el ámbito de la prevención y previsión delictiva. Pretende detectar conductas antisociales o desviadas y aquellos factores asociados que puedan entrar en la categoría de predicciones. También se centra en la figura del delincuente, desde el entorno teórico que le es propio.

    Observamos que en todas estas parcelas del conocimiento la víctima está presente de una manera residual. Es del todo imposible que haya un delito, una conducta antisocial, un crimen… si no hay ningún damnificado, ningún perjudicado, ningún bien lesionado, esto es, no hay delito sin víctima. Sin embargo, la invisibilidad de la víctima es un mal endémico que sólo recientemente está siendo abordado, en principio por la propia Criminología y con una mayor ambición desde la Victimología.

    A mediados del S. XX podemos situar el nacimiento de una corriente de pensamiento que empieza a tomar conciencia de la propia relevancia de la víctima y de la necesidad de abordar su estudio científico. Autores como Mendelsohn o Von Hentig se posicionan como padres de una nueva disciplina más o menos autónoma que busca ofrecer una visión sobre la otra cara de la moneda del delito, la víctima. Primero se centraron en el establecimiento de categorías victímales y su relación propiciadora con la comisión del delito, en una suerte de victidogmática básica.

    Estamos pues ante el nacimiento del reconocimiento de la víctima, a través de una disciplina, la Victimología, que, con plena independencia, o no, de la Criminología, se configura como una ciencia interdisciplinar que se ocupa del conocimiento relativo a los procesos de victimación y desvictimación en un sentido amplio (Varona et al., 2014).

    En este sentido Echeburúa et al. (2006), concibe la victimología como la ciencia que asume el estudio de esa dinámica de victimación / desvictimación, siendo además la depositaria del estudio del modo en que una persona deviene víctima, de las dimensiones de la victimación, así como de la prevención y reducción de la misma y del conjunto de respuestas sociales, jurídicas y asistenciales tendentes a la reparación y reintegración social de la víctima.

    Sin abundar más en temas conceptuales, nos hacemos eco de Alonso (2019) que refería que la sistematización de los referentes teóricos de la Victimología ha permitido:

    El estudio de las diferentes ópticas del concepto de victimización.

    Aseverar que la Victimología como ciencia tiene un amplio progreso por el desarrollo futuro.

    Reconocer la necesidad de nuevos conceptos, metodologías, tratamientos y enfoques de observación.

    TIPOLOGÍAS VICTIMALES.

    Como primer paso para afrontar el proceso de victimación, habría que aclarar ciertas cuestiones conceptuales, y este asunto nunca está exento de controversia. En este sentido convendría reflexionar sobre el término víctima que como veremos puede ser una cuestión algo más compleja de lo que en principio podríamos considerar.

    Desde el punto de vista del derecho, una víctima vendría a asimilarse, la mayor parte de las veces, con el sujeto pasivo de un delito, aquella persona titular de un bien jurídico protegido que ha sido lesionado como consecuencia de la materialización del hecho delictivo. No obstante, esta definición quedaría sumamente pobre para los propósitos de la Victimología o de la Criminología, puesto que como veremos más adelante, hay víctimas indirectas que no entrarían en la anterior definición.

    También podemos recurrir en nuestro afán definitorio a declaraciones normativas como la establecida por la Asamblea General de la ONU en su Resolución 40/34 de 1985, donde se indica con precisión normativa quienes son considerados víctimas de delitos:

    En este mismo sentido, y más recientemente encontramos en el ámbito de la Unión Europea, la Directiva 2012/29/UE de 25 de octubre, donde se establece que se entenderá por víctima:

    Esta norma además habilita a los Estados Miembros a limitar el número de familiares que pueden acogerse a los derechos establecidos en la propia Directiva y garantiza que el acceso a los servicios de apoyo a las víctimas no dependa de que la previa presentación de denuncia por infracción penal.

    Situándonos ahora en el plano nacional, encontramos que el Estatuto de la víctima del delito (Ley 4/2015 de 27 de abril), habla de que sus disposiciones son aplicables a:

    Podemos abundar en la cuestión retrotrayéndonos a García-Pablos de Molina (2014), sobre la problemática de la cuestión conceptual que nos ocupa, abordando además la dualidad persona física/jurídica, donde también hay ciertas discrepancias, como igualmente las hay sobre  los propios agentes victimizantes o incluso sobre las causas que llevan a la victimación, aludiendo a si la víctima es una condición exclusiva de los delitos o debería ampliarse a otros factores desencadenantes como accidentes o fenómenos naturales.

    Para contribuir aún más a la controversia doctrinal, podríamos aludir a la corriente criminológica marxista que considera que el término víctima como una "construcción social de los poderosos", un mecanismo de defensa esgrimido como herramienta facilitadora del sometimiento de las clases oprimidas, que son las verdaderas víctimas, al serlo del sistema capitalista.

    La SEV¹ entiende la victimología como conjunto de conocimientos en el que confluyen un conjunto de disciplinas, a la vez que como movimiento cívico y humanista. Conciben que el término víctima, engloba a toda persona que haya sufrido personalmente, de modo directo o indirecto, las consecuencias de un delito, haya sido declarada formalmente o no como tal la existencia del mismo por parte de un órgano jurisdiccional.

    En un sentido amplio, el término asumiría a las personas que hayan sufrido los efectos de la guerra, enfrentamiento armado, catástrofe natural o accidente (SEV, 2004).

    Mas allá de este debate y de los múltiples y variados posicionamientos, encontramos a la víctima como la otra cara de la moneda, como elemento constitutivo de la pareja criminal constituida por víctima y victimario, que no es otra cosa que una persona física que sufre los efectos del delito. En esa línea se posicionaron autores como Mendelsohn que afirmaba que la víctima es una persona que sufre un malestar emocional por un suceso traumático, accediendo a un primer plano la humillación, el desvalimiento y la quiebra de la sensación de seguridad. En esta concepción amplía se situaría la victimología que podría resumir las diferentes perspectivas, considerando, finalmente, que una víctima es una persona física que sufre de manera directa o indirecta las consecuencias de un delito o de un menoscabo de sus derechos como ser humano.

    Criterios Tipológicos.

    Aunque sin duda alguna hay quien duda del hecho mismo de establecer clasificaciones, argumentando desde una más que pobreza teórica y/o empírica, hasta la propia utilidad de las mismas. No obstante, hay que tener en cuenta que los esquemas clasificatorios ayudan a agrupar elementos comunes compartidos por una pluralidad de elementos, lo que lleva, por otro lado, a encontrar también diferencias con otros y a la identificación y detección de esos matices diferenciales, de esas características o variables que podrían allanar el camino para los estudios científicos relacionados con la materia en la que se pretenda avanzar.

    Las tipologías victímales, constituyen una herramienta para la organización del conocimiento científico, y, en el contexto victimológico propician y facilitan tanto la investigación como la aplicación de medidas asistenciales adecuadas, moduladas por las diferentes necesidades, que pudieran tener diferentes tipos de víctimas. En otras palabras, al distinguir entre clases, categorías o tipos, se permite un horizonte más amplio a la vez que específico, donde las medidas tanto de tratamiento como de prevención podrían aplicarse en base a criterios individualizados.

    Por otro lado, una vez sentada la utilidad de establecer ejes clasificatorios y categorías, hay que admitir, sin ningún tipo de pudor, que todas las clasificaciones existentes presentan un alto grado de generalidad, y por tanto de ambigüedad, por lo que en no pocas ocasiones el encaje de una víctima en una de ellas puede entrañar un alto grado de dificultad, al observar, incluso, que comparte características de más de una de esas categorías o tipologías.

    Respecto a la clasificación de las víctimas podemos afirmar que Mendelsohn y Von Hentig son considerados los pioneros de esta metodología. El resto de clasificaciones derivan de esa idea inicial y siguen los criterios teóricos de uno u otro.

    También deberíamos volver a recordar la fortaleza del vínculo del término víctima con el derecho penal, motivo por el cual la Victimología se erige en el paladín que trata de mostrar la pobreza con la que el derecho penal trataba a esta figura, su desconocimiento sobre la variedad de las mismas y el mismo hecho diferencial asociado a cada una de ellas.

    Como consecuencia de ese vínculo antes aludido, el eje vertebrador de las clasificaciones contempla lo que podríamos llamar la actitud penal de la víctima, dando lugar a la creación de dos modelos:

    En ellos se considera que la víctima contribuye a su propia victimación, es decir tiene algo así como un papel activo en la ejecución del delito. Proyecta de manera clara una culpa sobre la víctima.

    Se basan en la concurrencia de una multiplicidad de factores en la ejecución del comportamiento ilícito que da lugar a la victimación. La naturaleza multidisciplinar de estos factores la podemos encontrar en su origen criminológico, psicológico, sociológico o biológico, que derivan en la propia predisposición o vulnerabilidad de la víctima.

    En otras palabras, hay personas que por razones innatas son propensas a convertirse en víctimas.

    La Contribución y la Vulnerabilidad como ejes vertebradores de tipos.

    Victimo-contribución:

    Podemos admitir que las corrientes que focalizan la contribución de la víctima como elemento central sobre el que desarrollar las tipologías victímales, hunden sus raíces en el sustrato positivista de la Criminología o de la Victimología (tradicional). Fue Mendelsohn quien dio vida a esta perspectiva, en un enfoque caracterizado por la su componente situacional y uniaxial (Cerezo et al, 2019), siendo sus principales características:

    Mendelsohn establece una triple categorización en base a lo que denomina criterio de culpabilidad correlativa:

    Víctima totalmente inocente.

    Víctima de menor culpabilidad.

    Víctima provocadora.

    Puede resultar cuanto menos curioso que esta concepción gradual de la participación (culpa) de la víctima en el propio desenlace del hecho criminal, busca, de una manera indisimulada, crear un criterio cuya utilidad se circunscribiría precisamente en la graduación de la responsabilidad penal del autor del delito, del delincuente. Es decir, se concibe una correlación entre los actos de víctima y victimario, de manera que cuanto mayor es una, menor es la otra.

    Vulnerabilidad de la víctima.

    Como indica Moreno (1996), en términos victimológicos, la condición de víctima ha sido sometida a tipologías de vulnerabilidad personal, relacional y contextual.

    Vulnerabilidad personal: identificada por rasgos básicamente psico-biológicos, por ejemplo, la edad, el género o alguna minusvalía física o enfermedad. Es una magnitud frecuentemente combatida desde vertientes de la Victimología Crítica, que denuncia la evidencia de una construcción cultural, disciplinaria, de la vulnerabilidad femenina o del anciano.

    Vulnerabilidad relacional: Se da relevancia a las áreas de victimación y al enorme desequilibrio existente en la pareja criminal, marcado por la dinámica desintegradora en la que degenera la interacción.

    Vulnerabilidad contextual: Sitúa a la víctima en un entorno victimogenésico. La vulnerabilidad vendría dada por las específicas características del entorno o el contexto (barrio, escuela, lugar de trabajo…).

    En realidad, podemos asumir que fue Von Hentig a mediados del S.XX, quien dio origen a este eje vertebrador de la vulnerabilidad victimal, que dista radicalmente del eje antes expuesto, que se basaba en una escala gradual de la participación de la víctima.

    En ese caso estamos ante una concepción multiaxial, donde se incluyen factores psicológicos, biológicos o sociales que, consecuentemente lleva aparejado una clasificación tridimensional de factores asociados a las tipologías resultantes:

    Categorías asociadas a la Contribución:

    Someramente expondremos las líneas generales sobre las que se desarrollan las tipologías de algunos autores, que desarrollan sus tipologías en base a la influencia Mendelsohniana:

    (Mendelsohn)

    Fattah

    Joutsen

    Jímenez de Asúa.

    Karmen.

    Mendelsohn:

    Presenta una de las tipologías más paradigmáticas, sin olvidar que es el padre de este tipo de clasificación.

    Se basa en un enfoque uniaxial y positivista.

    Como Lombroso puso en marcha el estudio del delincuente, Benjamin Mendelsohn abrió camino para el estudio de la víctima.

    En los albores de la Victimología concibió una escala que establecía una correlación en la pareja víctima-autor en base a la cual, la mayor culpa o participación de uno, rebaja la culpa o participación del otro. Veamos esta clasificación:

    Este tipo de sujetos, literalmente "no hacen nada que pueda ser considerado como desencadenante del delito". Es absolutamente ajena a la actividad del delincuente, no influye en el acometimiento ni en su resultado. El ejemplo estándar es el de un niño que sufre las consecuencias de un hecho criminal.

    En esta clasificación se incluyen tres subcategorías:

    Víctimas por imprudencia. Aquí situaríamos a aquellas víctimas en cuya victimación ha estado presente un comportamiento tildable de irreflexivo o negligente. Serían sujetos que no son conscientes del riesgo de convertirse en víctimas y no toman suficientes medidas que se encaminen a evitar la comisión del delito. Un ejemplo que puede encajar en esta categoría es el de los famosos que cuelgan videos en redes sociales, exhibiendo sus casas y el lujo que hay en ellas, o simplemente, alguien que se deja la puerta de casa abierta… etc.

    Víctimas por ignorancia. Se caracteriza por su desconocimiento de la situación de riesgo. Si en el anterior (imprudencia), el sujeto simplemente asumía el riesgo conscientemente, ejecutando una conducta imprudente o peligrosa, para sus propios intereses, ahora estamos ante una situación en la que la víctima desconoce el riesgo, no se percata del mismo, aunque dispone del potencial suficiente como para haberlo hecho. Ello conlleva que el delincuente tiene allanado el camino para perpetrar el crimen, es decir, la actitud de la víctima permite o facilita el delito. Mendelsohn se refería al ejemplo de una mujer que pierde la vida al no ser consciente de los riesgos aparejados a un aborto ilegal. Otros ejemplos que encajarían en esta tipología serían los turistas que por desconocer el lugar se adentran en un barrio o zona insegura y sufren algún tipo de robo o agresión, o desconociendo el idioma son víctimas de estafas. Estos turistas, antes de adentrarse en ese emplazamiento podrían haberse documentado y evitar este tipo de áreas.

    Víctimas voluntarias. La clave para entender esta clasificación se sitúa en la prestación de consentimiento por parte de la víctima, al infractor del delito.

    El ejemplo estándar es el un suicidio asistido o eutanasia.

    En esa Mendelsohniana correlación entre la culpa del autor y la víctima los grados de culpabilidad quedarían situados de la siguiente manera:

    Ilustración 1. Correlación entre las culpas de autor y

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