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Trabajos Originales
La objeción de conciencia en el debate sobre la despenalización del
aborto por tres causales en Chile (1).
Adela Montero V (a, 1, 2)., Jorge Vergara V (b, c, 3)., Mauricio Ríos H (b)., Raúl Villarroel S (d, 2)
(a) Gineco Obstetra. Magíster en Bioética.
(b) Sociólogo.
(c) Magíster en Ciencias Sociales. Doctor en Sociología.
(d) Magíster en Filosofía. Magíster en Bioética. Doctor en Filosofía.
(1) Centro de Medicina Reproductiva y Desarrollo Integral de la Adolescencia. Facultad de Medicina.
Universidad de Chile.
(2) Centro de Estudios de Ética Aplicada. Facultad de Filosofía y Humanidades. Universidad de Chile.
(3) Departamento de Sociología. Facultad de Ciencias Sociales. Universidad de Chile.
RESUMEN
Antecedentes: en salud la objeción de conciencia del profesional es posible reconocerla globalmente como la
negativa individual y privada para el cumplimiento de un deber jurídico considerado injusto que afecta la
conciencia moral de quien objeta. En Chile ha cobrado especial relevancia en la actual discusión sobre la
despenalización del aborto en tres causales, emergiendo como uno de los temas centrales.
Objetivo: el presente artículo describe las principales características observadas en el debate público desde
los primeros intentos para restablecer el aborto terapéutico hasta el actual proyecto en tramitación que intenta
regular la despenalización del aborto en tres causales. La información fue obtenida a partir de la búsqueda en
los principales medios de comunicación, identificando los principales actores, las instituciones y el discurso
predominante.
Resultados: se identificaron 251 piezas de prensa y 215 actores provenientes en mayor proporción de la
Cámara de Diputados, de las Universidades y del Ejecutivo. En el discurso prevalece la referencia a la
objeción de conciencia individual e institucional, surgiendo la polémica en torno a su legitimidad y posibles
consecuencias.
Discusión: debe evaluarse con mayor profundidad el fundamento basado en el derecho constitucional a la
libertad de conciencia considerando los límites establecidos en un Estado de Derecho democrático y las
directrices éticas presentes en la relación clínica. Se plantea la necesidad de regular su ejercicio previendo
que no se vulneren derechos fundamentales, en especial de quienes detentan un mayor grado de
vulnerabilidad.
PALABRAS CLAVE: objeción de conciencia, libertad de conciencia, aborto.
ABSTRACT
Background: objection on grounds of conscience by health care professionals is generally recognized as a
personal, private refusal to perform a legal duty deemed unjust and deleterious to the objector’s moral
1
( ) Este artículo corresponde a resultados obtenidos el primer año del Proyecto de Investigación Fondecyt Regular
1160602: “Representaciones discursivas sobre derechos y deberes profesionales, institucionales y rol del Estado,
relacionadas con la objeción de conciencia sanitaria y despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo, por
tres causales en Chile”, financiado por el Fondo Nacional de Desarrollo Científico y Tecnológico (FONDECYT).
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conscience. Conscientious objection has become a central aspect of the debate on the proposed
decriminalization of abortion on three grounds currently underway in Chile.
Methods: this article describes the main constituent elements of the associated public debate, covering from
the early efforts to restore therapeutic pregnancy termination through to the draft decriminalization legislation
now being discussed in Congress. All data comes from a review of leading media outlets; key participants,
institutions and prevailing discourses are identified.
Results: the said review encompassed 251 media items and 215 key players affiliated mostly with the
Chamber of Deputies, universities, and government. Themes prevailing in associated discourses reference
conscientious objection by personal and institutional players, as well as the attendant controversy over its
legitimacy and possible consequences.
Discussion: this article posits that the constitutional right to freedom of conscience should be scrutinized further
with due regard to the limits existing in rule-of-law democracies and to the ethical standards governing doctorpatient relationships. The exercise of conscientious objection privilege needs to be regulated in order to
prevent infringement of fundamental rights, especially those of particularly vulnerable segments of the
population.
KEYWORDS: conscientious objection, conscientious freedom, abortion.
INTRODUCCIÓN
En salud, la objeción de conciencia del profesional es
posible entenderla como la negativa al cumplimiento
de un deber jurídico, derivado de un imperativo
heterónomo considerado injusto. Es un acto pacífico,
personal y privado, invocado para resguardar la
conciencia moral del objetor (1). También es
considerada una exención frente a una obligación
personal, para el cumplimiento de una obligación
jurídica, derivada de las relaciones laborales o
funcionarias, dirigida a los poderes públicos y a los
particulares (2).
En Chile su ejercicio no ha sido regulado, a pesar de
ejemplos paradigmáticos en torno a la esterilización y
en particular ante la prescripción y distribución de la
anticoncepción de emergencia (2), trascendiendo
esta última a la esfera pública durante el año 2007,
oportunidad en que frente al mandato de la autoridad
sanitaria de proveer este anticonceptivo, surgen las
primeras manifestaciones al declararse una cadena
farmacéutica “objetora de conciencia”, sumándose la
objeción de algunos jefes comunales para su
distribución (3), que se había hecho patente el año
2004 ante la instrucción de distribuir este fármaco en
los servicios de urgencia y consultorios de atención
primaria para las víctimas de violación (4).
En el actual contexto nacional, el debate se reactiva
a partir del 21 de mayo del 2014, como respuesta al
anuncio del Ejecutivo sobre la necesidad de abordar
como sociedad en forma propositiva e informada, la
interrupción voluntaria del embarazo a través de un
proyecto de ley que regule su despenalización en
tres causales (5).
Considerando la importancia de esta temática que
compete especialmente a los profesionales inmersos
en la salud sexual y reproductiva, el presente artículo
describe las principales características del debate
público en nuestro país relacionada con la objeción
de conciencia y la despenalización del aborto en
Chile, identificando las principales fuentes, los
actores e instituciones clave y el discurso
predominante. Se reflexiona sobre el recurso a la
libertad de conciencia para su fundamento y los
límites a considerar para su legítima regulación.
MATERIAL Y METODO
La captura de la información se realizó mediante
búsqueda y revisión en los principales medios de
prensa de aquella información relevante, presente en
la discusión nacional y pública, que permitiera
abordar y analizar los diferentes enfoques sobre la
objeción de conciencia y su relación con la
despenalización de la interrupción voluntaria del
embarazo en tres causales, específicamente desde
las primeras iniciativas parlamentarias tendientes a
restablecer la causal terapéutica posterior a su
derogación en 1989 (6, 7).
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Para seleccionar los medios de información se
consideró aquellos que contasen con sitio web y
buscadores internos que permitieran ubicar las
principales “piezas informativas” o “piezas de prensa”
(columnas de opinión, editoriales, crónicas,
entrevistas, reportajes, comunicados de prensa y
otros reportes periodísticos), las que a su vez fueron
identificadas utilizando las palabras clave “objeción
de conciencia y aborto”.
Los
resultados
de esta búsqueda fueron
sistematizados en una base de datos donde además
de consignar el medio de comunicación, la fecha de
emisión y el tipo de pieza informativa, el contenido de
cada una de ellas fue desagregado según los actores
mencionados y la forma como estos hacían alusión a
la objeción de conciencia, al aborto en general y al
aborto en tres causales. De esta forma se consignó
como ‘caso’ los datos provenientes de cada actor
mencionado en las piezas de prensa y las alusiones
que éste hacía a las temáticas señaladas.
La información obtenida fue analizada según
frecuencias absolutas y porcentajes considerando las
piezas informativas y los actores mencionados en
ellas. Los contenidos a los que estos actores aludían
en cada pieza informativa fueron analizados
mediante el valor del estadístico r de Pearson, que
mide la intensidad de la relación entre dos variables
y que en este estudio se utilizó para determinar la
fortaleza de la relación entre las temáticas de
objeción de conciencia y aborto en las alusiones de
los actores mencionados en las piezas informativas.
Se consideró una relación fuerte aquella que
superase el valor de 0,5 en el estadístico r.
El proyecto del que deriva este artículo, fue aprobado
por el Comité de Ética de Investigación, Facultad de
Medicina, Universidad de Chile.
RESULTADOS
Actores, instituciones y temporalidad:
Entre el 03 de mayo del 2004 y el 30 de diciembre
del 2016 se identificaron 251 piezas informativas en
once medios de comunicación. La primera se
relacionó con la polémica sobre la anticoncepción de
emergencia (8) y la última correspondió a una
manifestación pública en oposición al actual proyecto
de ley, acontecida en octubre del 2016 (9).
Los principales medios de prensa que aportaron el
mayor número de estas piezas fueron: Cooperativa
352
(17,9 %); El Mercurio (17,1 %); El Mostrador (16,7
%); The Clinic (15,9 %); La Tercera (11,1 %) y CNN
Chile (7,5 %), transformándose en los principales
escenarios del debate sobre la objeción de
conciencia y aborto en nuestro país, dando cuenta
del 86 %. El número de menciones a los actores
presentes en cada una de estas notas se distribuyó
según la siguiente frecuencia: Cooperativa (22,4 %);
The Clinic (16,5 %); El Mostrador (15,8 %); El
Mercurio (15,1 %); La Tercera (10,8 %) y CNN Chile
(8,3 %) [Tabla n° I].
Como cada una de las piezas informativas hacía
mención a una o más personas, se identificaron 682
menciones correspondientes a un total de 215
actores presentes en el debate público nacional
[Tabla n°I y n°II]. De los 20 actores con mayor
número de menciones, el principal corresponde al Sr.
Rector de la Pontificia Universidad Católica de Chile,
quien de manera individual da cuenta del 12,7 % de
estas menciones. Las autoridades de Gobierno en
forma global corresponden al 15,6 %. El tercer grupo
está constituido por representantes de la Cámara de
Diputados y el Senado (14 %), mientras que los
actores vinculados con los colegios profesionales
dan cuenta del 3,8 % [Tabla n° II].
Según el número de menciones por actor se
determinó las principales instituciones de las cuales
derivan: Cámara de Diputados (26,2 %);
Universidades (21,5 %); Gobierno (20,4 %) y Senado
(11,3 %) [Tabla n° III y Gráfico n° 1]. Es relevante
considerar que aún cuando la discusión sobre la
objeción de conciencia y la interrupción del embarazo
incluye aspectos éticos vinculados con los derechos
y deberes del profesional de la salud, no se observa
una mayor preponderancia en el espacio público
desde los colegios o asociaciones profesionales
alcanzando un 4,9 % [Tabla n° III].
En el período de tiempo estudiado las piezas
informativas se presentaron en 113 días,
coincidiendo la mayor concentración con los periodos
donde se produjo una mayor frecuencia de
menciones a los actores como signo de su
implicancia en el debate. De esta forma, durante las
fechas englobadas entre el 31 de enero y el 9 de
febrero del 2015 - coincidente con el envío del actual
proyecto de ley a la Cámara de Diputados -, se
registró el 33,1 % del total de las notas de prensa y
el 34,1 % de las menciones a los diferentes actores
involucrados en el debate [Gráfico n°2].
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Además fue posible identificar otros hitos, en torno al
26 de mayo del 2014 y entre el 25 de febrero y el 20
de marzo del 2016, coincidentes con la cuenta de la
Presidenta de la República el 21 de mayo del 2014 y
con la aprobación de la idea de legislar en la Cámara
de Diputados el 17 de marzo del 2016 [Gráfico n° 2].
La objeción de conciencia en el debate
De las 682 menciones identificadas en las 251
piezas informativas relativas a la objeción de
conciencia, se consideró las veces en que se hacía
referencia directa a esta expresión así como las
veces que en cada mención se aludía a la palabra
“aborto” o “aborto en tres casuales”. Se pudo
establecer que 309 de estas menciones (45,3 %)
contienen el término “objeción de conciencia”,
mientras 373 no lo hacen (54,7 %) [Tabla n° IV]. Esto
se explica porque en una misma pieza informativa
sobre objeción de conciencia, además de los actores
que la mencionaban, existían otros que hacían
referencia sólo al aborto o a otras temáticas
vinculadas de alguna manera con el tema principal.
Cabe destacar que en 27,9 % de las menciones la
objeción de conciencia fue aludida una vez, en un 15
% mencionada entre 2 y 4 veces y en un 2,3 %
mencionada en 5 o más oportunidades [Tabla n° IV].
Aún cuando es posible suponer que una mayor
referencia a un concepto durante una intervención
pudiera otorgarle mayor importancia, no es posible
descartar que un menor número de menciones le
quite relevancia al discurso presente, lo que será
analizado en una etapa posterior a través de una
aproximación cualitativa.
Igualmente en el discurso de los actores se
reconocen 4 categorías definidas operacionalmente
como: objeción de conciencia individual que involucra
al profesional que objeta de manera personal (32,4
%); objeción institucional que comprende la idea que
las instituciones pudieran objetar en conciencia (10,9
%); objeción colectiva que considera la objeción por
un grupo de profesionales adhiriendo de manera
conjunta al ideario o misión institucional (2,5 %) y la
objeción parlamentaria, vinculada con la libertad de
conciencia para emitir el voto durante la tramitación
del proyecto (4,5 %). Como un actor podía aludir a
más de un tipo de objeción los porcentajes fueron
calculados sobre el total de menciones observadas
para cada categoría [Gráfico n° 3].
353
A su vez, los términos “aborto” y “aborto en tres
causales” fueron mencionados en 258 (37,8 %) y 197
(28,9 %) oportunidades [Tabla n° V]. La revisión in
extenso de los textos sistematizados permitió
verificar que en las menciones, efectivamente los
actores no siempre hacían referencia específica a la
discusión del actual proyecto de ley (aborto en tres
causales), sino a la temática en general (aborto).
Esto fue un primer indicador sobre las bifurcaciones
de sentidos que emergen en estas intervenciones,
implicando que algunos actores pudieran no referirse
de manera directa al aborto en tres causales,
aludiéndolo de manera implícita asociado a otros
aspectos relacionados con la discusión parlamentaria
o refiriéndose al aborto en general.
Al verificar los valores de correlación entre variables
es posible apreciar que estos asumen valores que
denotan debilidad en la relación entre las menciones
a “objeción de conciencia” y las menciones a “aborto”
y “aborto en 3 causales”. Esto implica que un actor
que menciona la objeción de conciencia no siempre
aborda las otras dos temáticas, dentro del contexto
de esta discusión. Ello puede sugerir cierta
independencia respecto a la objeción de conciencia y
las temáticas de aborto, es decir, que sean
abordadas como dos discusiones diferentes a pesar
de que se presenten en una circunstancia común
[Tablan° VI].
La polémica sobre la objeción de conciencia
Cabe mencionar que de los múltiples proyectos de
ley presentados para restablecer el aborto en Chile,
solo en el actual proyecto se considera la objeción de
conciencia como un derecho, frente al acto individual
que involucra al profesional médico que intervenga
directamente en la interrupción del embarazo,
advirtiendo que no se transforme en un obstáculo
para acceder a la prestación y estableciendo la
obligatoriedad del prestador de salud de derivar a
otro profesional no objetor siempre que existan las
condiciones para ello, sin poner en riesgo la vida o
salud de la mujer (6). Durante el segundo trámite
constitucional, la Comisión de Constitución,
Legislación, Justicia y Reglamento del Senado
ratifica la objeción de conciencia para el médico,
manteniendo básicamente los requisitos establecidos
en el proyecto original, explicitando que frente a la
imposibilidad de contar con otro profesional no
objetor, no será posible excusarse frente al
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requerimiento inmediato e impostergable invocando
la causal n° 1, reconocida en esta instancia como
aquellas condiciones que determinen riesgo vital
para la mujer requirente (10).
Como respuesta a la negativa de algunos
representantes
de
instituciones
sanitarias
confesionales para efectuar interrupciones del
embarazo en caso de aprobarse el actual proyecto
de ley (11, 12), surge la polémica sobre la objeción
de conciencia vinculada a las instituciones y con los
profesionales que necesariamente debieran adscribir
al ideario y misión del lugar donde laboran.
Igualmente se plantea la necesidad de ampliarla a
todo el equipo de profesionales que participará en el
procedimiento (13), generándose una extensa
discusión sobre la legitimidad y consecuencias de
estos planteamientos. Asimismo se advierte la
controversia que ha involucrado a los parlamentarios
para votar el proyecto en tramitación, cuestión que
ha sido zanjada con la necesaria libertad para votar
en conciencia (14).
DISCUSIÓN
Hay quienes consideran la objeción de conciencia
como un derecho absoluto, fundamentada en el
derecho constitucional a la libertad de conciencia. Sin
embargo, es preciso señalar que en un Estado de
Derecho, los derechos son relativos, limitados y
ponderables, siendo el límite principal la garantía
constitucional de respetar y garantizar la libertad y
derechos fundamentales de los demás (15).
La libertad de conciencia según John Stuart Mill
implica la libertad de pensamiento, de expresión y de
asociación, siempre y cuando las acciones que
deriven de estas libertades no ocasionen un daño
hacia los demás, postulando que: “La única libertad
que merece este nombre es la de buscar nuestro
propio bien, por nuestro camino propio, en tanto no
privemos a los demás del suyo o les impidamos
esforzarse por conseguirlo. Cada uno es el guardián
natural de su propia salud, sea física, mental o
espiritual” (16).
Estas palabras cobran relevancia en el actual debate
sobre la despenalización del aborto en Chile.
Atendiendo a la libertad de conciencia, si
convenimos que no es posible obligar a un
profesional a realizar un procedimiento por
considerar que atenta contra sus convicciones
morales más profundas, resulta igualmente relevante
354
respetar el derecho a decidir de las personas sobre
aspectos que involucran su salud y proyecto vital.
Si la objeción de conciencia llegase a ser reconocida
como un derecho por la norma jurídica, el conflicto se
producirá al confrontarse este derecho con el
derecho constitucional de las personas a recibir las
prestaciones de salud que están garantizadas por
ley. Cuando existe un conflicto de derechos este
debe resolverse según las circunstancias jurídicas y
reales del caso en particular (15), cautelando que
esta ponderación no afecte de manera desigual a
quienes detentan un mayor grado de vulnerabilidad
en la relación clínica (17).
Al respecto las directrices éticas elaboradas por la
Federación
Internacional
de
Obstetricia
y
Ginecología (FIGO) consideran un deber de
conciencia del profesional facilitar el acceso a los
servicios de salud e informar a las personas sobre
los procedimientos, aún de aquellos que motivan la
objeción, respetando las decisiones del paciente
dentro del espectro de posibilidades clínicamente
indicadas, derivando eficaz y oportunamente a otro
profesional no objetor, excepto en situaciones de
emergencia donde tal derivación implicaría un riesgo
para la salud (18).
Finalmente debemos prevenir que la objeción de
conciencia se transforme en un instrumento que
actúe como barrera para acceder a las prestaciones
garantizadas por ley, evitando que su fundamento se
base en un relativismo moral que vulnere derechos
constitucionales de las personas, correspondiendo al
Estado el deber de cautelar el libre ejercicio de los
derechos fundamentales de todos los habitantes del
territorio nacional.
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4%
3%
3%
REV CHIL OBSTET GINECOL 2017; 82(4)
5%
20 %
4%
26 %
24 %
Cámara de Diputados
Universidades
Gobierno de Chile
Senado
Colegios Profesionales
Iglesias
Partidos Políticos
Agrupaciones Sociedad Civil
Otros
Gráfico n° 2: Distribución en el tiempo de las piezas informativas
356
Gráfico n° 1: Distribución de menciones a actores según tipo de instituciones a las que pertenecen
11 %
18
13,5
9
4,5
0
Gráfico n° 3: Categorízación de la objeción de conciencia
22/2/04
29/4/04
5/7/04
10/9/04
16/11/04
22/1/05
30/3/05
5/6/05
10/8/05
16/10/05
22/12/05
27/2/06
5/5/06
11/7/06
16/9/06
22/11/06
28/1/07
4/4/07
10/6/07
16/8/07
22/10/07
28/12/07
4/3/08
10/5/08
16/7/08
21/9/08
26/11/08
1/2/09
9/4/09
15/6/09
21/8/09
27/10/09
2/1/10
10/3/10
16/5/10
21/7/10
26/9/10
2/12/10
7/2/11
15/4/11
21/6/11
27/8/11
2/11/11
7/1/12
14/3/12
20/5/12
26/7/12
1/10/12
7/12/12
12/2/13
20/4/13
26/6/13
31/8/13
6/11/13
12/1/14
20/3/14
26/5/14
1/8/14
7/10/14
13/12/14
18/2/15
25/4/15
1/7/15
6/9/15
12/11/15
18/1/16
25/3/16
31/5/16
6/8/16
12/10/16
REV CHIL OBSTET GINECOL 2017; 82(4)
357
665
700
651
608
525
461
350
221
175
74
31
17
0
OC Individual
OC Institucional
OC Colectiva
Si menciona tipo OC
OC Parlamentarios
No menciona tipo OC
Tabla N° I: Piezas informativas y actores mencionados según medio de comunicación
Medios
Tipo de Medio
Nº de
Piezas de
Prensa
Porcentaje
Nº de menciones
a actores en las
notas de prensa
Porcentaje
Cooperativa
Radio /Portal Electrónico
45
17,9
153
22,4
El Mercurio
Prensa Escrita /Portal
Electrónico
43
17,1
103
15,1
El Mostrador
Portal Electrónico
42
16,7
108
15,8
The Clinic
Prensa Escrita /Portal
Electrónico
40
15,9
113
16,5
La Tercera
Prensa Escrita /Portal
Electrónico
28
11,1
74
10,8
CNN Chile
Televisión /Portal
Electrónico
18
7,5
56
8,3
Soy Chile
Portal Electrónico
12
4,8
12
1,8
La Segunda
Prensa Escrita /Portal
Electrónico
9
3,6
32
4,7
ADN
Radio /Portal Electrónico
6
2,4
11
1,6
Bío Bío
Radio /Portal Electrónico
6
2,4
18
2,6
Emol
Radio /Portal Electrónico
2
0,8
2
0,3
251
100
682
100
TOTAL
Fuente: Elaboración Propia
Tabla n° II: Principales actores identificados según número de menciones en piezas informativas
REV CHIL OBSTET GINECOL 2017; 82(4)
358
Nº
Actor mencionado
N° de
menciones
Porcentaje
1
Ignacio Sánchez
87
12,7
2
Carmen Castillo
33
4,8
3
Claudia Pascual
21
3,1
4
Michelle Bachelet
19
2,8
5
Juan Luis Castro
18
2,6
6
Helia Molina
15
2,2
7
Enrique Paris
14
2
8
Osvaldo Andrade
14
2
9
Anita Román
12
1,8
10
Ennio Vivaldi
12
1,8
11
Guido Girardi
11
1,6
12
Fuad Chahín
10
1,5
13
Fulvio Rossi
10
1,5
14
José Antonio Gómez
10
1,5
15
Jorge Pizarro
8
1,2
16
Karla Rubilar
8
1,2
17
Leonardo Soto
8
1,2
18
Matías Walker
8
1,2
19
Rodrigo Peñailillo
8
1,2
20
Claudia Dides
7
1
333
48,9
TOTAL
Fuente: Elaboración Propia
Tabla n° III: Instituciones de origen de los principales actores según número de menciones en las
piezas informativas
Nº
Tipo de Institución
Institucionalidad
Número de
menciones
Porcentaje
1
Cámara de Diputados
Congreso
179
26,2
2
Ejecutivo
Gobierno
139
20,4
3
Pontificia Universidad Católica de
Chile
Universidades
103
15,1
4
Senado
Congreso
77
11,3
5
Universidad de Chile
Universidades
25
3,7
6
Iglesia Católica
Iglesias
23
3,4
7
Colegio Médico
Colegios
profesionales
21
3,1
REV CHIL OBSTET GINECOL 2017; 82(4)
359
8
Universidad Diego Portales
Universidades
19
2,7
9
Partidos Políticos
Partido Demócrata
Cristiano
16
2,3
10
Colegio de Matronas/Matrones
Colegios
profesionales
12
1,8
614
90
TOTAL
Fuente: Elaboración Propia
Tabla n° IV: Frecuencias y porcentajes de menciones a 'objeción de conciencia' según intervenciones
de los actores en las piezas informativas
Mención objeción de
conciencia
Frecuencia
Porcentaje
Menciones
Número de
menciones
Porcentaje
No
373
54,7
0 veces
373
54,7
1 vez
190
27,9
2 veces
59
8,7
3 veces
28
4,1
4 veces
16
2,3
5 veces o
más
16
2,3
Total
682
100
Sí
309
Total
45,3
682
100
Fuente: Elaboración Propia
Tabla n° V: Frecuencias y porcentajes de menciones a ‘aborto’ y a ‘aborto en tres casuales’ según
intervenciones de los actores en las piezas informativas
Menciones a
‘aborto’
Menciones a
‘aborto en 3
causales’
Frecuencias
mención
Porcentaje
0 veces
485
71,2
1 vez
122
17,9
6
2 veces
32
4,7
21
3,1
3 veces
14
2
4 veces
14
2,1
4 veces
11
1,6
5 veces o más
26
3,8
5 veces o más
18
2,6
Total
682
682
100
Frecuencias mención
Porcentaje
0 veces
424
62,2
1 vez
156
22,9
2 veces
41
3 veces
100
Total
Fuente: Elaboración Propia
Tabla n° VI: Valor de Correlación de Pearson entre variables asociadas a menciones de objeciones de
conciencia, aborto y aborto en 3 causales
REV CHIL OBSTET GINECOL 2017; 82(4)
360
Mención objeción
de conciencia
Nº menciones
objeción de
conciencia
Nº menciones
aborto
Nº menciones
aborto en 3
causales
Mención objeción
de conciencia
1
,739**
,237**
,239**
Nº menciones
objeción de
conciencia
,739**
1
,349**
,215**
Nº menciones
aborto
,237**
,349**
1
,348**
Nº menciones
aborto en 3
causales
,239**
,215**
,348**
1
** La correlación es significativa en el nivel 0,01 (bilateral)
Fuente: Elaboración Propia