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FAMILIA SUJETO COLECTIVO DE DERECHSO

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FAMILIA SUJETO COLECTIVO DE DERECHSO El devenir de un Concepto Acercarnos a la comprensión de la familia como objeto de estudio o sujeto de observación implica repensar la práctica y el lugar de la investigación para problematizar su realidad y también cuestionar las formas de mirarlas, escucharlas y definirlas (SDP:2013). La pregunta por las familias, en cualquier contexto, parte de identificar 1) El lugar desde el cual hablamos y miramos, es decir, las bases culturales, los fundamentos, el punto de partida de los análisis y de la observación; 2) Aquello que oímos y vemos, o sea los relatos, el contenido, los resultados de lo observado o analizado; 3) Identificar de quien o a quien oímos y vemos, es decir las fuentes, los voceros, los sujetos y, 4) cómo lo hacemos, la forma, las subjetividades (SDP 2013). Estos pasos sugieren un distanciamiento del observador frente al objeto investigado que en este caso es la familia. Entender las familias como organización social y sujeto colectivo de derecho significa esencialmente comprenderla como una construcción social. Esta comprensión implica que la realidad social no está por fuera de nuestro campo de significación, esto es, que la realidad pasa por el filtro de nuestra percepción y es por esto que a lo observado le atribuimos un significado y es este significado que tiene para las personas y que condiciona su manera de mirar, de hablar, sus gestos, sus elecciones, sus lugares, lo que constituye la realidad social en sí misma (Mercer, 2012, en SDP, 2013). Este es e ese ia la fo a ió del yo y el nosotros, lo individual y lo colectivo en el sujeto. El sujeto siempre percibirá y construirá su realidad (la realidad), desde su subjetividad. Produciéndose un proceso extremadamente complejo, en el que el otrosocial pasa a ser parte del sujeto (el nosotros o su nosotros) estableciendo una relación difícil pero necesaria con su (yo), la parte más individual, haciendo de las diferencias subjetivas una necesaria relación de posibles similitudes y complejas paradojas (Álvarez, 2009:6) La configuración social de las familias ha pasado por este proceso de socialización. Han sido las personas en su interés por relacionarse con otras personas quienes llegan a conformar lazos familiares. Personas unidas por lazos de consaguinidad o de afinidad, deciden agruparse y establecer lazos de amistad para mejor vivir. El espacio de construcción de las familias es el de las relaciones sociales que se establecen para, en conjunto o de manera personal, mejorar la calidad de vida. En la cotidianidad, este objetivo es atravesado por los deseos, voluntades, intereses de cada uno de sus integrantes, por lo que la función esencial de la familia como organización social está en velar por los derechos del conjunto de sus integrantes –los derechos colectivos- sin vulnerar los derechos individuales o de cada uno de sus miembros. Por otra parte, las familias distritales a observar no solo son diversas en arreglos o estructuras sino también en sus dinámicas y lógicas de convivencia, lo que las hace un grupo social lleno de paradojas y situaciones sin salida dado el grado de responsabilidades y deberes asignados por el Estado, frente a los pocos recursos, instrumentos y oportunidades con que cuenta y le ofrece la sociedad y el Estado para su fortalecimiento. De La Familia como núcleo fundacional de la sociedad y la política (Aristóteles), a la familia como sujeto colectivo (Bourdieu) El sentido que adquiere La Familia en la Constitución del 91 guarda una estrecha relación con el sentido originario de familias construido desde Aristóteles para determinar cómo es que desde este ámbito, es decir, desde el ámbito familiar, se forman y se hacen los verdaderos ciudadanos, personas con los atributos necesarios para participar de la Polis. En la Familia las personas asimilan los principios y valores que allí se les o ul a, y es la fa ilia efe ti a e te el ú i o es e a io de asu ió al u do y so ializa ió de la ealidad su jeti a . Es claro que Aristóteles da un sentido funcional y político a la familia, al elevarla a una categoría de i stitu ió atu al . La familia entonces se forja como base de las relaciones políticas de la Polis y es en ella donde se construyen los vínculos entre señor y es la o, e t e seño y uje y e t e seño e hijos 1. Es notorio el alto sentido patriarcal de este argumento, dado que, como explica González, i puta e el i tuosis o del sujeto masculino, la consolidación de la familia, dicho sea de paso, lo que este sujeto haga en su vida privada lo debe replicar en su vida pública, haciendo del Estado y de la Polis algo virtuoso. Por ende en la consolidación de esa familia virtuosa se comprende el alcance mismo del Estado (González Jiménez, 2011)2. En el caso Aristotélico, el modelo imperante es aquel en el que la familia asume un rol preponderante y su mantenimiento garantiza el éxito de la Polis; la jerarquía es fundamental, dado que es el esposo (virtuoso) quien logra precisamente la virtuosidad del núcleo, y su prole, al seguir este camino, será igualmente virtuosa. 1 Es importante señalar que Aristóteles habla de la familia noble o aristocrática, no habla de las familias plebeyas, pues estas no tendrían sentido en la virtud de la polis, no solo por su misma extracción, sino que su naturaleza es ser inculta, e impropia para construir la polis ergo el Estado. En lo relativo a la Aristocracia ver. BOBBIO, Norberto, PASQUINO, Gian Franco. MATTEUCCI, Niccola. Diccionario de Política. Siglo XXI editores. México, Décimo Tercera Edición. 2002. P. 83, En Juan Carlos González Jiménez, 2011, Familia hoy: elementos para la discusión. Studiositas, edición de abril de 2011, vol. 6, núm.1 53 Lo ue hoy p opo e os o o Cue po I stitu io al [ al lla ada i stitu io alidad] es lo ás pa e ido a la Polis g iega … los actores, sus relaciones, efectos y posibilidades de relación individual y colectiva en la vida social, política, económica, y cultural de un país en un momento histórico determinado. El cuerpo institucional está integrado por el individuo, la sociedad y el Estado. Estos tres estamentos son interlocutores y agentes activos en los procesos de la gestión pública y del ciclo fundamental de la convivencia y la paz Gal is, : 2 De esta forma es que, desde Aristóteles, a la familia se le atribuye la responsabilidad, o se le imputa no solo un sentido fundacional de la sociedad, sino que es base para la organización política de la misma. En este sentido Aristóteles asimila función social y acción política en esta estructura cuya base patriarcal, reconfigura la comprensión de la familia y marca el inicio, de cómo desde los albores de la modernidad se comprende a la familia (González 2011). Así, a la luz de la visión aristotélica, para comprender la calidad de la sociedad se debe observar su unidad fundacional, la familia, porque las calidades de la sociedad, esto es, ohesió , i teg a ió , espo sa ilidad, alo es, ee ias y ituales segú A istóteles, se desprenden de las cualidades que bajo un marco de convivencia, respeto y dignificación de la persona, se observan en su unidad fundacional: La Familia. Desde esta perspectiva la polis griega (la Ciudad Estado) tenía en la familia el ámbito por excelencia de la formación del ciudadano con todas las virtudes exigibles para serlo. Años más tarde esta responsabilidad se le atribuirá a la escuela y posteriormente a la familia y a la escuela con la intervención o el apoyo del estado moderno o como solemos entenderlo. Pero estos son otros tiempos y son pocos los hombres virtuosos y pocas las familias que solo sean espacio de socialización y no, igualmente, campos de batalla. Será la sociología contemporánea con los grandes aportes de los filósofos modernos como Kant, Hegel, Marx y Weber, entre otros, quien de la mano y del pensamiento de Pierre Bourdieu (2007, p.112), construya un concepto de familia más amplio y más complejo. Para Bourdieu la familia es una entidad compleja al señalar que más que un agregado de individuos, la familia actúa como un sujeto colectivo, esto es, la familia es más que la suma de sus partes y no es sólo un ámbito o un escenario donde sus agregados se mueven y se forman sino que es un sujeto colectivo con todas las gabelas que desde la perspectiva ju ídi a i pli a se sujeto , pe o ade ás se Sujeto Colectivo. Es e la fa ilia do de el habitus se adquiere, es allí donde se refleja el mundo consciente y los elementos que constituyen el ethos 3 de lo social, en otras palabras donde se inculcan los valores, creencias, tradiciones y virtudes de la sociedad, de esta forma se configura un sujeto con las características particulares que lo identifican perteneciente a ese seno llamado familia, pero que le imprimen también un rasgo fundamental que lo hacen opa tí ipe e u a so iedad Bourdieu, 2007 En González 2011). El investigador Mexicano León Olive observa que la jerarquía es un elemento que determina las posibles relaciones entre actores sociales (Olivé, 1996, p. 81, En González : De he ho la jerarquía ha imperado en la familia, y esto es demostrable desde el sentido patriarcal, no solo referido en Aristóteles, sino además, en lo sustentado por Bourdieu, refiriendo el habitus aristotélico en el sentido que los roles se definen por la jerarquía (de quien la ejerce). Tal como lo expone González (2011) siguiendo a Olivé, existe una profunda dificultad para abordar un tema tan complejo como lo es modelar la familia, a fin establecer patrones que permitan interpretar qué es y cómo es la familia hoy; establece de entrada que los criterios conocidos hasta ahora para cualificar la calidad de la familia, llámese nuclear, pueden entrar en contradicción con el sentido mismo que le da la carencia o presencia de alguno de sus integrantes. “e de e o p e de o o la ie ia ue estudia las a io es hu a as e ua to se ela io a o los fi es ue determinan su rectitud. En general toda ética pretende determinar una conducta ideal del hombre. Esta puede establecerse en virtud de una visión del mundo o de unos principios filosóficos o religiosos, que llevan a determinar un sistema de normas. Se divide en ética general, que estudia los principios de la moralidad, y la ética especial o deontología, que trata de los deberes que se imponen al hombre según los distintos aspectos o campos en que se desa olla su ida Go zález, . 3 En sintonía con lo anterior, la familia, dice González (2011), bien puede ser un elemento de alta socialización de principios y valores, en relación con el orden mentado por ejemplo por la iglesia o por el sentido patriarcal, pero es mucho más complejo cuando el ambiente de la familia está mediado por los efectos del conflicto armado y sufre los embates del desplazamiento forzado, allí se pone a prueba una vez más el criterio de observación y si ese criterio corresponde a algo mucho más invisible que impida detectar qué le sucede al núcleo familiar, a su funcionalidad social, y porqué no su esencia como núcleo de la sociedad y de Estado. Por eso es necesario, como lo expresa Ligia Galvis (Galvis, 2011) avocar las discusiones teóricas que permitan dilucidar el sentido mismo de la familia hoy, y reconocer la necesidad de construir un modelo o modelos que permitan aclarar precisamente a qué se está haciendo referencia cuando de familia y funcionalidad se trata, para lo cual se toma como punto de partida una definición amplia (polisémica) de familia, según la cual la familia más que el núcleo fundamental de la sociedad es el campo donde se socializan y consolidan los diferentes habitus (Bordieau, 2007), y se establecen las diferentes funciones que requiere la sociedad para su mantenimiento. Aho a vie e la p egu ta po la o side a ió de fa ilia e la so iedad a tual: ¿es la fa ilia la ase de la so iedad a tual? … el odelo apitalista de p odu ió … y el desa ollo de la es uela o o e tidad so ializado a … se apropiaron de dos funciones ási as ue u plía la fa ila: la p odu ió e o ó i a y la edu a ió de la p ole (Galvis, 2011: 15). De la familia patriarcal a la familia democrática: la relación persona – familia Es evidente que los cambios sociales han obligado a la trasformación de las familias (y viceversa) y del modelo patriarcal (CASTELLS, 1999, p. 159). La reconfiguración de los roles, así como el actual modelo de desarrollo y la globalización motivan una reflexión profunda de si este modelo (el patriarcal) sigue vigente para moldear a la familia y su se tido o si ot os odelos, ot as o figu a io es y fo as ue as está i a do las relaciones familiares e inclusive atentan contra la salud de las niñas y de los niños adoles e tes Gal is, p esio a este a 11). La familia se está transformando y es la sociedad quien io. E la a tualidad, las fa ilias asiste al t á sito del odelo tradicional patriarcal a la consolidación de modelos de familia fundados en el paradigma de los derechos humanos (Galvis, 2011) Según Galvis, las paradojas que vive la familia hoy en día se deben a la tensión implícita que se experimentan en los hogares entre un régimen patriarcal que todavía mantiene sus raíces muy profundas (hegemonía del poder masculino en el hogar, la sumisión de las mujeres, de las niñas, los niños y los adolescentes al autoritarismos del esposo y padre, el castigo físico y psicológico) y un Estado Social de Derecho que garantiza y vela por los derechos humanos de las personas, por la dignidad y la autonomía de los sujetos. Como diría Castells (1999) y Ligia Galvis (2011), el patriarcal como modelo para componer la familia se muestra obsoleto: el divorcio, el matrimonio, las uniones de hecho, e inclusive elementos menos visibles como los que vemos en la relación estadofamilia, y los derechos fundamentales de la familia presionan este cambio. En este sentido, siguiendo a Ligia Galvis (2011), la familia está sumida en unas paradojas que se deben resolver para que las relaciones persona- familia en la vida cotidiana tengan sentido frente al cuerpo institucional (personas como actores, sociedad y Estado), para incorporarla en el marco de la democracia y en los procesos encaminados a la consolidación de la convivencia pacífica en el país. Paradojas o tensiones que se manifiestan tanto en la vida privada del grupo familiar como en la esfera pública donde la familia sigue siendo el primer referente de socialización. Estas son algunas de las que resalta Ligia Galvis (2011): 1. La familia es un mundo abstracto: sólo se le presta atención cuando hay sucesos o trastornos en la personalidad de sus integrantes; 2. es considerada responsable de buena parte de los males de la sociedad; 3. es responsable del bienestar de sus integrantes y del equilibrio social pero está ausente y es ignorada en la esfera pública; 4. no cuenta con los recursos emocionales, económicos y culturales para asumir sus propios desafíos y las obligaciones que le asigna la ley; 5. no tiene tiempos propios para desarrollar sus dinámicas: las mujeres que trabajan atiende a la familia por teléfono, los hombres si quieren paternar a sus hijos e hijas no tienen respaldo cultural y jurídico para asumir su cuidado y para participar en la gestión del hogar. 6. el tiempo de la producción económica es hegemónico, el tiempo de la familia es secundario. La familia es la formadora de la fuerza laboral por lo tanto es la responsable de la educación, la salud, la recreación y el desarrollo integral de sus niños, niñas, adolescentes y jóvenes. 7. las mujeres son titulares del derecho a la participación en los asuntos públicos, pero sus tiempos están comprometidos con el trabajo remunerado, el cuidado de las generaciones y el trabajo doméstico. 8. el ordenamiento jurídico consagra el modelo único de familia mientras que la realidad social da cuenta de la pluralidad y diversidad en su composición y constitución. Estas tensiones y paradojas se enfrentan dentro del grupo familiar al enfoque de los derechos humanos, porque en las familias, según este enfoque, los integrantes son personas o sujetos titulares activos de los derechos humanos, lo cual elimina todo poder hegemónico de los padres y madres sobre los hijos e hijas (Galvis, 2011). La tensión entre la vigencia de los derechos humanos de los integrantes del grupo familiar y la familia como agente interlocutor en los diferentes escenarios público y privado es también la paradoja entre el poder patriarcal y la igualdad y libertad de sus integrantes. Esta es la paradoja más importante y compleja que caracteriza a las familias colombianas y el desafíos para la Política Pública para las Familias y para el observatorio es la articulación entre la titularidad de los derechos de la familia y la titularidad de los derechos de sus integrantes (Galvis, 2011) Desde la Perspectiva de los Derechos Humanos la complejidad de la familia reside en la coexistencia de los proyectos o trayectorias individuales de sus integrantes en convivencia con el proyecto común de la familia, puesto que los proyectos individuales difieren según trayectorias de vida, transiciones y discontinuidades que presentan las personas del grupo familiar según sea su edad, sexo y su orientación sexual, las vocaciones, los deseos, las capacidades, las oportunidades de sus integrantes, y es esta di e sidad la ue ya o pe ite ue el oldea el p oye to o ú fa ilia sea u a tarea fácil, y se piense más en la complejidad de un sistema, el Sistema familiar, que articula un grupo social donde cada integrante tiene sus propias reglas de juego pero también juega y atiende las propias reglas de juego del grupo4. Las familias sujetas y garantes de derechos (Ligia Galvis, 2011) 4 Pero ¿qué le sucede a los sujetos cuando están un grupo? Para Lewin (2008) lo grupos no se constituyen por los rasgos de similitud, o de tarea. Por ejemplo, serán grupos las familias en tanto sus integrantes mantienen una relación de interdependencia entre ellos a pesar de que sus acciones estén altamente organizadas por razones institucionales, en su fundamento de las relaciones de parentesco. Todo grupo afecta a sus integrantes y todo grupo pareciera tener un líder, así mismo todo grupo no puede ser explicado por la mera instancia de reunión; [ ] Lewin le da importancia del escenario social en el que viven los sujetos, el que influencia y moldea su comportamiento por su situación social. Para Lewin las tensiones presentes en el campo en el cual el individuo interactúa, dependerán del particular marco cultural y social en el que esté. Para Lewin, el concepto grupo tiene una definición caótica, que no puede dejar de asociar a cuestiones filosóficas y religiosas. Señala que la discusión es a propósito de si los grupos tienen mente o no, constituyendo una unidad supraindividual. El argumenta que a la Psi ología le ostó u ho tie po e des u i ue u todo di á i o posee p opiedades dife e tes de las p opiedades de sus pa tes o de la su a de sus pa tes Le i , 5 : , o luye do ue el todo no es más que la suma de las partes, el todo y las partes son igualmente reales, no revistiendo diferencias en su importancia. De ahí que el grupo sea un todo di á i o … ue se asa e la i te depe de ia de los ie os (o mejor de las sub-pa tes del g upo 5 : íde , pa éntesis en el original). El principio de corresponsabilidad es clave para entender esta doble dimensión de la familia desde el punto de vista jurídico. La responsabilidad se predica de las personas y son éstas sujetos titulares de los derechos y de las obligaciones. La Constitución establece el principio de corresponsabilidad y el Código de la Infancia y la Adolescencia enuncia las obligaciones mínimas propias de cada uno de los agentes. Cuando el artículo 42 afirma que la honra, la intimidad y la dignidad de la familia deben ser protegidas por el Estado la está considerando como sujeto titular de derechos por cuanto estos atributos son derechos fundamentales en concordancia con los artículos 15 y 21 de la misma Carta Fundamental En este orden de ideas, la familia deja de ser institución o núcleo fundamental de la sociedad para asumirse como sujeto colectivo de derechos. La familia es sujeto colectivo titular de derechos y agente garante de los derechos de sus integrantes. Tener una familia es un derecho de las personas, la prerrogativa de los seres humanos es nacer, crecer y morir en familia; ésta (la Familia) es el escenario (espacio vital según Lewin) de ejercicio de los derechos de las personas como sujetos individuales y de la construcción de la democracia en nuestra sociedad actual. Nuevas prácticas y saberes van reconfigurando este campo de sentido al considerar que: 1) la familia es el escenario de la producción y reproducción de la vida personal y social en la cotidianeidad; 2) en ella se realiza el encuentro de personas unidas por vínculos afectivos, de parentesco o por vínculos constituidos por alianzas de convivencia interna y en proceso de expansión de su capacidades y libertades; 3) la familia es la mediadora de los encuentros de sus integrantes con otros escenarios: el mercado, la cultura, la política y con su contexto inmediato: vecinos, organizaciones sociales, colegios, iglesias, etc.; 4) es en familia que se viven, se entienden y se perciben realmente los derechos y se realiza buena parte del desarrollo integral de las personas. Esta es un saber emergente en medio de una cultura muy tradicional . Porque cuando se enfoca la familia como sujeto colectivo de derechos, el primer paso es tomar en cuenta que están en juego relaciones y que los individuos se constituyen en personajes familiares de manera relacional (no hay padres o madres sin hijos; hijos sin padres o padres; etc.). Que como Universo de Relaciones, (en contraposición a la idea corriente de familia como un agrupamiento de individuos), se parte de la relación y no del sujeto individual. Desde esta perspectiva, no se aborda al individuo en sí mismo, sino en la relación que lo constituye. Como universo de relaciones la familia es más que la suma de sus partes, es el todo y sus partes, es un universo sistémico de relaciones complejas inmerso en contextos socioculturales que lo influyen, construido entre las tensiones que vive como grupo interno y las expectativas que le llegan, desde el entorno o desde los grupos externos, lo que la obliga a buscar, encontrar y mantener de manera dialógica y democrática un equilibrio entre los proyectos propios de cada miembro y los de la familia como un todo. Familia como sujeto colectivo o la personalidad jurídica de La Familia Para el Derecho los únicos sujetos de derecho son las PERSONAS, que pueden ser de existencia ideal o de existencia visible. Se considera SUJETO DE DERECHO aquella unidad (persona) sobre la que la ley efectúa imputaciones directas, arrogándole derechos y obligaciones. En el derecho internacional de los derechos humanos esta figura ha tenido fuertes debates. Los países desarrollados consideran que la titularidad de los derechos humanos es puramente individual y personal. Para ellos no existe el sujeto colectivo (Galvis, 2011). Pero esto ya es puesto en entredicho (ver Ligia Galvis 2005, 2011), tras la emergencia de nuevas tendencias de índole reflexiva que confrontan los conocimientos desde prácticas menos racionales, más dialécticas, vistas transdiciplinariamente desde el pensamiento complejo, sistémico, desde el constructivismo, desde el enfoque de los Derechos Humanos y desde modelos ecológicos donde la familia es el eje de desarrollo. El sujeto colectivo es una idea que se forma a partir de la sensación de pertenencia de las personas a un grupo al que identifican como entidad que los une y los convoca para vivir, actuar y trabajar en comunidad. Este conjunto de personas puede ser considerado sujeto colectivo de derechos. La consagración de nuevos derechos, como el derecho a un medio ambiente sano, a la paz y el derecho al desarrollo humano y sostenible, que son derechos colectivos, abre el camino a la aceptación de la existencia de los sujetos colectivos de derechos (la humanidad entera por ejemplo es un sujeto colectivo, los miembros de una comunidad, la familia). La familia es un sujeto colectivo si se la considera como unidad conformada por quienes la integran en razón de sus vínculos biológicos, civiles, amistad, amor o por los intereses emanados de la convivencia o porque comparten espacios o proyectos de vida en los cuales adquieren la identidad que los define como grupo. En su carácter de sujeto colectivo la familia, según Ligia Galvis (2011): • Ejerce y hace exigibles los derechos colectivos y también se conforma como el agente garante de los derechos de sus miembros y sus intereses personales en desarrollo del principio de corresponsabilidad. • Representa pero no oculta a sus integrantes. Su tarea es hacerlos visibles como personas portadoras de sus atributos ontológicos y sus derechos. • En los espacios familiares los agentes garantes son al mismo tiempo las personas que ejercen responsablemente sus derechos y al mismo tiempo tienen que garantizar el ejercicio de los derechos de todos sus integrantes. • Es el ente a quien el Estado llama a responder por la realización plena de los derechos de sus miembros. • La calidad de sujeto le otorga a la familia las facultades de agencia para acompañar a sus integrantes en la reivindicación de sus derechos en el orden jurídico, económico, social y político. • Debería ser uno de los ejes del modelo económico, de los planes de desarrollo, y por ende, de las políticas públicas. • Se denominan modelos ecológicos los modelos de desarrollo en los cuales la familia es su eje de concepción con un carácter integral, humano y sostenible. En síntesis, para considerar a la familia como titular de derechos es necesario pensarla como sujeto colectivo interlocutor con el Estado en la gestión social y económica y no simplemente como espacio de socialización.