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Instrúyanse, porque tendremos necesidad de toda vuestra inteligencia. Agítense, porque tendremos necesidad de todo vuestro entusiasmo. Organícense, porque tendremos necesidad de toda vuestra fuerza.

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21/4/18

ABORTO y GUILLOTINA





El 8 de junio de 1943, un tribunal francés condenó a la pena capital a Marie-Louise Giraud, una lavandera de la ciudad de Cherburgo, por haber practicado una veintena de abortos. El 30 de julio fue ejecutada en la guillotina de la cárcel de La Petite Roquete (París). Giraud era lo que se conocía popularmente como faiseuse d’anges (creadora de ángeles), una abortista “profesional”. La dureza de la pena sorprendió a jueces y policías, ya que nadie recordaba que un castigo semejante hubiera sido aplicado por un acto ante el cual las autoridades habían mostrado cierta tolerancia. El Código Napoleónico había definido al aborto como un crimen pero en la legislación republicana posterior quedó tipificado como un delito. Las leyes de la década de 1920 exoneraban a la mujer que abortaba pero castigaban con penas de prisión y multas a los terceros involucrados-médicos y “creadoras de ángeles”. Pero en la década del 30, la obsesión con la caída de la natalidad y el advenimiento de la Segunda Guerra Mundial volvieron a crear una atmósfera contraria a las prácticas reproductivas maltusianas. La criminalización del aborto fue su expresión más extrema.

En febrero de 1942, el gobierno reaccionario del mariscal Pétain promulgó la Ley 300, que volvía a definir al aborto como un crimen. La medida estaba dirigida contra “cualquier individuo sobre el cual exista la presunción precisa y consistente de que él o ella han realizado o intentado realizar, de forma reiterada y por razones económicas, un aborto, independientemente de que la mujer estuviese real o supuestamente embarazada, o que hayan facilitado los medios para llevar a cabo el aborto” (Art. 1).

No había necesidad de probar la existencia del crimen, su presunción era suficiente para condenar. La ley calificaba a los condenados como “autores, coautores o cómplices cuyas actividades amenazan al pueblo francés” (Art. 2).

Se proponían dos cursos de acción: la privación de la libertad (internamiento administrativo) o el procesamiento por el Tribunal de Estado. Este era una jurisdicción especial creada por el gobierno en 1941 –momento en que se producen las primeros actos contra la ocupación alemana– con el objetivo de imponer sanciones excepcionalmente duras por fuera de lo establecido en el Código Penal.

La decisión de procesar a Marie-Louise Giraud en una jurisdicción creada ad hoc para tratar cuestiones de enorme gravedad para la seguridad del Estado –como la resistencia armada– demuestra un grado de politización del cuerpo con pocos precedentes en la historia. Como puede leerse en los fundamentos de la sentencia del Tribunal de Estado de París –y también en algunas tesis de medicina de esa época– al criminalizar la interrupción voluntaria del embarazo, la Ley 300 transformó a los abortistas en “asesinos de la patria” y al aborto en un “crimen contra el embrión, la sociedad, el Estado y la raza”, todo ello en un contexto en el cual se glorificaba a la familia numerosa y la maternidad mientras se deportaba a judíos y revocaba la nacionalidad a extranjeros naturalizados.

El andamiaje represivo que condujo a la única ejecución por aborto de la que se tiene registro en la historia moderna no fue obra exclusiva de un régimen político empecinado en desandar el camino iniciado en 1789. Tenía sus orígenes en la campaña llevada a cabo por las organizaciones antimaltusianas en los últimos años de la Tercera República. La más importante fue la Alianza Nacional contra la Despoblación, creada en la década de 1890 y dirigida por Fernand Boverat. Este cruzado de la ideología natalista, admirado en Argentina por figuras de la talla de Gregorio Aráoz Alfaro y Alejandro Bunge, movió cielo y tierra para que el Estado francés reconociese la función patriótica de las familias numerosas a través de medidas similares a las adoptadas por las dictaduras nazi y fascista, desde las exenciones impositivas y la discriminación “positiva” en el empleo a la condena de las prácticas anticonceptivas.

La acción propagandística de la Alianza Nacional tuvo un rol fundamental en la construcción de un amplio consenso antimaltusiano. Sus ideólogos desplegaron una gran imaginación, y pocos escrúpulos para llevar el mensaje más allá del círculo de iniciados. No vacilaron en usar imágenes fuertes para convencer a la opinión de que el aborto era el peor de los crímenes. Un folleto titulado “La masacre de los inocentes”, que fue distribuido en reparticiones públicas, comparaba los distintos métodos para inducir un aborto con las torturas a las que eran sometidos los criminales en la antigüedad, como el aplastamiento, la asfixia, el empalamiento y la hoguera. El mismo documento describía al aborto como un “crimen” más vil que el asesinato de un anciano –a quien “se le roban los años menos felices de su existencia”– y un enfermo incurable –a quien “se le roban algunos años de sufrimiento”–, ya que “asesinar a un niño prenatal es robarle 60 años de vida”.

Tras décadas de ejercer presión sobre la clase política y saturar la opinión con una retórica catastrofista, en 1939 el gobierno republicano promulgó un Código de Familia que incorporaba varios de los reclamos del lobby natalista. Mientras se aprestaba para la guerra, el Estado francés se lanzó a la caza de “creadoras de ángeles” y médicos abortistas. Su víctima más notoria fue la militante feminista Madeleine Pelletier, primera mujer médica diplomada en psiquiatría, que fue arrestada y encerrada en un manicomio bajo la falsa acusación de haber realizado un aborto en una menor.


El caso Marie-Louise Giraud

Andrés H. Reggiani
Profesor investigador (Departamento de Estudios Históricos y Sociales Universidad Torcuato Di Tella)








24/9/17

EL CUENTO DE LA BUENA PIPA DE NISMAN







Un “guión” pensado de antemano para probar que Nisman fue asesinado

El cuento del análisis de Gendarmería

El informe sobre la muerte de Alberto Nisman entregado el viernes por la Gendarmería –fuerza que no tiene ninguna trayectoria en el mundo de las autopsias ni los estudios médicos– se basa en una secuencia especulativa sobre la cual no hay evidencia científica alguna. Se supone que dos personas entraron al departamento del fiscal porque él les abrió la puerta. Es que no hay nada forzado y él cerraba las puertas por dentro, como quedó comprobado. Las visitas le habrían dado una bruta paliza, pero sin desordenar nada: le fracturaron la nariz, le pegaron en la zona de los riñones y en las piernas. Todos esos golpes –detectados por un grupo de peritos sin experiencia médica– no fueron advertidos ni por la médica policial, que analizó el cuerpo en el propio baño, ni por los dos experimentados profesionales que hicieron la autopsia unas horas más tarde, ni por trece médicos forenses designados por la Corte Suprema. Es decir que la Gendarmería sugiere que los médicos con más autopsias del país no vieron una fractura de nariz que, además, debió dejar un hematoma.

El siguiente paso fue la supuesta administración de ketamina –tampoco detectada por los toxicólogos del máximo tribunal– a un fiscal que estaba ya desmayado por los golpes. No hay constancia alguna de la cantidad ni de cómo se le administró, ya que no registra rastros de inyección, la única manera de dormir a un individuo con ketamina. Estas manipulaciones son parte del arsenal usado para concluir lo que los poderes nacional e internacional exigían que fuera la conclusión: que a Nisman lo mataron. Es su forma de continuar la ofensiva contra el gobierno anterior, ya que le adjudicarán la responsabilidad, e incluso meterán en la bolsa a Irán y Venezuela, que integraron el comando sicario, según especulan sin una sola prueba.

Se necesitaba mucha elucubración para contrarrestar las pericias anteriores que no dejaban demasiado resquicio para la hipótesis del homicidio.

◙ No había rastros de pelea ni en el departamento ni en el baño.

◙ No había desorden

◙ Las gotas de sangre salpicaron hacia los cuatro costados, lo que indicaba que no había ninguna otra persona en el baño

◙ No hay pisadas

◙ No hay huellas, salvo de Nisman y del informático Diego Lagomarsino, en una taza, en la que tomó café el sábado

◙ No hay ingreso forzado

◙ Nadie vió a personas sospechosas o ajenas al edificio

◙ Nisman le pidió el arma a Lagomarsino, pero antes lo hizo con el custodio Rubén Benítez y el ex comisario Bogoliuk. Es decir que buscó el arma.

◙ Nisman ingresó a su computadora el domingo 18 de enero a las 7.30 de la mañana y terminó revisando una página sobre el regreso de la muerte




Golpiza

Lo que le dieron a la Gendarmería era un guión escrito, un resultado marcado antes de iniciar la pericia. Por lo tanto había que buscar cómo encajar las piezas.

La Gendarmería tiene un cuerpo de peritos con trayectoria en temas como balística, porque siempre les dieron los estudios en casos de gatillo fácil en que estaba apartada la Federal o alguna fuerza policial provincial. Lo mismo respecto de pericias de voz o, hasta cierto punto, comunicaciones. Pero la Gendarmería no tiene la menor trayectoria en lo que tiene que ver con autopsias, análisis médico de muertes, porque justamente la última palabra siempre fue del Cuerpo Médico Forense, dependiente de la Corte Suprema.

Uno de los obstáculos mayores que afrontaban los gendarmes es que no hay ningún rastro de pelea. Resulta poco aceptable que un hombre de 1,90 de altura, como Nisman, no haya opuesto ninguna resistencia a un disparo realizado a menos de un centímetro.

La solución que encontraron los gendarmes es que a Nisman lo tuvieron groggy gracias a una paliza singular. En primer lugar, concretada por alguien a quien el fiscal le abrió la puerta. No se puede sospechar en este caso de Lagomarsino porque cuando el informático subió al departamento de Nisman estaba acompañado por el custodio, Néstor Durán. Ambos subieron juntos en el ascensor, algo que quedó filmado por la cámara del propio ascensor.

Como no hay ningún vestigio de cerradura violada, el fiscal le abrió la puerta a sus agresores, según la versión tácita de la Gendarmería. Y, además, Nisman no se dió cuenta del peligro, porque después le dieron la paliza. Todo ocurrió sin romper nada ni desordenar nada. La madre de Nisman, Sara Garfunkel, testimonió: “Cuando entramos al departamento estaba todo en su lugar, como cuando yo fui de visita dos días antes”.

Los especialistas del CMF registraron dos golpes. Uno, en la cabeza, producto de la caída. El segundo en una pierna, de antigua data.

En cambio los de la Gendarmería, que no tienen experiencia ni trayectoria en autopsias, sostienen que le fracturaron la nariz, algo que se le habría pasado a la doctora Gabriela Piroso, de la Policía Federal, que fue la primera que revisó el cuerpo en el propio baño. Unas horas más tarde, a las ocho de la mañana del lunes 19 de enero, dos veteranísimos forenses hicieron la autopsia: Héctor Di Salvo y Fernando Trezza, ambos del CMF. Tampoco vieron la fractura de nariz. Y finalmente, trece forenses, la gran mayoría del cuerpo de la Corte, tampoco percibieron algo tan obvio como una fractura reciente de la nariz que, por supuesto, deja hematoma. A esto se agrega que, según los gendarmes, también tenía un golpe al costado del cuerpo.

Los especialistas de la defensa de Lagomarsino afirman, en cambio, que los gendarmes no tienen los equipos para hacer esos análisis y que usaron radiografías que no sirven para ese estudio. No sólo consideran que no tiene ninguna fractura sino que, en caso de existir, tiene que ser muy anterior.


Ketamina

Para seguir el guión prefijado, los gendarmes diseñaron una especulación en base a un químico que supuestamente se le encontró a Nisman en el hígado. La sustancia no fue detectada por el equipo de toxicología de la Corte, encabezado por Ana María Perkins, una profesional reconocida, presidenta de la Asociación Argentina de Farmacia y Bioquímica Legal.

Lo impactante es que la Gendarmería no pudo ni puede determinar la cantidad de ketamina, algo esencial para poder sostener que Nisman estaba indefenso. No es lo mismo, por ejemplo, tener 0,2 gramos de alcohol en sangre que 2,5 gramos. Pese a no saber qué cantidad tenía Nisman, la Gendarmería resolvió, sin base alguna, que efectivamente lo tenían virtualmente dormido.

A esto se agrega que para dormir a una persona con ketamina se necesitan dosis enormes, unos 245 gramos, en un cuerpo grande como el de Nisman y la forma de suministrar la sustancia es mediante una inyección. El fiscal no tenía vestigios de ningún pinchazo.


Sangre

Otro de los obstáculos para instalar la conclusión de homicidio es que Nisman tenía sangre en ambas manos. Tiene que ver con lo que sostuvieron los criminalistas: disparó con la mano derecha, pero sosteniendo esa mano con la izquierda. Cuando se produce el impacto, la sangre salta para atrás desde el orificio y eso es lo que mancha las manos. El fenómeno se conoce como back splatter.

Para los gendarmes, en realidad disparó uno de los sicarios y explican que Nisman se manchó las manos o, mejor dicho, que el supuesto homicida le manchó las manos, una hipótesis descabellada.

En la pericia anterior, por cinco votos a uno, se estableció que las salpicaduras de sangre quedaron en la bacha, en el inodoro y hasta el bidet, lo que muestra que no había ninguna persona atrás ni al costado. Es uno de los elementos que los llevó a concluir que Nisman estaba solo en el baño.

Por otra parte, la mancha de sangre fresca del lado interno de la puerta del baño demuestra que la puerta estaba cerrada en el momento del disparo. La madre del fiscal testimonió que esa puerta casi no se podía abrir porque la cabeza de su hijo estaba apoyada ahí y lo mismo dijeron los médicos que llegaron. Eso demuestra que había escasas chances de que alguien saliera, pero mucho menos que saliera sin dejar ninguna pisada.


Arma

La siguiente elucubración de los gendarmes tiene que ver con que, según suponen, los sicarios armaron una escena simulando un suicidio. Estaban solos en el baño y podían hacer lo que quisieron.

Sin embargo, el arma del disparo apareció bajo el hombro izquierdo. La Gendarmería dice que porque los homicidas lo colocaron allí, cuando mucho más razonable era colocarlo en la mano o cerca de la mano.

Tampoco se entiende cómo es que los supuestos homicidas super-profesionales utilizaron una vieja pistola que Lagomarsino tuvo guardada durante años sin disparar un tiro. Está probado que Nisman no sólo se la pidió prestada al informático sino que intentó convencer también a su custodio, Rubén Benítez, que le diera un arma y se comunicó con el ex comisario Ricardo Bogoliuk, pero éste estaba en Mar del Plata.


Horario

Uno de los elementos más llamativos del estudio es que los gendarmes se animan a contradecir la data de muerte fijada en las tres instancias anteriores: la médica policial, que le tomó la temperatura al cuerpo en el baño; la autopsia hecha en la morgue y la junta médica de los forenses de la Corte. Todos coincidieron en que Nisman murió en la mañana del domingo, entre las ocho y las 12. Eso coincide con un tiempo posterior a su ingreso a la computadora, a las 7.30 de la mañana.

Todo indica que en el guión que les dieron, los gendarmes tenían que meter, sí o sí, a Lagomarsino en la escena. Por lo tanto, contradijeron a los forenses y fijaron la data de muerte a las tres de la mañana del 18 de enero, utilizando un método –el potasio, humor vítreo– específicamente dejado de lado en la junta médica anterior porque los resultados son controvertidos. Eso sí, aclaran que podría ser en seis horas más o seis horas menos, lo que llevaría la punta del horario de muerte a las 21 del sábado 17 de enero.

Hoy está probado que Lagomarsino se fue a las 20.36 de Le Parc, algo que quedó grabado por las cámaras de seguridad. Y después de esa hora Nisman habló por teléfono con uno de sus custodios, Néstor Durán, y chateó con dos periodistas, Laureano Pérez Izquierdo de Infobae y Natascha Niebieskikwiat de Clarín. El chateo termino a las 21,17, hora en que Lagomarsino ya había llegado a su edificio, lo que las cámaras registraron un par de minutos después de las 21. El chateo fue personal, con códigos e ironías propios del diálogo entre esos dos periodistas y el fiscal.

A la mañana siguiente, pasadas las siete de la mañana, Nisman seguía con vida porque entró a su computadora a revisar sus mails, notas periodísticas, la imagen de una chica con la que había estado cuatro noches antes y finalmente ingresó a una nota sobre el regreso de la muerte posteado por Claudio María Domínguez.

Ninguno de todos los elementos encaja con la partitura que les dieron a los gendarmes. No importó. Tocaron la música que les dijeron que debían tocar. No les importó desafinar porque órdenes son órdenes.









29/8/13

CLARÍN: JUECES Y DEMOCRACIA






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Con inclusión de cuotas de pantalla, fomento de contenidos locales y producción independiente, la LSCA se perfila como un progreso concreto hacia un inclusivo ejercicio del derecho a buscar, recibir y difundir informaciones, ideas, opiniones y manifestaciones artísticas.

Las zancadillas judiciales y el chantaje cautelar deterioran su calidad y plena vigencia, al tiempo que perjudican a la sociedad en su conjunto. Con efectivas argucias quienes no quieren ceder privilegios lograron frenar aspectos centrales de esta norma. En nombre de la libertad de expresión pretenden consolidad su posición comercial dominante.

Claro que la puja distributiva no es sólo económica, sino también informativa, comunicacional. Ambas contiendas van de la mano, el poder mediático y el poder económico se amalgaman y funden en un supra poder que enfrenta y procura imponer condiciones a los propios estados soberanos.

Desde su promulgación, el 10 de octubre de 2009, se aprecia gradualmente la puesta en marcha de la LSCA. Aunque los cuatro años de trabas, frenos, tackles a los artículos que limitan la concentración de licencias ponen en riesgo sus principios básicos. Pluralidad de voces, diversidad cultural, nuevas narrativas aparecen obturadas por un variopinto abanico de tretas y artificios usados por el multimedios para gambetear la ley.

Llegados a esta instancia –una más– dentro de la apelmazada urdimbre judicial, nos permitimos la imprudencia de ser optimistas. Nosotros público, nosotros lectores, nosotros oyentes, nosotros todos aguardamos expectantes en Plaza Lavalle. Sabemos que dentro de ese imponente, ecléctico palacio de solemne severidad, siete ciudadanos tienen una oportunidad histórica. Con su resolución pueden destrabar la aplicación de la LSCA y, tal como lo expresa el artículo 45, "garantizar los principios de diversidad, pluralidad y respeto por lo local".


El arte de la gambeta y el chantaje cautelar



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La impronta neoliberal que constituye el espinazo de aquel fallo fue utilizada para defender los intereses inmediatos del "Gran diario argentino" en el día de su cumpleaños número sesenta y ocho. Ataron la viabilidad de un grupo de medios de comunicación a su economía de escala, verbigracia concentración de la propiedad y posición dominante. Según esta línea de pensamiento que retoma el liberalismo decimonónico, el Estado es la mayor –única– amenaza contra la libertad de expresión, entonces si los medios son poderosos pueden resistir de mejor manera los eventuales embates censores de la política.

Esa línea argumental arroja algunas consecuencias. Primero, la paradoja de que, para que un gobierno electo por la voluntad popular no restrinja la libertad de expresión, es mejor que haya un monopolio privado que por su propia posición dominante impida que los ciudadanos puedan ejercer su derecho humano a la comunicación.

Segunda consecuencia: si para ejercer la libertad de expresión hace falta la talla descomunal del Grupo Clarín, entonces qué les queda a los pequeños medios o a los ciudadanos de a pie.

Por último, se alertó sobre los perjuicios para el acceso a Internet que traerían los límites que la ley le impone a la concentración de la TV por cable. Curiosa pirueta argumental por la cual Internet que es publicitada como la panacea de la democracia comunicacional, ahora dicen que para convertirse en un servicio universal es necesario que sea a través de un monopolio privado.

La Corte Suprema tiene en sus manos la inmensa posibilidad de hacer justicia. Esperemos que no se las lave como Poncio Pilatos.


Gustavo Bulla
Los amigos neoliberales del Grupo Clarín



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LA INTERVENCIÓN DE LOS JUECES Y SUS CAUTELARES...

La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró inaplicables varios artículos del paquete de medidas denominado "Reforma Judicial", una de las últimas grandes batallas de la Casa Rosada.

Las leyes fueron aprobadas por el Congreso en el marco de la llamada "democratización de la Justicia". Mediante tres acordadas, y por unanimidad de los 7 jueces, el máximo tribunal impugnó las leyes sobre la declaración jurada de bienes de los jueces, el ingreso al Poder Judicial y la publicación de sentencias de los tribunales.

En la misma secuencia, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial dictó una medida cautelar que suspendió de manera provisional la aplicación de un artículo de la ley de Mercado de Capitales que prevé la intervención de la Comisión Nacional de Valores en una empresa si se considera que pudo haber "vulneración" a los intereses de accionistas minoritarios. La sala A del Tribunal de Apelaciones, falló en base a un planteo de Clarín, pero la medida queda vigente hasta que se resuelva la cuestión de fondo acerca de la validez de esa norma.

La Cámara ordenó la suspensión de la aplicación del inciso A, segunda parte, en los apartados I y II del artículo 20 de la Ley 26.831.

La tercera en la misma semana llegó, otra vez, con la Corte Suprema, al confirmarse la ratificación de la medida cautelar de la Cámara Civil y Comercial que había frenado la expropiación del predio ferial de Palermo, adquirido por la Sociedad Rural en 1991. Con un fallo mayoritario, de cinco votos contra dos, los ministros consideraron que el recurso presentado por el Estado nacional estuvo fuera de los términos procesales establecidos por la ley.

El secretario de Comercio Interior, Guillermo Moreno, tampoco tuvo suerte. A principios de mes, la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó un planteo del Gobierno para que la Corte Suprema de Justicia intervenga en una de las causas que se iniciaron por las multas que la Secretaría de Comercio Interior les aplicó a consultoras privadas por difundir índices erraneos de precios. La Sala II de la Cámara no hizo lugar al recurso extraordinario que presentó Comercio Interior para llegar al máximo tribunal y ahora el Estado tiene la posibilidad de recurrir directamente ante la Corte a través de un recurso de queja.

A comienzos de esta semana hubo otro fallo de la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal que rechazó un recurso extraordinario por el cual el Estado nacional pretendía llegar a la Corte Suprema de Justicia para que ésta resolviera su pedido de ser parte querellante en la investigación por la tragedia ferroviaria de Once. Al Estado, a través del Ministerio de Transporte de la Nación, sólo le queda la alternativa de recurrir en queja, cuyo recurso no tiene efectos suspensivos y cuenta con menos chances que con el recurso extraordinario que ya fue rechazado.

En julio pasado, la Corte Suprema firmó una resolución intimando a la provincia de Formosa y al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas a reformular el cronograma de actividades para la realización del censo que permita interceder en el conflicto entre el Estado y la comunidad Qom La Primavera.

Esta semana, la Justicia Federal primero suspendió el desalojo de hangares en el aeroparque Jorge Newbery de las empresas de taxis aéreos: Mac Air y Tango. Esas medidas cautelares funcionaron como antecedente para que LAN siga el mismo camino. El juez federal en lo Civil y Comercial N 11, Carlos Héctor Álvarez, dictó las medidas cautelares en una decisión que "deja sin efecto el desalojo del hangar y todas las consecuencias".

Después de eso, la jueza Claudia Rodríguez Vidal frenó el desalojo de LAN del hangar de Aeroparque hasta que se defina la legalidad de la decisión tomada por el Gobierno a través del Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (Orsna), a horas de cumplirse el plazo máximo de 10 días.







26/4/13

CÁRCELES LLENAS DE POBRES







El Gobierno Nacional envió 6 proyectos al Congreso Nacional que pretenden avanzar sobre la necesaria democratización del Poder Judicial, sin dudas, el más conservador de todos los estamentos del Estado. No se analizarán acá cada iniciativa, en Agencia Paco Urondo hay material de sobra al respecto. Sí nos parece más oportuno volver sobre una situación que ocurre hoy y seguirá ocurriendo mañana, después de enterarnos que la República no concluyó ni mucho menos.

Sin muchas vueltas: reflexionar sobre la lógica represiva que caracteriza el accionar de la Justicia en Argentina (y en tantas otras partes del mundo) y que implica el encarcelamiento en condiciones humillantes de miles de pobres. En los penales del país hay 60 mil detenidos. Están hacinados, comen y visten mal, sufren todo tipo de atropellos por parte de un sistema penitenciario sin control civil. La Justicia rara vez hace lugar a los infinitos amparos que procuran alertar sobre este diagnóstico.

De esos 60 mil detenidos, se estima que el 60% no tiene condena. Ese número fue mayor pero se redujo a partir de una reforma procesal que introdujo la figura del “juicio abreviado”. Según Horacio Verbitsky, “no mejora la situación real, pero la ´maquilla´. Es decir, en vez de tantos detenidos sin condena, hay condenados sin juicio”. ¿Qué ocurre en realidad? Muchos presos aceptan la culpabilidad (aunque no fueran responsables del delito) en una negociación perversa con el sistema. En vez de estar cuatro o cinco años detenidos sin condena, asumen “su responsabilidad” y son condenados a… tres años.

Las estadísticas dejan entrever una realidad aún peor: de ese 60% de detenidos sin condena, los informes dan cuenta de un 30% de personas que finalmente serán absueltas. Así las cosas, hoy en el país hay alrededor de 10 mil presos que son inocentes. “Diez mil personas privadas de su libertad por un delito que no han cometido es un factor profundamente disruptivo de la sociedad, del tejido social”, describió Verbitsky en la entrevista antes citada.

Se arriba a estos números espantosos porque el Poder Judicial implementa la prisión preventiva como lógica de disciplinamiento social de los sectores vulnerados. Los pobres tienen que demostrar que no son culpables, y deben hacerlo en prisión. No es casual que está lógica emerja después del desmantelamiento del Estado de Bienestar. El sociólogo francés Loïc Wacquant observó que cuando desaparece el "Estado Providencia" es reemplazado por el "Estado Penitencia".

Desde el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) advierten que “el ordenamiento jurídico argentino no autoriza, sin debido proceso y condena judicial, a privar a nadie de su libertad por su peligrosidad”. Poco se escucha decir sobre ésto a los notables defensores de la Constitución.

Las frías estadísticas esconden historias de carne y hueso. Por ejemplo, los jóvenes Luz Gómez y Diego Romero que hace más de un año están presos por un delito que no cometieron. Son dos víctimas de una maquinaria judicial profundamente autoritaria y clasista. Fueron encarcelados inmediatamente sin que existiera ningún riesgo contra la investigación. El juez y el fiscal prácticamente no escucharon a los jóvenes (los vieron una sola vez), que también señalan la desidia del abogado propuesto por el propio Estado. Por su parte, sus familiares debieron marchar al Tribunal para que se aceptara la realización de una prueba clave, que finalmente se hizo y favoreció a la pareja. Sin embargo, Luz y Diego siguen con prisión domiciliaria, sin poder trabajar y viviendo gracias a la ayuda de los seres más cercanos. Estas historias deberán ser parte de un próximo debate sobre qué implica, profundamente, democratizar el poder judicial








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