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lunes, 9 de mayo de 2016
Emilio Botín, Ausbanc, y los accionistas del Santander (o de la oligarquía al capitalismo responsable)
Emilio Botín, Ausbanc, y los accionistas del Santander (o de la oligarquía al capitalismo responsable)
9 mayo, 2016 | Por Autor: Rodrigo Tena Arregui
En su imprescindible trabajo Oligarchy, Jeffrey A. Winters afirma que la prueba definitiva de la calidad de un sistema jurídico no descansa en su funcionamiento rutinario o sistemático, sino si ese sistema es más fuerte que el más poderoso de los actores de la sociedad de que se trate –en cuyo caso se alcanza la calificación de Estado de Derecho “elevado” (high rule of law). Si no pasa la prueba porque funciona adecuadamente para la gran mayoría, pero no supone un freno efectivo para los más poderosos (denominados en consecuencia oligarcas), entonces estamos ante un Estado de Derecho “bajo” (low rule of law).
La “doctrina Botín”, el indulto a Alfredo Sáenz o la absolución de Alierta nos demuestran sobradamente que nuestro nivel es “bajo”. Pero no quiero ahora detenerme examinando asuntos sobre los que ya hemos hablado extensamente en este blog, sino en la forma concreta en que esos actores poderosos persiguen sus objetivos y en los principales sufridores de esa situación, tomando como ejemplo el caso de las cesiones de crédito que dio lugar a la famosa “doctrina Botín”.
Recordemos brevemente que el caso de las cesiones se inicia en 1991 bajo la instrucción del juez Moreiras a instancias de Ruiz Mateos, que pronto desiste de su querella (aunque no sabemos muy bien por qué). Se trataba de la comercialización de un producto opaco al Fisco, respecto del cual las acusaciones particulares (entre las que se encontraban entonces Ausbanc e Iniciativa per Catalunya, entre otros) alegaban que obedecía a una estrategia de defraudación en beneficio de ciertos clientes importantes perfectamente conocida y diseñada por la cúpula del banco. (Por resumir: no se venden churros solamente en Panamá).
El montante defraudado giraba en torno a los 43 millones de euros. Para darse cuenta de que el asunto era serio basta recordar que en 2004 la Audiencia Nacional decide sentar al Sr. Botín en el banquillo (junto con otros directivos) acusándole de un delito continuado de falsedad en documento oficial, tres delitos continuados de falsedad en documento mercantil y otros 30 contra la Hacienda Pública, reclamándoles una responsabilidad conjunta de 89,4 millones de euros. Todo ello, por supuesto, contra la oposición frontal de la fiscalía y de la abogacía del Estado, continuando de esa manera una tradición patria que parece hoy plenamente vigente.
Como conocen ustedes perfectamente, el caso termina archivándolo el Tribunal Supremo gracias a una imaginativa interpretación (la“doctrina Botín”) que establece que con la acusación popular por sí sola no basta para la apertura del juicio oral (hoy desacreditada pero que en su momento sirvió) y que es la misma que ambas instituciones (fiscalía y abogacía del Estado) pretendían aplicarle en la actualidad a la Infanta.
Pues bien, a la vista de que el caso pintaba bastante mal, durante los últimos años noventa el Sr. Botín no permanece inactivo, precisamente. No podemos reconstruir exactamente todos sus movimientos, pero sí algunos muy significativos. Lo que parece claro es que, a la vista de que la fiscalía y la abogacía del Estado piden el archivo (tampoco podemos saber si al efecto se hizo alguna gestión o se entró en alguna negociación), la preocupación fundamental del magnate consiste en forzar el brazo de las acusaciones populares. Ruiz Mateos cede enseguida, pero quedan otras de peso.
Así que con la mediación de Pasqual Maragall (nada menos) entonces Presidente de la Generalitat, el Sr. Botín concierta una entrevista con Joan Saura, consejero de su Gobierno y presidente de Iniciativa per Catalunya. En un momento de la conversación –según cuenta el mismo protagonista– Botín le ofrece 100 millones de pesetas para empezar (más gastos) “si seguía los mismos pasos que Luis Pineda” (ahora veremos cuales fueron esos pasos). Saura rechaza la oferta, e Iniciativa continuará personada hasta la resolución final del caso, aunque en algún momento de manera un tanto torpe, como demuestra el que se dejase pasar algún plazo.
Pero lo que interesa ahora es seguir los pasos de Luis Pineda, jefe absoluto de Ausbanc. En el verano de 1999, unas semanas antes de la mencionada entrevista con Saura y apenas unos meses después de constituirse en acusación particular, Ausbanc cambia repentinamente de criterio e inicia los trámites para salir del proceso solicitando el sobreseimiento libre por prescripción, lo que causa asombro en el resto de las partes personadas y en los medios de comunicación que siguen el caso. A partir de ahí se inicia una relación de intensa colaboración y complicidad entre Ausbanc y el Santander (que incluso tiene hoy contratado a uno de los hijos del Sr. Pineda) que continua hasta la actualidad.
Así, se calcula que el Santander paga a Ausbanc por hacer publicidad en su medios la friolera de un millón de euros anuales (frente a los 300.000 de media que solían pagar el resto de bancos). La conclusión es clara: a través de una intensa actividad facilitada por contactos políticos al más alto nivel y gracias a un abultado patrimonio, ambas cosas absolutamente inalcanzables para el común de los mortales, el Sr. Botín logra desactivar la acusación contra él, con la participación (más o menos interesada) de un conjunto amplio de personas públicas y privadas.
Pero hay un dato que no se nos puede escapar dada su extraordinaria importancia a los efectos de este post, y es que el Sr. Botín, en el caso de que se confirme el pacto con Ausbanc que actualmente investiga el juez Santiago Pedraz, no utilizó dinero propio para desactivar esa acusación, sino dinero del banco, pues parece muy poco probable que se pagase esa “sobre prima” por publicidad con dinero particular del Sr. Botín. Podríamos pensar que dado que la comercialización de las cesiones se realiza por el banco, debe ser este quién responda por sus consecuencias imprevistas. Sin embargo, pienso que en este caso este argumento es insostenible, por varias razones. En primer lugar, por mucho que estiremos el concepto, esa comercialización no quedaría nunca amparada por la business judgment rule (que exonera de responsabilidad a los administradores frente a la sociedad, los socios y terceros por las decisiones empresariales adoptadas de buena fe), consagrada en el actual art. 226 de la LSC, pero que ya se venía reconociendo con anterioridad por los tribunales españoles.
Una actuación que da lugar a una responsabilidad penal por diseñar un esquema de defraudación fiscal para determinados clientes, no puede quedar exonerada de responsabilidad -se mire por donde se mire- por los daños causados a la empresa. Si esto es así, no se puede utilizar dinero de la empresa (causándole de esta manera un daño) para desactivar el procedimiento penal que la determine, porque se trata de un tema absolutamente personal.
Recordemos, además, que el procedimiento se interponía directamente contra el Sr. Botín. Solo una completa identificación entre los intereses propios y los de la empresa puede explicar utilizar el patrimonio de esta para proteger los primeros. Por ese motivo, la reclamación solicitada de 89,4 millones de euros la hubiera tenido que satisfacer el Sr. Botín de su peculio. Utilizar dinero de la empresa para desactivar ese riesgo (no digamos el de la sanción por privación de libertad), al margen del conocimiento de los socios (vulnerando así de nuevo el límite de la discrecionalidad empresarial e incluso el deber de lealtad del art. 227) no parece jurídicamente defendible.
Y si no es defendible, cabría abrir un interesante apartado sobre la posible responsabilidad penal por apropiación indebida, si no fuera por el deceso del Sr. Botín. En cualquier caso, el apartado de cómo funciona el gobierno corporativo en nuestras sociedades de capital será tratado de nuevo en fechas próximas. En una interesante entrevista publicada con ocasión del 40 aniversario de
En su obra anteriormente indicada, Jeffrey Winters señala que para distinguir la oligarquía propiamente dicha del capitalismo –por muy de amiguetes que sea- es preciso fijarse si los recursos monetarios utilizados –que pueden ser ajenos- se utilizan para el interés propio o para el interés de la corporación. Si se utilizan para el interés de la corporación estamos ante el capitalismo (aunque si se hace de manera ilegítima será de amiguetes). Si se utilizan en interés propio y personal estamos ante un comportamiento oligárquico (pág. 6).
Deseamos a la Sra. Botín, actual presidenta del banco, una exitosa singladura a puerto.
Tomado de
http://hayderecho.com/2016/05/09/emilio-botin-ausbanc-y-los-accionistas-del-santander-o-de-la-oligarquia-al-capitalismo-responsable/
lunes, 15 de septiembre de 2014
Opinión pública y opinión publicada
El diario el País publicaba una serie de tres artículos de José Juan Toharia como avance del libro Pulso de España 2014, dirigido por Antonio López Vega, con patrocinio de Telefónica y de próxima publicación en Ediciones El País. En el segundo artículo figuraba un gráfico de la opinión ciudadana acerca de instituciones etidades y grupos sociales.
En el gráfico queda patente que el esfuerzo de políticos, medios de comunicación y élite empresarial de este país para demonizar aquello que se quiere privatizar en su beneficio, está resultando inútil.
Investigadores, médicos, profesores, así como la guardia civil y policía, que ven que sus funciones se están cediendo a empresas de seguridad de amigos y políticos, figuran como los mejores valorados por los ciudadanos, mientras que las grandes empresas, la patronal, las multinacionales, los sindicatos, los fiscales, los obispos están entre los colectivos peores valorados y lo peor de lo peor políticos y bancos.
En ese contexto se nos muere Botín y los medios de comunicación, ignorando la realidad, hicieron el más tremendo ridículo ensalzando al polémico finado hasta la náusea.
Por supuesto pasaron por alto algunas de las actuaciones del poder con ese señor que quebraron el estado de derecho.
A estas alturas, los rapsodas necrófilos ya no engañan, se han producido demasiadas víctimas.
Afortunadamente la gente ya no traga con la realidad Matrix en la que nos pretenden instalar los vasallos del régimen y los hechos lo demuestran:
Los datos del Observatorio AEDE-Deloitte indican que el conjunto de los diarios en papel redujeron un 9,5% su difusión en julio. Un 14% ‘El País’, un 12% para ‘El Mundo’ y otro 12% el ‘ABC’. En el comienzo del verano las diarios generalistas siguen acumulando una preocupante caída que parece no tener fin.
El descenso también es significativo en la televisión gubernamental, TVE, que registra el mínimo histórico de audiencia
El bipartidismo según las encuestas se está hundiendo y está arrastrando a los medios en su caída que a la desesperada confunden propaganda con información.
El gráfico
Fuente: Metroscopia, Barómetros de Confianza institucional de los españoles, julio 2014 y julio 2013.
Los artículos
http://politica.elpais.com/politica/2014/08/16/actualidad/1408217637_378051.html
http://politica.elpais.com/politica/2014/08/23/actualidad/1408792695_287132.html
http://www.omau-malaga.com/subidas/archivos/noma/arc_6442/exta/pdf/pulso-5fde-5fespa-5fiii-5ftiempo-5fde-5fejemplaridad-5fjos-5fjuan-5ftoharia-5fel-5fpa
Otros enlaces
Datos que se ocultaron al gran público
http://vozpopuli.com/buscon/49282-emilio-botin-lo-encontraron-muerto-en-la-banera-de-su-casa-el-martes-por-la-noche
El lado oscuro
http://economia.elpais.com/economia/2008/05/27/actualidad/1211873580_850215.html http://www.publico.es/dinero/382305/la-audiencia-nacional-investiga-la-regularizacion-fiscal-de-los-bo
Crónica de un indeseable
http://www.moedetriana.com/salvador-sostres-que-se-muera-un-pobre-es-importante-para-su-familia-que-se-muera-un-rico-es-tragico-para-espana/
jueves, 13 de junio de 2013
La banca es la banca y Botín es Botín.
Distinto tratamiento del supuesto fraude fiscal de Botín y de Messi en la prensa "libre" el día después:
La idea viene de Antonio Maestre y un tuit suyo.
El 16 de junio de 2011 trascendió que la Audiencia admitía a trámite una denuncia contra Botín y familia por un presunto y millonario fraude fiscal (hasta 1.000 millones se calculó entonces que podría haber en cuentas suizas).
Este miércoles se ha conocido que la Fiscalía que ha querellado contra Leo Messi y familia por presunto fraude fiscal de cuatro millones de euros.
Pinchar aquí:
http://minutario.tumblr.com/post/52823660514/botin-messi-y-las-portadas-espanolas
lunes, 15 de abril de 2013
Saenz ex convicto pero "supuestamente" honorable
Las leyes no son inmutables y muchas veces suelen quedar obsoletas. Hubo un tiempo que un banquero tenía que ser un probo ciudadano y como no existe una bola de cristal para saber si alguien iba a delinquir o no, se requería que no hubiese estado condenado, por aquello de la reincidencia, dado que la gente a veces tiende a repetir conductas.
Demostrado empíricamente que los ciudadanos no son iguales ante la ley, entra dentro de la lógica cambiar las leyes, a medida de cierta gente.
Hoy en día, dado el papel que desempeña la banca y la opinión que de ella tiene el pueblo, sería una pena que un ex convicto no pudiese seguir ejerciendo de banquero, máxime cuando el beneficiario ha sido indultado, ya que es muy poderoso e incluso la prestigiosa revista Investor Reseach Group lo ha elegido como el mejor CEO de la banca europea, puesto, que ha alcanzado en cuatro ocasiones en los últimos seis años.
Nos estamos refiriendo al insustituíble Alfredo Sáenz.
El gobierno ha elaborado un decreto de honorabilidad para directivos bancarios, que reforzará los requisitos de "experiencia y profesionalidad", según ha anunciado la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.
En la práctica, el decreto puede facilitar que el consejero delegado y vicepresidente del Banco Santander, Alfredo Sáenz no sea inhabilitado. Sáenz fue condenado a tres meses de arresto e inhabilitación por un delito de acusación falsa e indultado por el Gobierno socialista en noviembre de 2011. El Ejecutivo canceló sus antecedentes penales. En febrero de este año, el Supremo concluyó que el Ejecutivo de Rodríguez Zapatero se extralimitó en sus funciones al indultar a Sáenz.
Con antecedentes penales "vivos", el Banco de España, que no se ha pronunciado todavía, podría inhabilitar a Sáenz. Ahora, tras la aprobación del decreto por el Gobierno, la inhabilitación parece menos probable. La razón: incluso los condenados podrán dirigir entidades.
Se tomará en cuenta, cuando la condena es por delitos dolosos, si las sanciones o los hechos que motivaron la condena «se realizaron en provecho propio o en perjuicio de los intereses de terceros cuya administración o gestión de negocios le hubiese sido confiada», cosa incomprensible, que se matice que el delito sea en beneficio propio o ajeno. ¡Delinquir es delinquir¡.
Ahora será el Banco de España el que decidirá si un directivo bancario "conserva la honorabilidad", independientemente de que haya sido condenado. La honorabilidad que puede eliminar el poder judicial, el Banco de España tendrá el poder de restituirla. Dada la diligencia con que ha actuado el Banco de España en su papel de supervisor en estos últimos años, podemos dormir tranquilos.
Parece que es Europa, según el gobierno, la que manda que no sean los penales lo que impida que se pierda un gran Ceo, el criterio simplemente será la honorabilidad y ya sabemos en este país quienes reúnen los requisitos de honorables.
"El presidente del Banco Santander, Emilio Botín, ha asegurado que la entidad dispone de informes "terminantes" que avalan que su 'número dos' siga ejerciendo sus labores al frente de la entidad".
Antes delinquiendo, un banquero sabía que se "jugaba la carrera", ahora no. Simplemente se trata de delinquir conservando la honorabilidad.
El gobierno muy sensible con la Marca España, supongo que considera que un delito, no debe estropear el buen currículum de un honorable banquero.
Los antecedentes penales quedan para los pobres, para los poderosos está la honorabilidad y esa no la empaña una condena de un tribunal. ¡Faltaría más¡
Enlaces.
https://twitter.com/PabloHerreros/status/322697999153254400/photo/1
http://www.eleconomista.es/interstitial/volver/acierto-abril/mercados-cotizaciones/noticias/4702539/03/13/Economia-Empresas-Iberdrola-mejor-utility-europea-segun-Institutional-Investor-Research-Group-----------.html
Enlaces relacionados:
http://www.angelesgarciaportela.com/2011/12/poderosos-siempre-indemnes.html
http://www.angelesgarciaportela.com/2013/01/el-dinero-todo-lo-puede-y-la-banca-todo.html
Demostrado empíricamente que los ciudadanos no son iguales ante la ley, entra dentro de la lógica cambiar las leyes, a medida de cierta gente.
Hoy en día, dado el papel que desempeña la banca y la opinión que de ella tiene el pueblo, sería una pena que un ex convicto no pudiese seguir ejerciendo de banquero, máxime cuando el beneficiario ha sido indultado, ya que es muy poderoso e incluso la prestigiosa revista Investor Reseach Group lo ha elegido como el mejor CEO de la banca europea, puesto, que ha alcanzado en cuatro ocasiones en los últimos seis años.
Nos estamos refiriendo al insustituíble Alfredo Sáenz.
El gobierno ha elaborado un decreto de honorabilidad para directivos bancarios, que reforzará los requisitos de "experiencia y profesionalidad", según ha anunciado la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.
En la práctica, el decreto puede facilitar que el consejero delegado y vicepresidente del Banco Santander, Alfredo Sáenz no sea inhabilitado. Sáenz fue condenado a tres meses de arresto e inhabilitación por un delito de acusación falsa e indultado por el Gobierno socialista en noviembre de 2011. El Ejecutivo canceló sus antecedentes penales. En febrero de este año, el Supremo concluyó que el Ejecutivo de Rodríguez Zapatero se extralimitó en sus funciones al indultar a Sáenz.
Con antecedentes penales "vivos", el Banco de España, que no se ha pronunciado todavía, podría inhabilitar a Sáenz. Ahora, tras la aprobación del decreto por el Gobierno, la inhabilitación parece menos probable. La razón: incluso los condenados podrán dirigir entidades.
Se tomará en cuenta, cuando la condena es por delitos dolosos, si las sanciones o los hechos que motivaron la condena «se realizaron en provecho propio o en perjuicio de los intereses de terceros cuya administración o gestión de negocios le hubiese sido confiada», cosa incomprensible, que se matice que el delito sea en beneficio propio o ajeno. ¡Delinquir es delinquir¡.
Ahora será el Banco de España el que decidirá si un directivo bancario "conserva la honorabilidad", independientemente de que haya sido condenado. La honorabilidad que puede eliminar el poder judicial, el Banco de España tendrá el poder de restituirla. Dada la diligencia con que ha actuado el Banco de España en su papel de supervisor en estos últimos años, podemos dormir tranquilos.
Parece que es Europa, según el gobierno, la que manda que no sean los penales lo que impida que se pierda un gran Ceo, el criterio simplemente será la honorabilidad y ya sabemos en este país quienes reúnen los requisitos de honorables.
"El presidente del Banco Santander, Emilio Botín, ha asegurado que la entidad dispone de informes "terminantes" que avalan que su 'número dos' siga ejerciendo sus labores al frente de la entidad".
Antes delinquiendo, un banquero sabía que se "jugaba la carrera", ahora no. Simplemente se trata de delinquir conservando la honorabilidad.
El gobierno muy sensible con la Marca España, supongo que considera que un delito, no debe estropear el buen currículum de un honorable banquero.
Los antecedentes penales quedan para los pobres, para los poderosos está la honorabilidad y esa no la empaña una condena de un tribunal. ¡Faltaría más¡
Enlaces.
https://twitter.com/PabloHerreros/status/322697999153254400/photo/1
http://www.eleconomista.es/interstitial/volver/acierto-abril/mercados-cotizaciones/noticias/4702539/03/13/Economia-Empresas-Iberdrola-mejor-utility-europea-segun-Institutional-Investor-Research-Group-----------.html
Enlaces relacionados:
http://www.angelesgarciaportela.com/2011/12/poderosos-siempre-indemnes.html
http://www.angelesgarciaportela.com/2013/01/el-dinero-todo-lo-puede-y-la-banca-todo.html
miércoles, 23 de enero de 2013
El dinero todo lo puede y la banca todo lo limpia
En la Junta de accionistas del Banco de Santander, celebrada el 17 de junio de 2011, el Sr. Emilio Botín retiraba la palabra a un accionista, el Sr. Antonio Panea, que solicitaba la remoción de sus cargos, del propio Botín así como la del consejero delegado del banco Sr. Alfredo Sáenz, por no cumplir los requisitos que la legislación bancaria exigen para ser administrador de un banco. Las razones censuradas en la junta de accionistas las denuncia el Sr. Panea al Banco de España y las explica en este video
El Sr. Panea no preveía el indulto, pero posteriormente el Sr. Alfredo Sáenz, fue indultado y por decreto borrado su pasado delictivo para poder continuar como banquero. Aunque la historia va mas allá, y ahora la legislación se modifica para que "condenados puedan dirigir entidades".
Al final el Sr. Panea tampoco va a tener razón cuando afirmaba "el dinero, no lo puede todo".
Podrán ejercer como banqueros los condenados por delitos económicos, ojo, solo por delitos económicos, si matan no, pero si solo estafan o engañan, no debe ser inconveniente para que puedan seguir prestando servicio al país y seguir aportando "su experiencia". Dejan a criterio del Banco de España que el condenado pueda ejercer de banquero. Dada la objetividad y diligencia con que viene actuando el citado banco, es comprensible.
Explicación del porqué de la ley :
Así las cosas, la Sala Penal del Supremo ha declarado que el indulto que el Gobierno de Zapatero concedió al consejero delegado del Santander, Alfredo Sáenz, no alcanza a los antecedentes penales que pesan sobre él y que, de acuerdo con la legislación bancaria, conducirían a su inhabilitación. El Alto Tribunal afirma que el indulto que benefició a Sáenz «no borra» su condena por acusación falsa -ni, por tanto, los antecedentes penales vinculados al fallo condenatorio- y «no pudo hacer desaparecer en ningún caso el supuesto de hecho» que contempla la normativa bancaria, según la cual los banqueros deben ser personas «de reconocida honorabilidad». La norma establece que esa cualidad se pierde «en todo caso» cuando se tienen antecedentes por delito doloso, como es el caso de Alfredo Sáenz, informa El Mundo.
http://www.hispanidad.com/exclusivasPrensa/el-supremo-emplaza-a-botn-a-relevar-a-senz-como-nmero-2-20121016-152841.html
El indulto en el BOE
http://www.boe.es/boe/dias/2011/12/10/pdfs/BOE-A-2011-19378.pdf
http://www.radiocable.com/io-indulto-saenz652.html
Al final el Sr. Panea tampoco va a tener razón cuando afirmaba "el dinero, no lo puede todo".
Enlace a la noticia |
Explicación del porqué de la ley :
Así las cosas, la Sala Penal del Supremo ha declarado que el indulto que el Gobierno de Zapatero concedió al consejero delegado del Santander, Alfredo Sáenz, no alcanza a los antecedentes penales que pesan sobre él y que, de acuerdo con la legislación bancaria, conducirían a su inhabilitación. El Alto Tribunal afirma que el indulto que benefició a Sáenz «no borra» su condena por acusación falsa -ni, por tanto, los antecedentes penales vinculados al fallo condenatorio- y «no pudo hacer desaparecer en ningún caso el supuesto de hecho» que contempla la normativa bancaria, según la cual los banqueros deben ser personas «de reconocida honorabilidad». La norma establece que esa cualidad se pierde «en todo caso» cuando se tienen antecedentes por delito doloso, como es el caso de Alfredo Sáenz, informa El Mundo.
http://www.hispanidad.com/exclusivasPrensa/el-supremo-emplaza-a-botn-a-relevar-a-senz-como-nmero-2-20121016-152841.html
El indulto en el BOE
http://www.boe.es/boe/dias/2011/12/10/pdfs/BOE-A-2011-19378.pdf
http://www.radiocable.com/io-indulto-saenz652.html
viernes, 16 de diciembre de 2011
Poderosos, siempre indemnes
El consejo de ministros indultó al preso mas antiguo del pais. En otro consejo,se indultó a javier Saenz, pero existía un pequeño problema, el código ético? de la banca no permite ejercer con un dudoso pasado, así que por obra y gracia del BOE, se le levanta la condena de no poder ejercer cualquier actividad bancaria, siempre y cuando no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años.
Copia del BOE:
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
19378
Real Decreto 1761/2011, de 25 de noviembre, por el que se indulta a don Alfredo Sáenz Abad.
Visto el expediente de indulto de don Alfredo Sáenz Abad, condenado por la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo, en sentencia de 24 de febrero de 2011, resolutoria del recurso de casación interpuesto contra otra de la Audiencia Provincial de Barcelona, sección tercera, como autor de un delito de acusación falsa, con la concurrencia de la atenuante analógica por dilaciones indebidas, a la pena de tres meses de arresto mayor, con la accesoria de suspensión de profesiones u oficios relacionados con el desempeño de cargos de dirección, públicos o privados, vinculados con entidades bancarias, crediticias o financieras y multa de 400 euros, por hechos cometidos en el año 1994 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 25 de noviembre de 2011,
Vengo en conmutar a don Alfredo Sáenz Abad la pena de arresto mayor y la accesoria de suspensión de profesiones u oficios relacionados con el desempeño de cargos de dirección, públicos o privados, vinculados con entidades bancarias, crediticias o financieras impuestas por la de multa en la cuantía máxima prevista en el artículo 74 del Código Penal de 1973, en la redacción dada al mismo por la Ley Orgánica 3/1989, dejando subsistente la otra pena de multa y quedando sin efecto cualesquiera otras consecuencias jurídicas o efectos derivados de la sentencia, incluido cualquier impedimento para ejercer la actividad bancaria, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del presente real decreto.
Dado en Madrid, el 25 de noviembre de 2011.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
cve:
Dado en Madrid, el 25 de noviembre de 2011.
http://www.boe.es/boe/dias/2011/12/10/pdfs/BOE-A-2011-19378.pdf
Nótese que hubo "atenuantes analógicas" por dilación indebida, lo extraño es que no prescribiese.
El duque de Lerma, valido de Felipe III, iba a ser juzgado por corrupción, entonces tomó los hábitos y en aquel entonces los nobles al hacerlo pasaban directamente a Cardenal, así evitó ser juzgado. El pueblo cantaba una coplilla que decía "para no morir ahorcado se vistió de colorado" En aquel entonces tenían el cancionero ahora solo nos queda la red.
En el siguiente enlace se compara la diferencia de trato para Alfredo Sáenz y para Enric Durán, este último conocido como el "Robin Hood" de la banca.
http://www.elblogsalmon.com/mercados-financieros/alfredo-saenz-vs-enric-duran-del-indulto-del-primero-a-la-carcel-para-el-segundo
Conclusión : los poderosos siempre se libran. Los accionistas ni se lo imaginaban
Copia del BOE:
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
19378
Real Decreto 1761/2011, de 25 de noviembre, por el que se indulta a don Alfredo Sáenz Abad.
Visto el expediente de indulto de don Alfredo Sáenz Abad, condenado por la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo, en sentencia de 24 de febrero de 2011, resolutoria del recurso de casación interpuesto contra otra de la Audiencia Provincial de Barcelona, sección tercera, como autor de un delito de acusación falsa, con la concurrencia de la atenuante analógica por dilaciones indebidas, a la pena de tres meses de arresto mayor, con la accesoria de suspensión de profesiones u oficios relacionados con el desempeño de cargos de dirección, públicos o privados, vinculados con entidades bancarias, crediticias o financieras y multa de 400 euros, por hechos cometidos en el año 1994 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 25 de noviembre de 2011,
Vengo en conmutar a don Alfredo Sáenz Abad la pena de arresto mayor y la accesoria de suspensión de profesiones u oficios relacionados con el desempeño de cargos de dirección, públicos o privados, vinculados con entidades bancarias, crediticias o financieras impuestas por la de multa en la cuantía máxima prevista en el artículo 74 del Código Penal de 1973, en la redacción dada al mismo por la Ley Orgánica 3/1989, dejando subsistente la otra pena de multa y quedando sin efecto cualesquiera otras consecuencias jurídicas o efectos derivados de la sentencia, incluido cualquier impedimento para ejercer la actividad bancaria, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del presente real decreto.
Dado en Madrid, el 25 de noviembre de 2011.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
cve:
Dado en Madrid, el 25 de noviembre de 2011.
http://www.boe.es/boe/dias/2011/12/10/pdfs/BOE-A-2011-19378.pdf
Nótese que hubo "atenuantes analógicas" por dilación indebida, lo extraño es que no prescribiese.
El duque de Lerma, valido de Felipe III, iba a ser juzgado por corrupción, entonces tomó los hábitos y en aquel entonces los nobles al hacerlo pasaban directamente a Cardenal, así evitó ser juzgado. El pueblo cantaba una coplilla que decía "para no morir ahorcado se vistió de colorado" En aquel entonces tenían el cancionero ahora solo nos queda la red.
En el siguiente enlace se compara la diferencia de trato para Alfredo Sáenz y para Enric Durán, este último conocido como el "Robin Hood" de la banca.
http://www.elblogsalmon.com/mercados-financieros/alfredo-saenz-vs-enric-duran-del-indulto-del-primero-a-la-carcel-para-el-segundo
Conclusión : los poderosos siempre se libran. Los accionistas ni se lo imaginaban
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