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Gastos Fiscales en el Medio Ambiente Mexicano

2017

Este estudio tiene como objetivo analizar cuanto se asigna de presupuesto al medioambiente en Mexico para reflejar los montos que brinda el gobierno a cumplir con tan esencial derecho humano que desde la Constitucion las administraciones publicas deben, junto con los ciudadanos mantenerlo sano para el desarrollo y bienestar de toda persona. Este es un estudio documental al marco teorico y legal que recoge la declaracion como derecho fundamental y las cantidades de recursos economicos que se destinan, requieren o se invierten en el pais para atender esta necesidad publica de la poblacion, rebasando el ambito local. Abre la ventana al conocimiento en la investigacion contable-fiscal y la consecuente transparencia de informacion financiera, presupuestal y patrimonial que el estado debe rendir de su cuenta en cada ente publico por los recursos economicos destinados al cuidado de los bienes naturales en el pais, para garantizar tal derecho y la pertinencia en el cuidado, preservacion y o...

Revista de Administração e Contabilidade Volume 6, número 3 Feira de Santana, setembro/dezembro 2014, p. 106 – 121 ISSN: 2177-8426 Gastos Fiscales En El Medio Ambiente Mexicano Tax Expenditures on Environment Mexican Laura Margarita Medina Celis1 Rigoberto Reyes Altamirano2 Patricia Gutiérrez Moreno3 Fernando Gentil de Souza 4 RESUMEN Este estudio tiene como objetivo analizar cuánto se asigna de presupuesto al medioambiente en México para reflejar los montos que brinda el gobierno a cumplir con tan esencial derecho humano que desde la Constitución las administraciones públicas deben, junto con los ciudadanos mantenerlo sano para el desarrollo y bienestar de toda persona. Este es un estudio documental al marco teórico y legal que recoge la declaración como derecho fundamental y las cantidades de recursos económicos que se destinan, requieren o se invierten en el país para atender esta necesidad pública de la población, rebasando el ámbito local. Abre la ventana al conocimiento en la investigación contable-fiscal y la consecuente transparencia de información financiera, presupuestal y patrimonial que el estado debe rendir de su cuenta en cada ente público por los recursos económicos destinados al cuidado de los bienes naturales en el país, para garantizar tal derecho y la pertinencia en el cuidado, preservación y optimización de la naturaleza y los fondos que se destinan permitiendo la difusión y publicación de la cuenta pública a la población, que posibilite a individuos y autoridades interiorizar prácticas cada vez más respetuosas del medioambiente, de los derechos esenciales y de los recursos públicos. Palabras clave: Aspectos Fiscales, Contabilidad Gubernamental, Cuenta Pública, Derechos Humanos, Medioambiente. 1 Doctora en Ciencias Contables y Financieras por la Universidad de Camagüey. Profesora de Carrera del Departamento de Contabilidad en el Centro Universitario de Ciencias Económico Administrativas de la Universidad de Guadalajara 2 Doctor en Derecho por la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo. Profesor del Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey Campus Guadalajara División de Administración y Ciencias Sociales y Profesor de Carrera del Departamento de Impuestos en el Centro Universitario de Ciencias Económico Administrativas de la Universidad de Guadalajara 3 Doctorante en Estudios Fiscales por la Universidad de Guadalajara. Profesora de Carrera del Departamento de Impuestos en el Centro Universitario de Ciencias Económico Administrativas de la Universidad de Guadalajara 4 Máster en Contabilidad y Finanzas – Universidad de Zaragoza / España. Doctorando en Contabilidad y Finanzas – Universidad de Zaragoza / España. Profesor en la Universidad Estadual de Feira de Santana – UEFS 107 ABSTRACT This study aims to analyze how much budget is allocated to the environment in Mexico to reflect the amounts provided by the government to meet such basic human right since the Constitution government must, along with keeping you healthy citizens for development and welfare of everyone. This is a documentary study of the theoretical and legal framework that includes the statement as a fundamental right and the amounts of economic resources assigned, required or investing in the country to meet the public need for the population, exceeding the local level. Open the window to knowledge in accounting and tax research and the consequent transparency of financial information, budget and heritage that the state must pay your account in each public entity for financial resources for the care of natural resources in the country, for guarantee the right and relevance in the care, preservation and optimization of nature and the funds allocated allowing the dissemination and publication of the public accounts for the population, which enables individuals and authorities increasingly internalize environmental friendly practices, essential rights and public resources. Keywords: Fiscal Issues, Government Accounting, Public Accounts, Human Rights, Environment. 1 INTRODUCCIÓN Entre las primeras consideraciones de la investigación se encuentra el hecho de abordar la evolución del derecho al medio ambiente, su reconocimiento internacionaly nacional, enfatizando esta tarea como parte esencial de las políticas públicas y de los convenios internacionales suscritos, con la participación de empresas e industrias, la comunidad académica y científica, las organizaciones no gubernamentales, los grupos cívicos e individuos. Aunado a esto, se sustenta esta prerrogativa, en qué,y de qué forma se manifiesta y se atiende por el Estado a este derecho humano al medio ambiente, las personas, familias, la sociedad; la empresa, y todos los grupos de interés involucrados, empezando por la premisa principal, el derecho a la vida, que el medioambiente le garantice salud y la preservación de condiciones aceptables para generaciones venideras de contextos mínimos de bienes similares a los actuales. El problema de estudio parte de la base que el Estado garantiza el respeto a este derecho y a resarcir el daño y el deterioro ambiental causado por quien lo genere fincándole responsabilidad al que lo provoque conforme a la ley, con miras al desarrollo y bienestar de las personas; a partir de los gastos fiscales en que se incurre desde el marco legal que suministran la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), los Tratados Internacionales y las leyes que el artículo 133 de la CPEUM señala. El objeto de investigación que pretende este estudio es conocer los gastos fiscales que el Estado destina para atender el derecho a gozar de un medio ambiente adecuado, para lo que se habrá analizar diversos apoyos financieros y fiscales que incentivan a la prevención, cuidado y protección del medio ambiente desde la Secretaría de Economía (SE), la de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), la de Hacienda y Crédito Público (SHCP) a nivel _________________________________________________________________ ReAC – Revista de Administração e Contabilidade. Faculdade Anísio Teixeira (FAT), Feira de Santana-Ba, v. 6, n. 3, p. 106-121, setembro/dezembro, 2014 108 federal, y sus equivalentes a nivel estatal como la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial (SEMADET). A partir del método sistemático se unen componentes del hecho analizado desde los Convenios Internacionales en el ámbito de los derechos humanos, los derechos sociales como derechos humanos, el derecho a un medio ambiente sano y los gastos fiscales en México.Se realiza también investigación cuantitativa para conocer de la sumade los recursos destinados en el Presupuesto de Egresos Federal para atender el medio ambiente así como los gastos fiscales destinados en los años 2013 y 2014 para el apoyo a programas destinados a éste, y saber en qué rubros se está invirtiendodinero para procurar una vida saludable a las personas dentro del entorno de México. “El derecho a un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado implica el disfrute para todas las personas, comunidades o pueblos de un entorno que les permita desarrollarse en igualdad de condiciones, (…)” está vinculado con el derecho “a la vida, (…)” la alimentación, la salud, “la tierra, (…) los recursos naturales, la vivienda, (…) al desarrollo y a la paz”, (…) implicando el derecho de acceso a la información, la participación social y la justicia ambiental (Relatoría de Naciones Unidas sobre Derechos Humanos y Ambiente, 1994), (Carmona, s.f.). 2 MARCO TEÓRICO En relación al factor ambiental,con la preocupación sobre la explotación inconsciente de recursos, tomando como punto de partida la Declaración Universal de los Derechos Humanos es objetivo de esta investigacióndocumental,analizaralgunos datos para situarla trascendencia que el derecho a un medio ambiente sano guarda en México. Desde,a) El Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) y b) La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM). Desde antaño, la distribución en pocas manos de la riqueza y el poder existentes, así como las marcadas injusticias sociales detonaron racismo, movimientos revolucionarios y luchas por alcanzar las mínimas garantías de vida con las que se avanza (aunque lento) en la consecución de un mejor nivel de salud, alimentación, trabajo y comodidades; pero, por desgracia, con un ambiente en deterioro constante (Espinosa, 2010). Después de la Segunda Guerra Mundial el interés por atender el aspecto humano y su relación con los miembros de la sociedad, aparece con la asunción en 1948 de los Derechos Humanos defendidos por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y las recientes Cumbres celebradas en los últimos años en distintos sitios del mundo (como la de septiembre de 2005 en Nueva York) para concientizar y mover las sensibles fibras de los jefes de Estado convocados paraponer en práctica los acuerdos asumidos en sus países. Estas disposiciones que otorgan un marco de actuación en pro del medio ambiente se desarrollan y debaten en las Cámaras a raíz de sucesos tales como la Conferencia de Estocolmo 5 (1972) y el reporte TheLimits to Growth6 (1972) que hace más de 40 años que llaman la atención para detener la destrucción de los ecosistemas y la imposibilidad de 5 Conocida como Declaración de Estocolmo sobre el Medio Ambiente Humano. Adoptada en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente Humano del 16 de junio de 1972. 6 Los Límites del Crecimiento, estudio sobre las tendencias y los problemas económicos que amenazan a la sociedad global. Los resultados fueron publicados en marzo de 1972. _________________________________________________________________ ReAC – Revista de Administração e Contabilidade. Faculdade Anísio Teixeira (FAT), Feira de Santana-Ba, v. 6, n. 3, p. 106-121, setembro/dezembro, 2014 109 continuar el desarrollo bajo las bases existentes o como el Informe Brundtland 7 (1987) que establece que el problema de fondo del desarrollo, el pauperismo y la destrucción de los ecosistemas reside en la desigualdad en la que los países desarrollados explotan el capital natural de la humanidad. La Organización de las Naciones Unidas, su Programa para el Medioambiente; la Organización Mundial del Comercio y la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico,entre otros, de forma recurrente inciden con pronunciamientos sobre la conducta que los países deben observar, creando leyes, programas, subsidios, estímulos, exenciones, reducciones, etc., para cuidar el medio ambiente o condeducciones para su atención, reducir contaminación ambiental, tratar sus residuos;e inversiones para desarrollar energías alternativas usando recursos naturales renovables. El Pacto Mundial propuesto por el Secretario General de la Organización de las Naciones Unidas en 1999, publicado en el año 2000 recoge principios básicos orientados a promover el compromiso generalizado de toda organización con el más estricto respeto de los derechos humanos, laborales, la preservación del medio ambiente,así como evitar la corrupción.En el tema medioambientalse establecen: a) La defensa de los criterios cautelares con respecto a los problemas medioambientales. b) La adopción de iniciativas que promuevan una mayor responsabilidad medioambiental.c). Alentar el desarrollo y la difusión de tecnologías respetuosas con el medioambiente. El documento final de la Cumbre Mundial de la ONU en 2005 concretó los acuerdos en trabajar por alcanzar los Objetivos de Desarrollo del Milenio tratando de reducir a la mitad el hambre y la pobreza extrema y luchar por un mundo más seguro en el que se respeten los derechos humanos como meta al 2015, extendiendo másque el mensaje, una actuación concreta de los agentes responsablesy preservando en el derecho a gozar de tales garantías, incluso a los no natos. (OCDE) presentadas en el año 2000, recogen recomendaciones para los gobiernos miembros de la organizacióny las empresas que adopten conductas responsables compatibles con la legislación y el desarrollo sostenible, y conformen sus actividades industriales, comerciales o de servicios con el máximo de transparencia en sus quehaceres respectivos,que mejoren la sociedad. La Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) ha contribuido en la elaboración de principios y estándares voluntarios para las conductas responsables de las empresas, entre las que considera el respeto al medioambiente, el interés de los consumidores, la ciencia y tecnología, la competitividad y fiscalidad y evitar la corrupción, con apoyo en las leyes existentes y las recomendaciones que surgen; buscando la armonía entre políticas gubernamentales y empresariales,que incluyan el diálogo constante con la sociedad. En referencia al Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales establece concretamente una relación del medio ambiente que data de 1966, México se adhirió en 1981, el tema de los derechos humanos en el país aún debe avanzar antes de lograr cualquier tipo de desarrollo funcional. Recientemente, el presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en México, Plascencia, llama al Estado para: “que ratifique el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Este estudio de la Dra. Brundtland con el nombre de “Nuestro Futuro Común” postuló principalmente que: la protección ambiental había dejado de ser una tarea nacional o regional para convertirse en un problema global, lanzando el término de Desarrollo Sostenible. _________________________________________________________________ ReAC – Revista de Administração e Contabilidade. Faculdade Anísio Teixeira (FAT), Feira de Santana-Ba, v. 6, n. 3, p. 106-121, setembro/dezembro, 2014 7 110 con el objetivo de poner en marcha el mecanismo de denuncias individuales” (Comisión Nacional de los Derechos Humanos México, 2013). El crecimiento económico del país sigue vinculado a la emisión de compuestos de efecto invernadero, generación excesiva de residuos sólidos, emisión de contaminantes a la atmósfera, producciónde aguas residuales no tratadas y pérdida de bosques y selvas (como la Lacandona en el estado de Chiapas, tareas en la que se debe trabajar aún más. En este sentido, México ha suscrito compromisos en materia de cambio climático desde su concepción y más tarde con la entrada en vigor del Protocolo de Kioto 8 en enero de 2005 fecha en que se ratificó por Rusia y países emergentes como México, que para el año en curso destinará el monto de $37,702’769,006, entre trece instancias del gobierno federal que se encargarán entre otros aspectos de: (a) Formular programas nacionales y regionales para mejorar la calidad de los factores de emisión, datos de actividad y/o modelos locales para la realización y la actualización periódica de los inventarios nacionales de las emisiones de origen humano por las fuentes y la absorción por los sumideros de los gases de efecto invernadero. (b) Formular, aplicar, publicar y actualizar periódicamente programas nacionales y regionales que contengan medidas para mitigar el cambio climático y las medidas para facilitar una adaptación adecuada a él. Los programas guardan relación, con los sectores de la energía, el transporte y la industria, la agricultura, la silvicultura y la gestión de los desechos. Entre otros. Protocolo de Kioto (1998: Artículo 10). Las líneas de acción implementarán el impulso y orientación hacia un crecimiento verde, mediante la actualización y alineación de la legislación fiscal a la ambiental para lograr una eficaz regulación de acciones que ayuden a preservar y restaurar el medio ambiente y los recursos naturales; estableciendo políticas promotorasde rentabilidad y competitividad ambiental de los productos y servicios del país, sin descuidar los ingresos públicos. Por su parte, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanosvigentepromulgada el 5 de febrero en 1917, dedicaba su primer capítulo a las garantías individuales, intitulado ahora “De los Derechos Humanos y sus Garantías”. Entre los que se considera el derecho a un medio ambiente sano, el cual “constituye una manifestación del derecho a la vida, por lo que su tutela jurídica se da, en la mayoría de los casos, desde la categoría de los derechos humanos” (Palos y Torres, 2011) y (Mendezcarlo, 2013). Tal pronunciamiento ha ido en evolución, desde 1983 y hasta 2014 el artículo 4º constitucional ha sufrido distintas modificaciones. Al día de hoy comprende más de una garantía (Mendezcarlo, 2013), sin embargo, en relación con el derecho que nos ocupa, éstedeclaralo siguiente: Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. 8 Aprobado en la Sede de las Naciones Unidas, en Nueva York, el 9 de mayo de 1992, a causa del Primer Informe de Evaluación del Panel Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC por sus siglas en inglés) éste fue tema de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático cuyo órgano supremo es la Conferencia de la Partes (COP) que por primera vez en Berlín 1995 adoptan compromisos más firmes, que en la COP(3) de Kyoto, Japón, el 11 de diciembre de 1997 son suscritos en el Protocolo de Kioto con 84 países firmantes, en los que los recortes de gases efecto invernadero (GEIs) son variables en cada caso y además se incluyen mecanismos para facilitar el cumplimiento de los deberes asumidos tales como la compra-venta de derechos de emisión a los países, los proyectos de cooperación o implementación conjunta entre los participantes y mecanismos de desarrollo limpio. (Fronti, 2012). _________________________________________________________________ ReAC – Revista de Administração e Contabilidade. Faculdade Anísio Teixeira (FAT), Feira de Santana-Ba, v. 6, n. 3, p. 106-121, setembro/dezembro, 2014 111 El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley” de acuerdo al artículo 4º párrafo quintode la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Congreso de la Unión, 2014). Asimismodice el artículo 25de la CPEUM, que“corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante la competitividad, el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta Constitución” (…). (…) “Al desarrollo económico nacional concurrirán, con responsabilidad social, el sector público,el sectorsocial y el sector privado,(…).Elsector público tendrá a su cargo, de manera exclusiva, las áreas estratégicas que se señalan en el artículo 28, párrafo cuarto de la Constitución, manteniendo siempre el Gobierno Federal la propiedad y el control sobre los organismos y empresas productivas del Estado que en su caso se establezcan. (…)”.(…) “Asimismo podrá participar por sí o con lossectores social y privado, de acuerdo con la ley, para impulsar y organizar las áreas prioritarias del desarrollo. Bajo criterios de equidad social, productividad y sustentabilidad se apoyará e impulsará a las empresas de los sectores social y privado de la economía, sujetándolos a las modalidades que dicte el interés público y al uso, en beneficio general, de los recursos productivos, cuidando su conservación y el medio ambiente”. (…)La ley alentará y protegerá la actividad económica que realicen los particulares y proveerá las condiciones para que el desenvolvimiento del sector privado contribuya al desarrollo económico nacional, promoviendo la competitividad e implementando una política nacional para el desarrollo industrial sustentable que incluya vertientes sectoriales y regionales, en los términos que establece esta Constitución”. (Congreso de la Unión, 2014). México ha venido haciendo esfuerzos para producir un marco jurídico adecuado que preserve, restaure y proteja el medio ambiente, está dando pasos para garantizar lo señalado en el párrafo quinto del art. 4° constitucional, por ejemplo dice la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en su primer artículo: (…) que brinda protección al ambiente, en el territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción, sus disposiciones, de orden público e interés social tienen por objetopropiciar el desarrollo sustentable y establecer las bases (Mendezcarlo, 2013), para: I.- Garantizar el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente adecuado para su desarrollo,salud y bienestar; II.- Definir los principios de la política ambiental y los instrumentos para su aplicación; III.- La preservación, la restauración y el mejoramiento del ambiente; IV.- La preservación y protección de la biodiversidad, así como el establecimiento y administración delas áreas naturales protegidas; V.- El aprovechamiento sustentable, la preservación y, en su caso, la restauración del suelo, el agua ylos demás recursos naturales, de manera que sean compatibles la obtención de beneficios económicos ylas actividades de la sociedad con la preservación de los ecosistemas; VI.- La prevención y el control de la contaminación del aire, agua y suelo VII.Garantizar la participación corresponsable de las personas, en forma individual o _________________________________________________________________ ReAC – Revista de Administração e Contabilidade. Faculdade Anísio Teixeira (FAT), Feira de Santana-Ba, v. 6, n. 3, p. 106-121, setembro/dezembro, 2014 112 colectiva, en lapreservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente; VIII.- El ejercicio de las atribuciones que en materia ambiental corresponde a la Federación, losEstados, el Distrito Federal y los Municipios, bajo el principio de concurrencia previsto en el artículo 73fracción XXIX - G de la Constitución; IX.- El establecimiento de los mecanismos de coordinación, inducción y concertación entreautoridades, entre éstas y los sectores social y privado, así como con personas y grupos sociales, enmateria ambiental, y X.- El establecimiento de medidas de control y de seguridad para garantizar el cumplimiento y laaplicación de esta Ley y de las disposiciones que de ella se deriven, así como para la imposición de lassanciones administrativas y penales que correspondan. (…) En sintonía con lo que Espinosa (2010) aborda sobrela justicia ambiental que “ha creado un marcopropiocon tres elementos esenciales: el derecho de todos a un medio ambiente no degradado, vinculado con el principio de sustentabilidad y la justicia intergeneracional, apuesta por el principio de precaución como política ambiental e invierte el paradigma de protección ambiental dominante, basado en la gestión (y no eliminación) de riesgos, manteniendo el statu quo de inequidad. Escribe Espinosa (2010), que su fin va más allá de remediar resultados indeseadosde un sistema defectuoso, pretende modificar, invertir el paradigma de la gestión ambiental que amplíala brecha entre la minoría privilegiada y la mayoría perjudicada delplaneta, considerando que las causas del deterioro medioambientalprovienende un modelo político yeconómico insostenible que debe sercambiado. Hay que añadir que una reforma más importante para el crecimiento sostenible e incluyente de América Latina y el Caribe es la que tiene que producirse en los sistemas fiscales y tributarios de la región. Entre éstos existe gran heterogeneidad en los paísesde América Latina y éstos tienen hoy la oportunidad y la necesidad de adoptar reformastributarias que no sólo generen ingresos fiscales sino que, fundamentalmente,apoyen el desarrollo sostenido e inclusivo de sus sociedades(Corbacho y otros, 2013). A su vez, Mendezcarlo (2013) dice no establecerlos de éstos, a fines exclusivamente recaudatorios. Aspectos fiscales Estudios delBanco Interamericano de Desarrollo (BID)que prologa Moreno (en Corbacho y otros, 2013) señalan que en materia de recaudación de impuestos “la prioridad es mejorar la progresividad de los sistemas fiscalesactuales con un impuesto sobre la renta con menos exenciones, que tengacapacidad redistributiva real y que proteja los ingresos de los hogares máspobres”. En los que con sistemas fiscales menoscomplejos, sin exenciones y privilegios para ciertas actividades,sectores o grupos de contribuyentes; con mejor asignación de recursos que generenbases tributarias más amplias y sólidas. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (2012) incluye a “todas aquellas exenciones, reducciones y desgravaciones que se desvían de la estructura normal de cualquier gravamen, constituyendo un régimen impositivo favorable para cierto tipo de ingresos o sectores de la economía y que tienen objetivos extra fiscales o de política económica. Esta definición podría incorporar otras medidas, como son la aplicación de tasas diferenciales, el otorgamiento de créditos fiscales y de deducciones más favorables, así como esquemas que permiten el diferimiento del pago de los impuestos o que otorgan alguna facilidad administrativa, entre otras” como parte de lo que se puede denominar gasto fiscal. _________________________________________________________________ ReAC – Revista de Administração e Contabilidade. Faculdade Anísio Teixeira (FAT), Feira de Santana-Ba, v. 6, n. 3, p. 106-121, setembro/dezembro, 2014 113 El mantenimiento de sistemas tributariossencillos en los países es fundamental para crear un entorno favorable parala innovación y la creación de empresas que brinden seguridad para conseguir un crecimiento más rápido de la productividad y unamejora sostenible del bienestar y la equidad en Latinoamérica; que reduzca la evasión fiscal y cuente con instituciones que garanticen queagentes económicos y ciudadanos contribuyan alesfuerzo colectivo como elemento esencial de la legitimación social y como requisito para la sostenibilidad del sistema tributarioen desarrollo,conel fortalecimiento de fuentes de recursos propios en los gobiernos localesdice Moreno (en Corbacho y otros, 2013). América Latina y el Caribe gozan de una extraordinaria dotaciónen recursos naturales, no obstante, los impuestos ambientales y elactual diseño que tienen no reflejan estasituación. Para adaptar nuestro futuro a esta realidad, es necesario que el sistemacree incentivos para el uso más eficiente de losrecursos naturales finitos disponibles, teniendo en cuenta las necesidadesde las generaciones futuras. Sin renunciara la solidaridad intergeneracional (Moreno, en Corbacho y otros, 2013). Y la necesidad de elevar impuestos ambientales como al caso de México, con base en estudios sobre su viabilidad (Mendezcarlo, 2013). La suscripción a los principios del Pacto Mundial de la Organización de las Naciones Unidas y otras iniciativas internacionales trascendentes obedecen la creciente preocupación por atender a sus diferentes grupos de interés, la observancia de los derechos humanos de los individuos y la protección del medio ambiente para disfrutarlo con calidad ahora y en el futuro, son factores que de alguna forma han incidido en compartir el objetivo empresarial de maximizar utilidades por parte de los funcionarios de las firmas, con otros de carácter social o medioambiental. Y “debido a que las actividades económicas tienen un impacto sobre los recursos naturales y su entorno, ya que transforman el medio ambiente por medio de la extracción de recursos, la producción de nuevos artículos, las descargas de residuos e incluso la concentración o atracción de población a su alrededor, que en casos extremos conforman nuevas ciudades, el tema de la protección del medio ambiente se encuentra ligado a estos temas” (Comisión Nacional de los Derechos Humanos, 2008, p. 12). En este contexto, la minería es uno de los sectores dinámicos de la economíamexicana, registrando 25,245 millones de dólares duranteel periodo 2007-2012, alcanzó en 2012 el valor más alto de producción minero-metalúrgica registrado, con 21,318millones de dólares, que posicionan a México como uno de los principalesproductores de minerales metálicos. El régimen fiscal de derechos sobreminería se orientó a reactivar el desarrollo y la inversión privada en la industriaen un contexto internacional de bajos precios de los metales y minerales,situación que beneficióa las mineras dado eltratamiento otorgado a la actividad y el incremento de los preciosde los minerales en los mercados internacionales (Navarro, S/F). La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (2008) señala que el “mecanismo derivado de la Comisión para la Cooperación Ambiental de América del Norte ha contribuido al mejoramiento del marco regulatorio ambiental y su debido cumplimiento por parte de los sectores productivos, y al mismo tiempo ha propiciado la participación de la sociedad en la toma de decisiones sobre el medio ambiente” (p. 14). _________________________________________________________________ ReAC – Revista de Administração e Contabilidade. Faculdade Anísio Teixeira (FAT), Feira de Santana-Ba, v. 6, n. 3, p. 106-121, setembro/dezembro, 2014 114 Para poder alcanzar resultados de protección al medio ambiente, gobiernos de diferentes países han optado por utilizar diversos instrumentos económicos9 entre los que están:impuestos, derechos, cargos o depósitos (Barde, 2002). También los hay de carácter fiscal, financiero y de mercado (Mendezcarlo, 2013), art. 22 LGEEPA (Congreso de la Unión, 2013); dentro de éstos se menciona a losestímulos fiscales para cumplir la política ambiental o fomentar la inversión en activos ambientalmente viables contaminantes e intangibles en investigación y desarrollo en la creación de productos o procesos con avances científicos o tecnológicos, además se encuentran: contribuciones de mejoras, aprovechamientos y deducciones de costos y gastos en tecnologías limpias. En la Ley del Impuesto sobre la Renta que permitía la deducción de los gastos de exploración de yacimientos minerales en el mismo periodo en que se incurren se eliminó, ahora el tratamiento fiscal será de una amortización anual de 10%. Se aprobó mantener en 30% la tasa de impuestos corporativos y la opción de aplicar la deducción inmediata de inversiones fue eliminada,quedó fuera a partir de 2014. Los pagos a empleados que a su vez no son ingreso gravable para el trabajador tendrán una porción no deducible del 53% para el patrón y el monto no deducible se puede reducir al 47% en caso de que el contribuyente mantenga el nivel de beneficios para los trabajadores año con año. Otros instrumentos relacionadosal concepto carga fiscal, dentro delque se encuentran también,tasas, exenciones, subsidios (tributarios), regalías, dividendos y utilidades de empresas públicas (no tributarios) (Corbacho y otros, 2013); presupuesto de gasto e inversión de infraestructura en medioambiente. A partir de la última década del siglo XX, los países nórdicos son considerados como pioneros en la implementación de impuestos ambientales o eco-tasas que van formado parte de políticas, que al mismo tiempo,ocasionan reducciones a los impuestos sobre la renta, el trabajo y la seguridad social (Barde, 2002) (Peinado, 1996).Sin embargo se observa que, en México para 2014, no fue así. Sólo se otorga un estímulo fiscal que señalael art. 16 apartado A fracción VII de la Ley de Ingresos para 2014 el que confiere un crédito equivalente al monto pagado del Derecho Especial sobre Minería,que estipula que los propietarios de concesiones y asignaciones mineras están sujetos a un pago anual de derechos sobre minería del 7.5% de la utilidad, que resulte de disminuir de los ingresos derivados de las ventas de actividad extractiva ciertas deducciones, a aplicarse contra el Impuesto Sobre la Renta del mismo ejercicio fiscal. “Los instrumentos económicos son aquellos que modifican los precios relativos de los bienes y servicios que se observan en el mercado” (Barde, 2002). Son “mecanismos normativos y administrativos de carácter fiscal, financiero o de mercado, mediante los cuales las personas asumen los beneficios y costos ambientales que generen sus actividades económicas, incentivándolas a realizar acciones que favorezcan el ambiente. (…) de carácter fiscal, los estímulos fiscales que incentiven el cumplimiento de los objetivos de la política ambiental. (…) financieros los créditos, las fianzas, los seguros de responsabilidad civil, los fondos y los fideicomisos, cuando sus objetivos estén dirigidos a la preservación, protección, restauración o aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y el ambiente, así como al financiamiento de programas, proyectos, estudios, investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación para la preservación del equilibrio ecológico y protección al ambiente. (…)de mercado las concesiones, autorizaciones, licencias y permisos que corresponden a volúmenes preestablecidos de emisiones de contaminantes en el aire, agua o suelo, o bien, que establecen los límites de aprovechamiento de recursos naturales, o de construcción en áreas naturales protegidas o en zonas cuya preservación y protección se considere relevante(…). Las prerrogativas derivadas de los instrumentos económicos de mercado serán transferibles, no gravables y quedarán sujetos al interés público y al aprovechamiento sustentable de los recursos naturales”. (LGEEPA, 2014: Art. 22). _________________________________________________________________ ReAC – Revista de Administração e Contabilidade. Faculdade Anísio Teixeira (FAT), Feira de Santana-Ba, v. 6, n. 3, p. 106-121, setembro/dezembro, 2014 9 115 Únicamente para los contribuyentes que tengan menos de $50 millones de pesos en ingresos acumulables pueden aplicar este beneficio(Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, 2013). En México, la facultad para establecer contribuciones está delegada al Congreso,basado en los principios de la tributación: legalidad, generalidad, proporcionalidad, equidad y destinación a gasto público, del artículo 31 fracción IV constitucional, y de acuerdo a lasfraccionesVII y XXIX del artículo 73 de la CPEUM,éstaúltima contempla crear las contribuciones necesarias a cubrir el gasto público. El común denominador del sistema tributario de países como México es su escasa recaudación, la no progresividad de los impuestos establecidos, la evasión y la débil administración tributaria con que cuenta. Hay ausencia de impuestos que corrijan externalidades ambientales. Por ello, cuando la desigualdad es alta se propicia la evasión del pago de impuestos, reduciendo la base tributaria efectiva que conlleva la baja recaudación fiscaly un incipiente desarrollo tributario subnacional, si esto se revierte se mejoran los ingresos fiscales y favorece la rendición de cuentas debido al mayor control del ciudadano(Corbacho y otros, 2013). Navarro (S/F) señala que, es de destacar la intención de la iniciativa de derechos en la minería: ampliar la base gravable para que refleje en mayor medida el grado de aprovechamiento de minerales y sustancias que los concesionarios y asignatarios mineros obtienen por la exploración y explotación de los mismos, acorde a principios de proporcionalidad y equidad tributaria, buscando apoyar y fortalecer las haciendas públicas municipales;para ello se creará el Fondo para el Desarrollo Regional Sustentable deMunicipios Mineros con el 50% a los municipios donde se extraigan recursos, distribuyendo con base en el valor de la actividad extractiva, para contribuir a resarcir al entorno ambiental y ecológico de las entidades y comunidades con explotación minera, para su inversión física con impacto social, ambiental y de desarrollo urbano. Hay que resaltar que “los componentes autoritarios de la sociedad mexicana no han sido desterrados. La emergencia de una ciudadanía crítica, vigilante y participativa es una buena señal, pero aún débil. La cultura democrática se abre paso con dificultad, porque su expresión y socialización requiere de ciudadanos informados, autoridades cuyas acciones y decisiones se hagan públicas, poderes limitados por la legalidad y respeto a los derechos humanos y libertades públicas” (Escobedo, 2004). Para Vergara (2012) la “asimetría de información”, (problema de la burocracia) al interior o exterior de las organizaciones públicas se soluciona por medio de una herramienta llamada transparencia. Esta implica que en las entidades gubernamentales la información se publique y esté disponible para quien lo solicite; y exista mayor posibilidad de que los diferentes organismos cumplan los objetivos establecidos, mejorando su desempeño y los resultados a largo plazo, la eficacia y eficiencia gubernamental; (…) siendo“el inicio de un diálogo entre gobierno y sociedad, el cual es indispensable para el diseño y aplicación de programas de gobierno que resuelvan los problemas reales de la población” (p. 44). En los casos de “emisión de gases que contribuyen al calentamiento global, la contaminación del aire, de los ríos y lagos, la deforestación y la degradación de las tierras (…) que resultan de actividades de producción o consumo en las que,empresas y consumidores no asumen el costo que el deterioro del medio ambiente implica a la sociedad”;como dicen Corbacho y otros (2013), generan externalidades negativas que se corregirían con impuestos ambientales, a veces siendo más efectivos que los controles o permisos, generando los _________________________________________________________________ ReAC – Revista de Administração e Contabilidade. Faculdade Anísio Teixeira (FAT), Feira de Santana-Ba, v. 6, n. 3, p. 106-121, setembro/dezembro, 2014 116 incentivos económicos adecuados para que productores y consumidores reduzcan las actividades dañinasal medio ambiente y procuren los recursos fiscales para que losgobiernos actúen contrarrestando los daños o mejorando el entorno. Meyer (2005) describe el papel que juega la sociedad civil en México como agente promotor de la democracia;ante el poder del Estado y del mercado, si el individuo se organiza, libre, voluntaria y legalmente para exigir condiciones que eleven su calidad de vida, lograrán (considerando sus limitaciones) representar otro referente al momento de tomar las decisiones sobre el grupo del cual forman parte. En resumen “la sociedad civil permite construir y mantener un espacio para que estos átomos que son los individuos desarraigados de sus viejas estructuras encuentren (…) nuevas formas de unión, comunidades de interés a las cuales asirse para no naufragar en el mar de la (…) vida sin solidaridad”. Por ello “es urgente demandar que los países principalmente los industrializados que no hayan firmado los tratados internacionales para la preservación del medio ambiente, se comprometan a buscar alternativas que no atenten con la vida del planeta. Las instituciones nacionales pueden ser un medio de presión para que sus gobiernos se avoquen a esta tarea de suma responsabilidad” (Comisión Nacional de los Derechos Humanos, 2008, p. 93). Coadyuvar a las minorías de “las comunidades indígenas han sido afectadas en su sustento económico, principalmente por políticas públicas que limitan sus actividades de caza, pesca y agrícolas de las que depende su supervivencia” (p. 86). Tal es el caso de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios que se concentra en el 2014 para gravar con tasas especiales: Tabla 1 Ingresos a recaudar por tasas especiales en el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios para mantener un medio ambiente sano Concepto Año 2014 Enajenación e importación de plaguicidas e insecticidas Categoría 1 y 2, tasa del 9%; 3, tasa del 7% y 4, tasa del 6%. Impuesto ambiental a combustibles fósiles con cuotas Monto específicas a cada uno, exceptuando al gas natural por su reducido impacto. 5.91 centavos por litro 1. Propano 7.66 centavos por litro 2. Butano 10.38 centavos por litro 3. Gasolinas 12.40 centavos por litro 4. Turbosina y keroseno 12.59 centavos por litro 5. Diésel 13.45 centavos por litro 6. Combustóleo 15.60 pesos por tonelada 36.57 pesos por tonelada 7. Coque de petróleo 27.54 pesos por tonelada 8. Coque de carbón 9. Carbón mineral Fuente: Art. 2, frac. I, H e I de acuerdo a tres categorías de toxicidad que van del 6 al 9% sobre su valor en la LIEPS.Las cuotas del IEPS aplicable a la gasolina y diéselse excluyende la base para efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA). (DOF, 2013). Deben tenerse en cuenta la heterogeneidad y las asimetrías para generar ingresos tributarios, el aumento de la recaudación debe alentar el esfuerzo fiscal para mitigar efectos _________________________________________________________________ ReAC – Revista de Administração e Contabilidade. Faculdade Anísio Teixeira (FAT), Feira de Santana-Ba, v. 6, n. 3, p. 106-121, setembro/dezembro, 2014 117 negativos de la contaminación (como reducir la basura o el uso de bolsa de plástico) y cambio en los sistemas de asignación de los ingresos que provengan de recursos naturales no renovables (el caso de los combustibles fósiles) que ayuden a fortalecer las haciendas públicas que potencien el desarrollo local, una fuerte moral tributaria, la autonomía y la transparencia en gestión fiscal subnacional. (Corbacho y otros, 2013). Así como la provisión de bienes y servicios públicos vitales, vulnerables y finitos, con valor social, económico y ambiental (LFD, 2014). Si los Estados cuentan con recursos económicosdeben procurar medidas de protección para la naturaleza. Se puede pensar que siempre van a sernecesariasmedidas de salvaguardia; sin embargo, no siempre va a existir presupuesto para adoptar tales medidas. Invariablemente, detrás del reconocimiento de derechos humanos se encuentra un tejido social que los reclama. (Cuadrado, 2013, p. 108 y 112). En la tabla 2 se observa el monto destinado a los programas presupuestales federales de recursos destinados al medio ambiente en México por año. Tabla No. 2 Comparativo de recursos presupuestales destinados al Medio Ambiente y Recursos Naturales Concepto Monto 2013 Monto 2014 Anexo 6. Previsiones Salariales y Económicas (pesos) $ 207,138,035 $ 238,725,973 Anexo 9. Erogaciones para el desarrollo integral de los pueblos 977,916,254 1,800,164,517 y comunidades indígenas (pesos) Anexo 10. Programa especial concurrente para el desarrollo 6,648,800 6,605,100 rural sustentable (millones de pesos) Anexo 11. Programa de ciencia, tecnología e innovación 780,855,188 781,079,942 (pesos) Incluye recursos fiscales y propios Anexo 12. Erogaciones para la igualdad entre mujeres y 319,190,906 488,873,735 hombres (pesos) Anexo 14. Estrategia nacional para la transición energética y el 3,300,000 3’100,000 aprovechamiento sustentable de la energía (pesos) Anexo 15. Recursos para la adaptación y mitigación de los 11,483,927,182 13,126,094,485 efectos del cambio climático (pesos) Anexo 16. Erogaciones para el desarrollo de los jóvenes 815,872 817,428 (pesos), entre otros conceptos. Total del Ramo 16 56,471,236,212 66,227,588,237 Fuente: Presupuestos de Egresos de la Federación del 2013 y el 2014 (DOF 27/12/12 y 3/12/13). El gobierno actual del país ha incluido estas premisas en sus iniciativas, decretos y disposiciones dentro del marco de su actuación, en su política fiscal para el 2014 se han involucrado algunas acciones que están previendo canalizar recursos para el desarrollo local, su cuidado y preservación en materia de agua, suelo y subsuelo y que a la vez fomente su crecimiento en pro de las comunidades en que se lleva a cabo explotación de recursos naturales y retribuir al Estado por el beneficio obtenido, considera incluso la actualización anual de las cuotas acorde a costos de los servicios, valores de los bienes públicos, e incluso por la inflación. En materia de Impuesto Sobre la Renta (ISR), se eliminó el procedimiento que permite deducir al 100% las erogaciones realizadas por concepto de exploración y cuantificación de nuevos yacimientos de mineral, estos gastos se deberán deducir vía amortización. Además se _________________________________________________________________ ReAC – Revista de Administração e Contabilidade. Faculdade Anísio Teixeira (FAT), Feira de Santana-Ba, v. 6, n. 3, p. 106-121, setembro/dezembro, 2014 118 elimina de la ley la deducción al 100% en equipo usado en la conversión a consumo de gas natural y para prevenir y controlar la contaminación ambiental y se redujo en un 25.71% la deducción en automóviles respecto de 2013 y se limita la deducción de donativos al 7% de los ingresos acumulables que se utilicen para el cálculo del ISR.E incluye la deducción al 100% en el ejercicio, a los sistemas de cogeneración de electricidad eficiente, según varios artículos de la ley del ISR (Congreso de la Unión, 2014). Se habla de atender a grupos vulnerables, de mitigar los efectos del cambio climático; el desarrollo de los jóvenes; la atención de niñas, niños y adolescentes; prevenir el delito, combatir las adicciones, rescatar espacios públicos y promover proyectos productivos; la conservación, mantenimiento carretero y empleo temporal; el subsidio ordinario para organismos descentralizados estatales; distribución de los programas de salud y medio ambiente y recursos naturales; de los que se destinarán $66,227,588,237 de pesos al ramo 16 “Medio ambiente y recursos naturales”, según el Art. 2 fracción XXII, y anexos 1 y 31 del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2014 (PEF), (DOF, 2014). Este monto, procedente de las contribuciones para 2014 entre las que se encuentran los derechos contempla la creación de: a). Un derecho especial sobre minería (art. 268 del 7.5% a la utilidad), b). Creación de un derecho adicional sobre minería (del 50 o 100% sobre los montos establecidos en el art. 263 por hectárea de concesión), c). Creación de un derecho extraordinario sobre minería (de un 0.5% sobre ingresos por la enajenación de oro, plata, platino), d). El 2.5% del precio del gas que se extraiga enlas minas de carbón mineral. Finalmente con el 50% de lo que se recaude de estos derechos se creará un Fondo para el Desarrollo Regional Sustentable de Municipios Mineros para entregar al municipio y resarcir el entorno ambiental y ecológico por la explotación realizada en su comunidad (art. 271 LFD) para apoyar y fortalecer las haciendas públicas municipales (DOF, 2013). Garantizar que en el PE las reglas de operación (art. 30 inciso h, y 36), promuevan los principios de igualdad, no discriminación, interés por la niñez y adolescencia, integridad familiar, igualdad de género, libre determinación de las comunidades indígenas, protección al medio ambiente, protección a la vida, salud e integridad de las personas, así como la transparencia y acceso a la información, la eficiencia y eficacia de los recursos públicos. Se prevé un programa especial concurrente para el desarrollo rural sustentable que establezca prioridades que contribuyan a las actividades del sector primario y la atención de los impactos del cambio climático y sus riesgos, en beneficio de territorios ejidales, comunales y pequeños productores. De los gastos fiscales en materia de medioambiente este 2014 se limitaron en gran medida y sólo se podrá gozar de un 30% de descuento en el pago del derecho por uso o aprovechamiento de aguas nacionales, cuando los contribuyentes cumplan con las disposiciones de la Ley deAguas Nacionales, su Reglamento y la LFD, conforme el art. 282C.(DOF, 2013). De igual manera se puede gozar del estímulo fiscal incluido en la Ley de Ingresos Federal (LIF) para 2014 (art. 16 apartado A fracción VII) que otorga un crédito equivalente al monto pagado del derecho especial sobre minería (art. 269 de la LFD), a aplicarse contra el Impuesto Sobre la Renta del mismo ejercicio fiscal, beneficio únicamente aplicable a los contribuyentes que tengan menos de $50 millones de pesos en ingresos acumulables y _________________________________________________________________ ReAC – Revista de Administração e Contabilidade. Faculdade Anísio Teixeira (FAT), Feira de Santana-Ba, v. 6, n. 3, p. 106-121, setembro/dezembro, 2014 119 siempre que proporcionen la información que les requiera la autoridad fiscal en el plazo en que señale. (Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, 2013). En materia de exenciones (art. 16 apartado B fracción I de la LIF) se exime del pago del impuesto sobre automóviles nuevos que se cause por personas físicas o morales que enajenen o importen definitivamente conforme a la Ley Aduanera, automóviles cuya propulsión sea a través de baterías eléctricas recargables, o eléctricos con motor de combustión interna o accionado por hidrógeno, y del pago del derecho de trámite aduanero que se cause por la importación;se otorga el acreditamiento del IEPS del art. 2-Aa empresarios por el diésel que usen en máquinas, incluso a agricultores y silvicultores, contra el ISR a cargo,o en este último caso, se puede solicitar el IEPS en devolución (DOF, 2013). Para cerrar, simplemente hay que decir que del impacto ambiental ocasionado al entorno y las condiciones de vida del individuo y la sociedad, las cargas ecológicas se han creado a la sombra del principio “quien contamina, paga”. 3 CONCLUSIONES De lo aquí expuesto se debe sobresaltar la prioridad que representa al medioambiente contar primero con condiciones apropiadas para la realización de una vida digna, en condiciones saludables para todos los seres, como se hizo alusión desde el inicio, el cual puede ser llevado a cabo a partir de otro derecho también, como lo es el de la educación, ya que sin una formación acorde a la necesidad y a los daños que se vislumbran cada día en el entorno, será muy difícil llevar a cabo avances en los requerimientos que demanda el medioambiente. Otro, que va de la mano del anterior es el avance en ciencia y tecnología, requerido para los cuales se deben concebir un incremento al presupuesto asignado, ya que en la medida que el desarrollo, la investigación y la innovación se incentiven la naturaleza también puede verse favorecida o quizá menos dañada, porque en el día a día del crecimiento científico se tienen una serie de descubrimientos que potenciarán los insumos que las empresas necesitan y que a los seres vivos menos puedan hacerles falta o dañarles. Un tercero puede ser, establecer alianzas empresariales entre éstas y las instituciones o gobiernos para desarrollar nuevos canales que posicionen a la naturaleza a tener prioridad en la atención que ha de brindarse a su cuidado y preservación en beneficio de todos los grupos de interés y mantenerla en condiciones de ser exaltada, menos afectada y conayuda para evitar que se dañe o deteriore, considerar como los antepasados del país, y de otras regiones también, la trascendencia divina que ella reviste, como la Madre Tierra a la que pedirle, pero también devolverle, amarle, agradarle. Desde las Secretarías de Hacienda y Medio Ambiente, entre otros organismos relacionados al medioambiente; se observa que los recursos económicos aunque fueran cuantiosos para su cuidado y conservación, se caería en alguna forma en carencias, ante una diversidad de especies y espacios como las que el país posee es inviable alcanzar cobertura, porque ello incluso la contaminación no sólo se localiza en el país, el consumo de bienes desmedido de bienes del medio, los daños, las malas decisiones, los abusos y la corrupción no son privativos de México, se presentan en todo el mundo y el propio ambiente las traslada y relocaliza en distintos hábitats, es ocioso esperar que personas y entes económicos cambien, sin existir conciencia, formación y políticas públicas acordes. _________________________________________________________________ ReAC – Revista de Administração e Contabilidade. Faculdade Anísio Teixeira (FAT), Feira de Santana-Ba, v. 6, n. 3, p. 106-121, setembro/dezembro, 2014 120 Se debe volver al estudio de las actividades de los gobiernos para priorizar con conocimiento, razón, trabajo pertinente y cobertura de las necesidades con estrategias compartidas con personas, empresas y gobiernos que realicen sus deberes responsablemente con sustentabilidad en cada actividad y meta trazada a corto, mediano y largo plazo, apoyados en su sistema educativo, científico y tecnológico, sin descuidar la comunicación y el dialogo constante con todos los actores, consumando el objetivo con la seria transparencia y rendición de cuentas que permitantomar decisiones informadascon eficacia en cada ente. BIBLIOGRAFÍA Carmona Lara, María del Carmen. (S/F). La legislación ambiental para la responsabilidad social corporativa. México. Recuperado el 29 de mayo de 2013 en http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/1/340/11.pdf Chávez Bermúdez, Brenda Fabiola. (S/F). 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