REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
ANEXO DE LA RESOLUCIÓN No. 283-2012 (COMIECO-LXII)
REGLAMENTO TÉCNICO
RTCA 67.04.54:10
CENTROAMERICANO
Alimentos y Bebidas Procesadas. Aditivos Alimentarios.
CORRESPONDENCIA: Este Reglamento técnico es una adaptación de la norma Codex Stan 1921995. (Rev. 6-2005) Norma General de Aditivos Alimentarios.
ICS 67.050
RTCA 67.04.54:10
Reglamento Técnico Centroamericano, editado por:
Ministerio de Economía, MINECO
Organismo Salvadoreño de Reglamentación Técnica, OSARTEC
Ministerio de Fomento, Industria y Comercio, MIFIC
Secretaría de Industria y Comercio, SIC
Ministerio de Economía Industria y Comercio, MEIC
________________________________________________________________
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INFORME
Los respectivos Comités Técnicos de Normalización y de Reglamentación Técnica a través de los Entes de
Reglamentación Técnica de los Países de la Región Centroamericana, son los organismos encargados de realizar
el estudio o la adopción de los Reglamentos Técnicos. Están conformados por representantes de los sectores
Académico, Consumidor, Empresa Privada y Gobierno.
Este Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 67.04.54:10 Alimentos y Bebidas. Aditivos Alimentarios; fue
adoptado
por
los
Subgrupos
de
Alimentos
y
Bebidas
y
de
Medidas
de
Normalización
de
la
Región
Centroamericana. La oficialización de este Reglamento Técnico, conlleva la aprobación por el Consejo de
Ministros de Integración Económica (COMIECO).
MIEMBROS PARTICIPANTES
Por Guatemala
Ministerio de Salud y Asistencia Social
Por El Salvador
Ministerio de Salud
Por Nicaragua
Ministerio de Salud
Por Honduras
Secretaría de Salud
Por Costa Rica
Ministerio de Salud
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RTCA 67.04.54:10
1. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN
1.1
Establecer los aditivos alimentarios y sus límites máximos permitidos en las diferentes categorías de
alimentos.
1.2
En los alimentos que se comercialicen en el territorio de los Estados Parte sólo se permitirá el uso de los
aditivos alimentarios que se indican en este Reglamento Técnico, de acuerdo con las disposiciones del mismo.
1.3
No se incluyen los coadyuvantes de elaboración, ni las sustancias que se utilizan habitualmente como
ingredientes.
2. DEFINICIONES
2.1
Aditivo alimentario: cualquier sustancia que no se consume normalmente como alimento por sí misma
ni se usa normalmente como ingrediente típico del alimento, tenga o no valor nutritivo, cuya adición intencional
al
alimento
para
un
fin
tecnológico
(inclusive
organoléptico)
en
la
fabricación,
elaboración,
tratamiento,
envasado, empaque, transporte o almacenamiento provoque, o pueda esperarse razonablemente que provoque
directa o indirectamente, el que ella misma o sus subproductos lleguen a ser un complemento del alimento o
afecten sus características. Esta definición no incluye los contaminantes, ni las sustancias añadidas al alimento
para mantener o mejorar las cualidades nutricionales.
2.2
Alimento: toda sustancia
humana,
incluidas
las
bebidas,
procesada,
la
goma
semiprocesada o no procesada,
de
mascar
y
cualesquiera
otras
que se
destina para
sustancias
que
se
la ingesta
utilicen
en
la
elaboración, preparación o tratamiento de alimentos, pero no incluye los cosméticos, el tabaco ni los productos
que se utilizan como medicamentos.
2.3
Alimento similar: aquellos productos de apariencia y propiedades organolépticas semejantes a las del
producto
original,
cuyos
ingredientes
básicos
son
diferentes,
pero
cumplen
con
las
mismas
propiedades
funcionales.
2.4
Coadyuvante de elaboración:
toda sustancia o materia, excluidos aparatos y utensilios, que no se
consume como ingrediente alimenticio por si mismo y que se emplea intencionadamente en la elaboración de
materias primas, alimentos o sus ingredientes, para lograr alguna finalidad tecnológica durante el tratamiento o
la elaboración pudiendo dar lugar a la presencia no intencionada, pero inevitable, de residuos o derivados en el
producto final.
2.5
Dosis máxima de uso de un aditivo: es la concentración más alta de éste respecto de la cual la Comisión
del Codex Alimentarius ha determinado que es funcionalmente eficaz en un alimento o categoría de alimentos y
ha acordado que es inocua. Por lo general se expresa como mg de aditivo por kg de alimento.
La dosis de uso máxima no suele corresponder a la dosis de uso óptima, recomendada o normal. De conformidad
con las buenas prácticas de manufactura la dosis de uso óptima, recomendada o normal, difiere para cada
aplicación de un aditivo y depende del efecto técnico previsto y del alimento específico en el cual se utilizaría
dicho aditivo, teniendo en cuenta el tipo de materia prima, la elaboración de los alimentos y su almacenamiento,
transporte y manipulación posteriores por los distribuidores, los vendedores al por menor y los consumidores.
2.6
Ingesta diaria admisible (IDA) es una estimación efectuada por el JECFA de la cantidad de aditivo
alimentario, expresada en relación con el peso corporal, que una persona puede ingerir diariamente durante toda
la vida sin riesgo apreciable para su salud (se refiere normalmente a una persona estándar de 60 kg).
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2.7
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Ingesta diaria admisible no especificada (NE) es una expresión que se aplica a las sustancias
alimentarias de muy baja toxicidad que, teniendo en cuenta los datos (químicos, bioquímicos, toxicológicos y de
otro tipo) disponibles, la ingestión alimentaria total de la sustancia que deriva de su uso en las dosis necesarias
para conseguir el efecto deseado y de su concentración admisible anterior en los alimentos, no representa, en
opinión del JECFA, un riesgo para la salud. Por ese motivo, así como por las razones expuestas en las distintas
evaluaciones del JECFA, este organismo no considera necesario asignar un valor numérico a la ingestión diaria
admisible.
Todo aditivo
que satisfaga este
criterio
deberá
emplearse
conforme
a
las
buenas
prácticas de
manufactura que se definen más adelante en el apartado 4.2.
2.8
Ingrediente: Cualquier sustancia, incluidos los aditivos alimentarios, que se emplee en la fabricación o
preparación de un alimento y esté presente en el producto final aunque posiblemente en forma modificada.
2.9
Producto lácteo recombinado: Es el producto resultante de la combinación de materia grasa de la leche y
del estracto seco magro de la leche en sus formas conservadas, con o sin adición de agua, para obtener la
composición apropiada del producto lácteo.
2.10
Producto lácteo reconstituido: Es el producto lácteo resultante de la adición de agua a la
forma
deshidratada o concentrada del producto en la cantidad necesaria para restablecer la proporción apropiada del
agua respecto del estracto seco.
2.11
Producto lácteo modificado: Productos que se hayan modificado mediante la adición o extracción de
constituyentes de la leche, siempre que se mantengan las características esenciales del producto y que se detallen
en las normas correspondientes.
2.12
Saborizante/aromatizante artificial: es aquel producto que en su formulación incluye, en una proporción
cualquiera, componentes que no se encuentran naturalmente en productos animales o vegetales y son obtenidos
por síntesis química.
2.13
Saborizante/aromatizante
idéntico
a
natural:
es
aquel
producto
obtenido
por
procesos
físicos,
microbiológicos, enzimáticos, de síntesis química o de aislamiento por procesos químicos, cuya formulación
incluye componentes idénticos a los existentes en la naturaleza.
2.14
Saborizante/aromatizante natural:
al producto puro de estructura química definida o al preparado
saborizante de estructura química no definida, concentrado o no, que tiene características saporíferas y son
obtenidos por un proceso físico, microbiológico o enzimático a partir de productos de origen vegetal o animal.
3.
SIMBOLOS Y ABREVIATURAS
3.1 CCAA: Comisión Centroamericana de Aditivos Alimentarios.
3.2 UE: Unión Europea
3.3 CFR: Código Federal de Regulaciones de los Estados Unidos de América.
3.4 FAO: Organización Mundial para la Alimentación y la Agricultura (por sus siglas en inglés).
3.5
FDA: Administración de Alimentos y Medicamentos (por sus siglas en inglés) del Gobierno de los Estados
Unidos de América.
3.6
FEMA: Asociación Internacional de Manufactureros de Extractos y Saborizantes (por sus siglas en inglés).
3.7 IDA : Ingesta diaria admisible
3.8
JECFA: Comité de Expertos en Aditivos Alimentarios y Contaminantes de la FAO/OMS (por sus siglas en
inglés).
3.9
mg/kg= miligramos por Kilogramo.
3.10
OMS= Organización Mundial de la Salud.
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3.11
BPM =Buenas Prácticas de Manufactura
3.12
SCA = Sistema de Clasificación de Alimentos
3.13
IOFI: La organización Internacional de la Industria de Saborizantes (por sus siglas en inglés)
4.
4.1
PRINCIPIOS GENERALES
El uso de aditivos alimentarios está justificado únicamente si ello ofrece alguna ventaja, no presenta
riesgos para la salud del consumidor y no le induce a error o a engaño, y si desempeña una o más de las
funciones establecidas por este Reglamento y los requisitos señalados a continuación, y sólo cuando estos
objetivos no puedan alcanzarse por otros medios que sean económica y tecnológicamente viables:
a)
Conservar la calidad nutricional del alimento; una disminución intencionada en la calidad nutricional de un
alimento estaría justificada en las circunstancias indicadas en el inciso b) y también en otras circunstancias en las
que el alimento no constituye un componente importante de una dieta normal.
b)
Proporcionar los ingredientes o constituyentes necesarios para los alimentos fabricados para grupos de
consumidores que tienen necesidades dietéticas especiales.
c)
Aumentar la calidad de conservación o la estabilidad de un alimento o mejorar sus propiedades sensoriales,
a condición de que ello no altere la naturaleza, sustancia o calidad del alimento de forma que no induzca a
engaño al consumidor.
d)
Proporcionar
ayuda para
la
fabricación, elaboración, preparación,
tratamiento,
envasado, transporte
o
almacenamiento del alimento, a condición de que el aditivo no se utilice para encubrir los efectos del empleo de
materias primas defectuosas o de prácticas (incluidas las no higiénicas) o técnicas indeseables durante el curso
de cualquiera de estas operaciones.
4.2
BUENAS PRÁCTICAS DE MANUFACTURA.
Todos los aditivos alimentarios regulados por las disposiciones de este Reglamento Técnico Centroamericano se
emplearán conforme a las condiciones siguientes:
a)
Cantidad máxima establecida en cada categoría
b)
Buenas Prácticas de Manufactura: la cantidad de aditivo que se añada al alimento se limitará a la dosis
mínima necesaria para obtener el efecto deseado.
c)
La cantidad de aditivo que pase a formar parte del alimento como consecuencia de su uso en la fabricación,
elaboración o envasado de un alimento y que no tenga por objeto obtener ningún efecto físico o técnico en el
alimento mismo, se reducirá en la mayor medida que sea razonablemente posible.
4.3. ESPECIFICACIONES DE IDENTIDAD Y PUREZA DE LOS ADITIVOS ALIMENTARIOS.
Los aditivos alimentarios empleados de acuerdo con el presente Reglamento deberán ser de calidad alimentaria
apropiada y satisfacer en todo momento las especificaciones de identidad y pureza aplicables recomendadas por
la
Comisión
del
Codex
Alimentarius,
o
bien,
en
ausencia
de
tales
especificaciones,
las
especificaciones
apropiadas elaboradas por los organismos nacionales o internacionales competentes. Por lo que respecta a la
inocuidad, la calidad alimentaria se logra ajustando los aditivos a sus especificaciones en conjunto (y no
simplemente
mediante
criterios
individuales)
y
mediante
su
producción,
almacenamiento,
transporte
y
manipulación en armonía con las buenas practicas de manufactura.
4.4. CONDICIONES APLICABLES A LA TRANSFERENCIA DE ADITIVOS ALIMENTARIOS.
Además
de
la
adición directa,
los
aditivos pueden
estar
presentes
en un
alimento como
resultado
de la
transferencia a partir de materias primas o ingredientes utilizados para producirlo, con sujeción a las siguientes
condiciones:
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a) El uso del aditivo es aceptable en las materias primas u otros ingredientes (incluidos los aditivos alimentarios)
de acuerdo con el presente reglamento;
b) Que la cantidad de aditivo alimentario presente en las materias primas u otros ingredientes (incluidos los
aditivos alimentarios) no exceda de la dosis máxima especificada en el presente reglamento;
c) Que el alimento al que se transfiera el aditivo no contenga dicho aditivo en una cantidad mayor que la que se
introduciría como resultado del empleo de las materias primas o los ingredientes en condiciones tecnológicas o
prácticas de fabricación apropiadas, en consonancia con las disposiciones del presente reglamento;
d) Se permite la presencia de un aditivo en una materia prima u otro ingrediente si tal materia prima o el
ingrediente se utiliza exclusivamente en la preparación de un alimento que se ajusta a las disposiciones del
reglamento específico.
4.5.
ALIMENTOS
EN
LOS
QUE
ES
INACEPTABLE
LA
TRANSFERENCIA
DE
ADITIVOS
ALIMENTARIOS.
La transferencia de aditivos alimentarios a partir de materias primas o ingredientes es inaceptable en aquellos
alimentos pertenecientes a las siguientes categorías, a menos que en los cuadros 1 y 2 de este Reglamento figure
una disposición sobre aditivos alimentarios para la categoría especificada.
a)
Preparados
para
lactantes,
preparados
de
continuación
y
preparados
para
usos
medicinales
especiales
destinados a los lactantes.
b) Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños.
4.6 En los casos en que se incorporen en un alimento dos o más aditivos con una misma función, a los cuales se
les haya asignado un límite máximo, la suma de las concentraciones empleadas, no podrá ser superior al
límite máximo autorizado para aquel aditivo al cual se le ha fijado la concentración más alta, respetando el
límite
máximo
de
cada uno de
los
aditivos empleados,
excepto
que
existan
métodos analíticos
para
determinación cuantitativa de cada uno de los aditivos o que sea comprobable que es requerido el uso de
cada nivel máximo individual para la combinación de dos o más aditivos con el fin de obtener el efecto
físico o tecnológico que los mismos están destinados a lograr.
4.7 Si un aditivo alimentario cumple más de una función tecnológica y aparece clasificado sólo en una de ellas,
se entiende como autorizado para las otras funciones dentro de los límites indicados en la sección 8.
5
CLASIFICACIÓN DE LOS GRUPOS FUNCIONALES
#
1
Clases funcionales
2
3
4
Subclases
Aditivos alimentarios que incrementan la
Ácidos
Reguladores
Definiciones
acidez y/o le confieren un sabor ácido
de
la
Aditivos
alimentarios
o
alcalinidad
de
o
controlan
acidificante
alimento
Antiaglutinantes o
Aditivos
anticompactante o
tendencia de las partículas de un alimento
antipelmasante.
a adherirse unas a otras
Aditivos
acidez
alteran
acidez o acidulante o
Antiespumantes
la
que
un
Acidificante
Acidos,
acidificantes,
bases,
soluciones
agentes
reguladores,
álcalis,
reguladoras,
agentes
de
regulación del pH
alimentarios
alimentarios
que
que
reducen
impiden
reducen la formación de espuma
la
o
Agentes antiadherentes, agentes de
secado, polvos para empolvar
Eliminadores de espuma
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Aditivos
vida
5
Antioxidantes
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alimentarios
en
almacén
protegiéndolos
del
que
de
prolongan
los
la
alimentos
deterioro
ocasionado
por la oxidación, por ejemplo, la ranciedad
Sinérgicos
de
antioxidantes,
agentes secuestrantes
de la grasa y cambios de color
Aditivos
6
alimentarios
un
utilizados
alimento.
Los
para
Agentes
decolorar
agentes
Blanqueadores
blanqueadores no contienen pigmentos (no
Agentes Blanqueadores
usados en harina)
Incrementadores del
7
volumen
Aditivos
alimentarios
volumen
de
un
que
aumentan
alimento
significativamente
a
su
sin
valor
el
contribuir
energético
Agente de relleno
disponible
Aditivos
8
Gasificantes
alimentarios
introducir
dióxido
utilizados
de
carbono
para
en
un
Gasificantes
alimento.
Aditivo
9
Vehículos
alimentario
usado
para
disolver,
diluir, dispersar o de lo contrario modificar
Vehículo,
fisicamente
o
sustancias
nutriente sin alterar su funcion (sin ejercer
nutrientes,
un efecto tecnologico pòr si mismo) para
aditivos
facilitar la manipulaciòn, aplicaciòn o uso
encapsuladores
un
aditivo
alimentario
disolventes
inertes
inertes,
portadoras
diluyentes
de
alimentarios,
de
otros
agentes
del aditivo alimentario o nutriente.
Aditivos alimentarios que dan o restituyen
color a un alimento. Quedan autorizado el
10
Colorantes o color
uso de las lakas de aluminio preparadas a
partir de los colorantes mencionados en los
anexos I II y III
11
Agentes de retención
de color
Aditivos
retienen
alimentarios
o
que
intensifican
el
estabilizan,
color
de
un
alimento
Colorantes,
pigmentos
de
decoración,
colorantes
de
superficie
Agentes
de
retenciòn
Emulsionantes o
emulsificante
color,
del color, Colorantes adjuntos
Plastificantes,
12
de
fijadores de color, estabilizadores
agentes
Aditivos alimentarios que hacen posible la
dispersantes, agentes tensoactivos,
formación
una
inhibidores
mezcla homogénea de dos o más fases en
o
el
mantenimiento
de
correctores
un alimento.
aromatizantes
de
la
de
en
cristalización,
la
las
densidad
bebidas,
estabilizadores de una suspensión,
agentes enturbiadores
Aditivos alimentarios que se utilizan en la
13
Sales emulsionantes o
elaboración de alimentos procesados para
emulsificantes
reordenar las proteínas del mismo a fin de
Agentes de fusión
prevenir la separación de la grasa
Aditivos
14
Agentes
endurecedores
alimentarios
que
vuelven
o
mantienen los tejidos de frutas u hortalizas
firmes
agentes
o
crocantes
gelificantes
o
actúan
para
junto
producir
con
o
mantener un gel
15
Acentuadores del
Aditivos alimentarios que realzan el sabor
Modificadores
aroma
y/o el perfume que tiene un alimento
aromatizantes sinergistas
del
aroma,
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16
Agentes de
Aditivos alimentarios que se añaden a la
tratamiento de las
harina
harinas
horneo o su color.
para
Aditivos
17
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Espumantes
mejorar
sus
o
el
de
de
mejoradotes
las
harinas,
de
acondicionadores
harina,
de
masa,
reforzadores de la masa
alimentarios
formación
cualidades
Blanqueadores
que
posibilitan
mantenimiento
de
la
una
dispersión uniforme de una fase gaseosa en
Agentes
de
batido,
agentes
de
aireación
un alimento líquido o sólido
18
Agentes gelificantes
Aditivos alimentarios que dan textura a un
alimento mediante la formación de un gel
Aditivos
19
Agentes de glaseado
alimentarios
aplican
en
alimento,
la
confiere
brillante
o
que,
superficie
lo
a
cuando
exterior
éste
revisten
un
con
de
se
un
aspecto
una
capa
protectora
Aditivos
20
Humectantes
alimentarios
desecación
que
de
contrarrestando
impiden
los
el
de
un
sellantes,
agentes
de
revestimiento, agentes de acabado,
agentes
de
glaseado,
agentes
formadores de película
la
alimentos
efecto
Agentes
escaso
Agentes de retención de humedad,
agentes humectantes
contenido de humedad en la atmósfera
Aditivos alimentarios gases,
21
Gases de envasado
introducidos
en un envase durante su llenado con un
alimento o después de él
Conservadores
Sustancias
22
conservadoras o
preservantes
Aditivos
vida
alimentarios
en
almacén
protegiendo
a
que
de
éstos
prolongan
la
los
alimentos
del
deterioro
ocasionado por microorganismos
antimicrobianos,
agentes
antimicóticos,
control
de
agentes de
bacteriófagos,
agentes
antipardeado,
fungistáticos,
agentes
agentes
inhibidores
de mohos y hongos filamentosos,
sinergistas antimicrobianos
23
Propulsores
Aditivos alimentarios gases que expulsan
un alimento de un recipiente
Aditivos alimentarios o combinaciones de
24
Leudantes o agente
aditivos alimentarios que liberan gas y, de
leudante
esa
manera, aumentan el
volumen de la
masa
25
Secuestrantes
Aditivos que controlan la disponibilidad de
un catión
Aditivos
26
alimentarios
que
posibilitan
el
Estabilizadores o
mantenimiento de una dispersión uniforme
estabilizante
de dos o más sustancias no miscibles en un
alimento
Aditivos
27
Edulcorantes
azúcar)
alimentarios
que
confieren
(diferentes
a
un
alimento
del
un
sabor dulce
28
Espesantes
Aditivos
alimentarios
que
viscosidad de un alimento
acrecientan
la
Estabilizadores
de
estabilizadores
espuma,
coloidales,
emulsiones estabilizadores
Edulcorantes
intensos,
edulcorantes masivos
Agentes
de
soporte,
aglutinantes,
agentes texturizadores
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6.
RTCA 67.04.54:10
CLASIFICACION DE LAS CATEGORÍA DE ALIMENTOS
El sistema de clasificación de alimentos es un instrumento para la asignación de usos de aditivos alimentarios
autorizados por este Reglamento y aplica a todos los alimentos, inclusive aquellos en los que no se permiten
aditivos. Los descriptores de las categorías de alimentos no deberán considerarse como denominaciones legales
de los productos ni se destinan para fines de etiquetado.
El sistema de clasificación de alimentos está basado en los siguientes principios:
a)
Es un sistema jerárquico, lo que significa que cuando se permite el uso de un aditivo en una categoría
general, se permite dicho uso en todas sus subcategorías, a menos que se indique otra cosa. Asimismo,
cuando se permite un aditivo en una subcategoría, su uso también se permite en otras subcategorías
subsiguientes (dentro de esa subcategoría).
b)
Se basa en descriptores de productos alimenticios tal como se comercializan, a menos que se indique otra
cosa.
c)
Tiene en cuenta el principio de transferencia. En consecuencia no es necesario mencionar específicamente en
el sistema de clasificación de los alimentos compuestos, como por ejemplo las comidas preparadas, porque
pueden contener, proporcionalmente, todos los aditivos permitidos en sus componentes, a menos que el
alimento compuesto necesita un aditivo que no está autorizado en ninguno de sus componentes.
d)
Se utiliza para simplificar la información sobre los usos de los aditivos alimentarios para la compilación de
este reglamento.
7.
SISTEMA DE CLASIFICACIÓN DE LOS ALIMENTOS (SCA)
Descriptores de las categorías de alimentos:
01.0
Productos lácteos y productos similares, excluidos los productos de la categoría de alimentos 02.0:
Comprende todos los tipos de productos lácteos que se obtienen de la leche de los animales de ordeño (p. ej., la
vaca, oveja, cabra, búfala). En esta categoría, un producto simple es un producto que no está aromatizado, no
contiene frutas, hortalizas u otros ingredientes que no sean lácteos, ni está mezclado con otros ingredientes que
no sean lácteos, a no ser que las normas pertinentes lo autoricen. Los productos similares son aquellos en los que
la grasa de la leche se ha sustituido parcial o totalmente por grasas o aceites vegetales.
01.1 Leche y bebidas lácteas, Saborizadas o fermentadas:
Comprende todos los productos lácteos líquidos, naturales y aromatizados, a base de leche descremada,
parcialmente descremada, con poca grasa e integra.
01.1.1 Leche y suero de mantequilla (simple):
Comprende únicamente los productos líquidos naturales. Incluye la leche natural reconstituida y
recombinada que contenga únicamente ingredientes lácteos.
01.1.1.1 Leche (simple), recombinada, reconstituida
La leche líquida se obtiene de los animales de ordeño (p. ej., vacas, ovejas, cabras,
búfalas). La leche suele tratarse térmicamente mediante pasterización, tratamientos de
temperatura
ultraelevada
(UHT)
o
esterilización.
Incluye
la
leche
descremada,
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parcialmente descremada, con poca grasa y entera.
01.1.1.2 Suero de mantequilla (simple):
El suero de mantequilla es el líquido prácticamente sin grasa de la leche que queda tras
el proceso de elaboración de la mantequilla (manteca) (es decir, la leche y la nata
(crema) fermentada o sin fermentar batida), y se comercializa en forma concentrada o en
polvo.
El
suero
de
mantequilla
(leche
agria)
se
obtiene
también
mediante
la
fermentación de la leche desnatada líquida, bien mediante la acidificación espontánea
por la acción de las bacterias formadoras del ácido láctico o del aroma, bien mediante la
inoculación de cultivos bacterianos puros en la leche caliente (suero de mantequilla
cultivado). El suero de mantequilla puede pasterizarse o esterilizarse.
01.1.2 Bebidas lácteas saborizadas y/o fermentadas (p. ej., leche con chocolate, cacao, ponche de
huevo, yogur para beber, bebidas a base de suero):
Comprende todas las bebidas líquidas a base de leche saborizadas y con sabores listas para el
consumo y sus mezclas, excluidas las mezclas de cacao (mezclas de cacao y azúcar de la
categoría 05.1.1), como chocolate caliente, bebidas malteadas con chocolate, bebidas a base de
yogur con sabor a fresa, bebidas obtenidas por las bacterias formadoras del ácido láctico y del
lassi (líquido obtenido batiendo la leche cuajada formada a partir de la fermentación láctea y
añadiendo azúcar o un edulcorante sintético).
01.2 Productos lácteos fermentados y cuajados (simples), excluida la categoría de alimentos 01.1.2
(bebidas lácteas):
Comprende todos los productos simples a base de leche desnatada, parcialmente desnatada, con poca
grasa y entera. Los productos aromatizados se
incluyen en las categorías 01.1.2 (bebidas) y 01.7
(postres).
01.2.1 Leches fermentadas (simples):
Comprende
todos
los
productos
simples,
incluida
la
leche
fermentada
líquida,
la
leche
acidificada y la leche cultivada. El yogur simple, sin aromas ni colores, puede figurar en una de
las subcategorías de la sección 01.2.1 según esté tratado o no térmicamente después de la
fermentación.
01.2.1.1
Leches
fermentadas
(simples)
no
tratadas
térmicamente
después
de
la
fermentación:
Comprende los productos simples líquidos y los que no son líquidos, como el yogur y el
yogur edulcorado.
01.2.1.2
Leches
fermentadas
(simples)
tratadas
térmicamente
después
de
la
fermentación:
Productos
similares
térmicamente
(a
a
saber,
los
de
la
mediante
subcategoría
la
01.2.1.1,
esterilización
o
pero
que
pasterización),
se
han
después
tratado
de
la
fermentación.
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01.2.2 Cuajada Natural:
Leche cuajada natural que se obtiene por la acción de enzimas que provocan la coagulación.
Comprende la leche cuajada. Los productos a base de cuajada saborizada figuran en la categoría
01.7.
01.3 Leche condensada y productos similares (simple):
Comprende los tipos de leche condensada, evaporada simple, edulcorada y saborizada, así como los
productos similares (incluidos los blanqueadores de bebidas). Comprende los productos a base de leche
desnatada
(descremada),
parcialmente
desnatada,
con
poca
grasa
y
entera,
así
como
la
leche
compensada.
01.3.1 Leche condensada (simple):
La leche condensada se obtiene mediante la eliminación parcial del agua de la leche a la cual
puede haberse añadido azúcar. En el caso de la leche evaporada, la eliminación del agua puede
obtenerse por calentamiento. Incluye la leche parcialmente deshidratada, evaporada, condensada
y edulcorada y el khoa (leche de vaca o búfala concentrada por ebullición).
01.3.2 Blanqueadores de bebidas:
Sucedáneos de la leche o de la nata (crema) que consisten en una emulsión del tipo grasa vegetal
en agua con proteínas lácteas y lactosa o proteínas vegetales, destinados a utilizarse en bebidas
como el café y el té. Incluye también el mismo tipo de productos en polvo. Comprende los
productos similares a la leche condensada y la leche compensada condensada.
01.4 Nata (crema) (simple) y productos similares:
La
nata
(crema)
es
un
producto
lácteo
líquido
con
un
contenido
relativamente
alto
de
grasa
en
comparación con la leche. Comprenden todos los productos líquidos, semilíquidos y semisólidos a base
de nata (crema) y los productos similares a la nata (crema). Los productos de nata (crema) aromatizados
figuran en las categorías 01.1.2 (bebidas) y 01.7 (postres).
01.4.1 Nata (crema) pasteurizada (simple):
Nata (crema) sometida a pasterización mediante un tratamiento térmico adecuado u obtenida de
leche pasteurizada. Comprende natas (cremas) y seminatas (semicremas) de leche.
01.4.2 Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas y natas (cremas)
de contenido de grasa reducido (simple):
Comprende todo tipo de natas (cremas), independientemente del contenido de grasa, que se han
sometido a tratamiento térmico a temperatura más elevada que la de pasterización. Comprende
también las natas (cremas) pasteurizadas con un contenido de grasa reducido, así como todos los
tipos de natas (cremas) para batir o batidas. Las natas (cremas) esterilizadas son las que se han
sometido a un tratamiento térmico adecuado dentro del recipiente en el que se presentan al
consumidor.
Las
natas
(cremas)
tratadas
a
temperaturas
ultraelevadas
(UHT)
o
las
natas
ultrapasteurizadas son las que se han sometido de modo continuo a un tratamiento térmico
adecuado (UHT o ultrapasteurización) y envasado en condiciones asépticas. La nata (crema)
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puede envasarse también a presión (nata batida). Comprende las natas (cremas) para batir, las
natas (cremas) espesas, las natas (cremas) batidas pasteurizadas y las decoraciones y rellenos a
base de leche similares a la nata (crema) batida. La subcategoría 01.4.4 (productos similares a la
nata (crema)) incluye las natas (cremas) o decoraciones con sustitución total o parcial de la grasa
de leche por otras grasas.
01.4.3 Nata (crema) cuajada natural:
Nata
(crema)
espesada
y
viscosa
formada
por
acción
de
enzimas
que
coagulan
la
leche.
Comprende la nata (crema) agria (nata sometida a fermentación láctica, como se ha señalado en
relación con el suero (01.1.1.2)).
01.4.4 Productos similares a la nata (crema):
Sucedáneos de la nata (crema) consistente en una emulsión de grasa vegetal-agua en forma
líquida
o
en
polvo
para
usos
distintos
de
los
de
los
blanqueadores
de
bebidas
(01.3.2).
Comprende los revestimientos instantáneos de nata batida y los sucedáneos de la nata.
01.5 Leche en polvo y nata (crema) en polvo y productos similares en polvo (simple):
Comprende la leche en polvo simple, la nata (crema) en polvo o combinaciones de ambas, y productos
similares.
Incluye
los
productos
a
base
de
leche
desnatada
(descremada),
parcialmente
desnatada
(descremada), de bajo contenido graso y entera.
01.5.1 Leche en polvo y nata (crema) en polvo (simples):
Productos lácteos obtenidos mediante la eliminación parcial del agua de la leche o de la nata
(crema) y producidos en polvo. Incluye caseína y caseinatos.
01.5.2 Productos similares a la leche y la nata (crema) en polvo (simple):
Productos en forma de emulsión del tipo grasa en agua y deshidratados para un uso distinto del
de los blanqueadores de bebidas (01.3.2). Entre ellos se incluye, p. ej., la mezcla de nata (crema)
deshidratada de imitación y la leche compensada en polvo.
01.6 Queso y productos similares:
Se entiende por queso y productos similares al queso los productos que contienen agua y grasa dentro de
una estructura de proteína de leche coagulada. Productos como, p. ej., la salsa de queso (12.6.2), los
aperitivos con aroma de queso (15.1) y los alimentos compuestos preparados en los que se ha utilizado el
queso como ingrediente (p. ej., macarrones y queso; 16.0) se clasifican en otras categorías.
01.6.1 Queso no madurado:
Se entiende por quesos no madurados, incluidos los quesos frescos, los productos que están
listos para el consumo poco después de su fabricación. Entre ellos se incluyen, p. ej., el cottage
cheese (queso blando y sin madurar de leche cuajada coagulada), el cottage cheese cremoso
(cottage
cheese
cubierto
con
una
mezcla
cremosa), el
queso
de
nata
o
queso
cremoso
(rahmfrischkase, queso sin cuajar, blando para untar), y los quesos mozzarella y scamorza.
Comprende el queso entero no madurado y la corteza del queso no madurada (en los casos de
quesos no madurados con piel; p. ej., la mozzarella). La mayoría de los productos son simples;
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no obstante, algunos, como el cottage cheese y el queso de nata pueden estar aromatizados o
contener ingredientes como fruta, hortalizas o carne. Se excluye el queso de nata madurado, en
el que la nata (crema) es determinante de un contenido elevado de grasa.
01.6.2. Queso madurado:
Se entiende por quesos madurado un producto que no está listo para el consumo poco después de
la elaboración, sino que debe mantenerse durante cierto tiempo a una temperatura y en unas
condiciones
tales
que
se
produzcan
los
cambios
bioquímicos
y
físicos
necesarios
y
característicos del queso en cuestión. En los quesos madurados con moho, la maduración se
produce principalmente como consecuencia del desarrollo característico de mohos por todo el
interior y/o en la superficie del queso. El queso madurado puede ser blando (p. ej., camembert),
firme (p. ej., edam, gouda), duro (p. ej., cheddar) o extraduro (p. ej., grana). Incluye el queso en
salmuera, que es un queso madurado de semiduro a blando, de color blanco a amarillento, con
una textura compacta y sin una corteza propiamente dicha que se conserva en salmuera hasta que
se presenta al consumidor (p. ej., feta).
01.6.2.1 Queso madurado, incluida la corteza:
Se refiere al queso madurado (incluido el queso madurado con moho) con su corteza o
parte de ella, como el queso cortado, desmenuzado, rallado o rebanado. Entre estos
quesos madurados se incluyen los siguientes: queso azul, brie, gouda, havarti, queso
duro para rallar, parmesano y queso suizo.
01.6.2.2 Corteza de queso madurado:
Se refiere sólo a la corteza del queso. La corteza del queso es la parte exterior de la masa
de queso que al principio tiene la misma composición que la parte interior del mismo,
pero que puede secarse en los procesos de conservación en salmuera y maduración.
01.6.2.3 Queso en polvo (para reconstitución; p. ej., para salsas a base de queso):
Producto deshidratado
preparado
con
una variedad
de queso o
queso fundido.
No
incluye el queso rallado o desmenuzado (categoría 01.6.2.1 para las variedades de queso;
categoría 01.6.4 para el queso fundido). El producto se destina a reconstitución con leche
o agua para preparar una salsa o utilizarse como ingrediente tal como se presenta (p. ej.,
con macarrones cocidos, leche y mantequilla para preparar una cazuela de macarrones y
queso). Incluye el queso desecado por pulverización.
01.6.3 Queso de suero:
Se entiende por queso de suero los productos sólidos o semisólidos obtenidos por concentración
del suero, con o sin adición de leche, nata (crema) u otras materias de origen lácteo, y moldeo
del producto concentrado. Incluye el queso entero y la corteza de queso. Distinto del queso de
proteínas del suero (01.6.6).
01.6.4 Queso elaborado, fundido:
Productos con un tiempo de conservación muy largo obtenido por fusión y emulsificación del
queso. Incluye productos elaborados mediante calentamiento y emulsificación de mezclas de
quesos, materia grasa de la leche, proteína de leche, leche en polvo y agua en diferentes
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cantidades. Los productos pueden contener otros ingredientes añadidos como, aromas, aderezos
y fruta, hortalizas y/o carne. El producto puede ser para untar o estar cortado en rebanadas y
piezas. Esta categoría no comprende el queso cortado, rallado, desmenuzado, etc. El queso
sometido a estos procesos mecánicos se incluye en la categoría de alimentos 01.6.2 (Queso
madurado).
01.6.4.1 Queso fundido simple:
Se entiende por queso fundido simple el producto de queso fundido que no contiene
aromatizantes, aderezos, fruta, hortalizas o carne añadidos. Entre éstos se incluyen, p.
ej., el queso americano, el queso club y las mezclas de queso elaboradas en frío.
01.6.4.2 Queso fundido aromatizado, incluido el que contiene fruta, hortalizas, carne,
etc.:
Se
entiende
por
queso
fundido
aromatizado
el
producto
al
que
se
han
añadido
aromatizantes, aderezos, fruta, hortalizas y/o carne. Entre éstos se incluyen, p. ej., el
queso para untar Neufchatel con hortalizas, el queso Pepper Jack (queso Monterrey
Jack con trozos de pimienta), el queso para untar Cheddar con vino y las bolas de queso
(elaboradas con queso fundido cubierto de nueces, hierbas o especias).
01.6.5 Productos similares al queso:
Productos similares al queso pero en los que la grasa o la proteina de la leche se han
reemplazado parcial o completamente por otras. Incluye el queso de imitación, las
mezclas de quesos de imitación y los quesos de imitación en polvo.
01.6.6 Queso de proteínas del suero:
Se entiende por queso de proteínas del suero el producto que contiene la proteína extraída del
componente de suero de la leche. Estos productos se elaboran principalmente mediante la
coagulación de proteínas del suero. Entre ellos se incluye, p. ej., el queso ricotta. Es diferente del
queso de suero (01.6.3).
01.7 Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta):
Comprende los postres lácteos listos para el consumo y mezclas para postres, aromatizados. Incluye
dulces y golosinas lácteas congeladas y rellenos a base de leche, así como el yogur aromatizado
(producto lácteo obtenido por la fermentación de leche y productos lácteos a los que se han añadido
aromatizantes e ingredientes (p. ej., fruta, cacao, café)) que puede someterse o no a un tratamiento
térmico después de la fermentación. Otros ejemplos son los siguientes: helado (postre congelado que
puede estar elaborado con leche entera, leche desnatada (descremada), nata (crema) o mantequilla,
azúcar, aceite vegetal, productos a base de huevo y fruta, cacao o café), leche helada (producto análogo
al helado con menor contenido de leche entera o desnatada o elaborado con leche desnatada), leche
gelificada, yogur aromatizado congelado, leche cuajada (postre dulce similar a la crema elaborado a base
de leche saborizada con
cuajo), dulce
de leche (leche cocida
con azúcar
y con adición de otros
ingredientes como coco o chocolate), pudín butterscotch y mousse de chocolate. Comprende dulces
a base de leche tradicionales preparados con leche parcialmente concentrada, khoa (leche de vaca o
búfala concentrada mediante cocción), o chhena (leche de vaca o de búfala coagulada mediante calor
con ayuda de ácidos como ácido cítrico, ácido láctico, ácido málico, etc.), azúcar o edulcorantes
artificiales y otros ingredientes (p. ej., maida (harina de trigo refinada), aromatizantes y colorantes (p.
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ej.,
peda,
burfee,
torta
de
leche,
gulab
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jamun,
rasgulla,
rasmalai,
basundi).
Estos
productos
son
diferentes de los de la categoría de alimentos 03.0 (Helados comestibles, incluidos los sorbetes), ya que
los alimentos de la categoría 01.7 se elaboran a base de leche, mientras que los de la categoría 03.0 se
elaboran a base de agua y no contienen ingredientes lácteos.
01.8 Suero y productos a base de suero, excluidos los quesos de suero:
Comprende diversos productos de suero en forma líquida y en polvo.
01.8.1 Suero líquido y productos a base de suero líquido, excluidos los quesos de suero:
El suero es el fluido separado de la cuajada tras la coagulación de la leche, nata (crema), leche
desnatada (descremada) o suero de mantequilla mediante enzimas de coagulación de la leche
durante la fabricación del queso, la caseína o productos similares. El suero ácido se obtiene tras
la coagulación de la leche, nata (crema), leche desnatada (descremada) o suero de mantequilla,
principalmente con ácidos del tipo usado en la fabricación del queso fresco.
01.8.2 Suero en polvo y productos a base de suero en polvo, excluidos los quesos de suero:
Los sueros en polvo se preparan a partir de suero desecado por pulverización o en rodillos, o de
suero ácido del que se ha eliminado la mayor parte de la grasa de leche.
02.0 Grasas y aceites y emulsiones grasas:
Incluye todos los productos a base de grasa de origen vegetal, animal o marino o sus mezclas.
02.1 Grasas y aceites prácticamente exentos de agua:
Se entiende por grasas y aceites comestibles los alimentos compuestos principalmente de triglicéridos de
ácidos grasos de origen vegetal, animal o marino.
02.1.1 Aceite de mantequilla (manteca), grasa de leche anhidra, ghee:
Se entiende por grasa de leche anhidra, aceite de mantequilla (manteca) anhidra y aceite de
mantequilla
(manteca)
los
productos
derivados
exclusivamente
de
la
leche
y/o
productos
obtenidos de la leche mediante un proceso que elimina casi por completo el agua y el extracto
seco magro. El ghee es un producto obtenido exclusivamente de la leche, la nata (crema) o la
mantequilla (manteca) mediante un proceso por el que se elimina casi totalmente el agua y el
extracto seco magro; posee un sabor y una estructura física especialmente desarrollados.
02.1.2 Grasas y aceites vegetales:
Las grasas y aceites comestibles se obtienen de plantas comestibles. Los productos se pueden
obtener de una única fuente vegetal o bien comercializarse y utilizarse como mezcla de aceites
que se denominan generalmente aceites comestibles o mantecas vegetales, para cocinar, para
freír, de mesa o para ensaladas. Los aceites vírgenes se obtienen por procedimientos mecánicos
(p. ej., prensado o extracción) y por aplicación únicamente de calor de manera que no se
modifique la composición simple del aceite. Los aceites vírgenes son idóneos para el consumo
en su estado simple. Los aceites prensados en frío se obtienen por procedimientos mecánicos sin
aplicación de calor. Entre estos productos se incluyen, p. ej., el aceite de oliva virgen, el aceite
de semilla de algodón, el aceite de maní (cacahuete) y el vanaspati. Las mantecas vegetales se
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obtienen por hidrogenación de aceites vegetales, p. ej., manteca de aceite de palma.
02.1.3 Manteca de cerdo, sebo, aceite de pescado y otras grasas de origen animal:
Todas las grasas y aceites de origen animal deben derivar de animales que estén en buenas
condiciones de salud en el momento del sacrificio y estén destinados al consumo humano. Se
entiende por manteca de cerdo la grasa obtenida de los tejidos adiposos del cerdo. La grasa de
vacuno comestible se obtiene de los tejidos adiposos y frescos de los animales bovinos que
cubren la cavidad abdominal y rodean los riñones y el corazón, y de otros tejidos adiposos
compactos e intactos. Esta grasa fresca obtenida en el momento del sacrificio es la "grasa de
matanza". La grasa de vacuno de primera (primeros jugos u oleo stock) se obtiene fundiendo a
baja temperatura (50-55)ºC la grasa de matanza y cortes seleccionados de grasa (grasa de
recortes). La grasa de vacuno de segunda es un producto con olor y sabor típicos de la grasa de
vacuno que se obtiene fundiendo (a 60-65)ºC y purificando la grasa de vacuno. La grasa de
cerdo fundida es grasa procedente de los tejidos y huesos del cerdo. El sebo comestible (pringue)
se obtiene fundiendo los tejidos adiposos (excluida la grasa de recorte) adheridos a los músculos
y los huesos de animales bovinos u ovinos. Los aceites de pescado se obtienen de pescado
adecuado como arenques, sardinas, espadín y anchoas. Otros ejemplos son el sebo y el tejido
adiposo de la carne de vacuno o de cerdo parcialmente desgrasados.
02.1.4 Mezcla de aceites y/o grasas de origen animal y vegetal. Mezclas de las categorías 2.1.2 y
2.1.3:
Comprende las mezclas de aceites y/o grasas de origen animal y grasas y aceites comestibles de
origen vegetal.
02.2 Emulsiones grasas, principalmente del tipo agua en aceite:
Comprende todos los productos emulsionados, excluidos los productos a base de grasa similares a los
productos y postres lácteos.
02.2.1 Emulsiones con un 80 por ciento de grasa como mínimo:
Comprende todos los productos con todo su contenido graso. Los productos similares con menos
grasa figuran en la categoría 02.2.2.
02.2.1.1 Mantequilla y mantequilla
concentrada:
La mantequilla es un producto graso que consiste principalmente en una emulsión del
tipo agua en aceite, derivado exclusivamente de la leche y/o de productos obtenidos de
la leche.
02.2.1.2 Margarina y productos similares:
Se entiende por margarina el alimento en forma de emulsión del tipo agua en aceite, para
untar
o
en
forma
líquida,
obtenida
principalmente
a
partir
de
grasas
y
aceites
comestibles.
02.2.1.3 Mezclas de mantequilla y margarina:
Las mezclas mantequilla-margarina son mezclas de mantequilla (materia grasa de la
leche) y margarina (grasas y aceites comestibles).
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02.2.2 Emulsiones con menos del 80 por ciento de grasa:
Comprende los productos y emulsiones de tipo agua en aceite que contienen menos del 80% de
grasa.
Comprende productos, obtenidos principalmente a partir de agua, grasas y aceites comestibles
que no derivan únicamente de la leche. Comprende además emulsiones lácteas para untar
(productos con contenido reducido de grasa obtenidos de grasas lácteas (p. ej., grasa de leche)) y
otras emulsiones con contenido reducido de grasa obtenidas de grasas de origen animal o
vegetal.
02.3 Emulsiones grasas principalmente del tipo agua en aceite, incluidos los productos a base de
emulsiones grasas mezclados y/o aromatizados:
Comprende los productos a base de grasa similares a alimentos lácteos, excluidos los postres. La parte
grasa de estos productos se obtiene de fuentes destintas de la grasa de la leche (p. ej., grasas y aceites
vegetales). Entre estos productos se incluyen la leche compensada o sucedáneo de la leche (leche en la
que se ha sustituido la grasa, elaborada a partir del extracto seco magro de la leche con adición de grasas
vegetales (de aceite de coco, de alazor o de maíz)); la nata (crema) batida no láctea, los revestimientos
no lácteos y la nata (crema) vegetal. La mayonesa se incluye en la categoría de alimentos 12.6.1.
02.4 Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de alimentos 01.7:
Comprende los productos a base de grasa similares a los postres lácteos que figuran en la categoría 01.7.
Abarca los productos listos para el consumo y sus mezclas. Comprende además los rellenos no lácteos
para postres. Un ejemplo son los helados elaborados con grasas vegetales.
03.0 Hielos comestibles, incluidos los sorbetes:
Esta categoría comprende postres, dulces y golosinas a base de agua congelados, como el sorbete de fruta, los
helados de estilo
"italiano" y
el
helado
aromatizado. Los
postres
congelados que contengan
ingredientes
principalmente lácteos se incluyen en la categoría 01.7.
04.0 Frutas y hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y áloe vera),
algas marinas y nueces y semillas:
Esta categoría principal se divide en dos categorías: 04.1 (Frutas) y 04.2 (Hortalizas (incluidos hongos y setas,
raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas). Cada una de estas
categorías se divide a su vez en subcategorías para productos frescos y elaborados.
04.1 Frutas:
Comprende todos los productos frescos (04.1.1) y elaborados (04.1.2).
04.1.1 Frutas frescas:
La fruta fresca no contiene generalmente aditivos. Sin embargo, la fruta fresca que se recubre,
corta o pela para su presentación al consumidor puede contener aditivos.
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04.1.1.1 Frutas frescas no tratadas:
Fruta cruda que una vez recolectada se presenta fresca para su consumo.
04.1.1.2 Frutas frescas tratadas en la superficie:
Las superficies de algunas frutas frescas se recubren de glaseados o ceras o se tratan con
otros aditivos alimentarios que actúan como recubrimientos protectores y/o contribuyen
a conservar el frescor y la calidad de la fruta. Entre estos productos se incluyen las
manzanas, las naranjas, los dátiles y el longán.
04.1.1.3 Frutas frescas peladas y/o cortadas:
La fruta fresca que se presenta al consumidor cortada y pelada, p. ej., en forma de
ensalada de fruta Incluye el coco fresco rallado o en copos.
04.1.2 Frutas elaboradas:
Comprende todas las formas de elaboración que no sean pelar y cortar la fruta fresca o tratar la
parte externa de la misma.
04.1.2.1 Frutas congeladas:
Frutas que pueden pelarse o no antes de la congelación. El producto puede congelarse en
forma de zumo (jugo) o de jarabe azucarado. Ejemplos: ensalada de fruta congelada,
fresas congeladas.
04.1.2.2 Frutas desecadas:
Frutas de las que se ha eliminado el agua para impedir la proliferación microbiana.
Comprende las pieles de fruta desecadas (rollitos de fruta) preparadas secando los purés
de fruta. Entre estos productos se incluyen, p. ej., las rodajas de manzana desecadas, las
pasas de uva, el coco desecado rallado o en copos y las ciruelas pasas.
04.1.2.3 Frutas en vinagre, aceite o salmuera:
Comprende productos encurtidos como las ciruelas encurtidas, el mango encurtido, la
lima encurtida, la uva espina encurtida y la corteza de sandía encurtida. Los productos de
frutas orientales encurtidos (curados o en conserva) se denominan a veces fruta
confitada. Estos productos no son los mismos que las frutas confitadas de la
categoría
04.1.2.7 (esto es, fruta desecada y cubierta de azúcar).
04.1.2.4 Frutas en conserva, enlatadas o en frascos (pasteurizadas):
Producto completamente conservado en el que la fruta fresca se ha limpiado y envasado
en latas o
frascos
con
zumo (jugo) simple
o jarabe azucarado
(incluido
el
jarabe
edulcorado artificialmente) y se ha esterilizado térmicamente o pasterizado. Comprende
los productos elaborados en bolsas de envasado al vacío. Ejemplos: ensalada de fruta en
lata, confitura de manzana en frascos.
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04.1.2.5 Confituras, jaleas, mermeladas:
Las confituras y conservas de fruta son productos espesos para untar que se preparan
hirviendo frutas enteras o trozos de frutas, pulpa o puré de fruta, con o sin zumo (jugo)
de fruta o zumo (jugo) concentrado de fruta con azúcar para espesarlos, y a los que
pueden añadirse pectina y trozos de fruta. La jalea es un producto para untar clarificado,
preparado del mismo modo que la compota, pero que tiene una consistencia más fluida y
no contiene trozos de fruta. La mermelada es una pasta de fruta espesa y para untar
preparada con la fruta entera, la pulpa o el puré de fruta (normalmente cítricos) que se ha
hervido con azúcar para espesarla, y a la que puede añadirse pectina y trozos de fruta y
trozos de piel de fruta. Comprende los productos similares dietéticos elaborados con
edulcorantes de gran intensidad no nutritivos. Entre estos productos se incluyen, p. ej., la
mermelada de naranja, la jalea de uva y la confitura de fresa.
04.1.2.6 Productos para untar a base de fruta (p. ej., chutney), excluidos los productos
de la categoría de alimentos 04.1.2.5:
Comprende todos los demás productos para untar a base de frutas, como apple butter
o lemon curd. Comprende también productos de frutas utilizados como condimento,
como las salsas chutney de mango y de pasas.
04.1.2.7 Frutas confitadas:
Comprende las frutas glaseadas (fruta tratada con una solución de azúcar y desecada),
fruta confitada (fruta glaseada y desecada que se baña en una solución azucarada y se
seca para que quede cubierta con una corteza azucarada parecida a la de un confite) y
fruta cristalizada (fruta glaseada desecada que se pasa por azúcar de alcorza o azúcar
granulado y se deja secar). Entre estos productos se incluyen: las cerezas (marrasquino)
para cóctel, las pieles de cítricos confitadas, los limones confitados (p. ej., los utilizados
en pasteles de fruta) y la mostarda de fruta.
04.1.2.8 Preparados a base de fruta, incluida la pulpa, los purés, los revestimientos de
fruta y la leche de coco:
La pulpa de fruta no se destina generalmente al consumo directo. Es una pasta de fruta
fresca cocida ligeramente al vapor y colada, con o sin conservantes añadidos. El puré de
frutas (p. ej., puré de mango, puré de ciruela) se elabora del mismo modo, pero tiene una
textura más lisa y fina y puede utilizarse como relleno para panadería, aunque no se
limita a este uso. La salsa de fruta (p. ej., de piña o de fresa) se elabora con pulpa de
fruta hervida con o sin edulcorantes añadidos y puede contener trozos de fruta. La salsa
de fruta puede utilizarse como revestimiento de productos finos de panadería y helados.
El jarabe de fruta (p. ej., jarabe de arándano) es una forma más líquida de la salsa de
fruta
que
puede
utilizarse,
p.
ej.,
como
relleno
para
tortitas
tipo
pancake.
Los
revestimientos que no son de fruta se incluyen en la categoría 05.4 (revestimientos a
base de azúcar y chocolate) y los jarabes de azúcar (p. ej., el jarabe de arce) se incluyen
en la categoría 11.4. Se entiende por leche y crema de coco los productos preparados a
partir de una cantidad considerable de endosperma fresco (almendra) de la palma de
coco, entero, desintegrado, macerado o desmenuzado, del que se ha extraído la mayor
parte de las fibras y residuos filtrables, con o sin agua de coco o con adición de agua. La
leche
y
crema
de
coco
se
tratan
mediante
procesos
térmicos
de
pasterización,
esterilización o temperatura ultraelevada (UHT). La leche y crema de coco se pueden
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preparar
también
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concentradas
o
descremadas
(ligeras).
Entre
los
alimentos
tradicionales que se incluyen en esta subcategoría figuran los siguientes: tamarindo
concentrado (extracto limpio de la fruta del tamarindo con una cantidad de extracto seco
soluble total no inferior al 65 por ciento); tamarindo en polvo (pasta de tamarindo
mezclada
con
almidón
de
tapioca);
caramelo
de
tamarindo
(mezcla
de
pulpa
de
tamarindo, azúcar, extracto seco de la leche, antioxidantes, aromas, estabilizadores y
conservantes) y barritas de fruta (mezcla desecada de pulpa de fruta (mango, piña o
guayaba) con azúcar, aromas o conservantes, en barritas planas).
04.1.2.9 Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas de fruta:
Comprende los productos y mezclas listos para el consumo. Comprende la gelatina con
sabor a fruta, rote gruze, frutgrod, la compota de fruta, la crema de coco y el
mitsumame (postre gelatinoso a base de jalea de agar, trozos de fruta y jarabe). Esta
categoría no comprende los productos de panadería fina que contienen fruta (categorías
de alimentos 07.2.1 y 07.2.2), los hielos comestibles con aroma de fruta (categoría 03.0)
ni los postres lácteos congelados con fruta (categoría 01.7).
04.1.2.10 Productos de fruta fermentada:
Tipo de producto encurtido elaborado mediante la fermentación del ácido láctico que se
conserva en sal. Un ejemplo son las ciruelas fermentadas.
04.1.2.11 Rellenos de fruta para panadería:
Comprende los productos y mezclas listos para el consumo. Abarca todos los tipos de
rellenos, excluidos los purés (categoría 04.1.2.8). Estos rellenos contienen generalmente
fruta entera o trozos de fruta. Entre estos productos se incluyen, p. ej., el relleno para
tartas de cereza y el relleno de pasas para galletas de harina de avena.
04.1.2.12 Frutas cocidas o fritas:
Fruta que se presenta al consumidor cocida al vapor, hervida, horneada o frita, con o sin
recubrimiento. Entre estos productos se incluyen, p. ej., manzanas al horno, aros de
manzana fritos y pastelitos de melocotón (durazno), (melocotones (duraznos) al horno
recubiertos de una masa dulce).
04.2 Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y áloe vera),
algas marinas y nueces y semillas:
Comprende todos los productos frescos (04.2.1) y elaborados (04.2.2).
04.2.1 Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y áloe vera),
algas marinas y nueces y semillas frescas:
Las hortalizas frescas generalmente no contienen aditivos. Sin embargo, las hortalizas frescas que se
recubren, cortan o pelan para su presentación al consumidor pueden contener aditivos.
04.2.1.1 Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas
incluida la soja, y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas frescas no tratadas:
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Hortalizas crudas que una vez recolectadas se presentan frescas para su consumo.
04.2.1.2 Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y
áloe vera), algas marinas y nueces y semillas frescas tratadas en la superficie:
Las superficies de algunas hortalizas frescas se recubren con glaseados o ceras o se tratan con
otros
aditivos alimentarios
que
actúan
como
recubrimientos
protectores
y/o
contribuyen
a
conservar el frescor y la calidad de la hortaliza. Entre estos productos se incluyen, p. ej. los
aguacates, los pepinos, los pimientos verdes y los pistachos.
04.2.1.3 Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y
áloe vera), algas marinas y nueces y semillas frescas peladas, cortadas o desmenuzadas:
Hortalizas frescas, como las patatas crudas peladas, que se presentan al consumidor para que las
cocine en el hogar (p. ej., en la preparación de patatas doradas).
04.2.2 Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas [incluida la
soja] y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas elaboradas:
Comprende todas las formas de elaboración que no sean pelar, cortar las hortalizas frescas o tratar la
parte externa de las mismas.
04.2.2.1 Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y
áloe vera), algas marinas y nueces y semillas congeladas:
Hortalizas frescas normalmente peladas y congeladas. Entre estos productos se incluyen, p. ej.,
el
maíz
congelado
rápidamente,
las
patatas
fritas
congeladas
rápidamente,
los
guisantes
congelados rápidamente y los tomates elaborados enteros congelados rápidamente.
04.2.2.2 Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y
áloe vera), algas marinas y nueces y semillas desecadas:
Productos en los que el contenido simple de agua se ha reducido para que sea inferior al nivel
crítico de proliferación de microorganismos, sin afectar a los nutrientes importantes. El producto
puede requerir o no rehidratación antes del consumo. Entre estos productos se incluyen las
hortalizas en polvo que se obtienen desecando el
zumo (jugo),
p. ej., tomate
en polvo y
remolacha en polvo. Ejemplos: copos de patatas desecadas y lentejas desecadas. Entre los
productos
desecados
orientales
pueden
citarse
la
laminaria
desecada
(fucácea,
kombu),
la
laminaria desecada con condimentos (shio-kombu), las algas marinas desecadas (tororokombu),
las tiras de calabaza desecadas (kampyo), las algas comestibles (laver) desecadas (nori) y las
algas desecadas de la familia de laminariáceas (wakame).
04.2.2.3 Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y
áloe vera) y algas marinas en vinagre, aceite, salmuera o salsa de soja:
Productos preparados tratando las hortalizas crudas con una solución de sal con exclusión de los
productos
fermentados
de
soja.
Las
hortalizas
fermentadas,
que
son
un
tipo
de
producto
encurtido, se clasifican en la categoría 04.2.2.7. Los productos fermentados de soja se clasifican
en
la
Categoría
12.10. Entre
estos
productos
se
incluyen:
la
col
encurtida,
los
pepinillos
encurtidos, las aceitunas, las cebollas encurtidas, las setas en aceite, los cogollos de alcachofa
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marinados,
achar
y
picalilli.
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Entre
las
hortalizas
encurtidas
al
estilo
oriental
figuran
las
siguientes: tsukemono, como hortalizas encurtidas con salvado de arroz (nuk-zuke), hortalizas
encurtidas en koji (koji-zuke), hortalizas encurtidas en sake (kasu-zuke), hortalizas encurtidas en
miso (miso-zuke) hortalizas encurtidas en salsa de soja (shoyu-zuke), hortalizas encurtidas en
vinagre (su-zuke) y hortalizas encurtidas en salmuera (shio-zuke). Otros ejemplos son: jengibre
encurtido, ajo encurtido y chile (ají) encurtido.
04.2.2.4 Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y
áloe vera)
y algas marinas en conserva, en latas o frascos (pasteurizadas)
o en bolsas de
esterilización:
Productos completamente conservados en los que las hortalizas frescas se limpian y se ponen en
latas o frascos con líquido (p. ej., en salmuera, agua, aceite o salsa) y se esterilizan térmicamente
o se pasteurizan. Entre estos productos se incluyen, p. ej., las castañas en lata, el puré de castañas
en lata, los espárragos envasados en frascos de vidrio, los frijoles enlatados y cocidos, la pasta de
tomate en lata (con baja acidez) y los tomates en lata (en trozos o enteros).
04.2.2.5 Purés y preparados para untar elaborados con hortalizas (incluidos hongos y setas,
raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas (p.
ej., la mantequilla de maní (cacahuete)):
Los
purés
de
hortalizas
son
pastas
finamente
dispersas
preparadas
a
base
de
hortalizas
concentradas, que pueden haberse tratado antes térmicamente (p. ej., mediante vapor). Estas
pastas pueden filtrarse antes del envasado. Los purés contienen una cantidad menor de extracto
seco que las pastas que figuran en la categoría 04.2.2.6. Entre estos productos se incluyen, p. ej.,
el puré de tomate, la mantequilla de maní (cacahuete) (pasta para untar elaborada con maní
(cacahuete) tostado y molido con adición de aceite de maní (cacahuete), otras mantequillas de
nueces (p. ej., la mantequilla de anacardo) y la mantequilla de calabaza.
04.2.2.6
Pulpas y
preparados de hortalizas
(incluidos hongos y
setas,
raíces y
tubérculos,
legumbres y leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas (p. ej., los postres y las
salsas a base de hortalizas y hortalizas confitadas) distintos de los indicados en la categoría de
alimentos 04.2.2.5:
Las pastas y pulpas de hortalizas se preparan de la misma manera que se indica para los purés
vegetales (categoría 04.2.2.5). Sin embargo, las pastas y pulpas tienen un contenido superior de
extracto seco y se utilizan normalmente como componentes de otros alimentos (p. ej., en salsas).
Entre estos productos se incluyen los siguientes: pulpa de patata, pulpa de rábano picante,
extracto de áloe, salsa (p. ej., tomate troceado, cebolla, pimientos, especias y hierbas), pasta
dulce de frijoles rojos (an), pasta dulce de granos de café (rellenos), pasta de tomate, pulpa de
tomate,
salsa
de
tomate,
jengibre
cristalizado
y
postre
de
hortalizas
a
base
de
frijoles
(namagashi).
04.2.2.7 Productos a base de hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres
y leguminosas y áloe vera) y algas marinas fermentadas, excluidos los productos fermentados de
soja de la categoría 12.10:
Se entiende por hortalizas fermentadas el producto encurtido formado por la acción de bacterias
del ácido láctico, generalmente en presencia de sal. Los productos tradicionales orientales de
hortalizas fermentadas se preparan secando las hortalizas al aire y dejándolas a temperatura
ambiente para que proliferen los microorganismos; a continuación, las hortalizas se guardan
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herméticamente en un ambiente anaeróbico y se les añade sal (para generar ácido láctico),
especias y condimentos. Entre estos productos se incluyen la pasta de pimiento rojo, productos
de hortalizas fermentadas (algunos tsukemono que no se incluyen en la categoría 04.2.2.3), el
kimchi (preparación de col china y hortalizas fermentadas) y la sauerkraut (col fermentada). Se
excluyen los productos fermentados de soja (por ej. Natto, queso de soja y salsa fermentada de
soja) que figuran en la categoría 12.10.
04.2.2.8 Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y
áloe vera) y algas marinas cocidas o fritas:
Hortalizas que se presentan al consumidor cocidas al vapor, hervidas, cocidas al horno o fritas,
con o sin recubrimiento. Entre estos productos se incluyen los siguientes: frijoles cocidos a
fuego
lento,
patatas
(papas)
prefritas,
gombo
frito
y
hortalizas
cocidas
en
salsa
de
soja
(tsukudani). 05.0 Confitería: Comprende todos los productos de cacao y chocolate (05.1), otros
productos de confitería (05.2), goma de mascar (05.3) y decoraciones y glaseados (05.4).
05.0 Confitería
05.1 Productos de cacao y chocolate, incluidos los productos de imitación y sucedáneos del chocolate:
Esta categoría se ha subdividido para dar cabida a la variedad de productos a base de cacao y chocolate
normalizados y no normalizados.
05.1.1 Mezclas de cacao (en polvo) y cacao en pasta/torta de cacao:
Comprende una variedad de productos que se utilizan en la elaboración de otros productos de
chocolate o en la preparación de bebidas a base de cacao. La mayoría de los productos de cacao
tienen su origen en la almendra de cacao descortezada, que se obtiene de los granos de cacao
limpio y descascarillado. El cacao en pasta se obtiene mediante la desintegración mecánica de la
almendra de cacao descortezada. Según el producto acabado de chocolate que se desee obtener,
la almendra de cacao descortezada o el cacao en pasta pueden someterse a un proceso de
alcalinización que suavice el sabor. El polvo de cacao es el cacao descascarillado que se obtiene
durante el aventamiento y la eliminación de gérmenes. El cacao en polvo se obtiene reduciendo
el contenido de grasa del cacao en pasta o licor de cacao mediante el prensado (incluido el
prensado con expulsor) y el moldeado en una torta prensada de cacao. La torta prensada de
cacao se desmenuza y se muele hasta conseguir cacao en polvo. El licor de cacao es una pasta
fluida homogénea producida a partir de la almendra de cacao descortezada, tostada, desecada,
desmenuzada y molida. Las mezclas de cacao y azúcar contienen solamente cacao en polvo y
azúcar. El chocolate en polvo para bebidas se elabora a base de licor de cacao o cacao en polvo y
azúcar, y se le pueden añadir aromas (p. ej., vainillina). Entre estos productos se incluyen los
siguientes: chocolate en polvo para bebidas; cacao para el desayuno; polvo de cacao (fino),
almendras de cacao descortezadas, pasta y torta de cacao; licor de chocolate; mezclas de cacao
(en polvo para preparar la bebida caliente); mezcla de cacao y azúcar y mezclas secas para
dulces a base de cacao y azúcar. Las bebidas de cacao y la leche con chocolate acabadas se
incluyen en la categoría 01.1.2; la mayoría de los productos de chocolate acabados se incluyen
en la categoría 05.1.4.
05.1.2 Mezclas de cacao (jarabes):
Productos que pueden producirse añadiendo amilasa bacteriana al licor de cacao. La enzima
evita que el jarabe se espese o se deposite, mediante la solubilización y dextrinización del
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almidón del cacao. Comprende productos como el jarabe de chocolate utilizado para preparar
leche chocolatada o chocolate caliente. El
jarabe de chocolate
es diferente
de la salsa de
chocolate (p. ej. para los helados sundae) que figura en la categoría 05.4.
05.1.3 Productos para untar a base de cacao, incluidos los rellenos a base de cacao:
Productos en los que el cacao se mezcla con otros ingredientes (generalmente a base de grasas) a
fin de preparar una pasta para untar que se utiliza para extender en el pan o como relleno de
productos de panadería fina. Entre estos productos se incluyen, p. ej., la manteca de cacao, los
rellenos para bombones y chocolatinas, el relleno para tartas de chocolate y las pastas para untar
pan a base de chocolate con nueces (producto del tipo
Nutella).
05.1.4 Productos de cacao y chocolate:
El chocolate se produce a partir de la almendra de cacao descortezada, cacao en pasta, tortas
prensadas de cacao, cacao en polvo o licor de cacao con o sin azúcar añadido, manteca de cacao,
sustancias aromatizantes o saborizantes e ingredientes optativos (p. ej., nueces). Esta categoría es
para el chocolate de acuerdo a la definición de la Norma del Codex para el chocolate y los
productos de chocolate (Codex stan 87-1981), y para la confitería ue utiliza chocolate que
cumple con la norma y puede contener otros ingredientes, por ejemplo, las nueces y las frutas
cubiertos de chocolate (como las pacitas). Esta categoría solo comprende la porción de chocolate
de cualquier
dulce que corresponda a la categoría de alimenyos 05.2. algunos ejemplos son: los
bombones, los dulces de manteca de cacao (compuestos de manteca de cacao, sólidos de leche y
azúcar), el chocolate blanco, el chocolate como revestimiento, el chocolate recubierto de azúcar
o con decoraciones de colores, el chocolate relleno (chocolate con una textura distinta en el
interior
y
un
recubrimiento
externo,
excluidos
la
confitería
de
harina
y
los
productos
de
pastelería fina de las categorías 07.2.1 y 07.2.2), y el chocolate con ingredientes comestibles
añadidos. Esta categoría no incluye las nueces recubiertas de yogurt, cereales o miel (categoría
15.2).
05.1.5 Productos de imitación y sucedáneos del chocolate:
Comprende los productos similares al chocolate que pueden estar elaborados o no a base de
cacao pero que tienen propiedades organolépticas parecidas, como las pepitas de algarroba y los
productos a base de cacao que contienen mas del 5% de grasa vegetal (distintas de la manteca de
cacao) que no corresponde a la Norma del Codex para el
chocolate y los productos del
chocolate (CODEX STAN 87-1981). Estos productos similares al chocolate pueden contener
otros ingredientes optativos y pueden incluir confitería rellena, como el chocolate compuesto,
chocolate compuesto aromatizado y pigmentado, revestimiento de chocolate compuesto y nueces
y fruta recubierta de sucedáneos de chocolate (p. ej., pacitas). Esta categoría solo incluye la
porción de sucedáneos del chocolate de cualquier dulce que corresponde a la categoría de
alimentos 5.2.
05.2 Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1, 05.3 y 05.4, incluidos los
caramelos duros y blandos, los turrones, etc.:
Comprende
todos los
tipos de
productos
que contienen
principalmente
azúcar
y
sus
equivalentes
dietéticos fabricados con edulcorantes nutritivos o no nutritivos. Incluye los caramelos duros (05.2.1),
los caramelos blandos (05.2.2) y los turrones y productos de mazapán (05.2.3)
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0.5.2.1. Caramelos duros:
Productos elaborados con agua y azúcar (jarabe simple), colorantes y aromatizantes, que pueden
tener o no un relleno, sus equivalentes dietéticos y productos que pueden contener o no cacao.
Incluyen pastillas y tabletas (caramelos a base de azúcar laminados, con formas y rellenos).
También incluye la halva de tahini y especialidades orientales como el dulce de pastas de frijoles
(yokan) y la pasta de agar para el mitsumame.
Estos
tipos
de
productos
se
pueden
usar
como
rellenos
para
productos
de
chocolate
que
corresponden a las categorías de alimentos 05.1.4 y 05.1.5
05.2.2 Caramelos blandos:
Esta categoría comprende productos blandos masticables a base de azúcar como caramelos que
contienen jarabe de azúcar, grasas, colorantes y aromatizantes y sus equivalente dietéticos,
caramelos a base de gelatina (por ej. gominolas en forma de judía, pasta de fruta gelatinizada
recubierta de azúcar, fabricada con azúcar, gelatina, pectina, colorantes y aromatizantes); y
yokan) y la
regaliz. También incluye especialidades orientales como la gelatina de frijoles dulce (
gelatina de agar para el
Estos
mitsumame.
tipos de productos se pueden utilizar
como rellenos en
productos
de chocolate
que
corresponden a las categorías de alimentos 05.1.4 y 05.1.5
05.2.3 Turrón y mazapán:
El turrón consiste en nueces tostadas y trituradas, azúcar y cacao y sus equivalentes dietéticos,
puede consumirse solo o utilizarse como relleno para productos de chocolate que correspondan a
las categorías de alimentos 05.1.4 y 05.1.5. El mazapán es un dulce elaborado con pasta de
almendras y azúcar y sus equivalentes, que puede moldearse y colorearse para el consumo
directo o bien emplearse
como relleno en productos de chocolate
que correspondan a las
categorías de alimentos 05.1.4 y 05.1.5.
05.3 Goma de mascar:
Producto a base de goma simple o sintética que contiene saborizantes, edulcorantes (nutritivos o no
nutritivos), aromatizantes y otros aditivos. Comprende el chicle de globos y los productos de goma para
refrescar el aliento.
05.4 Decoraciones (p. ej., para productos de pastelería fina), revestimientos (que no sean de fruta) y
salsas dulces:
Comprende glaseados y escarchados listos para el consumo, para pasteles, galletas, tartas y pan y
repostería a base de harina, así como combinaciones de estos productos. Incluye también recubrimientos
a base de azúcar y chocolate para productos al horno. Las salsas dulces y los revestimientos comprenden
la salsa de caramelo (butterscotch) que se utiliza, p. ej., en los helados. Estas salsas dulces son
diferentes de los jarabes (p. ej., el de arce, de caramelo y los jarabes aromatizados para la pastelería fina
y los sorbetes) incluidos en la categoría 11.4. Los revestimientos a base de fruta se incluyen en la
categoría 04.1.2.8. La salsa de chocolate se incluye en la categoría 05.1.2.
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06.0 Cereales y productos a base de cereales, derivados de granos de cereales, de raíces y tubérculos, legumbres
y leguminosas, excluidos los productos de panadería de la categoría de alimentos 07.0:
Incluye formas no elaboradas (06.1) y distintas formas elaboradas de cereales y productos a base de cereales.
06.1 Granos enteros, triturados o en copos, incluido el arroz:
Incluye cereales y granos enteros, descascarillados y no elaborados. Son ejemplos de los productos de
esta categoría: la cebada, el maíz, el lúpulo (para fabricar cerveza), la avena, el arroz (incluido el arroz
enriquecido, instantáneo y sancochado), el sorgo, la soja y el trigo.
06.2 Harinas y almidones:
Incluye los productos molidos básicos obtenidos de granos de cereales, raíces, tubérculos, legumbres o
leguminosas vendidos como tales o utilizados como ingredientes (p. ej., en productos horneados).
06.2.1 Harinas:
La harina se obtiene de la molturación de granos, cereales y tubérculos (p. ej., la yuca). Esta
categoría comprende las pastas de harina para pan y para tortas, galletas y pasteles, harina para
pan, repostería, fideos y pastas y mezclas de harinas (mezclas de harinas de distintos cereales o
granos), que son diferentes de las mezclas para productos de panadería (mezclas secas que
contienen harina y otros ingredientes, categorías 07.1.6 (mezclas para productos de panadería
ordinaria) y categoría 07.2.3 (mezclas para panadería fina). Ejemplos de estos productos son:
harina de trigo duro, harina leudante, harina enriquecida, harina instantánea, harina de maíz,
salvado, fécula de patata, harina de soja tostada (kinako), harina de «konjac» (gelatina en polvo
de lengua del diablo, konnayaku-ko) y
maida (harina de trigo refinada).
06.2.2 Almidones:
El almidón es un polímero de glucosa presente en forma granular en determinadas especies
vegetales, sobre todo en semillas (por ejemplo) de cereales, legumbres, maíz, trigo, arroz,
frijoles, guisantes) y tubérculos (por ejemplo, tapioca, patata). El polímero consta de unidades de
anhidro
- D-glucosa unidas. El almidón simple se separa mediante procesos específicos para
cada materia prima.
06.3 Cereales para el desayuno, incluidos los copos de avena:
Incluye todos los productos de cereales listos para el consumo, instantáneos, y los utilizados
normalmente
en
desayunos
calientes.
Ejemplos
de
estos
productos
son:
cereales
para
el
desayuno tipo Granola, harina de avena instantánea, fécula de patata, copos de maíz, trigo o
arroz hinchado, cereales mixtos para el desayuno (p. ej., arroz, trigo y maíz), cereales para el
desayuno elaborados con soja o salvado y cereales para el desayuno extruidos elaborados con
harina o granos de cereales en polvo.
06.4 Pastas y fideos y productos similares (p. ej., fécula de arroz en hojas, vermicelli de arroz,
pastas y fideos de soja):
En
su
34ª
reunión,
el
CCFAC
revisó
esta
categoría
de
alimentos
tal
y
como
figura
a
continuación, en el entendimiento de que en las pastas y fideos deshidratados se necesitarían
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muy pocos o ningún aditivo. Incluye todas las pastas, los fideos y productos similares.
06.4.1 Pastas y fideos frescos y productos similares:
Productos que no están tratados (esto es, no están calentados, hervidos, cocidos al vapor,
cocidos, pregelatinizados o congelados) ni deshidratados. Se destinan al consumo poco
después de su preparación. Entre estos productos se incluyen: fideos sin hervir y masa
o corteza para rollitos de primavera, wontons y shuo mai.
06.4.2 Pastas y fideos deshidratados y productos similares:
Productos que no están tratados (esto es, que no están calentados, hervidos, cocidos al
vapor, cocidos, pregelatinizados o congelados) y que están deshidratados. Ejemplos de
estos
productos
son
los
siguientes:
formas
desecadas
de
espaguetis,
vermicelli
de
frijoles, vermicelli de arroz, macarrones y fideos de arroz.
06.4.3 Pastas y fideos precocidos y productos similares:
Productos que están tratados (es decir, calentados, hervidos, cocidos al vapor, cocidos,
pregelatinizados
consumidor
(p.
o
congelados).
ej.,
ñoquis
Estos
precocidos
productos
y
pueden
enfriados
que
venderse
deben
directamente
calentarse
antes
al
del
consumo) o pueden ser el componente amiláceo de comidas preparadas (p. ej., platos
principales congelados que deben calentarse para servir y que contienen espaguetis,
macarrones o fideos; espaguetis en lata y platos principales de albóndigas). También se
incluyen los fideos instantáneos (sokuseki-men; p. ej., ramen precocido, udon, fideos de
arroz),
que
están
pregelatinizados
y
se
calientan
y
secan
antes
de
venderlos
al
consumidor.
06.5 Postres a base de cereales y almidón (p. ej., pudines de arroz, pudines de mandioca):
Postres que contienen como ingrediente principal cereales, almidón o granos. Se incluyen también los
rellenos para postres a base de cereales o almidón. Ejemplos de estos productos son: el pudín de arroz, el
pudín de sémola, el pudín de tapioca, las bolas de harina de arroz (dango), un postre de pasta de harina
de trigo fermentada con levadura y cocida al vapor (musipan) y un pudín a base de almidón (namagashi)
que se consume como postre.
06.6 Mezclas batidas para rebozar (p. ej., para empanar o rebozar pescado o carne de aves de corral):
Productos que contienen cereales o granos en copos o molidos que se combinan con otros ingredientes
(p. ej., huevos, agua, leche) y se utilizan para recubrir pescado o aves de corral. Estos productos se
suelen vender en forma de mezcla seca del componente de cereal o grano. Entre ellos se incluye la
mezcla para rebozar tempura. Las masas (p. ej., para empanar) figuran en la categoría de alimentos
07.1.4, y otras mezclas (p. ej., para pan o tortas) en las categorías 07.1.6 y 07.2.3 respectivamente.
06.7 Tortas de arroz (sólo del tipo oriental):
Productos preparados con arroz remojado, escurrido, cocido al vapor y amasado en forma de tortas (p.
ej., el mochi japonés y el teuck coreano). Los aperitivos elaborados con granos de arroz, llamados
también «tortas de arroz» se clasifican en la categoría 15.1, y las tortas de arroz para postre en la
categoría 06.5. La categoría 06.7 comprendería también los productos de arroz elaborado y de arroz
enriquecido, tales como los productos precocidos que se venden en lata, refrigerados o congelados; y los
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productos de arroz elaborado vendidos en bolsas de esterilización. El objeto es distinguir esta categoría
de la del apartado 06.1 (granos enteros, triturados o en copos, incluido el arroz) que debe contener
solamente cereales y granos enteros, descascarillados y no elaborados.
06.8 Productos a base de soja (excluidos los productos de la categoría de alimentos 12.9 y los productos
fermentados de soja de la categoría 12.10):
Comprende frijoles de soja congelados y desecados, frijoles de soja cocidos o fritos, etc.
07.0 Productos de panadería:
Incluye las categorías relativas al pan y los productos de panadería ordinaria (07.1) y los productos de panadería
fina dulces, salados y aromatizados (07.2).
07.1 Pan y productos de panadería ordinaria:
Incluye todos los tipos de productos de panadería que no son dulces y los productos derivados del pan.
07.1.1 Panes y panecillos:
Incluye los panes leudados con levadura, los panes especiales y el pan leudado con bicarbonato.
Ejemplos de estos productos son: el pan blanco, el pan de centeno, el pan pumpernickel, el pan
con
pasas,
el
pan
de
trigo
entero,
el
pan
francés,
el
pan
de
malta,
los
panecillos
para
hamburguesas, los panecillos de trigo integral y los panecillos de leche.
07.1.1.1 Pan leudado con levadura y panes especiales:
Incluye todos los tipos de productos de panadería que no son dulces y los productos
derivados del pan. Ejemplos de estos productos son: el pan blanco, el pan de centeno, el
pan pumpernickel, el pan con pasas, el pan de trigo entero, el pan francés, el pan de
malta, los panecillos para hamburguesas, los panecillos de trigo integral y los panecillos
de leche.
07.1.1.2 Pan leudado con bicarbonato:
Comprende los panes leudados con bicarbonato.
07.1.2 Crackers, excluidos los crackers dulces:
El término cracker se refiere a una galleta fina y crujiente normalmente elaborada con una
masa sin endulzar. Los cracker aromatizados (p. ej., con sabor a queso) que se consumen
como aperitivos figuran en la categoría 15.1. Ejemplos de estos productos son: los crackers
leudados con bicarbonato, las tostadas de centeno y matzohs.
07.1.3 Otros productos de panadería ordinaria (p. ej., bagels, pita, muffins ingleses, etc.):
Comprende todos los demás productos de panadería ordinaria, como el pan de maíz y las
galletas. El término «galleta» de esta categoría se refiere a una torta pequeña de pan friable,
fermentada con levadura o bicarbonato de soda. No se refiere a los biscuit ingleses, que son
galletas o crackers dulces de la categoría 07.2.1.
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07.1.4 Productos similares al pan, incluidos los rellenos a base de pan y el pan rallado:
Incluye productos a base de pan como los picatostes, los rellenos a base de pan y mezclas para
rellenos, y las masas preparadas (p. ej., para galletas). Las mezclas de pan se incluyen en la
categoría de alimentos 07.1.6.
07.1.5 Panes y bollos dulces al vapor:
Productos de trigo o arroz fermentados al estilo oriental, cocidos al vapor. Pueden tener o no
relleno. En China, los productos sin relleno se llaman pan al vapor (mantou) y los que tienen
relleno bollos al vapor (baozi o bao). Se pueden preparar
también bollos enrollados de
distintas formas (huajuan). Ejemplos: bolas rellenas y bollos al vapor con relleno de carne,
mermelada u otros rellenos (manjyu).
07.1.6 Mezclas para pan y productos de panadería ordinaria:
Incluye todas las mezclas que contienen los ingredientes secos a los que se añaden ingredientes
húmedos (por
productos
ejemplo, agua, leche, aceite, mantequilla, huevos) para preparar la masa de
de panadería
comprendidos en
las
categorías de alimentos
07.1.1
a
07.1.5.
Por
ejemplo, las mezclas para pan francés, pan chato, panettone o ciabatta, entre otras. Las mezclas
para productos de panadería fina (p. ej. tartas, galletas, tortitas o panqueques) figuran en la
categoría 07.2.3
07.2 Productos de panadería fina (dulces, salados, aromatizados) y mezclas:
Comprende subcategorías de productos listos para el consumo (07.2.1 y 07.2.2), así como mezclas
(07.2.3) para preparar productos de panadería fina.
07.2.1 Tortas, galletas y pasteles (p. ej., rellenos de fruta o crema):
Los términos cracker dulce o galleta dulce utilizados en esta categoría se refieren a un
producto tipo galleta que puede comerse como postre. Ejemplos de estos productos son los
siguientes: galletas de mantequilla, tarta de queso, barritas de cereales rellenas de fruta, bizcocho
sencillo (incluido kasutera), bizcocho (tipo de postre con fécula (namagash)), western cakes,
moon cakes, pastelitos, pasteles rellenos de fruta (p. ej., pastel de manzana), galletas de harina de
avena, galletas de azúcar y biscuits ingleses (galletas o crackers dulces).
07.2.2 Otros productos de panadería fina (p. ej., donuts, panecillos dulces, scones (bollos
ingleses) y muffins):
Incluye productos que pueden consumirse como postre o desayuno. Entre ellos se incluyen los
siguientes: tortitas o panqueques, gofres, bollos dulces rellenos (anpan), pastas danesas, gofres o
cucuruchos para helados, panadería a base de harina, dulce de bizcocho borracho tipo trifles.
07.2.3 Mezclas para panadería fina (p. ej., tortas, tortitas o panqueques):
Mezclas que contienen ingredientes secos a los que se añaden ingredientes húmedos (p. ej., agua,
leche, aceite, mantequilla, huevos) para preparar la masa del producto de panadería fina. Entre
éstas se incluyen la mezcla para pan, mezcla para tortas, mezcla para dulces a base de harina,
mezcla para tortitas o panqueques, mezcla para pasteles y mezcla para gofres. La masa preparada
figura en la categoría de alimentos 07.1.4. Las mezclas para productos de panadería ordinaria (p.
ej., pan) se incluyen en la categoría 07.1.6.
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08.0 Carne y productos cárnicos, incluidos los de aves de corral y caza:
Esta categoría incluye todos los tipos de productos cárnicos, de aves de corral y caza, en piezas y cortados o
picados, frescos (08.1) y elaborados (08.2 y 08.3).
08.1 Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza:
Los productos frescos no suelen contener aditivos. Sin embargo, en algunas circunstancias los aditivos
son necesarios. P. ej., en los sellos de certificación que se estampan sobre la superficie de los cortes de
carne fresca se utilizan colores que se indican en el SCA con la anotación para señalar o marcar.
Además, antes de su comercialización para el consumo se pueden recubrir los productos de carne con
glaseados o especias (p. ej., jamón glaseado y pollo para asar a la parrilla). En el SCA, esto se señala con
la anotación para utilizar como glaseado o recubrimiento (tratamiento de superficie). Se debe señalar
que los recubrimientos comercializados como tales se incluyen en las categorías de alimentos 04.1.2.8
(escarchados de fruta, p. ej., para jamón) y 12.2 (aderezos con especias).
08.1.1 Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza en piezas enteras o en cortes:
Canales y cortes de carne, cruda no tratada incluida la de aves de corral y caza. Entre estos
productos se incluyen: canales de vacuno y de cerdo; sangre fresca de vacuno; pollos frescos
enteros y en partes; cortes de carne de vacuno fresca (p. ej., filetes); órganos de vacuno (p. ej.,
corazón, riñones); tripa fresca; y costillas de cerdo.
08.1.2 Carne fresca picada, incluida la de aves de corral y caza:
Carne
cruda
y
no
tratada
incluida
la
de
aves
de
corral
y
caza,
picada
o
deshuesada
mecánicamente. Ejemplos de estos productos son: carne de vacuno fresca (hamburguesas);
boerewors; salchichas frescas para el desayuno; gehackt (carne picada); longaniza (salchicha
fresca sin curar); albóndigas frescas; piezas de aves de corral deshuesadas mecánicamente,
trituradas y moldeadas (empanadas o recubiertas, o sin empanar ni recubrir); y salchichas frescas
(p. ej., de vacuno, italianas y de cerdo).
08.2 Productos cárnicos, de aves de corral y caza elaborados, en piezas enteras o en cortes:
Abarca varios tratamientos para los cortes de carne no tratados térmicamente (08.2.1) y para los cortes
de carne tratados térmicamente (08.3.2).
08.2.1 Productos cárnicos, de aves de corral y caza elaborados sin tratar térmicamente, en piezas
enteras o en cortes:
Esta categoría comprende varios métodos de tratamiento (p. ej., curado, salazón, secado y
encurtido) que conservan la carne y prolongan su duración en el almacenamiento.
08.2.1.1. Productos cárnicos, de aves de corral y caza elaborados, curados (incluidos los
salados) y sin tratar térmicamente, en piezas enteras o en cortes:
Los productos salados se tratan con cloruro de sodio. Los productos curados en seco
(encurtidos en seco) se preparan frotando directamente la superficie de la carne con sal.
Los productos curados encurtidos en líquido se preparan sumergiendo la carne en una
solución
de
salmuera.
Los
productos
curados
por
bombeo
se
preparan
inyectando
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salmuera
en la
carne.
El
curado puede realizarse
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también
agregando aditivos.
Los
productos ahumados se incluyen también en esta categoría. Ejemplos de estos productos
son los siguientes: tocino (curado, curado en seco, curado por inmersión, curado por
bombeo); tocino de los flancos; corned beef; carne de vacuno marinada; y diferentes
tipos de productos encurtidos orientales: carne encurtida con miso (miso-zuke), carne
encurtida con koji (koji-zuke) y carne encurtida con salsa de soja (shoyu-zuke).
8.2.1.2. Productos cárnicos, de aves de corral y caza elaborados, curados (incluidos los
salados), desecados y sin tratar térmicamente, en piezas enteras o en cortes:
Los cortes de carne pueden curarse o salarse como se describe en la categoría 08.2.1.1 y,
a continuación, secarse, o bien secarse solamente. El secado se realiza con aire caliente o
al vacío. Entre estos productos se incluyen los siguientes: cerdo salado y desecado, carne
deshidratada como relleno, jamón ibérico y jamón tipo prosciutto.
08.2.1.3 Productos cárnicos, de aves de corral y caza elaborados, fermentados y sin tratar
térmicamente, en piezas enteras o en cortes:
Los productos fermentados son un tipo de producto encurtido que se obtiene mediante la
acción de las bacterias del ácido láctico en presencia de sal. Ejemplos de estos productos
son: carne de vacuno aderezada, manitas de cerdo encurtidas (fermentadas).
08.2.2 Productos cárnicos, de aves de corral y caza elaborados tratados térmicamente, en piezas
enteras o en cortes:
Comprende los cortes de carne cocidos (incluidos los curados y cocidos, y los secados y
cocidos), tratados térmicamente (incluidos los esterilizados) y enlatados. Ejemplos de estos
productos son: el jamón curado y cocido; el lomo de cerdo curado y cocido; la carne de pollo en
lata; y las piezas de carne hervidas en salsa de soja (tsukudani).
08.2.3 Productos cárnicos, de aves de corral y caza elaborados, congelados, en piezas enteras o
en cortes:
Incluye los cortes de carne crudos y cocidos que se han congelado. Ejemplos de estos productos
son: los pollos enteros congelados, las piezas de pollo congeladas y los filetes de vacuno
congelados.
08.3 Productos cárnicos, de aves de corral y de caza picados elaborados:
Comprende varios tratamientos para los productos no tratados térmicamente (08.3.1) y para los tratados
térmicamente (08.3.2).
08.3.1 Productos cárnicos, de aves de corral y caza picados y elaborados sin tratar térmicamente:
Esta categoría incluye varios métodos de tratamiento (p. ej., adobar, salar, secar y encurtir) que
conservan la carne y prolongan la duración en el almacenamiento de los productos en cuestión.
08.3.1.1 Productos cárnicos, de aves de corral y caza picados y elaborados, curados
(incluidos los salados) y sin tratar térmicamente:
Los productos salados se tratan con cloruro de sodio. Los productos curados en seco
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(encurtidos en seco) se preparan frotando directamente la superficie de la carne con sal.
Los productos curados encurtidos en líquido se preparan sumergiendo la carne en una
solución
salmuera
de
salmuera.
en la
carne.
Los
El
productos
curados
por
curado puede realizarse
bombeo
también
se
preparan
inyectando
agregando aditivos.
Los
productos ahumados se incluyen también en esta categoría. Ejemplos de estos productos
son: chorizo, productos
tipo salami, salchichón, tocino (salchicha fresca o curada),
salchichón a la pimienta, salchicha ahumada.
08.3.1.2 Productos cárnicos, de aves de corral y caza picados y elaborados, curados
(incluidos los salados) y secos y sin tratar térmicamente:
Los productos picados o deshuesados mecánicamente pueden curarse o salarse, como se
describe en la categoría 08.3.1.1, y, a continuación, secarse, o bien secarse solamente. El
secado
se
realiza
con
aire
caliente
o
al
vacío.
Ejemplos
de
estos
productos
son:
pasturmas, embutidos secos, embutidos curados y secados, cecina de vacuno, salchichas
chinas (incluida la salchicha de cerdo tradicional curada o ahumada), sobrasada.
08.3.1.3 Productos cárnicos, de aves de corral y caza picados y elaborados, fermentados
y sin tratar térmicamente:
Los productos fermentados son un tipo de producto encurtido que se obtiene mediante la
acción de las bacterias del ácido láctico en presencia de sal. Algunos tipos de embutidos
pueden estar fermentados.
08.3.2 Productos cárnicos, de aves de corral y caza picados, elaborados y tratados térmicamente:
Incluye los productos picados cocidos (incluidos los curados y cocidos, y los secos y cocidos), tratados
térmicamente (incluida la esterilización) y enlatados. Entre estos productos se incluyen: hamburguesas
de vacuno preparadas para la parrilla; foie gras y patés; carne en gelatina; carne picada cocida y curada;
tsukudani);
carne picada hervida en salsa de soja (
corned beef en lata; fiambre en conserva; pastas de
carne; hamburguesas de carne cocida; productos cocidos tipo salami; albóndigas cocidas; salchichas de
Estrasburgo; salchichas para desayuno; salchichas para tostar y servir; y terrinas (mezcla de carne picada
y cocida).
08.3.3 Productos cárnicos, de aves de corral y caza picados, elaborados y congelados:
Esta categoría incluye los productos cárnicos picados o deshuesados mecánicamente, crudos o cocidos
total o parcialmente, que se han congelado. Ejemplos de estos productos son: hamburguesas congeladas;
barritas de pollo empanadas o rebozadas y congeladas.
08.4 Tripas comestibles (p. ej., para embutidos):
Tripas o tubos elaborados con colágeno, celulosa o material sintético de calidad alimentaria, o bien de
origen simple (p. ej., intestinos de cerdo o de cordero) que contienen la mezcla del embutido.
09.0 Pescado y productos pesqueros, incluidos moluscos, crustáceos, y equinodermos:
Esta amplia categoría se subdivide en categorías para el pescado fresco (09.1) y para diversos productos
pesqueros elaborados (09.2-09.4). Se incluyen en ella los vertebrados acuáticos (pescado y mamíferos acuáticos
(p. ej., ballenas)) y los invertebrados acuáticos (p. ej., medusas), así como los moluscos (p. ej., almejas y
caracoles), los crustáceos (p. ej., camarones cangrejos, langostas) y los equinodermos (p. ej., erizos de mar,
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cohombros de mar). Los productos pesqueros se pueden recubrir, p. ej. con glaseados o con especias, antes de su
comercialización para el consumo (p. ej., filetes de pescado congelados y glaseados). En el SCA, esto se indica
con una anotación relativa al uso como glaseado o recubrimiento (tratamiento de superficie).
09.1 Pescado y productos pesqueros frescos, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos:
El término fresco se refiere al pescado y los productos pesqueros cuya única elaboración ha consistido
en refrigerarlos, guardarlos en hielo o congelarlos una vez capturados en el mar, en lagos o en otras
masas de agua para evitar su descomposición y deterioro.
09.1.1 Pescado fresco:
Incluye la carne fresca de ballena, el bacalao, el salmón, la trucha, etc.; y las huevas frescas de
pescado.
09.1.2 Moluscos, crustáceos, y equinodermos frescos:
Incluye camarones, almejas, cangrejos, langostas, caracoles, etc. frescos.
09.2 Pescado y productos pesqueros elaborados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos:
Esta categoría se refiere a los productos pesqueros que están congelados y que pueden precisar más
cocción, así como a los productos cocidos, ahumados, desecados y salados, listos para el consumo.
09.2.1 Pescado,
filetes
de pescado y
productos
pesqueros congelados,
incluidos moluscos,
crustáceos y equinodermos:
Pescado fresco, incluido el cocido parcialmente, sometido a congelación o congelación rápida en
el mar o en tierra para su posterior elaboración. Ejemplos de estos productos son: almejas, filetes
de bacalao, cangrejo, pez de escama, eglefino, merluza, langosta, pescado picado, camarones y
gambas,
congelados
o
congelados
rápidamente;
huevas
congeladas
de
pescado;
surimi
congelado; y carne de ballena congelada.
09.2.2 Pescado, filetes
de pescado y
productos pesqueros rebozados congelados,
incluidos
moluscos, crustáceos y equinodermos:
Producto sin cocinar a base de pescado o porciones de pescado, con aderezo a base de huevo y
migas de pan o rebozado. Ejemplos de estos productos son: camarones crudos congelados
empanados o rebozados y filetes, porciones de pescado y barritas de pescado empanados o
rebozados, congelados o congelados rápidamente.
09.2.3 Productos pesqueros picados, amalgamados y congelados, incluidos moluscos, crustáceos
y equinodermos:
Producto sin cocinar preparado con piezas de productos pesqueros picados en una salsa cremosa.
09.2.4 Pescado y productos pesqueros cocidos y/o fritos, incluidos moluscos, crustáceos y
equinodermos:
Incluye todos los productos cocidos listos para el consumo,
tal como se describen en las
subcategorías.
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09.2.4.1 Pescado y productos pesqueros cocidos:
Los productos cocidos incluyen los elaborados al vapor, hervidos o preparados con
cualquier otro método de cocción, salvo los fritos (véase 09.2.4.3). El pescado puede
estar entero, en porciones o picado. Entre estos productos se incluyen los siguientes:
embutidos de pescado, productos pesqueros hervidos reducidos por cocción en salsa de
soja
(tsukudani);
los
productos
de
surimi
cocidos
(kamaboko);
los
productos
de
kamaboko cocidos con aroma de cangrejo (kanikama); las huevas de pescado cocidas; el
surimi cocido; los productos de surimi cocidos y modelados en forma de tubo (chikuwa);
y la pasta de pescado y langosta cocidos (productos similares al surimi). En 09.3.4 se
incluyen otras pastas de pescado (de tipo oriental).
09.2.4.2 Moluscos, crustáceos y equinodermos cocidos:
Los productos cocidos incluyen los elaborados al vapor, hervidos o preparados con
cualquier otro método de cocción, salvo los fritos (véase 09.2.4.3). Son ejemplos de
estos
productos: crangon y
crangon vulgaris
cocidos (camarón
pardo); camarones,
almejas y cangrejos cocidos.
09.2.4.3 Pescado y productos pesqueros fritos, incluidos los moluscos, crustáceos y
equinodermos:
Productos listos para el consumo preparados a base de pescado o porciones de pescado,
con o sin más condimentos a base de huevo, pan rallado o rebozado, que se fríen,
cuecen, asan o preparan a la parrilla, y después se envasan o enlatan con o sin salsa o
aceite.
Son
ejemplos
de
esta
categoría:
el
surimi
frito
listo
para
el
consumo,
los
calamares fritos y los cangrejos de caparazón blando fritos.
09.2.5 Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o salados, incluidos
moluscos, crustáceos y equinodermos:
El pescado ahumado normalmente se prepara a partir de pescado fresco congelado o congelado
rápidamente que se deseca directamente o tras la ebullición, con o sin salazón, mediante la
exposición del pescado a humo de serrín recién generado. El pescado desecado se prepara
exponiéndolo al sol o desecándolo directamente o tras la ebullición en una instalación especial;
se puede salar el pescado antes de desecarlo. El pescado salado se frota con sal o se introduce en
una solución de sal. Este proceso de elaboración es diferente del que se describe en la categoría
de alimentos 09.3 para el pescado marinado y escabechado. El pescado curado se prepara
mediante salazón y posterior ahumado del pescado. Entre estos productos se incluyen: las
anchoas, el camarón y el sábalo salados; el cacho, la sepia y el pulpo ahumados; el jamón de
pescado; las especies de la familia Gadidae desecadas y saladas; la pasta de pescado y huevas de
pescado ahumadas y saladas; el bacalao negro, el sábalo y el salmón curados y ahumados; los
mariscos desecados, el bonito desecado (katsuobushi) y el pescado hervido y desecado (niboshi).
09.3 Pescado y productos pesqueros semiconservados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos:
Incluye productos tratados con métodos tales como el marinado, el escabechado y la cocción parcial, que
tienen un tiempo de conservación limitado.
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09.3.1 Pescado y productos pesqueros marinados y/o en gelatina, incluidos moluscos, crustáceos
y equinodermos:
Los productos marinados se elaboran remojando el pescado en vinagre o vino con o sin sal o
especias añadidas. Se envasan en tarros o latas y tienen un tiempo de conservación limitado. Los
productos en gelatina se pueden elaborar ablandando los productos pesqueros mediante cocción
o vapor, añadiendo vinagre o vino, sal y conservantes, y solidificándolos en una gelatina. Entre
otros ejemplos cabe mencionar: el rollmops (una especie de arenque marinado), la anguila de
mar (cazón) en gelatina y el áspic de pescado.
09.3.2
Pescado
y
productos
pesqueros escabechados y/o
en
salmuera,
incluidos moluscos,
crustáceos y equinodermos:
Con frecuencia los productos en escabeche se consideran un tipo de producto marinado. El
escabechado es el resultado del tratamiento del pescado con una solución de sal y vinagre o
alcohol (p.
ej.,
vino).
Entre
estos
productos
se
incluyen
los
siguientes:
distintos
tipos de
productos orientales en escabeche, como el pescado escabechado en koji (koji-zuke), el pescado
escabechado en poso (kasu-zuke), el pescado escabechado en miso (miso-zuke), el pescado
escabechado en salsa de soja (shoyu-zuke) y el pescado escabechado en vinagre (su-zuke); la
carne de ballena en escabeche; y el espadín y el arenque en escabeche.
09.3.3 Sucedáneos de salmón, caviar y otros productos pesqueros a base de huevas:
Normalmente las huevas se elaboran lavándolas, salándolas y dejándolas madurar hasta que
estén transparentes. Después, las huevas se envasan en un recipiente de vidrio o en otro tipo de
recipiente adecuado. El término caviar se refiere sólo a las huevas de las especies de esturión
(p. ej., la beluga). Los sucedáneos del caviar consisten en huevas de distintos pescados marinos y
de agua dulce (p. ej., el bacalao y el arenque) que se salan, sazonan, colorean y pueden tratarse
con conservantes. Entre estos productos se incluyen: las huevas de salmón saladas (sujiko), las
huevas de salmón elaboradas y saladas (ikura), las huevas de bacalao, las huevas de bacalao
saladas (tarako) y el caviar de liebre de mar. En ocasiones, la hueva puede pasterizarse. En ese
caso, se incluye en la categoría de alimentos 09.4, puesto que se trata cabalmente de un producto
en conserva. Los productos a base de huevas congelados, cocidos o ahumados se incluyen en las
categorías
09.2.1,
09.2.4.1
y
09.2.5,
respectivamente;
las
huevas
de
pescado
frescas
se
encuentran en la categoría 09.1.1.
09.3.4
Pescado
y
productos
pesqueros
semiconservados,
incluidos
moluscos,
crustáceos
y
equinodermos (p. ej., la pasta de pescado), excluidos los productos indicados en las categorías de
alimentos 09.3.1 a 09.3.3:
Entre otros ejemplos cabe mencionar la pasta de pescado o crustáceo y la pasta de pescado
oriental tradicional. Esta última se elabora a base de pescado fresco o del residuo derivado de la
producción de salsa de pescado, que se combina con otros ingredientes como la harina de trigo,
el salvado, el arroz o la soja. El producto puede luego fermentarse. Las pastas de pescado o
crustáceo cocidos (productos similares al surimi) se hallan en las categorías 09.2.4.1 y 09.2.4.2,
respectivamente.
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09.4 Pescado y productos pesqueros en conserva, incluidos los enlatados o fermentados y los moluscos,
crustáceos y equinodermos:
Son productos de larga conservación, elaborados mediante la pasterización o el uso de autoclaves y que
se envasan herméticamente al vacío a fin de garantizar la esterilidad. Los productos pueden envasarse en
su propio jugo o en aceite o salsa añadidos. De esta categoría se excluyen los productos cocidos
completamente (véase la categoría 09.2.4). Entre otros ejemplos cabe mencionar: el atún, las almejas, el
cangrejo, las huevas de pescado y las sardinas en conserva; las albóndigas de pescado sazonado; y el
surimi (pasteurizado térmicamente).
10.0 Huevos y productos a base de huevo:
Incluye los huevos frescos en su cáscara (10.1), los productos que pueden ser sucedáneos de los huevos frescos
(10.2) y otros tipos de productos a base de huevo (10.3 y 10.4).
10.1 Huevos frescos:
Los huevos frescos en su cáscara no deben contener aditivos. Sin embargo, se pueden utilizar colores
para decorar, teñir o sellar la superficie exterior de los huevos de cáscara. En el SCA se da cuenta de ello
con la anotación para decoración, sellado, marcado o marcado al fuego del producto (tratamiento de la
superficie).
10.2 Productos a base de huevo:
Productos que pueden utilizarse como sucedáneos de los huevos frescos en recetas o como alimento (p.
ej., la tortilla). Se elaboran a base de huevos frescos, ya sea: i) batiendo y purificando el huevo entero o
ii) separando la clara de la yema del huevo y después batiendo y purificando cada una por separado. El
huevo entero, la clara o la yema purificada se elaboran luego para producir huevos líquidos, congelados
o en polvo, tal como se describe más adelante.
10.2.1 Productos líquidos a base de huevo:
El huevo entero, la yema o la clara purificados se pasteurizan y se conservan químicamente (p.
ej., añadiendo sal).
10.2.2 Productos congelados a base de huevo:
El huevo entero, la yema o la clara purificados se pasteurizan y congelan.
10.2.3 Productos a base de huevo en polvo y/o cuajados por calor:
Se retiran los azúcares del huevo entero, la yema o la clara purificados, que a continuación se
pasteurizan y desecan.
10.3 Huevos en conserva, incluidos los huevos en álcali, salados y envasados:
Incluye los productos orientales tradicionales en conserva, tales como los huevos de pato curados en sal
Hueidan) y los "huevos milenarios (pidan) tratados con alkali.
(
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10.4 Postres a base de huevo (p. ej., el flan):
Incluye productos listos para el consumo y productos que hay que preparar a partir de una mezcla en
polvo. Como ejemplos cabe mencionar las tartas y los flanes. Se incluyen también los rellenos de crema
para los productos de panadería fina (p. ej., tartas).
11.0 Edulcorantes, incluida la miel:
Incluye todos los azúcares normalizados (11.1), los productos sin normalizar (p. ej. en 11.2, 11.3, 11.4 y 11.6) y
los edulcorantes simples (11.5 Miel).
11.1 Azúcares refinados y en bruto:
Edulcorantes nutritivos, tales como la sacarosa purificada total o parcialmente (obtenida de la remolacha
azucarera y la caña de azúcar), la glucosa (obtenida del almidón) o la fructosa, que se incluyen en las
subcategorías 11.1.1 a 11.1.5.
11.1.1 Azúcar blanco, dextrosa anhidra, dextrosa monohidrato y fructosa:
1
El azúcar blanco es sacarosa purificada y cristalizada con una polarización no menor de 99,7°Z .
La dextrosa anhidra es D-glucosa purificada y cristalizada sin agua de cristalización. La dextrosa
monohidrato es D-glucosa purificada y cristalizada con una molécula de agua de cristalización.
La fructosa es D-fructosa purificada y cristalizada.
11.1.2 Azúcar en polvo y dextrosa en polvo:
El
azúcar
en
polvo
(azúcar
glasé)
es
azúcar
blanco
finamente
pulverizado
con
o
sin
antiaglomerantes añadidos. La dextrosa en polvo (dextrosa glasé) es dextrosa anhidra o dextrosa
monohidrato
finamente
pulverizada,
o
una
mezcla
de
ambas,
con
o
sin
antiaglomerantes
añadidos.
11.1.3 Azúcar
blando blanco, azúcar blando moreno, jarabe de glucosa, jarabe de glucosa
deshidratado y azúcar de caña sin refinar:
El azúcar blando blanco es azúcar húmedo purificado, de grano fino, de color blanco. El azúcar
blando moreno es azúcar húmedo, de grano fino, de color marrón claro a marrón oscuro. El
jarabe de glucosa es una solución acuosa concentrada y purificada de sacáridos nutritivos
obtenidos del almidón y/o la inulina. El jarabe de glucosa deshidratado es jarabe de glucosa del
que se ha separado parcialmente el agua. El azúcar de caña sin refinar es sacarosa parcialmente
purificada, cristalizada a partir de jugo de caña parcialmente purificado sin más purificación.
1.
Grados Z grados de polarización en la escala internacional del azúcar
11.1.3.1 Jarabe de glucosa deshidratado utilizado para la elaboración de golosinas:
Se trata del jarabe de glucosa deshidratado, tal como se describe en 11.1.3, utilizado para
elaborar los productos de confitería que se incluyen en la categoría de alimentos 05.2 (p.
ej., caramelos blandos o duros).
11.1.3.2 Jarabe de glucosa utilizado para la elaboración de golosinas:
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Se trata del jarabe de glucosa, tal como se describe en 11.1.3, utilizado para elaborar los
productos
de confitería
que se
incluyen en
la
categoría
de
alimentos
05.2
(p. ej.,
caramelos blandos o duros).
11.1.4 Lactosa:
Es un constituyente simple de la leche que se obtiene normalmente del suero. Puede ser anhidra,
contener una molécula de agua de cristalización, o ser una mezcla de ambas formas.
11.1.5 Azúcar blanco de plantación o refinería:
Es sacarosa purificada y cristalizada con una polarización no menor de 99,5°Z.
11.2 Azúcar moreno, excluidos los productos de la categoría de alimentos 11.1.3:
Incluye los azúcares en terrones de grano largo, de color marrón o amarillo, tales como el azúcar
Demerara.
11.3 Soluciones y jarabes de azúcar, también azúcares (parcialmente) invertidos, incluida la melaza,
excluidos los productos indicados en la categoría de alimentos 11.1.3:
Incluye subproductos del proceso de refinación del azúcar (p. ej., la melaza), el azúcar invertido (mezcla
equimolar de glucosa y fructosa obtenida de la hidrólisis de sacarosa), y otros edulcorantes, tales como el
jarabe de maíz rico en fructosa, el jarabe de inulina rico en fructosa y azúcar de maíz.
11.4 Otros azúcares y jarabes (p. ej., la xilosa, el jarabe de arce y los revestimientos de azúcar):
Incluye todos los tipos de jarabe de mesa (p. ej., el jarabe de arce), los jarabes para productos de
panadería fina y helados (p. ej., jarabe de caramelo, jarabes aromatizados), el azúcar de palma y los
revestimientos decorativos de azúcar (p. ej., cristales de azúcar coloreados para galletas).
11.5 Miel:
La miel es la sustancia edulcorante simple elaborada por las abejas melíferas a partir del néctar de las
flores o las secreciones de las plantas. Las abejas recogen el néctar o las secreciones, los transforman por
combinación con sustancias específicas propias y lo almacenan en un panal para que madure y añeje.
Entre otros ejemplos cabe mencionar la miel de flores silvestres y la miel de trébol.
11.6 Edulcorantes de mesa, incluidos los que contienen edulcorantes de gran intensidad:
Incluye los productos que son mezclas de edulcorantes de gran intensidad (p. ej., el acesulfame potásico)
o de polioles (p. ej.,
el
sorbitol)
con otros aditivos (p. ej.,
los agentes
antiaglomerantes)
que se
comercializan para su utilización como sucedáneos del azúcar. Los productos pueden presentarse en
polvo o en forma sólida (p. ej., terrones) o líquida.
12.0 Sales, especias, sopas, salsas, ensaladas, productos proteínicos, etc:
Se trata de una categoría amplia que incluye sustancias que se añaden a un alimento para acentuar su aroma y
gusto (12.1 sal y sus sucedáneos; 12.2 especias; 12.3 vinagres; y 12.4 mostazas), determinados alimentos
elaborados (12.5 sopas; 12.6 salsas; y 12.7 ensaladas), productos compuestos principalmente de proteínas
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que derivan de la soja o de otras fuentes, p. ej. leche, cereales u hortalizas (12.9 Otros productos proteínicos), y
productos fermentados de soja que se emplean como condimento (12.10 Productos fermentados de soja).
12.1 Sal y sucedáneos de la sal:
Incluye la sal (12.1.1) y los sucedáneos de la sal (12.1.2) empleados para aderezar alimentos.
12.1.1 Sal:
Se trata principalmente de cloruro de sodio de calidad alimentaria. Incluye la sal de mesa, la sal
yodada, la sal fluorada yodada y la sal dendrítica.
12.1.2 Sucedáneos de la sal:
Los sucedáneos de la sal son aderezos con un contenido reducido de sodio destinado a emplearse
en los alimentos en sustitución de la sal.
12.2 Hierbas aromáticas, especias, aderezos (incluidos los sucedáneos de la sal) y condimentos (p. ej., el
aderezo para fideos instantáneos):
12.2.1 Hierbas aromáticas y especias
En esta categoría se describen los productos cuyo uso tiene por objeto acentuar el aroma y el
sabor del alimento. Las hierbas aromáticas y las especias normalmente se obtienen de fuentes
vegetales
y
pueden
deshidratarse,
y
presentarse
molidas
o
enteras.
Ejemplos
de
hierbas
aromáticas son la albahaca, el orégano y el tomillo. Como ejemplos de especias cabe mencionar
el comino y los carvis. Las especias pueden también encontrarse en forma de mezclas, en polvo
o pasta. Ejemplos de mezclas de especias son los pimentones picantes, la pasta de pimentón
picante, la pasta de curry, espesantes a base de curry y salmueras o ungüentos que se aplican a
las superficies externas de la carne o el pescado.
12.2.2 Aderezos y condimentos
Los condimentos incluyen aderezos tales como los ablandadores de la carne, la sal de cebolla, la
dashi),
sal de ajo, los preparados de aderezo oriental (
furikake, que contiene p. ej. trocitos
arroz (
los revestimientos para esparcir sobre el
de algas desecadas, semillas de sésamo y aderezos) y
los aderezos para fideos. El término condimentos tal como se emplea en el SCA no incluye las
salsas para condimentar (p. ej., el ketchup, la mayonesa, la mostaza).
12.3 Vinagres:
Se trata de un líquido obtenido de la fermentación acética de alcohol etílico derivado de una fuente
apropiada (p. ej., el vino, la sidra). Como ejemplos cabe mencionar el vinagre de sidra, el vinagre de
vino, el vinagre de malta, el vinagre de licor, el vinagre de cereales, el vinagre de pasas y el vinagre de
fruta (vino).
12.4 Mostazas:
Es una salsa de condimento elaborada a partir de semillas de mostaza molidas y a menudo desgrasadas
que se mezclan en una solución con agua, vinagre, sal, aceite y otras especias y se refina. Destacan la
mostaza de Dijon y la mostaza "picante" (preparada a base de semillas con hollejo).
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12.5 Sopas y caldos:
Incluye las sopas y los preparados listos para el consumo. Los productos finales pueden ser a base de
agua (p. ej., el consomé) o leche (p. ej., la sopa de pescado).
12.5.1
Sopas
y
caldos
listos
para
el
consumo,
incluidos
los
envasados,
embotellados
y
congelados:
Se trata de productos elaborados a base de agua o leche que consisten en caldos de hortalizas,
carne o pescado con o sin otros ingredientes (p. ej., hortalizas, carne, fideos). Como ejemplos
cabe mencionar: cubitos, caldos, consomés, sopas a base de agua y nata (crema), sopas de
pescado y sopas de marisco.
12.5.2 Mezclas para sopas y caldos:
Se trata de la sopa concentrada que habrá de reconstituirse con agua y/o leche, con o sin otros
ingredientes
optativos
añadidos
(p.
ej.,
hortalizas,
carne,
fideos).
Cabe
mencionar
como
ejemplos: los cubitos y polvos para caldo y las sopas en polvo y condensadas (p. ej., mentsuyu).
12.6 Salsas y productos similares:
Incluye las salsas, los gravies, los aliños y las mezclas que hay que reconstituir antes de su consumo.
Los productos listos para el consumo se dividen en una subcategoría de productos emulsionados (12.6.1)
y otra de productos no emulsionados (12.6.2), mientras que la subcategoría de mezclas (12.6.3) abarca
las mezclas de salsas emulsionadas y no emulsionadas.
12.6.1 Salsas emulsionadas (p. ej., mayonesa, aderezos para ensaladas):
Son las salsas, graviesy aderezos a base, al menos en parte, de una emulsión de agua en grasa
o aceite. Cabe mencionar: los aderezos para ensaladas (p. ej., el francés, el italiano, el griego y el
ranch), las emulsiones a base de grasa para untar emparedados (p. ej., la mayonesa con
mostaza), la nata (crema) para ensaladas y las salsas grasas.
12.6.2 Salsas no emulsionadas (p. ej., ketchup, salsas a base de queso, salsas a base de nata
(crema) y salsa gravy):
Incluye las salsas, gravies y aderezos a base de agua, leche de coco, y leche. Entre otros
ejemplos cabe mencionar: la salsa picante, la salsa de tomate, la salsa de queso, la salsa
Worcestershire,
la
salsa
Worcestershire
oriental
espesa
(salsa
tonkatsu),
el
ajiaco,
la
salsa
agridulce para mojar, y la salsa bechamel (a base de nata (crema)) (se trata de una salsa que
consiste principalmente en leche o nata (crema) con poca grasa (p. ej., mantequilla) y harina
añadidas, con o sin aderezos o especias).
12.6.3 Mezclas para salsas y gravies:
Producto concentrado, normalmente en polvo, que hay que mezclar con agua, leche, aceite u otro
líquido para preparar una salsa o gravy acabados. Ejemplos de ese producto son las mezclas
para salsa de queso, salsa holandesa, y los aliños para ensaladas (p. ej., el italiano o el tipo
"ranch).
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12.6.4 Salsas ligeras (p. ej., salsa de pescado):
Incluye las salsas ligeras no emulsionadas y poco espesas que pueden elaborarse a base de agua.
Estas salsas se utilizan más como condimento o ingrediente que como un gravy acabado (para
emplear, p. ej., en el rosbif). Son ejemplos de estos productos la salsa de ostra, y la salsa de
pescado tailandesa (nam pla).
12.7 Emulsiones para ensaladas (p. ej., la ensalada de macarrones, la ensalada de patatas (papas)) y para
untar emparedados, excluidas las emulsiones para untar a base de cacao y nueces de las categorías de
alimentos 04.2.2.5 y 05.1.3:
Incluye las ensaladas preparadas, las emulsiones a base de leche para untar emparedados, las emulsiones
sin normalizar para untar emparedados parecidas a la mayonesa y el aliño para coleslaw (ensalada de
col).
12.8 Levadura y productos similares:
Incluye la levadura para panadería que se utiliza en la elaboración de productos cocidos al horno.
Incluye los productos koji orientales (arroz o trigo malteado con A. oryzae) utilizados en la producción
de bebidas alcohólicas.
12.9 Productos proteínicos:
Comprende productos compuestos principalmente de proteína de soja (categoría 12.9.1), productos de
cuajada de frijoles (categorías de alimentos 12.9.2, 12.9.3 y 12.9.4) y productos derivados de otras
fuentes de proteínas (p. ej. leche, cereales u hortalizas) (categoría de alimentos 12.9.5).
12.9.1 Productos de proteína de soja:
Productos
compuestos
principalmente
de
proteína
de
soja,
excluidos
los
productos
no
fermentados de soja de las categorías 12.9.2 12.9.4, pero con inclusión de la salsa de soja no
fermentada (12.9.1.3).
12.9.1.1 Bebida de soja:
Productos preparados con frijoles de soja secos remojados en agua, transformados en
puré que se diluye con agua, se hierve y se cuela. La bebida de soja puede consumirse
como tal o utilizarse para preparar otros productos de soja, como los incluidos en las
categorías 12.9.2 (cuajada fresca de soja (tofu) y 12.9.1.2 (película de bebida de soja).
12.9.1.2 Película de bebida de soja:
Película que se forma en la superficie de la bebida de soja hervida, que se deseca. Puede
freirse o ablandarse en agua antes de ser utilizada en sopas o alimentos escalfados.
También conocida como fuzhu o yuba.
12.9.1.3 Otros productos proteínicos de soja (incluida la salsa de soja no fermentada):
Otros productos compuestos principalmente de proteína de soja, como la leche de soja
en polvo, que se vende como tal para ser reconstituida o como mezcla que contiene un
coagulante y que el consumidor puede reconstituir para preparar tofu blando hecho en
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casa, comprende también la salsa de soja no fermentada. Este producto puede elaborarse
a partir de proteínas vegetales, como frijoles de soja desgrasados, hidrolizadas por ácido
(p. ej., con ácido clorhídrico), neutralizadas (p. ej. con carbonato de sodio) y filtradas.
12.9.2 Cuajada fresca de soja (tofu):
El tofu fresco se prepara con frijoles de soja seco que se remojan en agua, se hacen puré, se
diluyen y se cuelan para producir leche de soja, que luego se transforma en cuajada por medio de
un coagulante, se separa del suero, se vierte en un molde, y se prensa ligeramente. Cuando el
tofu ha adquirido consistencia se sumerge en agua y se corta. El tofu puede tener una variedad de
texturas (p. ej., blando, semi sólido, sólido).
12.9.3 Cuajada semideshidratada de soja:
Tofu que se ha prensado durante el moldeado en bloques, de manera de eliminar una parte de la
humedad sin que el producto se deseque por completo (véase la categoría de alimentos 12.9.4).
Por lo general el tofu semideshidratado contiene un 62 por ciento de agua y presenta una
consistencia gomosa.
12.9.3.1 Cuajada de soja semideshidratada dura cocida en salsa espesa:
Tofu parcialmente deshidratado que se cocina (estofado) en una salsa densa (p. ej. salsa
miso). Por lo general el tofu parcialmente deshidratado absorbe la salsa, recobrando de
tal manera su consistencia original.
12.9.3.2 Cuajada de soja semideshidratada frita:
Tofu parcialmente deshidratado que se fríe en abundante aceite. Puede consumirse como
tal o bien cocinarse (p. ej. estofado en salsa) después de la freidura.
12.9.3.3 Cuajada de soja semideshidratada distinta de las incluidas en las categorías de
alimentos 12.9.3.1 y 12.9.3.2:
Tofu parcialmente deshidratado preparado de maneras distintas del estofado en salsa
espesa (p. ej. miso) o la freidura. Comprende los productos asados a la parrilla y
empastados que pueden estar combinados con otros ingredientes (p. ej. para formar una
hamburguesa o un pastel).
12.9.4 Cuajada de soja deshidratada (kori tofu):
Tofu del que se ha eliminado toda la humedad. Puede reconstituirse con agua o salsa para su
consumo, o utilizarse directamente en platos preparados. También puede freírse o cocerse a
fuego lento en una salsa.
12.9.5 Otros productos proteínicos:
Incluye los productos de proteínas de leche, proteínas de cereales y proteínas vegetales que se
asemejan o sustituyen a productos habituales como la carne, el pescado o la leche. Entre otros
ejemplos, cabe mencionar: productos similares de proteínas vegetales, fu (una mezcla de gluten
(proteína vegetal) y harina que se vende en polvo (cocido) o crudo y se utiliza como ingrediente,
p. ej., en la sopa de miso), paneer (proteína láctea cuajada por adición de ácido cítrico obtenido
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del zumo (jugo) de limón o lima o ácido láctico obtenido del suero, que se presiona hasta formar
una
masa
sólida y
se
utiliza
en
las
versiones
vegetarianas
de,
p.
ej.,
las
hamburguesas),
sucedáneos proteínicos de la carne y el pescado.
12.10 Productos a base de soja fermentada:
Comprende la
soja
fermentada y
todos los
productos
fermentados de soja
que se
emplean como
condimento o aderezo.
12.10.1 Soja fermentada (p. ej. natto):
El producto se prepara a partir de soja cocida al vapor y fermentada mediante ciertos hongos
(iniciadores). Los frijoles de soja enteros ablandados se recubren de un polímero viscoso y
pegajoso y adquieren un sabor dulce y un aroma característico. Se incluyen en esta categoría
productos como el dou chi (China), el natto (Japón) y el tempeh (Indonesia).
12.10.2 Cuajada de soja fermentada (queso de soja):
El producto se prepara formando un pan de cuajada de soja durante el proceso de fermentación.
Se trata de un producto blando, aromatizado, de color rojizo, amarillo-arroz o verde grisáceo.
12.10.3 Pasta de soja fermentada (miso):
El
producto
se
prepara
con
soja,
harina
de
trigo,
sal
y
agua,
mediante
un
proceso
de
fermentación. La categoría comprende el dou jiang (China), el doenjang (República de Corea) y
el miso (Japón). Se puede usar para preparar sopas o aderezos, o bien como condimento.
12.10.4 Salsa de soja fermentada:
Salsa diáfana no emulsionada que se prepara con soja, harina de trigo, sal y agua mediante un
proceso de fermentación.
13.0 Productos alimenticios para regímenes especiales:
Por alimentos para regímenes especiales se entienden los elaborados o preparados especialmente para satisfacer
necesidades especiales de alimentación determinadas por unas condiciones físicas o fisiológicas particulares y/o
por enfermedades o trastornos específicos. La composición de estos alimentos deberá ser fundamentalmente
diferente de los alimentos ordinarios con los que se comparan, en caso de que dichos alimentos existan. Los
alimentos dietéticos distintos de los de esta categoría se incluyen en las categorías de los alimentos ordinarios
homólogos.
13.1
Preparados
para
lactantes,
preparados
de
continuación
y
preparados
para
usos
medicinales
especiales destinados a los lactantes:
Alimentos destinados a lactantes y niños pequeños, tal como se definen en las subcategorías 13.1.1,
13.1.2 y 13.1.3.
13.1.1 Preparados para lactantes:
Un sucedáneo de la leche materna para lactantes (niños de no más de 12 meses) de formulación
específica para que sirva como única fuente de nutrición en los primeros meses de vida hasta el
comienzo de una alimentación complementaria adecuada. El producto se consume en forma
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líquida listo para el consumo o ha de reconstituirse a partir de un polvo. Los productos, fuera de
los
incluidos
en
la
categoría
de
alimentos
13.1.3,
pueden
ser
a
base
de
soja,
proteínas
hidrolizadas y/o aminoácidos, o de leche.
13.1.2 Preparados de continuación:
Por preparados de continuación se entiende todo alimento destinado a ser utilizado como la parte
líquida de la alimentación complementaria de los lactantes (de seis meses de edad o más) y niños
pequeños (de uno a tres años). Pueden estar listos para el consumo o en polvo que debe
reconstituirse con agua. Los productos, fuera de los incluidos en la categoría de alimentos
13.1.3, pueden ser a base de soja, proteínas hidrolizadas y/o aminoácidos, o leche.
13.1.3 Preparados para usos medicinales especiales destinados a los lactantes:
Alimentos para usos dietéticos especiales que se elaboran o preparan y presentan especialmente
para el control dietético de los lactantes y sólo pueden consumirse bajo control médico. Están
destinados a la alimentación exclusiva o parcial de lactantes con una capacidad limitada o
disminuida para tomar, digerir, absorber o metabolizar preparados ordinarios para lactantes o
ciertos
nutrientes
contenidos
en
ellos,
o
que
según
el
diagnóstico
médico
tienen
otras
necesidades especiales de nutrientes, cuyo control dietético no puede lograrse simplemente
modificando la dieta normal, tomando otros alimentos para usos dietéticos especiales o mediante
una combinación de ambos medios.
13.2 Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños:
Alimentos para lactantes de seis meses de edad o más, y para la adaptación progresiva de los lactantes y
niños pequeños a la comida ordinaria. Los productos pueden estar listos para el consumo o en polvo que
debe reconstituirse con agua, leche u otro líquido adecuado. Estos alimentos excluyen los preparados
para lactantes (13.1.1), los preparados de continuación (13.1.2) y los preparados para usos medicinales
especiales (13.13). Ejemplos: alimentos para lactantes, para bebés y para niños pequeños a base de
cereales, frutas, hortalizas y carne; harinas lácteas y galletas y bizcochos para niños pequeños.
13.3 Alimentos dietéticos para usos medicinales especiales (excluidos los productos de la categoría
13.1):
Alimentos para usos dietéticos especiales que se elaboran o preparan y presentan especialmente para el
control dietético de ciertos pacientes y sólo pueden consumirse bajo control médico. Están destinados a
la alimentación exclusiva o parcial de pacientes con una capacidad limitada o disminuida de tomar,
digerir, absorber o metabolizar alimentos ordinarios o ciertos nutrientes contenidos en ellos, o que según
el diagnóstico médico tienen otras necesidades especiales de nutrientes, cuyo control dietético no puede
lograrse
simplemente
modificando
la
dieta
normal,
tomando
otros
alimentos
para
usos
dietéticos
especiales o mediante una combinación de ambos medios.
13.4 Preparados dietéticos para adelgazamiento y control del peso:
Preparados que, sea que se presenten listos para el consumo o se preparen de conformidad con las
instrucciones de uso se presentan específicamente como sustitutos de la dieta completa diaria o de parte
de ella. La categoría comprende productos con un contenido de calorías reducido que tienen también un
contenido bajo o nulo de azúcar y/o grasa, o contienen sucedáneos de azúcar y/o grasa.
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13.5 Alimentos dietéticos (p. ej., los complementos alimenticios para usos dietéticos), excluidos los
indicados en las categorías de alimentos 13.1 a 13.4 y 13.6:
Productos de elevado contenido nutritivo, en forma líquida o sólida, para consumo de ciertas personas
como parte de una dieta equilibrada a fin de obtener una alimentación complementaria. Estos productos
no están destinados a utilizarse para perder peso o como parte de un régimen médico.
13.6 Complementos alimenticios:
Comprende los complementos de vitaminas y minerales o en forma de dosis unitarias, tales como
cápsulas, tabletas, polvos, soluciones, etc., en los casos en los que las jurisdicciones nacionales regulen
estos productos como alimentos.
14.0 Bebidas, excluidos los productos lácteos:
Esta importante categoría se divide en las amplias categorías de bebidas no alcohólicas (14.1) y bebidas
alcohólicas (14.2). Las bebidas lácteas figuran en la categoría 01.1.2.
14.1 Bebidas no alcohólicas:
Esta amplia categoría comprende aguas y aguas gaseosas (14.1.1), zumos (jugos) de frutas y hortalizas
(14.1.2), néctares de frutas y hortalizas (14.1.3), bebidas a base de agua saborizadas con gas y sin gas
(14.1.4) y bebidas en infusión a base de agua como el café y el té (14.1.5).
14.1.1 Aguas:
Comprende las aguas simples (14.1.1.1) y otras aguas embotelladas (14.1.1.2), cada una de las
cuales puede ser sin gas o con gas.
14.1.1.1 Aguas minerales simples y aguas de manantial:
Aguas obtenidas directamente del manantial y envasada cerca de éste; se caracterizan
por
la
presencia,
en
proporciones
relativas,
de
determinadas
sales
minerales,
oligoelementos u otros componentes. El agua mineral simple puede tener un contenido
simple de gas (anhídrido carbónico del manantial), estar carbonatada (con la adición de
anhídrido carbónico), descarbonatada (contener menos anhídrido carbónico que el agua
de
manantial,
de
modo
que
no
libera
espontáneamente
anhídrido
carbónico
en
condiciones normales de temperatura y presión) o enriquecida (con anhídrido carbónico
del manantial) o bien no contener gas (sin anhídrido carbónico libre).
14.1.1.2 Aguas de mesa y gaseosas:
Comprende aguas, distintas de las aguas simplees de manantial, que pueden tener gas
por la adición de anhídrido carbónico y estar tratadas mediante filtración, purificación u
otros medios adecuados. Estas aguas pueden contener sales minerales. Las aguas con gas
y sin gas con adición de aromatizantes figuran en la categoría 14.1.4. Ejemplos: agua de
mesa, agua embotellada con o sin adición de minerales, agua purificada, agua de Seltz,
soda y agua de Vichy.
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14.1.2 Zumos (jugos) de frutas y hortalizas:
Esta categoría comprende únicamente los zumos (jugos) de frutas y hortalizas. Las bebidas que
se preparan con zumos de frutas u hortalizas figuran en la categoría 14.1.4.2. Hay diferentes
categorías
para
componentes
(a
las
mezclas
saber,
de
zumos
zumos
(jugos)
(jugos)
de
de
frutas
frutas
u
(14.1.2.1)
hortalizas
y
zumos
en
función
(jugos)
de
de
sus
hortalizas
(14.1.3.1)).
14.1.2.1 Zumos (jugos) de fruta:
El zumo (jugo) de fruta es el producto líquido sin fermentar pero fermentable obtenido
de la parte comestible de frutas frescas sanas de madurez apropiada o de fruta que se ha
mantenido
sana
procedimiento
por
medios
adecuado
idóneos.
que
El
zumo
mantiene
las
(jugo)
se
prepara
características
mediante
físicas,
un
químicas,
organolépticas y nutricionales de los zumos (jugos) de la fruta de la que procede el
producto. El zumo (jugo) puede ser turbio o claro, y pueden haberse añadido (hasta
reponer el nivel habitual que alcanzan en el mismo tipo de frutas) sustancias aromáticas
y componentes volátiles, todos los cuales deberán haberse obtenido por medios físicos
idóneos, y haberse extraído en todos los casos del mismo tipo de fruta. Podrán añadirse
pulpa y células obtenidas por medios físicos idóneos del mismo tipo de fruta. Los zumos
(jugos) de una sola fruta se obtienen de un solo tipo de fruta. Los zumos (jugos) mixtos
se obtienen mezclando dos o más zumos o zumos y purés de distintos tipos de fruta. El
zumo (jugo) de fruta puede obtenerse, p. ej., exprimiendo directamente el jugo mediante
procedimientos de extracción mecánica, reconstituyendo zumo (jugo) concentrado de
fruta (categoría de alimentos 14.1.2.3) con agua, o bien con sólo en algunas situaciones,
mediante extracción con agua de la fruta entera (p. ej., zumo de ciruelas obtenido de
ciruelas secas). Son algunos ejemplos el zumo (jugos) de naranja, el zumo (jugo) de
manzana, el zumo (jugo) de grosellas negras, el zumo (jugo) de limón el zumo (jugo) de
naranja y mango y el agua de coco.
14.1.2.2 Zumo (jugo) de hortalizas:
El zumo (jugo) de hortalizas es el producto líquido sin fermentar pero fermentable
destinado al consumo directo que se obtiene por extracción mecánica, prensado, molido
y/o
tamizado
de
una
o
más
hortalizas
frescas
sanas
u
hortalizas
conservadas
exclusivamente por medios físicos. El zumo (jugo) puede ser claro, turbio o pulposo.
Puede haberse concentrado y reconstituido con agua. Los productos pueden obtenerse de
una sola hortaliza (p. ej., zanahorias) o de mezclas de las mismas (p. ej., zanahoria y
apio).
14.1.2.3 Concentrados para zumos (jugos) de fruta:
El zumo (jugo) de fruta es el producto que cumple con la definición proporcional en la
categoría de alimentos 14.1.2.1. Se prepara mediante eliminación física del zumo (jugo)
de fruta en una cantidad que incremente el
nivel Brix hasta un valor superior por lo
menos en un 50 por ciento al establecido para el zumo (jugo) reconstituido de la misma
fruta. En la producción del zumo (jugo) destinado a la elaboración de concentrado se
aplicarán procedimientos idóneos, que podrán combinarse con la difusión simultánea de
las células o la pulpa de la fruta mediante agua, siempre y cuando los sólidos solubles de
fruta
extraídos
mediante
agua
se
añadan
al
zumo
(jugo)
primario
en
la
línea
de
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producción antes del procedimiento de concentración. A los zumos (jugos) concentrados
de fruta se les pueden añadir (hasta reponer el nivel que alcanzan normalmente en el
mismo tipo de frutas) sustancias aromáticas y componentes volátiles, todos los cuales
deben haberse obtenido por medios físicos idóneos y proceder del mismo tipo de fruta.
Asimismo podrán añadirse pulpa y células obtenidas por medios físicos idóneos del
mismo tipo de fruta. Se
venden
en
forma líquida en
jarabe
y congelados para
la
preparación de zumos (jugos) listos para el consumo mediante la adición de agua.
Ejemplos: concentrado congelado de zumo de naranja y concentrado de zumo de limón.
14.1.2.4 Concentrados para zumos (jugos) de hortalizas:
Se prepara mediante la eliminación física del agua del zumo (jugo) de hortaliza. Se
vende en forma líquida, en jarabe y congelados para la preparación de un zumo (jugo)
listo para el consumo mediante la adición de agua. Incluye el zumo concentrado de
zanahoria.
14.1.3 Néctares de frutas y hortalizas:
Los néctares de frutas y hortalizas son bebidas producidas a partir de purés, zumos (jugos) o
concentrados
de
cualquiera
de
ellos,
mezclados
con
agua
y
azúcar,
miel,
jarabes
y/o
edulcorantes. Las mezclas de néctares de frutas u hortalizas se clasifican en función de sus
componentes (a saber, néctares de frutas (14.1.3.1) y néctares de hortalizas (14.3.1.2)).
14.1.3.1 Néctares de frutas:
El
néctar
de
fruta
es
el
producto
sin
fermentar
pero
fermentable
que
se
obtiene
añadiendo agua, con o sin adición de azúcar, miel, jarabes y/o edulcorantes al zumo
(jugo) de fruta, el zumo (jugo) de fruta concentrado, los purés de fruta o purés de fruta
concentrados
o
una
mezcla
de
estos
productos.
Se
le
pueden
añadir
sustancias
aromáticas, componentes volátiles, pulpa y células, todos los cuales deben proceder del
mismo tipo de fruta y haberse obtenidos por medios físicos idóneos. Los productos
pueden elaborarse a base de una fruta o una mezcla de frutas. Ejemplos: néctar de pera y
néctar de melocotón.
14.1.3.2 Néctares de hortalizas:
Producto obtenido
añadiendo agua, con o sin adición de azúcar,
miel,
jarabes y/o
edulcorantes, a zumo (jugo) de hortalizas o zumo (jugo) concentrado de hortalizas, o a
una mezcla de estos productos. Los productos pueden elaborarse a base de una hortaliza
o una mezcla de hortalizas.
14.1.3.3 Concentrados para néctares de frutas:
Preparados mediante la eliminación física del agua del néctar de fruta o de los materiales
de los que se obtiene. Se venden en forma líquida, en jarabe y congelados para la
preparación
de néctar
listo
para
el
consumo
mediante
adición
de agua.
Ejemplos:
concentrado de néctar de pera y concentrado de néctar de melocotón.
14.1.3.4 Concentrados para néctar de hortalizas:
Preparados por eliminación física del agua del néctar de hortalizas. Se venden en forma
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líquida, en jarabe y congelados para la preparación de néctares listos para el consumo
mediante adición de agua.
14.1.4 Bebidas a base de agua saborizadas, incluidas las bebidas para deportistas, bebidas
electrolíticas y bebidas con partículas añadidas:
Comprende todas las variedades y concentrados con gas y sin gas. Comprende productos a base
de zumos (jugos) de frutas y hortalizas. También incluye las bebidas a base de café, té y hierbas
aromáticas.
14.1.4.1 Bebidas a base de agua saborizadas con gas:
Comprende todas las bebidas saborizadas a base de agua con adición de anhídrido
carbónico
y
con
edulcorantes
nutritivos,
no
nutritivos
o
intensos
y
otros
aditivos
alimentarios permitidos. Incluye la gaseosa (bebida a base de agua con adición de
anhídrido carbónico, edulcorantes y aromatizantes) y bebidas con gas como colas,
bebidas refrescantes a base de raíces y ciertos tipos de especias, lima-limón y otros tipos
de cítricos, tanto los de tipo dietético o ligero como normal. Bebidas a base de yerbas
aromáticas con adicion de gas (por ejemplo te frio, te frio con sabor a fruta). Estas
bebidas pueden ser transparentes, turbias o pueden contener partículas (p. ej., trozos de
fruta). Incluye las así llamadas bebidas para deportistas con gas que contienen niveles
elevados de nutrientes y otros ingredientes. (p. ej. cafeína, taurina, carnitina).
14.1.4.2 Bebidas a base de agua saborizadas sin gas, incluidos los ponches de fruta y las
limonadas y bebidas similares:
Comprende bebidas sin adición de anhídrido carbónico a base de zumos (jugos) de frutas
y hortalizas (p. ej., almendras, anís, coco y ginseng), limonadas y bebidas similares con
sabor a fruta (p. ej., naranjadas), refrescos a base de cítricos, capilé groselha, bebidas de
ácido láctico, bebidas a base de café y té listas para consumir con o sin leche o sólidos
lácteos y bebidas a base de hierbas aromáticas (p. ej., té frío, té frío con sabor a frutas,
capuchino
en
lata
para
beber
frío)
y
bebidas
para
deportistas
que
contienen
electrolitos. Estas bebidas pueden ser transparentes o contener partículas (p. ej., trozos
de fruta) y pueden estar o no edulcoradas con azúcar o un edulcorante no nutritivo de
gran
intensidad.
Comprende
las
bebidas
denominadas
"energéticas"
sin
gas
que
contienen niveles elevados de nutrientes y otros ingredientes (p. ej. cafeína, taurina,
carnitina).
14.1.4.3 Concentrados (líquidos o sólidos) para bebidas a base de agua saborizadas:
Comprende concentrados en polvo, jarabe, líquidos y congelados para preparar refrescos
a base de agua, con gas o sin gas, mediante la adición de agua o agua con gas. Ejemplos:
jarabes para refrescos con soda (p. ej., el jarabe de cola), jarabes de fruta para refrescos,
concentrado helado o en polvo para limonada y mezclas para té frío.
14.1.5 Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas calientes a base de
cereales y granos, excluido el cacao:
Comprende los productos listos para consumir (p. ej., enlatados) y sus mezclas y concentrados.
Zumos
(jugos)
de
frutas
y
hortalizas
per
se
se
encuentran
en
14.1.2.1
y
14.1.2.2,
respectivamente. Ejemplos: bebidas calientes a base de achicoria (postum), té de arroz, infusión
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de yerba mate, y mezclas para bebidas calientes a base de café y té (p. ej., café instantáneo,
polvos para
capuchino
caliente).
Se
incluyen
también
los
granos
de
café
tratados para
la
elaboración de productos de café. El cacao listo para el consumo se incluye en la categoría
01.1.2 y las mezclas de cacao en la 05.1.1.
14.2 Bebidas alcohólicas, incluidas las bebidas análogas sin alcohol y con bajo contenido de alcohol:
Las bebidas semejantes a las bebidas sin alcohol y con bajo contenido de alcohol se incluyen en la
misma categoría que las bebidas alcohólicas.
14.2.1 Cerveza y bebidas a base de malta:
Bebidas
alcohólicas
elaboradas
con
cebada
germinada
(malta),
lúpulo,
levadura
y
agua.
Ejemplos: cerveza amarga, cerveza oscura, cerveza blanca (weiss beer), cerveza pilsner, cerveza
rubia, oud bruin, Obergariges Einfachbier, cerveza ligera, cerveza de mesa, licor de malta,
cerveza porter, cerveza fuerte (stout) y extrafuerte (barley wine).
14.2.2 Sidra y sidra de pera:
Vinos de fruta elaborados a base de manzana (sidra) y pera (sidra de pera). Incluye también la
cidre bouché.
14.2.3 Vinos de uva:
Bebida alcohólica que se obtiene exclusivamente de la fermentación parcial o total del alcohol
de uvas frescas, prensadas o sin prensar, o del mosto (zumo) de uva.
14.2.3.1 Vino de uva no espumoso:
Vino de uva (blanco, tinto, rosado o de color rosáceo, seco o dulce) que puede contener
hasta un máximo de 0,4g/100 ml (4000 mg/kg) de anhídrido carbónico a 20ºC.
14.2.3.2 Vinos de uva espumosos y semiespumosos:
Vinos de uva en los que se produce gasificación durante el proceso de fermentación en
botella o en cuba cerrada. Comprende también vino con gas, cuyo anhídrido carbónico
ha sido añadido parcial o totalmente. Ejemplos: champán, vino espumoso y vino cold
duck.
14.2.3.3 Vino de uva enriquecido, vino de uva licoroso y dulce:
Vinos de uva producidos por uno de los métodos siguientes: i) fermentación del mosto
(zumo) de uva con una gran concentración de
azúcar;
ii)
mezcla de
zumo (jugo)
concentrado de uva con vino; iii) mezcla de mosto fermentado con alcohol. Ejemplos:
vino de uva para postres, oporto, madeira, marsala, tokay y jerez.
14.2.4 Vinos (distintos de los de uva):
Comprende vinos elaborados con frutas distintas de la uva, la manzana y la pera, y de otros
productos agrícolas, incluidos los granos (p. ej., el arroz). Estos vinos pueden ser espumosos o
no espumosos. Ejemplos: vino de arroz (sake) y vinos de fruta espumosos y no espumosos.
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14.2.5 Aguamiel:
Licor elaborado a base de miel, malta y especias fermentadas, o solamente miel. Incluye el vino
de miel.
14.2.6 Licores destilados que contengan más de un 15 por ciento de alcohol:
Comprende todos los licores destilados derivados de granos (p. ej., maíz, cebada, centeno, trigo),
tubérculos (p. ej., la patata (papa)), frutas (p. ej., uvas, bayas) o caña de azúcar que contengan
más del 15 por ciento de alcohol. Ejemplos: aperitivos, coñac (vino destilado), cordiales, licores
(incluidos los licores emulsionados), bagaceirea belha (grapa de Portugal; la bragaceira es una
bebida destilada que se obtiene del bagaço (pieles, semillas y tallos de uva prensados)), eau de
vie
(un
tipo
de
coñac),
ginebra,
grapa
(coñac
italiano
destilado
de
los
residuos
del
vino
prensados), marc (coñac destilado de los residuos de uva o manzana), korn (licor de cereales
(schnapps)
(Weizen)
de
o
Alemania,
de
ambos
normalmente
cereales
obtenido
(Getreide);
del
centeno
conocido
(Roggen),
también
a
veces
como
del
trigo
Kornbrantt
o
Kornbranttwein)91, mistela (también mistelle (Francia) y jeropico (Sudáfrica); zumo (jugo) de
uva sin fermentar enriquecido con alcohol de uva), ouzo (bebida espirituosa griega saborizada
con anís), ron, tsikoudia (bebida espirituosa de uva de Creta), tspouro (bebida espirituosa de uva
de ciertas regiones de Grecia, wienbrand (un tipo de coñac a base de uva elaborado por Hugo
Asbach,
Rudesheim,
Alemania;
literalmente
vino
quemado),
cachaça
(licor
de
Brasil
elaborado a base de zumo (jugo) de azúcar de caña destilado y fermentado), tequila, whisky y
vodka.
14.2.7 Bebidas alcohólicas saborizadas (p. ej., cerveza, vino y bebidas espirituosas tipo refresco,
refrescos con bajo contenido de alcohol:
Comprende todos los productos de bebidas alcohólicas no normalizadas. Si bien la mayoría de
estos productos contienen menos del 15 por ciento de alcohol, algunos productos aromatizados
tradicionales que no están normalizados pueden contener hasta un 24 por ciento de alcohol.
Ejemplos: vino, sidra y sidra de pera aromatizados; vinos de aperitivo; americano; batidas
(bebidas hechas con cachaça (cachaça, zumo (jugo) de fruta o leche de coco y, facultativamente,
leche condensada); bitter soda y bitter vino; clarea (también claré o clary); una mezcla de miel,
vino blanco y especias; es muy similar al hippocras, que se elabora con vino tinto); bebidas
alcohólicas
de jurubeba
(producto alcohólico
hecho
con Solanum paniculatum,
una planta
indígena del norte del Brasil y de otras zonas de América del Sur); negus (sangría; una bebida
caliente hecha con oporto, azúcar, limón y especias); sod, saft y sodet; vermut; zurra (en el sur
de España, una sangría hecha con melocotones y nectarinas; también es el término español para
designar el vino de especias preparado con vino frío o tibio, azúcar, limón, naranjas o especias);
amazake (bebida dulce con bajo contenido de alcohol (menos del 1 por ciento) hecho de arroz
con koji; mirin (una bebida alcohólica dulce (menos del 10 por ciento de alcohol preparada
mezclando shoochuu (un
licor), arroz
y
koji);
malternatives
(bebidas
a
base de
malta)y
cócteles listos para el consumo (mezclas de bebidas alcohólicas, licores, vinos, esencias, frutas y
extractos de plantas, etc. comercializadas como productos o mezclas listas para el consumo). Las
bebidas tipo refresco se componen de cerveza, bebidas a base de malta, vino o licor, zumo (jugo)
o zumos de fruta y soda (si contienen gas).
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15.0 Aperitivos listos para el consumo:
Comprende todos los tipos de alimentos para el aperitivo.
15.1 Aperitivos a base de patatas (papas), cereales, harina o almidón (derivados de raíces y tubérculos,
legumbres y leguminosas):
Comprende todos los aperitivos simples y aromatizados, pero excluye las galletas cracker simplees
(categoría
07.1.2). Ejemplos:
patatas
senbei),
galletas cracker de arroz (
(papas)
fritas,
palomitas
de maíz,
galletas
saladas
(pretzels),
galletas cracker saborizadas (p. ej., las galletas cracker con
sabor a queso), bhujía (nankeen); aperitivo elaborado a base de una mezcla de harinas, maíz, patatas, sal,
frutos secos, piñones, especias, colores, aromas y antioxidantes) y papads (elaboradas a base de harina
de arroz con agua, o de harina de frijoles urd o de caupí, con la adición de sal y especias, y preparadas en
forma de bola o torta plana).
15.2 Nueces elaboradas, incluidas las nueces revestidas y mezclas de nueces (p. ej., con frutas secas):
Comprende todos los tipos de nueces enteras elaboradas; p. ej., con cáscara o sin ella, saladas o simples,
así como las nueces elaboradas tostadas en seco, tostadas marinadas, saladas o hervidas. Se clasifican
aquí los aperitivos de nueces recubiertas de yogur, cereales y miel y los aperitivos secos de frutas,
nueces y cereales (p. ej., los trail mix). Las nueces recubiertas de chocolate se clasifican en la
categoría 05.1.4.
15.3 Aperitivos a base de pescado:
Se refiere a las galletas cracker para aperitivo con pescado, productos pesqueros o sabor a pescado. El
pescado seco en sí que puede consumirse como aperitivo se clasifica en la categoría 09.2.5, y los
aperitivos de fiambre (p. ej., el charqui de vacuno, el pemmican) en la categoría 08.3.1.2.
16.0 Alimentos compuestos (que no pueden clasificarse en las categorías 01 a 15):
Comprende los
platos
preparados o
combinados en
los
que
se
añaden
aditivos directamente
al
alimento
compuesto. También pueden contener aditivos por transparencia de sus ingredientes. P. ej., un aditivo que se
utiliza como ingrediente en un pastel de carne, aunque ninguno de sus componentes (p. ej., en la corteza) se
clasifique en esta categoría. Ejemplos de platos combinados: productos culinarios deshidratados que pueden
contener hortalizas o ingredientes de origen animal elaborados y especias y que deben reconstituirse con agua
antes de la cocción; cenas listas para el consumo (p. ej., primeros platos congelados), guisos, carne picada y
salsas para aperitivos (p. ej., salsa de cebollas).
8. LISTAS DE ADITIVOS PERMITIDOS
8.1
Saborizantes
y
aromatizantes:
Se
permite
usar
como
saborizantes/aromatizantes
aquellas
sustancias
aromáticas o mezclas de ellas obtenidas por procesos físicos o químicos de aislamiento o síntesis de tipo natural,
idéntico
a
natural
o
artificial,
aceptados
por
cualquiera
de
las
siguientes
entidades
reconocidas
internacionalmente JECFA, FDA, FEMA, y la Unión Europea.
8.2 Otros aditivos diferentes a los aromatizantes y saborizantes: Estos aditivos están contemplados en los
Anexos I, II, III.
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8.3 En el Anexo IV del presente reglamento se establece el procedimiento de actualización del listado de aditivos
permitidos.
8.4 Disposiciones sobre aditivos alimentarios
i.
En el
Anexo I se especifica, para cada uno de los aditivos alimentarios o de los grupos de aditivos
alimentarios (presentados en orden alfabético) a los que el JECFA ha asignado una IDA numérica, las
categorías de alimentos (o los alimentos) en que se reconoce el uso del aditivo, las dosis máximas de uso
para cada alimento o categoría de alimentos y su función tecnológica. En el Anexo 1 figuran también los
usos de los aditivos con una IDA no numérica y se especifican sus dosis máximas de uso.
ii.
En el Anexo II se ofrece la misma información que en el Anexo 1, pero presentada en orden numérico de
categoría de alimentos.
iii.
En el Anexo III figura la lista de los aditivos con una IDA del JECFA no especificada o no limitada cuyo
uso en los alimentos en general está autorizado en dosis quantum satis y según los principios de las buenas
prácticas de manufactura descritos en el apartado 4.2 del presente reglamento.
En la sección posterior al Anexo III se presenta la lista de los alimentos y categorías de alimentos que están
excluidos de las condiciones generales del Anexo III. Las disposiciones de los Anexos I y II rigen la utilización
de los aditivos de las categorías de alimentos enumerados posterior al Anexo III. Salvo indicación en contrario,
las dosis máximas de uso de los aditivos de los Anexo I y II se refieren al producto final, en la forma en que se
consume.
En los Anexo I, II y III no se hace referencia a los usos de las sustancias como coadyuvantes de elaboración.
9. INTEGRACIÓN DE LA COMISIÓN CENTROAMERICANA DE ADITIVOS ALIMENTARIOS
La Comisión Centroamericana de Aditivos Alimentarios (CCAA) estará integrada por dos representantes un
propietario y un suplente, del ente competente de cada uno de los países miembros de la Unión Aduanera
Centroamericana y ser designados por el ministerio/secretaria de salud respectiva. Dichos representantes deberán
tener conocimiento y experiencia en materia de aditivos alimentarios.
El
representante
del
país
que
ostenta
la
presidencia
Pro-tempore
del
Sistema
de
Integración
Económica
Centroamericana, ejercerá la coordinación de la CCAA.
Los objetivos de la CCAA son los siguientes:
9.1 Asegurar que los aditivos, incorporados en este reglamento
no representen daño a la salud de la población,
de la región centroamericana.
9.2 Elaborar recomendaciones y propuestas de soluciones, a controversia en materia de aditivos.
9.3 Notificar alertas de riesgo de un peligro a la salud humana por aditivos alimentarios.
9.4 Mantener actualizadas las listas de aditivos establecidas en la sección 8 de este reglamento
10. VIGILANCIA Y VERIFICACIÓN
Corresponde la vigilancia y la verificación de este Reglamento Técnico a los Ministerios o Secretarías de Salud
de los países Centroamericanos.
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
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11. BIBLIOGRAFIA
11.1
Norma Codex Stan 192-1995. (Rev. 6-2005) Norma General de Aditivos Alimentarios.
11.2
Lista de materiales de fragancias y sabores de la Asociación Internacional de Manufactureros de Extractos
y Saborizantes (FEMA).
11.3
Código Federal de Regulaciones (CFR) de los Estados Unidos de América, título 21. Food Chemical
Codex.
11.4
Monografías toxicológicas e informes del JECFA.
11.5
Reglamento
Tecnico
Centroamericano
Alimentos
y
Bebidas
Procesados.
Nectares
de
Fruta.
Especificaciones. RTCA 67.04.48:07
11.6
Reglamento Tecnico Centroamericano Harinas. Harina de trigo fortificada. Especificaciones RTCA
67.01.15:06
11.7
Reglamento
Tecnico
Centroamericano
Alimentos
y
Bebidas
Procesados.
Grasas
y
Aceites.
Especificaciones RTCA 67.04.40:07
11.8
Reglamento (CE) No. 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo del 16 de Diciembre de 2008
sobre Aditivos Alimentarios.
ANEXO I
(NORMATIVO)
ADITIVOS CUYO USO SE PERMITE EN CONDICIONES ESPECIFICADAS PARA CIERTA CATEGORÍA DE
ALIMENTOS O DETERMINADOS PRODUCTOS ALIMENTICIOS
ACEITE DE CASTOR
INS: 1503
Función: Antiaglutinantes, vehículo para solventes, agente de glaseado, agente de liberación
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
02.2.2
Emulsiones con menos del 80% de grasa
5000 mg/kg
05.1.4
Productos de cacao y chocolate
350 mg/kg
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1, 05.3
500 mg/kg
05.2
y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
05.3
Goma de mascar
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
2100 mg/kg
panadería fina), revestimientos
2000 mg/kg
(que no sean de fruta) y salsas dulces
13.6
14.1.4
Complementos alimenticios
1000 mg/kg
Bebidas a base de agua saborizada, incluidas las bebidas para deportistas,
500 mg/kg
bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
ACIDOS GRASOS
INS: 570
Función: Agente de recubrimiento
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
05.3
Goma de mascar
BPM
Directiva
95/2/CE
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ACIDOS GLUCONICO
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INS: 574
Función: Acidulante, regulador de acidez
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
05.3
Goma de mascar
BPM
Directiva
95/2/CE
ACEITE MINERAL (ALTA VISCOSIDAD)
INS: 905d
Función: Agente de glaseado, antiadherente
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
04.1.1.1
Frutas fresa no tratadas
04.1.2.2
Frutas desecadas
BPM
04.2.1.1.
Hortalizas (incluidas las setas, hongos, raíces
5000 mg/kg
y tubérculos, legumbres y
BPM
hortalizas y aloe vera) algas marinas y nueces y semillas frescos sin tratar
05.1
Productos de cacao y chocolate, incluidos los productos de imitación y los
2000 mg/kg
Nota 3
2000 mg/kg
Nota 3
sucedáneos del chocolate
05.2
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1, 05.3
y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
05.3
Goma de mascar
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
20000 mg/kg
panadería fina), revestimientos
2000 mg/kg
Nota 3
(que no sean de fruta) y salsas dulces
06.1
Granos enteros, triturados o en copos, incluyendo arroz
800 mg/kg
Nota 98
07.0
Productos de panadería
3000 mg/kg
Nota 125
Productos cárnicos, de aves de corral y caza elaborados, congelados, en
950 mg/kg
Nota 3
950 mg/kg
Nota 3
08.2.3
piezas enteras o en cortes
08.3.3
Productos
cárnicos,
de aves
de
corral
y caza
picados,
elaborados
y
congelados
10.2.3
Productos a base de huevo en polvo y/o cuajados por calor
ACEITE MINERAL (MEDIA Y BAJA VISCOSIDAD, CLASE I) INS:
950 mg/kg
905e
Función: Agente de glaseado, antiadherente
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
04.1.2.2
05.0
07.1.1
Frutas desecadas
5000 mg/kg
Confitería
2000 mg/kg
Nota 3
Panes y panecillos
3000 mg/kg
Notas 36 y 126
ACESULFAME POTASICO INS:
950
Función: Acentuadores del aroma, Edulcorantes
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.2
Bebidas lácteas, saborizadas y/o fermentadas (p. ej., leche con chocolate,
350 mg/kg
cacao, ponche de huevo, yogur para beber, bebidas a base de suero)
01.2
Productos lácteos fermentados y cuajados (simples), excluida la categoría
500 mg/kg
de alimentos 01.1.2 (bebidas lácteas)
01.3.2
Blanqueadores de bebidas
01.6.5
Productos similares al queso
2000 mg/kg
350 mg/kg
01.4.4
Productos similares a la nata (crema)
1000 mg/kg
01.5.2
Productos similares a la leche y la nata (crema) en polvo
1000 mg/kg
01.7
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
350 mg/kg
02.3
Emulsiones grasas, principalmente del tipo agua en aceite, incluidos los
1000 mg/kg
02.4
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
productos a base de emulsiones grasas mezcladas y/o saborizadas
350 mg/kg
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
alimentos 01.7
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
800 mg/kg
04.1.2.1
03.0
Frutas congeladas
500 mg/kg
04.1.2.2
Frutas desecadas
500 mg/kg
04.1.2.3
Frutas en vinagre, aceite o salmuera
200 mg/kg
04.1.2.4
Frutas en conserva, enlatadas o en frascos (pasteurizadas)
350 mg/kg
04.1.2.5
Confituras, jaleas mermeladas
1000 mg/kg
04.1.2.6
Productos para untar a base de fruta (p. ej., el chutney, excluidos los
1000 mg/kg
productos de la categoría de alimentos 04.1.2.5
04.1.2.7
Frutas confitadas
500 mg/kg
04.1.2.8
Preparados a base de fruta, incluida la pulpa, los purés, los revestimientos
350 mg/kg
04.1.2.9
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas de
de fruta y la leche de coco
350 mg/kg
fruta
04.1.2.10
Productos de fruta fermentada
350 mg/kg
04.1.2.11
Rellenos de fruta para panadería
350 mg/kg
04.1.2.12
Frutas cocidas o fritas
500 mg/kg
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
200 mg/kg
04.2.2.3
Nota 144
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en vinagre, aceite, salmuera o
salsa de soya
04.2.2.4
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos legumbres y
350 mg/kg
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en conserva, en latas o frascos
(pasteurizadas) o en bolsas de esterilización
04.2.2.5
Purés y preparados para untar elaborados con hortalizas (incluidos hongos
1000 mg/kg
y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera), algas
marinas y nueces y semillas (p ej. la mantequilla de maní (cacahuete))
04.2.2.6
Pulpas y preparados de hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y
350 mg/kg
tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera) algas marinas y nueces
y semillas (como los postres y las salsas a base de hortalizas y hortalizas
confitadas) distintos de los indicados en la categoría de alimentos 04.2.2.5
04.2.2.7
Productos
a
tubérculos,
base
de
hortalizas
legumbres
y
(incluidos
leguminosas
y
hongos
aloe
y
vera)
y
setas,
raíces
algas
y
1000 mg/kg
marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
05.1.1
Mezclas de cacao (en polvo) y cacao en pasta/tortas de cacao
350 mg/kg
Nota 97
05.1.2
Mezclas de cacao (jarabes)
350 mg/kg
Nota 97
05.1.3
Productos para untar a base de cacao, incluidos rellenos a base de cacao
1000 mg/kg
05.1.4
Productos de cacao y chocolate
500 mg/kg
05.1.5
Productos de imitación y sucedáneos del chocolate
500 mg/kg
05.2.1
Caramelos duros
500 mg/kg
Nota 156
05.2.2
Caramelos blandos
1000 mg/kg
Nota 156
05.2.3
Turrón y mazapán
1000 mg/kg
05.3
Goma de mascar
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
5000 mg/kg
06.3
Cereales para el desayuno, incluidos los copos de avena
1200 mg/kg
06.5
Postres a base de cereales y almidón (p ej. pudines de arroz, pudines de
350 mg/kg
07.1
Pan y productos de panadería ordinaria
07.2
Productos de panadería fina (dulces, salados, aromatizados) y mezclas
1000 mg/kg
Nota 165
09.2
Pescado
moluscos,
200 mg/kg
Nota 144
09.3
Pescado
moluscos,
200 mg/kg
Nota 144
panadería fina), revestimientos
500 mg/kg
(que no sean de fruta) y salsas dulces
mandioca)
y
productos
pesqueros
elaborados,
1000 mg/kg
incluidos
crustáceos y equinodermos
y
productos
pesqueros
semiconservados,
incluye
crustáceos y equinodermos
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
09.4
RTCA 67.04.54:10
Pescado y productos pesqueros (incluidos los moluscos, crustáceos y
200 mg/kg
Nota 144
equinodermos) en conserva, con inclusión de los enlatados y fermentados
10.4
Postres a base de huevo ( p ej., flan)
350 mg/kg
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos de
1000 mg/kg
Nota 159
azúcar)
11.6
Edulcorantes de mesa, incluidos los que contienen edulcorantes de gran
BPM
intensidad
12.2
Hierbas aromáticas, especias aderezos (incluidos los sucedáneos de la sal)
2000 mg/kg
y condimentos (p e., el condimentos para fideos instantáneos)
12.3
Vinagres
2000 mg/kg
12.4
Mostazas
350 mg/kg
12.5
Sopas y caldos
110 mg/kg
12.6
Salsas y productos similares
1000 mg/kg
12.7
Emulsiones para ensaladas (p.ej., la ensalada de macarrones, la ensalada
350 mg/kg
de patatas (papas)) y para untar emparedados, excluidas las emulsiones
para untar a base de cacao y nueces de las categorías de alimentos
04.2.2.5 y 05.1.3
13.3
Alimentos
dietéticos
para
usos medicinales
especiales
(excluidos
los
500 mg/kg
usos
450 mg/kg
productos de la categoría de alimentos 13.1)
13.4
Preparados dietéticos para adelgazamiento y control del peso
13.5
Alimentos
dietéticos
(p.ej.,
los
450 mg/kg
complementos alimenticios para
dietéticos), excluidos los indicados en las categorías 13.1 - 13.4 y 13.6
Complementos alimenticios
2000 mg/kg
14.1.3.1
13.6
Néctares de frutas
350 mg/kg
14.1.3.2
Néctares de hortalizas
350 mg/kg
Nota 188
14.1.3.3
Concentrados para néctares de frutas
350 mg/kg
Nota 127
14.1.3.4
Concentrados para néctares de hortalizas
350 mg/kg
Nota 127
14.1.4
Bebidas a base de agua saborizada, incluidas las bebidas
BPM
FDA 172.800
14.1.5
Café, sucedáneos del
600 mg/kg
Nota 160
para deportistas, bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
café, té,
infusiones
de
hierbas y otras bebidas
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
14.2.7
Bebidas
alcohólicas
saborizadas
(p.ej.,
cerveza,
vino
y
bebidas
350 mg/kg
espirituosas tipo refresco, refrescos con bajo contenido de alcohol)
15.0
Aperitivos listos para el consumo
350 mg/kg
16.0
Alimentos compuestos (que no pueden clasificarse en las categorías del
350 mg/kg
(01 15)
ACETATO DE ALMIDON
Acetato de almidón esterificado con anhídrido acético
INS 1420
Acetato de almidón esterificado con acetato de vinilo
INS 1421
Función: Agente de carga, emulsificante, estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.2
Productos lácteos fermentados y cuajados (simples), excluida la categoría
BPM
de alimentos 01.1.2 (bebidas lácteas)
01.4.1
Nata (crema) pasteurizada (simple)
BPM
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas y
BPM
natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
02.1
09.2.2
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
BPM
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
BPM
Nota 41
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
13.1.1
Preparados para lactantes
BPM
13.1.2
Preparados de continuación
BPM
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
13.1.3
13.2
RTCA 67.04.54:10
Preparados para usos medicinales específicos destinados a los lactantes
50000 mg/kg
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
50000 mg/kg
ACETATO DE CALCIO
INS 263
Función: Regulador de la acidez, preservante, estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos de
1500 mg/kg
azúcar)
13.2
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
ACETATO DE POTASIO
BPM
INS 261
Función: Regulador de la acidez
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
02.1
02.2.1.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
BPM
Mantequilla y mantequilla concentrada
BPM
ACETATO DE SODIO
Nota 52
INS 262i
Función: Regulador de la acidez, preservante, secuestrante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
02.1
04.2.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
5000 mg/kg
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
leguminosas y áloe vera) algas marinas y nueces y semillas frescas
04.2.2.7
Productos
a
tubérculos,
base
de
hortalizas
legumbres
y
(incluidos
leguminosas
y
hongos
aloe
vera)
y
y
setas,
raíces
algas
y
BPM
marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
06.1
Granos enteros, triturados o en copos, incluyendo arroz
6000 mg/kg
06.2
Harinas y almidones
6000 mg/kg
06.4.1
Pastas y fideos frescos y productos similares
BPM
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
6000 mg/kg
08.1.1
Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza, en piezas enteras o en
BPM
cortes
09.2
Pescado
y
productos
pesqueros
elaborados,
incluidos
moluscos,
BPM
crustáceso y equinodermos
ACETATO ISOBUTIRATO DE SACAROSA
INS 444
Función: Regulador de la acidez, emulsificante, estabilizador
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
14.1.4
Bebidas a base de agua saborizada, incluidas las bebidas para deportistas,
500 mg/kg
bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
ACIDO ACETICO GLACIAL
INS 260
Función: Regulador de la acidez, preservante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.2.1
Leches fermentadas (simples)
BPM
01.6.6
Queso de proteínas del suero
BPM
02.1
02.2.1.1
04.2.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
5000 mg/kg
Mantequilla y mantequilla concentrada
BPM
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
Nota 52
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
leguminosas y áloe vera) algas marinas y nueces y semillas frescas
04.2.2.1
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
leguminosas y áloe vera) algas marinas y nueces y semillas congeladas
04.2.2.7
Productos
a
tubérculos,
base
de
hortalizas
legumbres
y
(incluidos
leguminosas
y
hongos
aloe
y
vera)
setas,
y
raíces
algas
y
BPM
marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
08.1.1
Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza, en piezas enteras o en
BPM
cortes
09.2
Pescado
y
productos
pesqueros
elaborados,
incluidos
moluscos,
BPM
crustáceso y equinodermos
10.2.1
Productos líquidos a base de huevo
BPM
10.2.2
Productos congelados a base de huevo
BPM
11.1.3
Azúcar blanco blando, azúcar moreno blando, jarabe de glucosa, jarabe
330 mg/kg
de glucosa deshidratado y azúcar de caña sin refinar
12.1.2
Sucedáneos de la sal
BPM
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
BPM
13.1.3
Preparados para usos medicinales específicos destinados a los lactantes
BPM
13.2
14.1.5
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
Café, sucedáneos del café, té, infusiones
de hierbas
Nota 51
5000 mg/kg
y otras
bebidas
BPM
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
ACIDO ASCORBICO
INS 300
Función: Antioxidante, agente de retención del color, regulador de la acidez
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
02.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
200 mg/kg
Mantequilla y mantequilla concentrada
BPM
04.1.1
Frutas frescas
500 mg/kg
04.2.1
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
500 mg/kg
02.2.1.1
Nota 52
leguminosas y áloe vera) algas marinas y nueces y semillas frescas
04.2.2.1
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
100 mg/kg
leguminosas y áloe vera) algas marinas y nueces y semillas congeladas
04.2.2.7
Productos
a
tubérculos,
base
de
hortalizas
legumbres
y
(incluidos
leguminosas
y
hongos
aloe
vera)
y
y
setas,
raíces
algas
y
BPM
marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
06.2.1
Harinas
06.4.1
Pastas y fideos frescos y productos similares
300 mg/kg
200 mg/kg
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
200 mg/kg
08.1
Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza
2000 mg/kg
09.1
Pescado y productos pesqueros frescos, incluidos moluscos, crustáceos y
200 mg/kg
09.2
Pescado
equinodermos
y
productos
pesqueros
elaborados,
incluidos
moluscos,
BPM
crustáceos y equinodermos
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
400 mg/kg
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.2
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
BPM
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.4
Pescado y productos pesqueros cocidos y/o fritos, incluidos moluscos,
200 mg/kg
crustáceos y equinodermos
12.1.2
Sucedáneos de la sal
BPM
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
BPM
13.1.2
Preparados de continuación
50 mg/kg
Nota 51
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
13.2
RTCA 67.04.54:10
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
3000 mg/kg
14.1.2.1
Zumos (jugos) de frutas
BPM
14.1.2.2
Zumos (jugos) de hortalizas
BPM
14.1.2.3
Concentrados para zumos (jugos) de frutas
BPM
14.1.2.4
Concentrados para zumos (jugos) de hortalizas
BPM
14.1.3.1
Néctares de frutas
BPM
14.1.3.2
Néctares de hortalizas
BPM
14.1.3.3
Concentrados para néctares de frutas
BPM
14.1.3.4
Concentrados para néctares de hortalizas
BPM
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té, infusiones
de hierbas
y otras bebidas
Nota 127
Nota 127
500 mg/kg
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
14.2.3
Vinos de uva
ACIDO CITRICO
250 mg/kg
INS 330
Función: Regulador de la acidez, antioxidante, secuestrante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.2.1
01.2.1.2
Leches fermentadas (simples)
Leches
fermentadas
(simples),
1500 mg/kg
tratadas
térmicamente
después
de
la
BPM
01.4.1
Nata (crema) pasteurizada (simple)
BPM
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas y
BPM
01.6.6
Queso de proteínas del suero
Nota 63
fermentación
natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
02.1
02.1.1
2.1.2
BPM
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
100 mg/kg
Aceite de mantequilla (manteca), grasa de leche anhidra , ghee.
BPM
Grasas y Aceites vegetales
BPM
Nota 15
RTCA
67.04.40:07
Grasas y aceites
02.1.3
Manteca de cerdo, sebo, aceite de pescado y otras grasas de origen animal
BPM
RTCA
67.04.40:07
Grasas y aceites
02.1.4
Mezcla de aceites y/o grasas de origen animal y vegetal. Mezclas de las
BPM
categorías 2.1.2 y 2.1.3
02.2.1.1
Mantequilla y mantequilla concentrada
BPM
04.1.2.7
Frutas Confitadas
BPM
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
04.2.1
Nota 52
leguminosas y áloe vera) algas marinas y nueces y semillas frescas
04.2.2.1
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
leguminosas y áloe vera) algas marinas y nueces y semillas congeladas
04.2.2.7
Productos
a
tubérculos,
base
de
legumbres
hortalizas
y
(incluidos
leguminosas
y
hongos
aloe
y
vera)
y
setas,
raíces
algas
y
BPM
marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
06.4.1
Pastas y fideos frescos y productos similares
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
BPM
BPM
08.1.1
Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza, en piezas enteras o en
2000 mg/kg
08.1.2
Carne fresca picada, incluida la de aves de corral y caza
100 mg/kg
09.1
Pescado y productos pesqueros frescos, incluidos moluscos, crustáceos y
BPM
09.2
Pescado
cortes
Nota 15
equinodermos
y
productos
pesqueros
elaborados,
incluidos
moluscos,
BPM
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
BPM
crustáceos y equinodermos
09.2.1
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.2
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
BPM
Nota 61
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
10.2.1
Productos líquidos a base de huevo
BPM
10.2.2
Productos congelados a base de huevo
BPM
Sal y sucedáneos de la sal
BPM
12.2.1
12.1
Hierbas aromáticas y especias
BPM
13.1.1
Preparados para lactantes
BPM
13.1.2
Preparados de continuación
BPM
13.1.3
Preparados para usos medicinales específicos destinados a los lactantes
BPM
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
25000 mg/kg
14.1.2.1
13.2
Zumos (jugos) de frutas
3000 mg/kg
14.1.2.2
Zumos (jugos) de hortalizas
3000 mg/kg
14.1.2.3
Concentrados para zumos (jugos) de frutas
3000 mg/kg
14.1.2.4
Concentrados para zumos (jugos) de hortalizas
3000 mg/kg
14.1.3.1
Néctares de frutas
5000 mg/kg
14.1.3.2
Néctares de hortalizas
5000 mg/kg
14.1.3.3
Concentrados para néctares de frutas
5000 mg/kg
14.1.3.4
Concentrados para néctares de hortalizas
5000 mg/kg
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té, infusiones
de hierbas
y otras bebidas
Nota 51
Nota 122
Notas 122 y 127
Nota 127
BPM
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
14.2.3
Vinos de uva
ACIDO CLORHIDRICO
4000 mg/kg
INS 507
Función: Regulador de la acidez
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.2.1
06.2
13.1.3
13.2
Leches fermentadas (simples)
BPM
Harinas y almidones
BPM
Preparados para usos medicinales específicos destinados a los lactantes
BPM
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
BPM
ACIDO ERITORBICO
INS 315
Acido eritórbico (Acido isoascórbico)
Función: Antioxidante, agente de retención del color
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
02.1
02.2.1.1
04.1.1
04.2.1.3
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
100 mg/kg
Mantequilla y mantequilla concentrada
100 mg/kg
Frutas frescas
BPM
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
Nota 52
leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas frescas
peladas, cortadas y desmenuzadas
04.2.2.1
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
leguminosas y áloe vera) algas marinas y nueces y semillas congeladas
08.1.1
Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza, en piezas enteras o en
500 mg/kg
cortes
08.1.2
Carne fresca picada, incluidas las de aves de corral y de caza
400 mg/kg
FSIS 7120.1 rev
9 USDA
09.1
Pescado y productos pesqueros frescos, incluidos moluscos, crustáceos y
BPM
equinodermos
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
1500 mg/kg
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.2
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
BPM
Nota 15
Página 60 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té, infusiones
de hierbas
y otras bebidas
BPM
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
14.2.3
Vinos de uva
ACIDO FUMARICO
250 mg/kg
INS 297
Función: Regulador de la acidez, estabilizador
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.2.1
04.2.2.7
Leches fermentadas (simples)
Productos
a
tubérculos,
base
de
BPM
hortalizas
legumbres
y
(incluidos
leguminosas
y
hongos
aloe
y
vera)
y
setas,
raíces
algas
y
BPM
marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
06.4.1
Pastas y fideos frescos y productos similares
600 mg/kg
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
600 mg/kg
09.2
Pescado
y
productos
pesqueros
elaborados,
incluidos
moluscos,
BPM
crustáceos y equinodermos
12.1.2
Sucedáneos de la sal
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
BPM
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té,
14.2.3
Vinos de uva
infusiones
de
hierbas y otras bebidas
BPM
Nota 51
1000 mg/kg
Nota 2
3000 mg/kg
Nota 109
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
ACIDO L (+) GLUTAMICO
INS 620
Función: Acentuador del aroma
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
12.1.2
Sucedáneos de la sal
BPM
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
BPM
Nota 51
ACIDO GUANILICO, 5- INS: 626
Función: Acentuadores del aroma
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
12.1.2
Sucedáneos de la sal
BPM
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
BPM
ACIDO INOSINICO
Nota 51
INS 630
Función: Acentuador del aroma
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
12.1.2
Sucedáneos de la sal
BPM
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
BPM
ACIDO LACTICO (L, D Y DI)
Nota 51
INS 270
Función: Regulador de la acidez
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.2.1
Leches fermentadas (simples)
01.4.1
Nata (crema) pasteurizada (simple)
BPM
BPM
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas y
BPM
01.6.6
Queso de proteínas del suero
natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
BPM
Página 61 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
02.1
02.2.1.1
RTCA 67.04.54:10
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
BPM
Mantequilla y mantequilla concentrada
BPM
04.2.1
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
04.2.2.1
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
Nota 52
leguminosas y áloe vera) algas marinas y nueces y semillas frescas
BPM
leguminosas y áloe vera) algas marinas y nueces y semillas congeladas
04.2.2.7
Productos
a
tubérculos,
base
de
hortalizas
legumbres
y
(incluidos
leguminosas
y
hongos
aloe
y
vera)
setas,
y
raíces
algas
y
BPM
marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
06.4.1
Pastas y fideos frescos y productos similares
BPM
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
BPM
08.1.2
Carne fresca picada, incluida la de aves de corral y caza
6000 mg/kg
10.2.1
Productos líquidos a base de huevo
BPM
10.2.2
Productos congelados a base de huevo
BPM
12.1.2
Sucedáneos de la sal
BPM
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
BPM
14.2.3
Vinos de uva
4000 mg/lg
ACIDO MALICO (DL-)
Nota 51
INS 296
Función: Regulador de la acidez, secuestrante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.2.1
Leches fermentadas (simples)
BPM
01.6.6
Queso de proteínas del suero
BPM
02.1.2
Grasas y aceites vegetales
100 mg/kg
02.1.3
Manteca de cerdo, cebo, aceite de pescado y otras grasas de origen animal
100 mg/kg
02.1.4
Mezcla de aceites y/o grasas de origen animal y vegetal. Mezclas de las
100 mg/kg
categorías 2.1.2 y 2.1.3
04.2.1
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
leguminosas y áloe vera) algas marinas y nueces y semillas frescas
04.2.2.1
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
leguminosas y áloe vera) algas marinas y nueces y semillas congeladas
04.2.2.7
Productos a base de hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubér-
BPM
culos, legumbres y leguminosas y aloe vera) y algas marinas fermentadas,
excluidos los producto fermentados de soja de la categoría 12.10
06.4.2
09.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
Pescado
y
productos
pesqueros
elaborados,
BPM
incluidos
moluscos,
BPM
crustáceos y equinodermos
12.1.1
Sal
BPM
12.1.2
Sucedáneos de la sal
BPM
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
BPM
Nota 51
14.1.2.1
Zumos (jugos) de frutas
BPM
Nota 115
14.1.2.2
Zumos (jugos) de hortalizas
3000 mg/kg
14.1.2.3
Concentrados para zumos (jugos) de frutas
BPM
14.1.2.4
Concentrados para zumos (jugos) de hortalizas
3000 mg/kg
14.1.3.1
Néctares de frutas
BPM
14.1.3.2
Néctares de hortalizas
3000 mg/kg
14.1.3.3
Concentrados para néctares de frutas
BPM
14.1.3.4
Concentrados para néctares de hortalizas
3000 mg/kg
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té,
infusiones
de hierbas
y otras bebidas
Notas 115 y 127
Nota 127
BPM
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
14.2.3
Vinos de uva
4000 mg/kg
Página 62 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
ÁCIDO PROPIÓNICO
RTCA 67.04.54:10
INS 280
Función: Sustancia conservadora
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.6.6
Queso de proteínas del suero
3000 mg/kg
Nota 70
ÁCIDO SULFÚRICO INS 513
Función: Regulador del pH
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.6
Quesos y productos similares
05.3
Goma de mascar
3 mg/kg
Directiva
BPM
ÁCIDO TÀNICO
INS 181
95/2/CE
taninos, ácido gallotánico
Función: Agente clarificante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.7
04.1.2.9
Postres lácteos (p.ej. pudines, yogur aromatizado o con fruta
400 mg/kg
FDA 184. 1097
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas de
50 mg/kg
FDA 184. 1097
fruta
05.2.1
Caramelos duros
130 mg/kg
FDA 184. 1097
07.0
Productos de panadería
100 mg/kg
FDA 184. 1097
08.2
Productos cárnicos, de aves de corral y caza elaborados, en piezas o en
10 mg/kg
FDA 184. 1097
cortes
14.1
Bebidas no alcohólicas
50 mg/kg
FDA 184. 1097
14.2
Bebidas alcohólicas
150 mg/kg
FDA 184. 1097
ADIPATO DE DIALMIDON ACETILADO
INS 1422
Función: Agente de carga, emulsificante, estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.2
Productos lácteos fermentados y cuajados (simples), excluida la categoría
BPM
de alimentos 01.1.2 (bebidas lácteas)
01.4.1
Nata (crema) pasteurizada (simple)
BPM
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas y
BPM
natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
02.1
02.2.1.1
09.2.2
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
BPM
Mantequilla y mantequilla concentrada
BPM
Nota 52
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
BPM
Nota 41
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos de
10000 mg/kg
azúcar)
13.1.1
Preparados para lactantes
BPM
13.1.2
Preparados de continuación
25000 mg/kg
13.1.3
Preparados para usos medicinales específicos destinados a los lactantes
6000
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
60000 mg/kg
Café, sucedáneos del café, té, infusiones
10000 mg/kg
13.2
14.1.5
de hierbas
y otras bebidas
mg/kg
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
Página 63 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
ADIPATOS
Acido adípico
INS: 355
Adipato de sodio
INS:
356
Adipato de potasio
INS: 357
Adipato de amonio
INS:
359
Función: Reguladores de la acidez, agentes endurecedores, gasificantes
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.2.1
Leches fermentadas (simples)
1500 mg/kg
01.6.4
Queso elaborado, fundido
4500 mg/kg
01.6.5
Nota 1
Nota 1
Productos similares al queso
4500 mg/kg
01.7
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
4500 mg/kg
Nota 1
02.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
3000 mg/kg
Nota 1
02.2.1.2
Nota 1
Margarina y productos similares
BPM
Nota 1
02.4
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
5500 mg/kg
Nota 1
03.0
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
2000 mg/kg
Nota 1
04.1.2.5
Confituras, jaleas mermeladas
2000 mg/kg
Nota 1
04.1.2.9
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas de
5500 mg/kg
Nota 1
Rellenos de fruta para panadería
5500 mg/kg
Nota 1
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
200 mg/kg
Nota 1
200 mg/kg
Nota 1
alimentos 01.7
fruta
04.1.2.11
04.2.2.3
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en vinagre, aceite, salmuera o
salsa de soya
04.2.2.6
Pulpas y preparados de hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y
tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera) algas marinas y nueces
y semillas (como los postres y las salsas a base de hortalizas y hortalizas
confitadas) distintos de los indicados en la categoría de alimentos 04.2.2.5
04.2.2.7
Productos
tubérculos,
a
base
de
legumbres
hortalizas
y
(incluidos
leguminosas
y
hongos
aloe
vera)
y
y
setas,
algas
raíces
y
200 mg/kg
Nota 1
marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
04.2.2.8
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
200 mg/kg
Nota 1
leguminosas y aloe vera) y algas marinas cocidas o fritas
05.1.3
05.2
Productos para untar a base de cacao, incluidos rellenos a base de cacao
200 mg/kg
Nota 1
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1, 05.3
200 mg/kg
Nota 1
y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc
05.3
Goma de mascar
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
panadería fina), revestimientos
200 mg/kg
Nota 1
200 mg/kg
Nota 1
(que no sean de fruta) y salsas dulces
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
200 mg/kg
Nota 1
06.4.3
Pastas y fideos precocidos y productos similares
200 mg/kg
Nota 1
Postres a base de cereales y almidón (p ej. Pudines de arroz, pudines de
5500 mg/kg
Nota 1
1000 mg/kg
Nota 1
06.5
mandioca)
06.6
Mezclas batidas para rebosar (p. ej., para empanar o rebosar pescado o
carne de aves de corral
07.0
Productos de panadería
500 mg/kg
Nota 1
08.2
Productos cárnicos, de aves de corral y caza elaborados en piezas enteras
3000 mg/kg
Nota 1
08.3
Productos cárnicos, de aves de corral y caza picados y elaborados
3000 mg/kg
Aderezos y condimentos
50000 mg/kg
Nota 1
Salsas y productos similares
10000 mg/kg
Nota 1
Bebidas a base de agua saborizada con gas
50 mg/kg
Nota 1
o en cortes
12.2.2
12.6
14.1.4.1
Nota 1
Página 64 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
14.1.4.2
RTCA 67.04.54:10
Bebidas a base de agua saborizada sin gas, incluidos los ponches de fruta
50 mg/kg
Nota 1
y las limonadas y bebidas similares
14.1.4.3
14.2.1
Concentrados (líquidos o sólidos) para bebidas a base de agua saborizadas
50 mg/kg
Cerveza y bebidas a base de malta
200 mg/kg
Nota 1
13000 mg/kg
Nota 1
200 mg/kg
Notas 1 y 2
15.1
Aperitivos
a
base
de
patatas
(papas),
cereales,
harina
o
almidón
16.0
Alimentos compuestos (que no pueden clasificarse en las categorías 01 -
Nota 1
(derivados de raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas
15)
AGAR
INS 406
Función: Agente de carga, emulsificante, relleno, estabilizador, espesante incrementador del volumen, sustancia inerte, agente
de glaseado y humectante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.1.2
01.2
Suero de mantequilla (simples)
2500 mg/kg
Productos lácteos fermentados y cuajados (natural), excluida la categoría
2500 mg/kg
de alimentos 01.1.2 (bebidas lácteas)
01.4.1
Nata (crema) pasteurizada (simple)
2500 mg/kg
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas y
2500 mg/kg
natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
02.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
BPM
02.2.1.1
Mantequilla y mantequilla concentrada
2500 mg/kg
04.1.1.2
Frutas frescas tratadas en la superficie
2500 mg/kg
04.1.1.3
Frutas frescas peladas y/o cortadas
2500 mg/kg
04.2.1.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
2500 mg/kg
Nota 52
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
04.2.1.3
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
2500 mg/kg
leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas frescas
peladas, cortadas y desmenuzadas
04.2.2.1
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
2500 mg/kg
leguminosas y áloe vera) algas marinas y nueces y semillas congeladas
06.4.1
Pastas y fideos frescos y productos similares
2500 mg/kg
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
2500 mg/kg
08.1
09.2.1
Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza
2500 mg/kg
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
2500 mg/kg
Notas 3 y 53
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.2
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
2500 mg/kg
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.3
Productos
pesqueros
picados,
amalgamados
y
congelados,
incluidos
2500 mg/kg
Pescado y productos pesqueros cocidos y/o fritos, incluidos moluscos,
2500 mg/kg
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.4
crustáceos y equinodermos
09.2.5
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fementados y/o
2500 mg/kg
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
10.2.1
Productos líquidos a base de huevo
2500 mg/kg
10.2.2
Productos congelados a base de huevo
2500 mg/kg
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos de
2500 mg/kg
11.4
azúcar)
12.1.2
Sucedáneos de la sal
2500 mg/kg
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
2500 mg/kg
13.1.1
Preparados para lactantes
2500 mg/kg
13.1.2
Preparados de continuación
2500 mg/kg
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
2500 mg/kg
13.2
Nota 51
Página 65 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té, infusiones
de hierbas
RTCA 67.04.54:10
y otras bebidas
2500 mg/kg
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
ALCOHOL POLIVINILICO
INS 1203
Función: Agente gelificante, estabilizador
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
13.6
Complementos alimenticios
45000 mg/kg
ALFA AMILASA (ASPERGILLUS ORYSAE VAR.)
INS 1100
Función: Adyuvantes, enzimas, agente de tratamiento de las harinas
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
06.1
Granos enteros, triturados o en copos, incluyendo arroz
BPM
06.2
Harinas y almidones
BPM
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
BPM
13.1.1
Preparados para lactantes
BPM
13.1.2
Preparados de continuación
BPM
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
BPM
13.2
ALFA AMILASA (BACILLUS SUBTILIS)
INS 1100
Función: Enzimas, agente de tratamiento de las harinas
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
06.2
Harinas y almidones (incluida la soja en polvo)
ALFA AMILASA (CARBOHYDRASA) (BACILLUS LICHENIFORMIS)
BPM
INS 1100
Función: Enzimas, agente de tratamiento de las harinas
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
06.2.2
Almidones
BPM
14.2.3
Vinos de uva
BPM
FDA 184.1027 y
184.1148
ALGA EUCHEUMA ELABORADA (CARRAGENINA SEMI REFINADA)
INS 407a
Función: Estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.1.2
01.2
Suero de mantequilla (simples)
BPM
Productos lácteos fermentados y cuajados (simples), excluida la categoría
5000 mg/kg
de alimentos 01.1.2 (bebidas lácteas)
01.4.1
Nata (crema) pasteurizada (simple)
BPM
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas y
5000 mg/kg
natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
02.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
BPM
02.2.1.1
Mantequilla y mantequilla concentrada
BPM
04.1.1.2
Frutas frescas tratadas en la superficie
BPM
04.1.1.3
Frutas frescas peladas y/o cortadas
BPM
04.2.1.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
Nota 52
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
04.2.1.3
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas frescas
peladas, cortadas y desmenuzadas
Página 66 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
04.2.2.
RTCA 67.04.54:10
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
leguminosas y áloe vera) algas marinas y nueces y semillas congeladas
04.2.2.7
Productos
tubérculos,
a
base
de
hortalizas
legumbres
y
(incluidos
leguminosas
y
hongos
aloe
y
vera)
setas,
y
algas
raíces
y
BPM
marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
06.4.1
Pastas y fideos frescos y productos similares
BPM
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
8330 mg/kg
08.1
Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza
BPM
09.1
Pescado y productos pesqueros frescos, incluidos moluscos, crustáceos y
BPM
Nota 37
equinodermos
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
5000 mg/kg
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.2
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
5000 mg/kg
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.3
Productos
pesqueros
picados,
amalgamados
y
congelados,
incluidos
BPM
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.4.1
Pescado y productos pesqueros cocidos
09.2.4.2
Moluscos, crustáceos y equinodermos cocidos
5000 mg/kg
BPM
09.2.4.3
Pescado y productos pesqueros fritos, incluidos moluscos, crustáceos y
BPM
09.2.5
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
equinodermos
BPM
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
10.2.1
Productos líquidos a base de huevo
10.2.2
Productos congelados a base de huevo
BPM
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos de
BPM
11.4
BPM
azúcar)
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
BPM
13.1.1
Preparados para lactantes
1000 mg/kg
13.1.2
Preparados de continuación
1000 mg/kg
13.2
14.1.5
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
BPM
Café, sucedáneos del café, té, infusiones
BPM
de hierbas
y otras bebidas
Nota 51
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
ALGINATO DE AMONIO
INS 403
Función: Emulsificante, estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.2.1.2
Leches
fermentadas
(simples),
tratadas
térmicamente
después
de
la
1000 mg/kg
01.4.1
Nata (crema) pasteurizada (simple)
1000 mg/kg
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas y
1000 mg/kg
fermentación
natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
02.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
5000 mg/kg
02.2.1.1
Mantequilla y mantequilla concentrada
1000 mg/kg
04.1.1.2
Frutas frescas tratadas en la superficie
1000 mg/kg
04.2.1.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
1000 mg/kg
Nota 52
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
1000 mg/kg
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
1000 mg/kg
moluscos, crustáceos y equinodermos
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos de
1000 mg/kg
azúca
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
13.1.1
13.2
RTCA 67.04.54:10
Preparados para lactantes
1000 mg/kg
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
1000 mg/kg
ALGINATO DE CALCIO
INS 404
Función: Agente antiespumante, emulsificante, estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.1.2
Suero de mantequilla (simple)
01.2.1.2
Leches
fermentadas
(simples),
3000 mg/kg
tratadas
térmicamente
después
de
la
3000 mg/kg
01.4.1
Nata (crema) pasteurizada (simple)
3000 mg/kg
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas y
3000 mg/kg
fermentación
natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
02.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
5000 mg/kg
02.2.1.1
Mantequilla y mantequilla concentrada
3000 mg/kg
04.1.1.2
Frutas frescas tratadas en la superficie
3000 mg/kg
04.2.1.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
3000 mg/kg
Nota 52
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
3000 mg/kg
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
3000 mg/kg
moluscos, crustáceos y equinodermos
10.2.1
Productos líquidos a base de huevo
6000 mg/kg
10.2.2
Productos congelados a base de huevo
6000 mg/kg
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos de
3000 mg/kg
11.4
azúcar)
13.1.1
Preparados para lactantes
13.1.3
Preparados para usos medicinales específicos destinados a los lactantes
3000 mg/kg
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
3000 mg/kg
14.1.3.1
Néctares de frutas
3000mg/kg
FDA 184.1187
14.1.3.2
Néctares de hortalizas
3000 mg/kg
FDA 184.1187
14.2.3.2
Vinos de uva espumosos y semiespumosos
4000 mg/kg
13.2
ALGINATO DE POTASIO
3000 mg/kg
INS 402
Función: Emulsificante, estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.1.2
Suero de mantequilla (simple)
01.2.1.2
Leches
fermentadas
(simples),
200 mg/kg
tratadas
térmicamente
después
de
la
200 mg/kg
01.4.1
Nata (crema) pasteurizada (simple)
200 mg/kg
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas y
200 mg/kg
fermentación
natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
02.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
BPM
02.2.1.1
Mantequilla y mantequilla concentrada
200 mg/kg
04.1.1.2
Frutas frescas tratadas en la superficie
2500 mg/kg
04.2.1.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
2500 mg/kg
Nota 52
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
200 mg/kg
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
200 mg/kg
moluscos, crustáceos y equinodermos
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos de
200 mg/kg
azúcar)
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
13.1.1
Preparados para lactantes
13.1.3
Preparados para usos medicinales específicos destinados a los lactantes
200 mg/kg
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
200 mg/kg
14.1.3.1
Néctares de frutas
2500 mg/kg
FDA 184.1610
14.1.3.2
Néctares de hortalizas
100 mg/kg
FDA 184.1610
14.2.3.2
Vinos de uva espumosos y semiespumosos
200 mg/kg
13.2
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
200 mg/kg
INS 405
Función: Adjuvante, agente de carga, emulsificante, estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.1.2
01.1.2
Suero de mantequilla (simple)
3000 mg/kg
Bebidas lácteas, saborizadas y/o fermentadas (p. ej., leche con chocolate,
3000 mg/kg
cacao, ponche de huevo, yogur para beber, bebidas a base de suero)
01.2
Productos lácteos fermentados y cuajados (simples), excluida la categoría
3000 mg/kg
de alimentos 01.1.2 (bebidas lácteas)
01.2.1.2
Leches
fermentadas
(simples),
tratadas
térmicamente
después
de
la
3000 mg/kg
fermentación
01.3.2
Blanqueadores de bebidas
01.4.3
Nata (crema) Cuajada (natural)
3000 mg/kg
01.4.4
Productos similares a la nata (crema)
3000 mg/kg
Queso no madurado
9000 mg/kg
01.6.1
3000 mg/kg
01.6.2.1
Queso madurado, incluida la corteza
9000 mg/kg
01.6.2.2
Corteza de queso madurado
9000 mg/kg
01.6.2.3
Queso en polvo (para reconstitución; p.ej.para salsas a base de queso)
9000 mg/kg
Queso de suero
9000 mg/kg
01.6.4
Queso elaborado, fundido
9000 mg/kg
01.6.5
Productos similares al queso
9000 mg/kg
01.6.6
Queso de proteínas del suero
9000 mg/kg
01.6.3
01.7
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
5000 mg/kg
02.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
11000 mg/kg
02.2.1
Emulsiones con un 80% de grasa como mínimo
3000 mg/kg
02.2.2
Emulsiones con menos del 80% de grasa
10000 mg/kg
02.3
Emulsiones grasas, principalmente del tipo agua en aceite, incluidos los
3000 mg/kg
02.4
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
productos a base de emulsiones grasas mezcladas y/o saborizadas
10000 mg/kg
alimentos 01.7
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
5000 mg/kg
04.1.1.2
03.0
Frutas frescas tratadas en la superficie
5000 mg/kg
04.1.1.3
Frutas frescas peladas y/o cortadas
5000 mg/kg
04.1.2.1
Frutas congeladas
5000 mg/kg
04.1.2.5
Confituras, jaleas mermeladas
5000 mg/kg
04.1.2.8
Preparados a base de fruta, incluida la pulpa, los purés, los revestimientos
5000 mg/kg
04.1.2.9
Postres a base de frutas, incluidos los postres a base de agua con aromas
de fruta y la leche de coco
5000 mg/kg
de frutas
04.1.2.11
04.2.1.2
Rellenos de fruta para panadería
5000 mg/kg
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
3000 mg/kg
semillas frescas tratadas en la superficie
04.2.2.1
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
3000 mg/kg
leguminosas y áloe vera) algas marinas y nueces y semillas congeladas
04.2.2.3
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
3000 mg/kg
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en vinagre, aceite, salmuera o
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
salsa de soya
04.2.2.4
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
3000 mg/kg
Nota 39
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en conserva, en latas o frascos
(pasteurizadas) o en bolsas de esterilización
04.2.2.5
Purés y preparados para untar elaborados con hortalizas (incluidos hongos
3000 mg/kg
y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera), algas
marinas y nueces y semillas (p ej. la mantequilla de maní (cacahuete))
04.2.2.6
Pulpas y preparados de hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y
3000 mg/kg
tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera) algas marinas y nueces
y semillas (como los postres y las salsas a base de hortalizas y hortalizas
confitadas) distintos de los indicados en la categoría de alimentos 04.2.2.5
04.2.2.7
Productos
tubérculos,
a
base
de
hortalizas
legumbres
y
(incluidos
leguminosas
y
hongos
aloe
y
vera)
setas,
y
algas
raíces
y
3000 mg/kg
marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
05.1
Productos de cacao y chocolate, incluidos los productos de imitación y los
3000 mg/kg
sucedáneos del chocolate
05.2
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1, 05.3
3000 mg/kg
y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
05.3
Goma de mascar
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
3000 mg/kg
panadería fina), revestimientos
3000 mg/kg
(que no sean de fruta) y salsas dulces
06.4.1
Pastas y fideos frescos y productos similares
3000 mg/kg
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
3000 mg/kg
06.4.3
Pastas y fideos precocidos y productos similares
3000 mg/kg
06.5
Postres a base de cereales y almidón (p ej. pudines de arroz, pudines de
3000 mg/kg
07.0
Productos de panadería
3000 mg/kg
08.3
Productos cárnicos, de aves de corral y caza picados y elaborados
3000 mg/kg
mandioca)
Tripas comestibles (p.ej., para embutidos
3000 mg/kg
10.2.1
08.4
Productos líquidos a base de huevo
3000 mg/kg
10.2.2
Productos congelados a base de huevo
3000 mg/kg
10.4
Postres a base de huevo ( p ej., flan)
3000 mg/kg
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos de
3000 mg/kg
azúcar)
12.2.2
12.5
Aderezos y condimentos
3000 mg/kg
Sopas y caldos
3000 mg/kg
12.6.1
Salsas emulsionadas (p ej., mayonesa, aderezos para ensaladas)
3000 mg/kg
12.6.2
Salsas no emulsionadas (p ej.,ketchup, salsas a base de queso, salsas a
3000 mg/kg
base de nata (crema) y salsa gravy
12.6.3
Mezclas para salsas y gravies
3000 mg/kg
12.6.4
Salsas ligeras (p ej., salsa de pescado)
3000 mg/kg
13.1.1
Preparados para lactantes
3000 mg/kg
13.1.2
Preparados de continuación
3000 mg/kg
13.1.3
Preparados para usos medicinales específicos destinados a los lactantes
3000 mg/kg
13.2
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
3000 mg/kg
13.3
Alimentos
dietéticos
para
usos medicinales
especiales
(excluidos
los
3000 mg/kg
productos de la categoría de alimentos 13.1)
13.4
Preparados dietéticos para adelgazamiento y control del peso
13.6
Complementos alimenticios
3000 mg/kg
3000 mg/kg
14.1.4
Bebidas a base de agua saborizada, incluidas las bebidas para deportistas,
3000 mg/kg
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té, infusiones
bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
de hierbas
y otras bebidas
3000 mg/kg
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
14.2.1
Cerveza y bebidas a base de malta
14.2.6
Licores destilados que contengan más de un 15% de alcohol
15.1
Aperitivos
a
base
de
patatas
3000 mg/kg
(papas),
cereales,
harina
3000 mg/kg
o
almidón
3000 mg/kg
(derivados de raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas
ALGINATO DE SODIO
INS 401
Función: Agente de carga, emulsificante, estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.1.2
01.2
Suero de mantequilla (simple)
10000 mg/kg
Productos lácteos fermentados y cuajados (simples), excluida la categoría
10000 mg/kg
de alimentos 01.1.2 (bebidas lácteas)
01.2.1.2
Leches
fermentadas
(simples),
tratadas
térmicamente
después
de
la
10000 mg/kg
01.4.1
Nata (crema) pasteurizada (simple)
10000 mg/kg
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas y
10000 mg/kg
fermentación
natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
02.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
10000 mg/kg
02.2.1.1
Mantequilla y mantequilla concentrada
10000 mg/kg
04.1.1.2
Frutas frescas tratadas en la superficie
20000 mg/kg
04.1.1.3
Frutas frescas peladas y/o cortadas
20000 mg/kg
04.2.1.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
10000 mg/kg
Nota 52
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
04.2.2.1
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
10000 mg/kg
leguminosas áloe vera) algas marinas y nueces y semillas congeladas
06.4.1
Pastas y fideos frescos y productos similares
10000 mg/kg
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
10000 mg/kg
08.1.1
Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza, en piezas enteras o en
10000 mg/kg
cortes
08.1.2
Carne fresca picada, incluida la de aves de corral y caza
10000 mg/kg
09.1
Pescado y productos pesqueros frescos, incluidos moluscos, crustáceos y
10000 mg/kg
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
equinodermos
10000 mg/kg
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.2
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
10000 mg/kg
Notas 41 y 99
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.3
Productos
pesqueros
picados,
amalgamados
y
congelados,
incluidos
10000 mg/kg
Pescado y productos pesqueros cocidos y/o fritos, incluidos moluscos,
10000 mg/kg
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.4
crustáceos y equinodermos
09.2.5
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
10000 mg/kg
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
10.2.1
Productos líquidos a base de huevo
10.2.2
Productos congelados a base de huevo
10000 mg/kg
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos de
10000 mg/kg
11.4
10000 mg/kg
azúcar)
13.1.1
Preparados para lactantes
13.1.3
Preparados para usos medicinales específicos destinados a los lactantes
10000 mg/kg
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
10000 mg/kg
14.1.3.1
Néctares de frutas
20000 mg/kg
FDA 184.1724
14.1.3.2
Néctares de hortalizas
10000 mg/kg
FDA 184.1724
13.2
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té, infusiones
10000 mg/kg
de hierbas
y otras bebidas
10000 mg/kg
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
ALITAME
RTCA 67.04.54:10
INS 956
Función: Edulcorante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.2
Bebidas lácteas, saborizadas y/o fermentadas (p. ej., leche con chocolate,
100 mg/kg
cacao, ponche de huevo, yogur para beber, bebidas a base de suero)
01.4.4
01.7
03.0
04.1.2.5
05.0
Productos similares a la nata (crema)
100 mg/kg
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
100 mg/kg
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
100 mg/kg
Confituras, jaleas mermeladas
100 mg/kg
Confitería
300 mg/kg
05.1.2
Mezclas de cacao( jarabes)
300 mg/kg
05.1.3
Productos para untar a base de cacao, incluidos los rellenos a base de
300 mg/kg
cacao
05.1.4
Productos de cacao y chocolate
300 mg/kg
05.1.5
Productos de imitación y sucedáneos del chocolate
300 mg/kg
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1, 05.3
300 mg/kg
05.2
y 05.4 , incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
05.3
Goma de mascar
300 mg/kg
05.4
Decoraciones (p. ej para productos de panadería fina), revestimientos (que
300 mg/kg
07.1
Pan y productos de panadería ordinaria
200 mg/kg
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos de
200 mg/kg
no sean de fruta) y salsas dulces
Nota 159
azúcar)
11.6
Edulcorantes de mesa, incluidos los que contienen edulcorantes de gran
BPM
intensidad
12.2
Hierbas aromáticas, especias aderezos (incluidos los sucedáneos de la sal)
100 mg/kg
y condimentos (p e., el condimentos para fideos instantáneos)
12.5
Sopas y caldos
13.5
Alimentos
40 mg/kg
dietéticos (p.ej.,
los
complementos
alimenticios
para
usos
300 mg/kg
dietéticos), excluidos los indicados en las categorías 13.1 - 13.4 y 13.6
14.1.4
Bebidas a base de agua saborizada, incluidas las bebidas para deportistas,
40 mg/kg
bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
ALMIDON BLANQUEADO
INS 1403
Función: Agente de carga, emulsificante, estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.2
Productos lácteos fermentados y cuajados (simples), excluida la categoría
BPM
de alimentos 01.1.2 (bebidas lácteas)
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas y
BPM
natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
02.1
02.2.1.1
11.4
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
BPM
Mantequilla y mantequilla concentrada
BPM
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos de
10000 mg/kg
Nota 52
azúcar)
13.1.1
Preparados para lactantes
13.1.2
Preparados de continuación
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té, infusiones
BPM
BPM
de hierbas
y otras bebidas
10000 mg/kg
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
ALMIDON HIDROXIPROPILICO
RTCA 67.04.54:10
INS 1440
Función: Agente de carga, emulsificante, estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.1.2
01.2
Suero de mantequilla (simple)
BPM
Productos lácteos fermentados y cuajados (simples), excluida la categoría
BPM
de alimentos 01.1.2 (bebidas lácteas)
01.2.1.2
Leches
fermentadas
(simples),
tratadas
térmicamente
después
de
la
BPM
fermentación
BPM
01.2.2
Cuajada (natural)
01.4.1
Nata (crema) pasteurizada (simple)
BPM
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas y
BPM
natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
02.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
BPM
02.2.1.1
Mantequilla y mantequilla concentrada
BPM
04.1.1.2
Frutas frescas tratadas en la superficie
BPM
Nota 16
04.2.1.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
Nota 16
BPM
Nota 16
Nota 52
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
08.1.1
Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza, en piezas enteras o en
cortes
08.1.2
09.1
Carne fresca picada, incluida la de aves de corral y caza
BPM
Pescado y productos pesqueros frescos, incluidos moluscos, crustáceos y
BPM
Nota 16
equinodermos
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
BPM
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.2
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
BPM
Nota 41
incluidos
BPM
Nota 16
Pescado y productos pesqueros cocidos y/o fritos, incluidos moluscos,
BPM
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.3
Productos
pesqueros
picados,
amalgamados
y
congelados,
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.4
crustáceos y equinodermos
09.2.5
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
BPM
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos de
10000 mg/kg
azúcar)
12.1.2
Sucedáneos de la sal
BPM
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
BPM
13.1.1
Preparados para lactantes
25000 mg/kg
13.1.2
Preparados de continuación
BPM
13.1.3
Preparados para usos medicinales específicos destinados a los lactantes
60000 mg/kg
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
60000 mg/kg
Café, sucedáneos del café, té, infusiones
10000 mg/kg
13.2
14.1.5
de hierbas
y otras bebidas
Nota 51
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
ALMIDON OCTENIL SUCCINATO SODICO
INS 1450
Función: Emulsificante, estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.2
Productos lácteos fermentados y cuajados (simples), excluida la categoría
BPM
de alimentos 01.1.2 (bebidas lácteas)
01.4.1
Nata (crema) pasteurizada (simple)
BPM
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas y
BPM
Página 73 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
BPM
Mantequilla y mantequilla concentrada
BPM
13.1.1
Preparados para lactantes
BPM
13.1.2
Preparados de continuación
BPM
13.1.3
Preparados para usos medicinales específicos destinados a los lactantes
20000 mg/kg
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
50000 mg/kg
02.1
02.2.1.1
13.2
ALMIDON OXIDADO
Nota 52
INS 1404
Función: Agente de carga, emulsificante, estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.1.2
01.2
Suero de mantequilla (simple)
BPM
Productos lácteos fermentados y cuajados (simples), excluida la categoría
BPM
de alimentos 01.1.2 (bebidas lácteas)
01.2.1.2
Leches
fermentadas
(simples),
tratadas
térmicamente
después
de
la
BPM
fermentación
BPM
01.2.2
Cuajada (natural)
01.4.1
Nata (crema) pasteurizada (simple)
BPM
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas y
BPM
natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
02.1
Grasas y aceites practicamente excentos de agua
BPM
02.2.1.1
Mantequilla y mantequilla concentrada
BPM
04.1.1.2
Frutas frescas tratadas en la superficie
BPM
Nota 16
04.2.1.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
Nota 16
BPM
Nota 16
Nota 52
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
08.1.1
Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza, en piezas enteras o en
cortes
08.1.2
09.1
Carne fresca picada, incluida la de aves de corral y caza
BPM
Pescado y productos pesqueros frescos, incluidos moluscos, crustáceos y
BPM
Nota 16
equinodermos
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
BPM
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.2
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
BPM
Nota 41
incluidos
BPM
Nota 16
Pescado y productos pesqueros cocidos y/o fritos, incluidos moluscos,
BPM
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.3
Productos
pesqueros
picados,
amalgamados
y
congelados,
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.4
crustáceos y equinodermos
09.2.5
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
BPM
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos de
10000 mg/kg
azúcar)
12.1.2
Sucedáneos de la sal
BPM
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
BPM
13.1.1
Preparados para lactantes
BPM
13.1.2
Preparados de continuación
BPM
13.1.3
Preparados para usos medicinales específicos destinados a los lactantes
50000 mg/kg
13.2
14.1.5
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
50000 mg/kg
Café, sucedáneos del café, té, infusiones
10000 mg/kg
de hierbas
y otras bebidas
Nota 51
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
ALMIDONES TRATADOS CON ACIDO
RTCA 67.04.54:10
INS 1401
Función: Agente de carga, emulsificante, estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.2
Productos lácteos fermentados y cuajados (simples), excluida la categoría
BPM
de alimentos 01.1.2 (bebidas lácteas)
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas y
BPM
natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
02.1
02.2.1.1
09.2.2
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
BPM
Mantequilla y mantequilla concentrada
BPM
Nota 52
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
BPM
Nota 41
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos de
10000 mg/kg
azúcar)
13.1.1
Preparados para lactantes
13.1.2
Preparados de continuación
BPM
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té, infusiones
BPM
de hierbas
y otras bebidas
10000 mg/kg
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
ALMIDONES TRATADOS CON BASES
INS 1402
Función: Agente de carga, estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.2
Productos lácteos fermentados y cuajados (simples), excluida la categoría
BPM
de alimentos 01.1.2 (bebidas lácteas)
02.1
02.2.1.1
09.2.2
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
BPM
Mantequilla y mantequilla concentrada
BPM
Nota 52
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
BPM
Nota 41
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos de
10000 mg/kg
azúcar)
13.1.1
Preparados para lactantes
13.1.2
Preparados de continuación
BPM
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té, infusiones
BPM
de hierbas
y otras bebidas
10000 mg/kg
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
ALMIDONES TRATADOS CON ENZIMAS
INS 1405
Función: Agente de carga, emulsificante, estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.2
Productos lácteos fermentados y cuajados (simples), excluida la categoría
BPM
de alimentos 01.1.2 (bebidas lácteas)
02.1
02.2.1.1
11.4
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
BPM
Mantequilla y mantequilla concentrada
BPM
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos de
10000 mg/kg
Nota 52
azúcar)
13.1.1
Preparados para lactantes
13.1.2
Preparados de continuación
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té, infusiones
BPM
BPM
de hierbas
y otras
bebidas
10000 mg/kg
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
Página 75 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
AMARANTO
RTCA 67.04.54:10
INS 123
Función: Colorante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
09.3.3
Sucedáneos de salmón, caviar y otros productos pesqueros a base de
30 mg/kg
Nota 50
huevas
14.2.4
Vinos (distintos de los de uva)
14.2.7
Bebidas
alcohólicas
saborizadas
30 mg/kg
(p.ej.,
cerveza,
vino
y
bebidas
30 mg/kg
espirituosas tipo refresco, refrescos con bajo contenido de alcohol)
AMARILLO DE QUINOLEINA
INS 104
Función: Colorante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.2
Bebidas lácteas, saborizadas y/o fermentadas (p. ej., leche con chocolate,
150 mg/kg
cacao, ponche de huevo, yogur para beber, bebidas a base de suero)
01.6.1
Queso no madurado
BPM
Corteza de queso madurado
BPM
01.6.3
Queso de suero
BPM
01.6.4
Queso elaborado, fundido
200 mg/kg
01.6.5
01.6.2.2
Productos similares al queso
BPM
01.7
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
150 mg/kg
02.4
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
150 mg/kg
Nota 3
Nota 3
Nota 3
alimentos 01.7
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
150 mg/kg
04.1.1.2
03.0
Frutas frescas tratadas en la superficie
500 mg/kg
04.1.2.4
Frutas en conserva enlatadas o en frasco (pasteurizadas)
200 mg/kg
04.1.2.5
Confituras, jaleas mermeladas
500 mg/kg
04.1.2.6
Productos para untar a base de fruta (p. ej., el chutney, excluidos los
500 mg/kg
04.1.2.7
Frutas confitadas
200 mg/kg
04.1.2.8
Preparados a base de fruta, incluida la pulpa, los purés, los revestimientos
500 mg/kg
Nota 16
productos de la categoría de alimentos 04.1.2.5
de fruta y la leche de coco
04.1.2.9
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas de
150 mg/kg
fruta
04.2.1.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
500 mg/kg
Nota 16
leguminosas (incluida la soja) y áloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
04.2.2.3
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
500 mg/kg
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en vinagre, aceite, salmuera o
salsa de soya
04.2.2.4
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos legumbres y
200 mg/kg
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en conserva, en latas o frascos
(pasteurizadas) o en bolsas de esterilización
04.2.2.5
Purés y preparados para untar elaborados con hortalizas (incluidos hongos
100 mg/kg
y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera), algas
marinas y nueces y semillas (p ej. la mantequilla de maní (cacahuete))
04.2.2.6
Pulpas y preparados de hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y
200 mg/kg
tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera) algas marinas y nueces
y semillas (como los postres y las salsas a base de hortalizas y hortalizas
confitadas) distintos de los indicados en la categoría de alimentos 04.2.2.5
05.1
Productos de cacao y chocolate, incluidos los productos de imitación y los
300 mg/kg
sucedáneos del chocolate
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
05.2
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1, 05.3
300 mg/kg
05.3
Goma de mascar
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
06.3
Cereales para el desayuno, incluidos los copos de avena
200 mg/kg
06.5
Postres a base de cereales y almidón (p ej. pudines de arroz, pudines de
150 mg/kg
07.2
Productos de panadería fina (dulces, salados, aromatizados) y mezclas
200 mg/kg
08.0
Carne y productos cárnicos, incluidos los de aves de corral y caza
500 mg/kg
Nota 16
09.1.1
Pescado fresco
300 mg/kg
Nota 50
09.1.2
Moluscos, crustáceos y equindermos frescos
500 mg/kg
Nota 16
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
500 mg/kg
Nota 95
09.2.2
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
500 mg/kg
Nota 16
500 mg/kg
Nota 16
y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
300 mg/kg
panadería fina), revestimientos
500 mg/kg
(que no sean de fruta) y salsas dulces
mandioca)
moluscos, crustáceos y equinodermos
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.3
Productos
pesqueros
picados,
amalgamados
y
congelados,
incluidos
moluscos, crustáceos y equinodermos
500 mg/kg
09.2.4.1
Pescado y productos pesqueros cocidos
09.2.4.2
Moluscos, crustáceos y equinodermos cocidos
250 mg/kg
09.2.4.3
Pescado y productos pesqueros fritos, incluidos moluscos, crustáceos y
500 mg/kg
Nota 16
500 mg/kg
Nota 22
incluidos
500 mg/kg
Nota 16
Pescado y productos pesqueros escabechados y/o en salmuera, incluidos
500 mg/kg
Nota 16
equinodermos
09.2.5
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.3.1
Pescado y productos
pesqueros marinados
y/o
en
gelatina,
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.3.2
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.3.3
Sucedáneos de salmón, caviar y otros productos pesqueros a base de
500 mg/kg
huevas
09.3.4
Pescado
y
productos
pesqueros
semiconservados,
crustáceos y equinodermos ( p. ej.,la
incluye
moluscos,
500 mg/kg
pasta de pescado) excluidos los
productos de las categorías de alimentos 09.3.1 - 09.3.3
09.4
Pescado y productos pesqueros (incluidos los moluscos, crustáceos y
500 mg/kg
equinodermos) en conserva, con inclusión de los enlatados y fermentados
10.1
Huevos frescos
10.4
Postres a base de huevo ( p ej., flan)
150 mg/kg
Aderezos y condimentos
500 mg/kg
12.4
Mostazas
300 mg/kg
12.5
Sopas y caldos
300 mg/kg
12.6
Salsas y productos similares
13.3
Alimentos
13.4
Preparados dietéticos para adelgazamiento y control del peso
13.5
Alimentos
13.6
Complementos alimenticios
300 mg/kg
14.1.4
Bebidas a base de agua saborizada, incluidas las bebidas para deportistas,
100 mg/kg
14.2.2
Sidra y sidra de pera
14.2.4
Vinos (distintos de los de uva)
200 mg/kg
14.2.6
Licores destilados que contengan más de un 15% de alcohol
200 mg/kg
14.2.7
Bebidas
12.2.2
dietéticos
BPM
para
500 mg/kg
usos medicinales
especiales
(excluidos
los
50 mg/kg
productos de la categoría de alimentos 13.1)
dietéticos (p.ej.,
los
complementos
alimenticios
50 mg/kg
para
usos
300 mg/kg
dietéticos), excluidos los indicados en las categorías 13.1 - 13.4 y 13.6
bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
alcohólicas
200 mg/kg
saborizadas
(p.ej.,
cerveza,
vino
y
bebidas
200 mg/kg
espirituosas tipo refresco, refrescos con bajo contenido de alcohol)
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
a
base
de
patatas
(papas),
RTCA 67.04.54:10
15.1
Aperitivos
cereales,
harina
o
almidón
200 mg/kg
15.2
Nueces elaboradas, incluidas las nueces (p.ej., con frutas, frutas secas)
100 mg/kg
(derivados de raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas
revestidas y mezclas de nueces
16.0
Alimentos compuestos (que no pueden clasificarse en las categorías 01 -
500 mg/kg
15)
AMARILLO OCASO FCF
INS 110
Función: Colorante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.2
Bebidas lácteas, saborizadas y/o fermentadas (p. ej., leche con chocolate,
300 mg/kg
Nota 52
Nota 3
cacao, ponche de huevo, yogur para beber, bebidas a base de suero)
01.6.1
Queso no madurado
300 mg/kg
Corteza de queso madurado
300 mg/kg
01.6.3
Queso de suero
BPM
Nota 3
01.6.4
Queso elaborado, fundido
200 mg/kg
Nota 3
01.6.5
Productos similares al queso
300 mg/kg
Nota 3
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
300 mg/kg
02.1.2
Grasas y aceites vegetales
BPM
02.1.3
Manteca de cerdo, cebo, aceite de pescado y otras grasas de origen animal
300 mg/kg
02.1.4
Mezcla de aceites y/o grasas de origen animal y vegetal. Mezclas de las
BPM
01.6.2.2
01.7
categorías 2.1.2 y 2.1.3
02.2.1.1
Mantequilla y mantequilla concentrada
300 mg/kg
02.2.1.2
Margarina y productos similares
BPM
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
50 mg/kg
02.4
alimentos 01.7
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
50 mg/kg
04.1.2.5
03.0
Confituras, jaleas mermeladas
300 mg/kg
04.1.2.6
Productos para untar a base de fruta (p. ej., el chutney, excluidos los
300 mg/kg
productos de la categoría de alimentos 04.1.2.5
04.1.2.7
Frutas confitadas
200 mg/kg
04.1.2.8
Preparados a base de fruta, incluida la pulpa, los purés, los revestimientos
300 mg/kg
Nota 182
de fruta y la leche de coco
04.1.2.9
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas de
200 mg/kg
fruta
04.1.2.11
04.2.1.2
Rellenos de fruta para panadería
300 mg/kg
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
300 mg/kg
Nota 4 y 16
300 mg/kg
Nota 76
50 mg/kg
Nota 92
200 mg/kg
Nota 92
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
04.2.2.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas desecadas
04.2.2.6
Pulpas y preparados de hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y
tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera) algas marinas y nueces
y semillas (como los postres y las salsas a base de hortalizas y hortalizas
confitadas) distintos de los indicados en la categoría de alimentos 04.2.2.5
04.2.2.7
Productos
tubérculos,
a
base
de
legumbres
hortalizas
y
(incluidos
leguminosas
y
hongos
aloe
vera)
y
y
setas,
algas
raíces
y
marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
05.1
Productos de cacao y chocolate, incluidos los productos de imitación y
400 mg/kg
sucedáneos del chocolate
05.2
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1, 05.3
400 mg/kg
y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
05.3
Goma de mascar
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
RTCA 67.04.54:10
300
panadería fina), revestimientos
mg/kg
300 mg/kg
(que no sean de fruta) y salsas dulces
06.3
06.4.3
06.5
Cereales para el desayuno, incluidos los copos de avena
300 mg/kg
Pastas y fideos precocidos y productos similares
300 mg/kg
Postres a base de cereales y almidón (p ej. pudines de arroz, pudines de
50 mg/kg
Nota 153
mandioca)
07.1.2
07.2
07.2.1
Crakers excluidos los crackers dulces
300 mg/kg
Productos de panadería fina (dulces, salados, aromatizados) y mezclas
50 mg/kg
Tortas, galletas y pasteles (p.ej., rellenos de fruta o crema)
300 mg/kg
08.1
Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza
300 mg/kg
Nota 4 y 16
08.2
Productos cárnicos, de aves de corral y caza elaborados en piezas enteras
300 mg/kg
Nota 16
300 mg/kg
Nota 16
o en cortes
08.3.1.1
Productos
cárnicos,
de aves
de
corral
y caza
picados
y
elaborados,
curados (incluidos los salados) desecados y sin tratar térmicamente
08.3.1.2
Productos
cárnicos,
de aves
de
corral
y caza
picados
y
elaborados,
135 mg/kg
y
elaborados,
300 mg/kg
Nota 16
curados (incluidos los salados) y sin tratar térmicamente
08.3.1.3
Productos
cárnicos,
de aves
de
corral
y caza
picados
fermentados y sin tratar térmicamente
08.3.2
Productos
cárnicos,
de aves
de
corral
y caza
picados,
elaborados
y
300 mg/kg
Nota 16
de
corral
y caza
picados,
elaborados
y
300 mg/kg
Nota 16
tratados térmicamente
08.3.3
Productos
cárnicos,
de aves
congelados
Tripas comestibles (p.ej., para embutidos)
300 mg/kg
Nota 16
09.1.1
08.4
Pescado fresco
300 mg/kg
Notas 4, 16 y 50
09.1.2
Moluscos, crustáceos y equindermos frescos
300 mg/kg
Notas 4 y 16
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
300 mg/kg
Nota 95
09.2.2
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
300 mg/kg
Nota 16
300 mg/kg
Notas 16 y 95
Nota 95
moluscos, crustáceos y equinodermos
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.3
Productos
pesqueros
picados,
amalgamados
y
congelados,
incluidos
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.4.1
Pescado y productos pesqueros cocidos
300 mg/kg
09.2.4.2
Moluscos, crustáceos y equinodermos cocidos
250 mg/kg
09.2.4.3
Pescado y productos pesqueros fritos, incluidos moluscos, crustáceos y
300 mg/kg
Nota 16
100 mg/kg
Nota 22
incluidos
300 mg/kg
Nota 16
Pescado y productos pesqueros escabechados y/o en salmuera, incluidos
300 mg/kg
Nota 16
equinodermos
09.2.5
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.3.1
Pescado y productos
pesqueros marinados
y/o
en
gelatina,
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.3.2
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.3.3
Sucedáneos de salmón, caviar y otros productos pesqueros a base de
300 mg/kg
huevas
09.3.4
Pescado
y
productos
pesqueros
semiconservados,
crustáceos y equinodermos ( p. ej.,la
incluye
moluscos,
300 mg/kg
pasta de pescado) excluidos los
productos de las categorías 09.3.1 - 09.3.3
09.4
Pescado y productos pesqueros (incluidos los moluscos, crustáceos y
300 mg/kg
Nota 95
Nota 4
equinodermos) en conserva, con inclusión de los enlatados y fermentados
10.1
Huevos frescos
BPM
10.4
Postres a base de huevo ( p ej., flan)
50 mg/kg
Aderezos y condimentos
300 mg/kg
12.4
Mostazas
300 mg/kg
12.5
Sopas y caldos
50 mg/kg
12.2.2
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
12.6
Salsas y productos similares
13.3
Alimentos
dietéticos
para
RTCA 67.04.54:10
300 mg/kg
usos medicinales
especiales
(excluidos
los
50 mg/kg
productos de la categoría de alimentos 13.1)
13.4
Preparados dietéticos para adelgazamiento y control del peso
13.5
Alimentos
13.6
Complementos alimenticios
dietéticos (p.ej.,
los
complementos
alimenticios
50 mg/kg
para
usos
300 mg/kg
dietéticos), excluidos los indicados en las categorías 13.1 - 13.4 y 13.6
14.1.4
Bebidas
a
base
de
agua
300 mg/kg
saborizadas,
incluidas
las
bebidas
para
400 mg/kg
bebidas
200 mg/kg
Notas 127
deportistas, bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
14.2.6
Licores destilados que contengan más de un 15% de alcohol
14.2.7
Bebidas
alcohólicas
saborizadas
(p.ej.,
cerveza,
vino
200 mg/kg
y
espirituosas tipo refresco, refrescos con bajo contenido de alcohol)
15.1
Aperitivos
a
base
de
patatas
(papas),
cereales,
harina
o
almidón
200 mg/kg
Alimentos compuestos (que no pueden clasificarse en las categorías 01 -
500 mg/kg
(derivados de raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas
16.0
15)
ANHIDRIDO CARBONICO (DIOXIDO DE CARBONO)
INS 290
Función: Agente carbonizante, gas de empacado, preservante y propelente
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
14.1.2.1
Zumos (jugos) de frutas
BPM
14.1.2.3
Concentrados para zumos (jugos) de frutas
BPM
Notas 69 y 127
14.1.3.1
Néctares de frutas
BPM
Nota 69
14.1.3.3
Concentrados para néctares de frutas
BPM
Notas 69 y 127
Vinos de uva
BPM
FDA 184.1240
14.2.3
ANOXOMER
Nota 69
INS: 323
Función: Antioxidante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
02.0
Grasas y aceites y emulsiones grasas
5000 mg/kg
RTCA
67.04.40:07
Grasas y aceites
ARGON
INS: 938
Función: Gas de envasado
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
05.3
Goma de mascar
ASCORBATO CALCICO
BPM
Directiva 95/2/CE
INS 302
Función: Antioxidante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
02.1
02.2.1.1
04.1.1
04.2.2.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
BPM
Mantequilla y mantequilla concentrada
BPM
Frutas frescas
BPM
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
Nota 52
leguminosas y áloe vera) algas marinas y nueces y semillas congeladas
06.4.1
Pastas y fideos frescos y productos similares
200 mg/kg
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
200 mg/kg
08.1.2
Carne fresca picada, incluida la de aves de corral y caza
BPM
Pescado y productos pesqueros frescos, incluidos moluscos, crustáceos y
BPM
09.1
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
equinodermos
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
400 mg/kg
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.2
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
BPM
Nota 15
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
13.1.2
Preparados de continuación
50 mg/kg
13.1.3
Preparados para usos medicinales específicos destinados a los lactantes
3000 mg/kg
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
3000 mg/kg
14.1.2.1
13.2
Zumos (jugos) de frutas
BPM
14.1.2.3
Concentrados para zumos (jugos) de frutas
BPM
Nota 127
14.1.3.1
Néctares de frutas
BPM
FDA 182.3189
14.1.3.2
Néctares de hortalizas
BPM
FDA 182.3189
14.1.3.3
Concentrados para néctares de frutas
BPM
Nota 127
Vinos de uva
BPM
14.2.3
ASCORBATO DE POTASIO
INS 303
Función: Antioxidante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
Harinas
300 mg/kg
14.1.2.1
06.2.1
Zumos (jugos) de frutas
BPM
14.1.2.3
Concentrados para zumos (jugos) de frutas
BPM
14.1.3.1
Néctares de frutas
BPM
14.1.3.3
Concentrados para néctares de frutas
BPM
ASCORBATO DE SODIO
Nota 127
Nota 127
INS 301
Función: Antioxidante, agente de retención del color
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
02.1
02.2.1.1
04.1.1
04.2.1.3
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
BPM
Mantequilla y mantequilla concentrada
BPM
Frutas frescas
BPM
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
Nota 52
leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas frescas
peladas, cortadas y desmenuzadas
04.2.2.1
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
leguminosas y áloe vera) algas marinas y nueces y semillas congeladas
04.2.2.7
Productos
a
tubérculos,
base
de
hortalizas
legumbres
y
(incluidos
leguminosas
y
hongos
aloe
y
vera)
y
setas,
raíces
algas
y
BPM
marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
06.2
Harinas y almidones
BPM
06.2.1
Harinas
300 mg/kg
06.4.1
Pastas y fideos frescos y productos similares
200 mg/kg
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
200 mg/kg
08.1.1
Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza, en piezas enteras o en
500 mg/kg
cortes
08.1.2
Carne fresca picada, incluida la de aves de corral y caza
BPM
09.1
Pescado y productos pesqueros frescos, incluidos moluscos, crustáceos y
200 mg/kg
09.2
Pescado
equinodermos
y
productos
pesqueros
elaborados,
incluidos
moluscos,
BPM
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
BPM
crustáceos y equinodermos
09.2.1
moluscos, crustáceos y equinodermos
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
09.2.2
RTCA 67.04.54:10
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
1000 mg/kg
Nota 70
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.4
Pescado y productos pesqueros cocidos y/o fritos, incluidos moluscos,
200 mg/kg
crustáceos y equinodermos
12.1.2
Sucedáneos de la sal
BPM
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
BPM
13.1.1
Preparados para lactantes
75 mg/kg
13.1.2
Preparados de continuación
50 mg/kg
13.1.3
Preparados para usos medicinales específicos destinados a los lactantes
3000 mg/kg
13.2
Nota 51
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
3000 mg/kg
14.1.2.1
Zumos (jugos) de frutas
BPM
14.1.2.3
Concentrados para zumos (jugos) de frutas
BPM
14.1.3.1
Néctares de frutas
BPM
14.1.3.2
Néctares de hortalizas
BPM
FDA 182.3731
14.1.3.3
Concentrados para néctares de frutas
BPM
Nota 127
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té, infusiones
14.2.3
Vinos de uva
de hierbas
y otras bebidas
Nota 127
BPM
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
ASPARTAME
200 mg/kg
INS 951
Función: Acentuador del aroma, edulcorante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.2
Bebidas lácteas, saborizadas y/o fermentadas (p. ej., leche con chocolate,
600 mg/kg
cacao, ponche de huevo, yogur para beber, bebidas a base de suero)
01.3.2
Blanqueadores de bebidas
6000 mg/kg
01.4.4
Productos similares a la nata (crema)
1000 mg/kg
01.5.2
Productos similares a la leche y la nata (crema) en polvo
2000 mg/kg
01.6.1
Queso no madurado
1000 mg/kg
01.6.5
Productos similares al queso
1000 mg/kg
01.7
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
3000 mg/kg
02.3
Emulsiones grasas, principalmente del tipo agua en aceite, incluidos los
1000 mg/kg
productos a base de emulsiones grasas mezcladas y/o saborizadas
02.4
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
1000 mg/kg
alimentos 01.7
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
1000 mg/kg
04.1.2.1
03.0
Frutas congeladas
2000 mg/kg
04.1.2.2
Frutas desecadas
2000 mg/kg
04.1.2.3
Frutas en vinagre, aceite o salmuera
300 mg/kg
04.1.2.4
Frutas en conserva enlatadas o en frasco (pasteurizadas)
1000 mg/kg
04.1.2.5
Confituras, jaleas mermeladas
1000 mg/kg
04.1.2.6
Productos para untar a base de fruta (p. ej., el chutney, excluidos los
1000 mg/kg
04.1.2.7
Frutas confitadas
2000 mg/kg
04.1.2.8
Preparados a base de fruta, incluida la pulpa, los purés, los revestimientos
1000 mg/kg
04.1.2.9
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas de
Nota 144
productos de la categoría de alimentos 04.1.2.5
de fruta y la leche de coco
1000 mg/kg
fruta
04.1.2.10
Productos de fruta fermentada
1000 mg/kg
04.1.2.11
Rellenos de fruta para panadería
1000 mg/kg
04.1.2.12
Frutas cocidas o fritas
1000 mg/kg
04.2.2.1
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
1000 mg/kg
04.2.2.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
leguminosas y áloe vera) algas marinas y nueces y semillas congeladas
1000 mg/kg
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas desecadas
04.2.2.3
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
300 mg/kg
Nota 144
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en vinagre, aceite, salmuera o
salsa de soya
04.2.2.4
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos legumbres y
1000 mg/kg
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en conserva, en latas o frascos
(pasteurizadas) o en bolsas de esterilización
04.2.2.5
Purés y preparados para untar elaborados con hortalizas (incluidos hongos
1000 mg/kg
y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera), algas
marinas y nueces y semillas (p ej. la mantequilla de maní (cacahuete))
04.2.2.6
Pulpas y preparados de hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y
1000 mg/kg
tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera) algas marinas y nueces
y semillas (como los postres y las salsas a base de hortalizas y hortalizas
confitadas)
distintos
de
los
indicados
en
la
categoría
de
alimentos
04.2.2.5.
04.2.2.7
Productos
a
tubérculos,
base
de
hortalizas
legumbres
y
(incluidos
leguminosas
y
hongos
aloe
y
vera)
y
setas,
raíces
algas
y
2500 mg/kg
marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
04.2.2.8
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
1000 mg/kg
leguminosas y aloe vera) y algas marinas cocidas o fritas
05.1.1
Mezclas de cacao (en polvo) y cacao en pasta/tortas de cacao
3000 mg/kg
05.1.2
Mezclas de cacao (jarabes)
1000 mg/kg
Nota 97
05.1.3
Productos para untar a base de cacao, incluidos rellenos a base de cacao
3000 mg/kg
05.1.4
Productos de cacao y chocolate
3000 mg/kg
05.1.5
Productos de imitación y sucedáneos del chocolate
3000 mg/kg
05.2.1
Caramelos duros
3000 mg/kg
Nota 148
05.2.2
Caramelos blandos
3000 mg/kg
Nota 148
05.2.3
Turrón y mazapan
3000 mg/kg
05.3
Goma de mascar
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
10000 mg/kg
06.3
Cereales para el desayuno, incluidos los copos de avena
1000 mg/kg
06.5
Postres a base de cereales y almidón (p ej. pudines de arroz, pudines de
1000 mg/kg
07.1
Pan y productos de panadería ordinaria
4000 mg/kg
07.2
Productos de panadería fina (dulces, salados, aromatizados) y mezclas
1700 mg/kg
Nota 165
09.2
Pescado
moluscos,
300 mg/kg
Nota 144
09.3
Pescado
moluscos,
300 mg/kg
Nota 144
BPM
Nota 144
panadería fina), revestimientos
1000 mg/kg
(que no sean de fruta) y salsas dulces
mandioca)
y
productos
pesqueros
elaborados,
incluidos
crustáceos y equinodermos
y
productos
pesqueros
semiconservados,
incluye
crustáceos y equinodermos
09.4
Pescado y productos pesqueros (incluidos los moluscos, crustáceos y
equinodermos) en conserva, con inclusión de los enlatados y fermentados
10.4
Postres a base de huevo ( p ej., flan)
1000 mg/kg
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos de
3000 mg/kg
Nota 159
azúcar)
11.6
Edulcorantes de mesa, incluidos los que contienen edulcorantes de gran
BPM
intensidad
12.2.2
Aderezos y condimentos
2000 mg/kg
12.3
Vinagres
3000 mg/kg
12.4
Mostazas
350 mg/kg
12.5
Sopas y caldos
600 mg/kg
12.6
Salsas y productos similares
350 mg/kg
12.7
Emulsiones para ensaladas (p.ej., la ensalada de macarrones, la ensalada
350 mg/kg
Nota 166
Página 83 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
de patatas (papas)) y para untar emparedados, excluidas las emulsiones
para untar a base de cacao y nueces de las categorías de alimentos
04.2.2.5 y 05.1.3
13.3
Alimentos
dietéticos
para
usos medicinales
especiales
(excluidos
los
1000 mg/kg
usos
1000 mg/kg
productos de la categoría de alimentos 13.1)
13.4
Preparados dietéticos para adelgazamiento y control del peso
13.5
Alimentos
13.6
Complementos alimenticios
5500 mg/kg
14.1.3.1
Néctares de frutas
600 mg/kg
14.1.3.2
Néctares de hortalizas
600 mg/kg
14.1.3.3
Concentrados para néctares de frutas
600 mg/kg
Nota 127
14.1.3.4
Concentrados para néctares de hortalizas
600 mg/kg
Notas 127
Bebidas a base de agua saborizada, incluidas las bebidas para deportistas,
BPM
FDA 172.804
600 mg/kg
Notas 160
dietéticos (p.ej.,
los
complementos
alimenticios
800 mg/kg
para
dietéticos), excluidos los indicados en las categorías 13.1 - 13.4 y 13.6
14.1.4
bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té, infusiones
de hierbas
y otras bebidas
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
14.2.7
Bebidas
alcohólicas
saborizadas
(p.ej.,
cerveza,
vino
y
bebidas
600 mg/kg
espirituosas tipo refresco, refrescos con bajo contenido de alcohol)
15.0
Aperitivos listos para el consumo
AZODICARBONAMIDA
500 mg/kg
INS 927ª
Función: Adyuvante, agente de tratamiento de las harinas
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
06.2.1
Harinas
AZUL BRILLANTE FCF
45 mg/kg
INS 133
Función: Colorante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.2
Bebidas lácteas, saborizadas y/o fermentadas (p. ej., leche con chocolate,
150 mg/kg
Nota 52
Nota 3
cacao, ponche de huevo, yogur para beber, bebidas a base de suero)
01.6.1
Queso no madurado
100 mg/kg
Corteza de queso madurado
100 mg/kg
01.6.3
Queso de suero
200 mg/kg
01.6.4
Queso elaborado, fundido
200 mg/kg
01.6.5
Productos similares al queso
200 mg/kg
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
150 mg/kg
01.6.2.2
01.7
02.1.2
Grasas y aceites vegetales
200 mg/kg
02.1.3
Manteca de cerdo, cebo, aceite de pescado y otras grasas de origen animal
200 mg/kg
02.1.4
Mezcla de aceites y/o grasas de origen animal y vegetal. Mezclas de las
200 mg/kg
Nota 3
Nota 3
categorías 2.1.2 y 2.1.3
02.2.1.2
Margarina y productos similares
200 mg/kg
02.3
Emulsiones grasas, principalmente del tipo agua en aceite, incluidos los
100 mg/kg
02.4
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
productos a base de emulsiones grasas mezcladas y/o saborizadas
150 mg/kg
alimentos 01.7
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
150 mg/kg
04.1.1.2
03.0
Frutas frescas tratadas en la superficie
500 mg/kg
04.1.2.4
Frutas en conserva enlatadas o en frasco (pasteurizadas)
200 mg/kg
04.1.2.5
Confituras, jaleas mermeladas
500 mg/kg
04.1.2.6
Productos para untar a base de fruta (p. ej., el chutney, excluidos los
500 mg/kg
Nota 16
productos de la categoría de alimentos 04.1.2.5
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
04.1.2.7
Frutas confitadas
200
mg/kg
04.1.2.8
Preparados a base de fruta, incluida la pulpa, los purés, los revestimientos
500 mg/kg
de fruta y la leche de coco
04.1.2.9
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas de
150 mg/kg
fruta
04.1.2.11
04.2.1.2
Rellenos de fruta para panadería
250 mg/kg
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
500 mg/kg
Nota 16
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
04.2.2.3
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
500 mg/kg
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en vinagre, aceite, salmuera o
salsa de soya
04.2.2.4
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos legumbres y
200 mg/kg
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en conserva, en latas o frascos
(pasteurizadas) o en bolsas de esterilización
04.2.2.6
Pulpas y preparados de hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y
200 mg/kg
tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera) algas marinas y nueces
y semillas (como los postres y las salsas a base de hortalizas y hortalizas
confitadas)
distintos
de
los
indicados
en
la
categoría
de
alimentos
04.2.2.5.
04.2.2.7
Productos
tubérculos,
a
base
de
legumbres
hortalizas
y
(incluidos
leguminosas
y
hongos
aloe
y
vera)
y
setas,
raíces
algas
y
500 mg/kg
marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
05.1.3
Productos para untar a base de cacao, incluidos rellenos a base de cacao
05.1.4
Productos de cacao y chocolate
300 mg/kg
05.1.5
Productos de imitación y sucedáneos del chocolate
300 mg/kg
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1, 05.3
300 mg/kg
05.2
300 mg/kg
y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
05.3
Goma de mascar
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
300 mg/kg
06.3
Cereales para el desayuno, incluidos los copos de avena
200 mg/kg
06.5
Postres a base de cereales y almidón (p ej. pudines de arroz, pudines de
150 mg/kg
07.1
Pan y productos de panadería ordinaria
100 mg/kg
07.2
Productos de panadería fina (dulces, salados, aromatizados) y mezclas
200 mg/kg
08.0
panadería fina), revestimientos
500 mg/kg
(que no sean de fruta) y salsas dulces
mandioca)
Carne y productos cárnicos, incluidos los de aves de corral y caza
500 mg/kg
09.1.1
Pescado fresco
300 mg/kg
Nota 16
Nota 4, 16 y 50
09.1.2
Moluscos, crustáceos y equindermos frescos
500 mg/kg
Nota 16
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
500 mg/kg
Nota 95
500 mg/kg
Nota 16
500 mg/kg
Nota 16
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.2
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.3
Productos
pesqueros
picados,
amalgamados
y
congelados,
incluidos
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.4.1
Pescado y productos pesqueros cocidos
500 mg/kg
09.2.4.2
Moluscos, crustáceos y equinodermos cocidos
250 mg/kg
09.2.4.3
Pescado y productos pesqueros fritos, incluidos moluscos, crustáceos y
500 mg/kg
Nota 16
500 mg/kg
Nota 22
500 mg/kg
Nota 16
equinodermos
09.2.5
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.3.1
Pescado
y
productos pesqueros marinados y/o
en
gelatina,
incluidos
moluscos, crustáceos y equinodermos
Página 85 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
09.3.2
RTCA 67.04.54:10
Pescado y productos pesqueros escabechados y/o en salmuera, incluidos
500 mg/kg
Nota 16
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.3.3
Sucedáneos de salmón, caviar y otros productos pesqueros a base de
500 mg/kg
huevas
09.3.4
Pescado
y
productos
pesqueros
semiconservados,
crustáceos y equinodermos ( p. ej.,la
incluye
moluscos,
500 mg/kg
pasta de pescado) excluidos los
productos de las categorías de alimentos 09.3.1 - 09.3.3
09.4
Pescado y productos pesqueros (incluidos los moluscos, crustáceos y
500 mg/kg
equinodermos) en conserva, con inclusión de los enlatados y fermentados
10.1
Huevos frescos
BPM
10.4
Postres a base de huevo ( p ej., flan)
150 mg/kg
12.2.2
Aderezos y condimentos
500 mg/kg
12.4
Mostazas
300 mg/kg
12.5
Sopas y caldos
300 mg/kg
12.6
Salsas y productos similares
500 mg/kg
12.9.5
Otros productos proteínicos
para
Nota 4
100 mg/kg
13.3
Alimentos dietéticos
usos
medicinales
especiales
(excluidos los
50 mg/kg
13.4
Preparados dietéticos para adelgazamiento y control del peso
13.5
Alimentos
13.6
Complementos alimenticios
300 mg/kg
Bebidas a base de agua saborizada, incluidas las bebidas para deportistas,
BPM
productos de la categoría de alimentos 13.1)
dietéticos
(p.ej.,
los
complementos
50 mg/kg
alimenticios para
usos
300 mg/kg
dietéticos), excluidos los indicados en las categorías 13.1, 13.4 y 13.6
14.1.4
FDA 74.101
bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
14.2.1
Cerveza y bebidas a base de malta
200 mg/kg
14.2.2
Sidra y sidra de pera
200 mg/kg
14.2.4
Vinos (distintos de los de uva)
200 mg/kg
14.2.6
Licores destilados que contengan más de un 15% de alcohol
200 mg/kg
14.2.7
Bebidas
alcohólicas
saborizadas
(p.ej.,
cerveza,
vino
y
bebidas
200 mg/kg
almidón
200 mg/kg
Nueces elaboradas, incluidas las nueces (p.ej., con frutas, frutas secas)
100 mg/kg
espirituosas tipo refresco, refrescos con bajo contenido de alcohol)
15.1
Aperitivos
a
base
de
patatas
(papas),
cereales,
harina
o
(derivados de raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas
15.2
revestidas y mezclas de nueces
16.0
Alimentos compuestos (que no pueden clasificarse en las categorías 01 -
100 mg/kg
Nota 2
15)
AZUL PATENTE V
INS 131
Función: Colorante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
05.2.1
Caramelos duros
50 mg/kg
Directiva
05.2.2
Caramelos blandos
50 mg/kg
Directiva
Goma de mascar
300 mg/kg
Directiva
94/36/CE
94/36/CE
05.3
94/36/CE
BENZOATOS
Acido benzoico
Benzoato de potasio
INS 210
Benzoato de sodio
INS 212
Benzoato de calcio
INS 211
INS 213
Función: Sustancias conservadoras
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
Página 86 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
01.7
02.2.1.2
02.2.2
RTCA 67.04.54:10
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
300 mg/kg
Nota 13
Margarina y productos similares
1000 mg/kg
Nota 13
Emulsiones con menos del 80% de grasa
1000 mg/kg
Nota 13
02.3
Emulsiones grasas, principalmente del tipo agua en aceite, incluidos los
1000 mg/kg
Nota 13
02.4
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
1000 mg/kg
Nota 13
productos a base de emulsiones grasas mezcladas y/o saborizadas
alimentos 01.7
04.1.2.2
Frutas desecadas
800 mg/kg
Nota 13
04.1.2.3
Frutas en vinagre, aceite o salmuera
1000 mg/kg
Nota 13
04.1.2.5
Confituras, jaleas mermeladas
1000 mg/kg
Nota 13
04.1.2.6
Productos para untar a base de fruta (p. ej., el chutney, excluidos los
1000 mg/kg
Nota 13
productos de la categoría de alimentos 04.1.2.5
04.1.2.7
Frutas confitadas
1000 mg/kg
Nota 13
04.1.2.8
Preparados a base de fruta, incluida la pulpa, los purés, los revestimientos
1000 mg/kg
Nota 13
1000 mg/kg
Nota 13
Nota 13
de fruta y la leche de coco
04.1.2.9
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas de
fruta
04.1.2.10
Productos de fruta fermentada
1000 mg/kg
04.1.2.11
Rellenos de fruta para panadería
1000 mg/kg
Nota 13
04.1.2.12
Frutas cocidas o fritas
1000 mg/kg
Nota 13
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
1000 mg/kg
Nota 13
2000 mg/kg
Nota 13
1000 mg/kg
Nota 13
3000 mg/kg
Nota 13
1000 mg/kg
Nota 13
1000 mg/kg
Nota 13
Nota 13
04.2.2.2
leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas desecadas
04.2.2.3
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en vinagre, aceite, salmuera o
salsa de soya
04.2.2.5
Purés y preparados para untar elaborados con hortalizas (incluidos hongos
y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera), algas
marinas y nueces y semillas (p ej. la mantequilla de maní (cacahuete))
04.2.2.6
Pulpas y preparados de hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y
tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera) algas marinas y nueces
y semillas (como los postres y las salsas a base de hortalizas y hortalizas
confitadas) distintos de los indicados en la categoría de alimentos 04.2.2.5
04.2.2.7
Productos
tubérculos,
a
base
de
legumbres
hortalizas
y
(incluidos
leguminosas
y
hongos
aloe
y
vera)
setas,
y
algas
raíces
y
marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
04.2.2.8
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
leguminosas y aloe vera) y algas marinas cocidas o fritas
05.1.3
Productos para untar a base de cacao, incluidos rellenos a base de cacao
1500 mg/kg
05.1.5
Productos de imitación y sucedáneos del chocolate
1500 mg/kg
Nota 13
05.2
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1, 05.3
1500 mg/kg
Nota 13
05.3
Goma de mascar
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
1500 mg/kg
Nota 13
1500 mg/kg
Nota 13
Pastas y fideos precocidos y productos similares
1000 mg/kg
Nota 13
Postres a base de cereales y almidón (p ej. pudines de arroz, pudines de
1000 mg/kg
Nota 13
panadería fina), revestimientos
(que no sean de fruta) y salsas dulces
06.4.3
06.5
mandioca)
07.0
08.2.1.2
Productos de panadería
Productos
cárnicos,
de
aves
de
corral
y
caza
elaborados,
curados
1000 mg/kg
Nota 13
1000 mg/kg
Notas 3 y 13
1000 mg/kg
Notas 3 y 13
(incluidos los salados), desecados y sin tratar térmicamente, en piezas
enteras o en cortes
08.3.1.2
Productos
cárnicos,
de aves
de
corral
y caza
picados
y
elaborados,
curados (incluidos los salados) y sin tratar térmicamente
Página 87 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
09.2.4.2
09.2.5
RTCA 67.04.54:10
Moluscos, crustáceos y equinodermos cocidos
2000 mg/kg
Notas 13 y 82
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
200 mg/kg
Notas 13 y 121
2000 mg/kg
Notas 13 y 120
Nota 13
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.3
Pescado
y
productos
pesqueros
semiconservados,
incluye
moluscos,
crustáceos y equinodermos
10.2.1
Productos líquidos a base de huevo
5000 mg/kg
10.4
Postres a base de huevo ( p ej., flan)
1000 mg/kg
Nota 13
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos de
1000 mg/kg
Nota 13
11.6
Edulcorantes de mesa, incluidos los que contienen edulcorantes de gran
2000 mg/kg
Nota 13
azúcar)
intensidad
12.2.2
Aderezos y condimentos
1000 mg/kg
Nota 13
12.3
Vinagres
1000 mg/kg
Nota 13
12.4
Mostazas
1000 mg/kg
Nota 13
12.5
Sopas y caldos
500 mg/kg
Nota 13
12.6
Salsas y productos similares
1000 mg/kg
Nota 13
12.7
Emulsiones para ensaladas (p.ej., la ensalada de macarrones, la ensalada
1500 mg/kg
Nota 13
1000 mg/kg
Nota 13
los
1500 mg/kg
Nota 13
1500 mg/kg
Nota 13
usos
2000 mg/kg
Nota 13
Nota 13
de patatas (papas)) y para untar emparedados, excluidas las emulsiones
para untar a base de cacao y nueces de las categorías de alimentos
04.2.2.5 y 05.1.3
12.9.1.3
Otros productos proteínicos a base de soja (incluida la salsa de soja no
fermentada)
13.3
Alimentos dietéticos
para
usos
medicinales
especiales
(excluidos
productos de la categoría de alimentos 13.1)
13.4
Preparados dietéticos para adelgazamiento y control del peso
13.5
Alimentos
13.6
Complementos alimenticios
2000 mg/kg
Zumos (jugos) de frutas
1000 mg/kg
dietéticos
(p.ej.,
los
complementos
alimenticios para
dietéticos), excluidos los indicados en las categorías 13.1, 13.4 y 13.6
14.1.2.1
Notas 13, 91 y
122
14.1.2.3
Concentrados para zumos (jugos) de frutas
1000 mg/kg
Notas 13, 91,122
y 127
14.1.3.4
Concentrados para néctares de hortalizas
600 mg/kg
Nota 13
14.1.4
Bebidas a base de agua saborizada, incluidas las bebidas para deportistas,
600 mg/kg
Nota 13 y 123
14.1.5
Café,
1000 mg/kg
Nota 13
bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
sucedáneos
del café, té, infusiones
de
hierbas y otras bebidas
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
14.2.2
Sidra y sidra de pera
1000 mg/kg
Nota 13 y 124
14.2.4
Vinos (distintos de los de uva)
1000 mg/kg
Nota 13
14.2.5
Aguamiel
1000 mg/kg
Nota 13
14.2.7
Bebidas
bebidas
1000 mg/kg
Nota 13
almidón
1000 mg/kg
Nota 13
Alimentos compuestos (que no pueden clasificarse em las categorías 01
1000 mg/kg
Nota 13
alcohólicas
saborizadas
(p.ej.,
cerveza,
vino
y
espirituosas tipo refresco, refrescos em bajo contenido de alcohol)
15.1
Aperitivos
a
base
de
patatas
(papas),
cereales,
harina
o
(derivados de raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas
16.0
15)
BETA CICLODEXTRINA
Función:
INS 459
Estabilizador, ligante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
05.3
14.1.4
Goma de mascar
20000 mg/kg
Bebidas a base de agua saborizada, incluidas las bebidas para deportistas,
500 mg/kg
bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
Página 88 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
15.1
Aperitivos
a
base
de
patatas
(papas),
cereales,
RTCA 67.04.54:10
harina
o
almidón
500 mg/kg
(derivados de raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas
BHA
Butilhidroxianisol
INS 320
Función: Antioxidante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.3.2
Blanqueadores de bebidas
100 mg/kg
01.5.1
Leche en polvo y nata (crema) en polvo (simples)
100 mg/kg
Notas 15 y 130
Grasas y aceites y emulsiones grasas
200 mg/kg
Notas 15 y 130
Aceite de mantequilla (manteca), grasa de leche anhidra,
175 mg/kg
Notas 15 y 133
02.0
02.1.1
Notas 15 y 133
ghee
02.1.2
Grasas y aceites vegetales
200 mg/kg
Notas 15 y 133
02.1.3
Manteca de cerdo, sebo, aceite de pescado y otras grasas de origen animal
200 mg/kg
Notas 15 y 130
02.2.1.2
Margarina y productos similares
200 mg/kg
Notas 15 y 130
02.2.1.3
Mezclas de mantequilla y margarina
200 mg/kg
Notas 15 y 130
02.2.2
Emulsiones con menos del 80% de grasa
200 mg/kg
Notas 15 y 130
02.3
Emulsiones grasas, principalmente del tipo agua en aceite, incluidos los
200 mg/kg
Notas 15 y 130
02.4
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
200 mg/kg
Notas 15 y 130
productos a base de emulsiones grasas mezcladas y/o saborizadas
alimentos 01.7
03.0
04.1.2.12
04.2.2.2
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
200 mg/kg
Notas 15 y 130
Frutas cocidas o fritas
100 mg/kg
Notas 15 y 130
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
200 mg/kg
leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas desecadas
04.2.2.5
Purés y preparados para untar elaborados con hortalizas (incluidos hongos
Notas 15, 76 y
130
200 mg/kg
Notas 15 y 130
2 mg/kg
Nota 15 y 130
y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera), algas
marinas y nueces y semillas (p ej. la mantequilla de maní (cacahuete))
04.1.2.9
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas de
fruta
05.1.4
Productos de cacao y chocolate
200 mg/kg
Notas 15, 130 y
05.1.5
Productos de imitación y sucedáneos del chocolate
200 mg/kg
Notas 15 y 130
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1, 05.3
200 mg/kg
Notas 15 y 130
141
05.2
y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc
05.3
Goma de mascar
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
400 mg/kg
Nota 130
200 mg/kg
Notas 15 y 130
06.3
Cereales para el desayuno, incluidos los copos de avena
200 mg/kg
Notas 15 y 130
Pastas y fideos precocidos y productos similares
200 mg/kg
Notas 15 y 130
06.5
Postres a base de cereales y almidón (p ej. pudines de arroz, pudines de
2 mg/kg
Notas 15 y 130
07.0
Productos de panadería
200 mg/kg
Notas 15 y 130
Mezclas para panadería fina (p. ej., tortas, tortitas o panqueques)
200 mg/kg
Notas 15 y 130
08.2
Productos cárnicos, de aves de corral y caza elaborados en piezas enteras
200 mg/kg
Notas 15 y 130
08.3
Productos cárnicos, de aves de corral y caza picados y elaborados
200 mg/kg
Notas 15 y 130
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
200 mg/kg
Notas 15 y 130
09.2.2
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
200 mg/kg
Notas 15 y 130
200 mg/kg
Notas 15 y 130
200 mg/kg
Notas 15 y 130
panadería fina), revestimientos
(que no sean de fruta) y salsas dulces
06.4.3
mandioca)
07.2.3
o en cortes
moluscos, crustáceos y equinodermos
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.5
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.3
Pescado
y
productos
pesqueros
semiconservados,
incluye
moluscos,
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
crustáceos y equinodermos
09.4
Pescado y productos pesqueros (incluidos los moluscos, crustáceos y
200 mg/kg
Notas 15 y 130
equinodermos) en conserva, con inclusión de los enlatados y fermentados
10.4
Postres a base de huevo ( p ej., flan)
2 mg/kg
Notas 15 y 130
12.2
Hierbas aromáticas, especias aderezos (incluidos los sucedáneos de la sal)
200 mg/kg
Notas 15 y 130
12.5
Sopas y caldos
200 mg/kg
Notas 15 y 130
12.6
Salsas y productos similares
200 mg/kg
Notas 15 y 130
12.8
Levadura y productos similares
200 mg/kg
Notas 15 y 130
13.6
Complementos alimenticios
400 mg/kg
Notas 15 y 130
Bebidas a base de agua saborizada, incluidas las bebidas para deportistas,
1000 mg/kg
Notas 15 y 130
almidón
200 mg/kg
Notas 15 y 130
Nueces elaboradas, incluidas las nueces (p.ej., con frutas secas) revestidas
200 mg/kg
Notas 15 y 130
y condimentos (p e., el condimentos para fideos instantáneos)
14.1.4
bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
15.1
Aperitivos
a
base
de
patatas
(papas),
cereales,
harina
o
(derivados de raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas
15.2
y mezclas de nueces
BHT
Butilhidroxitolueno
INS 321
Función: Antioxidante, adyuvante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.3.2
Blanqueadores de bebidas
100 mg/kg
01.5.1
Leche en polvo y nata (crema) en polvo (simples)
200
mg/kg
Notas 15
Notas 15, 88 y
130
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
200 mg/kg
Notas 15 y 130
02.1.1
02.1
Aceite de mantequilla (manteca), grasa de leche anhidra,
75 mg/kg
Notas 15 y 130
02.1.2
Grasas y aceites vegetales
200 mg/kg
Notas 15 y 130
02.1.3
Manteca de cerdo, sebo, aceite de pescado y otras grasas de origen animal
200 mg/kg
Notas 15 y 130
02.2.1.1
Mantequilla y mantequilla concentrada
200 mg/kg
Notas 15 y 130
02.2.1.2
Margarina y productos similares
200 mg/kg
Notas 15 y 130
02.2.1.3
Mezclas de mantequilla y margarina
200 mg/kg
Notas 15 y 130
Emulsiones con menos del 80% de grasa
200 mg/kg
Notas 15 y 130
Emulsiones grasas, principalmente del tipo agua en aceite, incluidos los
200 mg/kg
Notas 15 y 130
200 mg/kg
Notas 15 y 130
ghee
02.2.2
02.3
productos a base de emulsiones grasas mezcladas y/o saborizadas
02.4
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
alimentos 01.7
03.0
04.1.2.12
04.2.2.2
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
100 mg/kg
Notas 15 y 130
Frutas cocidas o fritas
100 mg/kg
Notas 15 y 130
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
200 mg/kg
leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas desecadas
04.2.2.5
Purés y preparados para untar elaborados con hortalizas (incluidos hongos
Notas 15, 76 y
130
200 mg/kg
Notas 15 y 130
y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera), algas
marinas y nueces y semillas (p ej. la mantequilla de maní (cacahuete))
05.1.4
Productos de cacao y chocolate
200 mg/kg
Notas 15 y 130
05.1.5
Productos de imitación y sucedáneos del chocolate
200 mg/kg
Notas 15 y 130
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1, 05.3
200 mg/kg
Notas 15 y 130
05.2
y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc
05.3
Goma de mascar
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
06.1
Granos enteros, triturados o en copos, incluyendo arroz
200 mg/kg
Notas 15 y 130
06.3
Cereales para el desayuno, incluidos los copos de avena
100 mg/kg
Notas 15 y 130
Pastas y fideos precocidos y productos similares
200 mg/kg
Notas 15 y 130
panadería fina), revestimientos
400 mg/kg
Nota 130
200 mg/kg
Notas 15 y 130
(que no sean de fruta) y salsas dulces
06.4.3
Página 90 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
06.5
RTCA 67.04.54:10
Postres a base de cereales y almidón (p ej. pudines de arroz, pudines de
90 mg/kg
mandioca)
07.0
Notas 2, 15 y
130
Productos de panadería
200 mg/kg
Mezclas para panadería fina (p. ej., tortas, tortitas o panqueques)
1000 mg/kg
Notas 15 y 130
08.2
Productos cárnicos, de aves de corral y caza elaborados en piezas enteras
100 mg/kg
Notas 15, 130 y
08.3
Productos cárnicos, de aves de corral y de caza picados elaborados
100 mg/kg
Notas 15, 130 y
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
200 mg/kg
Notas 15 y 130
200 mg/kg
Notas 15 y 130
200 mg/kg
Notas 15 y 130
moluscos,
200 mg/kg
Notas 15 y 130
Pescado y productos pesqueros (incluidos los moluscos, crustáceos y
200 mg/kg
Notas 15 y 130
07.2.3
o en cortes
Notas 15 y 130
167
162
09.2.1
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.2
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.5
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.3
Pescado
y
productos
pesqueros
semiconservados,
incluye
crustáceos y equinodermos
09.4
equinodermos) en conserva, con inclusión de los enlatados y fermentados
10.4
Postres a base de huevo ( p ej., flan)
90 mg/kg
Notas 2, 15 y
130
12.2
Hierbas aromáticas, especias aderezos (incluidos los sucedáneos de la sal)
200 mg/kg
Notas 15 y 130
Notas 15 y 130
y condimentos (p e., el condimentos para fideos instantáneos)
12.5
Sopas y caldos
100 mg/kg
12.6
Salsas y productos similares
100 mg/kg
Notas 15 y 130
13.6
Complementos alimenticios
400 mg/kg
Notas 15 y 130
Bebidas a base de agua saborizada, incluidas las bebidas para deportistas,
1000 mg/kg
Notas 15 y 130
200 mg/kg
Notas 15 y 130
14.1.4
bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
15.0
Aperitivos listos para el consumo
BICARBONATO DE MAGNESIO
INS 504ii
Función: Regulador de la acidez, antiaglutinante, agente endurecedor
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.1.2
Suero de mantequilla (simple)
01.2.1.2
Leches
fermentadas
(simples),
BPM
tratadas
térmicamente
después
de
la
BPM
fermentación
01.2.2
Cuajada (natural)
BPM
04.1.1.2
Frutas frescas tratadas en la superficie
BPM
Nota 16
04.2.1.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
Nota 16
BPM
Nota 16
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
08.1.1
Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza, en piezas enteras o en
cortes
08.1.2
09.1
Carne fresca picada, incluida la de aves de corral y caza
BPM
Pescado y productos pesqueros frescos, incluidos moluscos, crustáceos y
BPM
Nota 16
equinodermos
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
BPM
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.2
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
BPM
Nota 16
incluidos
BPM
Nota 16
Pescado y productos pesqueros cocidos y/o fritos, incluidos moluscos,
BPM
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.3
Productos
pesqueros
picados,
amalgamados
y
congelados,
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.4
crustáceos y equinodermos
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
09.2.5
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos de
RTCA 67.04.54:10
BPM
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
BPM
azúcar)
12.1.1
Sal
20000 mg/kg
12.1.2
Sucedáneos de la sal
BPM
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té,
BPM
infusiones
de
hierbas y otras bebidas
Nota 51
BPM
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
BICARBONATO DE SODIO
Función:
INS 500
Regulador de la acidez
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
08.1
Carne fresca, incluida las de aves de corral y caza, en piezas enteras o en
5000 mg/kg
cortes
FSIS Directive
7120.1 rev 9
USDA
BROMELINA (PROTEASAS)
INS 1101iii
Función: Acentuador del aroma, agente de tratamiento de harina, estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
08.1.1
Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza, en piezas enteras o en
BPM
cortes
14.2.3.2
Vinos de uva espumosos y semiespumosos
CANTAXANTINA
BPM
INS 161g
Función: Colorante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.2
Bebidas lácteas, saborizadas y/o fermentadas (p. ej., leche con chocolate,
BPM
cacao, ponche de huevo, yogur para beber, bebidas a base de suero)
01.7
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
BPM
02.0
Grasas y aceites y emulsiones grasas
BPM
02.1.2
Grasas y aceites vegetales
15 mg/kg
02.1.3
Manteca de cerdo, sebo, aceite de pescado y otras grasas de origen animal
15 mg/kg
02.1.4
Mezclas de aceites y/o grasas de origen animal y vegetal. Mezclas de las
15 mg/kg
categorías 2.1.2 y 2.1.3
RTCA
67.04.40:07
Grasas y aceites
02.2.1.3
Mezclas de mantequilla y margarina
15 mg/kg
04.1.2.5
Confituras, jaleas mermeladas
200 mg/kg
04.1.2.6
Productos para untar a base de fruta (p. ej., el chutney, excluidos los
BPM
04.1.2.9
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas de
productos de la categoría de alimentos 04.1.2.5
BPM
fruta
04.1.2.11
Rellenos de fruta para panadería
BPM
05.2
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1, 05.3
50 mg/kg
05.3
Goma de mascar
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
06.3
Cereales para el desayuno, incluidos los copos de avena
50 mg/kg
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
BPM
06.4.3
Pastas y fideos precocidos y productos similares
BPM
y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
300 mg/kg
panadería fina), revestimientos
BPM
(que no sean de fruta) y salsas dulces
Página 92 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
06.5
Postres a base de cereales y almidón (p ej. pudines de arroz, pudines de
BPM
07.0
Productos de panadería
BPM
09.3.3
Sucedáneos de salmón, caviar y otros productos pesqueros a base de
BPM
09.4
Pescado y productos pesqueros (incluidos los moluscos, crustáceos y
mandioca)
huevas
100 mg/kg
equinodermos) en conserva, con inclusión de los enlatados y fermentados
10.1
Huevos frescos
BPM
10.4
Postres a base de huevo ( p ej., flan)
BPM
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos de
BPM
Nota 4
azúcar)
12.2.2
Aderezos y condimentos
12.5.2
Mezclas para sopas y caldos
100 mg/kg
12.6
Salsas y productos similares
100 mg/kg
12.9.5
BPM
Otros productos proteínicos
100 mg/kg
14.1.3.1
Néctares de frutas
60 mg/kg
14.1.3.2
Néctares de Hortalizas
60 mg/kg
14.1.4.2
Bebidas a base de agua saborizada sin gas, incluidos los ponches de fruta
5 mg/kg
14.1.4.3
Concentrados (líquidos o sólidos) para bebidas a base de agua saborizadas
100 mg/kg
14.2.6
Licores destilados que contengan más de un 15% de alcohol
5 mg/kg
14.2.7
Bebidas
FDA 75.75
y las limonadas y bebidas similares
alcohólicas
saborizadas
(p.ej.,
cerveza,
vino
y
bebidas
5 mg/kg
espirituosas tipo refresco, refrescos con bajo contenido de alcohol)
15.1
Aperitivos
a
base
de
patatas
(papas),
cereales,
harina
o
almidón
BPM
Alimentos compuestos (que no pueden clasificarse en las categorías 01 -
BPM
(derivados de raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas
16.0
Nota 2
15)
CARBAMIDA
INS 927b
Función: Potenciador de sabor, agente de tratamiento de harinas
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
05.3
Goma de mascar (solo para gomas sin azúcares añadidos)
30000 mg/kg
Directiva
95/2/CE
CARBONATO ACIDO DE POTASIO
INS 501ii
Función: Regulador de la acidez, gasificante, estabilizador
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas y
BPM
natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
01.8.2
Suero en polvo y productos a base de suero en polvo, excluidos los
BPM
quesos de suero
09.2.2
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
BPM
Nota 41
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
13.2
14.2.3
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
BPM
Vinos de uva
5000 mg/kg
CARBONATO ACIDO DE SODIO
INS 500ii
Función: Regulador de la acidez, antiaglutinante, gasificante, estabilizador, leudante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas y
BPM
natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
01.8.2
Suero en polvo y productos a base de suero en polvo, excluidos los
BPM
02.1.1
Aceite de mantequilla (manteca), grasa de leche anhidra, ghee
BPM
02.1.2
Grasas y aceites vegetales
BPM
02.1.3
Manteca de cerdo, cebo, aceite de pescado y otras grasas de origen animal
BPM
02.1.4
Mezcla de aceites y/o grasas de origen animal y vegetal. Mezclas de las
BPM
quesos de suero
categorías 2.1.2 y 2.1.3
02.2.1
02.2.1.1
Emulsiones con un 80% de grasa como minimo
BPM
Mantequilla y mantequilla concentrada
BPM
06.2.1
Harinas
45000 mg/kg
06.4.1
Pastas y fideos frescos y productos similares
BPM
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
BPM
09.2.2
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
BPM
Nota 41
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té, infusiones
de hierbas
y otras bebidas
BPM
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
CARBONATO CALCICO
INS 170i
Función: Antiaglutinante, regulador de la acidez, colorante, emulsificante, estabilizador
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.2.2
Cuajada (natural)
01.4.1
Nata (crema) pasteurizada (simple)
BPM
BPM
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas y
5000 mg/kg
01.8.2
Suero en polvo y productos a base de suero en polvo, excluidos los
natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
10000 mg/kg
quesos de suero
04.1.1.2
Frutas frescas tratadas en la superficie
BPM
Nota 16
04.2.1.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
Nota 16
10000 mg/kg
Nota 58
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
04.2.2.7
Productos
a
tubérculos,
base
de
hortalizas
legumbres
y
(incluidos
leguminosas
y
hongos
aloe
y
vera)
y
setas,
raíces
algas
y
marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
06.1
Granos enteros, triturados o en copos, incluyendo arroz
2220 mg/kg
06.2.1
Harinas
10000 mg/kg
06.4.1
Pastas y fideos frescos y productos similares
10000 mg/kg
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
10000 mg/kg
Nota 58
08.1.1
Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza, en piezas enteras o en
BPM
Nota 16
08.1.2
Carne fresca picada, incluida la de aves de corral y caza
1500 mg/kg
09.1.1
Pescado fresco
BPM
Nota 50
09.1.2
Moluscos, crustáceos y equindermos frescos
BPM
Nota 16
10000 mg/kg
Nota 58
BPM
Nota 95
BPM
Nota 16
BPM
Nota 16
Nota 58
cortes
09.2
Pescado
y
productos
pesqueros
elaborados,
incluidos
moluscos,
crustáceos y equinodermos
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.2
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.3
Productos
pesqueros
picados,
amalgamados
y
congelados,
incluidos
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.4.1
Pescado y productos pesqueros cocidos
BPM
09.2.4.2
Moluscos, crustáceos y equinodermos cocidos
BPM
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
09.2.4.3
RTCA 67.04.54:10
Pescado y productos pesqueros fritos, incluidos moluscos, crustáceos y
BPM
Nota 16
equinodermos
09.2.5
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
BPM
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
Huevos frescos
BPM
12.1.1
10.1
Sal
20000 mg/kg
12.1.2
Sucedáneos de la sal
10000 mg/kg
Nota 58
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
10000 mg/kg
Notas 51 y 58
13.1.1
Preparados para lactantes
BPM
13.1.2
Preparados de continuación
BPM
13.1.3
Preparados para usos medicinales específicos destinados a los lactantes
BPM
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
BPM
Café, sucedáneos del café, té, infusiones
10000 mg/kg
13.2
14.1.5
de hierbas
y otras bebidas
Nota 4
Nota 58
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
14.2.3
Vinos de uva
3500 mg/kg
CARBONATO DE AMONIO
INS 503i
Función: Regulador de la acidez, gasificante, estabilizador, leudante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
09.2.2
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
BPM
Nota 41
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
13.2
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
CARBONATO DE MAGNESIO
BPM
INS 504i
Función: Regulador de la acidez, antiaglutinante, agente de retención del color
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.1.2
Suero de mantequilla (simple)
01.2.1.2
Leches
fermentadas
BPM
(simples),
tratadas
térmicamente
después
de
la
BPM
fermentación
01.8.2
Suero en polvo y productos a base de suero en polvo, excluidos los
10000 mg/kg
quesos de suero
04.1.1.2
Frutas frescas tratadas en la superficie
BPM
Nota 16
04.2.1.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
Nota 16
5000 mg/kg
Nota 36
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
04.2.2.7
Productos
a
tubérculos,
base
de
hortalizas
legumbres
y
(incluidos
leguminosas
y
hongos
aloe
y
vera)
y
setas,
raíces
algas
y
marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
06.2.1
Harinas
1500 mg/kg
08.1.1
Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza, en piezas enteras o en
BPM
Nota 16
cortes
08.1.2
09.1
Carne fresca picada, incluida la de aves de corral y caza
BPM
Pescado y productos pesqueros frescos, incluidos moluscos, crustáceos y
BPM
Nota 16
5000 mg/kg
Nota 36
equinodermos
09.2
Pescado
y
productos
pesqueros
elaborados,
incluidos
moluscos,
crustáceos y equinodermos
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
BPM
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.2
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
BPM
Nota 16
BPM
Nota 16
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.3
Productos
pesqueros
picados,
amalgamados
y
congelados,
incluidos
Página 95 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.4
Pescado y productos pesqueros cocidos y/o fritos, incluidos moluscos,
BPM
crustáceos y equinodermos
09.2.5
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
BPM
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
11.1.2
11.4
Azúcar en polvo y dextrosa en polvo
15000 mg/kg
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos de
BPM
Nota 56
azúcar)
12.1.1
Sal
BMP
12.1.2
Sucedáneos de la sal
5000 mg/kg
Nota 36
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
5000 mg/kg
Notas 36 y 51
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
BPM
13.2
14.1.5
Café, sucedáneos
del café,
té, infusiones de hierbas
y otras
bebidas
BPM
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
CARBONATO DE POTASIO
INS 501i
Función: Regulador de la acidez, estabilizador
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.4.1
Nata (crema) pasteurizada (simple)
BPM
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas y
BPM
01.8.2
Suero en polvo y productos a base de suero en polvo, excluidos los
natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
BPM
quesos de suero
04.2.2.7
Productos
a
tubérculos,
base
de
hortalizas
legumbres
y
(incluidos
leguminosas
y
hongos
aloe
y
vera)
setas,
y
raíces
algas
y
BPM
marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
06.4.1
Pastas y fideos frescos y productos similares
BPM
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
2600 mg/kg
09.2
Pescado
y
productos
pesqueros
elaborados,
incluidos
moluscos,
BPM
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
BPM
Nota 41
BPM
Nota 51
crustáceos y equinodermos
09.2.2
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
12.2
Hierbas aromáticas, especias aderezos (incluidos los sucedáneos de la sal)
y condimentos (p e., el condimentos para fideos instantáneos)
13.1
Preparados para lactantes, Preparados de continuación, and Preparados
BPM
para usos medicinales específicos destinados a los lactantes
13.1.1
Preparados para lactantes
BPM
13.1.2
Preparados de continuación
BPM
13.2
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
BPM
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té, infusiones
BPM
14.2.3
Vinos de uva
de hierbas
y otras bebidas
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
CARBONATO DE SODIO
5000 mg/kg
INS 500i
Función: Antiaglutinante, regulador de la acidez, gasificante, estabilizador
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.4.1
Nata (crema) pasteurizada (simple)
BPM
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas y
BPM
01.8.2
Suero en polvo y productos a base de suero en polvo, excluidos los
natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
BPM
quesos de suero
Página 96 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
02.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
02.2.1
RTCA 67.04.54:10
BPM
Emulsiones con un 80% de grasa como minimo
BPM
02.2.1.1
Mantequilla y mantequilla concentrada
BPM
04.2.2.7
Productos
a
tubérculos,
base
de
hortalizas
legumbres
y
(incluidos
leguminosas
y
hongos
aloe
y
vera)
setas,
y
raíces
algas
y
BPM
marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
06.2
06.4.1
06.4.2
08.1
08.1.1
Harinas y almidones
BPM
Pastas y fideos frescos y productos similares
BPM
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
2600 mg/kg
Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza
BPM
Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza, en piezas enteras o en
BPM
cortes
09.2
Pescado
y
productos
pesqueros
elaborados,
incluidos
moluscos,
BPM
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
BPM
crustáceos y equinodermos
09.2.2
Nota 41
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
12.1.2
Sucedáneos de la sal
BPM
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
BPM
13.1.1
Preparados para lactantes
BPM
13.1.2
Preparados de continuación
BPM
13.1.3
Preparados para usos medicinales específicos destinados a los lactantes
BPM
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
BPM
13.2
14.1.5
Café, sucedáneos
del café,
té, infusiones de hierbas
y otras
bebidas
Nota 51
BPM
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
CARBON VEGETAL
INS 153
Función: Colorante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
05.3
Goma de mascar
BPM
Directiva
94/36/CE
CARBOXIMETILCELULOSA SODICA
INS 466
Función: Agente de carga, emulsificante, estabilizador, espesante, incrementador del volumen, agente endurecedor, agente
gelificante, agente de glaseado y humectante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.2
Productos lácteos fermentados y cuajados (simples), excluida la categoría
BPM
de alimentos 01.1.2 (bebidas lácteas)
01.2.1.2
Leches
fermentadas
(simples),
tratadas
térmicamente
después
de
la
5000 mg/kg
fermentación
01.2.2
Cuajada natural
01.4.1
Nata (crema) pasteurizada (simple)
BPM
5000 mg/kg
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas y
5000 mg/kg
natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
02.2.1.1
Mantequilla y mantequilla concentrada
2000 mg/kg
Nota 52
04.1.1.2
Frutas frescas tratadas en la superficie
BPM
Nota 16
04.2.1.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
Nota 16
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
06.4.1
Pastas y fideos frescos y productos similares
50000 mg/kg
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
50000 mg/kg
Pescado y productos pesqueros frescos, incluidos moluscos, crustáceos y
BPM
09.1
Nota 16
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
equinodermos
09.2.2
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
BPM
Notas 41 y 61
BPM
Nota 16
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.3
Productos
pesqueros
picados,
amalgamados
y
congelados,
incluidos
moluscos, crustáceos y equinodermos
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos de
5000 mg/kg
azúcar)
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
BPM
13.1.1
Preparados para lactantes
BPM
13.1.2
Preparados de continuación
BPM
13.1.3
Preparados para usos medicinales específicos destinados a los lactantes
10000 mg/kg
13.2
14.1.5
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
BPM
Café,
BPM
sucedáneos
del café, té, infusiones
de
hierbas y otras bebidas
Nota 51
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
CARMINES
INS 120
Función: Colorante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.2
Bebidas lácteas, saborizadas y/o fermentadas (p. ej., leche con chocolate,
150 mg/kg
Nota 52
cacao, ponche de huevo, yogur para beber, bebidas a base de suero)
Leches
01.2.1.2
fermentadas
(simples),
tratadas
térmicamente
después
de
la
150 mg/Kg
fermentación
CODEX STAN
243-2003:2010
Leches
Fermentadas
01.6.1
Queso no madurado
BPM
01.6.2.1
Queso madurado, incluida la corteza
125 mg/kg
Nota 3
01.6.2.2
Corteza de queso madurado
BPM
Nota 3
Queso de suero
BPM
Nota 3
Queso fundido aromatizado, incluido el que contiene fruta, hortalizas,
100 mg/kg
01.6.3
01.6.4.2
Nota 3
carne etc.
01.6.5
Productos similares al queso
100 mg/kg
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
150 mg/kg
02.1.2
Grasas y aceites vegetales
500 mg/kg
02.1.3
Manteca de cerdo, sebo, aceite de pescado y otras grasas de origen animal
BPM
02.1.4
Mezcla de aceites y/o grasas de origen animal y vegetal. Mezclas de las
500 mg/kg
01.7
Notas 3 y 178
categorías 2.1.2 y 2.1.3
02.2.1.3
02.2.2
Mezclas de mantequilla y margarina
500 mg/kg
Emulsiones con menos del 80% de grasa
500 mg/kg
Nota 178
02.3
Emulsiones grasas, principalmente del tipo agua en aceite, incluidos los
500 mg/kg
Nota 178
02.4
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
productos a base de emulsiones grasas mezcladas y/o saborizadas
150 mg/kg
alimentos 01.7
03.0
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
150 mg/kg
04.1.1.2
Frutas frescas tratadas en la superficie
500 mg/kg
04.1.2.4
Frutas en conserva enlatadas o en frasco (pasteurizadas)
200 mg/kg
04.1.2.5
Confituras, jaleas mermeladas
200 mg/kg
04.1.2.6
Productos para untar a base de fruta (p. ej., el chutney, excluidos los
500 mg/kg
04.1.2.7
Frutas confitadas
200 mg/kg
04.1.2.8
Preparados a base de fruta, incluida la pulpa, los purés, los revestimientos
500 mg/kg
Nota 4 y 16
productos de la categoría de alimentos 04.1.2.5
Nota 182
de fruta y la leche de coco
04.1.2.9
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas de
150 mg/kg
fruta
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
04.1.2.11
04.2.1.2
RTCA 67.04.54:10
Rellenos de fruta para panadería
300
mg/kg
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
500 mg/kg
Nota 4 y 16
500 mg/kg
Nota 178
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
04.2.2.3
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en vinagre, aceite, salmuera o
salsa de soya
04.2.2.5
Purés y preparados para untar elaborados con hortalizas (incluidos hongos
100 mg/kg
y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera), algas
marinas y nueces y semillas (p ej. la mantequilla de maní (cacahuete))
04.2.2.6
Pulpas y preparados de hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y
200 mg/kg
Nota 92
tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera) algas marinas y nueces
y semillas (como los postres y las salsas a base de hortalizas y hortalizas
confitadas) distintos de los indicados en la categoría de alimentos 04.2.2.5
05.1.2
Mezclas de cacao (jarabes)
05.1.5
Productos de imitación y sucedáneos del chocolate
300 mg/kg
300 mg/kg
05.2
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1, 05.3
300 mg/kg
05.3
Goma de mascar
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
06.3
Cereales para el desayuno, incluidos los copos de avena
200 mg/kg
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
100 mg/kg
06.4.3
y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc
500 mg/kg
panadería fina), revestimientos
Nota 178
500 mg/kg
(que no sean de fruta) y salsas dulces
Pastas y fideos precocidos y productos similares
100 mg/kg
06.5
Postres a base de cereales y almidón (p ej. pudines de arroz, pudines de
150 mg/kg
06.6
Mezclas batidas para rebosar (p. ej., para empanar o rebosar pescado o
Notas 153 y 178
mandioca)
500
mg/kg
carne de aves de corral
07.1
Pan y productos de panadería ordinaria
BPM
07.1.2
Crackers, excluidos los crackers dulces
200 mg/kg
Nota 178
07.1.4
Productos similares al pan, incluidos los rellenos a base de pan y el pan
500 mg/kg
Nota 178
rallado
07.2
08.1.1
Productos de panadería fina (dulces, salados, aromatizados) y mezclas
200 mg/kg
Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza, en piezas enteras o en
500 mg/kg
Nota 4 y 16
cortes
08.1.2
Carne fresca picada, incluida la de aves de corral y caza
100 mg/kg
Notas 4, 16 y
117
08.2
Productos cárnicos, de aves de corral y caza elaborados en piezas enteras
500 mg/kg
Nota 16
200 mg/kg
Nota 118
o en cortes
08.3.1.1
Productos
cárnicos,
de aves
de
corral
y caza
picados
y
elaborados,
curados (incluidos los salados) desecados y sin tratar térmicamente
08.3.1.2
Productos
cárnicos,
de
aves
de
corral y
caza
picados
y elaborados,
100 mg/kg
y
100 mg/kg
curados (incluidos los salados) y sin tratar térmicamente
08.3.1.3
Productos
cárnicos,
de aves
de
corral
y caza
picados
elaborados,
fermentados y sin tratar térmicamente
08.3.2
Productos
cárnicos,
de aves
de
corral
y caza
picados,
elaborados
y
100 mg/kg
de
corral
y caza
picados,
elaborados
y
500 mg/kg
tratados térmicamente
08.3.3
Productos
cárnicos,
de aves
Nota 16
congelados
Tripas comestibles (p.ej., para embutidos)
500 mg/kg
Nota 16
09.1.1
08.4
Pescado fresco
300 mg/kg
Notas 4, 16 y 50
09.1.2
Moluscos, crustáceos y equinodermos frescos
500 mg/kg
Nota 16
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
100 mg/kg
Nota 95 y 178
moluscos, crustáceos y equinodermos
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
09.2.2
RTCA 67.04.54:10
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
500 mg/kg
09.2.3
Productos
pesqueros
picados,
amalgamados
Notas 16, 95 y
178
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
y
congelados,
incluidos
500 mg/kg
Nota 16
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.4.1
Pescado y productos pesqueros cocidos
09.2.4.2
Moluscos, crustáceos y equinodermos cocidos
500 mg/kg
250 mg/kg
09.2.4.3
Pescado y productos pesqueros fritos, incluidos moluscos, crustáceos y
500 mg/kg
equinodermos
09.2.5
Notas 16, 95 y
178
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
300 mg/kg
Nota 22
incluidos
500 mg/kg
Nota 16
Pescado y productos pesqueros escabechados y/o en salmuera, incluidos
500 mg/kg
Nota 16
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.3.1
Pescado y productos
pesqueros marinados
y/o
en
gelatina,
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.3.2
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.3.3
Sucedáneos de salmón, caviar y otros productos pesqueros a base de
500 mg/kg
huevas
09.3.4
Pescado
y
productos
pesqueros
semiconservados,
crustáceos y equinodermos ( p. ej.,la
incluye
moluscos,
100 mg/kg
pasta de pescado) excluidos los
productos de las categorías 09.3.1 - 09.3.3
09.4
Pescado y productos pesqueros (incluidos los moluscos, crustáceos y
500 mg/kg
Nota 16
Nota 4
equinodermos) en conserva, con inclusión de los enlatados y fermentados
10.1
Huevos frescos
BPM
10.4
Postres a base de huevo ( p ej., flan)
150 mg/kg
12.2.2
Aderezos y condimentos
500 mg/kg
12.4
Mostazas
300 mg/kg
12.5
Sopas y caldos
50 mg/kg
12.6
Salsas y productos similares
13.3
Alimentos
13.4
Preparados dietéticos para adelgazamiento y control del peso
13.5
Alimentos
13.6
Complementos alimenticios
300 mg/kg
14.1.3.1
Néctares de frutas
100 mg/kg
14.1.3.2
Néctares de hortalizas
dietéticos
para
500 mg/kg
usos medicinales
especiales
(excluidos
los
50 mg/kg
productos de la categoría de alimentos 13.1)
dietéticos (p.ej.,
los
complementos
alimenticios
50 mg/kg
para
usos
300 mg/kg
dietéticos), excluidos los indicados en las categorías 13.1- 13.4 y 13.6
14.1.4
Bebidas
a
base
de
agua
saborizadas,
incluidas
las
bebidas
para
BPM
FDA 73.100
1000 mg/kg
Nota 178
deportistas, bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
14.2.1
Cerveza y bebidas a base de malta
100 mg/kg
14.2.2
Sidra y sidra de pera
200 mg/kg
14.2.4
Vinos (distintos de los de uva)
200 mg/kg
14.2.6
Licores destilados que contengan más de un 15% de alcohol
200 mg/kg
14.2.7
Bebidas
alcohólicas
saborizadas
(p.ej.,
cerveza,
vino
y
bebidas
200 mg/kg
Nota 178
espirituosas tipo refresco, refrescos con bajo contenido de alcohol)
15.1
Aperitivos
a
base
de
patatas
(papas),
cereales,
harina
o
almidón
200 mg/kg
(derivados de raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas
15.2
Nueces
elaboradas,
incluidas
las
nueces
(p.
ej.,
con
frutas
secas)
100 mg/kg
revestidas y mezclas de nueces
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
CAROTENOIDES
Beta caroteno (sintético)
INS 160a(i)
Beta-apo-8-carotenal, ésteres de metio o etilo
Beta-apo-8-carotenal
INS 160f
INS 160e
Beta carotenos (Blakeslea trispora)
INS 160a(iii)
Función: Colorantes
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Bebidas lácteas, saborizadas y/o fermentadas (p. ej., leche con chocolate,
150 mg/kg
Observaciones
de alimentos
01.1.2
cacao, ponche de huevo, yogur para beber, bebidas a base de suero)
Leches
01.2.1.2
fermentadas
(simples),
tratadas
térmicamente
después
de
la
fermentación
CODEX
100mg/kg
STAN
243-2003:2010
Leches
Fermentadas
01.3.2
01.4
01.5.2
01.6.1
Blanqueadores de bebidas
1000 mg/kg
Nata (crema) (simple) y productos similares
1000 mg/kg
Productos similares a la leche y la nata (crema) en polvo
1000 mg/kg
Queso no madurado
35 mg/kg
01.6.2.1
Queso madurado, incluida la corteza
600 mg/kg
01.6.2.2
Corteza de queso madurado
1000 mg/kg
01.6.2.3
Queso en polvo (para reconstitución; p. ej., para salsas a base de queso)
BPM
FDA 73.95
Queso de suero
1000 mg/kg
Nota 3
01.6.4
Queso elaborado, fundido
BPM
FDA 73.95
01.6.5
Productos similares al queso
BPM
FDA 73.95
01.6.6
Queso de proteínas del suero
1000 mg/kg
01.6.3
01.7
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
200 mg/kg
02.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
1000 mg/kg
Emulsiones con un 80% de grasa como minimo
25 mg/kg
02.2.1.1
02.2.1
Mantequilla y mantequilla concentrada
100 mg/kg
Nota 146
02.2.1.2
Margarina y productos similares
1000 mg/kg
Nota 180
02.2.1.3
Mezclas de mantequilla y margarina
BPM
02.2.2
Emulsiones con menos del 80% de grasa
BPM
02.3
Emulsiones grasas, principalmente del tipo agua en aceite, incluidos los
1000 mg/kg
02.4
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
Nota 146
FDA 73.95
productos a base de emulsiones grasas mezcladas y/o saborizadas
150 mg/kg
alimentos 01.7
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
200 mg/kg
04.1.1.2
03.0
Frutas frescas tratadas en la superficie
500 mg/kg
04.1.2.3
Frutas en vinagre, aceite o salmuera
1000 mg/kg
200 mg/kg
Nota 16
04.1.2.4
Frutas en conserva enlatadas o en frasco (pasteurizadas)
04.1.2.5
Confituras, jaleas mermeladas
500 mg/kg
04.1.2.6
Productos para untar a base de fruta (p. ej., el chutney, excluidos los
500 mg/kg
04.1.2.7
Frutas confitadas
200 mg/kg
04.1.2.8
Preparados a base de fruta, incluida la pulpa, los purés, los revestimientos
BPM
FDA 73.95
BPM
FDA 73.95
productos de la categoría de alimentos 04.1.2.5
de fruta y
la leche de coco
04.1.2.9
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas de
fruta
04.1.2.11
04.2.1.2
Rellenos de fruta para panadería
10 mg/kg
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
500 mg/kg
Nota 16
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
04.2.2.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
1000 mg/kg
leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas desecadas
04.2.2.3
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
500 mg/kg
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en vinagre, aceite, salmuera o
salsa de soya
04.2.2.4
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos legumbres y
200 mg/kg
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en conserva, en latas o frascos
(pasteurizadas) o en bolsas de esterilización
04.2.2.5
Purés y preparados para untar elaborados con hortalizas (incluidos hongos
1000 mg/kg
y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera), algas
marinas y nueces y semillas (p ej. la mantequilla de maní (cacahuete))
04.2.2.6
Pulpas y preparados de hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y
1000 mg/kg
Nota 92
tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera) algas marinas y nueces
y semillas (como los postres y las salsas a base de hortalizas y hortalizas
confitadas) distintos de los indicados en la categoría de alimentos 04.2.2.5
04.2.2.7
Productos a base de hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubér-
1000 mg/kg
culos, legumbres y leguminosas y aloe vera) y algas marinas fermentadas,
excluidos los producto fermentados de soja de la categoría 12.10
05.1.3
Productos para untar a base de cacao, incluidos rellenos a base de cacao
05.1.4
Productos de cacao y chocolate
500 mg/kg
05.1.5
Productos de imitación y sucedáneos del chocolate
500 mg/kg
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1, 05.3
500 mg/kg
05.2
300 mg/kg
y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
05.3
Goma de mascar
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
500 mg/kg
06.3
Cereales para el desayuno, incluidos los copos de avena
200 mg/kg
Pastas y fideos precocidos y productos similares
1000 mg/kg
Postres a base de cereales y almidón (p ej. pudines de arroz, pudines de
BPM
panadería fina), revestimientos
500 mg/kg
(que no sean de fruta) y salsas dulces
06.4.3
06.5
FDA 73.95
mandioca)
06.6
Mezclas batidas para rebosar (p. ej., para empanar o rebosar pescado o
500 mg/kg
carne de aves de corral
07.1.1
Panes y panecillos
35 mg/kg
07.1.2
Crackers, excluidos los crackers dulces
BPM
07.1.3
Otros productos de panadería ordinaria (p. ej., bagels, pita, muffins
1000 mg/kg
07.1.4
Productos similares al pan, incluidos los rellenos a base de pan y el pan
FDA 73.95
ingleses etc.)
1000 mg/kg
Nota 116
rallado
07.1.5
Panes y bollos dulces al vapor
1000 mg/kg
07.1.6
Mezclas para pan y productos de panadería ordinaria
BPM
07.2
Productos de panadería fina (dulces, salados, aromatizados) y mezclas
200 mg/kg
7.2.1
Tortas, galletas y pasteles (p. ej., rellenos de fruta o crema)
BPM
FDA 73.95
08.1.1
Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza, en piezas enteras o en
500 mg/kg
Nota 16
08.1.2
Carne fresca picada, incluida la de aves de corral y caza
100 mg/kg
Nota 117
Productos cárnicos, de aves de corral y caza elaborados en piezas enteras
BPM
FDA 73.95
20 mg/kg
Nota 118
cortes
08.2
o en cortes
08.3.1.1
Productos
cárnicos,
de aves
de
corral
y caza
picados
y
elaborados,
curados (incluidos los salados) desecados y sin tratar térmicamente
08.3.1.2
Productos
cárnicos,
de aves
de corral
y caza
picados y
elaborados,
20 mg/kg
elaborados,
20 mg/kg
curados (incluidos los salados) y sin tratar térmicamente
08.3.1.3
Productos
cárnicos,
de aves
de
corral
y caza
picados
y
fermentados y sin tratar térmicamente
08.3.2
Productos
cárnicos,
de aves
de
corral
y caza
picados,
elaborados
y
BPM
FDA 73.95
de
corral
y caza
picados,
elaborados
y
500 mg/kg
Nota 16
tratados térmicamente
08.3.3
Productos
cárnicos,
de aves
congelados
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
08.4
RTCA 67.04.54:10
Tripas comestibles (p.ej., para embutidos)
500 mg/kg
09.1.1
Pescado fresco
300 mg/kg
Nota 16
09.1.2
Moluscos, crustáceos y equinodermos frescos
BPM
Nota 16
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
BPM
Nota 95
500 mg/kg
Nota 16
500 mg/kg
Nota 16
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.2
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.3
Productos
pesqueros
picados,
amalgamados
y
congelados,
incluidos
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.4.1
Pescado y productos pesqueros cocidos
500 mg/kg
09.2.4.2
Moluscos, crustáceos y equinodermos cocidos
250 mg/kg
09.2.4.3
Pescado y productos pesqueros fritos, incluidos moluscos, crustáceos y
500 mg/kg
Nota 16
500 mg/kg
Nota 22
equinodermos
09.2.5
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.3
Pescado
y
productos
pesqueros
semiconservados,
incluye
moluscos,
500 mg/kg
incluidos
500 mg/kg
Nota 16
Pescado y productos pesqueros escabechados y/o en salmuera, incluidos
500 mg/kg
Nota 16
crustáceos y equinodermos
09.3.1
Pescado y productos
pesqueros
marinados
y/o
en
gelatina,
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.3.2
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.3.3
Sucedáneos de salmón, caviar y otros productos pesqueros a base de
500 mg/kg
huevas
09.3.4
Pescado
y
productos
pesqueros
semiconservados,
crustáceos y equinodermos ( p. ej.,la
incluye
moluscos,
500 mg/kg
pasta de pescado) excluidos los
productos de las categorías de alimentos 09.3.1 - 09.3.3
09.4
Pescado y productos pesqueros (incluidos los moluscos, crustáceos y
500 mg/kg
equinodermos) en conserva, con inclusión de los enlatados y fermentados
10.1
Huevos frescos
1000 mg/kg
10.2
Productos a base de huevo
1000 mg/kg
10.4
Postres a base de huevo ( p ej., flan)
150 mg/kg
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos de
50 mg/kg
12.2
Hierbas aromáticas, especias aderezos (incluidos los sucedáneos de la sal)
Nota 4
azúcar)
500 mg/kg
y condimentos (p e., el condimentos para fideos instantáneos)
12.4
Mostazas
300 mg/kg
12.5
Sopas y caldos
300 mg/kg
12.6
Salsas y productos similares
BPM
12.7
Emulsiones para ensaladas (p.ej., la ensalada de macarrones, la ensalada
1000 mg/kg
FDA 73.95
de patatas (papas)) y para untar emparedados, excluidas las emulsiones
para untar a base de cacao y nueces de las categorías de alimentos
04.2.2.5 y 05.1.3
12.9.5
12.10.3
13.3
Otros productos proteínicos
100 mg/kg
Pasta de soja fermentada (miso)
1000 mg/kg
Alimentos
dietéticos
para
usos medicinales
especiales
(excluidos
los
50 mg/kg
productos de la categoría de alimentos 13.1)
13.4
Preparados dietéticos para adelgazamiento y control del peso
13.5
Alimentos
13.6
Complementos alimenticios
300 mg/kg
14.1.3.1
Néctares de frutas
100 mg/kg
14.1.3.2
Néctares de hortalizas
100 mg/kg
14.1.3.4
Concentrados para néctares de hortalizas
100 mg/kg
Bebidas a base de agua saborizada, incluidas las bebidas para deportistas,
100 mg/kg
dietéticos (p.ej.,
los
complementos
alimenticios
50 mg/kg
para
usos
300 mg/kg
dietéticos), excluidos los indicados en las categorías 13.1 - 13.4 y 13.6
14.1.4
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
14.2.2
Sidra y sidra de pera
14.2.4
Vinos (distintos de los de uva)
200 mg/kg
200 mg/kg
14.2.6
Licores destilados que contengan más de un 15% de alcohol
200 mg/kg
14.2.7
Bebidas
alcohólicas
saborizadas
(p.ej.,
cerveza,
vino
y
bebidas
200 mg/kg
almidón
400 mg/kg
Nueces elaboradas, incluidas las nueces (p.ej., con frutas, frutas secas)
100 mg/kg
espirituosas tipo refresco, refrescos con bajo contenido de alcohol)
15.1
Aperitivos
a
base
de
patatas
(papas),
cereales,
harina
o
(derivados de raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas
15.2
revestidas y mezclas de nueces
16.0
Alimentos compuestos (que no pueden clasificarse en las categorías 01-
500 mg/kg
15)
CAROTENOS VEGETALES
Carotenos, extractos naturales (vegetales)
INS 160aii
Función: Colorantes
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.2
Bebidas lácteas, saborizadas y/o fermentadas (p. ej., leche con chocolate,
600 mg/kg
cacao, ponche de huevo, yogur para beber, bebidas a base de suero)
Nota 52,
CODEX STAN
243-2003:2010
Leches
Fermentadas
01.3.2
01.4
01.5.2
01.6.1
Blanqueadores de bebidas
1000 mg/kg
Nata (crema) (simple) y productos similares
1000 mg/kg
Productos similares a la leche y la nata (crema) en polvo
1000 mg/kg
Queso no madurado
600 mg/kg
01.6.2.1
Queso madurado, incluida la corteza
600 mg/kg
01.6.2.2
Corteza de queso madurado
1000 mg/kg
01.6.2.3
Queso en polvo (para reconstitución; p. ej., para salsas a base de queso)
BPM
FDA 73.96
Queso de suero
1000 mg/kg
Nota 3
01.6.4
Queso elaborado, fundido
BPM
FDA 73.96
01.6.5
Productos similares al queso
BPM
FDA 73.96
01.6.6
Queso de proteínas del suero
1000 mg/kg
01.6.3
01.7
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
1000 mg/kg
02.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
1000 mg/kg
02.1.2
Grasas y aceites vegetales
1000 mg/kg
02.1.3
Manteca de cerdo, sebo, aceite de pescado y otras grasas de origen animal
1000 mg/kg
02.2.1.1
Mantequilla y mantequilla concentrada
600 mg/kg
02.2.1.2
Margarina y productos similares
1000 mg/kg
Nota 180
Emulsiones con menos del 80% de grasa
BPM
FDA 73.96
02.3
Emulsiones grasas, principalmente del tipo agua en aceite, incluidos los
1000 mg/kg
02.4
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
02.2.2
productos a base de emulsiones grasas mezcladas y/o saborizadas
1000 mg/kg
alimentos 01.7
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
1000 mg/kg
04.1.1.2
03.0
Frutas frescas tratadas en la superficie
BPM
04.1.2.3
Frutas en vinagre, aceite o salmuera
1000 mg/kg
04.1.2.4
Frutas en conserva enlatadas o en frasco (pasteurizadas)
1000 mg/kg
04.1.2.5
Confituras, jaleas mermeladas
1000 mg/kg
04.1.2.6
Productos para untar a base de fruta (p. ej., el chutney, excluidos los
500 mg/kg
Nota 16
productos de la categoría de alimentos 04.1.2.5
04.1.2.7
Frutas confitadas
1000 mg/kg
04.1.2.8
Preparados a base de fruta, incluida la pulpa, los purés, los revestimientos
BPM
FDA 73.96
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
de fruta y la leche de coco
04.1.2.9
FDA 184.1245
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas de
BPM
fruta
FDA 184.1245
04.1.2.10
Productos de fruta fermentada
04.1.2.11
Rellenos de fruta para panadería
4 mg/kg
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
04.2.1.2
FDA 73.96
200 mg/kg
Nota 16
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
04.2.2.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
200 mg/kg
leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas desecadas
04.2.2.3
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
1320 mg/kg
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en vinagre, aceite, salmuera o
salsa de soya
04.2.2.4
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos legumbres y
200 mg/kg
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en conserva, en latas o frascos
(pasteurizadas) o en bolsas de esterilización
04.2.2.5
Purés y preparados para untar elaborados con hortalizas (incluidos hongos
1000 mg/kg
y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera), algas
marinas y nueces y semillas (p ej. la mantequilla de maní (cacahuete))
04.2.2.6
Pulpas y preparados de hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y
1000 mg/kg
Nota 92
tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera) algas marinas y nueces
y semillas (como los postres y las salsas a base de hortalizas y hortalizas
confitadas) distintos de los indicados en la categoría de alimentos 04.2.2.5
04.2.2.7
Productos
tubérculos,
a
base
de
legumbres
hortalizas
y
(incluidos
leguminosas
y
hongos
aloe
y
vera)
setas,
y
algas
raíces
y
1000 mg/kg
marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
05.1.3
Productos para untar a base de cacao, incluidos rellenos a base de cacao
1000 mg/kg
05.1.4
Productos de cacao y chocolate
1000 mg/kg
05.1.5
Productos de imitación y sucedáneos del chocolate
1000 mg/kg
05.2
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1, 05.3
500 mg/kg
05.3
Goma de mascar
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
06.3
Cereales para el desayuno, incluidos los copos de avena
400 mg/kg
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
1000 mg/kg
Pastas y fideos precocidos y productos similares
1000 mg/kg
y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
500 mg/kg
panadería fina), revestimientos
20000 mg/kg
(que no sean de fruta) y salsas dulces
06.4.2
06.4.3
06.5
Postres a base de cereales y almidón (p ej. pudines de arroz, pudines de
BPM
mandioca)
06.6
Mezclas batidas para rebosar (p. ej., para empanar o rebosar pescado o
FDA 73.96
1000 mg/kg
carne de aves de corral
07.1.1
Panes y panecillos
35 mg/kg
07.1.2
Crackers, excluidos los crackers dulces
BPM
07.1.3
Otros productos de panadería ordinaria (p. ej., bagels, pita, muffins
1000 mg/kg
07.1.4
Productos similares al pan, incluidos los rellenos a base de pan y el pan
FDA 73.96
ingleses etc.)
1000 mg/kg
rallado
07.1.5
Panes y bollos dulces al vapor
1000 mg/kg
07.1.6
Mezclas para pan y productos de panadería ordinaria
BPM
07.2
Productos de panadería fina (dulces, salados, aromatizados) y mezclas
1000 mg/kg
7.2.1
Tortas, galletas y pasteles (p. ej., rellenos de fruta o crema)
BPM
FDA 73.96
Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza, en piezas enteras o en
5000 mg/kg
Nota 16
08.1.1
cortes
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
08.1.2
RTCA 67.04.54:10
Carne fresca picada, incluida la de aves de corral y caza
20 mg/kg
Nota 117
08.2
Productos cárnicos, de aves de corral y caza elaborados en piezas enteras
5000 mg/kg
Nota 16
08.3.1
Productos cárnicos, de aves de corral y caza picados y elaborados sin
20 mg/kg
Nota 118
o en cortes
tratar térmicamente
08.3.2
Productos
cárnicos,
de aves
de
corral
y caza
picados,
elaborados
y
BPM
FDA 73.96
de
corral
y caza
picados,
elaborados
y
5000 mg/kg
Nota 16
tratados térmicamente
08.3.3
Productos
cárnicos,
de aves
congelados
Tripas comestibles (p.ej., para embutidos)
5000 mg/kg
09.1.1
08.4
Pescado fresco
BPM
Nota 50
09.1.2
Moluscos, crustáceos y equinodermos frescos
BPM
Nota 16
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
BPM
Nota 95
500 mg/kg
Nota 16
1000 mg/kg
Nota 16
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.2
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.3
Productos
pesqueros
picados,
amalgamados
y
congelados,
incluidos
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.4.1
Pescado y productos pesqueros cocidos
1000 mg/kg
09.2.4.2
Moluscos, crustáceos y equinodermos cocidos
1000 mg/kg
09.2.4.3
Pescado y productos pesqueros fritos, incluidos moluscos, crustáceos y
1000 mg/kg
Nota 16
equinodermos
09.2.5
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
1000 mg/kg
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.3.1
Pescado
y
productos pesqueros marinados y/o
en
gelatina,
incluidos
1000 mg/kg
Nota 16
Pescado y productos pesqueros escabechados y/o en salmuera, incluidos
1000 mg/kg
Nota 16
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.3.2
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.3.3
Sucedáneos de salmón, caviar y otros productos pesqueros a base de
1000 mg/kg
huevas
09.3.4
Pescado
y
productos
pesqueros
semiconservados,
crustáceos y equinodermos ( p. ej.,la
incluye
moluscos,
1000 mg/kg
Nota 16
pasta de pescado) excluidos los
productos de las categorías de alimentos 09.3.1 - 09.3.3
09.4
Pescado y productos pesqueros (incluidos los moluscos, crustáceos y
500 mg/kg
equinodermos) en conserva, con inclusión de los enlatados y fermentados
10.1
Huevos frescos
1000 mg/kg
10.2
Productos a base de huevo
1000 mg/kg
10.4
Postres a base de huevo ( p ej., flan)
150 mg/kg
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos de
50 mg/kg
12.2
Hierbas aromáticas, especias aderezos (incluidos los sucedáneos de la sal)
Nota 4
azúcar)
500 mg/kg
y condimentos (p e., el condimentos para fideos instantáneos)
12.4
Mostazas
12.5
Sopas y caldos
1000 mg/kg
1000 mg/kg
12.6
Salsas y productos similares
BPM
12.7
Emulsiones para ensaladas (p.ej., la ensalada de macarrones, la ensalada
1000 mg/kg
FDA 73.96
de patatas (papas)) y para untar emparedados, excluidas las emulsiones
para untar a base de cacao y nueces de las categorías de alimentos
04.2.2.5 y 05.1.3
12.9.5
12.10.3
13.1.3
13.3
Otros productos proteínicos
1000 mg/kg
Pasta de soja fermentada ( P. ej., miso)
1000 mg/kg
Preparados para usos medicinales específicos destinados a los lactantes
30 mg/kg
Alimentos
dietéticos
para
usos medicinales
especiales
(excluidos
los
Nota 84
600 mg/kg
productos de la categoría de alimentos 13.1)
Página 106 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
13.4
Preparados dietéticos para adelgazamiento y control del peso
13.5
Alimentos
dietéticos (p.ej.,
los
complementos
alimenticios
600 mg/kg
para
usos
600 mg/kg
dietéticos), excluidos los indicados en las categorías 13.1 - 13.4 y 13.6
13.6
Complementos alimenticios
600 mg/kg
14.1.2.2
Zumos (jugos) de hortalizas
2000 mg/kg
14.1.2.4
Concentrados para zumos (jugos) de hortalizas
2000 mg/kg
14.1.3.1
Néctares de frutas
200 mg/kg
14.1.3.2
Néctares de hortalizas
2000 mg/kg
14.1.3.4
Concentrados para néctares de hortalizas
1000 mg/kg
14.1.4
Bebidas a base de agua saborizada, incluidas las bebidas para deportistas,
2000 mg/kg
14.2.1
Cerveza y bebidas a base de malta
600 mg/kg
14.2.2
Sidra y sidra de pera
600 mg/kg
14.2.4
Vinos (distintos de los de uva)
600 mg/kg
14.2.6
Licores destilados que contengan más de un 15% de alcohol
600 mg/kg
14.2.7
Bebidas
bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
alcohólicas
saborizadas
(p.ej.,
cerveza,
vino
y
bebidas
600 mg/kg
almidón
400 mg/kg
espirituosas tipo refresco, refrescos con bajo contenido de alcohol)
15.1
Aperitivos
a
base
de
patatas
(papas),
cereales,
harina
o
(derivados de raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas
15.2
Nueces
elaboradas,
incluidas
las
nueces
(p.
ej.,
con
frutas
secas)
20000 mg/kg
revestidas y mezclas de nueces
16.0
Alimentos compuestos (que no pueden clasificarse en las categorías 01 -
1000 mg/kg
15)
CARRAGENINA Y SUS SALES
INS 407
Función: Emulsificante, relleno, estabilizador, espesante, incrementador del volumen, sustancia inerte, agente de glaseado y
humectante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.2
Productos lácteos fermentados y cuajados (simples), excluida la categoría
5000 mg/kg
de alimentos 01.1.2 (bebidas lácteas)
01.4.1
Nata (crema) pasteurizada (simple)
500 mg/kg
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas y
5000 mg/kg
natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
02.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
02.2.1.1
Mantequilla y mantequilla concentrada
04.2.2.7
Productos
tubérculos,
a
base
de
legumbres
hortalizas
y
BPM
(incluidos
leguminosas
BPM
y
hongos
aloe
y
vera)
setas,
y
alga
raíces
y
Nota 52
BPM
marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
06.4.1
Pastas y fideos frescos y productos similares
BPM
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
8330 mg/kg
08.1
Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza
BPM
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
5000 mg/kg
Nota 61
BPM
Notas 41 y 61
Nota 37
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.2
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
14.1.3
Nectares de frutas y hortalizas
14.1.5
Café,
sucedáneos
del café, té, infusiones
BPM
de
hierbas y otras bebidas
BPM
Nota 135
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
CELULOSA EN POLVO
RTCA 67.04.54:10
INS 460ii
Función: Antiaglutinante, agente de carga, emulsificante, estabilizador, espesante.
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.2.1.2
Leches
fermentadas
(simples),
tratadas
térmicamente
después
de
la
BPM
fermentación
01.2.2
Cuajada (natural)
01.4.1
Nata (crema) pasteurizada (simple)
BPM
BPM
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas y
BPM
01.8.2
Suero en polvo y productos a base de suero en polvo, excluidos los
natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
10000 mg/kg
quesos de suero
04.1.1.2
Frutas frescas tratadas en la superficie
BPM
Nota 16
04.2.1.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
Nota 16
BPM
Nota 16
BPM
Nota 16
BPM
Nota 16
incluidos
BPM
Nota 16
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos de
BPM
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
08.1.1
Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza, en piezas enteras o en
cortes
09.1
Pescado y productos pesqueros frescos, incluidos moluscos, crustáceos y
equinodermos
09.2.2
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.3
Productos
pesqueros
picados,
amalgamados
y
congelados,
moluscos, crustáceos y equinodermos
11.4
azúcar)
13.1.1
Preparados para lactantes
13.1.2
Preparados de continuación
BPM
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
BPM
13.2
14.1.5
Café, sucedáneos
del café,
BPM
té, infusiones de hierbas
y otras
bebidas
BPM
Nota 135
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
CELULOSA MICROCRISTALINA
INS 460i
Función: Antiaglutinante, agente de carga, emulsificante, agente espumante, estabilizador, espesante.
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.2.1.1
Leches fermentadas (simples), no tratadas térmicamente después de la
BPM
fermentación
01.2.1.2
Leches
fermentadas
(simples),
tratadas
térmicamente
después
de
la
20000 mg/kg
fermentación
01.2.2
Cuajada (natural)
01.4.1
Nata (crema) pasteurizada (simple)
BPM
5000 mg/kg
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas y
5000 mg/kg
01.8.2
Suero en polvo y productos a base de suero en polvo, excluidos los
natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
10000 mg/kg
quesos de suero
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
BPM
02.2.1.1
02.1
Mantequilla y mantequilla concentrada
20000 mg/kg
Nota 52
04.1.1.2
Frutas frescas tratadas en la superficie
BPM
Nota 16
04.1.1.3
Frutas frescas peladas y/o cortadas
BPM
04.2.1.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
Nota 16
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
04.2.1.3
RTCA 67.04.54:10
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas frescas
peladas, cortadas y desmenuzadas
04.2.2.1
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
leguminosas y áloe vera) algas marinas y nueces y semillas congeladas
06.4.1
Pastas y fideos frescos y productos similares
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
BPM
BPM
08.1.1
Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza, en piezas enteras o en
BPM
Nota 16
cortes
08.1.2
09.1
Carne fresca picada, incluida la de aves de corral y caza
BPM
Pescado y productos pesqueros frescos, incluidos moluscos, crustáceos y
BPM
Nota 16
equinodermos
09.2
Pescado
y
productos
pesqueros
elaborados,
incluidos
moluscos,
10000 mg/kg
crustáceos y equinodermos
10.2.1
Productos líquidos a base de huevo
10.2.2
Productos congelados a base de huevo
BPM
BPM
11.1
Azúcares refinados y en bruto
BPM
11.2
Azúcar moreno, excluidos los productos de la categoría de alimentos
BPM
11.1.3
11.3
Soluciones
azucaradas
y
jarabes,
tambien
azucares
(parcialmente)
BPM
invertidos, incluida la melaza, excluidos los productos de la categoria de
alimentos 11.1.3
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos de
BPM
azúcar)
12.1.1
Sal
BPM
12.1.2
Sucedáneos de la sal
22000 mg/kg
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
BPM
13.1.1
Preparados para lactantes
BPM
Preparados de continuación
BPM
13.1.2
13.2
14.1.3.1
14.1.5
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
BPM
Néctares de fruta
BPM
Café,
sucedáneos
del café, té, infusiones
de
hierbas y otras bebidas
Nota 51
BPM
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
CERA DE ABEJA BLANCA Y AMARILLA
INS 901
Función: Agente de carga, agente de glaseado, agente de liberación, estabilizador.
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
04.1.1.2
Frutas frescas tratadas en la superficie
BPM
04.2.1.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
Nota 79
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
05.1.4
Productos de cacao y chocolate
BPM
Nota 3
05.1.5
Productos de imitación y sucedáneos del chocolate
BPM
Nota 3
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1, 05.3
BPM
Nota 3
05.2
y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
05.3
Goma de mascar
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
BPM
07.2
Productos de panadería fina (dulces, salados, aromatizados) y mezclas
BPM
13.6
Complementos alimenticios
BPM
Nota 3
14.1.4
Bebidas a base de agua saborizada, incluidas las bebidas para deportistas,
200 mg/kg
Nota 131
14.1.5
Café, sucedáneos
BPM
Nota 108
panadería fina), revestimientos
BPM
(que no sean de fruta) y salsas dulces
Nota 3
bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
del café, té, infusiones de
hierbas y otras bebidas
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
15.0
Aperitivos listos para el consumo
CERA DE CANDELILLA
BPM
Nota 3
INS 902
Función: Agente de carga, vehículo para solventes, agente de glaseado, agente de liberación.
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
04.1.1.2
Frutas frescas tratadas en la superficie
BPM
04.2.1.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
Nota 79
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
05.1.4
Productos de cacao y chocolate
BPM
Nota 3
05.1.5
Productos de imitación y sucedáneos del chocolate
BPM
Nota 3
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1, 05.3
BPM
Nota 3
05.2
y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
05.3
Goma de mascar
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
BPM
07.2
Productos de panadería fina (dulces, salados, aromatizados) y mezclas
BPM
Nota 3
13.6
Complementos alimenticios
BPM
Nota 3
Bebidas a base de agua saborizada, incluidas las bebidas para deportistas,
200 mg/kg
Nota 131
BPM
Nota 108
BPM
Nota 3
panadería fina), revestimientos
BPM
(que no sean de fruta) y salsas dulces
14.1.4
bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té, infusiones
de hierbas
y otras bebidas
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
15.0
Aperitivos listos para el consumo
CERA DE CARNAUBA
Función:
Agente
INS 903
antiaglomerante, adyuvante,
agente
de carga,
vehículo
para
solventes,
agente
de
glaseado,
agente
de
liberación.
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
04.1.1.2
04.1.2
04.2.1.2
Frutas frescas tratadas en la superficie
400 mg/kg
Frutas elaboradas
400 mg/kg
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
400 mg/kg
Nota 79
Nota 3
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
05.1.4
Productos de cacao y chocolate
5000 mg/kg
05.1.5
Productos de imitación y sucedáneos del chocolate
5000 mg/kg
Nota 3
05.2
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1, 05.3
5000 mg/kg
Nota 3
05.3
Goma de mascar
1200 mg/kg
Nota 3
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
07.0
Productos de panadería
BPM
Nota 3
13.6
Complementos alimenticios
5000 mg/kg
Nota 3
Bebidas a base de agua saborizada, incluidas las bebidas para deportistas,
200 mg/kg
Nota 131
200 mg/kg
Nota 108
200 mg/kg
Nota 3
y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
panadería fina), revestimientos
4000 mg/kg
(que no sean de fruta) y salsas dulces
14.1.4
bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
14.1.5
Café, sucedáneos
del café,
té, infusiones de hierbas
y otras
bebidas
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
15.0
Aperitivos listos para el consumo
CERA MICROCRISTALINA
INS 905ci
Función: Agente antiespumante, agente de carga, agente de glaseado.
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
de alimentos
01.6.2.2
Corteza de queso madurado
04.1.1.2
Frutas frescas tratadas en la superficie
30000 mg/kg
50 mg/kg
04.2.1.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
50 mg/kg
leguminosas (incluida la soja) y áloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
05.2
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1, 05.3
BPM
Nota 3
20000 mg/kg
Nota 3
y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
05.3
Goma de mascar
CICLAMATOS
Acido ciclámico (sales de sodio, potasio y calcio)
INS 952
Función: Acentuadores del aroma, edulcorantes.
No categoría
Categoría de alimentos
de alimentos
01.1.2
01.7
02.4
03.0
Bebidas lácteas, saborizadas y/o fermentadas (p. ej., leche con chocolate,
cacao, ponche de huevo, yogur para beber, bebidas a base de suero)
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
alimentos 01.7
Nivel máximo
Observaciones
250 mg/kg
Nota 17
250 mg/kg
Nota 17
250 mg/kg
Nota 17
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
250 mg/kg
Nota 17
04.1.2.4
Frutas en conserva enlatadas o en frasco (pasteurizadas)
1000 mg/kg
Nota 17
04.1.2.5
Confituras, jaleas mermeladas
1000 mg/kg
Nota 17
2000 mg/kg
Nota 17
250 mg/kg
Nota 17
250 mg/kg
Nota 17
250 mg/kg
Notas 17
250 mg/kg
Notas 17 y 127
500 mg/kg
Nota 17
04.1.2.6
04.1.2.8
04.1.2.9
Productos para untar a base de fruta (p. ej., el chutney, excluidos los
productos de la categoría de alimentos 04.1.2.5
Preparados a base de fruta, incluida la pulpa, los purés, los revestimientos
de fruta y la leche de coco
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas de
fruta
Pulpas y preparados de hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y
04.2.2.6
tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera) algas marinas y nueces
y semillas (como los postres y las salsas a base de hortalizas y hortalizas
confitadas) distintos de los indicados en la categoría de alimentos 04.2.2.5
05.1.2
05.1.3
Mezclas de cacao (jarabes)
Productos para untar a base de cacao, incluidos los rellenos a base de
cacao
05.1.4
Productos de cacao y chocolate
500 mg/kg
Nota 17
05.1.5
Productos de imitación y sucedáneos del chocolate
500 mg/kg
Nota 17
500 mg/kg
Notas 17 y 156
3000 mg/kg
Nota 17
500 mg/kg
Nota 17
250 mg/kg
Nota 17
05.2
05.3
05.4
06.5
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1, 05.3
y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones, etc
Goma de mascar
Decoraciones (p.ej., para productos de
panadería fina), revestimientos
(que no sean de fruta) y salsas dulces
Postres a base de cereales y almidón (p ej. pudines de arroz, pudines de
mandioca)
07.2
Productos de panadería fina (dulces, salados, aromatizados) y mezclas
1600 mg/kg
Nota 17 y 165
10.4
Postres a base de huevo ( p ej., flan)
250 mg/kg
Nota 17
500 mg/kg
Nota 17 y 159
BPM
Nota 17
500 mg/kg
Nota 17
500 mg/kg
Nota 17
11.4
11.6
12.6.1
12.7
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos de
azúcar)
Edulcorantes de mesa, incluidos los que contienen edulcorantes de gran
intensidad
Salsas emulsionadas (p ej., mayonesa, aderezos para ensaladas)
Emulsiones para ensaladas (p.ej., la ensalada de macarrones, la ensalada
de patatas (papas)) y para untar emparedados, excluidas las emulsiones
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
para untar a base de cacao y nueces de las categorías de alimentos
04.2.2.5 y 05.1.3
13.3
13.4
13.5
13.6
Alimentos dietéticos
para
usos
medicinales
especiales
(excluidos
los
productos de la categoría de alimentos 13.1)
Preparados dietéticos para adelgazamiento y control del peso
Alimentos
dietéticos
(p.ej.,
los
complementos
alimenticios para
usos
dietéticos), excluidos los indicados en las categorías 13.1 - 13.4 y 13.6
400 mg/kg
Nota 17
400 mg/kg
Nota 17
400 mg/kg
Nota 17
Complementos alimenticios
1250 mg/kg
Nota 17
14.1.3.2
Néctares de hortalizas
250mg/kg
Nota 17
14.1.3.4
Concentrado para nectares de hortalizas
400 mg/kg
Bebidas a base de agua saborizada
400 mg/kg
Nota 127
250 mg/kg
Nota 17
14.1.4
14.2.7
Bebidas alcohólicas saborizadas por ejemplo: cerveza, vino y bebidas
espirituosas tipo refresco, con bajo contenido de alcohol
CITRATO DE AMONIO FERRICO
Notas 17, 122 y
127
INS 381
Función: Antiaglutinante.
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
12.1.1
Sal
25 mg/kg
Nota 23
FDA 172.430
14.1.4.3
Concentrados (líquidos o sólidos) para bebidas a base de agua saborizadas
10 mg/kg
Nota 23
13.1
Preparados para lactantes, preparados de continuación y preparados para
BPM
FDA 184.1296
uso medicinales especiales destinados a los lactantes.
CITRATO DE ESTEARILO
INS 484
Función: Agente antiespumante, emulsificante, secuestrante.
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
BPM
02.1.2
02.1
Grasas y aceites vegetales
BPM
02.1.3
Manteca de cerdo, sebo, aceite de pescado y otras grasas de origen
BPM
animal
02.2.1.2
02.2.2
05.3
14.1.4
Margarina y productos similares
100 mg/kg
Emulsiones con menos del 80 % de grasa
100 mg/kg
Goma de mascar
15000 mg/kg
Bebidas
a
base
de
agua
saborizada,
incluidas
las
bebidas
para
500 mg/kg
deportistas, bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
CITRATO DE TRIETILO
INS 1505
Función: Agente antiespumante, vehículo de solventes, secuestrante, estabilizador.
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
10.2.1
Productos líquidos a base de huevo
2500 mg/kg
Nota 47
10.2.3
Productos a base de huevo en polvo y/o cuajados por calor
2500 mg/kg
Nota 47
14.1.4
Bebidas
a
base
de
agua
saborizada,
incluidas
las
bebidas
para
200 mg/kg
deportistas, bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
CITRATO DIPOTÁSICO
INS 332i
Función: Regulador de acidez, antioxidante, emulsionante, secuestrante, estabilizador.
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.8.2
Suero en polvo y productos a base de suero en polvo, excluidos los
BPM
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
quesos de suero
02.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
CITRATO DIACIDO SODICO
BPM
INS 331i
Función: Regulador de la acidez, antioxidante, emulsificante, secuestrante, estabilizador.
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.8.2
Suero en polvo y productos a base de suero en polvo, excluidos los
BPM
quesos de suero
02.1
02.1.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
BPM
Aceite de mantequilla (manteca), grasa de leche anhidra, ghee
BPM
CITRATO TRIPOTASICO
Nota 171
INS 332ii
Función: Regulador de la acidez, antioxidante, emulsificante, secuestrante, estabilizador.
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.8.2
Suero en polvo y productos a base de suero en polvo, excluidos los
BPM
quesos de suero
02.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
CITRATO TRISODICO
BPM
INS 331iii
Función: Regulador de la acidez, antioxidante, emulsificante, secuestrante, estabilizador.
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.1.2
Suero de mantequilla (simple)
BPM
FDA 184.1751
01.2.1
Leches fermentadas (simples)
1500 mg/kg
Nota 63
01.2.2
Cuajada natural
BPM
FDA 184.1751
01.4.1
Nata (crema) pasteurizada (simple)
1000 mg/kg
FDA 184.1751
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas
5000 mg/kg
FDA 184.1751
BPM
FDA 184.1751
FDA 184.1751
y natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
01.8.2
Suero en polvo y productos a base de suero en polvo, excluidos los
quesos de suero
02.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
BPM
FDA 184.1751
Aceite de mantequilla (manteca), grasa de leche anhidra, ghee
BPM
FDA 184.1751
Mantequilla y mantequilla concentrada
BPM
Nota 52
04.1.1
Frutas frescas
2000 mg/kg
FDA 184.1751
04.2.1
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
2000 mg/kg
FDA 184.1751
BPM
FDA 184.1751
BPM
FDA 184.1751
02.1.1
02.2.1.1
FDA 184.1751
leguminosas y áloe vera) algas marinas y nueces y semillas frescas
04.2.2.1
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
leguminosas y áloe vera) algas marinas y nueces y semillas congeladas
04.2.2.7
Productos
a base
de
tubérculos, legumbres
hortalizas
(incluidos hongos y setas,
raíces
y
y leguminosas y aloe vera) y algas marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
Harinas y almidones
BPM
FDA 184.1751
08.1.1
06.2
Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza, en piezas enteras o en
5000 mg/kg
FDA 184.1751
08.1.2
Carne fresca picada, incluida la de aves de corral y caza
BPM
FDA 184.1751
09.1
Pescado y productos pesqueros frescos, incluidos moluscos, crustáceos
BPM
FDA 184.1751
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
BPM
FDA 184.1751
cortes
y equinodermos
moluscos, crustáceos y equinodermos
Página 113 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
09.2.2
Pescado,
filetes
de
pescado
y
productos
RTCA 67.04.54:10
pesqueros
rebozados
BPM
congelados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.3
Productos pesqueros picados, amalgamados y congelados, incluidos
BPM
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.4
Pescado y productos pesqueros cocidos y/o fritos, incluidos moluscos,
Nota 61
FDA 184.1751
Nota 16
FDA 184.1751
BPM
FDA 184.1751
crustáceos y equinodermos
09.2.5
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
BPM
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
10.2.1
Productos líquidos a base de huevo
10.2.2
Productos congelados a base de huevo
BPM
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos
BPM
11.4
BPM
de azúcar)
12.1.2
Sucedáneos de la sal
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
BPM
Preparados para lactantes, preparados de continuación, y preparados
2000 mg/kg
13.1
BPM
Nota 51
para usos medicinales específicos destinados a los lactantes
13.1.1
Preparados para lactantes
13.1.2
Preparados de continuación
BPM
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
5000 mg/kg
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
BPM
13.2
14.1.5
BPM
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
CITRATOS DE CALCIO
INS 333
Función: Reguladores de la acidez, antioxidantes, emulsificantes, agente endurecedores, secuestrantes.
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.4.1
Nata (crema) pasteurizada (simple)
BPM
FDA 184.1195
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas
BPM
FDA 184.1195
y natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
02.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
BPM
FDA 184.1195
02.2.1.1
Mantequilla y mantequilla concentrada
BPM
Nota 52
04.2.2.1
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
FDA 184.1195
FDA 184.1195
leguminosas y áloe vera) algas marinas y nueces y semillas congeladas
08.1.2
Carne fresca picada, incluida la de aves de corral y caza
BPM
FDA 184.1195
09.1
Pescado y productos pesqueros frescos, incluidos moluscos, crustáceos
BPM
FDA 184.1195
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
BPM
FDA 184.1195
BPM
FDA 184.1195
y equinodermos
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.4
Pescado y productos pesqueros cocidos y/o fritos, incluidos moluscos,
crustáceos y equinodermos
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
BPM
Nota 51
FDA 184.1195
13.1.1
Preparados para lactantes
BPM
FDA 184.1195
13.1.3
Preparados para usos medicinales específicos destinados a los lactantes
BPM
FDA 184.1195
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
BPM
FDA 184.1195
13.2
CITRATO DE ISOPROPILO
INS 384
Función: Antioxidante, sustancia conservadora, secuestrante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
02.1.1
Aceite de mantequilla (manteca), grasa de leche anhidra, ghee
100 mg/kg
02.1.2
Grasas y aceites vegetales
200 mg/kg
02.1.3
Manteca de cerdo, cebo, aceite de pescado y otras grasas de origen
200 mg/kg
Nota 77
Página 114 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
animal
02.1.4
Mezcla de aceites y/o grasas de origen animal y vegetal. Mezclas de las
200 mg/kg
categorías 2.1.2 y 2.1.3
02.2.1.2
Margarina y productos similares
200 mg/kg
02.2.2
Emulsiones con menos del 80% de grasa
100 mg/kg
08.1.2
Carne fresca picada, incluida la de aves de corral y caza
08.2.1.2
Productos
cárnicos,
de
aves
de
corral
y
caza
200 mg/kg
elaborados,
curados
200 mg/kg
(incluidos los salados), desecados y sin tratar térmicamente, en piezas
enteras o en cortes
08.3.1.2
Productos cárnicos, de aves de corral y caza picados y elaborados,
200 mg/kg
curados (incluidos los salados) y sin tratar térmicamente
14.1.4
Bebidas
a
base
de
agua
saborizada,
incluidas
las
bebidas
para
200 mg/kg
deportistas, bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
CLORO
INS 925
Función: Agente de tratamiento de las harinas.
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
06.2.1
Harinas
CLOROFILAS
2500 mg/kg
Nota 87
INS 140
Función: Colorante.
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
BPM
02.2.1.1
02.1
Mantequilla y mantequilla concentrada
BPM
04.1.1.2
Frutas frescas tratadas en la superficie
BPM
Nota 16
04.2.1.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
Nota 16
Nota 52
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
BPM
08.1.1
Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza, en piezas enteras o en
BPM
Notas 4 y 16
Nota 94
cortes
08.1.2
Carne fresca picada, incluida la de aves de corral y caza
1000 mg/kg
09.1.1
Pescado fresco
BPM
Nota 50
09.1.2
Moluscos, crustáceos y equinodermos frescos
BPM
Nota 16
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
BPM
Nota 95
rebozados
BPM
Nota 16
Productos pesqueros picados, amalgamados y congelados, incluidos
BPM
Nota 16
BPM
Nota 16
BPM
Nota 22
Huevos frescos
BPM
Nota 4
Preparados para usos medicinales específicos destinados a los lactantes
20 mg/kg
Nota 84
Complementos alimenticios
25000 mg/kg
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.2
Pescado,
filetes
de
pescado
y
productos
pesqueros
congelados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.3
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.4.3
Pescado y productos pesqueros fritos, incluidos moluscos, crustáceos y
equinodermos
09.2.5
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
10.1
13.1.3
13.6
14.1.3.1
14.2.7
Néctares de frutas
Bebidas
alcoholicas
300 mg/kg
saborizadas
(p.ej.
cerveza,
vinos
y
bebidas
BPM
FDA 73.125
espirituosas tipo refresco, refrescos con bajo contenido de alcohol)
Página 115 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
CLORURO CALCICO
RTCA 67.04.54:10
INS 509
Función: Agente endurecedor, estabilizador, espesante.
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.4.1
Nata (crema) pasteurizada (simple)
500 mg/kg
FDA 184.1193
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas
500 mg/kg
FDA 184.1193
y natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
1.6
01.8.2
Quesos y productos analogos
2000 mg/Kg
FDA 184.1193
Suero en polvo y productos a base de suero en polvo, excluidos los
BPM
FDA 184.1193
quesos de suero
04.1.2.7
Frutas confitadas
BPM
FDA 184.1193
04.2.1.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
500 mg/kg
Nota 58
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
FDA 184.1193
semillas frescas tratadas en la superficie
04.2.1.3
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
500 mg/kg
leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas frescas
Nota 58
FDA 184.1193
peladas, cortadas y desmenuzadas
04.2.2.1
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
4000 mg/kg
FDA 184.1193
4000 mg/kg
Nota 58
leguminosas y áloe vera) algas marinas y nueces y semillas congeladas
04.2.2.7
Productos a
base
de
hortalizas
tubérculos, legumbres
(incluidos hongos
y setas,
raíces y
y leguminosas y aloe vera) y algas marinas
FDA 184.1193
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
08.1.1
Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza, en piezas enteras o en
2500 mg/kg
FDA 184.1193
10000 mg/kg
Nota 58
cortes
09.2
Pescado
y
productos
pesqueros
elaborados,
incluidos
moluscos,
crustáceos y equinodermos
12.2.1
FDA 184.1193
Hierbas aromáticas y especias
4000 mg/kg
Notas 51 y 58
FDA 184.1193
14.1.2
Zumos (jugos) de frutas y hortalizas
4000 mg/kg
FDA 184.1193
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
3200 mg/kg
Nota 58
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
CLORURO DE AMONIO
FDA 184.1193
INS 510
Función: Agente de tratamiento de las harinas.
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
04.2.2.7
Productos
a base
de
hortalizas
tubérculos, legumbres
(incluidos hongos y setas, raíces
y
BPM
FDA 184.1138
y leguminosas y aloe vera) y algas marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
08.1
Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza
09.2
Pescado
y
productos
pesqueros
elaborados,
incluidos
moluscos,
BPM
FDA 184.1138
BPM
FDA 184.1138
FDA 184.1138
crustáceos y equinodermos
12.1.2
Sucedáneos de la sal
BPM
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
BPM
Nota 51
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
BPM
FDA 184.1138
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
CLORURO DE MAGNESIO
INS 511
Función: Agente de retención de color, endurecedor.
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.1.2
Suero de mantequilla (simple)
BPM
FDA 184.1426
Página 116 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
01.2.1.2
Leches fermentadas
(simples), tratadas
RTCA 67.04.54:10
térmicamente
después
de
la
BPM
FDA 184.1426
fermentación
Cuajada natural
BPM
FDA 184.1426
04.1.1.2
01.2.2
Frutas frescas tratadas en la superficie
BPM
Nota 16
04.2.1.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
FDA 184.1426
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
Nota 16
FDA 184.1426
semillas frescas tratadas en la superficie
08.1.1
Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza, en piezas enteras o en
2260 mg/kg
FDA 184.1426
cortes
08.1.2
Carne fresca picada, incluida la de aves de corral y caza
BPM
FDA 184.1426
09.1
Pescado y productos pesqueros frescos, incluidos moluscos, crustáceos
BPM
Nota 16
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
BPM
FDA 184.1426
09.2.2
Pescado,
y equinodermos
FDA 184.1426
moluscos, crustáceos y equinodermos
filetes
de
pescado
y
productos
pesqueros
rebozados
BPM
congelados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.3
Nota 16
FDA 184.1426
Productos pesqueros picados, amalgamados y congelados, incluidos
BPM
FDA 184.1426
BPM
FDA 184.1426
BPM
FDA 184.1426
BPM
FDA 184.1426
FDA 184.1426
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.4
Pescado y productos pesqueros cocidos y/o fritos, incluidos moluscos,
crustáceos y equinodermos
09.2.5
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos
de azúcar)
12.1.2
Sucedáneos de la sal
BPM
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
BPM
Nota 51
FDA 184.1426
13.1.1
Preparados para lactantes
BPM
FDA 184.1426
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
BPM
FDA 184.1426
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
CLORURO DE POTASIO
INS 508
Función: Estabilizador, espesante.
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.4.1
Nata (crema) pasteurizada (simple)
BPM
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas
BPM
y natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
04.2.2.7
Productos a
base
de
hortalizas
tubérculos, legumbres
(incluidos hongos
y setas,
raíces y
BPM
y leguminosas y aloe vera) y algas marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
BPM
08.1.1
Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza, en piezas enteras o en
BPM
cortes
09.2
Pescado
y
productos
pesqueros
elaborados,
incluidos
moluscos,
BPM
crustáceos y equinodermos
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
30000 mg/kg
moluscos, crustáceos y equinodermos
12.1.1
Sal
350 mg/kg
12.1.2
Sucedáneos de la sal
BPM
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
BPM
13.1.1
Preparados para lactantes
BPM
Nota 51
Página 117 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
14.1.5
RTCA 67.04.54:10
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
BPM
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
CLORURO DE ESTAÑO
INS 512
Función: Antioxidante, agente de retención del color, sustancia conservadora, secuestrante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
04.1.2.4
Frutas en conserva enlatadas o en frasco (pasteurizadas)
20 mg/kg
Nota 43
04.2.2.4
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos legumbres y
25 mg/kg
Nota 43
20 mg/kg
Nota 43
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en conserva, en latas o frascos
(pasteurizadas) o en bolsas de esterilización
14.1.4
Bebidas
a
base
de
agua
saborizada,
incluidas
las
bebidas
para
deportistas, bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
COLOR CARAMELO, CLASE I
Color caramelo natural, clase I
INS 150a
Función: Colorante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.2
Bebidas
lacteas,
saborizadas
y/o
fermentadas
(p.
ej.,
leche
con
BPM
chocolate, cacao, ponche de huevo, yogur para beber, bebidas a base de
suero)
01.4.1
Nata (crema) pasteurizada (simple)
BPM
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas
BPM
y natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
02.2.1.1
Mantequilla y mantequilla concentrada
BPM
04.1.1.2
Frutas frescas tratadas en la superficie
BPM
Nota 52
Nota 16
04.2.1.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
Nota 16
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
04.2.2.7
Productos a
base
de
tubérculos, legumbres
hortalizas
(incluidos hongos
y setas,
raíces y
BPM
y leguminosas y aloe vera) y algas marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
BPM
08.1.1
Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza, en piezas enteras o en
BPM
Nota 16
cortes
08.1.2
Carne fresca picada, incluida la de aves de corral y caza
09.1.1
Pescado fresco
BPM
BPM
Nota 50
09.1.2
Moluscos, crustáceos y equinodermos frescos
BPM
Nota 16
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
BPM
Nota 95
rebozados
BPM
Nota 41
Productos pesqueros picados, amalgamados y congelados, incluidos
BPM
Nota 16
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.2
Pescado,
filetes
de
pescado
y
productos
pesqueros
congelados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.3
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.4.1
Pescado y productos pesqueros cocidos
09.2.4.2
Moluscos, crustáceos y equinodermos cocidos
BPM
BPM
09.2.4.3
Pescado y productos pesqueros fritos, incluidos moluscos, crustáceos y
BPM
Nota 16
equinodermos
09.2.5
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
BPM
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
10.1
11.1.2
Huevos frescos
BPM
Azúcar en polvo y dextrosa en polvo
BPM
Nota 4
Página 118 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
11.4
RTCA 67.04.54:10
Otros azucares y jarabes (p. ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos
BPM
de azúcar
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
BPM
14.1.3.1
Néctares de frutas
BPM
14.1.3.2
Néctares de Hortalizas
BPM
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
BPM
14.2.3
Vinos de uva
14.2.7
Bebidas
Nota 5
FDA 73.85
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
BPM
alcohólicas
saborizadas
(p.ej.
cerveza,
vinos,
bebidas
BPM
espirituosas tipo refresco, refrescos con bajo contenido de alcohol)
COLOR CARAMELO, CLASE II
Color caramelo, clase II-proceso sulfito cáustico
INS 150b
Función: Colorante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.2
Bebidas
lácteas,
saborizadas
y/o
fermentadas
(p.
ej.,
leche
con
50000 mg/kg
chocolate, cacao, ponche de huevo, yogur para beber, bebidas a base de
suero)
01.6
Quesos y productos similares
01.7
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
50000 mg/kg
01.8
Suero y productos a base de suero, excluidos los quesos de suero
50000 mg/kg
02.0
Grasas y aceites y emulsiones grasas
20000 mg/kg
02.2.1.3
Mezclas de mantequilla y margarina
20000 mg/kg
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
30000 mg/kg
03.0
50000 mg/kg
04.1.2
Frutas elaboradas
80000 mg/kg
04.2.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
80000 mg/kg
leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas elaboradas
05.0
Confitería
06.3
Cereales para el desayuno, incluidos los copos de avena
50000 mg/kg
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
50000 mg/kg
06.4.2
06.4.3
50000 mg/kg
Pastas y fideos precocidos y productos similares
50000 mg/kg
06.5
Postres a base de cereales y almidón (p ej. pudines de arroz, pudines de
50000 mg/kg
06.6
Mezclas batidas para rebosar (p. ej., para empanar o rebosar pescado o
mandioca)
50000 mg/kg
carne de aves de corral
06.7
Productos a base de arroz precocidos o elaborados, incluidas las tortas
50000 mg/kg
de arroz (sólo del tipo oriental)
07.0
Productos de panadería
50000
08.0
Carne y productos cárnicos, incluidos los de aves de corral y caza
200000 mg/kg
mg/kg
Nota 16
09.1
Pescado y productos pesqueros frescos, incluidos moluscos, crustáceos
30000 mg/kg
Nota 16
09.2
Pescado
y equinodermos
y
productos
pesqueros
elaborados,
incluidos
moluscos,
30000 mg/kg
Pescado y productos pesqueros semiconservados, incluye moluscos,
30000 mg/kg
crustáceos y equinodermos
09.3
crustáceos y equinodermos
09.4
Pescado y productos pesqueros (incluidos los moluscos, crustáceos y
equinodermos)
en
conserva,
con
inclusión
de
los
enlatados
30000 mg/kg
y
fermentados
10.1
Huevos frescos
20000 mg/kg
10.2
Productos a base de huevo
20000 mg/kg
10.3
Huevos en conserva, incluidos los huevos en álcali, salados y envasados
20000 mg/kg
10.4
Postres a base de huevo ( p ej., flan)
20000 mg/kg
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos
50000 mg/kg
Nota 4
Página 119 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
de azúcar)
11.6
Edulcorantes de mesa, incluidos los que contienen edulcorantes de gran
50000 mg/kg
intensidad
12.2
Hierbas aromáticas, especias aderezos (incluidos los sucedáneos de la
100000 mg/kg
sal) y condimentos (p e., el condimentos para fideos instantáneos)
12.2.2
Aderezos y condimentos
BPM
12.3
Vinagres
100000 mg/kg
12.4
Mostazas
100000 mg/kg
12.5
Sopas y caldos
100000 mg/kg
12.6
Salsas y productos similares
100000 mg/kg
12.7
Emulsiones para ensaladas (p.ej., la ensalada de macarrones, la ensalada
100000 mg/kg
FDA 182.1235
de patatas (papas)) y para untar emparedados, excluidas las emulsiones
para untar a base de cacao y nueces de las categorías de alimentos
04.2.2.5 y 05.1.3
12.9.1
Productos a base de proteína de soja
100000 mg/kg
12.9.3
Cuajada de soja semideshidratada
80000 mg/kg
12.9.5
Otros productos proteínicos
100000 mg/kg
12.10
Productos a base de soja fermentada
100000 mg/kg
Alimentos dietéticos para usos medicinales especiales (excluidos los
20000 mg/kg
13.3
productos de la categoría de alimentos 13.1)
13.4
Preparados dietéticos para adelgazamiento y control del peso
20000 mg/kg
13.5
Alimentos dietéticos (p.ej., los complementos alimenticios para usos
20000 mg/kg
13.6
Complementos alimenticios
14.1.2.2
Zumos (jugos) de hortalizas
50000 mg/kg
14.1.2.4
Concentrados para zumos (jugos) de hortalizas
50000 mg/kg
14.1.3.1
Néctares de frutas
BPM
14.1.3.2
Néctares de hortalizas
BPM
14.1.3.4
Concentrados para néctares de hortalizas
50000 mg/kg
dietéticos), excluidos los indicados en las categorías 13.1, 13.4 y 13.6
14.1.4
Bebidas
a
base
de
agua
35000 mg/kg
saborizada,
incluidas
las
bebidas
para
50000 mg/kg
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
50000 mg/kg
FDA 73.85
deportistas, bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
14.1.5
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
14.2
Bebidas alcohólicas, incluidas las bebidas análogas sin alcohol y con
50000 mg/kg
bajo contenido de alcohol
15.0
Aperitivos listos para el consumo
10000 mg/kg
16.0
Alimentos compuestos (que no pueden clasificarse en las categorías 01 -
20000 mg/kg
15)
COLOR CARAMELO, CLASE III
Color caramelo, clase III-proceso amónico
INS 150c
Función: Colorante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.2
Bebidas
lácteas,
saborizadas
y/o
fermentadas
(p.
ej.,
leche
con
150 mg/kg
Nota 52
chocolate, cacao, ponche de huevo, yogur para beber, bebidas a base de
suero)
01.3.2
Blanqueadores de bebidas
01.4.3
Nata (crema) Cuajada natural
BPM
01.4.4
Productos similares a la nata (crema)
BPM
01.5.2
BPM
Productos similares a la leche y la nata (crema) en polvo
BPM
01.6
Quesos y productos similares
BPM
01.7
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
50000 mg/kg
01.8
Suero y productos a base de suero, excluidos los quesos de suero
50000 mg/kg
Página 120 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
02.1
RTCA 67.04.54:10
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
20000 mg/kg
02.2.1.2
Margarina y productos similares
20000 mg/kg
02.2.1.3
Mezclas de mantequilla y margarina
20000 mg/kg
02.2.2
Emulsiones con menos del 80% de grasa
20000 mg/kg
02.3
Emulsiones grasas, principalmente del tipo agua en aceite, incluidos los
20000 mg/kg
02.4
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
productos a base de emulsiones grasas mezcladas y/o saborizadas
BPM
alimentos 01.7
03.0
04.1.2
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
1000 mg/kg
Frutas elaboradas
80000 mg/kg
04.1.2.3
Frutas en vinagre, aceite o salmuera
BPM
BPM
04.1.2.4
Frutas en conserva enlatadas o en frasco (pasteurizadas)
04.1.2.5
Confituras, jaleas mermeladas
BPM
04.1.2.6
Productos para untar a base de fruta (p. ej., el chutney, excluidos los
500 mg/kg
04.1.2.7
Frutas confitadas
04.1.2.8
Preparados
productos de la categoría de alimentos 04.1.2.5
a
BPM
base
de
fruta,
incluida
la
pulpa,
los
purés,
los
7500 mg/kg
Nota 182
revestimientos de fruta y la leche de coco
04.1.2.9
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas
BPM
de fruta
04.1.2.11
Rellenos de fruta para panadería
7500 mg/kg
04.2.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
80000 mg/kg
04.2.2.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas elaboradas
BPM
Nota 76
leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas desecadas
04.2.2.3
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
500 mg/kg
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en vinagre, aceite, salmuera o
salsa de soya
04.2.2.4
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos legumbres y
BPM
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en conserva, en latas o frascos
(pasteurizadas) o en bolsas de esterilización
04.2.2.5
Purés
y preparados
para untar elaborados
con hortalizas
(incluidos
BPM
hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe
vera), algas marinas y nueces y semillas (p ej. la mantequilla de maní
(cacahuete))
04.2.2.6
Pulpas y preparados de hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y
tubérculos, legumbres y leguminosas
y aloe
vera)
algas
BPM
Nota 92
marinas y
nueces y semillas (como los postres y las salsas a base de hortalizas y
hortalizas
confitadas)
distintos
de los
indicados
en
la
categoría
de
alimentos 04.2.2.5.
04.2.2.7
Productos a
base
de
hortalizas
(incluidos hongos
y setas,
raíces y
BPM
tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera) y algas marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
04.2.2.8
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
leguminosas y aloe vera) y algas marinas cocidas o fritas
05.1.3
Productos para untar a base de cacao, incluidos rellenos a base de cacao
05.1.4
Productos de cacao y chocolate
BPM
05.1.5
Productos de imitación y sucedáneos del chocolate
BPM
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1,
BPM
05.2
BPM
05.3 y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
05.3
Goma de mascar
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
20000 mg/kg
06.3
Cereales para el desayuno, incluidos los copos de avena
panadería fina), revestimientos
BPM
(que no sean de fruta) y salsas dulces
6500 mg/kg
Página 121 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
06.4.2
06.4.3
RTCA 67.04.54:10
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
BPM
Pastas y fideos precocidos y productos similares
BPM
06.5
Postres a base de cereales y almidón (p ej. pudines de arroz, pudines de
BPM
06.6
Mezclas batidas para rebosar (p. ej., para empanar o rebosar pescado o
mandioca)
BPM
carne de aves de corral
06.7
Productos a base de arroz precocidos o elaborados, incluidas las tortas
BPM
de arroz (sólo del tipo oriental)
07.1.2
Crackers, excluidos los crackers dulces
07.1.3
Otros
pita,
BPM
07.1.4
Productos similares al pan, incluidos los rellenos a base de pan y el pan
BPM
productos
de
panadería
ordinaria
BPM
(p.
ej.,
bagels,
muffins ingleses etc.)
rallado
07.1.5
Panes y bollos dulces al vapor
BPM
07.1.6
Mezclas para pan y productos de panadería ordinaria
50000 mg/kg
07.2
Productos de panadería fina (dulces, salados, aromatizados) y mezclas
BPM
09.1
Pescado y productos pesqueros frescos, incluidos moluscos, crustáceos
BPM
y equinodermos
09.2
Pescado
y
Notas 3, 4, 16
y
50
productos
pesqueros
elaborados,
incluidos
moluscos,
BPM
Nota 50
Sucedáneos de salmón, caviar y otros productos pesqueros a base de
BPM
Nota 50
500 mg/kg
Nota 50
Nota 4
crustáceos y equinodermos
09.3.3
huevas
09.4
Pescado y productos pesqueros (incluidos los moluscos, crustáceos y
equinodermos)
en
conserva,
con
inclusión
de
los
enlatados
y
fermentados
10.1
Huevos frescos
BPM
10.4
Postres a base de huevo ( p ej., flan)
BPM
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos
BPM
de azúcar)
11.6
Edulcorantes de mesa, incluidos los que contienen edulcorantes de gran
BPM
intensidad
12.2
Hierbas aromáticas, especias aderezos (incluidos los sucedáneos de la
BPM
sal) y condimentos (p e., el condimentos para fideos instantáneos)
12.3
Vinagres
1000 mg/kg
12.4
Mostazas
BPM
12.5
Sopas y caldos
BPM
12.6
Salsas y productos similares
1500 mg/kg
12.7
Emulsiones para ensaladas (p.ej., la ensalada de macarrones, la ensalada
BPM
de patatas (papas)) y para untar emparedados, excluidas las emulsiones
para untar a base de cacao y nueces de las categorías de alimentos
04.2.2.5 y 05.1.3
12.9.1
Productos a base de proteína de soja
BPM
12.9.3
Cuajada de soja semideshidratada
BPM
12.9.5
Otros productos proteínicos
BPM
12.10
Productos a base de soja fermentada
BPM
Alimentos dietéticos para usos medicinales especiales (excluidos los
BPM
13.3
productos de la categoría de alimentos 13.1)
13.4
Preparados dietéticos para adelgazamiento y control del peso
BPM
13.5
Alimentos dietéticos (p.ej., los complementos alimenticios para usos
BPM
dietéticos), excluidos los indicados en las categorías 13.1 13.4 y 13.6
Complementos alimenticios
BPM
14.1.3.1
13.6
Néctares de frutas
BPM
14.1.3.2
Néctares de hortalizas
BPM
14.1.3.4
Concentrados para néctares de hortalizas
BPM
FDA 73.85
Página 122 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
a
base
de
agua
saborizada,
RTCA 67.04.54:10
14.1.4
Bebidas
incluidas
las
bebidas
para
BPM
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
BPM
deportistas, bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
14.2.1
Cerveza y bebidas a base de malta
14.2.2
Sidra y sidra de pera
BPM
Vino de uva enriquecido, vino de uva licoroso y vino de uva dulce
BPM
14.2.4
Vinos (distintos de los de uva)
BPM
14.2.5
Aguamiel
BPM
14.2.6
Licores destilados que contengan más de un 15% de alcohol
BPM
14.2.7
Bebidas
14.2.3.3
alcohólicas
BPM
saborizadas
(p.ej.,
cerveza,
vino
y
bebidas
BPM
espirituosas tipo refresco, refrescos con bajo contenido de alcohol)
15.0
Aperitivos listos para el consumo
BPM
16.0
Alimentos compuestos (que no pueden clasificarse en las categorías 01
1000 mg/kg
15)
COLOR CARAMELO, CLASE IV
Color caramelo, clase IV-proceso sulfito amónico
INS 150d
Función: Colorante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.2
Bebidas
lácteas,
saborizadas
y/o
fermentadas
(p.
ej.,
leche
con
150 mg/kg
chocolate, cacao, ponche de huevo, yogur para beber, bebidas a base de
suero)
01.2.1
Leches fermentadas (simples)
150 mg/kg
01.2.2
Cuajada natural
BPM
01.3.2
Blanqueadores de bebidas
BPM
01.4.3
Nata (crema) Cuajada natural
BPM
01.4.4
Productos similares a la nata (crema)
BPM
01.5.2
Productos similares a la leche y la nata (crema) en polvo
BPM
01.6
Quesos y productos similares
BPM
01.7
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
2000 mg/kg
01.8
Suero y productos a base de suero, excluidos los quesos de suero
BPM
02.1
02.2.1.2
02.2.1.3
02.2.2
02.4
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
20000 mg/kg
Margarina y productos similares
20000 mg/kg
Mezclas de mantequilla y margarina
20000 mg/kg
Emulsiones con menos del 80% de grasa
20000 mg/kg
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
BPM
Nota 12
alimentos 01.7
03.0
04.1.2
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
1000 mg/kg
Frutas elaboradas
BPM
04.1.2.3
Frutas en vinagre, aceite o salmuera
BPM
BPM
04.1.2.4
Frutas en conserva enlatadas o en frasco (pasteurizadas)
04.1.2.5
Confituras, jaleas mermeladas
1500 mg/kg
04.1.2.6
Productos para untar a base de fruta (p. ej., el chutney, excluidos los
500 mg/kg
04.1.2.7
Frutas confitadas
04.1.2.8
Preparados
productos de la categoría de alimentos 04.1.2.5
a
base
BPM
de
fruta,
incluida
la
pulpa,
los
purés,
los
7500 mg/kg
Nota 182
revestimientos de fruta y la leche de coco
04.1.2.9
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas
BPM
de fruta
04.1.2.11
04.2.2
Rellenos de fruta para panadería
7500 mg/kg
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
80000 mg/kg
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas elaboradas
04.2.2.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
Nota 76
leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas desecadas
04.2.2.3
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
500 mg/kg
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en vinagre, aceite, salmuera o
salsa de soya
04.2.2.4
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos legumbres y
BPM
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en conserva, en latas o frascos
(pasteurizadas) o en bolsas de esterilización
04.2.2.5
Purés
y preparados
para untar elaborados
con hortalizas
(incluidos
BPM
hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe
vera), algas marinas y nueces y semillas (p ej. La mantequilla de maní
(cacahuete))
04.2.2.6
Pulpas y preparados de hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y
tubérculos, legumbres y leguminosas
y aloe
vera)
algas
BPM
Nota 92
marinas y
nueces y semillas (como los postres y las salsas a base de hortalizas y
hortalizas
confitadas)
distintos
de los
indicados
en
la
categoría
de
alimentos 04.2.2.5
04.2.2.7
Productos a
base
de
hortalizas
tubérculos, legumbres
(incluidos hongos
y setas,
raíces y
BPM
y leguminosas y aloe vera) y algas marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
04.2.2.8
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
leguminosas y aloe vera) y algas marinas cocidas o fritas
05.1.3
Productos para untar a base de cacao, incluidos rellenos a base de cacao
05.1.4
Productos de cacao y chocolate
BPM
05.1.5
Productos de imitación y sucedáneos del chocolate
BPM
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1,
BPM
05.2
BPM
05.3 y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
05.3
Goma de mascar
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
20000 mg/kg
06.3
Cereales para el desayuno, incluidos los copos de avena
2500 mg/kg
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
BPM
panadería fina), revestimientos
BPM
(que no sean de fruta) y salsas dulces
06.4.2
06.4.3
Pastas y fideos precocidos y productos similares
BPM
06.5
Postres a base de cereales y almidón (p ej. Pudines de arroz, pudines de
BPM
06.6
Mezclas batidas para rebosar (p. ej., para empanar o rebosar pescado o
mandioca)
BPM
carne de aves de corral
06.7
Productos a base de arroz precocidos o elaborados, incluidas las tortas
BPM
de arroz (sólo del tipo oriental)
07.1.2
Crackers, excluidos los crackers dulces
07.1.3
Otros
productos
de
panadería
ordinaria
BPM
(p.
ej.,
bagels,
pita,
BPM
Productos similares al pan, incluidos los rellenos a base de pan y el pan
BPM
muffins ingleses etc.)
07.1.4
rallado
07.1.5
Panes y bollos dulces al vapor
BPM
07.1.6
Mezclas para pan y productos de panadería ordinaria
BPM
07.2
Productos de panadería fina (dulces, salados, aromatizados) y mezclas
BPM
08.0
Carne y productos cárnicos, incluidos los de aves de corral y caza
BPM
09.1
Pescado y productos pesqueros frescos, incluidos moluscos, crustáceos
BPM
Notas 3 y 50
moluscos,
BPM
Nota 50
Sucedáneos de salmón, caviar y otros productos pesqueros a base de
BPM
Nota 50
y equinodermos
09.2
Pescado
y
productos
pesqueros
elaborados,
incluidos
crustáceos y equinodermos
09.3.3
Página 124 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
huevas
09.4
Pescado y productos pesqueros (incluidos los moluscos, crustáceos y
equinodermos)
en
conserva,
con
inclusión
de
los
enlatados
500 mg/kg
Nota 50
Nota 4
y
fermentados
10.1
Huevos frescos
BPM
10.4
Postres a base de huevo ( p ej., flan)
BPM
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos
BPM
de azúcar)
11.6
Edulcorantes de mesa, incluidos los que contienen edulcorantes de gran
BPM
intensidad
12.2
Hierbas aromáticas, especias aderezos (incluidos los sucedáneos de la
BPM
sal) y condimentos (p e., el condimentos para fideos instantáneos)
12.3
Vinagres
BPM
12.4
Mostazas
BPM
12.5
Sopas y caldos
y
caldos
BPM
12.5.1
Sopas
listos
para
el
consumo,
incluidos
los
envasados,
3000 mg/kg
12.5.2
Mezclas para sopas y caldos
BPM
12.6
Salsas y productos similares
1500 mg/kg
12.7
Emulsiones para ensaladas (p.ej., la ensalada de macarrones, la ensalada
BPM
embotellados y congelados
de patatas (papas)) y para untar emparedados, excluidas las emulsiones
para untar a base de cacao y nueces de las categorías de alimentos
04.2.2.5 y 05.1.3
12.9.1
Productos a base de proteína de soja
BPM
12.9.3
Cuajada de soja semideshidratada
BPM
12.9.5
Otros productos proteínicos
BPM
12.10
Productos a base de soja fermentada
BPM
Alimentos dietéticos para usos medicinales especiales (excluidos los
BPM
13.3
productos de la categoría de alimentos 13.1)
13.4
Preparados dietéticos para adelgazamiento y control del peso
BPM
13.5
Alimentos dietéticos (p.ej., los complementos alimenticios para usos
BPM
dietéticos), excluidos los indicados en las categorías 13.1 13.4 y 13.6
Complementos alimenticios
BPM
14.1.3.1
13.6
Nectares de frutas
BPM
FDA 73.85
14.1.3.2
Néctares de hortalizas
BPM
FDA 73.85
14.1.3.4
Concentrados para néctares de hortalizas
BPM
14.1.4
Bebidas
a
base
de
agua
saborizada,
incluidas
las
bebidas
para
BPM
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
BPM
deportistas, bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
14.1.5
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
14.2.1
Cerveza y bebidas a base de malta
14.2.2
Sidra y sidra de pera
BPM
Vino de uva enriquecido, vino de uva licoroso y vino de uva dulce
BPM
14.2.4
Vinos (distintos de los de uva)
BPM
14.2.5
Aguamiel
BPM
14.2.6
Licores destilados que contengan más de un 15% de alcohol
BPM
14.2.7
Bebidas
14.2.3.3
alcohólicas
saborizadas
BPM
(p.ej.,
cerveza,
vino
y
bebidas
BPM
espirituosas tipo refresco, refrescos con bajo contenido de alcohol)
15.0
Aperitivos listos para el consumo
BPM
16.0
Alimentos compuestos (que no pueden clasificarse en las categorías 01
1000 mg/kg
15)
Página 125 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
COMPLEJOS CUPRICOS DE CLOROFILAS Y CLOROFILINA
Complejos cúpricos de clorofilas
INS 141i
Complejos cúpricos de clorofilinas, sales de sodio y potasio
INS 141ii
Función: Colorante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
Grasas y aceites y emulsiones grasas
BPM
04.1.2.3
02.0
Frutas en vinagre, aceite o salmuera
100 mg/kg
04.1.2.4
Frutas en conserva enlatadas o en frasco (pasteurizadas)
100 mg/kg
Nota 62
04.1.2.8
Preparados
100 mg/kg
Notas 62 y 182
a
base
de
fruta,
incluida
la
pulpa,
los
purés,
los
Nota 62
revestimientos de fruta y la leche de coco
04.1.2.10
Productos de fruta fermentada
100 mg/kg
Nota 62
04.1.2.11
Rellenos de fruta para panadería
100 mg/kg
Nota 62
04.1.2.12
04.2.2.5
Frutas cocidas o fritas
Purés
y preparados para
untar elaborados
con
hortalizas (incluidos
100 mg/kg
Nota 62
100 mg/kg
Nota 62
100 mg/kg
Notas 62 y 92
100 mg/kg
Nota 62
100 mg/kg
Nota 62
hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe
vera), algas marinas y nueces y semillas (p ej. la mantequilla de maní
(cacahuete))
04.2.2.6
Pulpas y preparados de hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y
tubérculos, legumbres y leguminosas
y aloe
vera)
algas
marinas y
nueces y semillas (como los postres y las salsas a base de hortalizas y
hortalizas
confitadas)
distintos
de los
indicados
en
la
categoría
de
alimentos 04.2.2.5
04.2.2.7
Productos
a
base
de hortalizas
tubérculos, legumbres
(incluidos
hongos
y setas, raíces
y
y leguminosas y aloe vera) y algas marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
04.2.2.8
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
leguminosas y aloe vera) y algas marinas cocidas o fritas
05.2.1
Caramelos duros
05.2.2
Caramelos blandos
700 mg/kg
100 mg/kg
05.3
Goma de mascar
700 mg/kg
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos
64 mg/kg
Nota 62
de azúcar)
14.1.4.3
Concentrados
(liquidos
o
solidos)
para
bebidas
a
base
de
agua
2000 mg/Kg
saborizadas
CURCUMINA
INS 100i
Función: Colorante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.6.2.2
Corteza de queso madurado
BPM
01.6.4.2
Queso fundido aromatizado incluido el que contiene fruta, hortalizas,
100 mg/Kg
carne, etc.
01.7
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
02.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
5 mg/kg
Margarina y productos similares
10 mg/kg
02.2.1.2
150 mg/kg
CODEX STAN
256-2007
02.2.1.3
02.2.2
03.0
Mezclas de mantequilla y margarina
BPM
Emulsiones con menos del 80% de grasa
10 mg/Kg
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
150 mg/kg
04.1.2.7
Frutas confitadas
200 mg/kg
05.2.1
Caramelos duros
300 mg/kg
Directiva
94/36/CE
Página 126 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
05.2.2
RTCA 67.04.54:10
Caramelos blandos
300 mg/kg
Directiva
05.3
Goma de mascar
300 mg/kg
Directiva
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
94/36/CE
94/36/CE
panadería fina), revestimientos
500 mg/kg
(que no sean de fruta) y salsas dulces
6.3
07.1.2
Cereales para el desayuno, incluidos los copos de avena
BPM
Crackers excluidos los crackers dulces
500 mg/kg
FDA 73.600
07.2
Productos de panadería fina (dulces, salados, aromatizados) y mezclas
200 mg/kg
09.2
Pescado
500 mg/kg
y
productos
pesqueros
elaborados,
incluidos
moluscos,
crustáceos y equinodermos
09.2.4.2
Moluscos, crustáceos y equinodermos cocidos
250 mg/kg
09.2.5
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
100 mg/kg
09.3.3
Sucedáneos de salmón, caviar y otros productos pesqueros a base de
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
500 mg/kg
huevas
09.3.4
Pescado y productos pesqueros semiconservados, incluye moluscos,
crustáceos y equinodermos ( p. ej.,la
100 mg/kg
pasta de pescado) excluidos los
productos de las categorías de alimentos 09.3.1 - 09.3.3
12.4
Mostazas
300 mg/kg
12.5
Sopas y caldos
50 mg/kg
12.6
Salsas y productos similares
500 mg/kg
12.9.5
Otros productos proteínicos
100 mg/kg
13.4
Preparados dietéticos para adelgazamiento y control del peso
50 mg/kg
13.5
Alimentos dietéticos (p.ej., los complementos alimenticios para usos
Liquido
dietéticos), excluidos los indicados en las categorías 13.1 - 13.4 y 13.6
mg/kg;
100
Solido
300 mg/Kg
14.1.3.1
Néctares de frutas
100 mg/Kg
FDA 73.600
14.1.3.2
Néctares de hortalizas
100 mg/Kg
FDA 73.600
14.1.4
Bebidas
a
base
de
agua
saborizada,
incluidas
las
bebidas
para
100 mg/Lt
14.2.4
Vinos (distintos de los de uva)
200 mg/kg
14.2.6
Licores destilados que contengan más de un 15% de alcohol
200 mg/kg
14.2.7
Bebidas
deportistas, bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
alcohólicas
saborizadas
(p.ej.,
cerveza,
vino
y
bebidas
200 mg/kg
espirituosas tipo refresco, refrescos con bajo contenido de alcohol)
15.1
Aperitivos
a
base
de
patatas
(papas),
cereales,
harina
o
almidón
200 mg/kg
Nueces elaboradas, incluidas las nueces (p.ej., con frutas, frutas secas)
100 mg/kg
(derivados de raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas
15.2
revestidas y mezclas de nueces
CURDLAN
INS 424
Función: Estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
06.4.1
Pastas y fideos frescos y productos similares
BPM
DEXTRINAS, ALMIDON TOSTADO BLANCO Y AMARILLO
INS 1400
Función: Agente de carga, emulsificante, estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.2
Productos
lácteos
fermentados
y
cuajados
(simples),
excluida
la
BPM
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas
BPM
categoría de alimentos 01.1.2 (bebidas lácteas)
01.4.2
y natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
Página 127 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
02.1
RTCA 67.04.54:10
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
02.2.1.1
Mantequilla y mantequilla concentrada
04.2.2.7
Productos a
base
de
hortalizas
tubérculos, legumbres
BPM
BPM
(incluidos hongos
y setas,
raíces y
Nota 52
BPM
y leguminosas y aloe vera) y algas marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
09.2
Pescado
y
productos
pesqueros
elaborados,
incluidos
moluscos,
BPM
crustáceos y equinodermos
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
20000 mg/kg
Notas 3 y 53
BPM
Nota 41
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.2
Pescado,
filetes
de
pescado
y
productos
pesqueros
rebozados
congelados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
13.1.1
Preparados para lactantes
13.1.2
Preparados de continuación
BPM
BPM
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
BPM
Nota 90
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
DIACETATO DE SODIO
INS 262ii
Función: Regulador de la acidez, sustancia conservadora, secuestrante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
02.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
1000 mg/kg
02.2
Emulsiones grasas, principalmente del tipo agua en aceite
BPM
05.2.2
Caramelos blandos
1000 mg/kg
07.0
Productos de panadería
4000 mg/kg
08.0
Productos cárnicos, de aves de corral y caza
1000 mg/kg
08.2
Productos cárnicos, de aves de corral y caza elaborados, en piezas
2500 mg/kg
FDA 184.1754
FDA 184.1754
enteras o en cortes
08.3
Productos cárnicos, de aves de corral y de caza picados elaborados
2500 mg/kg
12.5
Sopas y caldos
500 mg/kg
12.6
Salsas y productos similares
15.1
Aperitivos
a
base
de
2500 mg/kg
patatas
(papas),
cereales,
harina
o
almidón
500 mg/kg
(derivados de raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas
DIMETILBICARBONATO
INS 242
Función: Sustancia conservadora
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
14.1.4
Bebidas
a
base
de
agua
saborizada,
incluidas
las
bebidas
para
250 mg/kg
Nota 18
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
250 mg/kg
Nota 18
deportistas, bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
14.1.5
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
14.2.2
Sidra y sidra de pera
250 mg/kg
Nota 18
14.2.3
Vinos de uva
200 mg/kg
Nota 18
14.2.4
Vinos (distintos de los de uva)
250 mg/kg
Nota 18
14.2.5
Aguamiel
200 mg/kg
Nota 18
DIMETILPOLISILOXANO
INS 900a
Función: Antiaglutinante, agente antiespumante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.5.1
02.1
02.1.2
Leche en polvo y nata (crema) en polvo (simples)
10 mg/kg
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
10 mg/kg
Grasas y aceites vegetales
10 mg/kg
Página 128 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
02.1.3
RTCA 67.04.54:10
Manteca de cerdo, sebo, aceite de pescado y otras grasas de origen
10 mg/kg
animal
02.2.1.2
Margarina y productos similares
10 mg/kg
Emusiones con menos del 80% de grasa
10 mg/kg
04.1.2.3
Frutas en vinagre, aceite o salmuera
10 mg/kg
10 mg/kg
02.2.2
04.1.2.4
Frutas en conserva enlatadas o en frasco (pasteurizadas)
04.1.2.5
Confituras, jaleas mermeladas
30 mg/kg
04.1.2.6
Productos para untar a base de fruta (p. ej., el chutney, excluidos los
10 mg/kg
04.1.2.9
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas
Nota 152
productos de la categoría de alimentos 04.1.2.5
110 mg/kg
de fruta
04.1.2.10
04.2.2.1
Productos de fruta fermentada
10 mg/kg
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
10 mg/kg
Nota 15
leguminosas y áloe vera) algas marinas y nueces y semillas congeladas
04.2.2.3
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
10 mg/kg
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en vinagre, aceite, salmuera o
salsa de soya
04.2.2.4
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos legumbres y
10 mg/kg
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en conserva, en latas o frascos
(pasteurizadas) o en bolsas de esterilización
04.2.2.5
Purés y preparados
para
untar
elaborados con
hortalizas
(incluidos
10 mg/kg
hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe
vera), algas marinas y nueces y semillas (p ej. la mantequilla de maní
(cacahuete))
04.2.2.6
Pulpas y preparados de hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y
tubérculos, legumbres y leguminosas
y aloe
vera)
algas
50 mg/kg
marinas y
nueces y semillas (como los postres y las salsas a base de hortalizas y
hortalizas
confitadas)
distintos
de los
indicados
en
la
categoría
de
alimentos 04.2.2.5
04.2.2.7
Productos
a base
de
tubérculos, legumbres
fermentadas,
hortalizas
(incluidos hongos y setas, raíces
y
10 mg/kg
y leguminosas y áloe vera) y algas marinas
excluidos
los
productos
fermentados
de
soja
de
la
categoría 12.10
05.1.5
Productos de imitación y sucedáneos del chocolate
10 mg/kg
05.2
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1,
10 mg/kg
05.3
Goma de mascar
100 mg/kg
Pastas y fideos precocidos y productos similares
50 mg/kg
06.6
Mezclas batidas para rebosar (p. ej., para empanar o rebosar pescado o
10 mg/kg
12.5
Sopas y caldos
10 mg/kg
13.3
Alimentos dietéticos para usos medicinales especiales (excluidos los
50 mg/kg
13.4
Preparados dietéticos para adelgazamiento y control del peso
50 mg/kg
13.5
Alimentos dietéticos (p.ej., los complementos alimenticios para usos
50 mg/kg
13.6
Complementos alimenticios
05.3 y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
06.4.3
Nota 153
carne de aves de corral
productos de la categoría de alimentos 13.1)
dietéticos), excluidos los indicados en las categorías 13.1 - 13.4 y 13.6
14.1.3.4
50 mg/kg
Concentrados para néctares de hortalizas
14.1.4
Bebidas
a
base
de
agua
saborizada,
14.2.1
Cerveza y bebidas a base de malta
14.2.2
Sidra y sidra de pera
14.2.7
Bebidas
10 mg/kg
incluidas
las
bebidas
para
FDA 173.340
20 mg/kg
deportistas, bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
alcohólicas
10 mg/kg
10 mg/kg
saborizadas
(p.ej.,
cerveza,
vino
y
bebidas
10 mg/kg
espirituosas tipo refresco, refrescos con bajo contenido de alcohol)
Página 129 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
DIOXIDO DE CLORO
RTCA 67.04.54:10
INS 926
Función: Agente de tratamiento de las harinas
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
06.2.1
Harinas
2500
DIOXIDO DE SILICIO (AMORFO)
mg/kg
Nota 87
INS 551
Función: Antiaglutinante, adyuvante de filtración
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.8.2
Suero en polvo y productos a base de suero en polvo, excluidos los
10000 mg/kg
quesos de suero
06.2.1
Harinas
BPM
10.2.3
Productos a base de huevo en polvo y/o cuajados por calor
20000 mg/kg
11.1.1
Azúcar blanco, dextrosa anhidra, dextrosa monohidrato y fructosa
15000 mg/kg
11.1.2
Azúcar en polvo y dextrosa en polvo
15000 mg/kg
12.1.1
Sal
20000 mg/kg
12.1.2
Sucedáneos de la sal
10000 mg/kg
13.1.1
Preparados para lactantes
20000 mg/kg
13.1.2
Preparados de continuación
20000 mg/kg
Nota 65
13.1.3
Preparados para usos medicinales específicos destinados a los lactantes
20000 mg/kg
Nota 65
13.2
Nota 56
Nota 65
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
20000 mg/kg
Nota 65
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
20000 mg/kg
Nota 2
14.2.3
Vinos de Uva
2000 mg/kg
FDA 172.480
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
DIOXIDO DE TITANIO
INS 171
Función: Colorante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
04.1.1.2
Frutas frescas tratadas en la superficie
10000 mg/Kg
Nota 16
04.2.1.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
10000 mg/Kg
Nota 16
10000 mg/Kg
Nota 16
Nota 94
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
08.1.1
Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza, en piezas enteras o en
cortes
08.1.2
Carne fresca picada, incluida la de aves de corral y caza
10000 mg/kg
09.1.1
Pescado fresco
10000 mg/Kg
Nota 50
09.1.2
Moluscos, crustáceos y equinodermos frescos
10000 mg/Kg
Nota 16
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
10000 mg/Kg
Nota 95
rebozados
10000 mg/Kg
Nota 16
Productos pesqueros picados, amalgamados y congelados, incluidos
10000 mg/Kg
Nota 16
10000 mg/Kg
Nota 16
10000 mg/Kg
Nota 22
10000 mg/Kg
Nota 4
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.2
Pescado,
filetes
de
pescado
y
productos
pesqueros
congelados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.3
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.4.3
Pescado y productos pesqueros fritos, incluidos moluscos, crustáceos y
equinodermos
09.2.5
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
10.1
14.2.7
Huevos frescos
Bebidas
alcohólicas
saborizadas
(p.ej.
cerveza,
vinos,
y
bebidas
BPM
espiritosas tipo refrescos, con bajo contenido de alcohol)
Página 130 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
EDTAs
Etilendiamino tetracetato cálcico disódico
INS 385
Etilendiamino tetracetato disódico
INS 386
Función: Antioxidante, sustancia conservadora, secuestrante¸ agente de retención de color, agente de regulador del sabor
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
02.2.1.2
02.2.2
Margarina y productos similares
75 mg/kg
Nota 21
Emulsiones con menos del 80% de grasa
100 mg/kg
Nota 21
04.1.2.3
Frutas en vinagre, aceite o salmuera
250 mg/kg
Nota 21
04.1.2.2
Frutas desecadas
265 mg/kg
Nota 21
04.1.2.5
Confituras, jaleas mermeladas
130 mg/kg
Nota 21
04.1.2.6
Productos para untar a base de fruta (p. ej., el chutney, excluidos los
100 mg/kg
Nota 21
Nota 21
productos de la categoría de alimentos 04.1.2.5
04.1.2.10
Productos de fruta fermentada
250 mg/kg
04.1.2.11
Rellenos de fruta para panadería
650 mg/kg
Nota 21
04.2.2.1
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
100 mg/kg
Notas 21 y 110
04.2.2.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
800 mg/kg
Notas 21 y 64
250 mg/kg
Nota 21
365 mg/kg
Nota 21
250 mg/kg
Nota 21
80 mg/kg
Nota 21
250 mg/kg
Nota 21
250 mg/kg
Nota 21
leguminosas y áloe vera) algas marinas y nueces y semillas congeladas
leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas desecadas
04.2.2.3
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en vinagre, aceite, salmuera o
salsa de soya
04.2.2.4
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos legumbres y
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en conserva, en latas o frascos
(pasteurizadas) o en bolsas de esterilización
04.2.2.5
Purés
y preparados
para untar elaborados
con hortalizas
(incluidos
hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe
vera), algas marinas y nueces y semillas (p ej. la mantequilla de maní
(cacahuete))
04.2.2.6
Pulpas y preparados de hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y
tubérculos, legumbres y leguminosas
y aloe
vera)
algas
marinas y
nueces y semillas (como los postres y las salsas a base de hortalizas y
hortalizas
confitadas)
distintos
de los
indicados
en
la
categoría
de
alimentos 04.2.2.5
04.2.2.7
Productos
a base
de
tubérculos, legumbres
hortalizas
(incluidos hongos y setas,
raíces
y
y leguminosas y aloe vera) y algas marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
04.2.2.8
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
leguminosas y aloe vera) y algas marinas cocidas o fritas
05.1.3
Productos para untar a base de cacao, incluidos rellenos a base de cacao
50 mg/kg
Nota 21
06.5
Postres a base de cereales y almidón (p ej. pudines de arroz, pudines de
315 mg/kg
Nota 21
08.3.2
Productos cárnicos, de aves de corral y caza picados, elaborados y
35 mg/kg
Nota 21
75 mg/kg
Nota 21
75 mg/kg
Nota 21
mandioca)
tratados térmicamente
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.2
Pescado,
filetes
de
pescado
y
productos
pesqueros
rebozados
congelados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.4.1
Pescado y productos pesqueros cocidos
50 mg/kg
Nota 21
09.3.2
Pescado y productos pesqueros escabechados y/o en salmuera, incluidos
250 mg/kg
Nota 21
09.4
Pescado y productos pesqueros (incluidos los moluscos, crustáceos y
340 mg/kg
Nota 21
moluscos, crustáceos y equinodermos
equinodermos)
en
conserva,
con
inclusión
de
los
enlatados
y
fermentados
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
10.2.3
RTCA 67.04.54:10
Productos a base de huevo en polvo y/o cuajados por calor
200 mg/kg
Notas 21 y 47
11.6
Edulcorantes de mesa, incluidos los que contienen edulcorantes de gran
1000 mg/kg
Notas 21 y 96
12.2
Hierbas aromáticas, especias aderezos (incluidos los sucedáneos de la
70 mg/kg
Nota 21
intensidad
sal) y condimentos (p e., el condimentos para fideos instantáneos)
Mostazas
75 mg/kg
Nota 21
12.6.1
12.4
Salsas emulsionadas (p ej., mayonesa, aderezos para ensaladas)
100 mg/kg
Nota 21
12.6.2
Salsas no emulsionadas (p ej.,ketchup, salsas a base de queso, salsas a
75 mg/kg
Nota 21
100 mg/kg
Nota 21
base de nata (crema) y salsa gravy
12.7
Emulsiones para ensaladas (p.ej., la ensalada de macarrones, la ensalada
de patatas (papas)) y para untar emparedados, excluidas las emulsiones
para untar a base de cacao y nueces de las categorías de alimentos
04.2.2.5 y 05.1.3
13.6
Complementos alimenticios
14.1.4
Bebidas
a
base
de
agua
saborizada,
incluidas
las
bebidas
para
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
150 mg/kg
Nota 21
200 mg/kg
Nota 21
35 mg/kg
Nota 21
Nota 21
deportistas, bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
14.2.1
Cerveza y bebidas a base de malta
25 mg/kg
14.2.6
Licores destilados que contengan más de un 15% de alcohol
25 mg/kg
Nota 21
14.2.7
Bebidas
25 mg/kg
Nota 21
alcohólicas
saborizadas
(p.ej.,
cerveza,
vino
y
bebidas
espirituosas tipo refresco, refrescos con bajo contenido de alcohol)
ERITRITHOL
INS 968
Función: Edulcorante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.2
Productos
lácteos
fermentados
y
cuajados
(simples),
excluida
la
40000 mg/kg
categoría de alimentos 01.1.2 (bebidas lácteas)
01.4.1
Nata (crema) pasteurizada (simple)
600000 mg/kg
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas
600000 mg/kg
y natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
09.2
Pescado
y
productos
pesqueros
elaborados,
incluidos
moluscos,
200000 mg/kg
crustáceos y equinodermos
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
200000 mg/kg
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
40000 mg/kg
Nota 51
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
ERITROSINA
INS 127
Función: Colorante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.2
Bebidas
lácteas,
saborizadas
y/o
fermentadas
(p.
ej.,
leche
con
300 mg/kg
chocolate, cacao, ponche de huevo, yogur para beber, bebidas a base de
suero)
01.6.2.2
Corteza de queso madurado
100 mg/kg
01.6.4.2
Queso fundido aromatizado, incluido el que contiene fruta, hortalizas,
100 mg/kg
Notas 5 y 72
carne etc.
01.7
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
300 mg/kg
02.1.2
Grasas y aceites vegetales
300 mg/kg
02.1.3
Manteca de cerdo, cebo, aceite de pescado y otras grasas de origen
300 mg/kg
02.1.4
Mezcla de aceites y/o grasas de origen animal y vegetal. Mezclas de las
animal
300 mg/kg
categorías 2.1.2 y 2.1.3
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
02.4
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
BPM
03.0
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
BPM
Frutas en conserva enlatadas o en frasco (pasteurizadas)
BPM
alimentos 01.7
04.1.2.4
04.1.2.5
Confituras, jaleas mermeladas
BPM
04.1.2.6
Productos para untar a base de fruta (p. ej., el chutney, excluidos los
BPM
04.1.2.7
Frutas confitadas
04.1.2.8
Preparados
los
BPM
04.1.2.9
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas
BPM
productos de la categoría de alimentos 04.1.2.5
a
200 mg/kg
base
de
fruta,
incluida
la
pulpa,
los
purés,
Nota 54
revestimientos de fruta y la leche de coco
de fruta
04.1.2.11
04.2.2.3
Rellenos de fruta para panadería
BPM
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en vinagre, aceite, salmuera o
salsa de soya
04.2.2.7
Productos a
base
de
hortalizas
tubérculos, legumbres
(incluidos hongos
y setas,
raíces y
BPM
y leguminosas y aloe vera) y algas marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
05.1.3
Productos para untar a base de cacao, incluidos rellenos a base de cacao
BPM
05.2
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1,
BPM
05.3
Goma de mascar
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
06.3
Cereales para el desayuno, incluidos los copos de avena
BPM
06.5
Postres a base de cereales y almidón (p ej. pudines de arroz, pudines de
BPM
07.0
Productos de panadería
BPM
08.4
Tripas comestibles (p.ej., para embutidos)
BPM
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
BPM
05.3 y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
BPM
panadería fina), revestimientos
BPM
(que no sean de fruta) y salsas dulces
mandioca)
09.2.5
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.3.3
Sucedáneos de salmón, caviar y otros productos pesqueros a base de
BPM
huevas
09.4
Pescado y productos pesqueros (incluidos los moluscos, crustáceos y
equinodermos)
en
conserva,
con
inclusión
de
los
enlatados
BPM
y
fermentados
10.1
Huevos frescos
BPM
10.4
Postres a base de huevo ( p ej., flan)
BPM
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos
BPM
Nota 4
de azúcar)
11.6
Edulcorantes de mesa, incluidos los que contienen edulcorantes de gran
BPM
intensidad
12.2
Hierbas aromáticas, especias aderezos (i34wncluidos los sucedáneos de
BPM
la sal) y condimentos (p e., el condimentos para fideos instantáneos)
12.6.2
Salsas no emulsionadas (p ej.,ketchup, salsas a base de queso, salsas a
BPM
base de nata (crema) y salsa gravy
12.9.5
Otros productos proteínicos
BPM
13.6
Complementos alimenticios
BPM
14.1.4
Bebidas
a
base
de
agua
saborizadas,
incluidas
las
bebidas
para
Nota 92
BPM
deportistas, bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
14.2.6
Licores destilados que contengan más de un 15% de alcohol
14.2.7
Bebidas
alcohólicas
saborizadas
(p.ej.,
cerveza,
vino
BPM
y
bebidas
BPM
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
espirituosas tipo refresco, refrescos con bajo contenido de alcohol)
15.1
Aperitivos
a
base
de
patatas
(papas),
cereales,
harina
o
almidón
BPM
Alimentos compuestos (que no pueden clasificarse en las categorías 01 -
BPM
(derivados de raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas
16.0
Nota 2
15)
ESTEARATOS DE POLIOXIETILENO
Estearato de polioxietileno (8)
INS 430
Estearato de polioxietileno (40)
INS 431
Función: Emulsificante, estabilizador
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
02.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
14.1.4
Bebidas
a
base
14.2.3
Vinos de uva
de
agua
saborizada,
5000 mg/kg
incluidas
las
bebidas
para
500 mg/kg
deportistas, bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
BPM
ESTEAROIL-2-LACTILATOS
Estearoil lactilato de calcio
INS 481ii
Estearoil lactilato de sodio
INS 481i
Función: Emulsificante, estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.3.2
Blanqueadores de bebidas
3000 mg/kg
01.7
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogurt aromatizado o con frutas)
5000 mg/kg
02.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
3000 mg/kg
Mezcla de aceites y/o grasas de origen animal y vegetal. Mezclas de las
2000 mg/kg
02.1.4
categorías 2.1.2 y 2.1.3
02.2.1.3
Mezclas de mantequilla y margarina
10000 mg/kg
02.2
Emulsiones grasas, principalmente del tipo agua en aceite
10000 mg/kg
02.3
Emulsiones grasas, principalmente del tipo agua en aceite, incluidos los
20000 mg/kg
02.4
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
productos a base de emulsiones grasas mezcladas y/o saborizadas
5000 mg/kg
alimentos 01.7
04.1.2.9
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas
10000 mg/kg
de fruta
05.2
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1,
5000 mg/kg
05.3 y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
05.3
06.2.1
Goma de mascar
2000 mg/kg
Harinas
5000 mg/kg
06.3
Cereales para el desayuno, incluidos los copos de avena
5000 mg/kg
06.5
Postres a base de cereales y almidón (p ej. pudines de arroz, pudines de
5000 mg/kg
07.1
Pan y productos de panadería ordinaria
mandioca)
3000 mg/kg
07.2.1
Tortas, galletas y pasteles (p. ej., rellenos de fruta o crema)
5500 mg/kg
07.2.2
Otros productos de panadería fina (p ej., donuts, panecillos dulces,
5000 mg/kg
08.2.2
Productos
scones (bollos ingleses) y muffins)
cárnicos,
de
aves
de
corral
y
caza
elaborados,
tratados
4000 mg/kg
térmicamente en piezas enteras o en cortes
08.3.2
Productos cárnicos, de aves de corral y caza picados, elaborados y
4000 mg/kg
tratados térmicamente.
13.3
Alimentos dietéticos para usos medicinales especiales (excluidos los
2000 mg/kg
productos de la categoría de alimentos 13.1)
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
2000 mg/kg
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
15.1
Aperitivos a base de patatas, cereales, harina o almidón
5000 mg/kg
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
ESTERES DE GLICÉROL DE LA RESINA DE MADERA
INS 445
Función: Adyuvante, agente de carga, emulsificante, estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
04.1.1.2
Frutas frescas tratadas en la superficie
110 mg/kg
04.2.1.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
110 mg/kg
leguminosas (incluida la soja) y áloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
14.1.4
Bebidas
a
base
de
agua
saborizada,
incluidas
las
bebidas
para
150 mg/kg
deportistas, bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
ESTERES ACETICOS DE LOS MONO Y DIGLICERIDOS DE LOS ACIDOS GRASOS
INS 472a
Función: Emulsificante, estabilizador, secuestrante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.1.2
Suero de mantequilla (simple)
01.2.1.2
Leches
fermentadas
(simples),
BPM
tratadas
térmicamente
después
de la
BPM
fermentación
01.4.1
Nata (crema) pasteurizada (simple)
10000 mg/kg
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas
10000 mg/kg
y natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
02.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
BPM
Mantequilla y mantequilla concentrada
10000 mg/kg
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
BPM
09.2.2
Pescado,
02.2.1.1
Nota 52
moluscos, crustáceos y equinodermos
filetes
de
pescado
y
productos
pesqueros
rebozados
BPM
Nota 16
Productos pesqueros picados, amalgamados y congelados, incluidos
BPM
Nota 16
congelados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.3
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.4
Pescado y productos pesqueros cocidos y/o fritos, incluidos moluscos,
BPM
crustáceos y equinodermos
09.2.5
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
BPM
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos
BPM
de azúcar)
13.2
14.1.5
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
5000 mg/kg
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
BPM
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
ESTERES CITRICOS Y GRASOS DEL GLICEROL
INS 472c
Función: Antioxidante, emulsificante, secuestrante, estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
02.1
04.2.2.7
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
Productos a
base
de
tubérculos, legumbres
hortalizas
BPM
(incluidos hongos
y setas,
raíces y
BPM
y leguminosas y aloe vera) y algas marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
BPM
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.2
Pescado,
filetes
de
pescado
y
productos
pesqueros
rebozados
BPM
Nota 16
Productos pesqueros picados, amalgamados y congelados, incluidos
BPM
Nota 16
congelados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.3
moluscos, crustáceos y equinodermos
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
09.2.4
Pescado y productos pesqueros cocidos y/o fritos, incluidos moluscos,
09.2.5
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
BPM
crustáceos y equinodermos
BPM
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos
BPM
de azúcar)
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
BPM
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
ESTERES DE ACIDOS GRASOS Y SACAROSA
INS 473
Función: Adyuvante, emulsificante, estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.3.2
Blanqueadores de bebidas
20000 mg/kg
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas
10000 mg/kg
y natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
01.7
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
10000 mg/kg
02.1.2
Grasas y aceites vegetales
10000 mg/kg
02.1.3
Manteca de cerdo, sebo, aceite de pescado y otras grasas de origen
10000 mg/kg
animal
02.1.4
Mezcla de aceites y/o grasas de origen animal y vegetal. Mezclas de las
10000 mg/kg
categorías 2.1.2 y 2.1.3
02.2
Emulsiones grasas, principalmente del tipo agua en aceite
10000 mg/kg
02.3
Emulsiones grasas, principalmente del tipo agua en aceite, incluidos los
10000 mg/kg
productos a base de emulsiones grasas mezcladas y/o saborizadas
04.1.1.2
Frutas frescas tratadas en la superficie
BPM
04.2.1.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
1000 mg/kg
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
05.1
Productos de cação y chocolate incluidos los productos de imitación y
10000 mg/kg
los sucedâneos de chocolate
05.2
Dulces distintos a los indicados em lãs categprias de alimentos 05.1,
20000 mg/kg
05.3 y 05.4 incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones, etc.
05.3
Goma de mascar
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
BPM
06.5
Postres a base de cereales y almidón
07.1
Pan y productos de panadería ordinaria
10000 mg/kg
Mezclas para pan y productos de panadería ordinaria
BPM
panadería fina), revestimientos
BPM
(que no sean de fruta) y salsas dulces
07.1.6
07.2
08.2.2
10000 mg/kg
Productos de panadería fina (dulces, salados, aromatizados) y mezclas
BPM
Productos
5000 mg/kg
cárnicos,
de
aves
de
corral
y
caza
elaborados,
tratados
térmicamente en piezas enteras o en cortes
10.4
Postres a base de huevo ( p ej., flan)
12.5
Sopas y caldos
5000 mg/kg
5000 mg/kg
12.6
Salsas y productos similares
10000 mg/kg
13.3
Alimentos dieteticos para usos medicinales especiales (excluidos los
BPM
productos de la categoria de alimentos 13.1
13.6
14.1.5
Complementos alimenticios
BPM
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
BPM
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
ESTERES DE ASCORBILO
Palmitato de ascorbilo
INS 304
Estearato de ascorbilo
INS 305
Función: Antioxidantes.
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.3.2
Blanqueadores de bebidas
80 mg/kg
Nota 10
01.5.1
Leche en polvo y nata (crema) en polvo (simples)
500 mg/kg
Nota 10
01.5.2
Productos similares a la leche y la nata (crema) en polvo
80 mg/kg
Nota 10
Queso madurado, incluida la corteza
500 mg/kg
Notas 10 y 112
01.7
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
500 mg/kg
Notas 2 y 10
02.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
500 mg/kg
Nota 10
02.1.1
Aceite de mantequilla (manteca), grasa de leche anhidra, ghee
500 mg/kg
Nota 10
02.1.2
Grasas y aceites vegetales
500 mg/kg
Nota 10
02.1.3
Manteca de cerdo, sebo, aceite de pescado y otras grasas de origen
500 mg/kg
Nota 10
01.6.2.1
animal
02.2
02.2.2
02.3
Emulsiones grasas, principalmente del tipo agua en aceite
500 mg/kg
Notas 10 y 113
Emulsiones con menos del 80 por ciento de grasa
500 mg/kg
Nota 10
Emulsiones grasas, principalmente del tipo agua en aceite, incluidos los
500 mg/kg
Nota 10
80 mg/kg
Nota 10
Notas 10 y 15
productos a base de emulsiones grasas mezcladas y/o saborizadas
02.4
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
alimentos 01.7
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
200 mg/kg
04.1.2.2
03.0
Frutas desecadas
80 mg/kg
Nota 10
04.1.2.9
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas
500 mg/kg
Notas 2 y 10
04.2.2.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
80 mg/kg
Nota 10
500 mg/kg
Notas
de fruta
leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas desecadas
05.0
Confitería
10,
15
y
114
06.3
Cereales para el desayuno, incluidos los copos de avena
200 mg/kg
Pastas y fideos precocidos y productos similares
20 mg/kg
Nota 10
06.5
Postres a base de cereales y almidón (p ej. pudines de arroz, pudines de
500 mg/kg
Notas 2 y 10
07.0
Productos de panadería
1000 mg/kg
Notas 10 y 15
08.4
Tripas comestibles (p.ej., para embutidos)
5000 mg/kg
Nota 10
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
1000 mg/kg
Nota 10
09.2.2
Pescado,
1000 mg/kg
Nota 10
06.4.3
Nota 10
mandioca)
moluscos, crustáceos y equinodermos
filetes
de
pescado
y
productos
pesqueros
rebozados
congelados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
10.4
Postres a base de huevo ( p ej., flan)
500 mg/kg
Notas 2 y 10
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos
200 mg/kg
Nota 10
12.2
Hierbas aromáticas, especias aderezos (incluidos los sucedáneos de la
500 mg/kg
Nota 10
de azúcar)
sal) y condimentos (p e., el condimentos para fideos instantáneos)
12.4
Mostazas
500 mg/kg
Nota 10
12.5
Sopas y caldos
200 mg/kg
Nota 10
12.6.1
Salsas emulsionadas (p ej., mayonesa, aderezos para ensaladas)
500 mg/kg
Notas 10 y 15
12.6.2
Salsas no emulsionadas (p ej.,ketchup, salsas a base de queso, salsas a
500 mg/kg
Nota 10
12.6.3
Mezclas para salsas y gravies
200 mg/kg
Nota 10
12.6.4
Salsas ligeras (p ej., salsa de pescado)
200 mg/kg
Nota 10
Emulsiones para ensaladas (p.ej., la ensalada de macarrones, la ensalada
200 mg/kg
Nota 10
base de nata (crema) y salsa gravy
12.7
de patatas (papas)) y para untar emparedados, excluidas las emulsiones
Página 137 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
para untar a base de cacao y nueces de las categorías de alimentos
04.2.2.5 y 05.1.3
13.1.3
Preparados para usos medicinales especiales destinados a los lactantes
10 mg/kg
Notas 10, 15, 72
13.2
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
100 mg/kg
Nota 10
13.4
Preparados dietéticos para adelgazamiento y control del peso
500 mg/kg
Nota 10
13.5
Alimentos dietéticos (p.ej., los complementos alimenticios para usos
500 mg/kg
Nota 10
dietéticos), excluidos los indicados en las categorías 13.1 - 13.4 y 13.6
13.6
14.1.4
Complementos alimenticios
500 mg/kg
Nota 10
1000 mg/kg
Notas 10 y 15
almidón
200 mg/kg
Nota 10
Nueces elaboradas, incluidas las nueces (p.ej., con frutas frutas secas)
200 mg/kg
Nota 10
Bebidas
a
base
de
agua
saborizada,
incluidas
las
bebidas
para
deportistas, bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
15.1
Aperitivos
a
base
de
patatas
(papas),
cereales,
harina
o
(derivados de raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas
15.2
revestidas y mezclas de nueces
ESTERES DE PROPILENGLICOL DE ACIDOS GRASOS
INS 477
Función: Emulsificante, estabilizador.
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.3.2
Blanqueadores de bebidas
1000 mg/kg
01.4.4
Productos similares a la nata (crema)
5000 mg/kg
01.5.2
Productos similares a la leche y la nata (crema) en polvo
100000 mg/kg
5000 mg/kg
01.7
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
02.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
10000 mg/kg
02.2
Emulsiones grasas, principalmente del tipo agua en aceite
20000 mg/kg
02.3
Emulsiones grasas, principalmente del tipo agua en aceite, incluidos los
30000 mg/kg
Nota 86
productos a base de emulsiones grasas mezcladas y/o saborizadas
02.4
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
40000 mg/kg
alimentos 01.7
04.1.2.9
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas
BPM
FDA 172.856
de fruta
04.1.2.11
04.2.2.6
Rellenos de fruta para panadería
40000 mg/kg
Pulpas y preparados de hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y
5000 mg/kg
tubérculos, legumbres y leguminosas
y aloe
vera)
algas
marinas y
nueces y semillas (como los postres y las salsas a base de hortalizas y
hortalizas
confitadas)
distintos
de los
indicados
en
la
categoría
de
alimentos 04.2.2.5
05.1.1
Mezclas de cacao (en polvo) y cacao en pasta/torta de cacao
5000 mg/kg
05.2
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1,
5000 mg/kg
05.3
Goma de mascar
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
Nota 97
05.3 y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
20000 mg/kg
panadería fina), revestimientos
40000 mg/kg
(que no sean de fruta) y salsas dulces
06.4.3
Pastas y fideos precocidos y productos similares
5000 mg/kg
06.5
Postres a base de cereales y almidón (p ej. pudines de arroz, pudines de
40000 mg/kg
07.0
Productos de panadería
15000 mg/kg
10.4
Postres a base de huevo ( p ej., flan)
40000 mg/kg
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos
5000 mg/kg
Notas 2 y 153
mandioca)
Notas 11 y 72
de azúcar)
13.3
Alimentos dietéticos para usos medicinales especiales (excluidos los
5000 mg/kg
productos de la categoría de alimentos 13.1)
13.4
Preparados dietéticos para adelgazamiento y control del peso
5000 mg/kg
Página 138 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
ESTERES DE SORBITAN DE ACIDOS GRASOS
Monoestearato de sorbitán
INS 491
Monolaurato de sorbitán
INS 493
Monopalmitato de sorbitán
INS 495
Triestearato de sorbitán
INS 492
Monooleato de sorbitán
INS 494
Función: Emulsificante, estabilizador
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.2
Bebidas
lácteas,
saborizadas
y/o
fermentadas
(p.
ej.,
leche
con
5000 mg/kg
chocolate, cacao, ponche de huevo, yogur para beber, bebidas a base de
suero)
01.3.2
Blanqueadores de bebidas
5000 mg/kg
01.4.4
Productos similares a la nata (crema)
5000 mg/kg
01.5.2
Productos similares a la leche y la nata (crema) en polvo
4000 mg/kg
01.7
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
5000 mg/kg
02.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
10000 mg/kg
02.2
Emulsiones grasas, principalmente del tipo agua en aceite
20000 mg/kg
02.2.1.2
Margarina y productos similares
10000 mg/kg
02.2.1.3
Mezclas de mantequilla y margarina
20000 mg/kg
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
10000 mg/kg
02.4
alimentos 01.7
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
1200 mg/kg
04.1.1.2
03.0
Frutas frescas tratadas en la superficie
5000 mg/kg
04.1.2.5
Confituras, jaleas y mermeladas
5000 mg/kg
04.1.2.8
Preparados
a
base
de
fruta,
incluida
la
pulpa,
los
purés,
los
5000 mg/kg
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas
5000 mg/kg
Nota 16
revestimientos de fruta y la leche de coco
04.1.2.9
de fruta
04.1.2.11
05.1
Rellenos de fruta para panadería
10,000 mg/kg
Productos de cacao y chocolate, incluidos los productos de imitación y
10,000 mg/kg
sucedáneos del chocolate
Codex
Stan
87-
1981
05.3
Goma de mascar
5000 mg/kg
06.5
Postres a base de cereales y almidón (p ej. pudines de arroz, pudines de
5000 mg/kg
mandioca)
07.1.6
07.2
10.4
12.6.1
Mezclas para pan y productos de panadería ordinaria
5000 mg/kg
Productos de panadería fina (dulces, salados, aromatizados) y mezclas
10000 mg/kg
Postres a base de huevo ( p ej., flan)
5000 mg/kg
Salsas emulsionadas
5000 mg/kg
12.8
Levadura y productos similares
15000 mg/kg
13.3
Alimentos dieteticos para usos medicinales especiales (excluidos los
5000 mg/kg
13.6
Complementos alimenticios
Nota 11
Nota 104
productos de la categoria de alimentos 13.1)
a
base
de
agua
BPM
14.1.4
Bebidas
saborizada,
incluidas
las
bebidas
para
5000 mg/kg
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
5000 mg/kg
deportistas, bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
14.2.3
Vinos de uva
1000 mg/kg
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
INS 472e
Función: Emulsificante, secuestrante, estabilizador.
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.3.2
Blanqueadores de bebidas
5000 mg/kg
01.4.4
Productos similares a la nata (crema)
6000 mg/kg
Página 139 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
01.5.2
01.6.2.1
01.6.4
01.6.5
01.7
02.1
RTCA 67.04.54:10
Productos similares a la leche y la nata (crema) en polvo
10000 mg/kg
Queso madurado, incluida la corteza
10000 mg/kg
Queso elaborado, fundido
10000 mg/kg
Productos similares al queso
10000 mg/kg
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
10000 mg/kg
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
BPM
02.1.2
Grasas y aceites vegetales
10000 mg/kg
02.1.3
Manteca de cerdo, sebo, aceite de pescado y otras grasas de origen
10000 mg/kg
animal
02.2
Emulsiones grasas, principalmente del tipo agua en aceite
10000 mg/kg
02.2.1.2
Margarina y productos similares
10000 mg/kg
02.2.1.3
Mezclas de mantequilla y margarina
10000 mg/kg
02.2.2
Emulsiones con menos del 80% de grasa
10000 mg/kg
02.3
Emulsiones grasas, principalmente del tipo agua en aceite, incluidos los
10000 mg/kg
02.4
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
productos a base de emulsiones grasas mezcladas y/o saborizadas
5000 mg/kg
alimentos 01.7
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
1000 mg/kg
04.1.2.2
03.0
Frutas desecadas
10000 mg/kg
04.1.2.3
Frutas en vinagre, aceite o salmuera
1000 mg/kg
04.1.2.6
Productos para untar a base de fruta (p. ej., el chutney, excluidos los
5000 mg/kg
04.1.2.7
Frutas confitadas
04.1.2.8
Preparados
los
2500 mg/kg
04.1.2.9
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas
2500 mg/kg
productos de la categoría de alimentos 04.1.2.5
a
1000 mg/kg
base
de
fruta,
incluida
la
pulpa,
los
purés,
revestimientos de fruta y la leche de coco
de fruta
4.1.2.10
Productos de fruta fermentada
2500 mg/kg
04.2.2.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
10000 mg/kg
04.2.2.3
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas desecadas
2500 mg/kg
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en vinagre, aceite, salmuera o
salsa de soya
04.2.2.6
Pulpas y preparados de hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y
tubérculos, legumbres y leguminosas
y aloe
vera)
algas
2500 mg/kg
marinas y
nueces y semillas (como los postres y las salsas a base de hortalizas y
hortalizas
confitadas)
distintos
de los
indicados
en
la
categoría
de
alimentos 04.2.2.5
04.2.2.7
Productos a
base
de
tubérculos, legumbres
fermentadas,
hortalizas
(incluidos hongos
y setas,
raíces y
2500 mg/kg
y leguminosas y aloe vera) y algas marinas
excluidos
los
productos
fermentados
de
soja
de
la
categoría 12.10
04.2.2.8
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
2500 mg/kg
leguminosas y aloe vera) y algas marinas cocidas o fritas
05.2
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1,
10000 mg/kg
05.3 y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
05.3
Goma de mascar
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
50000 mg/kg
06.2
Harinas y almidones
3000 mg/kg
06.2.1
Harinas
5000 mg/kg
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
5000 mg/kg
06.4.3
Pastas y fideos precocidos y productos similares
10000 mg/kg
Postres a base de cereales y almidón (p ej. pudines de arroz, pudines de
5000 mg/kg
panadería fina), revestimientos
10000 mg/kg
(que no sean de fruta) y salsas dulces
06.5
Nota 186
Página 140 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
mandioca)
06.6
Mezclas batidas para rebosar (p. ej., para empanar o rebosar pescado o
5000 mg/kg
carne de aves de corral
07.0
Productos de panadería
20000 mg/kg
07.1
Pan y productos de panadería ordinaria
6000 mg/kg
07.2
Productos de panadería fina (dulces, salados, aromatizados) y mezclas
20000 mg/kg
Productos a base de huevo en polvo y/o cuajados por calor
5000 mg/kg
10.2.3
10.4
Postres a base de huevo ( p ej., flan)
5000 mg/kg
Sucedáneos de la sal
16000 mg/kg
12.4
Mostazas
10000 mg/kg
12.5
Sopas y caldos
5000 mg/kg
12.6
Salsas y productos similares
10000 mg/kg
12.7
Emulsiones para ensaladas (p.ej., la ensalada de macarrones, la ensalada
5000 mg/kg
12.1.2
de patatas (papas)) y para untar emparedados, excluidas las emulsiones
para untar a base de cacao y nueces de las categorías de alimentos
04.2.2.5 y 05.1.3
13.3
Alimentos dietéticos para usos medicinales especiales (excluidos los
5000 mg/kg
productos de la categoría de alimentos 13.1)
13.4
Preparados dietéticos para adelgazamiento y control del peso
5000 mg/kg
13.5
Alimentos dietéticos (p.ej., los complementos alimenticios para usos
5000 mg/kg
13.6
Complementos alimenticios
dietéticos), excluidos los indicados en las categorías 13.1-13.4 y 13.6
a
base
de
agua
5000 mg/kg
14.1.4
Bebidas
saborizada,
incluidas
las
bebidas
para
5000 mg/kg
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
5000 mg/kg
deportistas, bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
14.2.2
Sidra y sidra de pera
14.2.4
Vinos (distintos de los de uva)
5000 mg/kg
5000 mg/kg
14.2.6
Licores destilados que contengan más de un 15% de alcohol
5000 mg/kg
14.2.7
Bebidas
alcohólicas
saborizadas
(p.ej.,
cerveza,
vino
y
bebidas
10000 mg/kg
espirituosas tipo refresco, refrescos con bajo contenido de alcohol)
15.1
Aperitivos
a
base
de
patatas
(papas),
cereales,
harina
o
almidón
20000 mg/kg
Nueces elaboradas, incluidas las nueces (p.ej., con frutas, frutas secas)
10000 mg/kg
(derivados de raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas
15.2
revestidas y mezclas de nueces
ESTERES POLIGLICERIDOS DE ACIDOS GRASOS
INS 475
Función: Adyuvante, inhibidor de la cristalización, emulsificante, estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.3.2
Blanqueadores de bebidas
1000 mg/kg
01.4.4
Productos similares a la nata (crema)
5000 mg/kg
01.7
Postres lácteos
5000 mg/kg
02.0
Grasas y aceites y emulsiones grasas
20000 mg/kg
Margarina y productos similares
5000 mg/kg
Mezclas de mantequilla y margarina
20000 mg/kg
02.2.1.2
02.2.1.3
05.0
06.2.1
Confitería
5000 mg/kg
Harinas
10000 mg/kg
06.5
Postres a base de cereales de almidón
5000 m,g/kg
07.2
Productos de panadería fina
5000 mg/kg
10.4
Postres a base de huevos
5000 mg/kg
13.3
Alimentos dieteticos para usos medicinales especiales (excluidos los
1000 mg/kg
productos de la categoria de alimentos 13.1)
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
ESTERES POLIGLICERIDOS DEL ACIDO RICINOLICO INTERESTERIFICADO
INS 476
Función: Emulsificante, estabilizador.
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
02.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
10000 mg/kg
02.2
Emulsiones grasas, principalmente del tipo agua en aceite
10000 mg/kg
02.2.1.3
Mezclas de mantequilla y margarina
10000 mg/kg
02.3
Emulsiones grasas, principalmente del tipo agua en aceite, incluidos los
20000 mg/kg
02.4
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
productos a base de emulsiones grasas mezcladas y/o saborizadas
10000 mg/kg
alimentos 01.7
04.1.1.2
05.1
Frutas frescas tratadas en la superficie
1000 mg/kg
Productos de cacao y chocolate, incluidos los productos de imitación y
5000 mg/kg
los sucedáneos del chocolate
06.2.1
Harinas
5000 mg/kg
ESTERES LÁCTICOS Y DE ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
INS 472b
Función: Emulsionante, secuestrantes y estabilizantes
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
02.1.2
Gasas y aceites vegetales
BPM
RTCA
67.04.40:07
Grasas y aceites
02.1.3
Manteca de cerdo, sebo, aceite de pescado y otras grasas de origen
80000 mg/kg
animal
RTCA
67.04.40:07
Grasas y aceites
02.1.4
Mezcla de aceites y/o grasas de origen animal y vegetal. Mezclas de las
80000 mg/kg
categorías 2.1.2 y 2.1.3
ETHOXIQUIN
INS 324
Función: antioxidante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
10.1
ETILMALTOL
Huevos frescos
0.5 mg/kg
INS 637
Función: Acentuador del aroma, estabilizador.
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.2
Bebidas
lácteas,
saborizadas
y/o
fermentadas
(p.
ej.,
leche
con
BPM
chocolate, cacao, ponche de huevo, yogur para beber, bebidas a base de
suero)
01.7
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
BPM
03.0
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
BPM
05.1.4
Productos de cacao y chocolate
BPM
05.1.5
Productos de imitación y sucedáneos del chocolate
BPM
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1,
BPM
05.2
05.3 y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
05.3
Goma de mascar
BPM
07.2
Productos de panadería fina (dulces, salados, aromatizados) y mezclas
BPM
11.6
Edulcorantes de mesa, incluidos los que contienen edulcorantes de gran
BPM
intensidad
14.1.4
Bebidas
a
base
de
agua
saborizada,
incluidas
las
bebidas
para
BPM
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
deportistas, bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
BPM
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
14.2.2
Sidra y sidra de pera
14.2.3
Vinos de uva
BPM
BPM
14.2.4
Vinos (distintos de los de uva)
BPM
EXTRACTO DE PIEL DE UVA ( ENOCIANINA )
Nota 93
INS 163ii
Función: Colorante.
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.3.2
Blanqueadores de bebidas
1500 mg/kg
05.1.5
Productos de imitación y sucedáneos de chocolate
200 mg/kg
Nota 181
05.2.1
Caramelos duros
500 mg/kg
Nota 181
05.2.2
Caramelos blandos
500 mg/kg
Nota 181
Goma de mascar
500 mg/kg
Nota 181
05.3
Directiva
94/36/CE
14.1.3.1
14.1.4
Néctares de frutas
Bebidas
a
base
500 mg/kg
de
agua
saborizada,
incluidas
las
bebidas
para
500 mg/kg
deportistas, bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
14.2.1
Cerveza y bebidas a base de malta
1500 mg/kg
14.2.2
Sidra y sidra de pera
1500 mg/kg
14.2.3.2
Vinos de uva espumosos y semiespumosos
1500 mg/kg
14.2.3.3
Vino de uva enriquecido, vino de uva licoroso y vino de uva dulce
1500 mg/kg
04.2.1.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
Nota 16
leguminosas (incluida la soja) y áloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
14.2.4
Vinos (distintos de los de uva)
1500 mg/kg
14.2.6
Licores destilados que contengan más de un 15% de alcohol
1500 mg/kg
14.2.7
Bebidas
alcohólicas
saborizadas
(p.ej.,
cerveza,
vino
y
bebidas
1500 mg/kg
espirituosas tipo refresco, refrescos con bajo contenido de alcohol)
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA, NORBIXINA, ANNATO
INS 160b
Función: Colorante.
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.2
Bebidas
lácteas,
saborizadas
y/o
fermentadas
(p.
ej.,
leche
con
50 mg/kg
Nota 9
chocolate, cacao, ponche de huevo, yogur para beber, bebidas a base de
suero)
01.3.2
Blanqueadores de bebidas
50 mg/kg
Nota 8
01.4.1
Nata (crema) pasteurizada (simple)
BPM
FDA 73.30
01.4.4
Productos similares a la nata (crema)
100 mg/kg
Nota 8
01.5.2
Productos similares a la leche y la nata (crema) en polvo
100 mg/kg
Nota 8
01.6.2
Queso madurado
BPM
FDA 73.30
01.6.2.2
Corteza de queso madurado
1000 mg/kg
Nota 8
01.6.2.3
Queso en polvo (para reconstitución; p. ej., para salsas a base de queso)
BPM
FDA 73.30
01.6.3
Queso de suero
50 mg/kg
Nota 8
01.6.4
Queso elaborado, fundido
BPM
FDA 73.30
Queso fundido simple
BPM
01.6.4.1
Nota 8
FDA 73.30
01.6.4.2
Queso fundido aromatizado, incluido el que contiene fruta, hortalizas,
60 mg/kg
Nota 8
carne, etc.
Página 143 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
01.6.5
RTCA 67.04.54:10
Productos similares al queso
BPM
Nota 8
FDA 73.30
01.6.6
01.7
01.8.1
Queso de proteínas del suero
50 mg/kg
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
500 mg/kg
Nota 8
Suero líquido y productos a base de suero líquido, excluidos los quesos
20 mg/kg
Nota 8
20 mg/kg
Nota 8
de suero
01.8.2
Suero en polvo y productos a base de suero en polvo, excluidos los
quesos de suero
02.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
10 mg/kg
Nota 9
02.2.1
Emulsiones con un 80% de grasa como minimo
20 mg/kg
Nota 8
02.2.1.1
Mantequilla y mantequilla concentrada
100 mg/kg
02.2.1.2
Margarina y productos similares
100 mg/kg
02.2.1.3
Mezclas de mantequilla y margarina
10 mg/kg
Emulsiones con menos del 80% de grasa
BPM
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
200 mg/kg
Nota 8
Frutas en vinagre, aceite o salmuera
20 mg/kg
Nota 8
02.2.2
03.0
04.1.2.3
FDA 73.30
04.1.2.5
Confituras, jaleas mermeladas
20 mg/kg
Nota 8
04.1.2.6
Productos para untar a base de fruta (p. ej., el chutney, excluidos los
20 mg/kg
Nota 8
04.1.2.7
Frutas confitadas
04.1.2.8
Preparados
productos de la categoría de alimentos 04.1.2.5
20 mg/kg
Nota 8
los
BPM
Notas 8 y 182
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas
BPM
a
base
de
fruta,
incluida
la
pulpa,
los
purés,
FDA 73.30
revestimientos de fruta y la leche de coco
04.1.2.9
04.1.2.11
04.2.2.3
Nota 8
FDA 73.30
de fruta
Rellenos de fruta para panadería
50 mg/kg
Nota 8
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
20 mg/kg
Nota 8
100 mg/kg
Nota 8
20 mg/kg
Notas 8 y 92
20 mg/kg
Nota 8
100 mg/kg
Nota 8
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en vinagre, aceite, salmuera o
salsa de soya
04.2.2.5
Purés y preparados
para
untar
elaborados con
hortalizas
(incluidos
hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y áloe
vera), algas marinas y nueces y semillas (p. ej., la mantequilla de maní
(cacahuete))
04.2.2.6
Pulpas y preparados de hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y
tubérculos, legumbres y leguminosas
y aloe
vera)
algas
marinas y
nueces y semillas (como los postres y las salsas a base de hortalizas y
hortalizas
confitadas)
distintos
de los
indicados
en
la
categoría
de
alimentos 04.2.2.5
04.2.2.7
Productos a
base
de
tubérculos, legumbres
hortalizas
(incluidos hongos
y setas,
raíces y
y leguminosas y aloe vera) y algas marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
04.2.2.8
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
leguminosas y áloe vera) y algas marinas cocidas o fritas
05.1.1
Mezclas de cacao (en polvo) y cacao en pasta/tortas de cacao
50 mg/kg
Nota 8
05.1.2
Mezclas de cacao (jarabes)
50 mg/kg
Nota 8
05.1.3
Productos para untar a base de cacao, incluidos rellenos a base de cacao
50 mg/kg
Nota 8
05.1.4
Productos de cacao y chocolate
25 mg/kg
Nota 8 y 183
05.1.5
Productos de imitación y sucedáneos del chocolate
25 mg/kg
Nota 8
05.2.1
Caramelos duros
200 mg/kg
Nota 8
05.2.2
Caramelos blandos
200 mg/kg
Nota 8
05.2.3
Turrón y mazapán
100 mg/kg
Nota 8
05.3
Goma de mascar
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
panadería fina), revestimientos
500 mg/kg
Nota 8
50 mg/kg
Nota 8
(que no sean de fruta) y salsas dulces
Página 144 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
06.3
06.4.2
06.4.3
RTCA 67.04.54:10
Cereales para el desayuno, incluidos los copos de avena
75 mg/kg
Nota 8
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
20 mg/kg
Nota 8
Pastas y fideos precocidos y productos similares
20 mg/kg
Notas 8 y 153
06.5
Postres a base de cereales y almidón (p ej. pudines de arroz, pudines de
BPM
FDA 73.30
06.6
Mezclas batidas para rebosar (p. ej., para empanar o rebosar pescado o
100 mg/kg
Nota 8
mandioca)
carne de aves de corral
07.1.2
Crackers, excluidos los crackers dulces
BPM
FDA 73. 30
07.1.4
Productos similares al pan, incluidos los rellenos a base de pan y el pan
200 mg/kg
Nota 8
Nota 8
rallado
07.1.5
Panes y bollos dulces al vapor
200 mg/kg
07.1.6
Mezclas para pan y productos de panadería ordinaria
200 mg/kg
Nota 8
07.2.1
Tortas, galletas y pasteles (p. ej., rellenos de fruta o crema)
BPM
FDA 73.30
12.6.2
Salsas no emulsionadas (p. ej.,
BPM
FDA 73.30
FDA 73.30
ketchup, salsas a base de queso, salsas
a base de nata (crema) y salsa gravy
Mezclas para salsas y gravies
BPM
14.1.3.1
12.6.3
Nectares de fruta
50 mg/kg
14.1.3.2
Nectares de Hortalizas
14.1.4.2
Bebidas
a
base
de
agua
saborizada,
incluidas
las
BPM
FDA 73.30
para
BPM
FDA 73.30
bebidas
BPM
bebidas
deportistas, bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
14.2.7
Bebidas
alcohólicas
saborizadas
(pej.
Cerveza,
vinos
y
espirituosas tipo refresco, refrescos con bajo contenido de alcohol)
15.0
Aperitivos listos para el consumo
EXTRACTOS DE QUILAYA
BPM
FDA 73.30
INS 999
Función: Agente antiespumante.
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
14.1.4
Bebidas
a
base
de
agua
saborizada,
incluidas
las
bebidas
para
50 mg/kg
Notas 132 y 168
deportistas, bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
FERROCIANUROS
Ferrocianuro de sodio
INS 535
Ferrocianuro de calcio
INS 538
Ferrocianuro de potasio
INS 536
Función: Antiaglutinantes.
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
Sal y sucedáneos de la sal
14 mg/kg
Nota 24 y 107
12.1.2
12.1
Sucedáneos de la sal
20 mg/kg
Notas 24
12.2.2
Aderezos y condimentos
20 mg/kg
Nota 24
FORMATOS
Acido fórmico
INS 236
Función: Sustancia conservadora.
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
12.6
14.1.4
Salsas y productos similares
Bebidas
a
base
de
agua
saborizada,
incluidas
las
bebidas
para
200 mg/kg
Nota 25
100 mg/kg
Nota 25
deportistas, bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
Página 145 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
FOSFATO DE ALUMINIO Y SODIO
Fosfato de aluminio y sodio acido
INS 541i
Fosfato de aluminio y sodio básico
INS 541ii
Función: Reguladores de la acidez, emulsificantes, gasificantes, estabilizadores, espesantes.
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.6.1
Queso no madurado
670 mg/kg
01.6.4
Queso elaborado, fundido
35000 mg/kg
Nota 6
Nota 29
01.7
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
2000 mg/kg
Nota 6
02.4
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
2000 mg/kg
Nota 6
2000 mg/kg
Nota 6
alimentos 01.7
04.1.2.9
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas
de fruta
05.1.1
05.2
Mezclas de cacao (en polvo) y cacao en pasta/tortas de cacao
2000 mg/kg
Notas 6 y 72
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1,
350 mg/kg
Nota 29
05.3 y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
06.2.1
Harinas
45000 mg/kg
Nota 29
06.5
Postres a base de cereales y almidón (p ej. pudines de arroz, pudines de
2000 mg/kg
Nota 6
06.6
Mezclas batidas para rebosar (p. ej., para empanar o rebosar pescado o
1600 mg/kg
Nota 6
Nota 6
mandioca)
carne de aves de corral
Pan y productos de panadería ordinaria
2000 mg/kg
07.2.1
07.1
Tortas, galletas y pasteles (p ej., rellenos de fruta o crema)
2000 mg/kg
Nota 6
07.2.2
Otros productos de panadería fina (p ej., donuts, panecillos dulces,
2000 mg/kg
Nota 6
07.2.3
Mezclas para panadería fina (p ej., tortas, tortitas o panqueques)
15300 mg/kg
Nota 29
09.2.2
Pescado,
190 mg/kg
Notas 6 y 41
Postres a base de huevo ( p ej., flan)
2000 mg/kg
Nota 6
12.5.2
Mezclas para sopas y caldos
2000 mg/kg
Nota 6
12.6.3
Mezclas para salsas y gravies
2000 mg/kg
Nota 6
2000 mg/kg
Nota 6
190 mg/kg
Nota 61
scones (bollos ingleses) y muffins)
filetes
de
pescado
y
productos
pesqueros
rebozados
congelados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
10.4
14.1.4.3
Concentrados
(líquidos
o
sólidos)
para
bebidas
a
base
de
agua
saborizadas
16.0
Alimentos compuestos (que no pueden clasificarse en las categorías 01 15)
FOSFATO DE DIALMIDON
INS 1412
Función: Agente de carga, emulsificante, estabilizador, espesante.
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
02.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
BPM
Mantequilla y mantequilla concentrada
BPM
06.4.1
Pastas y fideos frescos y productos similares
200 mg/kg
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
09.2.2
Pescado,
02.2.1.1
filetes
de
pescado
y
productos
pesqueros
Nota 52
200 mg/kg
rebozados
BPM
Nota 41
congelados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos
10000 mg/kg
de azúcar)
13.1.1
Preparados para lactantes
13.1.2
Preparados de continuación
25000 mg/kg
13.1.3
Preparados para usos medicinales específicos destinados a los lactantes
60000 mg/kg
13.2
14.1.5
25000 mg/kg
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
60000 mg/kg
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
10000 mg/kg
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
Página 146 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
FOSFATO DE DIALMIDON ACETILADO
RTCA 67.04.54:10
INS 1414
Función: Agente de carga, emulsificante, estabilizador, espesante.
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.1.2
01.2
Suero de mantequilla (simple)
Productos
lácteos
fermentados
BPM
y
cuajados
(simples),
excluida
la
BPM
la
BPM
categoría de alimentos 01.1.2 (bebidas lácteas)
01.2.1.2
Leches fermentadas
(simples), tratadas
térmicamente
después
de
fermentación
01.2.2
Cuajada natural
BPM
01.4.1
Nata (crema) pasteurizada (simple)
BPM
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas
BPM
y natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
BPM
02.2.1.1
02.1
Mantequilla y mantequilla concentrada
BPM
Nota 52
04.1.1.2
Frutas frescas tratadas en la superficie
BPM
Nota 16
04.2.1.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
Nota 16
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
04.2.2.1
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
10000 mg/kg
leguminosas y áloe vera) algas marinas y nueces y semillas congeladas
08.1.1
Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza, en piezas enteras o en
BPM
Nota 16
cortes
08.1.2
09.1
Carne fresca picada, incluida la de aves de corral y caza
BPM
Pescado y productos pesqueros frescos, incluidos moluscos, crustáceos
BPM
Nota 16
y equinodermos
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
BPM
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.2
Pescado,
filetes
de
pescado
y
productos
pesqueros
rebozados
BPM
Nota 41
Productos pesqueros picados, amalgamados y congelados, incluidos
BPM
Nota 16
congelados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.3
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.4
Pescado y productos pesqueros cocidos y/o fritos, incluidos moluscos,
BPM
crustáceos y equinodermos
09.2.5
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
BPM
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos
10000 mg/kg
de azúcar)
12.1.2
Sucedáneos de la sal
BPM
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
BPM
13.1.1
Preparados para lactantes
25000 mg/kg
13.1.2
Preparados de continuación
25000 mg/kg
13.1.3
Preparados para usos medicinales específicos destinados a los lactantes
6000 mg/kg
13.2
14.1.5
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
60000 mg/kg
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
10000 mg/kg
Nota 51
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
FOSFATO DE DIALMIDON FOSFATADO
INS 1413
Función: Agente de carga, emulsificante, estabilizador, espesante.
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.2
Productos
lácteos
fermentados
y
cuajados
(simples),
excluida
la
BPM
categoría de alimentos 01.1.2 (bebidas lácteas)
Página 147 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
01.4.1
Natas (crema) pasteurizada (simple)
BPM
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas
BPM
y natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
02.1
06.4.1
06.4.2
13.2
14.1.5
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
BPM
Pastas y fideos frescos y productos similares
200 mg/kg
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
200 mg/kg
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
50000 mg/kg
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
10000 mg/kg
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
FOSFATO DE DIALMIDON HIDROXIPROPILICO
INS 1442
Función: Agente de carga, emulsificante, estabilizador, espesante.
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.2
Productos
lácteos
fermentados
y
cuajados
(simples),
excluida
la
BPM
categoría de alimentos 01.1.2 (bebidas lácteas)
01.4.1
Nata (crema) pasteurtizada (simple)
BPM
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas
BPM
y natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
01.8.2
Suero en polvo y productos a base de suero en polvo, excluidos los
10000 mg/kg
quesos de suero
02.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
BPM
13.2
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
50000 mg/kg
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
10000 mg/kg
14.1.5
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
FOSFATO MONOALMIDON
INS 1410
Función: Agente de carga, emulsificante, estabilizador, espesante.
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.2
Productos
lácteos
fermentados
y
cuajados
(simples),
excluida
la
BPM
01.4.1
Nata (crema) pasteurtizada (simple)
BPM
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas
BPM
categoría de alimentos 01.1.2 (bebidas lácteas)
y natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
02.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
13.2
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
50000 mg/kg
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
10000 mg/kg
14.1.5
BPM
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
FOSFATOS
Acido ortofosfórico
INS 338
Ortofosfato trisódico
INS 339iii
Ortofosfato monopotásico
Ortofosfato tripotásico
INS 340iii
Ortofosfato monocálcico
Ortofosfato tricálcicio
INS 341iii
Fosfato monomagnésico INS 342iii
Ortofosfato monosódico
Ortofosfato monoamónico
Ortofosfato dimagnésico
INS 339i
Ortofosfato disódico
INS 339ii
INS 340i
Ortofosfato dipotásico
INS 340ii
INS 341i
INS 342i
INS 343ii
Difosfato disódico
INS 450i
Difosfato trisódico
INS 450ii
Difosfato tetrapotásico
INS 450v
Difosfato dicálcico
INS 450vi
Trifosfato pentasódico (Tripolifosfato de sódio) INS 451i
Polifosfato de potasio
INS 452ii
Polifosfato de amonio
INS 452v
Ortofosfato diamónico
Ortofosfato trimagnésico
Trifosfato pentapotásico
Polifosfato de sodio y calcio INS 452iii
Bone Phosphate
Ortofosfato dicálcico
Difosfato tetrasódico
Difosfato diácido cálcico
INS 341ii
INS 342ii
INS 343iii
INS 450iii
INS 450vii
INS 451ii Polifosfato de sódio INS 452i
Polifosfato de calcio
INS 452iv
INS 542
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
Función:
Agente
emulsificante,
antiaglomerante,
exaltador
del
sabor,
agente
regulador
agente
de
de
firmeza,
RTCA 67.04.54:10
acidez,
agente
antioxidante,
de
tratamiento
adjuvante,
agente
de
humectante,
harina,
de
retención
del
preservante,
color,
agente
aglomerante, secuestrante, estabilzador, espesante. leudante/agente leudante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.2
Bebidas
lácteas,
saborizadas
y/o
fermentadas
(p.
ej.,
leche
con
BPM
chocolate, cacao, ponche de huevo, yogur para beber, bebidas a base de
Nota 33
FDA 182.6290
suero)
01.6.2
Queso madurado
30000 mg/kg
01.6.4
Queso elaborado, fundido
30000 mg/kg
01.6.5
Productos similares al queso
30000 mg/kg
01.7
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta) Postres
BPM
02.0
Grasas y aceites y emulsiones grasas
200 mg/kg
02.1.2
Grasas y aceites vegetales
220 mg/kg
Nota 33
02.1.3
Manteca de cerdo, cebo, aceite de pescado y otras grasas de origen
220 mg/kg
Nota 33
lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
animal
02.1.4
Mezcla de aceites y/o grasas de origen animal y vegetal. Mezclas de las
220 mg/kg
categorías 2.1.2 y 2.1.3
Emulsiones con un 80% de grasa como minimo
880 mg/kg
Notas 33 y 34
02.2.1.1
02.2.1
Mantequilla y mantequilla concentrada
880 mg/kg
Nota 33 y 34
02.2.1.2
Margarina y productos similares
2200 mg/kg
Nota 33
02.2.1.3
Mezclas de mantequilla y margarina
BPM
Nota 33
02.2.2
Emulsiones con menos del 80% de grasa
2200 mg/kg
Nota 33
4.1.2.9
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas
BPM
Nota 33
de fruta.
05.2.1
Caramelos duros
20000 mg/kg
Nota 33
05.2.2
Caramelos blandos
20000 mg/kg
Nota 33
Goma de mascar
20000 mg/kg
Nota 33
Harinas
11900 mg/kg
Postres a base de cereales y almidón (p. ej., pudines de arroz, pudines de
BPM
05.3
06.2.1
06.5
mandioca)
7.0
08.1.1
Productos de panadería
BPM
Nota 33
Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza, en piezas enteras o en
3000 mg/kg
Nota 33,
cortes
FDA
7120.1
Rev. 9
08.1.2
Carne fresca picada, incluida la de aves de corral y caza
2200 mg/kg
Nota 33
08.2.1
Productos
2200 mg/kg
Nota 33
08.2.1.1
Productos
BPM
Nota 33
5000 mg/kg
Nota 33,
cárnicos,
de
aves de corral y caza
elaborados sin tratar
térmicamente, en piezas enteras o en cortes
cárnicos,
de
aves
de
corral
y
caza
elaborados,
curados
(incluidos los salados) y sin tratar térmicamente, en piezas enteras o en
cortes
08.2.2
Productos
cárnicos,
de
aves
de
corral
y
caza
elaborados,
tratados
térmicamente en piezas enteras o en cortes
FDA
7120.1
Rev. 9
08.2.3
Productos cárnicos, de aves de corral y caza elaborados, congelados, en
5000 mg/kg
piezas enteras o en cortes
08.3
08.3.2
Nota
33,
FDA
7120.1 Rev. 9
Productos cárnicos, de aves de corral y caza picados y elaborados
2200 mg/kg
Nota 33
Productos cárnicos, de aves de corral y caza picados, elaborados y
5000 mg/kg
Nota 33,
tratados térmicamente
FDA
7120.1
Rev. 9
08.4
09.3.4
Tripas comestibles (p.ej., para embutidos)
1100 mg/kg
Nota 33
Pescado y productos pesqueros semiconservados, incluídos moluscos,
2,200 mg/kg
Nota 33 y 193
Página 149 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
crustáceos y equinodermos (p.ej., la pasta de pescado), excluídos los
productos indicados en las categorias de alimentos 09.3.1 a 09.3.3
11.1.2
Azúcar en polvo y dextrosa en polvo
6600 mg/kg
12.1.1
Sal
8800 mg/kg
Notas 33 y 56
Nota 33
12.2.2
Aderezos y Condimentos
BPM
FDA 182.1778
Salsas y productos similares
BPM
Zumos (jugos) de frutas
1000 mg/kg
FDA 182.1217
12.6
14.1.2.1
Notas
33,
40
y
122
14.1.2.3
Concentrados para zumos (jugos) de frutas
1000 mg/kg
Notas
33,
40,
122 y 127
14.1.3.1
Néctares de frutas
1000 mg/kg
Notas
33,
40
y
122
14.1.3.3
Concentrados para néctares de frutas
1000 mg/kg
Notas
33,
40,
122 y 127
14.1.4
Bebidas
a
base
de
água
saborizada
incluídas
lãs
bebidas
para
BPM
agua
BPM
deportistas, bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
14.1.4.3
Concentrados
(líquidos
o
sólidos)
para
bebidas
a
base
de
saborizadas
14.2.6
14.2.7
Licores destilados que contengan más de un 15 por ciento de alcohol
440 mg/kg
Nota 33 y 88
Bebidas
BPM
FDA 182.6290
alcohólicas
saborizadas
(p.ej.,
cerveza,
vino
y
bebidas
espirituosas tipo refresco, refrescos con bajo contenido de alcohol)
FUMARATO DE SODIO
INS 365
Función: Regulador de la acidez
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
04.2.2.7
Productos a
base
de
hortalizas
tubérculos, legumbres
(incluidos hongos
y setas,
raíces y
BPM
y leguminosas y aloe vera) y algas marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
09.2
Pescado
y
productos
pesqueros
elaborados,
incluidos
moluscos,
BPM
crustáceos y equinodermos
12.1.2
Sucedáneos de la sal
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
BPM
BPM
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
BPM
Nota 51
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
GALATO DE PROPILO
INS 310
Función: Antioxidante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.5.1
Leche en polvo y nata (crema) en polvo (simples)
200 mg/kg
Notas
15,
75
y
2,
15
y
130
01.7
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
90 mg/kg
Notas
130
02.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
200 mg/kg
Notas 15 y 130
2.1.1
Aceite de mantequilla (manteca), grasa de leche anhidra,
100 mg/kg
Notas 15 y 133
2.1.2
Grasas y aceites vegetales
200 mg/kg
Notas 15 y 133
2.1.3
Manteca de cerdo, sebo, aceite de pescado y otras grasas
200 mg/kg
Notas 15 y 133
ghee
de origen animal
02.2.1.2
Margarina y productos similares
200 mg/kg
Notas 15 y 130
02.2.1.3
Mezclas de mantequilla y margarina
200 mg/kg
Notas 15 y 130
Emulsiones con menos del 80% de grasa
200 mg/kg
Notas 15 y 130
02.2.2
Página 150 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
02.3
RTCA 67.04.54:10
Emulsiones grasas, principalmente del tipo agua en aceite, incluidos los
200 mg/kg
Notas 15 y 130
200 mg/kg
Notas 15 y 130
90 mg/kg
Notas
productos a base de emulsiones grasas mezcladas y/o saborizadas
02.4
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
alimentos 01.7
04.1.2.9
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas
de fruta
04.2.2.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
50 mg/kg
leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas desecadas
05.1
2,
15
y
76
y
130
Productos de cacao y chocolate, incluidos los productos de imitación y
Notas
15,
130
200 mg/kg
Notas 15 y 130
200 mg/kg
Notas 15 y 130
los sucedáneos del chocolate
05.2
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1,
05.3 y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
05.3
Goma de mascar
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
1000 mg/kg
Nota 130
200 mg/kg
Notas 15 y 130
06.1
Granos enteros, triturados o en copos, incluyendo arroz
06.3
100 mg/kg
Notas 15 y 130
Cereales para el desayuno, incluidos los copos de avena
200 mg/kg
Notas 15 y 130
Pastas y fideos precocidos y productos similares
100 mg/kg
Notas 15 y 130
Postres a base de cereales y almidón (p ej. pudines de arroz, pudines de
90 mg/kg
Notas
panadería fina), revestimientos
(que no sean de fruta) y salsas dulces
06.4.3
06.5
mandioca)
07.1.3
Otros
2,
15
y
130
productos
de
panadería
ordinaria
(p.
ej.,
bagels,
pita,
100 mg/kg
en piezas
Notas 15 y 130
muffins ingleses etc.)
07.2.3
Mezclas para panadería fina (p ej., tortas, tortitas o panqueques)
200 mg/kg
Notas 15 y 130
08.2
Productos cárnicos, de aves de corral y caza elaborados
200 mg/kg
Notas 15 y 130
08.3
Productos cárnicos, de aves de corral y caza picados y elaborados
200 mg/kg
Notas 15 y 130
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
100 mg/kg
Notas 15 y 130
enteras o en cortes
09.2.5
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
10.4
Postres a base de huevo ( p ej., flan)
90 mg/kg
Notas
2,
15
y
130
12.2
Hierbas aromáticas, especias aderezos (incluidos los sucedáneos de la
200 mg/kg
Notas 15 y 130
sal) y condimentos (p e., el condimentos para fideos instantáneos)
12.5.2
Mezclas para sopas y caldos
200 mg/kg
Notas 15 y 130
12.6
Salsas y productos similares
200 mg/kg
Notas 15 y 130
13.6
Complementos alimenticios
14.1.4
Bebidas
a
base
de
agua
saborizada,
incluidas
las
bebidas
para
400 mg/kg
Notas 15 y 130
1000 mg/kg
Notas 15 y 130
200 mg/kg
Notas 15 y 130
200 mg/kg
Notas 15 y 130
deportistas, bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
15.1
Aperitivos
a
base
de
patatas
(papas),
cereales,
harina
o
almidón
(derivados de raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas
15.2
Nueces
elaboradas,
incluidas
las
nueces
(p.
ej.,
con
frutas
secas)
revestidas y mezclas de nueces
GLICINA Y SU SAL SODICA
INS 640
Función: Edulcorante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
05.3
Goma de mascar
BPM
Directiva
95/2/CE
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
INS 960
Función: Edulcorante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
Bebidas lácteas saborizadas y/o fermentadas (p. ej. leche con chocolate,
01.1.2
cacao, ponche de huevo, yogur para beber, bebidas a base de suero.
BPM
FDA GRAS
NOTICE GRN
Página 151 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
278
01.5.2
Productos similar a la leche y la nata (crema ) en polvo
330 mg/kg
Notas 26 y 201
01.7
Postres lácteos (p.ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
330 mg/kg
Nota 26
02.4
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
330 mg/kg
Nota 26
Nota 26
alimentos 01.7
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
270 mg/kg
04.1.2.3
03.0
Frutas en vinagre, aceite o salmuera
100 mg/kg
Nota 26
04.1.2.4
Frutas en conserva, enlatadas o en frascos (pasteurizadas)
330 mg/kg
Nota 26
04.1.2.5
Confituras, jaleas, mermeladas
360 mg/kg
Nota 26
04.1.2.6
Productos para untar a base de fruta (p.ej. el chutney), excluidos los
330 mg/kg
Nota 26
04.1.2.7
Frutas confitadas
04.1.2.8
Preparados
04.1.2.9
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas
productos de la categoría de alimentos 04.1.2.5
a
base
de
fruta,
incluida
la
pulpa,
los
purés,
los
40 mg/kg
Nota 26
330 mg/kg
Nota 26
revestimientos de fruta y la leche de coco
BPM
de fruta
FDA GRAS
NOTICE GRN
000365
04.1.2.10
Productos de fruta fermentada
115 mg/kg
Nota 26
04.1.2.11
Relleno de fruta para pastelería
330 mg/kg
Nota 26
04.1.2.12
Frutas cocidas o fritas
40 mg/kg
Nota 26
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
40 mg/kg
Nota 26
330 mg/kg
Nota 26
70 mg/kg
Nota 26
330 mg/kg
Nota 26
165 mg/kg
Nota 26
200 mg/kg
Nota 26
40 mg/kg
Nota 26
04.2.2.2
leguminosas y aloe vera) y algas marinas y nueces y semillas desecadas
04.2.2.3
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en vinagre, aceite, salmuera o
salsa de soja
04.2.2.4
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en conserva, latas o frascos(
pasteurizadas) o en bolsas de esterilización
04.2.2.5
Purés
y preparados
para untar elaborados
con hortalizas
(incluidos
hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe
vera), algas marinas , nueces y semillas( p.ej. la mantequilla de maní
(cacahuate))
04.2.2.6
Pulpas y preparados de Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y
tubérculos,
legumbres
y
leguminosas
y
aloe
vera)),
algas
marinas,
nueces y semillas (como p. ej., postres y las salsas a base de hortalizas y
las salsas a base de hortalizas y hortalizas confitadas) distintos de los
indicados en la categoría de alimentos 04.2.2.5
04.2.2.7
Productos a
base
de
hortalizas
tubérculos, legumbres
fermentadas,
excluidos
(incluidos hongos y setas,
raíces y
y leguminosas y aloe vera) y algas marinas
los
productos
fermentados
de
soja
de
las
categorías 12.10.
04.2.2.8
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
leguminosas y aloe vera) y algas marinas cocidas o fritas
05.3
Goma de mascar
3500 mg/kg
Nota 26
06.3
Cereales para el desayuno, incluidos los copos de avena
350 mg/kg
Nota 26
06.5
Postres a base de cereales y almidón (p. ej. Pudines de arroz, pudines de
165 mg/kg
Nota 26
200 mg/kg
Nota 26
100 mg/kg
Notas 26 y 202
100 mg/kg
Notas 26 y 144
mandioca)
06.8
Bebidas a base de soja (excluidos los productos de la categoría de
alimentos 12.9 y los productos fermentados de soja de la categoría
12.10) manteniendo el nivel del edulcorante.
08.3.2
Productos cárnicos, aves de corral, caza picados, elaborados y tratados
térmicamente
09.3.1
Pescados y productos pesqueros marinados y/o en gelatinas, incluidos
los moluscos, crustáceos y equinodermos
Página 152 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
09.3.2
Pescados
y
productos
pesqueros
RTCA 67.04.54:10
escabechados
y/o
en
salmuera,
165 mg/kg
Nota 26
Sucedáneos de salmón, caviar y otros productos pesqueros a base de
100 mg/kg
Nota 26
100 mg/kg
Nota 26
incluidos los moluscos, crustáceos y equinodermos
09.3.3
huevas
09.4
Pescado y productos pesqueros (incluidos los moluscos, crustáceos y
equinodermos)
en
conserva,
con
inclusión
de
los
enlatados
y
fermentados
10.4
Postres a base de huevo (p. ej. flan)
330 mg/kg
Nota 26
11.6
Edulcorantes de mesa, incluido los que contiene edulcorantes de gran
BPM
Nota 26
Nota 26
intensidad
12.2.2
Aderezos y condimentos
30 mg/kg
12.4
Mostazas
130 mg/kg
Nota 26
12.5
Sopas y caldos
50 mg/kg
Nota 26
12.6.1
Salsas emulsionadas (p ej. mayonesa, aderezos para ensaladas)
350 mg/kg
Nota 26
12.6.2
Salsas no emulsionadas (p. ej., ketchup, salsas a base de queso, salsas
350 mg/kg
Nota 26
Notas 26 y 127
a base de nata (crema) y salsa gravy):
12.6.3
Mezclas para salsas y gravies
350 mg/kg
12.6.4
Salsas ligeras (p. ej. salsa de pescado)
350 mg/kg
Nota 26
115 mg/kg
Nota 26
165 mg/kg
Nota 26.
Salsa de soja fermentada
30 mg/kg
Nota 26
Alimentos dietéticos para usos medicinales especiales (excluidos los
350 mg/kg
Nota 26
12.7
Emulsiones
para
ensaladas
(p.
ensalada de patatas( papas)) y
eje.
la
ensalada
de
macarrones,
la
productos para untar en emparedados,
excluidos los productos para untar a base de cacao y nueces de las
categorías de alimentos 04.2.2.5 y 05.1.3
12.9.1.3
Otros
productos
proteínicos
de
soja
(incluida
la
salsa
de
soja
no
fermentada)
12.10.4
13.3
productos de la categoría de alimentos 13.1)
13.4
Preparados dietéticos para adelgazamiento y control del peso
270 mg/kg
Nota 26
13.5
Alimentos dietéticos (p. eje. los complementos alimenticios para usos
660 mg/kg
Notas 26 y 198
dietéticos), excluidos los indicados en las categorías de alimentos 13.1 a
13.4 y 13.6
Complementos alimenticios
2500 mg/kg
Notas 26 y 203
14.1.3
13.6
Néctares de frutas y hortalizas
200 mg/kg
Nota 26
14.1.4
Bebidas
14.1.5
a
base
de
agua
saborizadas,
incluidas
las
bebidas
para
BPM
FDA
deportistas, bebidas energéticas o bebidas electrolíticas y bebidas con
NOTICE
partículas añadidas
278
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
GRAS
GRN
200 mg/kg
Notas 26 y 160
200 mg/kg
Nota 26
170 mg/kg
Nota 26
calientes a base de cereales y granos excluidos el cacao
14.2.7
Bebidas alcohólicas saborizadas (p. eje. cerveza, vino y bebidas con
licor tipo bebida gaseosa, bebida refrescante con bajo contenido de
alcohol)
15.0
Aperitivos listos para el consumo
GLICEROL
INS 422
Función: Emulsificante, humectante, estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.2.1.2
Leches
fermentadas
(simples),
tratadas
térmicamente
después
de la
BPM
fermentación
04.1.1.2
Frutas frescas tratadas en la superficie
BPM
Nota 16
04.2.1.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
Nota 16
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
Página 153 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
04.2.2.7
Productos
a base
de
hortalizas
tubérculos, legumbres
RTCA 67.04.54:10
(incluidos hongos y setas, raíces
y
BPM
y leguminosas y aloe vera) y algas marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
06.4.1
09.2
Pastas y fideos frescos y productos similares
Pescado
y
productos
pesqueros
elaborados,
BPM
incluidos
moluscos,
BPM
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
BPM
crustáceos y equinodermos
09.2.1
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.2
Pescado,
filetes
de
pescado
y
productos
pesqueros
rebozados
BPM
Nota 16
pesqueros picados, amalgamados y congelados, incluidos
BPM
Nota 16
congelados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.3
Productos
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.4
Pescado y productos pesqueros cocidos y/o fritos, incluidos moluscos,
BPM
crustáceos y equinodermos
09.2.5
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
BPM
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
10.2.2
11.4
Productos congelados a base de huevo
BPM
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos
BPM
de azúcar)
12.1.2
Sucedáneos de la sal
BPM
Nota 51
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
BPM
Nota 51
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
BPM
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
GLICOL POLIETILENO (POLIETILENGLICOL)
INS 1521
Función: Adyuvante, agente antiespumante, vehículo de solventes, emulsificador, acentuador del aroma, agente de glaseado,
agente de liberación, estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
04.1.1.2
Frutas frescas tratadas en la superficie
BPM
05.3
Goma de mascar
20000 mg/kg
11.6
Edulcorantes de mesa, incluidos los que contienen edulcorantes de gran
10000 mg/kg
13.6
Complementos alimenticios
intensidad
14.1.4
Bebidas
a
base
de
agua
70000 mg/kg
saborizada,
incluidas
las
bebidas
para
1000 mg/kg
deportistas, bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
GLUCONATO FERROSO
INS 579
Función: Regulador de acidez, agente de retención del color, sustancia conservadora
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
04.2.2.3
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
150 mg/kg
Notas 23 y 48
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en vinagre, aceite, salmuera o
salsa de soya
GLUCONATO SODICO
INS 576
Función: Secuestrante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
04.2.2.7
Productos a
base
de
tubérculos, legumbres
hortalizas
(incluidos hongos
y setas,
raíces y
BPM
y leguminosas y aloe vera) y algas marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
BPM
Página 154 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
09.1
Pescado y productos pesqueros frescos, incluidos moluscos, crustáceos
09.2
Pescado
BPM
y equinodermos
y
productos
pesqueros
elaborados,
incluidos
moluscos,
BPM
crustáceos y equinodermos
12.1.2
Sucedáneos de la sal
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
BPM
BPM
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
BPM
Nota 51
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
GLUCONO DELTA LACTONA
INS 575
Función: Regulador de acidez, gasificante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.2.1
02.1
02.2.1.1
06.4.1
09.1
Leches fermentadas (simples)
BPM
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
BPM
Mantequilla y mantequilla concentrada
BPM
Pastas y fideos frescos y productos similares
BPM
Pescado y productos pesqueros frescos, incluidos moluscos, crustáceos
100 mg/kg
Nota 52
y equinodermos
13.1.3
13.2
Preparados para usos medicinales específicos destinados a los lactantes
5000 mg/kg
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
5000 mg/kg
GLUTAMATO MONOAMONICO
INS 624
Función: Acentuador del aroma
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza
BPM
12.1.2
08.1
Sucedáneos de la sal
BPM
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
BPM
GLUTAMATO MONOPOTASICO
Nota 51
INS 622
Función: Acentuador del aroma
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
09.2.2
Pescado,
filetes
de
pescado
y
productos
pesqueros
rebozados
BPM
Nota 41
congelados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
12.1.2
Sucedáneos de la sal
BPM
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
BPM
GLUTAMATO MONOSODICO
Nota 51
INS 621
Función: Acentuador del aroma, acentuador del sabor
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
04.2.2.1
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
leguminosas y áloe vera) algas marinas y nueces y semillas congeladas
04.2.2.7
Productos
a base
de
tubérculos, legumbres
hortalizas
(incluidos hongos y setas, raíces
y
BPM
y leguminosas y aloe vera) y algas marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
BPM
08.1
Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza
BPM
08.2
Productos cárnicos, de aves de corral y caza elaborados, en piezas
BPM
enteras o en cortes
Página 155 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
08.3
Productos cárnicos, de aves de corral y de caza picados elaborados
BPM
09.2
Pescado
y
productos
pesqueros
elaborados,
incluidos
moluscos,
BPM
pesqueros
rebozados
BPM
crustáceos y equinodermos
09.2.2
Pescado,
filetes
de
pescado
y
productos
Nota 41
congelados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
12.1.2
Sucedáneos de la sal
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
14.1.4
Bebidas
para
BPM
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
BPM
a
base
de
BPM
agua
BPM
saborizada,
incluidas
las
bebidas
Nota 51
deportistas, bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
GOMA ARABIGA
INS 414
Función: Agente de carga, emulsificante, relleno, estabilizador, espesante, incrementador del volumen, sustancia inerte y agente
de glaseado
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
02.1
04.1.1.2
04.2.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
15000 mg/kg
Frutas frescas tratadas en la superficie
BPM
Nota 16
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
83000 mg/kg
Nota 79
leguminosas y áloe vera) algas marinas y nueces y semillas frescas
04.2.2.1
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
83000 mg/kg
leguminosas y áloe vera) algas marinas y nueces y semillas congeladas
06.4.1
Pastas y fideos frescos y productos similares
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
BPM
BPM
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
BPM
09.2.2
Pescado,
moluscos, crustáceos y equinodermos
filetes
de
pescado
y
productos
pesqueros
rebozados
BPM
Nota 16
Productos pesqueros picados, amalgamados y congelados, incluidos
BPM
Nota 16
congelados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.3
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.4
Pescado y productos pesqueros cocidos y/o fritos, incluidos moluscos,
BPM
crustáceos y equinodermos
09.2.5
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
BPM
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
10.2.1
Productos líquidos a base de huevo
10.2.2
Productos congelados a base de huevo
BPM
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos
BPM
11.4
BPM
de azúcar)
12.1.2
Sucedáneos de la sal
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
BPM
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
20000 mg/kg
14.1.3.1
Néctares de frutas
10000 mg/kg
FDA 184.1330
14.1.3.2
Néctares de hortalizas
10000 mg/kg
FDA 184.1330
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
BPM
14.2.3
Vinos de uva
13.2
BPM
Nota 51
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
GOMA DE CAROBA
300 mg/kg
INS 410
Función: Agente de carga, emulsificante, estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
14.1.3.1
Néctares de frutas
5000 mg/kg
FDA 184.1343
14.1.3.2
Néctares de hortalizas
5000 mg/kg
FDA 184.1343
Página 156 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
GOMA DE KARAYA
RTCA 67.04.54:10
INS 416
Función: Agente de carga, emulsificante, estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
BPM
04.1.1.2
02.1
Frutas frescas tratadas en la superficie
200 mg/kg
04.1.1.3
Frutas frescas peladas y/o cortadas
200 mg/kg
04.2.1.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
200 mg/kg
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
04.2.1.3
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
200 mg/kg
leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas frescas
peladas, cortadas y desmenuzadas
04.2.2.1
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
200 mg/kg
leguminosas y áloe vera) algas marinas y nueces y semillas congeladas
06.4.1
Pastas y fideos frescos y productos similares
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
09.2
Pescado
y
productos
pesqueros
elaborados,
200 mg/kg
incluidos
200 mg/kg
moluscos,
200 mg/kg
crustáceos y equinodermos
10.2.1
Productos líquidos a base de huevo
10.2.2
Productos congelados a base de huevo
200 mg/kg
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos
200 mg/kg
11.4
200 mg/kg
de azúcar)
12.1.2
Sucedáneos de la sal
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
200 mg/kg
200 mg/kg
Nota 51
14.1.3.1
Néctares de frutas
20 mg/kg
FDA 184.1349
14.1.3.2
FDA 184.1349
Néctares de hortalizas
20 mg/kg
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
200 mg/kg
14.2.3
Vinos de uva
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
200 mg/kg
GOMA DE SEMILLAS DE ALGARROBO
INS 410
Función: Emulsificante, estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
02.1
13.1.2
13.1.3
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
BPM
Preparados de continuación
1000 mg/Lt
Preparados para usos medicinales especificos destinados a los lactantes
1000 mg/kg
13.2
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
10000 mg/kg
13.3
Alimentos dieteticos para usos medicinales especiales (excluidos los
10000 mg/kg
productos de la categoria de alimentos 13.1)
14.1.3.1
Néctares de frutas
GOMA DE TRAGACANTO
BPM
INS 413
Función: Agente de carga, emulsificante, estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
02.1
04.1.1.2
08.1.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
13000 mg/kg
Frutas frescas tratadas en la superficie
BPM
Nota 16
Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza, en piezas enteras o en
BPM
Nota 16
cortes
08.1.2
Carne fresca picada, incluida la de aves de corral y caza
BPM
12.1.2
Sucedáneos de la sal
BPM
Página 157 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
12.2.1
RTCA 67.04.54:10
Hierbas aromáticas y especias
BPM
14.1.2.1
Zumos (Jugos de frutas)
2000 mg/kg
14.1.3.1
Néctares de fruta
2000 mg/kg
FDA 184.1351
14.1.3.2
Nctares de hortalizas
1000 mg/kg
FDA 184.1351
GOMA GELAN
Nota 51
INS 418
Función: Estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas
BPM
y natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
BPM
02.2.1.1
02.1
Mantequilla y mantequilla concentrada
BPM
04.1.1.2
Frutas frescas tratadas en la superficie
BPM
04.1.1.3
Frutas frescas peladas y/o cortadas
BPM
04.2.1.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
Nota 52
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
04.2.1.3
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas frescas
peladas, cortadas y desmenuzadas
04.2.2.1
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
leguminosas y áloe vera) algas marinas y nueces y semillas congeladas
06.4.1
Pastas y fideos frescos y productos similares
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
BPM
Carne y productos cárnicos incluidos los de ave de corral y caza
BPM
10.2.1
Productos líquidos a base de huevo
BPM
10.2.2
Productos congelados a base de huevo
08.0
11.3
Soluciones
azucaradas
y
jarabes,
tambien
BPM
BPM
azucares
(parcialmente)
500 mg/kg
invertidos, incluida la melaza, excluidos los productos de la categoria de
alimentos 11.1.3
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos
500 mg/kg
de azúcar)
12.1.2
Sucedáneos de la sal
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
BPM
BPM
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
BPM
Nota 51
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
GOMA GUAR
INS 412
Función: Agente de carga, emulsificante, estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas
5000 mg/kg
y natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
20000 mg/kg
02.2.1.1
02.1
Mantequilla y mantequilla concentrada
20000 mg/kg
04.2.1.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
20000 mg/kg
Nota 52
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
04.2.1.3
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
20000 mg/kg
leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas frescas
peladas, cortadas y desmenuzadas
04.2.2.1
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
20000 mg/kg
leguminosas y áloe vera) algas marinas y nueces y semillas congeladas
Página 158 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
04.2.2.7
Productos a
base
de
tubérculos, legumbres
hortalizas
(incluidos hongos
RTCA 67.04.54:10
y setas,
raíces y
20000 mg/kg
y leguminosas y aloe vera) y algas marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
06.1
Granos enteros, triturados o en copos, incluyendo arroz
BPM
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos
10000 mg/kg
de azúcar)
14.1.3.1
Néctares de fruta
BPM
14.1.3.2
Néctares de Hortalizas
20000 mg/kg
GOMA LACA
FDA 184.1339
INS 904
Función: Incrementador del volumen, agente gelificante, antiadherente
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
04.1.1.2
Frutas frescas tratadas en la superficie
BPM
04.2.1.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
Nota 79
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
05.1.4
Productos de cacao y chocolate
BPM
Nota 3
05.1.5
Productos de imitación y sucedáneos del chocolate
BPM
Nota 3
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1,
BPM
Nota 3
BPM
Nota 3
05.2
05.3 y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
05.3
Goma de mascar
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
07.2
Productos de panadería fina (dulces, salados, aromatizados) y mezclas
BPM
Nota 3
13.6
Complementos alimenticios
BPM
Nota 3
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
BPM
Nota 108
BPM
Nota 3
panadería fina), revestimientos
BPM
(que no sean de fruta) y salsas dulces
14.1.5
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
15.0
Aperitivos listos para el consumo
GOMA TARA
INS 417
Función: Estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
02.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
GOMA XANTANA
BPM
INS 415
Función: Estabilizador, espesante, emulsionante y espumante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas
5000 mg/kg
y natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
10000 mg/kg
02.2.1.1
02.1
Mantequilla y mantequilla concentrada
5000 mg/kg
04.1.1.2
Frutas frescas tratadas en la superficie
BPM
04.1.1.3
Frutas frescas peladas y/o cortadas
BPM
04.2.1.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
Nota 52
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
06.4.1
Pastas y fideos frescos y productos similares
10000 mg/kg
Página 159 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
06.4.2
08.0
RTCA 67.04.54:10
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
10000 mg/kg
Carne y productos cárnicos incluidos los de ave de corral y caza
BPM
10.2.1
Productos líquidos a base de huevo
BPM
10.2.2
Productos congelados a base de huevo
BPM
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos
5000 mg/kg
11.4
de azúcar)
12.1.2
Sucedáneos de la sal
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
BPM
BPM
13.2
Alimentos Complementarios para lactantes y niños pequeños
10000 mg/kg
13.3
Alimentos dieteticos para usos medicinales especiales (excluidos los
1200 mg/kg
Nota 51
productos de la categoria de alimentos 13.1)
14.1.3.1
Néctares de fruta
BPM
FDA 172.695
14.1.3.2
Néctares de hortalizas
BPM
FDA 172.695
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
BPM
14.1.5
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
GUANILATO CALCICO 5´-
INS 629
Función: Acentuador del aroma
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
12.1.2
Sucedáneos de la sal
500 mg/kg
GUANILATO DIPOTASICO 5´-
INS 628
Función: Acentuador del aroma
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
12.1.2
Sucedáneos de la sal
GUANILATO DISODICO, 5-
500 mg/kg
INS 627
Función: Acentuador del aroma
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
04.2.2.7
Productos a
base
de
tubérculos, legumbres
hortalizas
(incluidos hongos
y setas,
raíces y
500 mg/kg
y leguminosas y aloe vera) y algas marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
12.1.2
Sucedáneos de la sal
500 mg/kg
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
500 mg/kg
HEXAMETAFOSFATO DE SODIO
Nota 51
INS: 452i
Funcion: Emulsificante, secuestrante, texturizante
Categoría de alimentos
01.1.2
Bebidas
lácteas,
saborizadas
y/o
fermentadas
Nivel máximo
(p.
ej.,
leche
con
BPM
Observaciones
FDA 182.6760
chocolate, cacao, ponche de huevo, yogur para beber, bebidas a base de
suero
HARINA DE KONJAC
INS 425
Función: Emulsificante, estabilizador, espesante
Categoría de alimentos
12.1.2
HELIO
Sucedáneos de la sal
Nivel máximo
Observaciones
10000 mg/kg
INS 939
Función: Gas de envasado
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
Categoría de alimentos
05.3
Nivel máximo
Goma de mascar
BPM
Observaciones
Directiva
95/2/CE
HEXAMETILENTETRAMINA
INS 239
Función: Sustancia conservadora
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.6.2.1
Queso madurado, incluida la corteza
25 mg/kg
HIDROGENCARBONATO (BICARBONATO) DE AMONIO
Nota 66
INS 503ii
Función: Sustancia conservadora
Categoría de alimentos
13.2
Nivel máximo
Alimentos complementarios para lactantes y niñpos pequeños
HIDROGENO
Observaciones
BPM
INS 949
Función: Gas de envasado
Categoría de alimentos
05.3
Nivel máximo
Goma de mascar
BPM
Observaciones
Directiva
95/2/CE
HIDROXI PROPIL METILCELULOSA
METILCELULOSA
INS 464
INS 461
HIDROXIPROPILCELULOSA
INS 463
METIL ETIL CELULOSA (Etil metil celulosa)
INS 465
Función: Agente de carga, emulsificante, agente espumante, estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
02.2.1.1
Mantequilla y mantequilla concentrada
BPM
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
BPM
09.2.2
Pescado,
Nota 52
moluscos, crustáceos y equinodermos
filetes
de
pescado
y
productos
pesqueros
rebozados
BPM
Nota 41
Productos pesqueros picados, amalgamados y congelados, incluidos
BPM
Nota 16
congelados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.3
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.4
Pescado y productos pesqueros cocidos y/o fritos, incluidos moluscos,
BPM
crustáceos y equinodermos
09.2.5
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
BPM
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos
BPM
de azúcar)
12.1.2
Sucedáneos de la sal
BPM
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
BPM
14.1.3.1
Nectares de fruta
BPM
14.1.3.2
Néctares de hortalizas
BPM
Nota 51
FDA
182.1480,
172.870,
172.874, 172.872
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
BPM
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
HIDROXIBENZOATOS, PEtil para hidroxibenzoato
INS 214
Metil para hidroxibenzoato
INS 218
Función: Sustancias conservadoras
Categoría de alimentos
02.2.1.2
Margarina y productos similares
Nivel máximo
Observaciones
1000 mg/kg
Página 161 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
02.2.2
04.1.1.2
05.2
RTCA 67.04.54:10
Emulsiones con menos del 80% de grasa
300 mg/kg
Frutas frescas tratadas en la superficie
BPM
Nota 136
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1,
1500 mg/kg
Nota 137
Nota 27
05.3 y 05.4 incluidos los caramelos duros y blandos, turrones, etc.
05.1.5
Productos de imitación y sucedaneos de chocolate
300 mg/kg
05.3
Goma de mascar
1500 mg/kg
Nota 27
08.4
Tripas comestibles (p. ej., para embutidos)
100 mg/kg
Nota 138
13.6
Complementos alimenticios
2000 mg/lt
Nota 139
15.1
Aperitivos a base de patatas (papas), cereales, harina o almidón
1000 mg/kg
Nota 140
HIDROXIDO CALCICO
INS 526
Función: Regulador de acidez, agente endurecedor
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.8.2
Suero en polvo y productos a base de suero en polvo, excluidos los
BPM
quesos de suero
Emulsiones con un 80% de grasa como minimo
BPM
02.2.1.1
02.2.1
Mantequilla y mantequilla concentrada
BPM
04.2.1.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
800 mg/kg
Nota 58
800 mg/kg
Nota 58
1000 mg/kg
Nota 58
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
04.2.1.3
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas frescas
peladas, cortadas y desmenuzadas
04.2.2.1
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
leguminosas y áloe vera) algas marinas y nueces y semillas congeladas
13.2
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
HIDROXIDO DE MAGNESIO
BPM
INS 528
Función: Regulador de acidez, agente de retención del color, estabilizador
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
04.2.1.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
Nota 16
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
BPM
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.2
Pescado,
filetes
de
pescado
y
productos
pesqueros
rebozados
BPM
Nota 16
Productos pesqueros picados, amalgamados y congelados, incluidos
BPM
Nota 16
congelados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.3
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.4
Pescado y productos pesqueros cocidos y/o fritos, incluidos moluscos,
BPM
crustáceos y equinodermos
09.2.5
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
BPM
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos
BPM
de azúcar)
12.1.2
Sucedáneos de la sal
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
BPM
BPM
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
BPM
Nota 51
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
Página 162 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
HIDROXIDO DE POTASIO
RTCA 67.04.54:10
INS 525
Función: Regulador de acidez, estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.8.2
Suero en polvo y productos a base de suero en polvo, excluidos los
BPM
quesos de suero
13.2
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
HIDROXIDO DE SODIO
BPM
INS 524
Función: Regulador de acidez
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.8.2
Suero en polvo y productos a base de suero en polvo, excluidos los
BPM
quesos de suero
02.1.3
Manteca de cerdo, cebo, aceite de pescado y otras grasas de origen
BPM
animal
02.1.4
Mezcla de aceites y/o grasas de origen animal y vegetal. Mezclas de las
BPM
categorías 2.1.2 y 2.1.3
02.2.1
02.2.1.1
06.2.2
13.2
Emulsiones con un 80% de grasa como minimo
BPM
Mantequilla y mantequilla concentrada
BPM
Almidones
BPM
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
BPM
INDIGOTINA
INS 132
Función: Colorante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.6.2.2
Corteza de queso madurado
100 mg/kg
01.6.3
Queso de suero
200 mg/kg
01.6.4
Queso elaborado, fundido
200 mg/kg
01.6.5
01.7
02.1.2
Productos similares al queso
200 mg/kg
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
300 mg/kg
Grasas y aceites vegetales
200 mg/kg
Nota 3
Nota 3
RTCA
67.04.40:07
Grasas y aceites
02.1.3
Manteca de cerdo, cebo, aceite de pescado y otras grasas de origen
200 mg/kg
animal
02.1.4
Mezcla de aceites y/o grasas de origen animal y vegetal. Mezclas de las
200 mg/kg
categorías 2.1.2 y 2.1.3
02.2.1.2
Margarina y productos similares
200 mg/kg
02.4
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
300 mg/kg
03.0
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
300 mg/kg
Frutas en conserva enlatadas o en frasco (pasteurizadas)
200 mg/kg
alimentos 01.7
04.1.2.4
04.1.2.5
Confituras, jaleas mermeladas
500 mg/kg
04.1.2.6
Productos para untar a base de fruta (p. ej., el chutney, excluidos los
500 mg/kg
04.1.2.7
Frutas confitadas
04.1.2.8
Preparados
productos de la categoría de alimentos 04.1.2.5
a
base
200 mg/kg
de
fruta,
incluida
la
pulpa,
los
purés,
los
500 mg/kg
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas
300 mg/kg
revestimientos de fruta y la leche de coco
04.1.2.9
de fruta
04.1.2.11
04.2.2.3
Rellenos de fruta para panadería
300 mg/kg
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
500 mg/kg
Página 163 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en vinagre, aceite, salmuera o
salsa de soya
04.2.2.4
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos legumbres y
200 mg/kg
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en conserva, en latas o frascos
(pasteurizadas) o en bolsas de esterilización
04.2.2.6
Pulpas y preparados de hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y
tubérculos, legumbres y leguminosas
y aloe
vera)
algas
200 mg/kg
marinas y
nueces y semillas (como los postres y las salsas a base de hortalizas y
hortalizas
confitadas)
distintos
de los
indicados
en
la
categoría
de
alimentos 04.2.2.5
04.2.2.7
Productos a
base
de
tubérculos, legumbres
hortalizas
(incluidos hongos
y setas,
raíces y
500 mg/kg
y leguminosas y aloe vera) y algas marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
05.1.1
Mezclas de cacao (en polvo) y cacao en pasta/tortas de cacao
05.1.2
Mezclas de cacao (jarabes)
300 mg/kg
300 mg/kg
05.1.3
Productos para untar a base de cacao, incluidos rellenos a base de cacao
300 mg/kg
05.1.4
Productos de cacao y chocolate
450 mg/kg
05.1.5
Productos de imitación y sucedáneos del chocolate
450 mg/kg
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1,
450 mg/kg
05.2
05.3 y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
05.3
Goma de mascar
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
300 mg/kg
06.3
Cereales para el desayuno, incluidos los copos de avena
300 mg/kg
06.5
Postres a base de cereales y almidón (p ej. pudines de arroz, pudines de
300 mg/kg
07.0
Productos de panadería
300 mg/kg
08.0
Carne y productos cárnicos, incluidos los de aves de corral y caza
500 mg/kg
Nota 16
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
500 mg/kg
Nota 95
rebozados
500 mg/kg
Nota 16
Productos pesqueros picados, amalgamados y congelados, incluidos
500 mg/kg
Nota 16
panadería fina), revestimientos
500 mg/kg
(que no sean de fruta) y salsas dulces
mandioca)
09.2.1
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.2
Pescado,
filetes
de
pescado
y
productos
pesqueros
congelados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.3
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.4.1
Pescado y productos pesqueros cocidos
500 mg/kg
09.2.4.2
Moluscos, crustáceos y equinodermos cocidos
250 mg/kg
09.2.4.3
Pescado y productos pesqueros fritos, incluidos moluscos, crustáceos y
500 mg/kg
Nota 16
500 mg/kg
Nota 22
500 mg/kg
Nota 16
500 mg/kg
Nota 16
equinodermos
09.2.5
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.3.1
Pescado y productos pesqueros marinados y/o en gelatina, incluidos
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.3.2
Pescado y productos pesqueros escabechados y/o en salmuera, incluidos
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.3.3
Sucedáneos de salmón, caviar y otros productos pesqueros a base de
500 mg/kg
huevas
09.3.4
Pescado y productos pesqueros semiconservados, incluye moluscos,
crustáceos y equinodermos ( p. ej.,la
500 mg/kg
pasta de pescado) excluidos los
productos de las categorías de alimentos 09.3.1 - 09.3.3
09.4
Pescado y productos pesqueros (incluidos los moluscos, crustáceos y
equinodermos)
en
conserva,
con
inclusión
de
los
enlatados
500 mg/kg
y
fermentados
10.1
Huevos frescos
300 mg/kg
10.4
Postres a base de huevo ( p ej., flan)
300 mg/kg
Nota 4
Página 164 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
11.1.3
Azúcar blanco blando, azúcar moreno blando, jarabe de glucosa, jarabe
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos
300 mg/kg
de glucosa deshidratado y azúcar de caña sin refinar
300 mg/kg
de azúcar)
11.6
Edulcorantes de mesa, incluidos los que contienen edulcorantes de gran
300 mg/kg
intensidad
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
12.2.2
Aderezos y condimentos
300 mg/kg
500 mg/kg
12.4
Mostazas
300 mg/kg
12.5
Sopas y caldos
300 mg/kg
12.6
Salsas y productos similares
500 mg/kg
12.9.5
Otros productos proteínicos
100 mg/kg
13.3
Alimentos dietéticos para usos medicinales especiales (excluidos los
50 mg/kg
13.4
Preparados dietéticos para adelgazamiento y control del peso
50 mg/kg
13.5
Alimentos dietéticos (p.ej., los complementos alimenticios para usos
300 mg/kg
13.6
Complementos alimenticios
productos de la categoría de alimentos 13.1)
dietéticos), excluidos los indicados en las categorías 13.1 - 13.4 y 13.6
a
base
de
agua
300 mg/kg
14.1.4
Bebidas
saborizada,
incluidas
las
bebidas
para
300 mg/kg
14.2.2
Sidra y sidra de pera
14.2.4
Vinos (distintos de los de uva)
200 mg/kg
14.2.6
Licores destilados que contengan más de un 15% de alcohol
300 mg/kg
14. 2.7
Bebidas
deportistas, bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
200 mg/kg
alcohólicas
saborizadas
(p.ej.,
cerveza,
vino
y
bebidas
200 mg/kg
espirituosas tipo refresco, refrescos con bajo contenido de alcohol)
15.1
Aperitivos
a
base
de
patatas
(papas),
cereales,
harina
o
almidón
300 mg/kg
Nueces elaboradas, incluidas las nueces (p.ej., con frutas, frutas secas)
100 mg/kg
(derivados de raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas
15.2
revestidas y mezclas de nueces
16.0
Alimentos compuestos (que no pueden clasificarse en las categorías 01 -
500 mg/kg
15)
INOSINATO CALCICO, 5-
INS 633
Función: Acentuador del aroma
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
12.1.2
Sucedáneos de la sal
BPM
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
BPM
INOSINATO DIPOTASICO, 5-
Nota 51
INS 632
Función: Acentuador del aroma
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
12.1.2
Sucedáneos de la sal
BPM
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
BPM
INOSINATO DISODICO, 5-
Nota 51
INS 631
Función: Acentuador del aroma
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
04.2.2.7
Productos a
base
de
tubérculos, legumbres
hortalizas
(incluidos hongos
y setas,
raíces y
BPM
y leguminosas y aloe vera) y algas marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
Página 165 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
12.10
06.4.2
09.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
Pescado
y
productos
pesqueros
elaborados,
BPM
incluidos
moluscos,
BPM
crustáceos y equinodermos
12.1.2
Sucedáneos de la sal
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
BPM
BPM
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
BPM
Nota 51
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
INVERTASA (S cerevisiae)
INS 1103
Función: Estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
11.3
Soluciones
azucaradas
y
jarabes,
tambien
azucares
(parcialmente)
BPM
invertidos, incluida la melaza, excluidos los productos de la categoria de
alimentos 11.1.3
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos
BPM
de azúcar)
ISOASCORBATO DE SODIO (Eritorbato de sodio)
INS 316
Función: Antioxidante, agente de retención del color
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
02.1
02.2.1.1
08.2.2
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
100 mg/kg
Mantequilla y mantequilla concentrada
100 mg/kg
Productos
cárnicos,
de
aves
de
corral
y
caza
elaborados,
tratados
Nota 52
500 mg/kg
térmicamente, en piezas enteras o en cortes
08.3
Productos cárnicos de aves de corral y de caza, picados, elaborados
500 mg/kg
09.2.4
Pescados y productos pesqueros, cocidos y/o fritos, incluidos moluscos,
500 mg/kg
09.3
Pescados y productos npesqueros semiconservados, incluidos moluscos,
crustáceos y equinodermos
500 mg/kg
crustáceos, equinodermos
09.4
Pescado y productos pesqueros en conserva, incluidos los enlatados o
500 mg/kg
fermentados de los enlatados o fermentados y los moluscos, crustáceos
y equinodermos
ISOMALTOSA
INS 953
Función: Edulcorante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.2.1.2
Leches
fermentadas
(simples),
tratadas
térmicamente
después
de la
BPM
(parcialmente)
BPM
fermentación
11.3
Soluciones
azucaradas
y
jarabes,
tambien
azucares
invertidos, incluida la melaza, excluidos los productos de la categoria de
alimentos 11.1.3
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos
BPM
de azúcar)
LACTATO CALCICO
INS 327
Función: Regulador de acidez, antioxidante, emulsificante, agente endurecedor, estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas
BPM
y natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
Página 166 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
02.1
02.2.1.1
RTCA 67.04.54:10
Grasas y aceites prácticamente excentos de agua
BPM
Mantequilla y mantequilla concentrada
BPM
04.1.1
Frutas frescas
BPM
04.2.1
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tuberculos, legumbres y
BPM
Nota 52
leguminosas y aloe vera) algas marinas y nueces y semillas frescas
04.2.2.7
Productos a
base
de
hortalizas
tubérculos, legumbres
(incluidos hongos
y setas,
raíces y
10000 mg/kg
Nota 58
10000 mg/kg
Nota 58
y leguminosas y aloe vera) y algas marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
09.2
Pescado
y
productos
pesqueros
elaborados,
incluidos
moluscos,
crustáceos y equinodermos
12.1.2
Sucedáneos de la sal
10000 mg/kg
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
10000 mg/kg
13.2
14.1.5
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
BPM
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
10000 mg/kg
Nota 58
Notas 51 y 58
Nota 58
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
LACTATO DE POTASIO
Lactato de potasio
INS 326
Lactato de potasio (solución)
INS 326
Función: Regulador de acidez, antioxidante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.2.1.2
Leches
fermentadas
(simples),
tratadas
térmicamente
después
de la
BPM
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas
BPM
fermentación
01.4.2
y natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
02.1
02.2.1.1
13.2
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
BPM
Mantequilla y mantequilla concentrada
BPM
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
BPM
LACTATO DE SODIO
Nota 52
INS 325
Función: Regulador de acidez, antioxidante, agente de carga, emulsificante, humectante, estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.2.1.2
Leches
fermentadas
(simples),
tratadas
térmicamente
después
de la
BPM
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas
BPM
fermentación
01.4.2
y natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
BPM
02.2.1.1
02.1
Mantequilla y mantequilla concentrada
BPM
04.2.2.7
Productos a
base
de
hortalizas
tubérculos, legumbres
(incluidos hongos
y setas,
raíces y
Nota 52
BPM
y leguminosas y aloe vera) y algas marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
06.4.1
Pastas y fideos frescos y productos similares
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
2400 mg/kg
08.1
Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza
20000 mg/kg
09.2
Pescado
y
productos
pesqueros
elaborados,
2400 mg/kg
incluidos
moluscos,
BPM
crustáceos y equinodermos
10.2.1
Productos líquidos a base de huevo
10.2.2
Productos congelados a base de huevo
BPM
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
BPM
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
BPM
13.2
14.1.5
BPM
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
Página 167 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
LACTATO FERROSO
RTCA 67.04.54:10
INS 585
Función: Regulador de acidez, agente de retención del color
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
04.2.2.3
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
150 mg/kg
Notas 23 y 48
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en vinagre, aceite, salmuera o
salsa de soya
LACTITOL
INS 966
Función: Edulcorante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.2
Productos
lácteos
fermentados
y
cuajados
(simples),
excluida
la
30000 mg/kg
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas
30000 mg/kg
categoría de alimentos 01.1.2 (bebidas lácteas)
01.4.2
y natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos
BPM
de azúcar)
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
30000 mg/kg
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
LECITINA
INS 322
Función: Antioxidante, emulsificante, estabilizador
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.2.1.2
Leches
fermentadas
(simples),
tratadas
térmicamente
después
de la
BPM
fermentación
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas
5000 mg/kg
y natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
30000 mg/kg
02.2.1.1
02.1
Mantequilla y mantequilla concentrada
20000 mg/kg
04.2.2.7
Productos a
base
de
tubérculos, legumbres
hortalizas
(incluidos hongos
y setas,
raíces y
Nota 52
BPM
y leguminosas y aloe vera) y algas marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
06.2
06.4.1
Harinas y almidones
5000 mg/kg
Pastas y fideos frescos y productos similares
BPM
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
5000 mg/kg
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
BPM
09.2.2
Pescado,
moluscos, crustáceos y equinodermos
filetes
de
pescado
y
productos
pesqueros
rebozados
BPM
Nota 41
Productos pesqueros picados, amalgamados y congelados, incluidos
BPM
Nota 16
congelados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.3
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.4
Pescado y productos pesqueros cocidos y/o fritos, incluidos moluscos,
BPM
crustáceos y equinodermos
09.2.5
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
BPM
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
10.2.1
Productos líquidos a base de huevo
10.2.2
Productos congelados a base de huevo
BPM
BPM
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos
BPM
12.1
Sal y sucedáneos de la sal
BPM
Hierbas aromáticas y especias
BPM
de azúcar)
12.2.1
Nota 51
Página 168 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
13.1.1
RTCA 67.04.54:10
Preparados para lactantes
1000 mg/lt
13.1.2
Preparados de continuación
1000 mg/lt
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
BPM
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
LICOPENOS
INS 160d(i), (ii), (iii)
Función: Colorante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
05.2.1
Caramelos duros
BPM
05.2.2
Caramelos blandos
BPM
FDA 73.585
Goma de mascar
BPM
FDA 73.585
05.3
LISOZIMA
FDA 73.585
INS 1105
Función: Sustancia conservadora
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.6.2
Queso madurado
BPM
14.2.2
Sidra y sidra de pera
500 mg/kg
14.2.3
Vinos de uva
500 mg/kg
LUTEINA
INS 161b
Función: Colorante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
05.3
Goma de mascar
300 mg/kg
Directiva
94/36/CE
L-CISTEINA
INS: 910
Función: Mejorador de harina
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
06.2.1
Harinas
90 mg/kg
RTCA Harinas
12.0
Sales, especias, sopas, salsas, ensaladas, productos proteínicos, etc.
BPM
FDA 184.1271
12.5
Sopas y caldos
BPM
FDA 184.1271
12.6
Salsas y productos análogos
BPM
FDA 184.1271
MALATO CALCICO
INS 352ii
Función: Regulador de la acidez
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
14.2.3
Vinos de uva
BPM
MALTITOL Y JARABE DE MALTITOL
INS 965
Función: Agente de carga, emulsificante, estabilizador, espesante, edulcorante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
BPM
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.2
Pescado,
filetes
de
pescado
y
productos
pesqueros
rebozados
BPM
Nota 16
pesqueros picados, amalgamados y congelados, incluidos
BPM
Nota 16
congelados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.3
Productos
moluscos, crustáceos y equinodermos
Página 169 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
MALTOL
RTCA 67.04.54:10
INS 636
Función: Acentuador del aroma, estabilizador
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.2
Bebidas
lácteas,
saborizadas
y/o
fermentadas
(p.
ej.,
leche
con
200 mg/kg
chocolate, cacao, ponche de huevo, yogur para beber, bebidas a base de
suero)
01.7
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
200 mg/kg
03.0
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
200 mg/kg
05.1.4
Productos de cacao y chocolate
200 mg/kg
05.1.5
Productos de imitación y sucedáneos del chocolate
200 mg/kg
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1,
200 mg/kg
05.2
05.3 y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
05.3
Goma de mascar
200 mg/kg
07.2
Productos de panadería fina (dulces, salados, aromatizados) y mezclas
200 mg/kg
Bebidas
para
200 mg/kg
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
200 mg/kg
14.1.4
a
base
de
agua
saborizada,
incluidas
las
bebidas
deportistas, bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
14.1.5
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
14.2.2
Sidra y sidra de pera
250 mg/kg
14.2.4
Vinos (distintos de los de uva)
250 mg/kg
MANITOL
INS 421
Función: Antiaglutinante, agente de carga, emulsificante, estabilizador, edulcorante, espesante.
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.2.1.2
Leches
fermentadas
(simples),
tratadas
térmicamente
después
de la
BPM
fermentación
Cuajada natural
BPM
02.2.1.1
01.2.2
Mantequilla y mantequilla concentrada
BPM
04.1.1.2
Frutas frescas tratadas en la superficie
BPM
04.2.1.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
Nota 52
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
BPM
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
BPM
09.2.2
Pescado,
moluscos, crustáceos y equinodermos
filetes
de
pescado
y
productos
pesqueros
rebozados
BPM
Productos pesqueros picados, amalgamados y congelados, incluidos
BPM
congelados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.3
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.4
Pescado y productos pesqueros cocidos y/o fritos, incluidos moluscos,
BPM
crustáceos y equinodermos
09.2.5
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
BPM
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
10.2.2
11.4
Productos congelados a base de huevo
BPM
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos
BPM
de azúcar)
12.1.2
Sucedáneos de la sal
60000 mg/kg
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
60000 mg/kg
Nota 51
Página 170 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
MARRON HT
RTCA 67.04.54:10
INS 155
Función: Colorante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.2
Bebidas
lácteas,
saborizadas
y/o
fermentadas
(p.
ej.,
leche
con
150 mg/kg
chocolate, cacao, ponche de huevo, yogur para beber, bebidas a base de
suero
01.6.1
01.6.2.2
Queso no madurado
BPM
Corteza de queso madurado
BPM
01.6.3
Queso de suero
BPM
01.6.4
Queso elaborado, fundido
200 mg/kg
01.6.5
Productos similares al queso
BPM
01.7
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
150 mg/kg
02.4
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
150 mg/kg
Nota 3
Nota 3
Nota 3
alimentos 01.7
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
150 mg/kg
04.1.1.2
03.0
Frutas frescas tratadas en la superficie
500 mg/kg
04.1.2.4
Frutas en conserva enlatadas o en frasco (pasteurizadas)
200 mg/kg
04.1.2.5
Confituras, jaleas mermeladas
500 mg/kg
04.1.2.6
Productos para untar a base de fruta (p. ej., el chutney, excluidos los
500 mg/kg
04.1.2.7
Frutas confitadas
04.1.2.8
Preparados
los
500 mg/kg
04.1.2.9
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas
150 mg/kg
Nota 16
productos de la categoría de alimentos 04.1.2.5
a
base
200 mg/kg
de
fruta,
incluida
la
pulpa,
los
purés,
revestimientos de fruta y la leche de coco
de fruta
04.2.1.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
500 mg/kg
Nota 16
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
04.2.2.3
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
500 mg/kg
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en vinagre, aceite, salmuera o
salsa de soya
04.2.2.4
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
200 mg/kg
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en conserva, en latas o frascos
(pasteurizadas) o en bolsas de esterilización
04.2.2.6
Pulpas y preparados de hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y
tubérculos, legumbres y leguminosas
y aloe
vera)
algas
200 mg/kg
marinas y
nueces y semillas (como los postres y las salsas a base de hortalizas y
hortalizas
confitadas)
distintos
de los
indicados
en
la
categoría
de
alimentos 04.2.2.5
05.1.4
Productos de cacao y chocolate
80 mg/kg
05.1.5
Productos de imitación y sucedáneos del chocolate
80 mg/kg
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1,
300 mg/kg
05.2
05.3 y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
05.3
Goma de mascar
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
300 mg/kg
06.3
Cereales para el desayuno, incluidos los copos de avena
200 mg/kg
06.5
Postres a base de cereales y almidón (p ej. pudines de arroz, pudines de
150 mg/kg
07.2
Productos de panadería fina (dulces, salados, aromatizados) y mezclas
200 mg/kg
08.0
Carne y productos cárnicos, incluidos los de aves de corral y caza
500 mg/kg
Nota 16
Pescado fresco
300 mg/kg
Nota 50
panadería fina), revestimientos
500 mg/kg
(que no sean de fruta) y salsas dulces
mandioca)
09.1.1
Página 171 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
09.1.2
Moluscos, crustáceos y equinodermos frescos
500 mg/kg
Nota 16
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
500 mg/kg
Nota 95
09.2.2
Pescado,
rebozados
500 mg/kg
Nota 16
Productos pesqueros picados, amalgamados y congelados, incluidos
500 mg/kg
Nota 16
moluscos, crustáceos y equinodermos
filetes
de
pescado
y
productos
pesqueros
congelados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.3
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.4.1
Pescado y productos pesqueros cocidos
500 mg/kg
09.2.4.2
Moluscos, crustáceos y equinodermos cocidos
250 mg/kg
09.2.4.3
Pescado y productos pesqueros fritos, incluidos moluscos, crustáceos y
500 mg/kg
Nota 16
500 mg/kg
Nota 22
500 mg/kg
Nota 16
500 mg/kg
Nota 16
equinodermos
09.2.5
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.3.1
Pescado y productos pesqueros marinados y/o en gelatina, incluidos
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.3.2
Pescado y productos pesqueros escabechados y/o en salmuera, incluidos
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.3.3
Sucedáneos de salmón, caviar y otros productos pesqueros a base de
500 mg/kg
huevas
09.3.4
Pescado y productos pesqueros semiconservados, incluye moluscos,
crustáceos y equinodermos ( p. ej.,la
500 mg/kg
pasta de pescado) excluidos los
productos de las categorías de alimentos 09.3.1 - 09.3.3
09.4
Pescado y productos pesqueros (incluidos los moluscos, crustáceos y
equinodermos)
en
conserva,
con
inclusión
de
los
enlatados
500 mg/kg
y
fermentados
10.1
Huevos frescos
BPM
10.4
Postres a base de huevo ( p ej., flan)
50 mg/kg
12.2.2
Aderezos y condimentos
500 mg/kg
12.4
Mostazas
300 mg/kg
12.5
Sopas y caldos
300 mg/kg
12.6
Salsas y productos similares
500 mg/kg
12.9.5
Otros productos proteínicos
100 mg/kg
13.3
Alimentos dietéticos para usos medicinales especiales (excluidos los
50 mg/kg
13.4
Preparados dietéticos para adelgazamiento y control del peso
50 mg/kg
13.5
Alimentos dietéticos (p.ej., los complementos alimenticios para usos
300 mg/kg
13.6
Complementos alimenticios
Nota 4
productos de la categoría de alimentos 13.1)
dietéticos), excluidos los indicados en las categorías 13.1 - 13.4 y 13.6
a
base
de
agua
300 mg/kg
14.1.4
Bebidas
saborizada,
incluidas
las
bebidas
para
100 mg/kg
14.2.2
Sidra y sidra de pera
14.2.4
Vinos (distintos de los de uva)
200 mg/kg
14.2.6
Licores destilados que contengan más de un 15% de alcohol
200 mg/kg
14.2.7
Bebidas
deportistas, bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
200 mg/kg
alcohólicas
saborizadas
(p.ej.,
cerveza,
vino
y
bebidas
200 mg/kg
espirituosas tipo refresco, refrescos con bajo contenido de alcohol)
15.1
Aperitivos
a
base
de
patatas
(papas),
cereales,
harina
o
almidón
200 mg/kg
(derivados de raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas
15.2
Nueces
elaboradas,
incluidas
las
nueces
(p.
ej.,
con
frutas
secas)
100 mg/kg
Alimentos compuestos (que no pueden clasificarse en las categorías 01 -
500 mg/kg
revestidas y mezclas de nueces
16.0
15)
Página 172 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
MONO Y DIGLICERIDOS
RTCA 67.04.54:10
INS 471
Función: Agente antiespumante, agente de carga, emulsificante, estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas
5000 mg/kg
y natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
02.1.1
Aceite de mantequilla (manteca), grasa de leche anhidra, ghee
02.1.2
Grasas y aceites vegetales
20000 mg/kg
20000 mg/kg
02.1.3
Manteca de cerdo, cebo, aceite de pescado y otras grasas de origen
BPM
02.1.4
Mezcla de aceites y/o grasas de origen animal y vegetal. Mezclas de las
animal
BPM
categorías 2.1.2 y 2.1.3
02.2.1.1
06.4.1
06.4.2
09.2
Mantequilla y mantequilla concentrada
20000 mg/kg
Pastas y fideos frescos y productos similares
BPM
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
Pescado
y
productos
pesqueros
elaborados,
Nota 52
30000 mg/kg
incluidos
moluscos,
10000 mg/kg
crustáceos y equinodermos
10.2.2
Productos congelados a base de huevo
BPM
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos
6000 mg/kg
12.1
Sal y sucedáneos de la sal
5000 mg/kg
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
5000 mg/kg
13.1.1
Preparados para lactantes
4000 mg/kg
de azúcar)
13.1.2
Preparados de continuación
4000 mg/kg
13.1.3
Preparados para usos medicinales específicos destinados a los lactantes
5000 mg/kg
13.2
14.1.5
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
5000 mg/kg
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
BPM
Nota 51
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
MONO Y DIGLICÉRIDO ETOXILADOS INS 488
Función: emulsificante, antioxidante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.7
Postres lácteos
NEGRO BRILLANTE PN
2000 mg/kg
INS 151
Función: Colorante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.6.2.2
01.6.4
Corteza de queso madurado
BPM
Queso elaborado, fundido
100 mg/kg
01.7
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
150 mg/kg
02.4
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
150 mg/kg
03.0
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
alimentos 01.7
04.1.2.4
Frutas
en
conserva
enlatadas
o
en
frasco
150 mg/kg
solo
para
frutas
rojas
200 mg/kg
04.1.2.7
Frutas confitadas
200 mg/kg
04.1.2.9
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas
150 mg/kg
05.2
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1,
(pasteurizadas)
de fruta
300 mg/kg
05.3 y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
05.3
Goma de mascar
300 mg/kg
Página 173 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
panadería fina), revestimientos
500 mg/kg
07.2
Productos de panadería fina (dulces, salados, aromatizados) y mezclas
200 mg/kg
08.4
Tripas comestibles (p.ej.para embutidos)
BPM
Nota 16
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
500 mg/kg
Nota 95
Nota 95
(que no sean de fruta) y salsas dulces
09.2.1
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.4.1
Pescado y productos pesqueros cocidos
500 mg/kg
09.2.4.2
Moluscos, crustáceos y equinodermos cocidos
250 mg/kg
09.2.4.3
Pescado y productos pesqueros fritos, incluidos moluscos, crustáceos y
500
mg/kg
Nota 16 y 95
equinodermos
09.2.5
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
500 mg/kg
09.3.3
Nota
22,
95
y
141
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
Sucedáneos de salmón, caviar y otros productos pesqueros a base de
500 mg/kg
huevos
09.3.4
Pescado y productos pesqueros semiconservados, incluye moluscos,
crustáceos y equinodermos ( p. ej.,la
100 mg/kg
Nota 95
500 mg/kg
Nota 95
pasta de pescado) excluidos los
productos de las categorías de alimentos 09.3.1 - 09.3.3
09.4
Pescado y productos pesqueros (incluidos los moluscos, crustáceos y
equinodermos)
en
conserva,
con
inclusión
de
los
enlatados
y
fermentados
10.4
12.2.2
Postres a base de huevo ( p ej., flan)
150 mg/kg
Aderezos y condimentos
500 mg/kg
12.4
Mostazas
300 mg/kg
12.5
Sopas y caldos
50 mg/kg
12.6
Salsas y productos similares
500 mg/kg
13.3
Alimentos dietéticos para usos medicinales especiales (excluidos los
50 mg/kg
13.4
Preparados dietéticos para adelgazamiento y control del peso
50 mg/kg
13.5
Alimentos dietéticos (p.ej., los complementos alimenticios para usos
300 mg/kg
13.6
Complementos alimenticios
productos de la categoría de alimentos 13.1)
dietéticos), excluidos los indicados en las categorías 13.1 - 13.4 y 13.6
a
base
de
agua
300 mg/kg
14.1.4
Bebidas
saborizada,
14.2.2
Sidra y sidra de pera
14.2.4
Vinos (distintos de los de uva)
14.2.7
Bebidas
incluidas
las
bebidas
para
100 mg/kg
deportistas, bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
200 mg/kg
alcohólicas
200 mg/kg
saborizadas
(p.ej.,
cerveza,
vino
y
bebidas
200 mg/kg
espirituosas tipo refresco, refrescos con bajo contenido de alcohol)
15.1
Aperitivos
a
base
de
patatas
(papas),
cereales,
harina
o
almidón
200 mg/kg
Nueces elaboradas, incluidas las nueces (p.ej., con frutas, frutas secas)
100 mg/kg
(derivados de raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas
15.2
revestidas y mezclas de nueces
NEOHESPERIDINA DIHIDROCALCONA
INS 959
Función: Edulcorante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
05.2.1
Caramelos duros
150 mg/kg
Directiva
05.2.2
Caramelos blandos
150 mg/kg
Directiva
05.3
Goma de mascar (sin azúcar añadido)
400 mg/kg
Directiva
05.3
Goma de mascar (con azúcar añadido como petenciador del sabor)
150 mg/kg
94/35/CE
94/35/CE
94/35/CE
Directiva
94/35/CE
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
NEOTAMO
RTCA 67.04.54:10
INS 961
Función: Acentuador del aroma, edulcorante, resaltador del sabor
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.2
Bebidas
lácteas,
saborizadas
y/o
fermentadas
(p.
ej.,
leche
con
20 mg/kg
Nota 61
chocolate, cacao, ponche de huevo, yogur para beber, bebidas a base de
suero)
01.2
Productos
lácteos
fermentados
y
cuajados
(simples),
excluida
la
65 mg/kg
categoría de alimentos 01.1.2 (bebidas lácteas)
01.3.2
Blanqueadores de bebidas
65 mg/kg
01.4.4
Productos similares a la nata (crema)
33 mg/kg
01.5.2
Productos similares a la leche y la nata (crema) en polvo
65 mg/kg
01.6.5
Productos similares al queso
33 mg/kg
01.7
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
100 mg/kg
02.3
Emulsiones grasas, principalmente del tipo agua en aceite, incluidos los
10 mg/kg
productos a base de emulsiones grasas mezcladas y/o saborizadas
02.4
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
100 mg/kg
alimentos 01.7
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
100 mg/kg
04.1.2.1
03.0
Frutas congeladas
100 mg/kg
04.1.2.2
Frutas desecadas
100 mg/kg
04.1.2.3
Frutas en vinagre, aceite o salmuera
100 mg/kg
04.1.2.4
Frutas en conserva enlatadas o en frasco (pasteurizadas)
33 mg/kg
04.1.2.5
Confituras, jaleas mermeladas
70 mg/kg
04.1.2.6
Productos para untar a base de fruta (p. ej., el chutney, excluidos los
70 mg/kg
04.1.2.7
Frutas confitadas
04.1.2.8
Preparados
los
100 mg/kg
04.1.2.9
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas
100 mg/kg
productos de la categoría de alimentos 04.1.2.5
a
65 mg/kg
base
de
fruta,
incluida
la
pulpa,
los
purés,
revestimientos de fruta y la leche de coco
de fruta
04.1.2.10
Productos de fruta fermentada
04.1.2.11
Rellenos de fruta para panadería
100 mg/kg
04.1.2.12
Frutas cocidas o fritas
65 mg/kg
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
33 mg/kg
04.2.2.1
65 mg/kg
leguminosas y áloe vera) algas marinas y nueces y semillas congeladas
04.2.2.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
33 mg/kg
leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas desecadas
04.2.2.3
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
10 mg/kg
Nota 144
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en vinagre, aceite, salmuera o
salsa de soya
04.2.2.4
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos legumbres y
33 mg/kg
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en conserva, en latas o frascos
(pasteurizadas) o en bolsas de esterilización
04.2.2.5
Purés
y preparados
para untar elaborados
con hortalizas
(incluidos
33 mg/kg
hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe
vera), algas marinas y nueces y semillas (p ej. la mantequilla de maní
(cacahuete))
04.2.2.6
Pulpas y preparados de hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y
tubérculos, legumbres y leguminosas
y aloe
vera)
algas
33 mg/kg
marinas y
nueces y semillas (como los postres y las salsas a base de hortalizas y
hortalizas
confitadas)
distintos
de los
indicados
en
la
categoría
de
alimentos 04.2.2.5
04.2.2.7
Productos a
base
de
hortalizas
(incluidos hongos
y setas,
raíces y
33 mg/kg
Página 175 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
tubérculos, legumbres
RTCA 67.04.54:10
y leguminosas y aloe vera) y algas marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
04.2.2.8
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
33 mg/kg
leguminosas y aloe vera) y algas marinas cocidas o fritas
05.1.2
Mezclas de cacao (jarabes)
33 mg/kg
05.1.3
Productos para untar a base de cacao, incluidos rellenos a base de cacao
100 mg/kg
05.1.4
Productos de cacao y chocolate
80 mg/kg
05.1.5
Productos de imitación y sucedáneos del chocolate
100 mg/kg
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1,
330 mg/kg
05.2
Nota 97
Nota 158
05.3 y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
05.3
Goma de mascar
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
1000 mg/kg
06.3
Cereales para el desayuno, incluidos los copos de avena
160 mg/kg
06.5
Postres a base de cereales y almidón (p ej. pudines de arroz, pudines de
33 mg/kg
07.1
Pan y productos de panadería ordinaria
07.2
Productos de panadería fina (dulces, salados, aromatizados) y mezclas
80 mg/kg
09.3
Pescado y productos pesqueros semiconservados, incluye moluscos,
10 mg/kg
09.4
Pescado y productos pesqueros (incluidos los moluscos, crustáceos y
panadería fina), revestimientos
100 mg/kg
(que no sean de fruta) y salsas dulces
mandioca)
70 mg/kg
Nota 165
crustáceos y equinodermos
equinodermos)
en
conserva,
con
inclusión
de
los
enlatados
10 mg/kg
y
fermentados
10.4
Postres a base de huevo ( p ej., flan)
100 mg/kg
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos
70 mg/kg
Nota 159
de azúcar)
11.6
Edulcorantes de mesa, incluidos los que contienen edulcorantes de gran
BPM
intensidad
12.2
Hierbas aromáticas, especias aderezos (incluidos los sucedáneos de la
32 mg/kg
sal) y condimentos (p e., el condimentos para fideos instantáneos)
12.3
Vinagres
12 mg/kg
12.4
Mostazas
12 mg/kg
12.5
Sopas y caldos
20 mg/kg
12.6.1
Salsas emulsionadas (p ej., mayonesa, aderezos para ensaladas)
65 mg/kg
12.6.2
Salsas no emulsionadas (p ej.,ketchup, salsas a base de queso, salsas a
70 mg/kg
base de nata (crema) y salsa gravy
12.6.3
Mezclas para salsas y gravies
12 mg/kg
12.6.4
Salsas ligeras (p ej., salsa de pescado)
12 mg/kg
Emulsiones para ensaladas (p.ej., la ensalada de macarrones, la ensalada
33 mg/kg
12.7
Nota 166
de patatas (papas)) y para untar emparedados, excluidas las emulsiones
para untar a base de cacao y nueces de las categorías de alimentos
04.2.2.5 y 05.1.3
13.3
Alimentos dietéticos para usos medicinales especiales (excluidos los
33 mg/kg
productos de la categoría de alimentos 13.1)
13.4
Preparados dietéticos para adelgazamiento y control del peso
33 mg/kg
13.5
Alimentos dietéticos (p.ej., los complementos alimenticios para usos
65 mg/kg
13.6
Complementos alimenticios
90 mg/kg
14.1.3.1
Néctares de fruta
BPM
14.1.3.2
Néctares de hortalizas
65 mg/kg
dietéticos), excluidos los indicados en las categorías 13.1 - 13.4 y 13.6
14.1.3.4
14.1.4
Concentrados para néctares de hortalizas
Bebidas
a
base
de
agua
saborizada,
65 mg/kg
incluidas
las
bebidas
para
FDA 172.829
Nota 127
33 mg/kg
deportistas, bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
Página 176 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
14.1.5
RTCA 67.04.54:10
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
50 mg/kg
Nota 160
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
14.2.7
Bebidas
alcohólicas
saborizadas
(p.ej.,
cerveza,
vino
y
bebidas
33 mg/kg
espirituosas tipo refresco, refrescos con bajo contenido de alcohol)
15.0
NISINA
Aperitivos listos para el consumo
32 mg/kg
INS 234
Función: Sustancia conservadora
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.6.1
Queso no madurado
12.5 mg/kg
Nota 28
01.6.2
Queso madurado
12.5 mg/kg
Nota 28
01.6.3
Queso de suero
12.5 mg/kg
Nota 28
01.6.4
Queso elaborado, fundido
250 mg/kg
Nota 28
01.6.5
Productos similares al queso
12.5 mg/kg
Nota 28
01.6.6
Queso de proteínas del suero
12.5 mg/kg
Nota 28
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos legumbres y
BPM
Nota 28
3 mg/kg
Nota 28
04.2.2.4
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en conserva, en latas o frascos
(pasteurizadas) o en bolsas de esterilización
06.5
Postres a base de cereales y almidón (p ej. pudines de arroz, pudines de
mandioca)
Nota 28
07.2
Productos de panadería fina (dulces, salados, aromatizados) y mezclas
250 mg/kg
08.0
Carne y productos cárnicos, incluidos los de aves de corral y caza
500 mg/kg
Nota 28
10.2.1
Productos líquidos a base de huevo
BPM
Nota 28
12.5.1
Sopas
BPM
Nota 28
y
caldos
listos
para
el
consumo,
incluidos
los
envasados,
embotellados y congelados
NITRATOS
Nitrato de sodio
INS 251
Nitrato de potasio
INS 252
Función: Agentes de retención del color, sustancias conservadoras
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
08.2.1.1
Productos
cárnicos,
de
aves
de
corral
y
caza
elaborados,
curados
500 mg/kg
Nota 30
450 mg/kg
Nota 30
450 mg/kg
Nota 30
tratados
365 mg/kg
Nota 30
Productos cárnicos, de aves de corral y caza elaborados, congelados, en
220 mg/kg
Nota 30
500 mg/kg
Nota 30
365 mg/kg
Nota 30
365 mg/kg
Nota 30
365 mg/kg
Nota 30
365 mg/kg
Nota 30
(incluidos los salados) y sin tratar térmicamente, en piezas enteras o en
cortes
08.2.1.2
Productos
cárnicos,
de
aves
de
corral
y
caza
elaborados,
curados
(incluidos los salados), desecados y sin tratar térmicamente, en piezas
enteras o en cortes
08.2.1.3
Productos cárnicos, de aves de corral y caza elaborados, fermentados y
sin tratar térmicamente, en piezas enteras o en cortes
08.2.2
Productos
cárnicos,
de
aves
de
corral
y
caza
elaborados,
térmicamente en piezas enteras o en cortes
08.2.3
piezas enteras o en cortes
08.3.1.1
Productos cárnicos, de aves de corral y caza picados y elaborados,
curados (incluidos los salados) desecados y sin tratar térmicamente
08.3.1.2
Productos cárnicos, de aves de corral y caza picados y elaborados,
curados (incluidos los salados) y sin tratar térmicamente
08.3.1.3
Productos cárnicos, de aves de corral y caza picados y elaborados,
fermentados y sin tratar térmicamente
08.3.2
Productos cárnicos, de aves de corral y caza picados, elaborados y
tratados térmicamente
08.3.3
Productos cárnicos, de aves de corral y caza picados, elaborados y
congelados
Página 177 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
08.4
RTCA 67.04.54:10
Tripas comestibles (p.ej., para embutidos)
NITROGENO
150 mg/kg
Nota 30
INS 941
Función: Propelente
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.1.2
01.2
Suero de mantequilla (simples)
Productos
lácteos
BPM
fermentados
y
cuajados
(simples),
excluida
Nota 59
Nota 59
la
BPM
01.4.1
Nata (crema) pasteurizada (simple)
BPM
Nota 59
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas y
BPM
Nota 59
categoría de alimentos 01.1.2 (bebidas lácteas)
natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
02.1
02.2.1.1
04.1.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
BPM
Mantequilla y mantequilla concentrada
BPM
Frutas frescas
BPM
04.2.2.1
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
09.1
Pescado y productos pesqueros frescos, incluidos moluscos, crustáceos y
Nota 59
Notas 52 y 59
Nota 59
Nota 59
leguminosas y áloe vera) algas marinas y nueces y semillas congeladas
BPM
Nota 59
equinodermos
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
BPM
Nota 59
moluscos, crustáceos y equinodermos
10.1
Huevos frescos
BPM
10.2.1
Productos líquidos a base de huevo
BPM
10.2.2
Productos congelados a base de huevo
BPM
11.1
Azúcares refinados y en bruto
BPM
11.5
Miel
BPM
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas
BPM
Nota 59
BPM
FDA 184.1540
14.1.5
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
14.2.3
Vinos de Uva
NITRITOS
Nitrito de potasio
INS 249
Nitrito de sodio
INS 250
Función: Agentes de retención del color, sustancias conservadoras
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
08.2.1.1
Productos
cárnicos,
de
aves
de
corral
y
caza
elaborados,
curados
200 mg/kg
Nota 32
200 mg/kg
Nota 32
130 mg/kg
Nota 32
tratados
170 mg/kg
Nota 32
Productos cárnicos, de aves de corral y caza elaborados, congelados, en
170 mg/kg
Nota 32
(incluidos los salados) y sin tratar térmicamente, en piezas enteras o en
cortes
08.2.1.2
Productos
cárnicos,
de
aves
de
corral
y
caza
elaborados,
curados
(incluidos los salados), desecados y sin tratar térmicamente, en piezas
enteras o en cortes
08.2.1.3
Productos cárnicos, de aves de corral y caza elaborados, fermentados y
sin tratar térmicamente, en piezas enteras o en cortes
08.2.2
Productos
cárnicos,
de
aves
de
corral
y
caza
elaborados,
térmicamente en piezas enteras o en cortes
08.2.3
piezas enteras o en cortes
08.3
Productos cárnicos, de aves de corral y caza picados y elaborados
130 mg/kg
Nota 32
08.4
Tripas comestibles (p.ej., para embutidos)
130 mg/kg
Nota 32
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
OLEORRESINA DE PAPRIKA INS 160c
Función: Colorante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
12.0
Sales, especias, sopas, salsas, ensaladas, productos proteínicos, etc.
OLEORESINA TUMERICA
BPM
FDA 73.345
BPM
FDA 73.615
INS: 100ii
Funcion: Colorante
06.3
Cereales para el desayuno, incluidos los copos de avena
ORTO FENILFENOLES
Orto fenilfenol
INS 231
Orto fenilfenol de sodio
INS 232
Función: Sustancia conservadora
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
04.1.1.2
Frutas frescas tratadas en la superficie
OXIDASA DE GLUCOSA
12 mg/kg
Nota 49
INS 1102
Función: Antioxidante, sustancia conservadora, estabilizador
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
06.2.1
Harinas
780 mg/kg
14.2.3
Vinos de uva
BPM
OXIDO DE MAGNESIO
FDA 184.1034
INS 530
Función: Antiaglutinante, suplemento nutricional
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.8.2
Suero en polvo y productos a base de suero en polvo, excluidos los
10000 mg/kg
quesos de suero
12.1.1
Sal
BPM
13.1.1
Preparados para lactantes
BPM
OXIDO NITROSO
INS 942
Función: Propelente
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.1.2
Suero de mantequilla (simples)
BPM
01.2.1.1
Leches fermentadas (simples), no tratadas térmicamente después de la
BPM
fermentación
01.4.1
Nata (crema) pasteurizada (simple)
BPM
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas y
BPM
natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
02.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
BPM
02.2.1.1
Mantequilla y mantequilla concentrada
BPM
04.1.1.1
Frutas frescas no tratadas
BPM
04.1.1.3
Frutas frescas peladas y/o cortadas
BPM
04.2.1.1
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
Nota 52
leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas frescas no
tratadas
04.2.1.3
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas frescas
peladas, cortadas y desmenuzadas
Página 179 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
04.2.2.1
RTCA 67.04.54:10
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
leguminosas y áloe vera) algas marinas y nueces y semillas congeladas
06.2.1
Harinas
BPM
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
BPM
08.1
Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza
BPM
09.1
Pescado y productos pesqueros frescos, incluidos moluscos, crustáceos y
BPM
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
equinodermos
BPM
moluscos, crustáceos y equinodermos
10.1
Huevos frescos
BPM
10.2.1
Productos líquidos a base de huevo
BPM
10.2.2
Productos congelados a base de huevo
BPM
11.1
Azúcares refinados y en bruto
BPM
11.5
Miel
14.1.5
BPM
Café, sucedáneos del
café, té,
infusiones
de
hierbas y otras bebidas
BPM
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
OXIDOS DE HIERRO
Oxido de hierro negro
INS 172i
Oxido de hierro amarillo
INS 172iii
Oxido de hierro rojo
INS 172ii
Función: Colorantes
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.6.2.2
01.6.4
Corteza de queso madurado
100 mg/kg
Queso elaborado, fundido
50 mg/kg
01.7
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
100 mg/kg
02.4
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
350 mg/kg
03.0
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
alimentos 01.7
300 mg/kg
04.1.1.2
Frutas frescas tratadas en la superficie
1000 mg/kg
04.1.2.4
Frutas en conserva enlatadas o en frasco (pasteurizadas)
300 mg/kg
04.1.2.5
Confituras, jaleas mermeladas
200 mg/kg
04.1.2.6
Productos para untar a base de fruta (p. ej., el chutney, excluidos los
500 mg/kg
04.1.2.7
Frutas confitadas
250 mg/kg
04.1.2.9
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas de
200 mg/kg
05.2
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1, 05.3
Nota 16
productos de la categoría de alimentos 04.1.2.5
fruta
200 mg/kg
y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
05.3
Goma de mascar
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
10000 mg/kg
06.2
Harinas y almidones
06.3
Cereales para el desayuno, incluidos los copos de avena
75 mg/kg
06.5
Postres a base de cereales y almidón (p ej. pudines de arroz, pudines de
75 mg/kg
07.2
Productos de panadería fina (dulces, salados, aromatizados) y mezclas
08.4
Tripas comestibles (p.ej., para embutidos)
1000 mg/kg
Nota 72
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
250 mg/kg
Nota 22
panadería fina), revestimientos
100 mg/kg
(que no sean de fruta) y salsas dulces
300 mg/kg
mandioca)
09.2.5
100 mg/kg
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.3.3
Sucedáneos de salmón, caviar y otros productos pesqueros a base de
100 mg/kg
huevas
10.1
12.2.2
Huevos frescos
BPM
Aderezos y condimentos
1000 mg/kg
Nota 4
Página 180 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
12.5
Sopas y caldos
12.6
Salsas y productos similares
75 mg/kg
Bebidas a base de agua saborizada, incluidas las bebidas para deportistas,
100 mg/kg
14.1.4
100 mg/kg
bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
15.1
Aperitivos
a
base
de
patatas
(papas),
cereales,
harina
o
almidón
500 mg/kg
Nueces elaboradas, incluidas las nueces (p.ej., con frutas, frutas secas)
400 mg/kg
(derivados de raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas
15.2
revestidas y mezclas de nueces
OXIGENO
INS 948
Función: Gas de envasado
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
Goma de mascar
BPM
Directiva
de alimentos
05.3
95/2/CE
PAPAINA
INS 1101ii
Función: Acentuador del aroma, agente de tratamiento de harina, estabilizador
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
06.2.1
Harinas
BPM
08.1.1
Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza, en piezas enteras o en
BPM
cortes
PECTINAS (AMIDADA Y NO AMIDADA)
INS 440
Función: Emulsificante, estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.2.1.2
Leches
fermentadas
(simples),
tratadas
térmicamente
después
de
la
BPM
fermentación
CODEX
STAN
243-2003:2010
Leches
Fermentadas
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas y
5000 mg/kg
natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
02.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
BPM
02.2.1.1
Mantequilla y mantequilla concentrada
BPM
04.1.2.5
Confituras, jaleas, mermeladas
BPM
04.2.2.1
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
20000 mg/kg
Nota 52
leguminosas y áloe vera) algas marinas y nueces y semillas congeladas
04.2.2.7
Productos
tubérculos,
a
base
de
legumbres
hortalizas
y
(incluidos
leguminosas
y
hongos
aloe
vera)
y
y
setas,
algas
raíces
y
BPM
marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
05.1
Productos de cacao y chocolate, incluidos los productos de imitación y
BPM
sucedáneos del chocolate
06.4.1
Pastas y fideos frescos y productos similares
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
BPM
BPM
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
20000 mg/kg
Nota 16
BPM
Notas 41 y 61
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.2
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.3
Productos
pesqueros
picados,
amalgamados
y
congelados,
incluidos
BPM
Pescado y productos pesqueros cocidos y/o fritos, incluidos moluscos,
BPM
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.4
crustáceos y equinodermos
09.2.5
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
BPM
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
10.2.1
Productos líquidos a base de huevo
BPM
10.2.2
Productos congelados a base de huevo
BPM
11.1.1
Azúcar blanco, dextrosa anhidra, dextrosa monohidrato y fructosa
BPM
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos de
BPM
11.4
azúcar)
12.1.2
Sucedáneos de la sal
BPM
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
BPM
13.1.2
Preparados de continuación
5000 mg/kg
13.2
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
13.3
Alimentos dietéticos
para
usos
medicinales
especiales
Nota 51
1000 mg/kg
(excluidos
los
1000 mg/kg
productos de la categoría 13.1)
14.1.2.1
Zumos (jugos) de frutas
BPM
Nota 35
14.1.2.3
Concentrados para zumos (jugos) de frutas
BPM
Notas 35 y 127
14.1.3.1
Néctares de frutas
BPM
14.1.3.2
Néctares de hortalizas
3000 mg/kg
14.1.3.3
Concentrados para néctares de frutas
BPM
14.1.3.4
Concentrados para néctares de hortalizas
3000 mg/kg
14.1.5
Café, sucedáneos
del café,
té, infusiones de hierbas
y otras
bebidas
Nota 127
BPM
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
PERÓXIDOS DE ACETONA
INS 929
Función: agente blanqueador acondicionador de masa,, agente de madurez
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
06.2.1
Harinas
BPM
PEROXIDO DE BENZOILO
INS 928
Función: Agente de blanqueo (no para harina), agente de tratamiento de harina
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.8.1
Suero líquido y productos a base de suero líquido, excluidos los quesos de
100 mg/kg
Nota 74
100 mg/kg
Nota 147
suero
01.8.2
Suero en polvo y productos a base de suero en polvo, excluidos los
quesos de suero
06.2.1
Harinas
66 mg/kg
PIMARICINA (NATAMICINA)
INS 235
Función: Sustancia conservadora
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
1.2.1
Leches fermentadas simples
BPM
01.6.1
Queso no madurado
40 mg/kg
Notas 3 y 80
01.6.2
Queso madurado
40 mg/kg
Notas 3 y 80
01.6.4
Queso elaborado, fundido
40 mg/kg
Notas 3 y 80
01.6.6
Queso de proteínas del suero
40 mg/kg
Notas 3 y 80
01.7
07
08.2.1.2
Postres lácteos( pudines, yogur aromatizado o con fruta)
BPM
Productos de panadería
BPM
Productos
cárnicos,
de
aves
de
corral
y
caza
elaborados,
curados
6 mg/kg
(incluidos los salados), desecados y sin tratar térmicamente, en piezas
enteras o en cortes
08.3.1.2
Productos
cárnicos,
de aves
de
corral
y caza
picados y
elaborados,
20 mg/kg
Notas 3 y 81
curados (incluidos los salados) y sin tratar térmicamente
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
12.6
RTCA 67.04.54:10
Salsas y productos similares
POLIDEXTROSA A Y N
BPM
INS 1200
Función: Agente de carga, humectante, estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas y
BPM
natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
02.2.1.1
Mantequilla y mantequilla concentrada
BPM
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
BPM
09.2.4
Pescado y productos pesqueros cocidos y/o fritos, incluidos moluscos,
Nota 52
moluscos, crustáceos y equinodermos
BPM
crustáceos y equinodermos
10.2.1
Productos líquidos a base de huevo
10.2.2
Productos congelados a base de huevo
BPM
BPM
11.1
Azúcares refinados y en bruto
BPM
11.2
Azúcar moreno, excluidos los productos de la categoría de alimentos
BPM
11.1.3
11.3
Soluciones
azucaradas
y
jarabes,
tambien
azucares
(parcialmente)
BPM
invertidos, incluida la melaza, excluidos los productos de la categoria de
alimentos 11.1.3
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos de
BPM
azúcar)
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
BPM
Nota 51
POLISORBATOS
Monolaurato de polioxietinelado (20)-sorbitán
INS 432
Monooelato de polioxietinelado (20)-sorbitán
INS 433
Monopalmitato de polioxietinelado (20)-sorbitán
INS 434
Monoestearato de polioxietinelado (20)-sorbitán
INS 435
Tristearato de polioxietinelado (20)-sorbitán
INS 436
Función: Agente antiespumante, adyuvante, emulsificante, agente espumante, agente de tratamiento de harina, estabilizador
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.2
Bebidas lácteas, saborizadas y/o fermentadas (p. ej., leche con chocolate,
3000 mg/kg
cacao, ponche de huevo, yogur para beber, bebidas a base de suero
01.3.2
Blanqueadores de bebidas
5000 mg/kg
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas y
1000 mg/kg
01.4.3
Nata (crema) cuajada natural
1000 mg/kg
01.4.4
Productos similares a la nata (crema)
5000 mg/kg
01.5.2
Productos similares a la leche y la nata (crema) en polvo
4000 mg/kg
01.6.1
Queso no madurado
80 mg/kg
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
3000 mg/kg
Emulsiones grasas, principalmente del tipo agua en aceite
1000 mg/kg
natas (cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
01.7
02.2
Nota 38
02.1.2
Grasas y aceites vegetales
5000 mg/kg
Nota 102
02.1.3
Manteca de cerdo, cebo, aceite de pescado y otras grasas de origen animal
5000 mg/kg
Nota 102
02.1.4
Mezcla de aceites y/o grasas de origen animal y vegetal. Mezclas de las
5000 mg/kg
Nota 102
categorías 2.1.2 y 2.1.3
02.2.2
Emulsiones con menos del 80% de grasa
10000 mg/kg
Nota 102
02.3
Emulsiones grasas, principalmente del tipo agua en aceite, incluidos los
5000 mg/kg
Nota 102
02.4
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
3000 mg/kg
Nota 102
productos a base de emulsiones grasas mezcladas y/o aromatizados
alimentos 01.7
03.0
04.1.2.8
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
1000 mg/kg
Preparados a base de fruta, incluida la pulpa, los purés, los revestimientos
1000 mg/kg
Nota 154
Página 183 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
de fruta y la leche de coco
04.1.2.9
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas de
3000 mg/kg
fruta
04.1.2.11
04.2.2.3
Rellenos de fruta para panadería
3000 mg/kg
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
500 mg/kg
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en vinagre, aceite, salmuera o
salsa de soya
04.2.2.4
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos legumbres y
30 mg/kg
Notas 7 y 100
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en conserva, en latas o frascos
(pasteurizadas) o en bolsas de esterilización
04.2.2.6
Pulpas y preparados de hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y
3000 mg/kg
tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera) algas marinas y nueces
y semillas (como los postres y las salsas a base de hortalizas y hortalizas
confitadas) distintos de los indicados en la categoría de alimentos 04.2.2.5
05.1.2
Mezclas de cacao (jarabes)
05.1.3
Productos para untar a base de cacao, incluidos rellenos a base de cacao
1000 mg/kg
05.1.4
Productos de cacao y chocolate
50000 mg/kg
05.1.5
Productos de imitación y sucedáneos del chocolate
5000 mg/kg
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1, 05.3
1000 mg/kg
05.2
500 mg/kg
Nota 101
y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
05.3
Goma de mascar
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
5000 mg/kg
panadería fina), revestimientos
3000 mg/kg
(que no sean de fruta) y salsas dulces
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
5000 mg/kg
06.4.3
Pastas y fideos precocidos y productos similares
5000 mg/kg
06.5
Postres a base de cereales y almidón (p ej. pudines de arroz, pudines de
5000 mg/kg
06.6
Mezclas batidas para rebosar (p. ej., para empanar o rebosar pescado o
Nota 153
mandioca)
5000 mg/kg
Nota 2
carne de aves de corral
07.1.1
Panes y panecillos
07.1.2
Crackers, excluidos los crackers dulces
3000 mg/kg
5000 mg/kg
Nota 11
07.1.3
Otros productos de panadería ordinaria (p. ej., bagels, pita, muffins
3000 mg/kg
Nota 11
07.1.4
Productos similares al pan, incluidos los rellenos a base de pan y el pan
3000 mg/kg
Nota 11
ingleses etc.)
rallado
07.1.5
Panes y bollos dulces al vapor
3000 mg/kg
Nota 11
07.1.6
Mezclas para pan y productos de panadería ordinaria
3000 mg/kg
Nota 11
07.2
Productos de panadería fina (dulces, salados, aromatizados) y mezclas
3000 mg/kg
08.2
Productos cárnicos, de aves de corral y caza elaborados en piezas enteras
5000 mg/kg
08.3
Productos cárnicos, de aves de corral y caza picados y elaborados
5000 mg/kg
08.4
Tripas comestibles (p.ej., para embutidos)
1500 mg/kg
10.4
Postres a base de huevo ( p ej., flan)
3000 mg/kg
Sal
10 mg/kg
Hierbas aromáticas, especias aderezos (incluidos los sucedáneos de la sal)
10000 mg/kg
o en cortes
12.1.1
12.2
y condimentos (p e., el condimentos para fideos instantáneos)
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
2000 mg/kg
12.2.2
Aderezos y condimentos
5000 mg/kg
Sopas y caldos
1000 mg/kg
12.6.1
12.5
Salsas emulsionadas (p ej., mayonesa, aderezos para ensaladas)
3000 mg/kg
12.6.2
Salsas no emulsionadas (p ej.,ketchup, salsas a base de queso, salsas a
5000 mg/kg
base de nata (crema) y salsa gravy
12.6.3
Mezclas para salsas y gravies
5000 mg/kg
12.6.4
Salsas ligeras (p ej., salsa de pescado)
5000 mg/kg
Nota 127
Página 184 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
12.7
RTCA 67.04.54:10
Emulsiones para ensaladas (p.ej., la ensalada de macarrones, la ensalada
2000 mg/kg
de patatas (papas)) y para untar emparedados, excluidas las emulsiones
para untar a base de cacao y nueces de las categorías de alimentos
04.2.2.5 y 05.1.3
13.3
Alimentos dietéticos
para
usos
medicinales
especiales
(excluidos
los
1000 mg/kg
productos de la categoría de alimentos 13.1)
13.4
Preparados dietéticos para adelgazamiento y control del peso
1000 mg/kg
13.6
Complementos alimenticios
25000 mg/kg
Bebidas a base de agua saborizada, incluidas las bebidas para deportistas,
500 mg/kg
14.1.4
Nota 127
bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
14.2.6
Licores destilados que contengan más de un 15% de alcohol
14.2.7
Bebidas
alcohólicas
saborizadas
(p.ej.,
cerveza,
vino
120 mg/kg
y
bebidas
120 mg/kg
espirituosas tipo refresco, refrescos con bajo contenido de alcohol)
16.0
Alimentos compuestos (que no pueden clasificarse en las categorías 01 -
1000 mg/kg
15)
POLIVINILPIRROLIDONA
INS 1201
Función: Adyuvante, emulsificante, agente de glaseado, estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
04.1.1.2
Frutas frescas tratadas en la superficie
BPM
05.3
Goma de mascar
10000 mg/kg
11.6
Edulcorantes de mesa, incluidos los que contienen edulcorantes de gran
3000 mg/kg
intensidad
12.3
Vinagres
40 mg/kg
13.6
Complementos alimenticios
BPM
Concentrados (líquidos o sólidos) para bebidas a base de agua saborizadas
500 mg/kg
14.2.1
Cerveza y bebidas a base de malta
10 mg/kg
Nota 36
14.2.2
Sidra y sidra de pera
2 mg/kg
Nota 36
14.1.4.3
PONCEAU 4R
INS 124
Función: Colorante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.2
Bebidas lácteas, saborizadas y/o fermentadas (p. ej., leche con chocolate,
150 mg/kg
Notas 52
Nota 3
cacao, ponche de huevo, yogur para beber, bebidas a base de suero
Queso no madurado
100 mg/kg
01.6.2.2
01.6.1
Corteza de queso madurado
100 mg/kg
01.6.4.2
Queso fundido aromatizado, incluido el que contiene fruta, hortalizas,
100 mg/kg
carne, etc.
01.6.5
Productos similares al queso
100 mg/kg
01.7
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
150 mg/kg
02.4
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
50 mg/kg
03.0
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
50 mg/kg
04.1.2.4
Frutas en conserva enlatadas o en frasco (pasteurizadas)
300 mg/kg
04.1.2.5
Confituras, jaleas mermeladas
100 mg/kg
04.1.2.6
Productos para untar a base de fruta (p. ej., el chutney, excluidos los
500 mg/kg
04.1.2.7
Frutas confitadas
200 mg/kg
04.1.2.8
Preparados a base de fruta, incluida la pulpa, los purés, los revestimientos
50 mg/kg
Nota 3
alimentos 01.7
productos de la categoría de alimentos 04.1.2.5
Nota 182
de fruta y la leche de coco
04.1.2.9
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas de
50 mg/kg
fruta
Página 185 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
04.1.2.11
04.2.2.7
RTCA 67.04.54:10
Rellenos de fruta para panadería
Productos
a
tubérculos,
base
de
50 mg/kg
hortalizas
legumbres
y
(incluidos
leguminosas
y
hongos
aloe
y
vera)
y
setas,
raíces
algas
y
500 mg/kg
marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
05.1.4
Productos de cacao y chocolate
300
05.1.5
Productos de imitación y sucedáneos del chocolate
50 mg/kg
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1, 05.3
300 mg/kg
05.2
mg/kg
Nota 183
y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
05.3
Goma de mascar
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
panadería fina), revestimientos
50 mg/kg
300 mg/kg
06.5
Postres a base de cereales y almidón (p ej. pudines de arroz, pudines de
50 mg/kg
(que no sean de fruta) y salsas dulces
mandioca)
07.2
Productos de panadería fina (dulces, salados, aromatizados) y mezclas
08.4
Tripas comestibles (p.ej., para embutidos)
500 mg/kg
Nota 16
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
500 mg/kg
Nota 16 y 95
500 mg/kg
Nota 16 y 95
Nota 95
09.2.2
50 mg/kg
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.3
Productos
pesqueros
picados,
amalgamados
y
congelados,
incluidos
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.4.1
Pescado y productos pesqueros cocidos
500 mg/kg
09.2.4.2
Moluscos, crustáceos y equinodermos cocidos
250 mg/kg
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
100 mg/kg
09.2.5
Nota 22
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.3.3
Sucedáneos de salmón, caviar y otros productos pesqueros a base de
500 mg/kg
huevas
09.3.4
Pescado
y
productos
pesqueros
semiconservados,
crustáceos y equinodermos ( p. ej.,la
incluye
moluscos,
100 mg/kg
pasta de pescado) excluidos los
productos de las categorías de alimentos 09.3.1 - 09.3.3
09.4
Pescado y productos pesqueros (incluidos los moluscos, crustáceos y
500 mg/kg
equinodermos) en conserva, con inclusión de los enlatados y fermentados
10.1
Huevos frescos
500 mg/kg
10.4
Postres a base de huevo ( p ej., flan)
50 mg/kg
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos de
300 mg/kg
Nota 4
Nota 159
azúcar)
12.2.2
Aderezos y condimentos
500 mg/kg
12.4
Mostazas
300 mg/kg
12.5
Sopas y caldos
50 mg/kg
12.6
Salsas y productos similares
50 mg/kg
12.7
Emulsiones para ensaladas (p.ej., la ensalada de macarrones, la ensalada
200 mg/kg
de patatas (papas)) y para untar emparedados, excluidas las emulsiones
para untar a base de cacao y nueces de las categorías de alimentos
04.2.2.5 y 05.1.3
13.3
Alimentos
dietéticos
para
usos medicinales
especiales
(excluidos
los
50 mg/kg
productos de la categoría de alimentos 13.1)
13.4
Preparados dietéticos para adelgazamiento y control del peso
13.5
Alimentos
13.6
Complementos alimenticios
300 mg/kg
14.1.4
Bebidas a base de agua saborizada, incluidas las bebidas para deportistas,
50 mg/kg
14.2.6
Licores destilados que contengan más de un 15% de alcohol
14.2.7
Bebidas
dietéticos (p.ej.,
los
complementos
alimenticios
50 mg/kg
para
usos
300 mg/kg
dietéticos), excluidos los indicados en las categorías 13.1 - 13.4 y 13.6
bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
alcohólicas
saborizadas
(p.ej.,
cerveza,
vino
200 mg/kg
y
bebidas
200 mg/kg
espirituosas tipo refresco, refrescos con bajo contenido de alcohol)
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
a
base
de
patatas
(papas),
cereales,
RTCA 67.04.54:10
15.1
Aperitivos
harina
o
almidón
200 mg/kg
15.2
Nueces elaboradas, incluidas las nueces (p.ej., con frutas, frutas secas)
100 mg/kg
(derivados de raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas
revestidas y mezclas de nueces
PROPILENGLICOL
INS 1520
Función: Antiaglutinante, adyuvante, agente antiespumante, agente de carga, emulsificante, agente de tratamiento de las harinas,
humectante, estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.7
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
25000 mg/kg
03.0
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
20000 mg/kg
04.1.2.2
Frutas desecadas
20000 mg/kg
04.1.2.7
Frutas confitadas
20000 mg/kg
04.1.2.8
Preparados a base de fruta, incluida la pulpa, los purés, los revestimientos
20000 mg/kg
04.1.2.9
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas de
Solo para postres
congelados
de fruta y la leche de coco
2000 mg/kg
FDA 184.1666
fruta
04.1.2.11
Rellenos de fruta para panadería
20000 mg/kg
04.2.1
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
50000 mg/kg
04.2.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
leguminosas y áloe vera) algas marinas y nueces y semillas frescas
50000 mg/kg
Nota 79
leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas elaboradas
05.0
Confitería
20000 mg/kg
06.4.1
Pastas y fideos frescos y productos similares
20000 mg/kg
06.4.3
Pastas y fideos precocidos y productos similares
20000 mg/kg
Mezclas batidas para rebosar (p. ej., para empanar o rebosar pescado o
500 mg/kg
06.6
Nota 72
carne de aves de corral
Pan y productos de panadería ordinaria
10000 mg/kg
07.2.1
07.1
Tortas, galletas y pasteles (p ej., rellenos de fruta o crema)
20000 mg/kg
07.2.2
Otros productos de panadería fina (p ej., donuts, panecillos dulces,
10000 mg/kg
scones (bollos ingleses) y muffins)
07.2.3
Mezclas para panadería fina (p ej., tortas, tortitas o panqueques)
10000 mg/kg
09.2.5
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
20000 mg/kg
Nota 22
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
11.6
Edulcorantes de mesa, incluidos los que contienen edulcorantes de gran
BPM
intensidad
12.2.2
12.4
Aderezos y condimentos
BPM
Mostazas
15000 mg/kg
12.5.2
Mezclas para sopas y caldos
500 mg/kg
Nota 127
12.6.1
Salsas emulsionadas (p ej., mayonesa, aderezos para ensaladas)
2000 mg/kg
FDA 184.1666
12.6.2
Salsas no emulsionadas (p ej.,ketchup, salsas a base de queso, salsas a
2000 mg/kg
FDA 184.1666
base de nata (crema) y salsa gravy
13.6
Complementos alimenticios
2000 mg/kg
14.1.4.1
Bebidas a base de agua saborizada con gas
3000 mg/kg
14.1.4.2
Bebidas a base de agua saborizada sin gas, incluidos los ponches de fruta
3000 mg/kg
14.1.4.3
Concentrados (líquidos o sólidos) para bebidas a base de agua saborizadas
20000 mg/kg
14.2
Bebidas alcohólicas, incluidas las bebidas análogas sin alcohol y con bajo
50000 mg/kg
15.1
Aperitivos
y las limonadas y bebidas similares
contenido de alcohol
a
base
de
patatas
(papas),
cereales,
harina
o
almidón
300 mg/kg
(derivados de raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas
15.2
Nueces elaboradas, incluidas las nueces (p.ej., con frutas, frutas secas)
20000 mg/kg
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
revestidas y mezclas de nueces
PROPIONATO CALCICO
INS 282
Función: Sustancia conservadora
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.6.6
06.2
Queso de proteínas del suero
3000 mg/kg
Harinas y almidones
1000 mg/kg
PROPIONATO DE SODIO
Nota 70
INS 281
Funcion: Sustancias conservadoras
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.6.6
Queso de proteínas del suero
PROTEASA (A ORIZAE VAR)
3000 mg/kg
Nota 70
INS 1101i
Función: Enzima, acentuador del aroma, agente de tratamiento de las harinas, agente de glaseado
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
06.2.1
Harinas
BPM
RESINA DE GUAYACO
INS 314
Función: Antioxidante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
1000 mg/kg
02.1.2
02.1
Grasas y aceites vegetales
1000 mg/kg
02.1.3
Manteca de cerdo, sebo, aceite de pescado y otras grasas de origen animal
1000 mg/kg
02.2.1
Emulsiones con un 80% de grasa como mínimo
1000 mg/kg
Margarina y productos similares
1000 mg/kg
05.3
Goma de mascar
1500 mg/kg
12.6
Salsas y productos similares
600 mg/kg
02.2.1.2
Nota 15
RIBOFLAVINAS
Riboflavina '5 fosfato
INS 101i
Riboflavina '5 fosfato de sodio
INS 101ii
Función: Colorante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.2
Bebidas lácteas, saborizadas y/o fermentadas (p. ej., leche con chocolate,
300 mg/kg
Nota 52
cacao, ponche de huevo, yogur para beber, bebidas a base de suero
01.3.2
Blanqueadores de bebidas
300 mg/kg
01.5.2
Productos similares a la leche y la nata (crema) en polvo
300 mg/kg
01.6.1
Queso no madurado
300 mg/kg
Queso madurado, incluida la corteza
300 mg/kg
01.6.2.1
01.6.2.2
Corteza de queso madurado
300 mg/kg
01.6.4
Queso elaborado, fundido
300 mg/kg
01.6.5
Productos similares al queso
300 mg/kg
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
300 mg/kg
02.1.2
Grasas y aceites vegetales
300 mg/kg
02.1.3
Manteca de cerdo, sebo, aceite de pescado y otras grasas de origen animal
300 mg/kg
02.1.4
Mezcla de aceites y/o grasas de origen animal y vegetal. Mezclas de las
300 mg/kg
02.2.2
Emulsiones con menos del 80% de grasa
300 mg/kg
Emulsiones grasas, principalmente del tipo agua en aceite, incluidos los
300 mg/kg
01.7
categorías 2.1.2 y 2.1.3
02.3
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
productos a base de emulsiones grasas mezcladas y/o saborizadas
02.4
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
300 mg/kg
alimentos 01.7
03.0
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
500 mg/kg
04.1.1.2
Frutas frescas tratadas en la superficie
300 mg/kg
04.1.2.4
Frutas en conserva enlatadas o en frasco (pasteurizadas)
300 mg/kg
04.1.2.5
Confituras, jaleas mermeladas
200 mg/kg
04.1.2.6
Productos para untar a base de fruta (p. ej., el chutney, excluidos los
500 mg/kg
04.1.2.7
Frutas confitadas
300 mg/kg
04.1.2.8
Preparados a base de fruta, incluida la pulpa, los purés, los revestimientos
300 mg/kg
04.1.2.9
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas de
Nota 16
productos de la categoría de alimentos 04.1.2.5
de fruta y la leche de coco
300 mg/kg
fruta
04.1.2.10
Productos de fruta fermentada
04.1.2.11
Rellenos de fruta para panadería
300 mg/kg
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
300 mg/kg
04.2.1.2
500 mg/kg
Nota 4 y 16
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
04.2.2.3
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
500 mg/kg
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en vinagre, aceite, salmuera o
salsa de soya
04.2.2.6
Pulpas y preparados de hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y
300 mg/kg
Nota 92
tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera) algas marinas y nueces
y semillas (como los postres y las salsas a base de hortalizas y hortalizas
confitadas) distintos de los indicados en la categoría de alimentos 04.2.2.5
04.2.2.7
Productos
tubérculos,
a
base
de
legumbres
hortalizas
y
(incluidos
leguminosas
y
hongos
áloe
y
vera)
y
setas,
raíces
algas
y
500 mg/kg
marinas
fermentadas, excluidos los productos fermentados de soja de la categoría
12.10
05.1.5
Productos de imitación y sucedáneos del chocolate
1000 mg/kg
05.2
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1, 05.3
1000 mg/kg
05.3
Goma de mascar
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
06.3
Cereales para el desayuno, incluidos los copos de avena
300 mg/kg
Pastas y fideos precocidos y productos similares
300 mg/kg
Postres a base de cereales y almidón (p ej. pudines de arroz, pudines de
300 mg/kg
y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
1000 mg/kg
panadería fina), revestimientos
1000 mg/kg
(que no sean de fruta) y salsas dulces
06.4.3
06.5
mandioca)
06.6
Mezclas batidas para rebosar (p. ej., para empanar o rebosar pescado o
300 mg/kg
carne de aves de corral
07.2
Productos de panadería fina (dulces, salados, aromatizados) y mezclas
300 mg/kg
08.2
Productos cárnicos, de aves de corral y caza elaborados, en piezas enteras
1000 mg/kg
Nota 16
o en cortes
08.3
Productos cárnicos, de aves de corral y caza picados y elaborados
1000 mg/kg
Nota 16
08.4
Tripas comestibles (p. ej., para embutidos)
1000 mg/kg
Nota 16
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
1000 mg/kg
Nota 95
300 mg/kg
Nota 16
300 mg/kg
Nota 16
300 mg/kg
Nota 95
09.2.1
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.2
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.3
Productos
pesqueros
picados,
amalgamados
y
congelados,
incluidos
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.4.1
Pescado y productos pesqueros cocidos
Página 189 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
09.2.4.2
Moluscos, crustáceos y equinodermos cocidos
300 mg/kg
09.2.4.3
Pescado y productos pesqueros fritos, incluidos moluscos, crustáceos y
300 mg/kg
Nota 16
300 mg/kg
Nota 22
incluidos
300 mg/kg
Nota 16
Pescado y productos pesqueros escabechados y/o en salmuera, incluidos
300 mg/kg
Nota 16
equinodermos
09.2.5
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.3.1
Pescado
y
productos pesqueros marinados y/o
en
gelatina,
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.3.2
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.3.3
Sucedáneos de salmón, caviar y otros productos pesqueros a base de
300 mg/kg
huevas
09.3.4
Pescado
y
productos
pesqueros
semiconservados,
crustáceos y equinodermos ( p. ej.,la
incluye
moluscos,
300 mg/kg
pasta de pescado) excluidos los
productos de las categorías de alimentos 09.3.1 - 09.3.3
09.4
Pescado y productos pesqueros (incluidos los moluscos, crustáceos y
500 mg/kg
Nota 95
Nota 4
equinodermos) en conserva, con inclusión de los enlatados y fermentados
10.1
Huevos frescos
300 mg/kg
10.4
Postres a base de huevo ( p ej., flan)
300 mg/kg
11.3
Soluciones
azucaradas
y
jarabes,
tambien
azucares
(parcialmente)
300 mg/kg
invertidos, incluida la melaza, excluidos los productos de la categoria de
alimentos 11.1.3
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos de
300 mg/kg
azúcar)
12.2.2
12.4
12.5.1
Aderezos y condimentos
350 mg/kg
Mostazas
300 mg/kg
Sopas
y
caldos
listos
para
el
consumo,
incluidos
los
envasados,
200 mg/kg
embotellados y congelados
12.5.2
Mezclas para sopas y caldos
150 mg/kg
12.6
Salsas y productos similares
350 mg/kg
12.7
Emulsiones para ensaladas (p.ej., la ensalada de macarrones, la ensalada
300 mg/kg
de patatas (papas)) y para untar emparedados, excluidas las emulsiones
para untar a base de cacao y nueces de las categorías de alimentos
04.2.2.5 y 05.1.3
13.3
Alimentos dietéticos
para
usos
medicinales
especiales
(excluidos
los
300 mg/kg
usos
300 mg/kg
productos de la categoría de alimentos 13.1)
13.4
Preparados dietéticos para adelgazamiento y control del peso
13.5
Alimentos
13.6
Complementos alimenticios
300 mg/kg
Néctares de frutas
100 mg/kg
Bebidas a base de agua saborizada, incluidas las bebidas para deportistas,
50 mg/kg
dietéticos
(p.ej.,
los
complementos
300 mg/kg
alimenticios para
dietéticos), excluidos los indicados en las categorías 13.1 - 13.4 y 13.6
14.1.3.1
14.1.4
bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
14.2.2
Sidra y sidra de pera
14.2.4
Vinos (distintos de los de uva)
300 mg/kg
300 mg/kg
14.2.6
Licores destilados que contengan más de un 15% de alcohol
BPM
14.2.7
Bebidas
alcohólicas
saborizadas
(p.ej.,
cerveza,
vino
y
bebidas
100 mg/kg
almidón
1000 mg/kg
espirituosas tipo refresco, refrescos con bajo contenido de alcohol)
15.1
Aperitivos
a
base
de
patatas
(papas),
cereales,
harina
o
(derivados de raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas
15.2
Nueces
elaboradas,
incluidas
las
nueces
(p.
ej.,
con
frutas
secas)
1000 mg/kg
revestidas y mezclas de nueces
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
ROJO ALLURA AC
RTCA 67.04.54:10
INS 129
Función: Colorante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.2
Bebidas lácteas, saborizadas y/o fermentadas (p. ej., leche con chocolate,
300 mg/kg
cacao, ponche de huevo, yogur para beber, bebidas a base de suero
01.6.2.2
01.6.4
01.6.4.2
01.6.5
01.7
02.1.2
Corteza de queso madurado
100 mg/kg
Queso elaborado, fundido
100 mg/kg
Queso fundido aromatizado, incluido el que contiene fruta, hortalizas,
carne, etc.
100 mg/kg
Productos similares al queso
300 mg/kg
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
300 mg/kg
Grasas y aceites vegetales
500 mg/kg
Nota 3
RTCA
67.04.40:07
Grasas y aceites
02.1.3
Manteca de cerdo, cebo, aceite de pescado y otras grasas de origen animal
500 mg/kg
02.1.4
Mezcla de aceites y/o grasas de origen animal y vegetal. Mezclas de las
500 mg/kg
categorías 2.1.2 y 2.1.3
02.2.1.1
Mantequilla y mantequilla concentrada
02.2.1.2
Margarina y productos similares
300 mg/kg
300 mg/kg
02.4
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
300 mg/kg
03.0
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
alimentos 01.7
300 mg/kg
04.1.1.2
Frutas frescas tratadas en la superficie
500 mg/kg
04.1.2.4
Frutas en conserva enlatadas o en frasco (pasteurizadas)
200 mg/kg
04.1.2.5
Confituras, jaleas mermeladas
500 mg/kg
04.1.2.6
Productos para untar a base de fruta (p. ej., el chutney, excluidos los
500 mg/kg
04.1.2.7
Frutas confitadas
300 mg/kg
04.1.2.8
Preparados a base de fruta, incluida la pulpa, los purés, los revestimientos
800 mg/kg
04.1.2.9
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas de
Nota 16
productos de la categoría de alimentos 04.1.2.5
de fruta y la leche de coco
300 mg/kg
fruta
04.1.2.11
04.2.1.2
Rellenos de fruta para panadería
800 mg/kg
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
500 mg/kg
Nota 16
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
04.2.2.3
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
500 mg/kg
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en vinagre, aceite, salmuera o
salsa de soya
04.2.2.4
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos legumbres y
200 mg/kg
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en conserva, en latas o frascos
(pasteurizadas) o en bolsas de esterilización
04.2.2.6
Pulpas y preparados de hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y
200 mg/kg
tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera) algas marinas y nueces
y semillas (como los postres y las salsas a base de hortalizas y hortalizas
confitadas) distintos de los indicadas en la categoría de alimentos 04.2.2.5
05.1.3
Productos para untar a base de cacao, incluidos rellenos a base de cacao
05.1.4
Productos de cacao y chocolate
300 mg/kg
05.1.5
Productos de imitación y sucedáneos del chocolate
300 mg/kg
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1, 05.3
348 mg/kg
05.2
300 mg/kg
y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
05.3
Goma de mascar
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
467 mg/kg
panadería fina), revestimientos
500 mg/kg
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
(que no sean de fruta) y salsas dulces
06.3
Cereales para el desayuno, incluidos los copos de avena
300 mg/kg
06.5
Postres a base de cereales y almidón (p ej. pudines de arroz, pudines de
300 mg/kg
mandioca)
07.1.2
Crackers, excluidos los crackers dulces:
07.1.3
Otros productos de panadería
ordinaria
300 mg/kg
(p.
ej.,
bagels,
pita,
muffins
300 mg/kg
07.2.1
Tortas, galletas y pasteles (p ej., rellenos de fruta o crema)
2200 mg/kg
07.2.2
Otros productos de panadería fina (p ej., donuts, panecillos dulces,
300 mg/kg
07.2.3
Mezclas para panadería fina (p ej., tortas, tortitas o panqueques)
300 mg/kg
Productos cárnicos, de aves de corral y caza elaborados en piezas enteras
500 mg/kg
Nota 16
500 mg/kg
Nota 16
ingleses, etc.):
scones (bollos ingleses) y muffins)
08.2
o en cortes
08.3.1
Productos cárnicos, de aves de corral y caza picados y elaborados sin
tratar térmicamente
08.3.2
Productos
cárnicos,
de
aves
de
corral
y
caza picados,
elaborados
y
25 mg/kg
aves
de
corral y
caza
elaborados
y
500 mg/kg
Nota 16
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
500 mg/kg
Nota 95
500 mg/kg
Nota 16
500 mg/kg
Nota 16
tratados térmicamente
08.3.3
Productos
cárnicos,
de
picados,
congelados
09.2.1
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.2
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.3
Productos
pesqueros
picados,
amalgamados
y
congelados,
incluidos
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.4.1
Pescado y productos pesqueros cocidos
500 mg/kg
09.2.4.2
Moluscos, crustáceos y equinodermos cocidos
250 mg/kg
09.2.4.3
Pescado y productos pesqueros fritos, incluidos moluscos, crustáceos y
500 mg/kg
Nota 16
500 mg/kg
Nota 22
incluidos
500 mg/kg
Nota 16
Pescado y productos pesqueros escabechados y/o en salmuera, incluidos
500 mg/kg
Nota 16
equinodermos
09.2.5
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.3.1
Pescado
y
productos pesqueros marinados y/o
en
gelatina,
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.3.2
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.3.3
Sucedáneos de salmón, caviar y otros productos pesqueros a base de
500 mg/kg
huevas
09.3.4
Pescado
y
productos
pesqueros
semiconservados,
crustáceos y equinodermos ( p. ej.,la
incluye
moluscos,
500 mg/kg
pasta de pescado) excluidos los
productos de las categorías de alimentos 09.3.1 - 09.3.3
09.4
Pescado y productos pesqueros (incluidos los moluscos, crustáceos y
500 mg/kg
equinodermos) en conserva, con inclusión de los enlatados y fermentados
10.1
Huevos frescos
100 mg/kg
10.4
Postres a base de huevo ( p ej., flan)
300 mg/kg
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos de
300 mg/kg
Nota 4
azúcar)
12.2.2
Aderezos y condimentos
500 mg/kg
12.4
Mostazas
300 mg/kg
12.5
Sopas y caldos
300 mg/kg
12.6
Salsas y productos similares
500 mg/kg
12.6.1
Salsas emulsionadas
BPM
12.9.5
Otros productos proteínicos
100 mg/kg
13.3
Alimentos dietéticos
para
usos
medicinales
especiales
(excluidos
los
FDA 74.340
50 mg/kg
productos de la categoría de alimentos 13.1)
Página 192 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
13.4
Preparados dietéticos para adelgazamiento y control del peso
13.5
Alimentos
dietéticos
(p.ej.,
los
complementos
50 mg/kg
alimenticios para
usos
300 mg/kg
dietéticos), excluidos los indicados en las categorías 13.1 - 13.4 y 13.6
13.6
Complementos alimenticios
300 mg/kg
14.1.4.1
Bebidas a base de agua saborizada con gas
300 mg/kg
14.1.4.2
Bebidas a base de agua saborizada sin gas, incluidos los ponches de fruta
300 mg/kg
14.1.4.3
Concentrados (líquidos o sólidos) para bebidas a base de agua saborizadas
BPM
14.2.6
Licores destilados que contengan más de un 15% de alcohol
300 mg/kg
14.2.7
Bebidas
y las limonadas y bebidas similares
alcohólicas
saborizadas
(p.ej.,
cerveza,
vino
y
bebidas
200 mg/kg
almidón
200 mg/kg
Nueces elaboradas, incluidas las nueces (p.ej., con frutas, frutas secas)
100 mg/kg
FDA 74.340
espirituosas tipo refresco, refrescos con bajo contenido de alcohol)
15.1
Aperitivos
a
base
de
patatas
(papas),
cereales,
harina
o
(derivados de raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas
15.2
revestidas y mezclas de nueces
16.0
Alimentos compuestos (que no pueden clasificarse en las categorías 01 -
500 mg/kg
15)
ROJO DE AZORRUBINA (CARMOISINA)
INS 122
Función: Colorante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
05.2.1
Caramelos duros
50 mg/kg
Directiva
94/36/CE
05.2.2
Caramelos blandos
50 mg/kg
Directiva
94/36/CE
05.3
Goma de mascar
50 mg/kg
Directiva
94/36/CE
14.1.4.1
Bebidas a base de agua saborizadas con gas
50 mg/kg
DIECTIVA
94/36/EC30
ROJO DE REMOLACHA
INS 162
Función: Colorante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
BPM
02.2.1.1
02.1
Mantequilla y mantequilla concentrada
BPM
Nota 52
04.1.1.2
Frutas frescas tratadas en la superficie
BPM
Nota 16
04.2.1.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
Nota 16
leguminosas (incluida la soja) y aloe vera), algas marinas y nueces y
semillas frescas tratadas en la superficie
06.1
Granos enteros, triturados o en copos, incluyendo arroz
BPM
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
BPM
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
BPM
09.2.2
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
moluscos, crustáceos y equinodermos
BPM
Nota 16
BPM
Nota 16
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.3
Productos
pesqueros
picados,
amalgamados
y
congelados,
incluidos
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.4.1
Pescado y productos pesqueros cocidos
BPM
09.2.4.2
Moluscos, crustáceos y equinodermos cocidos
BPM
09.2.4.3
Pescado y productos pesqueros fritos, incluidos moluscos, crustáceos y
BPM
Nota 16
BPM
Nota 22
equinodermos
09.2.5
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
Página 193 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
10.1
Huevos frescos
BPM
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos de
BPM
Nota 4
azúcar)
14.1.3.1.
Néctares de frutas
14.1.3.2
Néctares de hortalizas
BPM
14.2.3.3
Vino de uva enriquecido, vino de uva licoroso y vino de uva dulce
BPM
14.2.7
Bebidas
BPM
alcohólicas
saborizadas
(p.ej.
cerveza,
vino
y
bebidas
FDA 73.40
BPM
espirituosas tipo refresco, refrescos con bajo contenido de alcohol)
SACARINA
Sacarina (y sus sales de sodio, potasio y calcio)
INS 954
Función: Acentuador del aroma, edulcorante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.2
Bebidas lácteas, saborizadas y/o fermentadas (p. ej., leche con chocolate,
80 mg/kg
cacao, ponche de huevo, yogur para beber, bebidas a base de suero
01.7
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
100 mg/kg
02.4
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
100 mg/kg
03.0
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
100 mg/kg
04.1.2.3
Frutas en vinagre, aceite o salmuera
160 mg/kg
04.1.2.4
Frutas en conserva enlatadas o en frasco (pasteurizadas)
200 mg/kg
alimentos 01.7
04.1.2.5
Confituras, jaleas mermeladas
200 mg/kg
04.1.2.6
Productos para untar a base de fruta (p. ej., el chutney, excluidos los
200 mg/kg
04.1.2.7
Frutas confitadas
5000 mg/kg
04.1.2.8
Preparados a base de fruta, incluida la pulpa, los purés, los revestimientos
200 mg/kg
04.1.2.9
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas de
Nota 144
productos de la categoría de alimentos 04.1.2.5
de fruta y la leche de coco
100 mg/kg
fruta
04.1.2.10
04.2.2.1
Productos de fruta fermentada
160 mg/kg
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
500 mg/kg
leguminosas y áloe vera) algas marinas y nueces y semillas congeladas
04.2.2.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
500 mg/kg
leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas desecadas
04.2.2.3
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
160 mg/kg
Nota 144
160 mg/kg
Nota 144
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en vinagre, aceite, salmuera o
salsa de soya
04.2.2.4
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos legumbres y
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en conserva, en latas o frascos
(pasteurizadas) o en bolsas de esterilización
04.2.2.5
Purés y preparados para untar elaborados con hortalizas (incluidos hongos
160 mg/kg
y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera), algas
marinas y nueces y semillas (p ej. la mantequilla de maní (cacahuete))
04.2.2.6
Pulpas y preparados de hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y
200 mg/kg
tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera) algas marinas y nueces
y semillas (como los postres y las salsas a base de hortalizas y hortalizas
confitadas) distintos de los indicados en la categoría de alimentos 04.2.2.5
04.2.2.7
Productos
tubérculos,
a
base
de
legumbres
hortalizas
y
(incluidos
leguminosas
y
hongos
aloe
vera)
y
y
setas,
algas
raíces
y
200 mg/kg
marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
04.2.2.8
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
160 mg/kg
Nota 144
leguminosas y aloe vera) y algas marinas cocidas o fritas
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
05.1
RTCA 67.04.54:10
Productos de cacao y chocolate, incluidos los productos de imitación y los
500 mg/kg
sucedáneos del chocolate
05.1.1
Mezclas de cacao (en polvo) y cacao en pasta/torta de cacao
100 mg/kg
05.1.2
Mezclas de cacao (jarabes)
80 mg/kg
05.1.3
Productos para untar a base de caco, incluidos los rellenos a base de cacao
200 mg/kg
05.1.4
Productos de cacao y chocolate
500 mg/kg
05.1.5
Productos de imitación y sucedáneos de chocolate
500 mg/kg
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1, 05.3
500 mg/kg
05.2
Nota 97
Nota 163
y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones, etc.
05.2.1
Caramelos duros
3000 mg/kg
05.2.2
Caramelos blandos
500 mg/kg
05.2.3
Turrón y mazapán
500 mg/kg
05.3
Goma de mascar
2500 mg/kg
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
panadería fina), revestimientos
500 mg/kg
(que no sean de fruta) y salsas dulces
06.3
Cereales para el desayuno, incluidos los copos de avena
100 mg/kg
06.5
Postres a base de cereales y almidón (p ej. pudines de arroz, pudines de
100 mg/kg
07.1.3
Otros productos de panadería ordinaria (p. ej., bagels, pita, muffins
mandioca)
15 mg/kg
ingleses etc.)
Productos de panadería fina (dulces, salados, aromatizados) y mezclas
170 mg/kg
Nota 165
09.3.1
07.2
Pescado
incluidos
160 mg/kg
Nota 144
09.3.2
Pescado y productos pesqueros escabechados y/o en salmuera, incluidos
160 mg/kg
Nota 144
1200 mg/kg
Nota 144
200 mg/kg
Nota 144
Nota 144
y
productos pesqueros marinados y/o
en
gelatina,
moluscos, crustáceos y equinodermos
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.3.4
Pescado
y
productos
pesqueros
semiconservados,
crustáceos y equinodermos ( p. ej.,la
incluye
moluscos,
pasta de pescado) excluidos los
productos de las categorías de alimentos 09.3.1 - 09.3.3
09.4
Pescado y productos pesqueros (incluidos los moluscos, crustáceos y
equinodermos) en conserva, con inclusión de los enlatados y fermentados
10.4
Postres a base de huevo ( p ej., flan)
100 mg/kg
11.6
Edulcorantes de mesa, incluidos los que contienen edulcorantes de gran
BPM
intensidad
12.2.2
Aderezos y condimentos
1500 mg/kg
12.4
Mostazas
320 mg/kg
12.5
Sopas y caldos
110 mg/kg
12.6
Salsas y productos similares
160 mg/kg
12.6.1
Salsas emulsionadas (p ej., mayonesa, aderezos para ensaladas)
500 mg/kg
12.6.2
Salsas no emulsionadas (p ej.,ketchup, salsas a base de queso, salsas a
160 mg/kg
12.6.3
Mezclas para salsas y gravies
300 mg/kg
12.6.4
Salsas ligeras (p ej., salsa de pescado)
160 mg/kg
Emulsiones para ensaladas (p.ej., la ensalada de macarrones, la ensalada
200 mg/kg
base de nata (crema) y salsa gravy
12.7
Nota 166
de patatas (papas)) y para untar emparedados, excluidas las emulsiones
para untar a base de cacao y nueces de las categorías de alimentos
04.2.2.5 y 05.1.3
12.9.1.3
Otros productos proteínicos a base de soja (incluida la salsa de soja no
500 mg/kg
fermentada)
12.10.3
Pasta de soja fermentada (miso)
para
usos
200 mg/kg
13.3
Alimentos dietéticos
medicinales
especiales
(excluidos
13.4
Preparados dietéticos para adelgazamiento y control del peso
13.5
Alimentos
los
200 mg/kg
usos
200 mg/kg
productos de la categoría de alimentos 13.1)
dietéticos
(p.ej.,
los
complementos
alimenticios para
300 mg/kg
dietéticos), excluidos los indicados en las categorías 13.1 - 13.4 y 13.6
Página 195 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
13.6
RTCA 67.04.54:10
Complementos alimenticios
1200 mg/kg
14.1.2.4
Concentrados para zumos (jugos) de hortalizas
80 mg/kg
14.1.3.1
Néctares de frutas
80 mg/kg
14.1.3.2
Néctares de hortalizas
80 mg/kg
14.1.3.3
Concentrados para néctares de frutas
80 mg/kg
Nota 127
14.1.3.4
Concentrados para néctares de hortalizas
300 mg/kg
Nota 127
14.1.4.1
Bebidas a base de agua saborizada con gas
300 mg/kg
14.1.4.2
Bebidas a base de agua saborizada sin gas, incluidos los ponches de fruta
300 mg/kg
14.1.4.3
Concentrados (líquidos o sólidos) para bebidas a base de agua saborizadas
300 mg/kg
Nota 127
Café, sucedáneos
bebidas
200 mg/kg
Nota 160
bebidas
80 mg/kg
Notas 127 y 145
y las limonadas y bebidas similares
14.1.5
del café,
té, infusiones de hierbas
y otras
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
14.2.7
Bebidas
alcohólicas
saborizadas
(p.ej.,
cerveza,
vino
y
espirituosas tipo refresco, refrescos con bajo contenido de alcohol)
15.0
Aperitivos listos para el consumo
100 mg/kg
16.0
Alimentos compuestos (que no pueden clasificarse en las categorías 01 -
200 mg/kg
15)
SALES AMONICAS DEL ÁCIDO FOSFATIDICO
INS 442
Función: Emulsificante, estabilizador
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.2
Bebidas lácteas, saborizadas y/o fermentadas (p. ej., leche con chocolate,
700 mg/kg
cacao, ponche de huevo, yogur para beber, bebidas a base de suero
01.7
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
700 mg/kg
03.0
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
700 mg/kg
05.1.1
Mezclas de cacao (en polvo) y cacao en pasta/tortas de cacao
700 mg/kg
05.1.4
Productos de cacao y chocolate
700 mg/kg
05.1.5
Productos de imitación y sucedáneos del chocolate
10000 mg/kg
SALES DE ÁCIDO OLEICO (Ca, K, Na)
Nota 97
INS 470ii
Función: Antiaglutinante, emulsificante, estabilizador,
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos de
BPM
azúcar)
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
14.1.5
Café, sucedáneos
del café,
BPM
té, infusiones de hierbas
y otras
bebidas
Nota 51
BPM
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
SALES DE ASPARTAMO Y ACESULFAMO
INS 962
Función: Edulcorantes
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.2
Bebidas
lácteas,
aromatizadas
y/o
fermentadas
(p.
eje.
Leche
con
350 mg/kg
Nota 113
chocolate, cacao, ponche de huevo, yogur para beber, bedias a base de
suero)
01.7
Postres lácteos (como pudines, yogur aromatizado con fruta)
350 mg/kg
Nota 113
02.4
Postre a base de grasas, excluídos los postres lácteos de la categoría de
350 mg/kg
Nota 113
alimentos 01.7
04.1.2.4
Frutas en conserva, enlatadas o en frascos (pasteurizadas)
350 mg/kg
Nota 113
04.1.2.5
Confituras, jaleas, mermeladas
1000 mg/kg
Notas 119
04.1.2.8
Preparados
350 mg/kg
Nota 113
a
base
de
frutas,
incluída
la
pulpa,
los
purés,
los
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
revestimientos de fruta y la leche de coco.
04.1.2.9
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aroma de
350 mg/kg
Nota 113
200 mg/kg
Nota 113
350 mg/kg
Nota 113
fruta
04.2.2.3
Hortalizas (incluídos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en vinagre, aceite, salmuera o
salsa de soja
04.2.2.6
Pulpas y preparados de hortalizas (incluídos hongos y setas, raíces y
tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera), algas marinas y nueces
y semillas (como los postres y las salsas a base de hortalizas y hortalizas
confitadas)
distintos de
los indicados
en
las categorías
de
alimentos
04.2.25
05.1.5
Productos de imitación y sucedáneos del chocolate
500 mg/kg
Nota 113
07.2
Productos de panadería fina ( dulces, salados, aromatizados) y mezclas
1000 mg/kg
Nota 77 y 113
09.3
Pescado y productos pesqueros semiconservados, incluidos los moluscos,
200 mg/kg
Nota 113
200 mg/kg
Nota 113
crustáceos y equinodermos)
09.4
Pescado y productos pesqueros (incluidos los moluscos, crustáceos y
equinodermos) en conserva, con inclusión de los enlatados y fermentados
13.4
Preparados dietéticos para delgazamiento y control del peso
13.5
Alimentos
dietéticos
(p,ej. Los
complementos
alimenticios para
usos
450 mg/kg
Nota 113
450 mg/kg
Nota 113
350 mg/kg
Nota 113
dietéticos), excluídos los indicados en las categorías de alimentos 13.1 a
13.4 y 13.6
14.2.7
Bebidas alcohólicas aromatizadas(p.ej. cervezas, vino y bebidas con licor,
tipo bebida gaseosa, bebidas refrescantes con bajo contenido de alcohol)
SALES DE ACIDOS MIRISTICO, PALMITICO Y ESTEARICO (CON BASE DE NH4, Ca, K, Na)
INS 470i
Función: Antiaglutinante, emulsificante, estabilizador,
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
04.2.2.1
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
BPM
leguminosas y áloe vera) algas marinas y nueces y semillas congeladas
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
BPM
10.2.1
Productos líquidos a base de huevo
BPM
10.2.2
11.4
Productos congelados a base de huevo
BPM
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos de
BPM
Nota 71
azúcar)
12.1
Sal y sucedáneos de la sal
BPM
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
14.1.5
Café, sucedáneos
del café,
BPM
té, infusiones de hierbas
y otras
bebidas
Nota 51
BPM
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
SALES MAGNESICAS DE ACIDOS GRASOS
INS 470b
Función: Antiaglutinante, emulsificante, estabilizador,
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
05.3
Goma de mascar
BPM
Directiva
95/2/CE
SESQUICARBONATO DE SODIO
INS 500iii
Función: Regulador de acidez, antiaglutinante, gasificante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.8.2
Suero en polvo y productos a base de suero en polvo, excluidos los
BPM
quesos de suero
02.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
BPM
02.2.1
Emulsiones con un 80% de grasa como minimo
BPM
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
13.2
RTCA 67.04.54:10
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
SILICATO CALCICO
BPM
INS 552
Función: Antiaglutinante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.8.2
Suero en polvo y productos a base de suero en polvo, excluidos los
10000 mg/kg
quesos de suero
11.1.2
Azúcar en polvo y dextrosa en polvo
15000 mg/kg
12.1.1
Sal
BPM
12.1.2
Sucedáneos de la sal
10000 mg/kg
SILICATO DE ALUMINIO Y SODIO
Nota 56
INS 554
Función: Antiaglutinante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.6.1
01.6.2.1
Queso no madurado
10000 mg/kg
Nota 6
Queso madurado, incluida la corteza
10000 mg/kg
Notas
6,
174
y
177.
01.6.2.3
01.6.4
Queso en polvo (para reconstitución; p. ej., para salsas a base de queso)
10000 mg/kg
Notas 6 y 174.
Queso elaborado, fundido
10000 mg/kg
Notas
6,
174
y
6,
174
y
177.
01.6.5
Productos similares al queso
10000 mg/kg
Notas
177.
01.8.2
Suero en polvo y productos a base de suero en polvo, excluidos los
10000 mg/kg
quesos de suero
05.2
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1, 05.3
BPM
y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones, etc.
05.3
Goma de mascar
BPM
06.1
Granos enteros, triturados o en copos, incluyendo arroz
2000 mg/kg
08.3.2
Productos
cárnicos,
de aves
de
corral
y caza
picados,
elaborados y
BPM
Nota 3
15000 mg/kg
Nota 56
tratados térmicamente
11.1.2
Azúcar en polvo y dextrosa en polvo
12.1.1
Sal
12.1.2
2000 mg/kg
Sucedáneos de la sal
10000 mg/kg
13.6
Complementos alimenticios
BPM
15.0
Aperitivos listos para el consumo
30000 mg/kg
SILICATO DE CALCIO Y ALUMINIO (CAOLIN) (SINTETICO)
INS 556
Función: Antiaglutinante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.6.1
01.6.2.1
Queso no madurado
10000 mg/kg
Nota 6
Queso madurado, incluida la corteza
10000 mg/kg
Notas
6,
174
y
177.
01.6.2.3
01.6.4
Queso en polvo (para reconstitución; p. ej., para salsas a base de queso)
10000 mg/kg
Notas 6 y 174.
Queso elaborado, fundido
10000 mg/kg
Notas
6,
174
y
6,
174
y
177.
01.6.5
Productos similares al queso
10000 mg/kg
Notas
177.
01.8.2
Suero en polvo y productos a base de suero en polvo, excluidos los
10000 mg/kg
quesos de suero
05.2
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1, 05.3
BPM
y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones, etc.
05.3
Goma de mascar
BPM
06.1
Granos enteros, triturados o en copos, incluyendo arroz
2000 mg/kg
Página 198 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
08.4
RTCA 67.04.54:10
Tripas comestibles (p. ej., para embutidos)
BPM
Notas 3, 6 y 174
11.1.2
Azúcar en polvo y dextrosa en polvo
15000 mg/kg
Nota 56
12.1.1
Sal
2000 mg/kg
12.1.2
Sucedáneos de la sal
10000 mg/kg
13.6
Complementos alimenticios
BPM
15.0
Aperitivos listos para el consumo
30000 mg/kg
SILICATO DE MAGNESIO (SINTETICO)
INS 553i
Función: Antiaglutinante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.6.1
01.6.2.1
Queso no madurado
10000 mg/kg
Queso madurado, incluida la corteza
10000 mg/kg
Notas
6,
174
y
177
01.6.2.3
01.6.4
Queso en polvo (para reconstitución; p. ej., para salsas a base de queso)
10000 mg/kg
Notas 6 y 174.
Queso elaborado, fundido
10000 mg/kg
Notas
6,
174
y
6,
174
y
177.
01.6.5
Productos similares al queso
10000 mg/kg
Notas
177.
01.8.2
Suero en polvo y productos a base de suero en polvo, excluidos los
10000 mg/kg
quesos de suero
05.2
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1, 05.3
BPM
y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones, etc.
05.3
Goma de mascar
BPM
08.4
Tripas comestibles (p. ej., para embutidos)
BPM
Notas 3, 6 y 174
11.1.2
Azúcar en polvo y dextrosa en polvo
15000 mg/kg
Nota 56
12.1.1
Sal
2000 mg/kg
12.1.2
Sucedáneos de la sal
2000 mg/kg
13.6
Complementos alimenticios
BPM
15.0
Aperitivos listos para el consumo
30000 mg/kg
SORBATOS
Acido sórbico
INS 200i
Sorbato de potasio
Sorbato de sodio
INS 202
Sorbato de calcio
INS 201
INS 203
Función: Antioxidante, sustancia conservadora, estabilizador
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.2
Bebidas lácteas, saborizadas y/o fermentadas (p. ej., leche con chocolate,
300 mg/kg
Nota 42
Nota 42
cacao, ponche de huevo, yogur para beber, bebidas a base de suero
01.2.1
Leches fermentadas (simples)
1000 mg/kg
01.2.2
Cuajada natural
1000 mg/kg
Nota 42
01.3.2
Blanqueadores de bebidas
200 mg/kg
Nota 42
Quesos y productos similares
3000 mg/kg
Nota 42
01.6
FDA 182.3089,
182.3795,
182.90
182.3225,
182.3640
01.6.1
Quesos no madurados
Nota
42
FDA
182.3089,
BPM
182.3795,
182.90
182.3225,
182.3640
01.6.3
Queso de suero
1000 mg/kg
Nota 42
Página 199 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
01.6.4
RTCA 67.04.54:10
Queso elaborado, fundido
3000 mg/kg
Nota 42
CODEX STAN
283-1978:2010
General de
Quesos
01.6.6
01.7
02.2.1.2
02.2.1.3
02.2.2
Queso de proteínas del suero
3000 mg/kg
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
1000 mg/kg
Nota 42
Margarina y productos similares
1000 mg/kg
Nota 42
Nota 42
Mezclas de mantequilla y margarina
1000 mg/kg
Nota 42
Emulsiones con menos del 80% de grasa
BPM
FDA
182.3089,
182.3795,
182.3640
y
182.3225
02.3
Emulsiones grasas, principalmente del tipo agua en aceite, incluidos los
1000 mg/kg
Nota 42
1000 mg/kg
Nota 42
Nota 42
productos a base de emulsiones grasas mezcladas y/o saborizadas
02.4
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
alimentos 01.7
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
1000 mg/kg
04.1.2.2
03.0
Frutas desecadas
1000 mg/kg
Nota 42
04.1.2.3
Frutas en vinagre, aceite o salmuera
1000 mg/kg
Nota 42
04.1.2.5
Confituras, jaleas mermeladas
1000 mg/kg
Nota 42
04.1.2.6
Productos para untar a base de fruta (p. ej., el chutney, excluidos los
1000 mg/kg
Nota 42
04.1.2.7
Frutas confitadas
1000 mg/kg
Nota 42
04.1.2.8
Preparados a base de fruta, incluida la pulpa, los purés, los revestimientos
1500 mg/kg
Nota 42
04.1.2.9
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas de
1000 mg/kg
Nota 42
Nota 42
productos de la categoría de alimentos 04.1.2.5
de fruta y la leche de coco
fruta
04.1.2.10
Productos de fruta fermentada
1000 mg/kg
04.1.2.11
Rellenos de fruta para panadería
1000 mg/kg
Nota 42
04.1.2.12
Frutas cocidas o fritas
1200 mg/kg
Nota 42
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
2000 mg/kg
Nota 42
1000 mg/kg
Nota 42
2000 mg/kg
Nota 42
2000 mg/kg
Nota 42
1000 mg/kg
Nota 42
2000 mg/kg
Nota 42
04.2.2.3
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en vinagre, aceite, salmuera o
salsa de soya
04.2.2.4
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos legumbres y
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en conserva, en latas o frascos
(pasteurizadas) o en bolsas de esterilización
04.2.2.5
Purés y preparados para untar elaborados con hortalizas (incluidos hongos
y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera), algas
marinas y nueces y semillas (p ej. la mantequilla de maní (cacahuete))
04.2.2.6
Pulpas y preparados de hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y
tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera) algas marinas y nueces
y semillas (como los postres y las salsas a base de hortalizas y hortalizas
confitadas) distintos de los indicados en la categoría de alimentos 04.2.2.5
04.2.2.7
Productos
tubérculos,
a
base
de
legumbres
hortalizas
y
(incluidos
leguminosas
y
hongos
aloe
vera)
y
y
setas,
algas
raíces
y
marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
04.2.2.8
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
leguminosas y aloe vera) y algas marinas cocidas o fritas
05.1.1
Mezclas de cacao (en polvo) y cacao en pasta/tortas de cacao
1500 mg/kg
Nota 42
05.1.2
Mezclas de cacao (jarabes)
1000 mg/kg
Nota 42
05.1.3
Productos para untar a base de cacao, incluidos rellenos a base de cacao
1500 mg/kg
Nota 42
05.1.4
Productos de cacao y chocolate
1000 mg/kg
Nota 42
05.1.5
Productos de imitación y sucedáneos del chocolate
1500 mg/kg
Nota 42
Página 200 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
05.2
RTCA 67.04.54:10
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1, 05.3
2000 mg/kg
Nota 42
y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
05.3
Goma de mascar
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
06.2
Harinas y almidones
1000 mg/kg
Nota 42
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
2000 mg/kg
Nota 42
panadería fina), revestimientos
1500 mg/kg
Nota 42
1000 mg/kg
Nota 42
(que no sean de fruta) y salsas dulces
06.4.2
06.4.3
Pastas y fideos precocidos y productos similares
2000 mg/kg
Nota 42
06.5
Postres a base de cereales y almidón (p ej. pudines de arroz, pudines de
1000 mg/kg
Nota 42
06.6
Mezclas batidas para rebosar (p. ej., para empanar o rebosar pescado o
2000 mg/kg
Nota 42
mandioca)
carne de aves de corral
07.0
Productos de panadería
2000 mg/kg
Nota 42
Nota 42
FDA 182.3225
07.1.2
Crackers, excluidos los crackers dulces
BPM
182.3640
182.3795
182.3089
BPM
Nota 42
FDA 182.3225
07.2.1
Tortas, galletas y pasteles (p. ej., rellenos de fruta o crema)
182.3640
182.3795
182.3089
08.3
08.3.2
Productos cárnicos, de aves de corral y caza picados y elaborados
Productos
cárnicos,
de
aves
de
corral
y
caza picados,
elaborados
y
2000 mg/kg
Nota 42
BPM
FDA
182.3089,
182.3795,
tratados térmicamente
182.3640,
182.3225
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
2000 mg/kg
Nota 42
2000 mg/kg
Nota 42
2000 mg/kg
Nota 42
Nota 42
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.2
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.3
Productos
pesqueros
picados,
amalgamados
y
congelados,
incluidos
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.4.1
Pescado y productos pesqueros cocidos
2000 mg/kg
09.2.4.2
Moluscos, crustáceos y equinodermos cocidos
2000 mg/kg
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
2000 mg/kg
Nota 42
2000 mg/kg
Nota 42
09.2.5
Notas 42 y 82
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.3
Pescado
y
productos
pesqueros
semiconservados,
incluye
moluscos,
crustáceos y equinodermos
10.2.1
Productos líquidos a base de huevo
5000 mg/kg
Nota 42
10.2.2
Productos congelados a base de huevo
1000 mg/kg
Nota 42
10.2.3
Productos a base de huevo en polvo y/o cuajados por calor
1000 mg/kg
Nota 42
10.4
Postres a base de huevo ( p ej., flan)
1000 mg/kg
Nota 42
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos de
1000 mg/kg
Nota 42
1000 mg/kg
Nota 42
FDA 182.3640
azúcar)
12.2
Hierbas aromáticas, especias aderezos (incluidos los sucedáneos de la sal)
y condimentos (p e., el condimentos para fideos instantáneos)
12.4
Mostaza
BPM
12.5
Sopas y caldos
1000 mg/kg
Nota 42
12.6.1
Salsas emulsionadas (p ej., mayonesa, aderezos para ensaladas)
3350 mg/kg
Nota 42
12.6.2
Salsas no emulsionadas (p ej.,ketchup, salsas a base de queso, salsas a
2000 mg/kg
Nota 42
base de nata (crema) y salsa gravy
12.6.3
Mezclas para salsas y gravies
2000 mg/kg
Nota 42
12.6.4
Salsas ligeras (p ej., salsa de pescado)
2000 mg/kg
Nota 42
Página 201 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
12.7
RTCA 67.04.54:10
Emulsiones para ensaladas (p.ej., la ensalada de macarrones, la ensalada
1500 mg/kg
Nota 42
1500 mg/kg
En
de patatas (papas)) y para untar emparedados, excluidas las emulsiones
para untar a base de cacao y nueces de las categorías de alimentos
04.2.2.5 y 05.1.3
13.3
Alimentos
dietéticos
para
usos
medicinales
especiales
(excluidos
los
combinación
con benzoatos y
productos de la categoría de alimentos 13.1)
para
hidroxibenzoato
13.6
Complementos alimenticios
2000 mg/kg
En combinacion
con benzoatos
14.1.1.2
Aguas de mesa y gaseosas
200 mg/kg
14.1.2.1
Zumos (jugos) de frutas
1000 mg/kg
Nota 42
Notas
42,
91
y
122
14.1.2.3
Concentrados para zumos (jugos) de frutas
1000 mg/kg
Notas
42,
91,
122 y 127
14.1.4.1
Bebidas a base de agua saborizada con gas
1000 mg/kg
Nota 42
14.1.4.2
Bebidas a base de agua saborizada sin gas, incluidos los ponches de fruta
1000 mg/kg
Nota 42
14.1.4.3
Concentrados (líquidos o sólidos) para bebidas a base de agua saborizadas
1500 mg/kg
Nota 42
Café, sucedáneos
1000 mg/kg
y las limonadas y bebidas similares
14.1.5
del café,
té, infusiones de hierbas
y otras
bebidas
Nota 42
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
14.2.2
Sidra y sidra de pera
2000 mg/kg
Nota 42
14.2.3
Vinos de uva
2000 mg/kg
Nota 42
14.2.4
Vinos (distintos de los de uva)
2000 mg/kg
Nota 42
14.2.5
Aguamiel
200 mg/kg
Nota 42
14.2.6
Licores destilados que contengan más de un 15% de alcohol
600 mg/kg
Nota 42
14.2.7
Bebidas
500 mg/kg
Nota 42
1000 mg/kg
Nota 42
secas)
1000 mg/kg
Nota 42
Alimentos compuestos (que no pueden clasificarse en las categorías 01 -
1000 mg/kg
Nota 42
alcohólicas
saborizadas
(p.ej.,
cerveza,
vino
y
bebidas
espirituosas tipo refresco, refrescos con bajo contenido de alcohol)
15.1
Aperitivos
a
base
de
patatas
(papas),
cereales,
harina
o
almidón
(derivados de raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas
15.2
Nueces
elaboradas,
incluidas
las
nueces
(p.
ej.,
con
frutas
revestidas y mezclas de nueces
16.0
15)
SORBITOL
INS 420i
JARABE DE SORBITOL
INS 420ii
Función: Agente de carga, emulsificante, humectante, secuestrante, estabilizador, edulcorante, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
2000 mg/kg
09.2.2
Nota
42,
Nota
143
moluscos, crustáceos y equinodermos
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
2000 mg/kg
Nota 42
2000 mg/kg
Nota 42
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.3
Productos
pesqueros
picados,
amalgamados
y
congelados,
incluidos
moluscos, crustáceos y equinodermos
SUCRALOSA
INS 955
Función: Edulcorante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.2
Bebidas lácteas, saborizadas y/o fermentadas (p. ej., leche con chocolate,
300 mg/kg
cacao, ponche de huevo, yogur para beber, bebidas a base de suero
01.3.2
Blanqueadores de bebidas
580 mg/kg
01.4.4
Productos similares a la nata (crema)
580 mg/kg
01.6.5
Productos similares al queso
500 mg/kg
Página 202 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
01.7
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
400 mg/kg
02.4
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
400 mg/kg
alimentos 01.7
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
320 mg/kg
04.1.2.1
03.0
Frutas congeladas
400 mg/kg
04.1.2.2
Frutas desecadas
1500 mg/kg
04.1.2.3
Frutas en vinagre, aceite o salmuera
180 mg/kg
04.1.2.4
Frutas en conserva enlatadas o en frasco (pasteurizadas)
450 mg/kg
04.1.2.5
Confituras, jaleas mermeladas
400 mg/kg
04.1.2.6
Productos para untar a base de fruta (p. ej., el chutney, excluidos los
400 mg/kg
04.1.2.7
Frutas confitadas
800 mg/kg
04.1.2.8
Preparados a base de fruta, incluida la pulpa, los purés, los revestimientos
400 mg/kg
04.1.2.9
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas de
Nota 144
productos de la categoría de alimentos 04.1.2.5
de fruta y la leche de coco
400 mg/kg
fruta
04.1.2.10
Productos de fruta fermentada
04.1.2.11
Rellenos de fruta para panadería
400 mg/kg
04.1.2.12
Frutas cocidas o fritas
150 mg/kg
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
150 mg/kg
04.2.2.1
150 mg/kg
leguminosas y áloe vera) algas marinas y nueces y semillas congeladas
04.2.2.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
580 mg/kg
leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas desecadas
04.2.2.3
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
400 mg/kg
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en vinagre, aceite, salmuera o
salsa de soya
04.2.2.4
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos legumbres y
580 mg/kg
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en conserva, en latas o frascos
(pasteurizadas) o en bolsas de esterilización
04.2.2.5
Purés y preparados para untar elaborados con hortalizas (incluidos hongos
400 mg/kg
Nota 169
y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera), algas
marinas y nueces y semillas (p ej. la mantequilla de maní (cacahuete))
04.2.2.6
Pulpas y preparados de hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y
400 mg/kg
tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera) algas marinas y nueces
y semillas (como los postres y las salsas a base de hortalizas y hortalizas
confitadas) distintos de los indicados en la categoría de alimentos 04.2.2.5
04.2.2.7
Productos
tubérculos,
a
base
de
legumbres
hortalizas
y
(incluidos
leguminosas
y
hongos
aloe
y
vera)
y
setas,
algas
raíces
y
580 mg/kg
marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
04.2.2.8
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
150 mg/kg
Nota 144
leguminosas y aloe vera) y algas marinas cocidas o fritas
05.1.1
Mezclas de cacao (en polvo) y cacao en pasta/tortas de cacao
580 mg/kg
Nota 97
05.1.2
Mezclas de cacao (jarabes)
400 mg/kg
Nota 97
05.1.3
Productos para untar a base de cacao, incluidos rellenos a base de cacao
400 mg/kg
Nota 169
05.1.4
Productos de cacao y chocolate
800 mg/kg
05.1.5
Productos de imitación y sucedáneos del chocolate
800 mg/kg
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1, 05.3
1800 mg/kg
05.2
Nota 164
y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
05.3
Goma de mascar
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
5000 mg/kg
06.3
Cereales para el desayuno, incluidos los copos de avena
1000 mg/kg
06.5
Postres a base de cereales y almidón (p ej. pudines de arroz, pudines de
400 mg/kg
panadería fina), revestimientos
1000 mg/kg
(que no sean de fruta) y salsas dulces
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
mandioca)
06.7
Productos a base de arroz precocidos o elaborados, incluidas las tortas de
600 mg/kg
Nota 72
arroz (sólo del tipo oriental)
07.1
Pan y productos de panadería ordinaria
650 mg/kg
07.2
Crackers, excluidos los crackers dulces
700 mg/kg
Nota 165
09.3
Pescado
moluscos,
120 mg/kg
Nota 144
Pescado y productos pesqueros (incluidos los moluscos, crustáceos y
120 mg/kg
Nota 144
y
productos
pesqueros
semiconservados,
incluye
crustáceos y equinodermos
09.4
equinodermos) en conserva, con inclusión de los enlatados y fermentados
10.4
Postres a base de huevo ( p ej., flan)
400 mg/kg
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos de
1500 mg/kg
Nota 159
azúcar)
11.6
Edulcorantes de mesa, incluidos los que contienen edulcorantes de gran
BPM
intensidad
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
12.2.2
Aderezos y condimentos
400 mg/kg
700 mg/kg
12.3
Vinagres
400 mg/kg
12.4
Mostazas
140 mg/kg
12.5
Sopas y caldos
600 mg/kg
12.6
Salsas y productos similares
450 mg/kg
Nota 127
12.7
Emulsiones para ensaladas (p.ej., la ensalada de macarrones, la ensalada
1250 mg/kg
Nota 169
de patatas (papas)) y para untar emparedados, excluidas las emulsiones
para untar a base de cacao y nueces de las categorías de alimentos
04.2.2.5 y 05.1.3
13.3
Alimentos dietéticos
para
usos
medicinales
especiales
(excluidos
los
400 mg/kg
usos
400 mg/kg
productos de la categoría de alimentos 13.1)
13.4
Preparados dietéticos para adelgazamiento y control del peso
13.5
Alimentos
13.6
Complementos alimenticios
14.1
Bebidas no alcoholicas
BPM
Néctares de frutas
300 mg/kg
dietéticos
(p.ej.,
los
complementos
320 mg/kg
alimenticios para
dietéticos), excluidos los indicados en las categorías 13.1 - 13.4 y 13.6
14.1.3.1
14.2.7
Bebidas
alcohólicas
saborizadas
2400 mg/kg
(p.
ej.,
cerveza,
vino
y
bebidas
700 mg/kg
espirituosas tipo refresco, refrescos con bajo contenido de alcohol)
15.0
Aperitivos listos para el consumo
SUCROGLICERIDOS
1000 mg/kg
INS 474
Función: Emulsificante, estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.2
Bebidas lácteas, saborizadas y/o fermentadas (p. ej., leche con chocolate,
BPM
cacao, ponche de huevo, yogur para beber, bebidas a base de suero
01.3.2
01.4
Blanqueadores de bebidas
20000 mg/kg
Nata (crema) y productos similares (simples)
5000 mg/kg
Leche en polvo y nata (crema) en polvo (simples)
10000 mg/kg
01.7
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
5000 mg/kg
02.2
Emulsiones grasas, principalmente del tipo agua en aceite
10000 mg/kg
02.2.1.2
Margarina y productos similares
10000 mg/kg
02.2.1.3
Mezclas de mantequilla y margarina
10000 mg/kg
02.3
Emulsiones grasas, principalmente del tipo agua en aceite, incluidos los
10000 mg/kg
02.4
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
01.5.1
productos a base de emulsiones grasas mezcladas y/o saborizadas
10000 mg/kg
alimentos 01.7
04.1.1.2
Frutas frescas tratadas en la superficie
BPM
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
05.2
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1, 05.3
5000 mg/kg
05.3
Goma de mascar
07.2
Productos de panadería fina (dulces, salados, aromatizados) y mezclas
10000 mg/kg
08.2.2
Productos
tratados
5000 mg/kg
08.3.2
Productos
elaborados y
5000 mg/kg
y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
10000 mg/kg
cárnicos,
de
aves
de
corral
y
caza
elaborados,
térmicamente en piezas enteras o en cortes
cárnicos,
de aves
de
corral
y caza
picados,
tratados térmicamente
12.5
Sopas y caldos
12.6
Salsas y productos similares
2000 mg/kg
13.3
Alimentos
dietéticos
para
10000 mg/kg
usos
medicinales
especiales
(excluidos
los
5000 mg/kg
usos
5000 mg/kg
productos de la categoría de alimentos 13.1)
13.4
Preparados dietéticos para adelgazamiento y control del peso
13.5
Alimentos
dietéticos
(p.ej.
los
complementos
alimenticios
5000 mg/kg
para
dietéticos), excluídos los indicados en las categorías 13.1 al 13.4 y 13.6
14.1.4
Bebidas a base de agua saborizada, excluidas las bebidas para deportistas,
5000 mg/kg
bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
14.1.5
Café, sucedáneos del
café, té,
infusiones
de
hierbas y otras bebidas
1000 mg/kg
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
14.2.6
Licores destilados que contengan más de un 15 por ciento de alcohol
5000 mg/kg
14.2.7
Bebidas alcohólicas saborizadas y bebidas espirituosas (con exclusión de
5000 mg/kg
vino y cerveza)
SULFATO CALCICO
Función:
Regulador
de
INS 516
acidez,
agente
de
carga,
agente
endurecedor,
agente
de tratamiento
de
las
harinas,
secuestrante,
estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
06.2.1
Harinas
BPM
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
5000 mg/kg
14.2.3
Vinos de uva
70 mg/kg
Vino de uva enriquecido, vino de uva licoroso y vino de uva dulce
2000 mg/kg
14.2.3.3
SULFATO DE ALUMINIO Y AMONIO
Nota 57
FDA 184.1230
INS 523
Función: Agente endurecedor, gasificante, estabilizador
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
04.1.2.7
Frutas confitadas
200 mg/kg
Nota 6
04.2.2.3
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
35 mg/kg
Nota 6
200 mg/kg
Nota 6
500 mg/kg
Nota 6
Harinas y almidones
500 mg/kg
Nota 6
06.2.2
Almidones
BPM
Notas 6 y 26
06.4.1
Pastas y fideos frescos y productos análogo
470 mg/kg
Nota 6
07.1.2
Crackers, excluidos los crackers dulces
10000 mg/kg
Nota 29
07.1.3
Otros productos de panadería ordinaria (p. ej., bagels, pita, muffins
10000 mg/kg
Nota 29
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en vinagre, aceite, salmuera o
salsa de soya
04.2.2.6
Pulpas y preparados de hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y
tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera) algas marinas y nueces
y semillas (como los postres y las salsas a base de hortalizas y hortalizas
confitadas) distintos de los indicados en la categoría de alimentos 04.2.2.5
04.2.2.7
Productos
tubérculos,
a
base
de
legumbres
hortalizas
y
(incluidos
leguminosas
y
hongos
aloe
vera)
y
y
setas,
algas
raíces
y
marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
06.2
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
ingleses etc.)
07.1.4
Productos similares al pan, incluidos los rellenos a base de pan y el pan
10000 mg/kg
Nota 29
Nota 29
rallado
07.1.5
Panes y bollos dulces al vapor
10000 mg/kg
07.1.6
Mezclas para pan y productos de panadería ordinaria
10000 mg/kg
Nota 6
Productos de panadería fina (dulces, salados, aromatizados) y mezclas
10000 mg/kg
Nota 29
5 mg/kg
Nota 6
1500 mg/kg
Nota 6
200 mg/kg
Nota 6
1500 mg/kg
Nota 6
07.2
08.3.2
Productos
cárnicos,
de aves
de
corral
y caza
picados,
elaborados
y
tratados térmicamente
09.2
Pescado
y
productos
pesqueros
elaborados,
incluidos
moluscos,
crustáceos y equinodermos
09.2.4
Pescado y productos pesqueros cocidos y/o fritos, incluidos moluscos,
crustáceos y equinodermos
09.3
Pescado y productos pesqueros semiconservados, incluidos moluscos,
crustáceos y equinodermos
10.2
Productos a base de huevo
30 mg/kg
Nota 6
10.4
Postres a base de huevo ( p ej., flan)
380 mg/kg
Nota 6
14.1.4.1
15.1
Bebidas a base de agua saborizadas con gas
Aperitivos
a
base
de
patatas
(papas),
cereales,
harina
o
almidón
40 mg/kg
Nota 6
500 mg/kg
Nota 6
(derivados de raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas
SULFATO DE ALUMINIO Y SODIO
INS 521
Función: Antiaglomerante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
12.8
Levadura y productos similares
BPM
FDA 182.1131
07.0
Productos de panadería
BPM
FDA 182.1131
SULFITOS
Dióxido de azufre
INS 220
Sulfito de sodio
Metabisulfito de sodio
INS 223
Metabisulfito de potasio
Hidrogensulfito de calcio
INS 227
Bisulfito de potasio
INS 221
Hidrogensulfito de sodio
INS 222
INS 224
Sulfito de potasio
INS 225
INS 228
Tiosulfato de sodio
INS 539
Función: Reguladores de acidez, adyuvantes, antioxidantes, agentes de blanqueo (no para harina), agentes de tratamiento de las
harinas, agentes endurecedores, sustancias conservadoras, secuestrantes, estabilizadores
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
04.1.1.2
Frutas frescas tratadas en la superficie
50 mg/kg
Nota 44
04.1.2.1
Frutas congeladas
500 mg/kg
Nota 44 y 155
04.1.2.2
Frutas desecadas
1000 mg/kg
Nota 44 y 135
04.1.2.3
Frutas en vinagre, aceite o salmuera
100 mg/kg
Nota 44
04.1.2.5
Confituras, jaleas mermeladas
100 mg/kg
Nota 44
04.1.2.6
Productos para untar a base de fruta (p. ej., el chutney, excluidos los
500 mg/kg
Nota 44
04.1.2.7
Frutas confitadas
100 mg/kg
Nota 44
04.1.2.8
Preparados a base de fruta, incluida la pulpa, los purés, los revestimientos
500 mg/kg
Nota 44
04.1.2.9
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas de
100 mg/kg
Nota 44
Nota 44
productos de la categoría de alimentos 04.1.2.5
de fruta y la leche de coco
fruta
04.1.2.10
Productos de fruta fermentada
100 mg/kg
04.1.2.11
Rellenos de fruta para panadería
100 mg/kg
Nota 44
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
500 mg/kg
Notas 44,
04.2.1.3
76 y
136
leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas frescas
peladas, cortadas y desmenuzadas
04.2.2.1
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
50 mg/kg
Nota 44, 76, 136
y 137
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
leguminosas y áloe vera) algas marinas y nueces y semillas congeladas
04.2.2.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
500 mg/kg
Notas 44 y 105
100 mg/kg
Nota 44
leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas desecadas
04.2.2.3
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en vinagre, aceite, salmuera o
salsa de soya
04.2.2.4
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos legumbres y
50 mg/kg
Nota 44
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en conserva, en latas o frascos
(pasteurizadas) o en bolsas de esterilización
04.2.2.5
Purés y preparados para untar elaborados con hortalizas (incluidos hongos
500 mg/kg
Nota 44 y 138
500 mg/kg
Nota 44
500 mg/kg
Nota 44
Nota 44
y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera), algas
marinas y nueces y semillas (p ej. la mantequilla de maní (cacahuete))
04.2.2.6
Pulpas y preparados de hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y
tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera) algas marinas y nueces
y semillas (como los postres y las salsas a base de hortalizas y hortalizas
confitadas) distintos de los indicados en la categoría de alimentos 04.2.2.5
04.2.2.7
Productos
tubérculos,
a
base
de
legumbres
hortalizas
y
(incluidos
leguminosas
y
hongos
aloe
y
vera)
y
setas,
raíces
algas
y
marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
06.2.1
Harinas
200 mg/kg
06.2.2
Almidones
50 mg/kg
Nota 44
06.4.3
Pastas y fideos precocidos y productos similares
20 mg/kg
Nota 44
Nota 44
Productos de panadería fina (dulces, salados, aromatizados) y mezclas
50 mg/kg
09.1.2
07.2
Moluscos, crustáceos y equinodermos frescos
100 mg/kg
Nota 44
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
100 mg/kg
Nota 44 y 139
Moluscos, crustáceos y equinodermos cocidos
150 mg/kg
Nota 44
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
30 mg/kg
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.4.2
09.2.5
Nota 44
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.4
Pescado y productos pesqueros (incluidos los moluscos, crustáceos y
150 mg/kg
Nota 44 y 140
equinodermos) en conserva, con inclusión de los enlatados y fermentados
11.1.1
Azúcar blanco, dextrosa anhidra, dextrosa monohidrato y fructosa
15 mg/kg
Nota 44
11.1.2
Azúcar en polvo y dextrosa en polvo
15 mg/kg
Nota 44
11.1.3
Azúcar blanco blando, azúcar moreno blando, jarabe de glucosa, jarabe
20 mg/kg
Notas 44 y 111
de glucosa deshidratado y azúcar de caña sin refinar
11.1.5
Azúcar blanca de plantación o refinería
70 mg/kg
Nota 44
11.2
Azúcar moreno, excluidos los productos de la categoría de alimentos
40 mg/kg
Nota 44
11.3
Soluciones
70 mg/kg
Nota 44
40 mg/kg
Nota 44
Nota 144
11.1.3
azucaradas
y
jarabes,
tambien
azucares
(parcialmente)
invertidos, incluida la melaza, excluidos los productos de la categoria de
alimentos 11.1.3
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos de
azúcar)
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
150 mg/kg
12.2.2
Aderezos y condimentos
200 mg/kg
Nota 44
12.3
Vinagres
100 mg/kg
Nota 44 y 106
12.4
Mostazas
250 mg/kg
Notas 44 y 106
12.6
Salsas y productos similares
300 mg/kg
Nota 44
14.1.2.1
Zumos (jugos) de frutas
50 mg/kg
Notas 44 y 122
14.1.2.2
Zumos (jugos) de hortalizas
50 mg/kg
Nota 44 y 122
14.1.2.3
Concentrados para zumos (jugos) de frutas
50 mg/kg
Notas 44, 122 y
127
14.1.2.4
Concentrados para zumos (jugos) de hortalizas
70 mg/kg
Nota 44
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
14.1.3.1
RTCA 67.04.54:10
Néctares de frutas
50 mg/kg
Notas 44, 122 y
127
14.1.3.2
Néctares de hortalizas
50 mg/kg
14.1.3.3
Concentrados para néctares de frutas
50 mg/kg
Nota 44 y 122
Notas 44, 122 y
127
14.1.3.4
Concentrados para néctares de hortalizas
50 mg/kg
Nota
44,
122
y
127
14.1.4
Bebidas
a
base
de
agua
saborizadas,
incluidas
las
bebidas
para
70 mg/kg
Notas 44, 127 y
143
deportistas, bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
14.2.1
Cerveza y bebidas a base de malta
50 mg/kg
Nota 44
14.2.2
Sidra y sidra de pera
200 mg/kg
Nota 44
14.2.3
Vinos de uva
350 mg/kg
Notas 44 y 103
14.2.4
Vinos (distintos de los de uva)
200 mg/kg
Nota 44
14.2.5
Aguamiel
200 mg/kg
Nota 44
14.2.6
Licores destilados que contengan más de un 15% de alcohol
200 mg/kg
Nota 44
14.2.7
Bebidas
350 mg/kg
Nota 44
50 mg/kg
Nota 44
alcohólicas
saborizadas
(p.ej.,
cerveza,
vino
y
bebidas
espirituosas tipo refresco, refrescos con bajo contenido de alcohol)
15.1
Aperitivos
a
base
de
patatas
(papas),
cereales,
harina
o
almidón
(derivados de raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas
SULFOSUCCIONATO DE DIOCTILSODICO
INS 480
Función: Adyuvante, emulsificante, humectante, estabilizador, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.2
Bebidas lácteas, saborizadas y/o fermentadas (p. ej., leche con chocolate,
25 mg/kg
Nota 19
cacao, ponche de huevo, yogur para beber, bebidas a base de suero
04.1.2.9
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas de
15 mg/kg
fruta
05.1.1
14.1.4.3
Mezclas de cacao (en polvo) y cacao en pasta/tortas de cacao
75 mg/kg
Concentrados (líquidos o sólidos) para bebidas a base de agua saborizadas
10 mg/kg
TALCO
INS 553iii
Función: Antiaglutinante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.6.2
Queso madurado
10 000 mg/kg
01.6.4
Queso elaborado, fundido
10 000 mg/kg
01.6.5
Productos similares al queso
10 000 mg/kg
01.8.2
Suero en polvo y productos a base de suero en polvo, excluidos los
10000 mg/kg
05.2.1
Caramelos duros
BPM
05.2.2
Caramelos blandos
BPM
quesos de suero
05.3
Goma de mascar
BPM
06.7
Productos a base de arroz precocidos o elaborados, incluidas las tortas de
BPM
arroz (sólo del tipo oriental)
08.3.2
Productos
cárnicos,
de aves
de
corral
y caza
picados,
elaborados
y
BPM
tratados térmicamente
11.1
Azúcares refinados y en bruto
10000 mg/kg
11.2
Azúcar moreno, excluidos los productos de la categoría de alimentos
10000 mg/kg
11.3
Soluciones
11.1.3
azucaradas
y
jarabes,
también
azúcares
(parcialmente)
10000 mg/kg
invertidos, incluida la melaza, excluidos los productos de la categoría de
alimentos 11.1.3
12.1
Sal y Sucedáneos de la sal
10000 mg/kg
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
12.2.2
13.5
RTCA 67.04.54:10
Aderezos y condimentos
30000 mg/kg
Alimentos dietéticos (p. ej., los complementos alimenticios para usos
BPM
dietéticos), excluidos los indicados en las categorías de alimentos 13.1 a
13.4 y 13.6
13.6
Complementos alimenticios
TARTRACINA
BPM
INS 102
Función: Colorante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.2
Bebidas lácteas, saborizadas y/o fermentadas (p. ej., leche con chocolate,
300 mg/kg
cacao, ponche de huevo, yogur para beber, bebidas a base de suero
01.3.2
Blanqueadores de bebidas
300 mg/kg
Corteza de queso madurado
100 mg/kg
01.6.4
Queso elaborado, fundido
200 mg/kg
01.6.5
Productos similares al queso
300 mg/kg
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
300 mg/kg
Grasas y aceites vegetales
300 mg/kg
01.6.2.2
01.7
02.1.2
Nota 3
RTCA
67.04.40:07
Grasas y aceites
02.1.3
Manteca de cerdo, cebo, aceite de pescado y otras grasas de origen animal
300 mg/kg
02.1.4
Mezcla de aceites y/o grasas de origen animal y vegetal. Mezclas de las
300 mg/kg
categorías 2.1.2 y 2.1.3
02.2.1.1
Mantequilla y mantequilla concentrada
02.2.1.2
Margarina y productos similares
300 mg/kg
300 mg/kg
02.4
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
300 mg/kg
03.0
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
300 mg/kg
04.1.2.4
Frutas en conserva enlatadas o en frasco (pasteurizadas)
200 mg/kg
04.1.2.5
Confituras, jaleas mermeladas
500 mg/kg
04.1.2.6
Productos para untar a base de fruta (p. ej., el chutney, excluidos los
500 mg/kg
04.1.2.7
Frutas confitadas
300 mg/kg
04.1.2.8
Preparados a base de fruta, incluida la pulpa, los purés, los revestimientos
500 mg/kg
04.1.2.9
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas de
alimentos 01.7
productos de la categoría de alimentos 04.1.2.5
de fruta y la leche de coco
300 mg/kg
fruta
04.1.2.11
04.2.2.4
Rellenos de fruta para panadería
300 mg/kg
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos legumbres y
200 mg/kg
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en conserva, en latas o frascos
(pasteurizadas) o en bolsas de esterilización
04.2.2.6
Pulpas y preparados de hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y
200 mg/kg
tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera) algas marinas y nueces
y semillas (como los postres y las salsas a base de hortalizas y hortalizas
confitadas) distintos de los indicados en la categoría de alimentos 04.2.2.5
04.2.2.7
Productos
tubérculos,
a
base
de
legumbres
hortalizas
y
(incluidos
leguminosas
y
hongos
aloe
vera)
y
y
setas,
algas
raíces
y
500 mg/kg
marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
05.1
Productos de cacao y chocolate, incluidos los productos de imitación y los
300 mg/kg
sucedáneos del chocolate
05.2
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1, 05.3
300 mg/kg
y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
05.3
Goma de mascar
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
300 mg/kg
panadería fina), revestimientos
500 mg/kg
Página 209 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
(que no sean de fruta) y salsas dulces
06.3
Cereales para el desayuno, incluidos los copos de avena
300 mg/kg
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
300 mg/kg
06.4.3
Pastas y fideos precocidos y productos similares
300 mg/kg
Postres a base de cereales y almidón (p ej. pudines de arroz, pudines de
300 mg/kg
06.5
mandioca)
07.0
08.3.2
Productos de panadería
Productos
cárnicos,
300 mg/kg
de aves
de
corral
y caza
picados,
elaborados
y
BPM
FDA 74.705
500 mg/kg
Nota 16
500 mg/kg
Nota 16
tratados témicamente
09.2.2
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.3
Productos
pesqueros
picados,
amalgamados
y
congelados,
incluidos
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.4.1
Pescado y productos pesqueros cocidos
500 mg/kg
09.2.4.2
Moluscos, crustáceos y equinodermos cocidos
250 mg/kg
09.2.4.3
Pescado y productos pesqueros fritos, incluidos moluscos, crustáceos y
500 mg/kg
Nota 16
equinodermos
09.2.5
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
500 mg/kg
Nota 22
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.3.1
Pescado
y
productos pesqueros marinados y/o
en
gelatina,
incluidos
500 mg/kg
Nota 16
Pescado y productos pesqueros escabechados y/o en salmuera, incluidos
500 mg/kg
Nota 16
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.3.2
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.3.3
Sucedáneos de salmón, caviar y otros productos pesqueros a base de
500 mg/kg
huevas
09.3.4
Pescado
y
productos
pesqueros
semiconservados,
crustáceos y equinodermos ( p. ej.,la
incluye
moluscos,
500 mg/kg
pasta de pescado) excluidos los
productos de las categorías de alimentos 09.3.1 - 09.3.3
09.4
Pescado y productos pesqueros (incluidos los moluscos, crustáceos y
500 mg/kg
equinodermos) en conserva, con inclusión de los enlatados y fermentados
10.1
Huevos frescos
500 mg/kg
10.4
Postres a base de huevo ( p ej., flan)
300 mg/kg
12.0
Nota 4
Sales, especias, sopas, salsas, ensaladas, productos proteínicos, etc.
BPM
FDA 74.705
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias
BPM
FDA 74.705
12.2.2
Aderezos y condimentos
500 mg/kg
12.5
Sopas y caldos
300 mg/kg
12.6
Salsas y productos similares
13.3
Alimentos
13.4
Preparados dietéticos para adelgazamiento y control del peso
13.5
Alimentos
13.6
Complementos alimenticios
300 mg/kg
Bebidas a base de agua saborizada, incluidas las bebidas para deportistas,
BPM
FDA 74.705
BPM
FDA 74.705
dietéticos
para
500 mg/kg
usos
medicinales
especiales
(excluidos
los
50 mg/kg
productos de la categoría de alimentos 13.1)
dietéticos
(p.ej.,
los
complementos
50 mg/kg
alimenticios para
usos
300 mg/kg
dietéticos), excluidos los indicados en las categorías 13.1 - 13.4 y 13.6
14.1.4
bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
14.1.4.2
Bebidas a base de agua saborizadas sin gas, incluidos los ponches de fruta
y las limonadas y bebidas similares
14.2.6
Licores destilados que contengan más de un 15% de alcohol
14.2.7
Bebidas
alcohólicas
saborizadas
(p.ej.,
cerveza,
300 mg/kg
vino
y
bebidas
200 mg/kg
almidón
300 mg/kg
espirituosas tipo refresco, refrescos con bajo contenido de alcohol)
15.1
Aperitivos
a
base
de
patatas
(papas),
cereales,
harina
o
(derivados de raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas
15.2
Nueces
elaboradas,
incluidas
las
nueces
(p.
ej.,
con
frutas
secas)
100 mg/kg
revestidas y mezclas de nueces
Página 210 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
16.0
RTCA 67.04.54:10
Alimentos compuestos (que no pueden clasificarse en las categorías 01 -
500 mg/kg
15)
TARTRATOS
Acido tartárico
INS 334
Tatrato monopotásico INS 336i
Tartrato monosódico
Tartrato dipotásico
INS 335i
Tartrato disódico
INS 336ii
Tartrato de potasio y sodio INS 337
INS 335ii
Función: Antiaglutinantes, reguladores de la acidez, adyuvantes, antioxidantes, agentes de carga, emulsificantes, agentes de
tratamiento de las harinas, humectantes, sustancias conservadoras, gasificantes, secuestrantes, estabilizadores, espesantes
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
5000 mg/kg
Nota 45
02.2.1.1
02.1
Mantequilla y mantequilla concentrada
BPM
Nota 45
02.2.1.2
Margarina y productos similares
100 mg/kg
Nota 45
02.2.1.3
Mezclas de mantequilla y margarina
BPM
Nota 45
02.2.2
02.3
Emulsiones con menos del 80% de grasa
BPM
Nota 45
Emulsiones grasas, principalmente del tipo agua en aceite, incluidos los
BPM
Nota 45
Nota 45
productos a base de emulsiones grasas mezcladas y/o saborizadas
04.1.2.4
Frutas en conserva enlatadas o en frasco (pasteurizadas)
BPM
04.1.2.5
Confituras, jaleas mermeladas
BPM
Nota 45
04.2.2.4
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos legumbres y
10000 mg/kg
Nota 45
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en conserva, en latas o frascos
(pasteurizadas) o en bolsas de esterilización
04.1.2.9
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas de
BPM
fruta
05.1
05.1 Productos de cacao y chocolate, incluidos los productos de imitación
5000 mg/kg
Nota 45
BPM
FDA
y sucedáneos del chocolate
05.2
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1, 05.3
(solo
y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
184.1099
para
ácido
tartárico)
05.3
Goma de mascar
BPM
Directiva
06.2
Harinas y almidones
6000 mg/kg
Nota 45
Pastas y fideos frescos y productos similares
BPM
Nota 45
95/2/CE
06.4.1
06.4.3
Pastas y fideos precocidos y productos similares
1000 mg/kg
Nota 45
06.5
Postres a base de cereales y almidón (p ej. pudines de arroz, pudines de
2860 mg/kg
Nota 45
07.0
Productos de panadería
10000 mg/kg
Nota 45
12.6
Salsas y productos similares
BPM
Nota 45
Zumos (jugos) de frutas
4000 mg/kg
mandioca)
FDA 184.1099
14.1.2.1
Notas 45, 128 y
129
14.1.2.3
Concentrados para zumos (jugos) de frutas
4000 mg/kg
Notas
45,
127,
128 y 129
Notas 45 y 128
14.1.3.1
Néctares de frutas
1600 mg/kg
14.1.3.2
Néctares de hortalizas
1600 mg/kg
FDA 182.8250
14.1.3.3
Concentrados para néctares de frutas
4000 mg/kg
Notas 45, 127 y
14.1.4.3
Concentrados (líquidos o sólidos) para bebidas a base de agua saborizadas
BPM
128
Vinos de Uva
BPM
FDA 184.1099
15.0
Aperitivos listos para el consumo
2000 mg/kg
Nota 45
16.0
Alimentos compuestos (que no pueden clasificarse en las categorías 01 -
600 mg/kg
Notas 2 y 45
14.2.3
15)
Página 211 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
TARTRATO CALCICO
RTCA 67.04.54:10
INS 354
Función: Antiaglutinantes, reguladores de la acidez, adyuvantes, antioxidantes, agentes de carga, emulsificantes, agentes de
tratamiento de las harinas, humectantes, sustancias conservadoras, gasificantes, secuestrantes, estabilizadores, espesantes
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
05.3
Goma de mascar
BPM
Directriz
95/2/CE
TAUMATINA
INS 957
Función: edulcorante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.7
Postres lácteos (como pudines yogur aromatizado o con fruta)
5 mg/kg
Nota 143
03.0
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
5 mg/kg
Nota 143
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas de
5 mg/kg
Nota 143
04.1.2.9
fruta
04.2.2.7
Productos
tubérculos,
a
base
de
legumbres
hortalizas
y
(incluidos
leguminosas
y
hongos
aloe
y
vera)
setas,
y
algas
raíces
y
BPM
marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
06.5
Postres a base de cereales y almidón (p. ej., pudines de arroz, pudines de
5 mg/kg
Nota 143
Nota 143
mandioca)
10.4
Postres a base de huevo (p. ej., flan
5 mg/kg
11.4
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos de
500 mg/kg
azúcar)
14.1.5
Café, sucedáneos
del café,
té, infusiones de hierbas
y otras
bebidas
BPM
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
TBHQ
INS 319
Función: Antioxidante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.3.2
Blanqueadores de bebidas
100 mg/kg
Notas 15 y 130
02.0
Grasas y aceites y emulsiones grasas
200 mg/kg
Notas 15 y 130
02.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
200 mg/kg
Notas 15 y 130
02.1.3
Manteca de cerdo, sebo, aceite de pescado y otras grasas de origen animal
200 mg/kg
Notas 15 y 130
02.2.2
Emulsiones con menos del 80% de grasa
200 mg/kg
Notas 15 y 130
Emulsiones grasas, principalmente del tipo agua en aceite, incluidos los
200 mg/kg
Notas 15 y 130
200 mg/kg
Notas 15 y 130
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
200 mg/kg
Notas 15 y 130
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aroma de
200 mg/kg
02.3
productos a base de emulsiones grasas mezcladas y/o saborizadas
02.4
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
alimentos 01.7
03.0
04.1.2.9
fruta
05.1.4
Productos de cacao y chocolate
200 mg/kg
Notas 15, 130 y
05.2
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1, 05.3
200 mg/kg
Notas 15 y 130
05.3
Goma de mascar
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
141
y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
panadería fina), revestimientos
400 mg/kg
Nota 130
200 mg/kg
Notas 15 y 130
Notas 15 y 130
(que no sean de fruta) y salsas dulces
06. 4.3
Pastas y fideos precocidos y productos similares
200 mg/kg
07.1.1
Panes y panecillos
200 mg/kg
Notas 15 y 130
07.1.2
Crackers, excluidos los crackers dulces
200 mg/kg
Notas 15 y 130
07.1.3
Otros productos de panadería ordinaria (p. ej., bagels, pita, muffins
200 mg/kg
Notas 15 y 130
Página 212 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
ingleses etc.)
07.1.4
Productos similares al pan, incluidos los rellenos a base de pan y el pan
200 mg/kg
Notas 15 y 130
100 mg/kg
Notas 15, 130 y
rallado
08.2
Productos cárnicos, de aves de corral y caza elaborados en piezas enteras
167
o en cortes
08.3
Productos cárnicos, de aves de corral y caza picados y elaborados
100 mg/kg
12.2
Hierbas aromáticas, especias aderezos (incluidos los sucedáneos de la sal)
200 mg/kg
Notas 15 y 130
Notas 15, 130 y
167
y condimentos (p e., el condimentos para fideos instantáneos)
12.4
Mostazas
200 mg/kg
Notas 15 y 130
12.5
Sopas y caldos
200 mg/kg
Notas 15 y 130
12.6
Salsas y productos similares
200 mg/kg
Notas 15 y 130
15.0
Aperitivos listos para el consumo
200 mg/kg
Notas 15 y 130
TIODIPROPIONATOS
Acido tiodipropiónico
INS 388
Tiodipropionato de dilaurilo
INS 389
Función: Antioxidantes
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
200 mg/kg
Nota 46
02.1.2
02.1
Grasas y aceites vegetales
200 mg/kg
Nota 46
02.1.3
Manteca de cerdo, sebo, aceite de pescado y otras grasas de origen animal
200 mg/kg
Nota 46
Margarina y productos similares
200 mg/kg
02.2.1.2
02.2.2
Emulsiones con menos del 80% de grasa
200 mg/kg
Nota 46
09.2.2
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
200 mg/kg
Notas 15 y 46
1000 mg/kg
Notas 15 y 46
200 mg/kg
Nota 46
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
14.1.4
Bebidas a base de agua saborizada, incluidas las bebidas para deportistas,
bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
15.0
Aperitivos listos para el consumo
TOCOFEROLES
Tocoferol d-alfa
INS 307a
Concentrado de tocoferoles mixtos
INS 307b
Alfa-tocoferoles
INS 307c
Función: Antioxidantes
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.2
Productos lácteos fermentados y cuajados (simples), excluida la categoría
200 mg/kg
de alimentos 01.1.2 (bebidas lácteas)
01.3
Leche condensada y productos similares (simples)
200 mg/kg
01.4
Nata (crema) (simple) y productos similares
200 mg/kg
01.5.1
Leche en polvo y nata (crema) en polvo (simples)
5000 mg/kg
01.5.2
Productos similares a la leche y la nata (crema) en polvo
200 mg/kg
01.6
Quesos y productos similares
200 mg/kg
01.7
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
500 mg/kg
01.8
Suero y productos a base de suero, excluidos los quesos de suero
200 mg/kg
02.1.1
Aceite de mantequilla (manteca), grasa de leche anhidra, ghee
500 mg/kg
02.1.2
Grasas y aceites vegetales
300 mg/kg
02.1.3
Manteca de cerdo, cebo, aceite de pescado y otras grasas de origen animal
300 mg/kg
02.1.4
Mezcla de aceites y/o grasas de origen animal y vegetal. Mezclas de las
BPM
categorías 2.1.2 y 2.1.3
02.2.1.1
Mantequilla y mantequilla concentrada
150 mg/kg
02.2.1.2
Margarina y productos similares
BPM
02.2.1.3
02.2.2
Mezclas de mantequilla y margarina
BPM
Emulsiones con menos del 80% de grasa
500 mg/kg
Página 213 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
02.3
Emulsiones grasas, principalmente del tipo agua en aceite, incluidos los
02.4
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
RTCA 67.04.54:10
200 mg/kg
productos a base de emulsiones grasas mezcladas y/o saborizadas
200 mg/kg
alimentos 01.7
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
500
04.1.2.2
03.0
Frutas desecadas
200 mg/kg
mg/kg
04.1.2.8
Preparados a base de fruta, incluida la pulpa, los purés, los revestimientos
BPM
FDA
182.3890,
184.1890,
de fruta y la leche de coco
04.1.2.9
Nota 15
182.8890
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas de
150 mg/kg
fruta
04.1.2.11
Rellenos de fruta para panadería
150 mg/kg
04.2.2.2
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
200 mg/kg
04.2.2.5
Purés y preparados para untar elaborados con hortalizas (incluidos hongos
leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas desecadas
25 mg/kg
y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y aloe vera), algas
marinas y nueces y semillas (p ej. la mantequilla de maní (cacahuete))
04.2.2.8
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
200 mg/kg
leguminosas y aloe vera) y algas marinas cocidas o fritas
05.1.1
Mezclas de cacao (en polvo) y cacao en pasta/tortas de cacao
500 mg/kg
05.1.2
Mezclas de cacao (jarabes)
500 mg/kg
Nota 15
05.1.3
Productos para untar a base de cacao, incluidos rellenos a base de cacao
500 mg/kg
Nota 15
Nota 15
05.1.4
Productos de cacao y chocolate
750 mg/kg
Nota 15
05.1.5
Productos de imitación y sucedáneos del chocolate
500 mg/kg
Nota 15
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1, 05.3
500 mg/kg
Nota 15
05.2
y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
05.3
Goma de mascar
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
1500 mg/kg
panadería fina), revestimientos
500 mg/kg
Nota 15
(que no sean de fruta) y salsas dulces
06.2
Harinas y almidones
06.3
Cereales para el desayuno, incluidos los copos de avena
85 mg/kg
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
2000
06.4.3
Pastas y fideos precocidos y productos similares
200 mg/kg
Postres a base de cereales y almidón (p ej. pudines de arroz, pudines de
BPM
06.5
600 mg/kg
mg/kg
FDA 182.3890
182.8890
mandioca)
184.1890
06.6
Mezclas batidas para rebosar (p. ej., para empanar o rebosar pescado o
5 mg/kg
07.0
Productos de panadería
08.3
Productos cárnicos, de aves de corral y caza picados y elaborados
3000 mg/kg
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
BPM
carne de aves de corral
09.2.2
200 mg/kg
Nota 15
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
10.4
Postres a base de huevo ( p ej., flan)
150 mg/kg
12.2
Hierbas aromáticas, especias aderezos (incluidos los sucedáneos de la sal)
1000 mg/kg
12.5
Sopas y caldos
y condimentos (p e., el condimentos para fideos instantáneos)
200 mg/kg
12.6.1
Salsas emulsionadas (p ej., mayonesa, aderezos para ensaladas)
600 mg/kg
12.6.2
Salsas no emulsionadas (p ej.,ketchup, salsas a base de queso, salsas a
600 mg/kg
12.6.3
Mezclas para salsas y gravies
300 mg/kg
12.6.4
Salsas ligeras (p ej., salsa de pescado)
300 mg/kg
Emulsiones para ensaladas (p.ej., la ensalada de macarrones, la ensalada
200 mg/kg
base de nata (crema) y salsa gravy
12.7
de patatas (papas)) y para untar emparedados, excluidas las emulsiones
para untar a base de cacao y nueces de las categorías de alimentos
04.2.2.5 y 05.1.3
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
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13.1.1
Preparados para lactantes
10 mg/l
13.1.2
Preparados de continuación
10 mg/kg
Separados o en
combinación
Separados
o
en
combinación
13.2
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
100 mg/kg
Separados
o
en
combinación
13.3
Alimentos dietéticos
para
usos
medicinales
especiales
(excluidos
los
BPM
usos
BPM
productos de la categoría de alimentos 13.1)
13.4
Preparados dietéticos para adelgazamiento y control del peso
13.5
Alimentos
13.6
Complementos alimenticios
15.1
Aperitivos
15.2
Nueces
dietéticos
(p.ej.,
los
complementos
BPM
alimenticios para
dietéticos), excluidos los indicados en las categorías 13.1 - 13.4 y 13.6
a
base
de
150 mg/kg
patatas
(papas),
cereales,
harina
o
almidón
200 mg/kg
(derivados de raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas
elaboradas,
incluidas
las
nueces
(p.
ej.,
con
frutas
secas)
1500 mg/kg
revestidas y mezclas de nueces
TOSOM (ACEITE DE SOJA OXIDADO CON PROCEDIMIENTO TERMICO CON MONO Y DIGLICERIDOS DE
ACIDOS GRASOS) INS:
479
Función: Emulsificante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
02.2.1.2
02.2.2
Margarina y productos similares
5000 mg/kg
Emulsiones con menos del 80% de grasa
5000 mg/kg
VERDE S (VERDE BRILLANTE BS) INS: 142
Función: Colorante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
05.3
Goma de mascar
300 mg/kg
Directiva
94/36/CE
VERDE SÓLIDO FCF
INS 143
Función: Colorante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
01.1.2
Bebidas lácteas, saborizadas y/o fermentadas (p. ej., leche con chocolate,
100 mg/kg
Nota 52
Postres lácteos (p. ej., pudines, yogur aromatizado o con fruta)
100 mg/kg
Nota 2
Grasas y aceites vegetales
BPM
cacao, ponche de huevo, yogur para beber, bebidas a base de suero
01.7
02.1.2
02.1.3
Manteca de cerdo, cebo, aceite de pescado y otras grasas de origen animal
BPM
02.1.4
Mezcla de aceites y/o grasas de origen animal y vegetal. Mezclas de las
BPM
02.4
Postres a base de grasas, excluidos los postres lácteos de la categoría de
categorías 2.1.2 y 2.1.3
100 mg/kg
alimentos 01.7
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
100 mg/kg
04.1.2.4
03.0
Frutas en conserva enlatadas o en frasco (pasteurizadas)
200 mg/kg
04.1.2.5
Confituras, jaleas mermeladas
400 mg/kg
04.1.2.6
Productos para untar a base de fruta (p. ej., el chutney, excluidos los
100 mg/kg
04.1.2.7
Frutas confitadas
100 mg/kg
04.1.2.8
Preparados a base de fruta, incluida la pulpa, los purés, los revestimientos
100 mg/kg
04.1.2.9
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base de agua con aromas de
productos de la categoría de alimentos 04.1.2.5
de fruta y la leche de coco
100 mg/kg
fruta
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
04.1.2.11
04.2.2.3
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Rellenos de fruta para panadería
100 mg/kg
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
300 mg/kg
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en vinagre, aceite, salmuera o
salsa de soya
04.2.2.4
Hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos legumbres y
200 mg/kg
leguminosas y aloe vera) y algas marinas en conserva, en latas o frascos
(pasteurizadas) o en bolsas de esterilización
04.2.2.7
Productos
a
tubérculos,
base
de
hortalizas
legumbres
y
(incluidos
leguminosas
y
hongos
aloe
y
vera)
setas,
y
raíces
algas
y
300 mg/kg
marinas
fermentadas, excluidos los producto fermentados de soja de la categoría
12.10
05.2
Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1, 05.3
100 mg/kg
y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc.
05.3
Goma de mascar
05.4
Decoraciones (p.ej., para productos de
300 mg/kg
panadería fina), revestimientos
100 mg/kg
(que no sean de fruta) y salsas dulces
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
100 mg/kg
06.4.3
Pastas y fideos precocidos y productos similares
100 mg/kg
Postres a base de cereales y almidón (p ej. pudines de arroz, pudines de
100 mg/kg
06.5
mandioca)
07.0
07.1.1
07.2
09.2.4.1
Productos de panadería
100 mg/kg
Panes y panecillos
100 mg/kg
Productos de panadería fina (dulces, salados, aromatizados) y mezclas
100 mg/kg
Pescado y productos pesqueros cocidos
100 mg/kg
09.2.5
Pescado y productos pesqueros ahumados, desecados, fermentados y/o
100 mg/kg
09.3.3
Sucedáneos de salmón, caviar y otros productos pesqueros a base de
salados, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
100 mg/kg
huevas
10.1
Huevos frescos
BPM
10.4
Postres a base de huevo ( p ej., flan)
100 mg/kg
12.2.2
Aderezos y condimentos
100 mg/kg
12.6.1
Salsas emulsionadas (p ej., mayonesa, aderezos para ensaladas)
100 mg/kg
Complementos alimenticios
BPM
14.1.4
13.6
Bebidas a base de agua saborizada, incluidas las bebidas para deportistas,
100 mg/kg
14.2.6
Licores destilados que contengan más de un 15% de alcohol
14.2.7
Bebidas
Nota 4
bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas
alcohólicas
saborizadas
(p.ej.,
cerveza,
vino
100 mg/kg
y
bebidas
100 mg/kg
espirituosas tipo refresco, refrescos con bajo contenido de alcohol)
XILITOL
INS 967
Función: Agente de carga, emulsificante, humectante, estabilizador, edulcorante, espesante
No categoría
Categoría de alimentos
Nivel máximo
Observaciones
de alimentos
09.2.1
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros congelados, incluidos
BPM
Nota 16 y 142
BPM
Nota 16 y 142
incluidos
BPM
Nota 16 y 142
Otros azúcares y jarabes ( p ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos de
BPM
moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.2
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros rebozados congelados,
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
09.2.3
Productos
pesqueros
picados,
amalgamados
y
congelados,
moluscos, crustáceos y equinodermos
11.4
azúcar)
14.1.5
Café, sucedáneos
del café,
té, infusiones de hierbas
y otras
bebidas
30000 mg/kg
calientes a base de cereales y granos, excluido el cacao
14.2.6
Licores destilados que contengan más de un 15 por ciento de alcohol
BPM
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
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NOTAS A LOS COMENTARIOS DE LOS ADITIVOS ALIMENTARIOS
Nota 1:
Como ácido adípico
Nota 2:
En el ingrediente seco, peso en seco, mezcla seca, o tomando como base el concentrado.
Nota 3:
Tratamiento superficial.
Nota 4:
Para decoración, sellado, marcado o marcado al fuego del producto.
Nota 5:
En las materias primas para la elaboración del alimento acabado.
Nota 6:
Como aluminio.
Nota 7:
La dosis de uso no se refiere al alimento acabado.
Nota 8:
Como bixina.
Nota 9:
Como bixina o norbixina total.
Nota 10:
Como estearato de ascorbilo.
Nota 11 :
Tomando como base la harina.
Nota 12 :
Transferencia procedente de sustancias aromatizantes.
Nota 13 :
Como ácido benzoico.
Nota 14 :
En una presentación de dilución mayor a 5x.
Nota 15 :
Tomando como base las grasas o los aceites.
Nota 16 :
Para uso en el glaseado, rebozado o decoración de frutas, hortalizas, carnes o pescados.
Nota 17 :
Como ácido ciclámico.
Nota 18 :
Dosis añadida; residuos no detectados en los alimentos listos para el consumo.
Nota 19 :
En la grasa del cacao; dosis de uso tomando como base el alimento listo para el consumo.
Nota 20 :
En la cantidad total de estabilizadores, espesantes, y/o gomas.
Nota 21 :
Como EDTA cálcico disódico anhidro.
Nota 22 :
Sólo para uso en productos pesqueros ahumados.
Nota 23 :
Como hierro.
Nota 24 :
Como ferrocianuro de sodio anhidro.
Nota 25 :
Como ácido fórmico.
Nota 26 :
Como equivalentes de esteviol
Nota 27 :
Como ácido p-hidroxibenzoico.
Nota 28 :
Conversión de la IDA: si un preparado clásico contiene 0.025 µg/U, la IDA de 33000 U/kg
de pc se calcula como sigue:[(33000 U/kg de pc) x (0.025 µg/U) x (1 mg/1000 µg)] = 0.825
mg/kg de pc.
Nota 29 :
Bases de presentación no especificadas.
Nota 30 :
Como ion residual de NO3.
Nota 31 :
Del puré que se use.
Nota 32 :
Como ion residual de NO2.
Nota 33 :
Como fósforo.
Nota 34 :
Tomando como base el anhidro.
Nota 35 :
Sólo para uso en los zumos (jugos) turbios.
Nota 36 :
Dosis residual.
Nota 37 :
Como peso del extracto magro de la leche.
Nota 38 :
Dosis en la mezcla que se ha de descremar.
Nota 39 :
Sólo cuando el producto contiene mantequilla (manteca) u otras grasas y aceites.
Nota 40 :
Sólo SIN 451i (Trifosfato pentasódico), para mejorar la eficacia de los benzoatos y sorbatos.
Nota 41 :
Sólo en empanizados o albardillas, rebozados.
Nota 42 :
Como ácido sórbico.
Nota 43 :
Como estaño.
Nota 44 :
Como SO2 residual.
Nota 45 :
Como ácido tartárico.
Nota 46 :
Como ácido tiodipropiónico.
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
Nota 47 :
En el peso de la yema del huevo, en seco.
Nota 48 :
Sólo para las aceitunas.
Nota 49 :
Sólo para uso en los frutos cítricos.
Nota 50 :
Sólo para uso en las huevas de pescado.
Nota 51 :
Sólo para uso en las hierbas.
Nota 52 :
Excluida la leche chocolatada.
Nota 53 :
Sólo para uso en rebozados.
Nota 54 :
Unicamente para el uso de cócteles de cereza y cerezas caramelos.
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Nota 55 :
Dosis añadida.
Nota 56 :
Siempre y cuando no haya almidón presente.
Nota 57 :
Las BPM indican 1 parte de peróxido de benzoílo y no más de 6 partes del aditivo en
cuestión, en peso.
Nota 58 :
Como calcio.
Nota 59:
Como gas de envasado.
Nota 60:
Si se utiliza como gasificante, el CO2 en el vino terminado no deberá sobrepasar un valor de
Nota 61:
Sólo para uso en pescado picado.
39.2mg/kg.
Nota 62 :
Como cobre.
Nota 63:
En la cantidad de ingredientes lácteos.
Nota 64 :
Dosis añadida a frijoles; 200 mg/kg en el alimento listo para el consumo, tomando como
Nota 65 :
Transferencia procedente de las preparaciones nutritivas.
base el anhidro.
Nota 66 :
Como formaldehído. Sólo para uso en el queso provolone.
Nota 67 :
Salvo para uso en claras de huevo líquidas a 8800 mg/kg como fósforo, y en huevos enteros
Nota 68:
Para su uso en productos sin azúcar añadido únicamente.
líquidos a 14,700 mg/kg como fósforo.
Nota 69 :
Como gasificante.
Nota 70 :
Como ácido.
Nota 71 :
Sólo sales de calcio, potasio y sodio.
Nota 72 :
Tomando como base el producto listo para el consumo.
Nota 73 :
Salvo en pescado entero.
Nota 74 :
Excluyendo el suero líquido y los productos de suero que se utilizan como ingrediente en
Nota 75 :
Sólo para uso en leche en polvo para máquinas expendedoras.
preparados para lactantes.
Nota 76 :
Sólo para uso en las patatas (papas).
Nota 77:
Para usos nutricionales especiales únicamente.
Nota 78:
Sólo para uso en tocino (embutido fresco, curado).
Nota 79:
Sólo para uso en las nueces.
Nota 80:
Equivalente a una aplicación superficial de 2 mg/dm2 por una profundidad máxima de 5
Nota 81:
Equivalente a una aplicación superficial de 1 mg/dm2 por una profundidad máxima de 5
Nota 82:
Para uso en camarones; 6000 mg/kg para Crangon crangon y Crangon vulgaris.
mm.
mm.
Nota 83:
Solo la forma L(+).
Nota 84:
Sólo para los lactantes mayores de un año de edad.
Nota 85:
Se excluye el uso en productos de surimi y hueva de pescado a 500 mg/kg.
Nota 86:
Sólo para uso en aderezos batidos para postres, distintos a la crema (nata).
Nota 87:
Dosis de tratamiento.
Nota 88:
Transferencia procedente del ingrediente.
Nota 89:
Salvo para uso en KONBU (un tipo de alga) seco, a 150 mg/kg.
Nota 90:
Para uso en mezclas de leche y sacarosa utilizadas en el producto terminado.
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
Nota 91:
Benzoatos y sorbatos, solos o mixtos.
Nota 92 :
Excluidas las salsas a base de tomate.
Nota 93:
Salvo el vino simple producido a partir de las uvas Vitis vinifera.
Nota 94 :
Sólo para uso en longaniza (embutido fresco, sin curar).
Nota 95 :
Sólo para uso en productos de surimi y hueva de pescado.
Nota 96 :
Sobre la base del peso seco de un edulcorante de alta intensidad.
Nota 97 :
En productos de cacao y chocolate.
Nota 98 :
Para el control del polvo.
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Nota 99 :
Sólo para uso en filetes de pescado y pescado picado.
Nota 100:
Para uso como agente dispersante en aceite de eneldo utilizado en el alimento final.
Nota 101:
La dosis de uso individual, en combinación no debe sobrepasar los 15 000 mg/kg.
Nota 102 :
Para uso en emulsiones de grasa para hornear únicamente.
Nota 103 :
Salvo para uso en vinos blancos especiales a 400 mg/kg.
Nota 104 :
Máximo residuo de 5000 mg/kg en panes y productos de panadería de masa leudada.
Nota 105 :
Salvo para uso en tiras de calabaza (calabacín) secas (KAMPYO) a 5000 mg/kg.
Nota 106 :
Salvo para uso en mostaza de Dijon a 500 mg/kg.
Nota 107 :
Excepto
para
el
uso de
ferrocianuro de sodio (SIN 535) en sal
dendrítica
de calidad
alimentaria en un nivel de 29 mg/kg como ferrocianuro de sodio anhidro.
Nota: 108:
Sólo para uso en café en grano.
Nota :109:
Dosis de uso expresada como 25 lbs/1000 gal x (0.45 kg/lb) x (1 gal/3.75 L) x (1 L/kg) x
Nota 110:
Sólo para uso en patatas (papas) fritas congeladas.
Nota 111:
Excluyendo el jarabe de glucosa seco usado en la fabricación de confitería de azúcar a 150
Nota 112:.
Sólo para uso en queso rallado.
(106 mg/kg) = 3000 mg/kg
mg/kg y jarabe de glucosa usado en la fabricación de confitería de azúcar a 400 mg/kg.
Nota 113:
Nivel de utilización registrado como equivalentes de acesulfame potásico.
Nota 114:
Salvo el cacao en polvo.
Nota 115:
Sólo para uso en el zumo (jugo) de piña.
Nota 116:
Sólo para el uso en masas.
Nota 117:
Salvo para el uso en longaniza (embutido fresco, sin curar) a 1000 mg/kg.
Nota 118:
Salvo para el uso en tocino (embutido fresco, curado) a 1000 mg/kg.
Nota 119:
Nivel de utilización registrado como equivalentes de aspartame.
Nota 120:
Sólo para el uso en caviar a 2500 mg/kg.
Nota 121:
Salvo productos pesqueros fermentados a 1000 mg/kg.
Nota 122:
Sujeto a las leyes nacionales del país importador.
Nota 123:
1000 mg/kg para bebidas con un pH mayor a 3.5.
Nota 124:
Sólo para productos que contienen menos de 7% etanol.
Nota 125:
Para uso como agente antiadherente para moldes para hornear en una mezcla con aceite
vegetal.
Nota 126:
Para efectos antiadherentes en la masa, al dividirla y hornearla solamente.
Nota 127 :
Según se sirve al consumidor.
Nota 128 :
Sólo SIN 334 (Ácido tartárico).
Nota 129 :
Para uso como un regulador de la acidez en el zumo (jugo) de uva.
Nota 130:
Solos o mixtos: Butilhidroxianisol (BHA, INS 320), Butilhidroxitolueno (BHT, INS 321),
Nota 131:
Como resultado de la utilización de aspartame como vehículo de sabor.
Nota 132:
Excepto para uso en un nivel de 500 mg/kg (extracto seco) en bebidas semicongeladas.
Nota 133:
Para Costa Rica 0 mg/kg y para Nicaragua 30 mg/kg.
Terbutilhidroquinona (TBHQ, INS 319), y galato de propilo (INS 310).
Nota 134:
Unicamente en saborizantes citricos en base de aceite.
Nota 135:
Aplica solo en bebidas calientes a base de cereales y granos.
Nota 136:
En combinación con sorbatos y benzoatos.
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
Nota 137 :
En combinación con sorbatos y benzoatos donde el máximo es de 500 de hidroxibenzoatos.
Nota 138:
Mezclado con benzoatos.
Nota 139:
Solo para productos líquidos.
Nota 140:
En combinación con sorbatos.
Nota 141:
Solo para pescado ahumado 100 mg/kg.
Nota 142:
Solo como gasificante en preparados para destete.
Nota 143:
Con fines distintos a la edulcoración.
Nota 144:
Como potenciador de sabor.
Nota 145:
Los productos tienen un contenido energético reducido o carecen de azúcar añadido.
Nota 146:
Nivel de utilización para el
-caroteno sintético (SIN 160ai); 35 mg/kg para el
carotenal (SIN 160e) y el ester metílico o etílico del ácido
Nota 147:
-apo-8-
-apo-8 carotenoico (SIN 160f).
Excluido el suero de leche en polvo destinado a alimentos para lactantes.
Nota 148:
Uso como sinérgico de antioxidantes.
Nota 152:
Para freír únicamente.
Nota 153:
Para uso en los fideos instantáneos únicamente.
Nota 154:
Para uso en la leche de coco únicamente.
Nota 155:
Para uso en las manzanas cortadas y congeladas únicamente.
Nota 156:
Para uso en microdulces y mentas para refrescar el aliento a 2500 mg/kg.
Nota 158:
Para uso en microdulces y mentas para refrescar el aliento a 1000 mg/kg.
Nota 159:
Para uso en jarabe para panqueques y jarabe de arce.
Nota 160:
Para
uso
en
productos listos
para
tomar
y
premezclas de productos
listos para
tomar
únicamente.
Nota 162:
Para uso en productos deshidratados y productos tipo salami únicamente.
Nota 163:
Para uso en microdulces y mentas para refrescar el aliento a 3000 mg/kg.
Nota 164:
Para uso en microdulces y mentas para refrescar el aliento a 30 000 mg/kg.
Nota 165:
Para uso en productos con fines nutritivos especiales únicamente.
Nota 166:
Para pastas para untar a base de leche únicamente.
Nota 167:
Para productos deshidratados únicamente.
Nota 168:
Extracto de quilaya, tipo 1 (SIN 999(i)) únicamente. La dosis máxima de uso aceptable se
Nota 169:
Solamente para uso en las emulsiones a base de grasa para untar emparedados.
expresa en base a saponina..
Nota 171:
Excluye la grasa de leche anhidra.
Nota 174:
Individualmente o combinados: silicato de aluminio y sodio (SIN 554), silicato de aluminio
Nota 177:
Sólo para uso en queso rebanado, desmenuzado o rallado.
Nota 178:
Expresado como ácido carmínico.
Nota 180:
Presentado como betacaroteno.
y calcio (SIN 556) y silicato de aluminio (SIN 559).
Nota 181:
Expresado como antocianina.
Nota 182:
Excepto para uso en la leche de coco.
Nota 183:
Los productos que corresponden a la Norma para el chocolate y productos de chocolates
Nota 186:
Sólo para uso en las harinas con aditivos.
Nota 193:
Solo para uso en pastas de crustáceos o de pescado.
[CODEX STAN 87 - 1981] sólo pueden usar colorantes para la decoración de la superficie.
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
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ANEXO II
(NORMATIVO)
ADITIVOS PERMITIDOS POR CATEGORÍAS DE ALIMENTOS O POR ALIMENTOS
INDIVIDUALES.
Categoría de Alimentos No.
01.1.1.2
Aditivo
Suero de mantequilla (simple)
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
AGAR
406
2500 mg/kg
407a
BPM
ALGINATO DE CALCIO
404
3000 mg/kg
ALGINATO DE POTASIO
402
200 mg/kg
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
3000 mg/kg
ALGA
EUCHEUMA
ELABORADA
(CARRAGENINA SEMI REFINADA)
ALGINATO DE SODIO
401
10000 mg/kg
ALMIDÓN OXIDADO
1404
BPM
ALMIDÓN HIDROXIPROPILICO
1440
BPM
BICARBONATO DE MAGNESIO
504ii
BPM
CARBONATO DE MAGNESIO
504i
BPM
CLORURO DE MAGNESIO
511
BPM
FDA 184.1426
331iii
BPM
FDA 184.1751
472a
BPM
CITRATO TRISÓDICO
ÉSTERES ACÉTICOS DE LOS MONO Y
DIGLICÉRIDOS
DE
LOS
ÁCIDOS
GRASOS
FOSFATO DE DIALMIDÓN ACETILADO
1414
BPM
ÓXIDO NITROSO
942
BPM
NITROGENO
941
BPM
Nota 59
Bebidas lácteas, saborizadas y/o fermentadas (p.
Categoría de Alimentos No.
01.1.2
ej., leche con chocolate, cacao, ponche de huevo,
yogur para beber, bebidas a base de suero)
Aditivo
INS
Nivel Máximo
ACESULFAME POTÁSICO
950
350 mg/kg
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
3000 mg/kg
ALITAME
956
100 mg/kg
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
150 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
300 mg/kg
ASPARTAME
951
600 mg/kg
AZUL BRILLANTE FCF
133
150 mg/kg
161g
BPM
120
150 mg/kg
CANTAXANTINA
CARMINES
Comentarios
Aceptado
Nota 52
Nota 52
Nota 52
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
150 mg/kg
160f
Nota
CAROTENOS VEGETALES
160aii
1000 mg/kg
52,
CODEX
243-2003:2010
STAN
Leches
Fermentadas
Página 222 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
CICLAMATOS
RTCA 67.04.54:10
952
250 mg/kg
COLOR CARAMELO CLASE I
150a
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE II
150b
50000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
150 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
150 mg/kg
127
300 mg/kg
ERITROSINA
ÉSTERES
DE
SORBITAN
DE
ÁCIDOS
GRASOS
491, 492, 493,
494, 495
ETILMALTOL
EXTRACTOS
DE
BIJA,
BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
Nota 17
Nota 52
5000 mg/kg
637
BPM
160b
50 mg/kg
Nota 9
338, 339i, 339ii,
339iii, 340i,
340ii, 340iii,
341i, 341ii,
341iii, 342i,
342ii, 342iii,
343ii, 343iii,
FOSFATOS
450i, 450ii,
BPM
FDA 182.6290
450iii, 450v,
450vi, 450vii,
451i, 451ii,
452i, 452ii,
452iii, 452iv,
452v, 542
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
960
BPM
FDA GRAS NOTICE GRN
278
452i
HEXAMETAFOSFATO DE SODIO
BPM
MALTOL
636
200 mg/kg
MARRON HT
155
150 mg/kg
NEOTAMO
961
20 mg/kg
FDA 182.6760
Nota 61
432, 433, 434,
POLISORBATOS
435, 436
3000 mg/kg
124
150 mg/kg
Nota 52
101i,ii
300 mg/kg
Nota 52
ROJO ALLURA AC
129
300 mg/kg
SACARINA
954
80 mg/kg
962
350 mg/kg
442
700 mg/kg
PONCEAU 4R
RIBOFLAVINAS
SAL DE ASPARTAMO Y ACESULFAMO
SALES
AMÓNICAS
FOSFATÍDICO
SORBATOS
DEL
ÁCIDO
200i, 201, 202,
203,
300 mg/kg
SUCRALOSA
955
300 mg/kg
SUCROGLICÉRIDOS
474
BPM
Nota 113
Nota 42
Página 223 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
SULFOSUCCIONATO
DE
RTCA 67.04.54:10
480
25 mg/kg
TARTRACINA
102
300 mg/kg
VERDE SÓLIDO FCF
143
100 mg/kg
DIOCTILSODICO
Nota 19
Nota 52
Productos lácteos fermentados y cuajados (simples),
Categoría de Alimentos No.
01.2
excluida la
Categoría de Alimentos 01.1.2 (bebidas
lácteas)
Aditivo
INS
ACESULFAME POTÁSICO
ACETATO DE ALMIDÓN
ADIPATO DE DIALMIDÓN ACETILADO
AGAR
ALGA EUCHEUMA ELABORADA
(CARRAGENINA SEMI REFINADA)
Nivel Máximo
950
500 mg/kg
1420, 1421
BPM
1422
BPM
406
2500 mg/kg
407a
5000 mg/kg
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
3000 mg/kg
ALGINATO DE SODIO
401
10000 mg/kg
ALMIDÓN HIDROXIPROPILICO
1440
BPM
ALMIDÓN BLANQUEADO
1403
BPM
1450
BPM
ALMIDÓN OXIDADO
1404
BPM
ALMIDONES TRATADOS CON ÁCIDO
1401
BPM
ALMIDONES TRATADOS CON BASES
1402
BPM
1405
BPM
ALMIDÓN OCTENIL SUCCINATO
SÓDICO
ALMIDONES TRATADOS CON
ENZIMAS
CARBOXIMETILCELULOSA SÓDICA
466
BPM
CARRAGENINA Y SUS SALES
407
5000 mg/kg
1400
BPM
DEXTRINAS, ALMIDÓN TOSTADO,
BLANCO Y AMARILLO
ERITRITHOL
968
40000 mg/kg
FOSFATO DE DIALMIDÓN ACETILADO
1414
BPM
FOSFATO DE DIALMIDÓN FOSFATADO
1413
BPM
1442
BPM
FOSFATO DE DIALMIDON
HIDROXIPROPILICO
FOSFATO MONOALMIDÓN
1410
BPM
LACTITOL
966
30000 mg/kg
NEOTAMO
961
65 mg/kg
NITRÓGENO
941
BPM
307a, 307b,
TOCOFEROLES
307c
Categoría de Alimentos No.
Aditivo
01.2.1
Comentarios
Aceptado
Nota 59
200 mg/kg
Leches fermentadas (simples)
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
ÁCIDO ACÉTICO GLACIAL
260
BPM
ÁCIDO CÍTRICO
330
1500 mg/kg
ÁCIDO CLORHIDRICO
507
BPM
ÁCIDO FUMÁRICO
297
BPM
ÁCIDO LÁCTICO (L, D y DI)
270
BPM
ÁCIDO MÁLICO (DL-)
296
BPM
Nota 63
Página 224 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
355, 356, 357,
ADIPATOS
359
CITRATO TRISÓDICO
COLOR CARAMELO, CLASE IV
GLUCONO DELTA LACTONA
PIMARICINA (NATAMICINA)
1500 mg/kg
150d
150 mg/kg
575
BPM
235
BPM
203,
Categoría de Alimentos No.
1500 mg/kg
331iii
200i, 201, 202,
SORBATOS
RTCA 67.04.54:10
1000 mg/kg
Nota 63
FDA 184.1751
Nota 12
Nota 42
Leches fermentadas (simples), no tratadas
01.2.1.1
térmicamente después de la fermentación
Aditivo
INS
Nivel Máximo
460i
BPM
ÓXIDO NITROSO
942
BPM
01.2.1.2
Comentarios
Aceptado
CELULOSA MICROCRISTALINA
Categoría de Alimentos No.
Nota 1
Leches
fermentadas
(simples),
tratadas
térmicamente después de la fermentación
Aditivo
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
ÁCIDO CÍTRICO
330
BPM
ALGINATO DE AMONIO
403
1000 mg/kg
ALGINATO DE CALCIO
404
3000 mg/kg
ALGINATO DE POTASIO
402
200 mg/kg
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
3000 mg/kg
ALGINATO DE SODIO
401
10000 mg/kg
ALMIDÓN HIDROXIPROPILICO
1440
BPM
ALMIDÓN OXIDADO
1404
BPM
BICARBONATO DE MAGNESIO
504ii
BPM
CARBONATO DE MAGNESIO
504i
BPM
CARBOXIMETILCELULOSA SÓDICA
466
5000 mg/kg
CARMINES
120
150 mg/Kg
Codex
stan
243-2003:2010,
Leches Fermentadas
CAROTENOIDES
160a(i),
100 mg/kg
160a(iii), 160e,
160f
STAN
243Leches
Fermentadas
CELULOSA EN POLVO
460ii
BPM
CELULOSA MICROCRISTALINA
460i
20000 mg/kg
CLORURO DE MAGNESIO
511
BPM
472a
BPM
1414
BPM
422
BPM
ÉSTERES ACÉTICOS DE LOS MONO Y
CODEX
2003:2010
FDA 184.1426
DIGLICÉRIDOS DE LOS ÁCIDOS
GRASOS
FOSFATO DE DIALMIDÓN ACETILADO
GLICEROL
Página 225 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
ISOMALTOSA
953
BPM
LACTATO DE POTASIO
326
BPM
LACTATO DE SÓDIO
325
BPM
LECITINA
322
BPM
MANITOL
421
BPM
PECTINAS (AMIDADA Y NO AMIDADA)
440
BPM
CODEX STAN 2432003:2010 Leches
Fermentadas
Categoría de Alimentos No.
01.2.2
Aditivo
Cuajada (simple)
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
ALMIDÓN HIDROXIPROPILICO
1440
BPM
ALMIDÓN OXIDADO
1404
BPM
BICARBONATO DE MAGNESIO
504ii
BPM
CARBONATO CÁLCICO
170i
BPM
CARBOXIMETILCELULOSA SÓDICA
466
BPM
460ii
BPM
460i
BPM
331iii
BPM
FDA 184.1751
511
BPM
FDA 184.1426
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
FOSFATO DE DIALMIDÓN ACETILADO
1414
BPM
421
BPM
200i, 201, 202,
1000 mg/kg
CELULOSA EN POLVO
CELULOSA MICROCRISTALINA
CITRATO TRISÓDICO
CLORURO DE MAGNESIO
MANITOL
SORBATOS
Nota 42
203,
Categoría de Alimentos No.
01.3
Aditivo
Leche Condensada y productos similares
INS
307a, 307b,
TOCOFEROLES
307c
Categoría de Alimentos No.
01.3.2
Aditivo
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
200 mg/kg
Blanqueadores de bebidas
INS
Nivel Máximo
Aceptado
Comentarios
ACESULFAME POTÁSICO
950
2,000 mg/kg
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
3000 mg/kg
ASPARTAME
951
6000 mg/kg
BHA BUTILHIDROXIANISOL
320
100 mg/kg
Notas 15 y 133
BHT BUTILHIDROXITOLUENO
321
100 mg/kg
Nota 15
160a(i),
1000 mg/kg
CAROTENOIDES
Página 226 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
160a(iii), 160e,
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
1000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
481i, 481ii
3000 mg/kg
473
20000 mg/kg
304, 305
80 mg/kg
477
1000 mg/kg
ESTEAROIL-2-LACTILATOS
ÉSTERES DE ÁCIDOS GRASOS Y
SACAROSA
ÉSTERES DE ASCORBILO
ÉSTERES DE PROPILENGLICOL DE
LOS ÁCIDOS GRASOS
ÉSTERES DE SORBITAN DE LOS
ÁCIDOS GRASOS
491, 492, 493,
494, 495
Nota 10
5000 mg/kg
ESTERES DIACETILTARTÁRICOS Y
DE LOS ÁCIDOS GRASOS DE
472e
5000 mg/kg
475
1000 mg/kg
163ii
1500 mg/kg
160b
50 mg/kg
961
65 mg/kg
GLICEROL
ÉSTERES PLIGLICÉRIDOS DE ÁCIDOS
GRASOS
EXTRACTO DE PIEL DE UVA
(ENOCIANINA)
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
NEOTAMO
432, 433, 434,
POLISORBATOS
435, 436
RIBOFLAVINAS
101i, 101ii
200i, 201, 202,
SORBATOS
203,
5000 mg/kg
300 mg/kg
200 mg/kg
SUCRALOSA
955
580 mg/kg
SUCROGLICÉRIDOS
474
20000 mg/kg
TARTRACINA
102
300 mg/kg
TBHQ
319
100 mg/kg
Categoría de Alimentos No.
Aditivo
01.4
Nota 8
Nota 42
Notas 15 y 130
Nata (crema) (simple) y productos similares
INS
Nivel Máximo
Aceptado
Comentarios
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
1000 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
SUCROGLICERIDOS
TOCOFEROLES
160aii
1000 mg/kg
474
5000 mg/kg
307a, 307b,
307c
200 mg/kg
Página 227 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
Categoría de Alimentos No.
01.4.1
Aditivo
ACETATO DE ALMIDÓN
RTCA 67.04.54:10
Nata (crema) pasteurizada (simple)
INS
Nivel Máximo
Aceptado
Comentarios
1420, 1421
BPM
ÁCIDO CÍTRICO
330
BPM
ÁCIDO LÁCTICO (L, D y DI)
270
BPM
1422
BPM
406
2500 mg/kg
407a
BPM
ALGINATO DE AMONIO
403
1000 mg/kg
ALGINATO DE CALCIO
404
3000 mg/kg
ALGINATO DE POTASIO
402
200 mg/kg
ALGINATO DE SODIO
401
10000 mg/kg
1440
BPM
1450
BPM
ALMIDÓN OXIDADO
1404
BPM
CARBONATO CÁLCICO
170i
BPM
CARBONATO DE POTASIO
501i
BPM
CARBONATO DE SODIO
500i
BPM
CARBOXIMETILCELULOSA SÓDICA
466
5000 mg/kg
CARRAGENINA Y SUS SALES
407
500 mg/kg
CELULOSA EN POLVO
460ii
BPM
CELULOSA MICROCRISTALINA
460i
5000 mg/kg
331iii
1000 mg/kg
FDA 184.1751
CITRATOS DE CALCIO
333
BPM
FDA 184.1195
CLORURO DE POTASIO
508
BPM
CLORURO CÁLCICO
509
500 mg/kg
150a
BPM
968
600000 mg/kg
472a
10000 mg/kg
160b
BPM
FOSFATO DE DIALMIDÓN ACETILADO
1414
BPM
FOSFATO DE DIALMIDÓN FOSFATADO
1413
BPM
1442
BPM
ADIPATO DE DIALMIDÓN ACETILADO
AGAR
ALGA EUCHEUMA ELABORADA
(CARRAGENINA SEMI REFINADA)
ALMIDÓN HIDROXIPROPILICO
ALMIDÓN OCTENIL SUCCINATO
SÓDICO
CITRATO TRISÓDICO
COLOR CARAMELO, CLASE I
ERITRITHOL
FDA 184.1193
ÉSTERES ACÉTICOS DE LOS MONO Y
DIGLICÉRIDOS DE LOS ÁCIDOS
GRASOS
EXTRACTO DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
FOSFATO DE DIALMIDON
HIDROXIPROPILICO
FDA 73.30
Página 228 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
FOSFATO MONOALMIDÓN
RTCA 67.04.54:10
1410
BPM
NITRÓGENO
941
BPM
ÓXIDO NITROSO
942
BPM
Natas
Categoría de Alimentos No.
01.4.2
(cremas)
Nota 59
esterilizadas
y
UHT,
natas
(cremas) para batir o batidas, y natas (cremas) de
contenido de grasa reducido (simples)
Aditivo
ACETATO DE ALMIDÓN
ÁCIDO CÍTRICO
ÁCIDO LÁCTICO (L, D y DI)
INS
Nivel Máximo
Aceptado
1420, 1421
BPM
330
BPM
270
BPM
1422
BPM
406
2500 mg/kg
407a
5000 mg/kg
ALGINATO DE AMONIO
403
1000 mg/kg
ALGINATO DE CALCIO
404
3000 mg/kg
ALGINATO DE POTASIO
402
200 mg/kg
ALGINATO DE SODIO
401
10000 mg/kg
ALMIDÓN HIDROXIPROPILICO
1440
BPM
ALMIDÓN BLANQUEADO
1403
BPM
1450
BPM
ALMIDÓN OXIDADO
1404
BPM
ALMIDONES TRATADOS CON ÁCIDO
1401
BPM
CARBONATO ACIDO DE POTASIO
501ii
BPM
CARBONATO ACIDO DE SODIO
500ii
BPM
CARBONATO CÁLCICO
170i
5000 mg/kg
CARBONATO DE POTASIO
501i
BPM
CARBONATO DE SODIO
500i
BPM
CARBOXIMETILCELULOSA SÓDICA
466
5000 mg/kg
CARRAGENINA Y SUS SALES
407
5000 mg/kg
ADIPATO DE DIALMIDÓN ACETILADO
AGAR
ALGA EUCHEUMA ELABORADA
(CARRAGENINA SEMI REFINADA)
ALMIDÓN OCTENIL SUCCINATO
SÓDICO
CELULOSA EN POLVO
Comentarios
460ii
BPM
460i
5000 mg/kg
331iii
5000 mg/kg
FDA 184.1751
CITRATOS DE CALCIO
333
BPM
FDA 184.1195
CLORURO DE POTASIO
508
BPM
CELULOSA MICROCRISTALINA
CITRATO TRISÓDICO
CLORURO CÁLCICO
COLOR CARAMELO, CLASE I
DEXTRINAS, ALMIDÓN TOSTADO,
BLANCO Y AMARILLO
ERITRITHOL
509
500 mg/kg
150a
BPM
1400
BPM
968
600000 mg/kg
472a
10000 mg/kg
FDA 184.1193
ÉSTERES ACÉTICOS DE LOS MONO Y
DIGLICÉRIDOS DE LOS ÁCIDOS
GRASOS
Página 229 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
ÉSTERES DE ÁCIDOS GRASOS Y
RTCA 67.04.54:10
473
10000 mg/kg
FOSFATO DE DIALMIDÓN ACETILADO
1414
BPM
FOSFATO DE DIALMIDÓN FOSFATADO
1413
BPM
1442
BPM
1410
BPM
SACAROSA
FOSFATO DE DIALMIDON
HIDROXIPROPILICO
FOSFATO MONOALMIDÓN
GOMA GELAN
418
BPM
GOMA GUAR
412
5000 mg/kg
GOMA XANTANA
415
5000 mg/kg
LACTATO CÁLCICO
327
BPM
LACTATO DE POTASIO
326
BPM
LACTATO DE SÓDIO
325
BPM
LACTITOL
966
30000 mg/kg
LECITINA
322
5000 mg/kg
MONO Y DIGLICÉRIDOS
471
5000 mg/kg
NITRÓGENO
941
BPM
ÓXIDO NITROSO
942
BPM
440
5000 mg/kg
1200
BPM
PECTINAS (AMIDADA Y NO AMIDADA)
POLIDEXTROSA A Y N
432, 433, 434,
POLISORBATOS
435, 436
Categoría de Alimentos No.
01.4.3
Aditivo
COLOR CARAMELO, CLASE III
COLOR CARAMELO, CLASE IV
POLISORBATOS
150c
BPM
150d
BPM
01.4.4
1000 mg/kg
Productos similares a la nata (crema)
INS
Nivel Máximo
950
1000 mg/kg
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
3000 mg/kg
ALITAME
956
100 mg/kg
ASPARTAME
951
1000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
472e
6000 mg/kg
477
5000 mg/kg
DE LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
ÉSTERES DE PROPILENGLICOL DE
ÁCIDOS GRASOS
Comentarios
Aceptado
ACESULFAME POTASICO
ESTERES DE DIACETILTARTARICOS Y
Comentarios
Aceptado
3000 mg/kg
435, 436
Aditivo
Nivel Máximo
405
432, 433, 434,
Categoría de Alimentos No.
1000 mg/kg
Nata (crema) cuajada (simple)
INS
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
Nota 59
Nota 86
Página 230 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
ÉSTERES DE SORBITAN DE ÁCIDOS
GRASOS
491, 492, 493,
494, 495
ESTERES POLIGLICERIDOS DE ACIDOS
GRASOS
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
NEOTAMO
5000 mg/kg
160b
100 mg/kg
961
33 mg/kg
435, 436
SUCRALOSA
955
Categoría de Alimentos No.
01.5.1
Aditivo
5000 mg/kg
475
432, 433, 434,
POLISORBATOS
RTCA 67.04.54:10
Nota 8
5000 mg/kg
580 mg/kg
Leche en polvo y nata (crema) en polvo (simples)
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
BHA BUTILHIDROXIANISOL
320
100 mg/kg
Notas 15 y 130
BHT BUTILHIDROXITOLUENO
321
200 mg/kg
Notas 15, 88 y 130
DIMETILPOLISILOXANO
900a
10 mg/kg
ÉSTERES DE ASCORBILO
304, 305
500 mg/kg
Nota 10
310
200 mg/kg
Notas 15, 75 y 130
474
10000 mg/kg
GALATO DE PROPILO
SUCROGLICÉRIDOS
307a, 307b,
TOCOFEROLES
307c
Categoría de Alimentos No.
Productos similares a la leche y la nata (crema) en
01.5.2
Aditivo
5000 mg/kg
polvo (simples)
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
ACESULFAME POTASICO
950
1,000 mg
ASPARTAME
951
2000 mg/kg
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
1000 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
COLOR CARAMELO, CLASE III
COLOR CARAMELO, CLASE IV
ÉSTERES DE ASCORBILO
ÉSTERES DE PROPILENGLICOL DE LOS
ÁCIDOS GRASOS
ÉSTERES DE SORBITAN DE LOS
ÁCIDOS GRASOS
ESTERES DIACETILTARTÁRICOS Y DE
LOS ÁCIDOS GRASOS DE GLICEROL
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
160aii
1000 mg/kg
150c
BPM
150d
BPM
304, 305
80 mg/kg
477
100000 mg/kg
491, 492, 493,
494, 495
Nota 10
4000 mg/kg
472e
10000 mg/kg
160b
100 mg/kg
Nota 8
330 mg/kg
Notas 26 y 201
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
960
NEOTAMO
961
65 mg/kg
Página 231 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
432, 433, 434,
POLISORBATOS
435, 436
RIBOFLAVINAS
RTCA 67.04.54:10
4000 mg/kg
101i, 101ii
300 mg/kg
307a, 307b,
TOCOFEROLES
200 mg/kg
307c
Categoría de Alimentos No.
01.6
Queso y Productos similares
Aditivo
INS
Nivel Máximo
ÁCIDO SULFÚRICO
513
3 mg/kg
CLORURO CALCICO
509
2000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE II
150b
50000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
200i, 201, 202,
SORBATOS
203,
01.6.1
FDA 182.3089, 182.3795,
182.90, 182.3225, 182.3640
200 mg/kg
307c
Categoría de Alimentos No.
FDA 184.1193
Nota 42
3000 mg/kg
307a, 307b,
TOCOFEROLES
Comentarios
Aceptado
Quesos no madurados
Aditivo
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
9000 mg/kg
BPM
Nota 3
AMARILLO OCASO FCF
110
300 mg/kg
Nota 3
ASPARTAME
951
1000 mg/kg
AZUL BRILLANTE FCF
133
100 mg/kg
Nota 3
CARMINES
120
BPM
Nota 3
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
35 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
600 mg/kg
FOSFATO DE ALUMINIO Y SODIO
541i, 541ii
670 mg/kg
Nota 6
MARRON HT
155
BPM
Nota 3
NISINA
234
12.5 mg/kg
Nota 28
PIMARICINA (NATAMICINA)
235
40 mg/kg
Notas 3 y 80
80 mg/kg
Nota 38
Nota 3
POLISORBATOS
432, 433, 434,
435, 436
PONCEAU 4R
124
100 mg/kg
RIBOFLAVINAS
101i, 101ii
300 mg/kg
SILICATO DE ALUMINIO Y SODIO
554
10,000 mg/kg
Nota 6
556
10000 mg/kg
Nota 6
553i
10000 mg/kg
SILICATO DE CALCIO Y ALUMINIO
(CAOLIN) (SINTETICO)
SILICATO DE MAGNESIO (SINTETICO)
Nota 42
SORBATOS
200i, 201, 202,
203
BPM
FDA 182.3089,
182.3795, 182.90
182.3225,
182.3640
Página 232 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
Categoría de Alimentos No.
01.6.2
Aditivo
Quesos Madurados
INS
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
160 b
NORBIXINA, ANNATO
RTCA 67.04.54:10
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
BPM
FDA 73.30
338, 339i, 339ii,
339iii, 340i,
340ii, 340iii,
341i, 341ii,
341iii, 342i,
342ii, 342iii,
343ii, 343iii,
FOSFATOS
450i, 450ii,
30000 mg/kg
450iii, 450v,
450vi, 450vii,
451i, 451ii,
452i, 452ii,
452iii, 452iv,
452v, 542
LISOZIMA
1105
BPM
NISINA
234
12.5 mg/kg
PIMARICINA (NATAMICINA)
235
40 mg/kg
553iii
10,000 mg/kg
TALCO
Categoría de Alimentos No.
01.6.2.1
Aditivo
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
CARMINES
Nota 28
Notas 3 y 80
Quesos madurados, incluida la corteza
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
405
9000 mg/kg
120
125 mg/kg
Nota 3
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
600 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
600 mg/kg
ÉSTERES DE ASCORBILO
304, 305
500 mg/kg
472e
10000 mg/kg
239
25 mg/kg
101i, 101ii
300 mg/kg
554
10000 mg/kg
Nota 6, 174 y 177
556
10000 mg/kg
Nota 6, 174 y 177
553i
10000 mg/kg
Nota 6, 174 y 177
ESTERES DIACETILTARTÁRICOS Y DE
LOS ÁCIDOS GRASOS DE GLICEROL
HEXAMETILENTETRAMINA
RIBOFLAVINAS
SILICATO DE ALUMINIO Y SODIO
SILICATO DE CALCIO Y ALUMINIO
(CAOLIN) (SINTETICO)
SILICATO DE MAGNESIO (SINTETICO)
Notas 10 y 112
Nota 66
Página 233 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
Categoría de Alimentos No.
01.6.2.2
Aditivo
RTCA 67.04.54:10
Corteza de queso madurado
INS
Nivel Máximo
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
9000 mg/kg
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
BPM
AMARILLO OCASO FCF
110
300 mg/kg
AZUL BRILLANTE FCF
133
100 mg/kg
120
BPM
CARMINES
Comentarios
Aceptado
Nota 3
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
1000 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
1000 mg/kg
CERA MICROCRISTALINA
905ci
30000 mg/kg
CURCUMINA
100i
BPM
ERITROSINA
127
100 mg/kg
160b
1000 mg/kg
INDIGOTINA
132
100 mg/kg
MARRON HT
155
BPM
NEGRO BRILLANTE PN
151
BPM
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
172i, 172ii,
ÓXIDOS DE HIERRO
172iii
PONCEAU 4R
100 mg/kg
124
100 mg/kg
101i, 101ii
300 mg/kg
ROJO ALLURA AC
129
100 mg/kg
TARTRACINA
102
100 mg/kg
RIBOFLAVINAS
Categoría de Alimentos No.
Queso en polvo (para reconstitución p. ej. para
01.6.2.3
Aditivo
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
Nota 8
salsas a base de queso)
INS
405
Nivel Máximo
Aceptado
Comentarios
9000 mg/kg
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
BPM
FDA 75.95
160aii
BPM
FDA 73.96
160b
BPM
FDA 73.30
554
10000 mg/kg
Notas 6, 174
556
10000 mg/kg
Notas 6, 174
553i
10000 mg/kg
Nota 6, 174
160f
CAROTENOS VEGETALES
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
SILICATO DE ALUMINIO Y SODIO
SILICATO DE CALCIO Y ALUMINIO
(CAOLIN) (SINTETICO)
SILICATO DE MAGNESIO (SINTETICO)
Página 234 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
Categoría de Alimentos No.
01.6.3
Aditivo
RTCA 67.04.54:10
Queso de suero
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
9000 mg/kg
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
BPM
Nota 3
AMARILLO OCASO FCF
110
BPM
Nota 3
AZUL BRILLANTE FCF
133
200 mg/kg
Nota 3
120
BPM
Nota 3
1000 mg/kg
Nota 3
160aii
1000 mg/kg
Nota 3
160b
50 mg/kg
Nota 8
INDIGOTINA
132
200 mg/kg
Nota 3
MARRON HT
155
BPM
Nota 3
NISINA
234
12.5 mg/kg
Nota 28
1000 mg/kg
Nota 42
CARMINES
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
160f
CAROTENOS VEGETALES
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
Categoría de Alimentos No.
01.6.4
Aditivo
ADIPATOS
Queso elaborado, fundido
INS
355, 356, 357,
359
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
4500 mg/kg
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
9000 mg/kg
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
200 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
200 mg/kg
AZUL BRILLANTE FCF
133
200 mg/kg
Nota 1
Nota 3
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
BPM
FDA 73.95
160aii
BPM
FDA 73.96
472e
10000 mg/kg
160b
BPM
541i, 541ii
35000 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
ESTERES DIACETILTARTÁRICOS Y DE
LOS ÁCIDOS GRASOS DE GLICEROL
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
FOSFATO DE ALUMINIO Y SODIO
FDA 73.30
Nota 29
338, 339i, 339ii,
339iii, 340i,
340ii, 340iii,
FOSFATOS
341i, 341ii,
341iii, 342i,
30000 mg/kg
342ii, 342iii,
343ii, 343iii,
450i, 450ii,
Página 235 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
450iii, 450v,
450vi, 450vii,
451i, 451ii,
452i, 452ii,
452iii, 452iv,
452v, 542
INDIGOTINA
132
200 mg/kg
MARRON HT
155
200 mg/kg
NEGRO BRILLANTE PN
151
100 mg/kg
234
250 mg/kg
NISINA
172i, 172ii,
ÓXIDOS DE HIERRO
172iii
PIMARICINA (NATAMICINA)
Nota 28
50 mg/kg
235
40 mg/kg
101i, 101ii
300 mg/kg
ROJO ALLURA AC
129
100 mg/kg
SILICATO DE ALUMINIO Y SODIO
554
10,000 mg/kg
Notas 6, 174, 177
556
10000 mg/kg
Notas 6, 174, 177
553i
10000 mg/kg
RIBOFLAVINAS
SILICATO DE CALCIO Y ALUMINIO
(CAOLIN) (SINTETICO)
SILICATO DE MAGNESIO (SINTETICO)
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
Notas 3 y 80
NOTA 6, 174, 177
Nota 42
3000 mg/kg
CODEX STAN 2831978:2010 General de Quesos
TALCO
TARTRACINA
Categoría de Alimentos No.
10,000 mg/kg
102
200 mg/kg
01.6.4.1
Aditivo
Queso fundido simple
INS
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
160b
NORBIXINA, ANNATO
Categoría de Alimentos No.
553iii
BPM
120
100 mg/kg
100 mg/kg
ERITROSINA
127
100 mg/kg
160b
60 mg/kg
PONCEAU 4R
124
100 mg/kg
ROJO ALLURA AC
129
100 mg/kg
Categoría de Alimentos No.
Aditivo
ACESULFAME POTÁSICO
01.6.5
Comentarios
Aceptado
100i
NORBIXINA, ANNATO
FDA 73.30
Nivel Máximo
CURCUMINA
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
Nota 8
contiene fruta, hortalizas, carne, etc.
INS
CARMINES
Comentarios
Aceptado
Queso fundido aromatizado, incluido el que
01.6.4.2
Aditivo
Nivel Máximo
Notas 5 y 72
Nota 8
Productos similares al queso
INS
950
Nivel Máximo
Aceptado
Comentarios
350 mg/kg
Página 236 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
ADIPATOS
355, 356, 357,
359
RTCA 67.04.54:10
4500 mg/kg
Nota 1
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
9000 mg/kg
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
BPM
Nota 3
AMARILLO OCASO FCF
110
300 mg/kg
Nota 3
ASPARTAME
951
1000 mg/kg
AZUL BRILLANTE FCF
133
200 mg/kg
Nota 3
CARMINES
120
100 mg/kg
Nota 3 y 178
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
BPM
FDA 73.95
160aii
BPM
FDA 73.96
472e
10000 mg/kg
160b
BPM
160f
CAROTENOS VEGETALES
ESTERES DIACETILTARTÁRICOS Y DE
LOS ÁCIDOS GRASOS DE GLICEROL
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
Nota 8
FDA 73.30
338, 339i, 339ii,
339iii, 340i,
340ii, 340iii,
341i, 341ii,
341iii, 342i,
342ii, 342iii,
FOSFATOS
343ii, 343iii,
450i, 450ii,
30000 mg/kg
450iii, 450v,
450vi, 450vii,
451i, 451ii,
452i, 452ii,
452iii, 452iv,
452v, 542
INDIGOTINA
132
200 mg/kg
Nota 3
MARRON HT
155
BPM
Nota 3
NEOTAMO
961
33 mg/kg
NISINA
234
12.5 mg/kg
Nota 28
PONCEAU 4R
124
100 mg/kg
Nota 3
101i, 101ii
300 mg/kg
ROJO ALLURA AC
129
300 mg/kg
SILICATO DE ALUMINIO Y SODIO
554
10000 mg/kg
Notas 6, 174, 177
556
10000 mg/kg
Notas 6, 174, 177
SILICATO DE MAGNESIO (SINTETICO)
553i
10000 mg/kg
Nota 6, 174, 177
SUCRALOSA
955
500 mg/kg
553iii
10,000 mg/kg
102
300 mg/kg
RIBOFLAVINAS
SILICATO DE CALCIO Y ALUMINIO
(CAOLIN) (SINTETICO)
TALCO
TARTRACINA
Nota 3
Nota 3
Página 237 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
Categoría de Alimentos No.
01.6.6
Aditivo
RTCA 67.04.54:10
Queso de proteínas del suero
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
ACIDO ACETICO GLACIAL
260
BPM
ACIDO CITRICO
330
BPM
ACIDO LACTICO (L, D y DI)
270
BPM
ACIDO MALICO (DL-)
296
BPM
ACIDO PROPIONICO
280
3000 mg/kg
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
9000 mg/kg
Nota 70
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
1000 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
1000 mg/kg
160b
50 mg/kg
NISINA
234
12.5 mg/kg
PIMARICINA (NATAMICINA)
235
40 mg/kg
PROPIONATO CALCICO
282
3000 mg/kg
Nota 70
281
3000 mg/kg
Nota 70
3000 mg/kg
Nota 42
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
PROPIONATO DE SODIO
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
Categoría de Alimentos No.
Postres
01.7
Aditivo
lácteos
Nota 8
Nota 28
Notas 3 y 80
(p.
ej.,
como
pudines,
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
ACESULFAME POTÁSICO
950
350 mg/kg
ACIDO TANICO
181
400 mg/kg
FDA 184. 1097
181
400 mg/kg
FDA 184. 1097
ACIDO TANICO
ADIPATOS
355, 356, 357,
359
4500 mg/kg
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
5000 mg/kg
ALITAME
956
100 mg/kg
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
150 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
300 mg/kg
ASPARTAME
951
3000 mg/kg
133
150 mg/kg
AZUL BRILLANTE FCF
BENZOATOS
CANTAXANTINA
CARMINES
CAROTENOIDES
yogur
aromatizado o con frutas)
210, 211, 212,
213
300 mg/kg
161g
BPM
120
150 mg/kg
160a(i),
160a(iii), 160e,
Nota 1
Nota 13
200 mg/kg
Página 238 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
1000 mg/kg
952
250 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE II
150b
50000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
50000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
2000 mg/kg
CURCUMINA
100i
150 mg/kg
ERITROSINA
127
300 mg/kg
481i, 481ii
5000 mg/kg
473
10000 mg/kg
304, 305
500 mg/kg
477
5000 mg/kg
CICLAMATOS
ESTEAROIL-2-LACTILATOS
ÉSTERES DE ÁCIDOS GRASOS Y
SACAROSA
ÉSTERES DE ASCORBILO
ÉSTERES DE PROPILENGLICOL DE
ÁCIDOS GRASOS
ÉSTERES DE SORBITAN DE ÁCIDOS
GRASOS
ESTERES DIACETILTARTÁRICOS Y DE
LOS ÁCIDOS GRASOS DE GLICEROL
ÉSTERES POLIGLICÉRIDOS DE ÁCIDOS
GRASOS
ETILMALTOL
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
FOSFATO DE ALUMINIO Y SODIO
491, 492, 493,
494, 495
Nota 17
Notas 2 y 10
5000 mg/kg
472e
10000 mg/kg
475
5000 mg/kg
637
BPM
160b
500 mg/kg
541i, 541ii
2000 mg/kg
Nota 6
338, 339i, 339ii,
339iii, 340i,
340ii, 340iii,
341i, 341ii,
341iii, 342i,
342ii, 342iii,
FOSFATOS
343ii, 343iii,
450i, 450ii,
BPM
450iii, 450v,
450vi, 450vii,
451i, 451ii,
452i, 452ii,
452iii, 452iv,
452v, 542
GALATO DE PROPILO
310
90 mg/kg
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
960
INDIGOTINA
132
300 mg/kg
MALTOL
636
200 mg/kg
MARRON HT
155
150 mg/kg
MONO Y DIGLICÉRIDOS ETOXILADOS
488
2000 mg/kg
NEGRO BRILLANTE PN
151
150 mg/kg
330 mg/kg
Notas 2, 15 y 130
Nota 26
Página 239 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
NEOTAMO
961
172i, 172ii,
ÓXIDOS DE HIERRO
172iii
PIMARICINA (NATAMICINA)
235
432, 433, 434,
POLISORBATOS
435, 436
PONCEAU 4R
RTCA 67.04.54:10
100 mg/kg
100 mg/kg
BPM
3000 mg/kg
124
150 mg/kg
1520
25000 mg/kg
101i, 101ii
300 mg/kg
ROJO ALLURA AC
129
300 mg/kg
SACARINA
954
100 mg/kg
442
700 mg/kg
PROPILENGLICOL
RIBOFLAVINAS
SALES AMÓNICAS DEL ÁCIDO
FOSFATÍDICO
SALES DE ASPARTAMO Y
962
ACESULFAMO
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
350 mg/kg
1000 mg/kg
SUCRALOSA
955
400 mg/kg
SUCROGLICÉRIDOS
474
5000 mg/kg
TARTRACINA
102
300 mg/kg
957
5 mg/kg
TAUMATINA
307a, 307b,
TOCOFEROLES
307c
VERDE SÓLIDO FCF
Categoría de Alimentos No.
143
100 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
50000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
307a 307b, 307c
200 mg/kg
NORBIXINA, ANNATO
PEROXIDO DE BENZOILO
los
Comentarios
Aceptado
50000 mg/kg
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
Nota 2
Nivel Máximo
150b
Aditivo
Nota 143
500 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE II
Categoría de Alimentos No.
Nota 42
quesos de suero
INS
TOCOFEROLES
Nota 113
Suero y productos a base de suero, excluidos
01.8
Aditivo
Sólo para postres congelados
Suero líquido y productos a base de suero líquido,
01.8.1
excluidos los quesos de suero
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
160b
20 mg/kg
928
100 mg/kg
Nota 8
Nota 74
Página 240 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
Categoría de Alimentos No.
Suero en polvo y productos a base de suero en
01.8.2
Aditivo
RTCA 67.04.54:10
polvo, excluidos los quesos de suero
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
CARBONATO ACIDO DE POTASIO
501 ii
BPM
CARBONATO ACIDO DE SODIO
500ii
BPM
CARBONATO CALCICO
170i
10000 mg/kg
CARBONATO DE MAGNESIO
504i
10000 mg/kg
CARBONATO DE POTASIO
501i
BPM
CARBONATO DE SODIO
500i
BPM
460 ii
10000 mg/kg
CELULOSA MICROCRISTALINA
460i
10000 mg/kg
CITRATO DIACIDO SODICO
331i
BPM
CITRATO DIPOTASICO
332i
BPM
CITRATO TRIPOTASICO
332ii
BPM
CITRATO TRISODICO
331iii
BPM
FDA 184.1751
CLORURO CALCICO
509
BPM
FDA 184.1193
DIOXIDO DE SILICIO (AMORFO)
551
10000 mg/kg
160b
20 mg/kg
1442
10000 mg/kg
HIDROXIDO CALCICO
526
BPM
HIDROXIDO DE POTASIO
525
BPM
HIDROXIDO DE SODIO
524
BPM
OXIDO DE MAGNESIO
530
10000 mg/kg
PERÓXIDO DE BENZOILO
928
100 mg/kg
500iii
BPM
SILICATO CALCICO
552
10000 mg/kg
SILICATO DE ALUMINIO Y SODIO
554
10000 mg/kg
556
10000 mg/kg
553i
10000 mg/kg
553iii
10000 mg/kg
CELULOSA EN POLVO
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
FOSFATO DE DIALMIDON
HIDROXIPROPILICO
SESQUICARBONATO DE SODIO
SILICATO DE CALCIO Y ALUMINIO
(CAOLIN) (SINTETICO)
SILICATO DE MAGNESIO (SINTETICO)
TALCO
Categoría de Alimentos No.
Aditivo
02.0
Nota 8
Nota 147
Grasas y aceites y emulsiones grasas
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
ANOXOMER
323
5000 mg/kg
BHA BUTILHIDROXIANISOL
320
200 mg/kg
RTCA 67.04.40:07 Grasas y
aceites
Notas 15 y 130
Página 241 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
CANTAXANTINA
161g
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE II
150b
20000 mg/kg
141i, 141ii
BPM
475
20000 mg/kg
COMPLEJOS CUPRICOS DE
CLOROFILAS Y CLOROFILINAS
ÉSTERES POLIGLICÉRIDOS DE ÁCIDOS
GRASOS
338, 339i, 339ii,
339iii, 340i,
340ii, 340iii,
341i, 341ii,
341iii, 342i,
342ii, 342iii,
343ii, 343iii,
FOSFATOS
450i, 450ii,
200 mg/kg
450iii, 450v,
450vi, 450vii,
451i, 451ii,
452i, 452ii,
452iii, 452iv,
452v, 542
TBHQ
319
Categoría de Alimentos No.
02.1
Aditivo
ACETATO DE ALMIDÓN
200 mg/kg
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
INS
Nivel Máximo
BPM
ACETATO DE SODIO
262i
5000 mg/kg
ACETATOS DE POTASIO
261
BPM
ÁCIDO ACÉTICO GLACIAL
260
5000 mg/kg
ACIDO ASCORBICO
300
200 mg/kg
ÁCIDO CÍTRICO
330
100 mg/kg
ACIDO ERITORBICO
315
100 mg/kg
ÁCIDO LÁCTICO (L, D y DL)
270
BPM
1422
BPM
ADIPATOS
AGAR
355, 356, 357,
359
3000 mg/kg
406
BPM
407a
BPM
ALGINATO DE AMONIO
403
5000 mg/kg
ALGINATO DE CALCIO
404
5000 mg/kg
ALGINATO DE POTASIO
402
BPM
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
11000 mg/kg
ALGINATO DE SODIO
401
10000 mg/kg
1403
BPM
ALGA EUCHEUMA ELABORADA
(CARRAGENINA SEMI REFINADA)
ALMIDÓN BLANQUEADO
Comentarios
Aceptado
1420, 1421
ADIPATO DE DIALMIDÓN ACETILADO
Notas 15 y 130
Nota 15
Nota 1
Página 242 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
ALMIDON HIDROXIPROPILICO
RTCA 67.04.54:10
1440
BPM
1450
BPM
ALMIDON OXIDADO
1404
BPM
ALMIDONES TRATADOS CON ÁCIDO
1401
BPM
ALMIDONES TRATADOS CON BASES
1402
BPM
1405
BPM
ASCORBATO CALCICO
302
BPM
ASCORBATO DE SODIO
301
BPM
BHT BUTILHIDROXITOLUENO
321
200 mg/kg
500i
BPM
ALMIDÓN OCTENIL SUCCINATO
SÓDICO
ALMIDONES TRATADOS CON
ENZIMAS
CARBONATO DE SODIO
Notas 15 y 130
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
1000 mg/kg
160f
CAROTENOS, VEGETALES
160aii
1000 mg/kg
CARRAGENINA Y SUS SALES
407
BPM
CELULOSA MICROCRISTALINA
460i
BPM
CITRATO DE ESTEARILO
484
BPM
CITRATO DIÁCIDO SÓDICO
331i
BPM
CITRATO DIPOTASICO
332i
BPM
332ii
BPM
331iii
BPM
FDA 184.1751
CITRATOS DE CALCIO
333
BPM
FDA 184.1195
CLOROFILAS
140
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
20000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
20000 mg/kg
CURCUMINA
100i
5 mg/kg
1400
BPM
DIACETATO DE SODIO
262ii
1000 mg/kg
DIMETILPOLISILOXANO
900a
10 mg/kg
430, 431
5000 mg/kg
481i, 481ii
3000 mg/kg
472a
BPM
472c
BPM
304, 305
500 mg/kg
477
10000 mg/kg
CITRATO TRIPOTÁSICO
CITRATO TRISODICO
DEXTRINAS, ALMIDÓN TOSTADO,
BLANCO Y AMARILLO
ESTEARATOS DE POLIOXIETILENO
ESTEAROIL-2-LACTILATOS
ESTERES ACETICOS DE LOS MONO Y
DIGLICERIDOS DE LOS ACIDOS
GRASOS
ESTERES CITRICOS Y GRASOS DEL
GLICEROL
ÉSTERES DE ASCORBILO
ESTERES DE PROPILENGLICOL DE
ACIDOS GRASOS
Nota 10
Página 243 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
ESTERES DE SORBITAN DE ACIDOS
GRASOS
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
491, 492, 493,
494, 495
RTCA 67.04.54:10
10000 mg/kg
472e
BPM
476
10000 mg/kg
160b
10 mg/kg
FOSFATO DE DIALMIDÓN
1412
BPM
FOSFATO DE DIALMIDÓN ACETILADO
1414
BPM
FOSFATO DE DIALMIDÓN FOSFATADO
1413
BPM
1442
BPM
1410
BPM
GALATO DE PROPILO
310
200 mg/kg
GLUCONO DELTA LACTONA
575
BPM
GOMA ARABIGA
414
15000 mg/kg
GOMA DE KARAYA
416
BPM
GOMA DE SEMILLAS DE ALGARROBO
410
BPM
GOMA DE TRAGACANTO
413
13000 mg/kg
GOMA GELAN
418
BPM
GOMA GUAR
412
20000 mg/kg
GOMA TARA
417
BPM
GOMA XANTANA
415
10000 mg/kg
316
100 mg/kg
LACTATO CÁLCICO
327
BPM
LACTATO DE POTASIO
326
BPM
LACTATO DE SÓDIO
325
BPM
LECITINA
322
30000 mg/kg
NITROGENO
941
BPM
OXIDO NITROSO
942
BPM
PECTINAS (AMIDADA Y NO AMIDADA)
440
BPM
RESINA DE GUAYACO
314
1000 mg/kg
ROJO DE REMOLACHA
162
BPM
500iii
BPM
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
ESTERES POLIGLICERIDOS DEL ACIDO
RICINOLICO INTERESTERIFICADO
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
FOSFATO DE DIALMIDON
HIDROXIPROPILICO
FOSFATO MONOALMIDÓN
ISOASCORBATO DE SODIO
(ERITORBATO DE SODIO)
SESQUICARBONATO DE SODIO
TARTRATOS
TBHQ
TIODIPROPIONATOS
334; 335i,ii;
336i,ii; 337
5000 mg/kg
Nota 9
Notas 15 y 130
Nota 59
Nota 45
319
200 mg/kg
Notas 15 y 130
388, 389
200 mg/kg
Nota 46
Página 244 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
Categoría de Alimentos No.
02.1.1
RTCA 67.04.54:10
Aceite de mantequilla (manteca), grasa de leche
anhidra, ghee.
Aditivo
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
ACIDO CITRICO
330
BPM
BHA BUTILHIDROXIANISOL
320
175 mg/kg
Notas 15 y 133
BHT BUTILHIDROXITOLUENO
321
75 mg/kg
Notas 15 y 130
500ii
BPM
CITRATO DE ISOPROPILO
384
100 mg/kg
CITRATO DIACIDO SODICO
331i
BPM
Nota 171
331iii
BPM
FDA 184.1751
304, 305
500 mg/kg
Nota 10
GALATO DE PROPILO
310
100 mg/kg
Notas 15 y 133
MONO Y DIGLICERIDOS
471
20000 mg/kg
CARBONATO ACIDO DE SODIO
CITRATO TRISODICO
ESTERES DE ASCORBILO
307a, 307b,
TOCOFEROLES
307c
Categoría de Alimentos No.
02.1.2
Aditivo
Nota 77
500 mg/kg
Gasas y aceites vegetales
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
RTCA 67.04.40:07 Grasas y
ÁCIDO CITRICO
330
BPM
ÁCIDO MÁLICO (DL-)
296
100 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
BPM
AZUL BRILLANTE FCF
133
200 mg/kg
BHA BUTILHIDROXIANISOL
320
200 mg/kg
Notas 15 y 133
BHT BUTILHIDROXITOLUENO
321
200 mg/kg
Notas 15 y 130
161g
15 mg/kg
160aii
1000 mg/kg
CITRATO DE ESTEARILO
484
BPM
CITRATO DE ISOPROPILO
384
200 mg/kg
900a
10 mg/kg
127
300 mg/kg
473
10000 mg/kg
304, 305
500 mg/kg
472e
10000 mg/kg
CANTAXANTINA
CAROTENOS VEGETALES
DIMETILPOLISILOXANO
ERITROSINA
ESTERES DE ACIDOS GRASOS Y
SACAROSA
ESTERES DE ASCORBILO
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
ESTERES LÁCTICOS Y DE ACIDOS
GRASOS DE GLICEROL
FOSFATOS
472b
338, 339i, 339ii,
339iii, 340i,
BPM
aceites
Nota 10
RTCA 67.04.40:07 Grasas y
aceites
220 mg/kg
Nota 33
Página 245 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
340ii, 340iii,
341i, 341ii,
341iii, 342i,
342ii, 342iii,
343ii, 343iii,
450i, 450ii,
450iii, 450v,
450vi, 450vii,
451i, 451ii,
452i, 452ii,
452iii, 452iv,
452v, 542
GALATO DE PROPILO
310
200 mg/kg
INDIGOTINA
132
200 mg/kg
MONO Y DIGLICERIDOS
471
20000 mg/kg
432, 433, 434,
POLISORBATOS
435, 436
RESINA DE GUAYACO
5000 mg/kg
314
1000 mg/kg
101i, 101ii
300 mg/kg
ROJO ALLURA
129
500 mg/kg
TARTRACINA
102
300 mg/kg
388, 389
200 mg/kg
RIBOFLAVINAS
TIODIPROPIONATOS
307a, 307b,
TOCOFEROLES
307c
VERDE SÓLIDO FCF
Categoría de Alimentos No.
143
02.1.3
Notas 15 y 133
RTCA 67.04.40:07 Grasas y
aceites
Nota 102
RTCA 67.04.40:07 Grasas y
Aceites
RTCA 67.04.40:07 Grasas y
Aceites
Nota 46
300 mg/kg
BPM
Manteca de cerdo, sebo, aceite de pescado y otras
grasas de origen animal
Aditivo
INS
Nivel Máximo
Aceptado
Comentarios
ROJO ALLURA AC
129
500 mg/kg
ACIDO CITRICO
330
BPM
ÁCIDO MÁLICO (DL-)
296
100 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
300 mg/kg
AZUL BRILLANTE FCF
133
200 mg/kg
BHA BUTILHIDROXIANISOL
320
200 mg/kg
Notas 15 y 130
BHT BUTILHIDROXITOLUENO
321
200 mg/kg
Notas 15 y 130
CANTAXANTINA
161g
15 mg/kg
CARBONATO ACIDO DE SODIO
500ii
CARMINES
CAROTENOS VEGETALES
CITRATO DE ESTEARILO
RTCA 67.04.40:07
BPM
120
BPM
160aii
1000 mg/kg
484
BPM
Página 246 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
CITRATO DE ISOPROPILO
DIMETILPOLISILOXANO
ERITROSINA
ESTERES DE ACIDOS GRASOS Y
SACAROSA
ESTERES DE ASCORBILO
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
ESTERES LÁCTICOS Y DE ACIDOS
GRASOS DE GLICEROL
RTCA 67.04.54:10
384
200 mg/kg
900a
10 mg/kg
127
300 mg/kg
473
10000 mg/kg
304, 305
500 mg/kg
472e
10000 mg/kg
472b
80000 mg/kg
Nota 10
RTCA 67.04.40:07 Grasas y
aceites
338, 339i, 339ii,
339iii, 340i,
340ii, 340iii,
341i, 341ii,
341iii, 342i,
342ii, 342iii,
343ii, 343iii,
FOSFATOS
450i, 450ii,
220 mg/kg
Nota 33
450iii, 450v,
450vi, 450vii,
451i, 451ii,
452i, 452ii,
452iii, 452iv,
452v, 542
GALATO DE PROPILO
310
200 mg/kg
HIDROXIDO DE SODIO
524
BPM
INDIGOTINA
132
200 mg/kg
471
BPM
MONO Y DIGLICERIDOS
432, 433, 434,
POLISORBATOS
435, 436
RESINA DE GUAYACO
5000 mg/kg
Notas 15 y 133
Nota 102
314
1000 mg/kg
101i, 101ii
300 mg/kg
TARTRACINA
102
300 mg/kg
TBHQ
319
200 mg/kg
Notas 15 y 130
388, 389
200 mg/kg
Nota 46
RIBOFLAVINAS
TIODIPROPIONATOS
307a, 307b,
TOCOFEROLES
307c
VERDE SOLIDO FCF
Categoría de Alimentos No.
Aditivo
143
300 mg/kg
BPM
Mezcla de aceites y/o grasas de origen animal y
02.1.4
vegetal. Mezclas de las categorías 2.1.2 y 2.1.3
INS
Nivel Máximo
Aceptado
ACIDO CITRICO
330
BPM
ACIDO MALICO (DL-)
296
100 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
BPM
Comentarios
Página 247 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
AZUL BRILLANTE FCF
RTCA 67.04.54:10
133
200 mg/kg
CANTAXANTINA
161g
15 mg/kg
CARBONATO ACIDO DE SODIO
500ii
BPM
CARMINES
120
500 mg/kg
CITRATO DE ISOPROPILO
384
200 mg/kg
ERITROSINA
127
300 mg/kg
481i, 481ii
2000 mg/kg
473
10000 mg/kg
472b
80000 mg/kg
ESTEAROIL 2 LACTILATOS
ESTERES DE ACIDOS GRASOS Y
SACAROSA
ESTERES LÁCTICOS Y DE ACIDOS
GRASOS DE GLICEROL
RTCA
67.04.40:07
Grasas
y
aceites
338, 339i, 339ii,
339iii, 340i,
340ii, 340iii,
341i, 341ii,
341iii, 342i,
342ii, 342iii,
343ii, 343iii,
FOSFATOS
450i, 450ii,
220 mg/kg
450iii, 450v,
450vi, 450vii,
451i, 451ii,
452i, 452ii,
452iii, 452iv,
452v, 542
HIDROXIDO DE SODIO
524
BPM
INDIGOTINA
132
200 mg/kg
471
BPM
MONO Y DIGLICERIDOS
432, 433, 434,
POLISORBATOS
435, 436
RIBOFLAVINAS
5000 mg/kg
101i, 101ii
300 mg/kg
ROJO ALLURA AC
129
500 mg/kg
TARTRACINA
102
300 mg/kg
307a, 307b,
TOCOFEROLES
307c
VERDE SOLIDO FCF
Categoría de Alimentos No.
143
02.2
Nota 102
BPM
BPM
Emulsiones grasas, principalmente del tipo agua
en aceite
Aditivo
DIACETATO DE SODIO
ESTEAROIL-2-LACTILATOS
ESTERES DE ACIDOS GRASOS Y
SACAROSA
INS
Nivel Máximo
Aceptado
262ii
BPM
481i, 481ii
10000 mg/kg
473
10000 mg/kg
Comentarios
Página 248 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
ÉSTERES DE ASCORBILO
ESTERES DE PROPILENGLICOL DE
ACIDOS GRASOS
ESTERES DE SORBITAN DE ACIDOS
GRASOS
304, 305
500 mg/kg
477
20000 mg/kg
491, 492, 493,
494, 495
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
ESTERES POLIGLICERIDOS DEL ACIDO
RICINOLICO INTERESTERIFICADO
10000 mg/kg
476
10000 mg/kg
435, 436
SUCROGLICERIDOS
Categoría de Alimentos No.
474
02.2.1
Aditivo
1000 mg/kg
10000 mg/kg
Emulsiones con un 80% de grasa como mínimo
INS
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
Notas 10 y 113
20000 mg/kg
472e
432, 433, 434,
POLISORBATOS
RTCA 67.04.54:10
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
405
3000 mg/kg
CARBONATO ACIDO DE SODIO
500ii
BPM
CARBONATO DE SODIO
500i
BPM
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
25 mg/kg
Nota 146
20 mg/kg
Nota 8
160f
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
160b
NORBIXINA ANNATO
338, 339i, 339ii,
339iii, 340i,
340ii, 340iii,
341i, 341ii,
341iii, 342i,
342ii, 342iii,
343ii, 343iii,
FOSFATOS
450i, 450ii,
880 mg/kg
Notas 33 y 34
450iii, 450v,
450vi, 450vii,
451i, 451ii,
452i, 452ii,
452iii, 452iv,
452v, 542
HIDROXIDO CALCICO
526
BPM
HIDROXIDO DE SODIO
524
BPM
RESINA DE GUAYACO
314
1000 mg/kg
500iii
BPM
SESQUICARBONATO DE SODIO
Categoría de Alimentos No.
Aditivo
02.2.1.1
Mantequilla y mantequilla concentrada
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
ACETATOS DE POTASIO
261
BPM
Nota 52
ÁCIDO ACÉTICO GLACIAL
260
BPM
Nota 52
Página 249 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
ACIDO ASCORBICO
300
BPM
Nota 52
ÁCIDO CÍTRICO
330
BPM
Nota 52
ACIDO ERITORBICO
315
100 mg/kg
Nota 52
ÁCIDO LÁCTICO (L, D y DI)
270
BPM
Nota 52
1422
BPM
Nota 52
406
2500 mg/kg
Nota 52
407a
BPM
Nota 52
ALGINATO DE AMONIO
403
1000 mg/kg
Nota 52
ALGINATO DE CALCIO
404
3000 mg/kg
Nota 52
ALGINATO DE POTASIO
402
200 mg/kg
Nota 52
ALGINATO DE SODIO
401
10000
Nota 52
ALMIDÓN BLANQUEADO
1403
BPM
Nota 52
ALMIDON HIDROXIPROPILICO
1440
BPM
Nota 52
1450
BPM
Nota 52
ALMIDON OXIDADO
1404
BPM
Nota 52
ALMIDONES TRATADOS CON ÁCIDO
1401
BPM
Nota 52
ALMIDONES TRATADOS CON BASES
1402
BPM
Nota 52
1405
BPM
Nota 52
AMARILLO OCASO FCF
110
300 mg/kg
ASCORBATO DE SODIO
301
BPM
Nota 52
ASCORBATO CALCICO
302
BPM
Nota 52
BHT BUTILHIDROXITOLUENO
321
200 mg/kg
CARBONATO ACIDO DE SODIO
500ii
BPM
CARBONATO DE SODIO
500i
BPM
CARBOXIMETILCELULOSA SÓDICA
466
2000 mg/kg
ADIPATO DE DIALMIDÓN ACETILADO
AGAR
ALGA EUCHEUMA ELABORADA
(CARRAGENINA SEMI REFINADA)
ALMIDÓN OCTENIL SUCCINATO
SÓDICO
ALMIDONES TRATADOS CON
ENZIMAS
Notas 15 y 130
Nota 52
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
100 mg/kg
Nota 146
160f
CAROTENOS, VEGETALES
160aii
600 mg/kg
CARRAGENINA Y SUS SALES
407
BPM
Nota 52
CELULOSA MICROCRISTALINA
460i
20000 mg/kg
Nota 52
331iii
BPM
CITRATOS DE CALCIO
333
BPM
CLOROFILAS
140
BPM
Nota 52
COLOR CARAMELO, CLASE I
150a
BPM
Nota 52
DEXTRINAS, ALMIDÓN TOSTADO,
1400
BPM
Nota 52
CITRATO TRISODICO
Nota 52
FDA 184.1751
Nota 52
FDA 184.1195
Página 250 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
BLANCO Y AMARILLO
ESTERES ACETICOS DE LOS MONO Y
DIGLICERIDOS DE LOS ACIDOS
472a
10000 mg/kg
Nota 52
160b
100 mg/kg
FOSFATO DE DIALMIDÓN
1412
BPM
Nota 52
FOSFATO DE DIALMIDÓN ACETILADO
1414
BPM
Nota 52
GRASOS
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
338, 339i, 339ii,
339iii, 340i,
340ii, 340iii,
341i, 341ii,
341iii, 342i,
342ii, 342iii,
FOSFATOS
343ii, 343iii,
450i, 450ii,
880 mg/kg
Nota 33 y 34
450iii, 450v,
450vi, 450vii,
451i, 451ii,
452i, 452ii,
452iii, 452iv,
452v, 542
GLUCONO DELTA LACTONA
575
BPM
Nota 52
GOMA GELAN
418
BPM
Nota 52
GOMA GUAR
412
20000 mg/kg
Nota 52
GOMA XANTANA
415
5000 mg/kg
Nota 52
BPM
Nota 52
BPM
Nota 52
464, 463, 461,
HIDROXI PROPIL METILCELULOSA
465
HIDROXI PROPIL METILCELULOSA,
HIDROXIPROPILCELULOSA,
METILCELULOSA, METIL ETIL
461, 463, 464,
465
CELULOSA (ETIL METIL CELULOSA)
HIDROXIDO CALCICO
526
BPM
HIDROXIDO DE SODIO
524
BPM
316
100 mg/kg
Nota 52
LACTATO CÁLCICO
327
BPM
Nota 52
LACTATO DE POTASIO
326
BPM
Nota 52
LACTATO DE SÓDIO
325
BPM
Nota 52
LECITINA
322
20000 mg/kg
Nota 52
MANITOL
421
BPM
Nota 52
MONO Y DIGLICERIDOS
471
20000 mg/kg
NITROGENO
941
BPM
Nota 52 y 59
OXIDO NITROSO
942
BPM
Nota 52
PECTINAS (AMIDADA Y NO AMIDADA)
440
BPM
Nota 52
ISOASCORBATO DE SODIO
(ERITORBATO DE SODIO)
Notas 52
Página 251 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
POLIDEXTROSA A Y N
RTCA 67.04.54:10
1200
BPM
ROJO ALLURA AC
129
300 mg/kg
ROJO DE REMOLACHA
162
BPM
102
300 mg/kg
TARTRACINA
334; 335i,ii;
TARTRATOS
336i,ii; 337
307a, 307b,
TOCOFEROLES
307c
Categoría de Alimentos No.
02.2.1.2
Aditivo
BPM
Nota 45
Margarina y productos similares
INS
355, 356, 357,
Nivel Máximo
BMP
AMARILLO OCASO FCF
110
BPM
133
200 mg/kg
210, 211, 212,
213
Comentarios
Aceptado
359
BENZOATOS
Nota 52
150 mg/kg
ADIPATOS
AZUL BRILLANTE FCF
Nota 52
1000 mg/kg
Nota 1
Nota 13
BHA BUTILHIDROXIANISOL
320
200 mg/kg
Notas 15 y 130
BHT BUTILHIDROXITOLUENO
321
200 mg/kg
Notas 15 y 130
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
160f
CAROTENOS, VEGETALES
160aii
1000 mg/kg
1000 mg/kg
484
CITRATO DE ISOPROPILO
384
200 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
20000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
20000 mg/kg
CURCUMINA
100i
10 mg/kg
DIMETILPOLISILOXANO
900a
10 mg/kg
385, 386
75 mg/kg
ESTERES DE SORBITAN DE ACIDOS
GRASOS
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
ESTERES POLIGLICERIDOS DE ACIDOS
GRASOS
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
491, 492, 493,
494, 495
Nota 180
100 mg/kg
CITRATO DE ESTEARILO
EDTAs
Nota 180
CODEX STAN
256-2007
Nota 21
10000 mg/kg
472e
10000 mg/kg
475
5000 mg/kg
160b
100 mg/kg
338, 339i, 339ii,
339iii, 340i,
FOSFATOS
340ii, 340iii,
2200 mg/kg
Nota 33
341i, 341ii,
341iii, 342i,
Página 252 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
342ii, 342iii,
343ii, 343iii,
450i, 450ii,
450iii, 450v,
450vi, 450vii,
451i, 451ii,
452i, 452ii,
452iii, 452iv,
452v, 542
GALATO DE PROPILO
310
200 mg/kg
214, 218
1000 mg/kg
INDIGOTINA
132
200 mg/kg
RESINA DE GUAYACO
314
1000 mg/kg
129
300 mg/kg
HIDROXIBENZOATOS, P-
ROJO ALLURA AC
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
1000 mg/kg
SUCROGLICERIDOS
474
10000 mg/kg
TARTRACINA
102
300 mg/kg
334; 335i,ii;
TARTRATOS
336i,ii; 337
TIODIPROPIONATOS
388, 389
307a, 307b,
TOCOFEROLES
TOSOM
CON
307c
(ACEITE
DE
SOJA
CON
Nota 42
Nota 45
200 mg/kg
BPM
OXIDADO
PROCEDIMIENTO
INTERACCIONANDO
100 mg/kg
Notas 15 y 130
TÉRMICO
MONO
Y
479
5000 mg/kg
DIGLICÉRIDOS DE ÁCIDOS GRASOS)
Categoría de Alimentos No.
02.2.1.3
Aditivo
Mezclas de mantequilla y margarina
INS
Nivel Máximo
Aceptado
Comentarios
BHA BUTILHIDROXIANISOL
320
200 mg/kg
Notas 15 y 130
BHT BUTILHIDROXITOLUENO
321
200 mg/kg
Notas 15 y 130
161g
15 mg/kg
120
500 mg/kg
CANTAXANTINA
CARMINES
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
BPM
160f
COLOR CARAMELO, CLASE II
150b
20000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
20000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
20000 mg/kg
CURCUMINA
100i
BPM
481i, 481ii
10000 mg/kg
ESTEAROIL-2-LACTILATOS
ESTERES DE SORBITAN DE ACIDOS
GRASOS
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
491, 492, 493,
494, 495
472e
20000 mg/kg
10000 mg/kg
Página 253 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
ESTERES POLIGLICERIDOS DE ACIDOS
GRASOS
ESTERES POLIGLICERIDOS DEL ACIDO
RICINOLICO INTERESTERIFICADO
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
475
20000 mg/kg
476
10000 mg/kg
160b
10 mg/kg
338, 339i, 339ii,
339iii, 340i,
340ii, 340iii,
341i, 341ii,
341iii, 342i,
342ii, 342iii,
343ii, 343iii,
FOSFATOS
450i, 450ii,
BPM
Nota 33
450iii, 450v,
450vi, 450vii,
451i, 451ii,
452i, 452ii,
452iii, 452iv,
452v, 542
GALATO DE PROPILO
310
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
SUCROGLICERIDOS
474
334; 335i,ii;
TARTRATOS
336i,ii; 337
307a, 307b,
TOCOFEROLES
307c
Categoría de Alimentos No.
02.2.2
Aditivo
ACEITE DE CASTOR
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
BENZOATOS
200 mg/kg
1000 mg/kg
Notas 15 y 130
Nota 42
10000 mg/kg
BPM
Nota 45
BPM
Emulsiones con menos de 80% de grasa
INS
Nivel Máximo
1503
5000 mg/kg
405
10000 mg/kg
210, 211, 212,
213
Comentarios
Aceptado
1000 mg/kg
Nota 13
BHA BUTILHIDROXIANISOL
320
200 mg/kg
Notas 15 y 130
BHT BUTILHIDROXITOLUENO
321
200 mg/kg
Notas 15 y 130
120
500 mg/kg
Notas 178
160a(i),
BPM
FDA 73.95
160aii
BPM
FDA 73.96
CITRATO DE ESTEARILO
484
100 mg/kg
CITRATO DE ISOPROPILO
384
100 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
20000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
20000 mg/kg
CARMINES
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
160f
CAROTENOS VEGETALES
Página 254 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
CURCUMINA
100i
10 mg/kg
DIMETILPOLISILOXANO
900a
10 mg/kg
EDTAs
385, 386
100 mg/kg
Nota 21
ESTERES DE ASCORBILO
304, 305
500 mg/kg
Nota 10
472e
10000 mg/kg
160b
BPM
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
Nota 152
FDA 73.30
338, 339i, 339ii,
339iii, 340i,
340ii, 340iii,
341i, 341ii,
341iii, 342i,
342ii, 342iii,
343ii, 343iii,
FOSFATOS
2200 mg/kg
450i, 450ii,
Nota 33
450iii, 450v,
450vi, 450vii,
451i, 451ii,
452i, 452ii,
452iii, 452iv,
452v, 542
GALATO DE PROPILO
HIDROXIBENZOATOS, P-
214, 218
300 mg/kg
10000 mg/kg
435, 436
RIBOFLAVINAS
101i, 101ii
334; 335i,ii;
TIODIPROPIONATOS
200 mg/kg
Notas 15 y 130
388, 389
200 mg/kg
Nota 46
500 mg/kg
307c
(ACEITE
DE
SOJA
PROCEDIMIENTO
INTERACCIONANDO
CON
Nota 45
319
307a, 307b,
TOCOFEROLES
182.3640, 182.3225
BPM
336i,ii; 337
TBHQ
Nota 102
FDA 182.3089, 182.3795,
BPM
203
TARTRATOS
Notas 15 y 130
300 mg/kg
200i, 201, 202,
SORBATOS
CON
200 mg/kg
432, 433, 434,
POLISORBATOS
TOSOM
310
OXIDADO
TÉRMICO
MONO
Y
479
5000 mg/kg
DIGLICÉRIDOS DE ÁCIDOS GRASOS)
Emulsiones grasas, principalmente del tipo agua
Categoría de Alimentos No.
02.3
en
aceite,
incluidos
los
productos
a
base
de
emulsiones grasas mezcladas y/o saborizadas
Aditivo
INS
Nivel Máximo
Aceptado
ACESULFAME POTÁSICO
950
1,000 mg/kg
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
3000 mg/kg
ASPARTAME
951
1000 mg/kg
AZUL BRILLANTE FCF
133
100 mg/kg
Comentarios
Página 255 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
210, 211, 212,
BENZOATOS
213
RTCA 67.04.54:10
1000 mg/kg
Nota 13
BHA BUTILHIDROXIANISOL
320
200 mg/kg
Notas 15 y 130
BHT BUTILHIDROXITOLUENO
321
200 mg/kg
Notas 15 y 130
CARMINES
120
500 mg/kg
Nota 178
160a(i),
160a(iii), 160e,
CAROTENOIDES
160f
CAROTENOS VEGETALES
COLOR CARAMELO, CLASE III
ESTEAROIL-2-LACTILATOS
ESTERES DE ACIDOS GRASOS Y
SACAROSA
ÉSTERES DE ASCORBILO
ESTERES DE PROPILENGLICOL DE
ACIDOS GRASOS
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
ESTERES POLIGLICERIDOS DEL ACIDO
RICINOLICO INTERESTERIFICADO
GALATO DE PROPILO
NEOTAMO
160aii
1000 mg/kg
150c
20000 mg/kg
481i, 481ii
20000 mg/kg
473
10000 mg/kg
304, 305
500 mg/kg
477
30000 mg/kg
472e
10000 mg/kg
476
20000 mg/kg
310
200 mg/kg
961
10 mg/kg
432, 433, 434,
POLISORBATOS
435, 436
RIBOFLAVINAS
101i, 101ii
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
SUCROGLICERIDOS
474
334; 335i,ii;
TARTRATOS
336i,ii; 337
TBHQ
319
307a, 307b,
TOCOFEROLES
307c
Categoría de Alimentos No.
1000 mg/kg
02.4
Nota 10
Notas 15 y 130
5000 mg/kg
Nota 102
300 mg/kg
Nota 42
1000 mg/kg
10000 mg/kg
BPM
Nota 45
200 mg/kg
Notas 15 y 130
200 mg/kg
Postres
a
base
de
grasas,
excluidos
los
postres
lácteos de la categoría de alimentos 01.7
Aditivo
ACESULFAME POTÁSICO
ADIPATOS
INS
950
355, 356, 357,
359
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
350 mg/kg
5500 mg/kg
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
10000 mg/kg
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
150 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
50 mg/kg
ASPARTAME
951
1000 mg/kg
Nota 1
Página 256 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
AZUL BRILLANTE FCF
BENZOATOS
133
210, 211, 212,
213
RTCA 67.04.54:10
150 mg/kg
1000 mg/kg
Nota 13
BHA BUTILHIDROXIANISOL
320
200 mg/kg
Notas 15 y 130
BHT BUTILHIDROXITOLUENO
321
200 mg/kg
Notas 15 y 130
CARMINES
120
150 mg/kg
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
150 mg/kg
160f
CAROTENOS, VEGETALES
160aii
1000 mg/kg
952
250 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
127
BPM
481i, 481ii
5000 mg/kg
304, 305
80 mg/kg
477
40000 mg/kg
CICLAMATOS
ERITROSINA
ESTEAROIL-2-LACTILATOS
ÉSTERES DE ASCORBILO
ESTERES DE PROPILENGLICOL DE
ACIDOS GRASOS
ESTERES DE SORBITAN DE ACIDOS
GRASOS
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
ESTERES POLIGLICERIDOS DEL ACIDO
RICINOLICO INTERESTERIFICADO
FOSFATO DE ALUMINIO Y SODIO
GALATO DE PROPILO
491, 492, 493,
494, 495
472e
5000 mg/kg
476
10000 mg/kg
541i, 541ii
2000 mg/kg
310
200 mg/kg
Notas 15 y 130
330 mg/kg
Nota 26
960
INDIGOTINA
132
300 mg/kg
MARRON HT
155
150 mg/kg
NEGRO BRILLANTE PN
151
150 mg/kg
961
100 mg/kg
ÓXIDOS DE HIERRO
POLISORBATOS
PONCEAU 4R
172i, 172ii,
172iii
432, 433, 434,
435, 436
3000 mg/kg
50 mg/kg
101i, 101ii
300 mg/kg
ROJO ALLURA AC
129
300 mg/kg
SACARINA
954
100 mg/kg
SALES DE ASPARTAMO Y
962
ACESULFAMO
SORBATOS
200i, 201, 202,
203
Nota 6
350 mg/kg
124
RIBOFLAVINAS
Nota 10
10000 mg/kg
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
NEOTAMO
Nota 17
350 mg/kg
1000 mg/kg
Nota 102
Nota 113
Nota 42
Página 257 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
SUCRALOSA
955
400 mg/kg
SUCROGLICERIDOS
474
10000 mg/kg
TARTRACINA
102
300 mg/kg
319
200 mg/kg
TBHQ
307a, 307b,
TOCOFEROLES
307c
VERDE SOLIDO FCF
Categoría de Alimentos No.
143
03.0
Aditivo
ACESULFAME POTÁSICO
ADIPATOS
Notas 15 y 130
200 mg/kg
100 mg/kg
Hielos comestibles, incluidos los sorbetes
INS
950
355, 356, 357,
359
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
800 mg/kg
2000 mg/kg
Nota 1
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
5000 mg/kg
ALITAME
956
100 mg/kg
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
150 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
50 mg/kg
ASPARTAME
951
1000 mg/kg
AZUL BRILLANTE FCF
133
150 mg/kg
BHA BUTILHIDROXIANISOL
320
200 mg/kg
Notas 15 y 130
BHT BUTILHIDROXITOLUENO
321
100 mg/kg
Notas 15 y 130
CARMINES
120
150 mg/kg
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
200 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
1000 mg/kg
952
250 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE II
150b
30000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
1000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
1000 mg/kg
CURCUMINA
100i
150 mg/kg
ERITROSINA
127
BPM
304, 305
200 mg/kg
CICLAMATOS
ÉSTERES DE ASCORBILO
ESTERES DE SORBITAN DE ACIDOS
GRASOS
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
ETILMALTOL
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
491, 492, 493,
494, 495
Nota 17
Notas 10 y 15
1200 mg/kg
472e
1000 mg/kg
637
BPM
160b
200 mg/kg
Nota 8
Página 258 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
270 mg/kg
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
960
INDIGOTINA
132
300 mg/kg
MALTOL
636
200 mg/kg
MARRON HT
155
150 mg/kg
NEGRO BRILLANTE PN
151
150 mg/kg
961
100 mg/kg
NEOTAMO
172i, 172ii,
ÓXIDOS DE HIERRO
172iii
432, 433, 434,
POLISORBATOS
435, 436
PONCEAU 4R
300 mg/kg
1000 mg/kg
124
50 mg/kg
1520
20000 mg/kg
101i, 101ii
500 mg/kg
ROJO ALLURA AC
129
300 mg/kg
SACARINA
954
100 mg/kg
442
700 mg/kg
PROPILENGLICOL
RIBOFLAVINAS
SALES AMÓNICAS DEL ÁCIDO
FOSFATÍDICO
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
Nota 26
1000 mg/kg
Nota 42
SUCRALOSA
955
320 mg/kg
TARTRACINA
102
300 mg/kg
TAUMATINA
957
5 mg/kg
319
200 mg/kg
Notas 15 y 130
500 mg/kg
Nota 15
TBHQ
307a, 307b,
TOCOFEROLES
307c
VERDE SOLIDO FCF
Categoría de Alimentos No.
143
04.1.1
Aditivo
100 mg/kg
Frutas frescas
INS
Nivel Máximo
300
500 mg/kg
ACIDO ERITORBICO
315
BPM
ASCORBATO DE SODIO
301
BPM
ASCORBATO CALCICO
302
BPM
331iii
2000 mg/kg
LACTATO CALCICO
327
BPM
NITROGENO
941
BPM
Categoría de Alimentos No.
04.1.1.1
Comentarios
Aceptado
ACIDO ASCORBICO
CITRATO TRISODICO
Nota 143
FDA 184.1751
Nota 59
Frutas frescas no tratadas
Aditivo
INS
ACEITE MINERAL (ALTA VISCOSIDAD)
905d
Nivel Máximo
Aceptado
Comentarios
BPM
Página 259 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
OXIDO NITROSO
942
Categoría de Alimentos No.
04.1.1.2
Aditivo
BPM
Frutas frescas tratadas en la superficie
INS
AGAR
RTCA 67.04.54:10
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
406
2500 mg/kg
407a
BPM
ALGINATO DE AMONIO
403
1000 mg/kg
ALGINATO DE CALCIO
404
3000 mg/kg
ALGINATO DE POTASIO
402
2500 mg/kg
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
5000 mg/kg
ALGINATO DE SODIO
401
20000 mg/kg
ALMIDON HIDROXIPROPILICO
1440
BPM
Nota 16
ALMIDON OXIDADO
1404
BPM
Nota 16
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
500 mg/kg
Nota 16
AZUL BRILLANTE FCF
133
500 mg/kg
Nota 16
504ii
BPM
Nota 16
CARBONATO CÁLCICO
170i
BPM
Nota 16
CARBONATO DE MAGNESIO
504i
BPM
Nota 16
CARBOXIMETILCELULOSA SÓDICA
466
BPM
Nota 16
120
500 mg/kg
Nota 4 y 16
500 mg/kg
Nota 16
160aii
BPM
Nota 16
460ii
BPM
Nota 16
460i
BPM
Nota 16
901
BPM
CERA DE CANDELILLA
902
BPM
CERA DE CARNAUBA
903
400 mg/kg
905ci
50 mg/kg
CLOROFILAS
140
BPM
CLORURO DE MAGNESIO
511
BPM
150a
BPM
Nota 16
171
10000 mg/kg
Nota 16
473
BPM
445
110 mg/kg
ALGA
EUCHEUMA
ELABORADA
(CARRAGENINA SEMI REFINADA)
BICARBONATO DE MAGNESIO
CARMINES
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
160f
CAROTENOS VEGETALES
CELULOSA EN POLVO
CELULOSA MICROCRISTALINA
CERA
DE
ABEJA
BLANCA
Y
AMARILLA
CERA MICROCRISTALINA
COLOR CARAMELO, CLASE I
DIÓXIDO DE TITANIO
ESTERES DE ACIDOS GRASOS Y
SACAROSA
ESTERES DE GLICEROL DE LA RESINA
DE MADERA
Nota 16
Nota 16
FDA 184.1426
Página 260 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
ESTERES DE SORBITAN DE ACIDOS
GRASOS
491, 492, 493,
494, 495
ESTERES POLIGLICERIDOS DEL ACIDO
RTCA 67.04.54:10
5000 mg/kg
Nota 16
476
1000 mg/kg
1414
BPM
Nota 16
422
BPM
Nota 16
1521
BPM
GOMA ARABIGA
414
BPM
GOMA DE KARAYA
416
200 mg/kg
GOMA DE TRAGACANTO
413
BPM
GOMA GELAN
418
BPM
GOMA LACA
904
BPM
GOMA XANTANA
415
BPM
214, 218
BPM
MANITOL
421
BPM
MARRON HT
155
500 mg/kg
Nota 16
231, 232
12 mg/kg
Nota 49
1000 mg/kg
Nota 16
RICINOLICO INTERESTERIFICADO
FOSFATO DE DIALMIDÓN ACETILADO
GLICEROL
GLICOL POLIETILENO
(POLIETILENGLICOL)
HIDROXIBENZOATOS, P-
ORTO FENILFENOLES
172i, 172ii,
ÓXIDOS DE HIERRO
172iii
POLIVINILPIRROLIDONA
Nota 16
Nota 16
Nota 136
1201
BPM
101i, 101ii
300 mg/kg
Nota 16
ROJO ALLURA AC
129
500 mg/kg
Nota 16
ROJO DE REMOLACHA
162
BPM
Nota 16
474
BPM
RIBOFLAVINAS
SUCROGLICERIDOS
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
50 mg/kg
Nota 44
227, 228, 539
Categoría de Alimentos No.
04.1.1.3
Aditivo
AGAR
Frutas frescas peladas y/o cortadas
INS
Nivel Máximo
Aceptado
406
2500 mg/kg
407a
BPM
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
5000 mg/kg
ALGINATO DE SODIO
401
20000 mg/kg
CELULOSA MICROCRISTALINA
460i
BPM
GOMA DE KARAYA
416
200 mg/kg
GOMA GELAN
418
BPM
GOMA XANTANA
415
BPM
ALGA EUCHEUMA ELABORADA
(CARRAGENINA SEMI REFINADA)
Comentarios
Página 261 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
OXIDO NITROSO
Categoría de Alimentos No.
942
04.1.2
Aditivo
BPM
Frutas elaboradas
INS
CERA DE CARNAUBA
RTCA 67.04.54:10
Nivel Máximo
903
400 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE II
150b
80000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
80000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
Categoría de Alimentos No.
04.1.2.1
Aditivo
Comentarios
Aceptado
Frutas congeladas
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
ACESULFAME POTÁSICO
950
500 mg/kg
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
5000 mg/kg
ASPARTAME
951
2000 mg/kg
NEOTAMO
961
100 mg/kg
SUCRALOSA
955
400 mg/kg
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
500 mg/kg
Nota 44 y 155
227, 228, 539
Categoría de Alimentos No.
04.1.2.2
Frutas desecadas
Nivel Máximo
Aditivo
INS
ACEITE MINERAL (ALTA VISCOCIDAD)
905d
5,000 mg/kg
905e
5,000 mg/kg
950
500 mg/kg
951
2000 mg/kg
ACEITE MINERAL (MEDIA Y BAJA
VISCOCIDAD, CLASE I)
ACESULFAME POTÁSICO
ASPARTAME
BENZOATOS
210, 211, 212,
213
Comentarios
Aceptado
800 mg/kg
Nota 13
EDTAs
385, 386
265 mg/kg
Nota 21
ÉSTERES DE ASCORBILO
304, 305
80 mg/kg
Nota 10
472e
10000 mg/kg
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
NEOTAMO
PROPILENGLICOL
SORBATOS
SUCRALOSA
961
100 mg/kg
1520
20000 mg/kg
200i, 201, 202,
203
955
1000 mg/kg
Nota 42
1500 mg/kg
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
1000 mg/kg
Nota 44 y 135
227, 228, 539
Página 262 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
307a, 307b,
TOCOFEROLES
307c
Categoría de Alimentos No.
04.1.2.3
Aditivo
ASPARTAME
Nivel Máximo
200 mg/kg
951
300 mg/kg
213
Comentarios
Aceptado
950
210, 211, 212,
BENZOATOS
200 mg/kg
Frutas en vinagre, aceite o salmuera
INS
ACESULFAME POTÁSICO
RTCA 67.04.54:10
1000 mg/kg
Nota 144
Nota 13
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
1000 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
1000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
141i, 141ii
100 mg/kg
900a
10 mg/kg
385, 386
250 mg/kg
472e
1000 mg/kg
160b
20 mg/kg
COMPLEJOS CUPRICOS DE
CLOROFILAS Y CLOROFILINAS
DIMETILPOLISILOXANO
EDTAs
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
100 mg/kg
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
960
NEOTAMO
961
100 mg/kg
SACARINA
954
160 mg/kg
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
SUCRALOSA
955
1000 mg/kg
Nota 62
Nota 21
Nota 8
Nota 26
Nota 144
Nota 42
180 mg/kg
Nota 144
100 mg/kg
Nota 44
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
227, 228, 539
Categoría de Alimentos No.
04.1.2.4
Frutas
en
conserva
enlatadas
o
en
frascos
(pasteurizadas)
Aditivo
INS
Nivel Máximo
Aceptado
ACESULFAME POTÁSICO
950
350 mg/kg
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
200 mg/kg
ASPARTAME
951
1000 mg/kg
AZUL BRILLANTE FCF
133
200 mg/kg
CARMINES
120
200 mg/kg
Comentarios
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
200 mg/kg
160f
Página 263 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
CAROTENOS VEGETALES
RTCA 67.04.54:10
160aii
1000 mg/kg
CICLAMATOS
952
1000 mg/kg
Nota 17
CLORURO DE ESTAÑO
512
20 mg/kg
Nota 43
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
141i, 141ii
100 mg/kg
900a
10 mg/kg
ERITROSINA
127
BPM
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
960
INDIGOTINA
132
200 mg/kg
MARRON HT
155
200 mg/kg
NEGRO BRILLANTE PN
151
200 mg/kg
NEOTAMO
961
33 mg/kg
COMPLEJOS CUPRICOS DE
CLOROFILAS Y CLOROFILINAS
DIMETILPOLISILOXANO
172i, 172ii,
ÓXIDOS DE HIERRO
172iii
PONCEAU 4R
330 mg/kg
300 mg/kg
101i, 101ii
300 mg/kg
ROJO ALLURA AC
129
200 mg/kg
SACARINA
954
200 mg/kg
SAL DE ASPARTAMO Y ACESULFAMO
962
SUCRALOSA
955
450 mg/kg
102
200 mg/kg
TARTRACINA
334; 335i,ii;
TARTRATOS
336i,ii; 337
VERDE SOLIDO FCF
Categoría de Alimentos No.
143
04.1.2.5
Aditivo
ACESULFAME POTÁSICO
ADIPATOS
350 mg/kg
BPM
Nota 45
Confituras, jaleas, mermeladas
INS
950
355, 356, 357,
359
Nivel Máximo
1,000 mg/kg
2000 mg/kg
5000 mg/kg
ALITAME
956
100 mg/kg
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
500 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
300 mg/kg
ASPARTAME
951
1000 mg/kg
133
500 mg/kg
210, 211, 212,
213
Comentarios
Aceptado
405
BENZOATOS
Nota 113
200 mg/kg
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
AZUL BRILLANTE FCF
Nota 26
300 mg/kg
124
RIBOFLAVINAS
Nota 62
1000 mg/kg
Nota 1
Nota 13
Página 264 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
CANTAXANTINA
CARMINES
RTCA 67.04.54:10
161g
200 mg/kg
120
200 mg/kg
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
500 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
1000 mg/kg
952
1000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
1500 mg/kg
DIMETILPOLISILOXANO
900a
30 mg/kg
385, 386
130 mg/kg
127
BPM
CICLAMATOS
EDTAs
ERITROSINA
ESTERES DE SORBITAN DE ACIDOS
GRASOS
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
491, 492, 493,
494, 495
160b
20 mg/kg
360 mg/kg
960
INDIGOTINA
132
500 mg/kg
MARRON HT
155
500 mg/kg
961
70 mg/kg
ÓXIDOS DE HIERRO
172i, 172ii,
172iii
440
BPM
PONCEAU 4R
124
100 mg/kg
101i, 101ii
200 mg/kg
ROJO ALLURA AC
129
500 mg/kg
SACARINA
954
200 mg/kg
SALES DE ASPARTAMO Y
962
ACESULFAMO
SORBATOS
SUCRALOSA
200i, 201, 202,
203
955
Nota 8
Nota 26
200 mg/kg
PECTINAS (AMIDA Y NO AMIDA)
RIBOFLAVINAS
Nota 21
5000 mg/kg
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
NEOTAMO
Nota 17
1000 mg/kg
Nota 119
1000 mg/kg
Nota 42
400 mg/kg
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
100 mg/kg
Nota 44
227, 228, 539
TARTRACINA
TARTRATOS
VERDE SOLIDO FCF
102
334; 335i, 335ii;
336i, 336ii; 337
143
500 mg/kg
BPM
Nota 45
400 mg/kg
Página 265 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
Categoría de Alimentos No.
RTCA 67.04.54:10
Productos para untar a base de fruta (p. ej., el
04.1.2.6
chutney), excluidos los productos
de la categoría de alimentos 04.1.2.5
Aditivo
INS
Nivel Máximo
ACESULFAME POTÁSICO
950
1,000 mg/kg
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
500 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
300 mg/kg
ASPARTAME
951
1000 mg/kg
AZUL BRILLANTE FCF
133
500 mg/kg
BENZOATOS
CANTAXANTINA
CARMINES
210, 211, 212,
213
Comentarios
Aceptado
1000 mg/kg
161g
BPM
120
500 mg/kg
Nota 13
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
500 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
500 mg/kg
952
2000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
500 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
500 mg/kg
DIMETILPOLISILOXANO
900a
10 mg/kg
385, 386
100 mg/kg
127
BPM
472e
5000 mg/kg
160b
20 mg/kg
CICLAMATOS
EDTAs
ERITROSINA
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
330 mg/kg
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
960
INDIGOTINA
132
500 mg/kg
MARRON HT
155
500 mg/kg
961
70 mg/kg
NEOTAMO
ÓXIDOS DE HIERRO
PONCEAU 4R
RIBOFLAVINAS
ROJO ALLURA AC
SACARINA
SORBATOS
SUCRALOSA
SULFITOS
172i, 172ii,
172iii
500 mg/kg
101i, 101ii
500 mg/kg
129
500 mg/kg
954
200 mg/kg
203
955
220, 221, 222,
223, 224, 225,
Nota 21
Nota 8
Nota 26
500 mg/kg
124
200i, 201, 202,
Nota 17
1000 mg/kg
Nota 42
400 mg/kg
500 mg/kg
Nota 44
Página 266 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
227, 228, 539
TARTRACINA
102
500 mg/kg
VERDE SOLIDO FCF
143
100 mg/kg
Categoría de Alimentos No.
04.1.2.7
Aditivo
Frutas confitadas
INS
Nivel Máximo
ACESULFAME POTÁSICO
950
500 mg/kg
ACIDO CTIRICO
330
BPM
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
200 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
200 mg/kg
ASPARTAME
951
2000 mg/kg
AZUL BRILLANTE FCF
133
200 mg/kg
BENZOATOS
CARMINES
210, 211, 212,
213
120
Comentarios
Aceptado
1000 mg/kg
Nota 13
200 mg/kg
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
200 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
1000 mg/kg
509
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
CURCUMINA
100i
200 mg/kg
ERITROSINA
127
200 mg/kg
472e
1000 mg/kg
160b
20 mg/kg
Nota 8
40 mg/kg
Nota 26
CLORURO CALCICO
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
960
INDIGOTINA
132
200 mg/kg
MARRON HT
155
200 mg/kg
NEGRO BRILLANTE PN
151
200 mg/kg
NEOTAMO
961
65 mg/kg
ÓXIDOS DE HIERRO
PONCEAU 4R
172i, 172ii,
172iii
200 mg/kg
1520
20000 mg/kg
101i, 101ii
300 mg/kg
ROJO ALLURA AC
129
300 mg/kg
SACARINA
954
5000 mg/kg
RIBOFLAVINAS
Nota 54
250 mg/kg
124
PROPILENGLICOL
FDA 184.1193
Página 267 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
RTCA 67.04.54:10
1000 mg/kg
Nota 42
SUCRALOSA
955
800 mg/kg
SULFATO DE ALUMINIO Y AMONIO
523
200 mg/kg
Nota 6
100 mg/kg
Nota 44
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
227, 228, 539
TARTRACINA
102
300 mg/kg
VERDE SOLIDO FCF
143
100 mg/kg
Categoría de Alimentos No.
04.1.2.8
Preparados a base de fruta, incluida la pulpa, los
purés, los revestimientos de fruta y la leche de coco
Aditivo
INS
Nivel Máximo
ACESULFAME POTÁSICO
950
350 mg/kg
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
5000 mg/kg
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
500 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
300 mg/kg
ASPARTAME
951
1000 mg/kg
133
500 mg/kg
AZUL BRILLANTE FCF
BENZOATOS
CARMINES
210, 211, 212,
213
120
Comentarios
Aceptado
1000 mg/kg
500 mg/kg
Nota 182
Nota 13
Nota 182
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
BPM
FDA 73.95
160f
CAROTENOS, VEGETALES
FDA 73.96
160aii
BPM
952
250 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
7500 mg/kg
Nota 182
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
7500 mg/kg
Nota 182
141i, 141ii
100 mg/kg
127
BPM
CICLAMATOS
COMPLEJOS CUPRICOS DE
CLOROFILAS Y CLOROFILINAS
ERITROSINA
ESTERES DE SORBITAN DE ACIDOS
GRASOS
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
EXTRACTOS BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
491, 492, 493,
494, 495
472e
160b
Nota 17
Nota 62 y 182
5000 mg/kg
2500 mg/kg
BPM
Notas 8 y 182
FDA 73.30
330 mg/kg
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
960
INDIGOTINA
132
500 mg/kg
MARRON HT
155
500 mg/kg
NEOTAMO
961
100 mg/kg
432, 433, 434,
1000 mg/kg
POLISORBATOS
FDA 184.1245
Nota 26
Nota 154
Página 268 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
435, 436
PONCEAU 4R
124
50 mg/kg
1520
20000 mg/kg
101i, 101ii
300 mg/kg
ROJO ALLURA AC
129
800 mg/kg
SACARINA
954
200 mg/kg
SALES DE ASPARTAMO Y
962
PROPILENGLICOL
RIBOFLAVINAS
ACESULFAMO
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
SUCRALOSA
955
350 mg/kg
1500 mg/kg
Nota 182
Nota 113
Nota 42
400 mg/kg
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
500 mg/kg
Nota 44
227, 228, 539
TARTRACINA
102
307a, 307b,
TOCOFEROLES
307c
VERDE SOLIDO FCF
Categoría de Alimentos No.
143
04.1.2.9
500 mg/kg
BPM
FDA 182.3890, 184.1890,
182.8890
100 mg/kg
Postres a base de fruta, incluidos los postres a base
de agua con aromas de fruta
Aditivo
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
ACESULFAME POTÁSICO
950
350 mg/kg
ACIDO TANICO
181
50 mg/kg
FDA 184. 1097
181
50 mg/kg
FDA 184. 1097
ACIDO TANICO
ADIPATOS
355, 356, 357,
359
5500 mg/kg
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
5000 mg/kg
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
150 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
200 mg/kg
ASPARTAME
951
1000 mg/kg
133
150 mg/kg
AZUL BRILLANTE FCF
BENZOATOS
BHA BUTILHIDROXIANISOL
CANTAXANTINA
CARMINES
210, 211, 212,
213
1000 mg/kg
320
2 mg/kg
161g
BPM
120
150 mg/kg
Nota 1
Nota 13
Nota 15 y 130
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
BPM
FDA 73.95
160f
CAROTENOS VEGETALES
CICLAMATOS
160aii
BPM
952
250 mg/kg
FDA 73.96
FDA 184.1245
Nota 17
Página 269 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
DIMETILPOLISILOXANO
900a
110 mg/kg
127
BPM
481i, 481ii
10000 mg/kg
304, 305
500 mg/kg
477
BPM
ERITROSINA
ESTEAROIL-2-LACTILATOS
ÉSTERES DE ASCORBILO
ESTERES DE PROPILENGLICOL DE
ACIDOS GRASOS
ESTERES DE SORBITAN DE ACIDOS
GRASOS
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
FOSFATO DE ALUMINIO Y SODIO
491, 492, 493,
494, 495
Notas 2 y 10
FDA 172.856
5000 mg/kg
472e
2500 mg/kg
160b
BPM
541i, 541ii
2000 mg/kg
Nota 8
FDA 73.30
Nota 6
338, 339i, 339ii,
339iii, 340i,
340ii, 340iii,
341i, 341ii,
341iii, 342i,
342ii, 342iii,
FOSFATOS
343ii, 343iii,
450i, 450ii,
BPM
mg/kg
Nota 33
450iii, 450v,
450vi, 450vii,
451i, 451ii,
452i, 452ii,
452iii, 452iv,
452v, 542
GALATO DE PROPILO
310
90 mg/kg
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
960
BPM
INDIGOTINA
132
300 mg/kg
MARRON HT
155
150 mg/kg
NEGRO BRILLANTE PN
151
150 mg/kg
961
100 mg/kg
NEOTAMO
ÓXIDOS DE HIERRO
POLISORBATOS
PONCEAU 4R
172i, 172ii,
172iii
432, 433, 434,
435, 436
1520
2000 mg/kg
101i, 101ii
300 mg/kg
ROJO ALLURA AC
129
300 mg/kg
SACARINA
954
100 mg/kg
SALES DE ASPARTAMO Y
962
ACESULFAMO
000365
3000 mg/kg
50 mg/kg
RIBOFLAVINAS
FDA GRAS NOTICE GRN
200 mg/kg
124
PROPILENGLICOL
Notas 2, 15 y 130
350 mg/kg
FDA 184.1666
Nota 113
Página 270 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
SUCRALOSA
955
RTCA 67.04.54:10
1000 mg/kg
Nota 42
400 mg/kg
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
100 mg/kg
Nota 44
227, 228, 539
SULFOSUCCIONATO DE
DIOCTILSODICO
TARTRACINA
480
15 mg/kg
102
300 mg/kg
334; 335i, 335ii;
TARTRATOS
336i, 336ii; 337
BPM
TAUMATINA
957
5 mg/kg
TBHQ
319
200 mg/kg
307a, 307b,
TOCOFEROLES
307c
VERDE SOLIDO FCF
Categoría de Alimentos No.
143
04.1.2.10
Aditivo
ACESULFAME POTÁSICO
ASPARTAME
BENZOATOS
CAROTENOS VEGETALES
COMPLEJOS CUPRICOS DE
CLOROFILAS Y CLOROFILINAS
DIMETILPOLISILOXANO
EDTAs
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
150 mg/kg
100 mg/kg
Productos de fruta fermentada
INS
Nivel Máximo
950
350 mg/kg
951
1000 mg/kg
210, 211, 212,
213
1000 mg/kg
160aii
200 mg/kg
141i, 141ii
100 mg/kg
900a
10 mg/kg
385, 386
250 mg/kg
472e
2500 mg/kg
115 mg/kg
960
NEOTAMO
961
65 mg/kg
101i, 101ii
500 mg/kg
954
160 mg/kg
SACARINA
SORBATOS
SUCRALOSA
200i, 201, 202,
203
955
Comentarios
Aceptado
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
RIBOFLAVINAS
Nota 143
1000 mg/kg
Nota 13
Nota 62
Nota 21
Nota 26
Nota 42
150 mg/kg
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
100 mg/kg
Nota 44
227, 228, 539
Página 271 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
Categoría de Alimentos No.
04.1.2.11
Aditivo
ACESULFAME POTÁSICO
ADIPATOS
RTCA 67.04.54:10
Rellenos de fruta para panadería
INS
950
355, 356, 357,
359
Nivel Máximo
350 mg/kg
5500 mg/kg
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
5000 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
300 mg/kg
ASPARTAME
951
1000 mg/kg
133
250 mg/kg
AZUL BRILLANTE FCF
BENZOATOS
CANTAXANTINA
CARMINES
210, 211, 212,
213
Comentarios
Aceptado
1000 mg/kg
161g
BPM
120
300 mg/kg
Nota 1
Nota 13
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
10 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
4 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
7500 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
7500 mg/kg
141i, 141ii
100 mg/kg
Nota 62
385, 386
650 mg/kg
Nota 21
127
BPM
477
40000 mg/kg
COMPLEJOS CUPRICOS DE
CLOROFILAS Y CLOROFILINAS
EDTAs
ERITROSINA
ESTERES DE PROPILENGLICOL DE
ACIDOS GRASOS
ESTERES DE SORBITAN DE ACIDOS
GRASOS
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
491, 492, 493,
494, 495
10000 mg/kg
160b
50 mg/kg
330 mg/kg
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
960
INDIGOTINA
132
300 mg/kg
NEOTAMO
961
100 mg/kg
POLISORBATOS
PONCEAU 4R
PROPILENGLICOL
RIBOFLAVINAS
ROJO ALLURA AC
SORBATOS
SUCRALOSA
432, 433, 434,
435, 436
50 mg/kg
1520
20000 mg/kg
101i, 101ii
300 mg/kg
129
800 mg/kg
203
955
Nota 26
3000 mg/kg
124
200i, 201, 202,
Nota 8
1000 mg/kg
Nota 42
400 mg/kg
Página 272 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
100 mg/kg
Nota 44
227, 228, 539
TARTRACINA
102
307a, 307b,
TOCOFEROLES
307c
VERDE SOLIDO FCF
Categoría de Alimentos No.
143
04.1.2.12
Aditivo
ASPARTAME
100 mg/kg
Nivel Máximo
500 mg/kg
951
1000 mg/kg
213
Comentarios
Aceptado
950
210, 211, 212,
BENZOATOS
150 mg/kg
Frutas cocidas o fritas
INS
ACESULFAME POTÁSICO
300 mg/kg
1000 mg/kg
Nota 13
BHA BUTILHIDROXIANISOL
320
100 mg/kg
Notas 15 y 130
BHT BUTILHIDROXITOLUENO
321
100 mg/kg
Notas 15 y 130
141i, 141ii
100 mg/kg
Nota 62
40 mg/kg
Nota 26
COMPLEJOS CUPRICOS DE
CLOROFILAS Y CLOROFILINAS
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
960
NEOTAMO
961
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
SUCRALOSA
955
Categoría de Alimentos No.
65 mg/kg
1200 mg/kg
150 mg/kg
Hortalizas
04.2.1
Nota 42
(incluidos
hongos
y
setas,
raíces
y
tubérculos, legumbres y leguminosas y áloe vera),
algas marinas y nueces y semillas frescas
Aditivo
INS
Nivel Máximo
ACETATO DE SODIO
262i
BPM
ÁCIDO ACÉTICO GLACIAL
260
BPM
ACIDO ASCORBICO
300
500 mg/kg
ÁCIDO CÍTRICO
330
BPM
ÁCIDO LÁCTICO (L, D y DI)
270
BPM
ÁCIDO MÁLICO (DL-)
296
BPM
CITRATO TRISODICO
331iii
2000 mg/kg
GOMA ARABIGA
414
83000 mg/kg
LACTATO CALCICO
327
BPM
1520
50000 mg/kg
PROPILENGLICOL
Comentarios
Aceptado
FDA 184.1751
Nota 79
Página 273 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
Categoría de Alimentos No.
04.2.1.1
RTCA 67.04.54:10
Hortalizas
(incluidos
tubérculos,
legumbres y leguminosas incluida la
hongos
y
setas,
raíces
y
soja y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas
frescas no tratadas
Nivel Máximo
Aditivo
INS
ACEITE MINERAL (ALTA VISCOSIDAD)
905d
BPM
942
BPM
OXIDO NITROSO
Hortalizas
Categoría de Alimentos No.
04.2.1.2
Comentarios
Aceptado
(incluidos
hongos
y
setas,
raíces
y
tubérculos, legumbres y leguminosas y áloe vera),
algas marinas y nueces y semillas frescas tratadas
en la superficie
Aditivo
AGAR
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
406
2500 mg/kg
407a
BPM
ALGINATO DE AMONIO
403
1000 mg/kg
ALGINATO DE CALCIO
404
3000 mg/kg
ALGINATO DE POTASIO
402
2500 mg/kg
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
3000 mg/kg
ALGINATO DE SODIO
401
10000 mg/kg
ALMIDON HIDROXIPROPILICO
1440
BPM
Nota 16
ALMIDON OXIDADO
1404
BPM
Nota 16
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
500 mg/kg
Nota 16
AMARILLO OCASO FCF
110
300 mg/kg
Notas 4 y 16
AZUL BRILLANTE FCF
133
500 mg/kg
Nota 16
504ii
BPM
Nota 16
CARBONATO CÁLCICO
170i
BPM
Nota 16
CARBONATO DE MAGNESIO
504i
BPM
Nota 16
CARBOXIMETILCELULOSA SÓDICA
466
BPM
Nota 16
120
500 mg/kg
Nota 4 y 16
500 mg/kg
Nota 16
160aii
BPM
Nota 16
460ii
BPM
Nota 16
460i
BPM
Nota 16
901
BPM
Nota 79
CERA DE CANDELILLA
902
BPM
Nota 79
CERA DE CARNAUBA
903
400 mg/kg
Nota 79
ALGA EUCHEUMA ELABORADA
(CARRAGENINA SEMI REFINADA)
BICARBONATO DE MAGNESIO
CARMINES
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
160f
CAROTENOS VEGETALES
CELULOSA EN POLVO
CELULOSA MICROCRISTALINA
CERA DE ABEJA BLANCA Y
AMARILLA
Página 274 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
CERA MICROCRISTALINA
CLOROFILAS
RTCA 67.04.54:10
905ci
50 mg/kg
140
BPM
Nota 16
Nota 16
CLORURO DE MAGNESIO
511
BPM
CLORURO CÁLCICO
509
500 mg/kg
150a
BPM
Nota 16
171
10000 mg/kg
Nota 16
473
1000 mg/kg
445
110 mg/kg
163ii
BPM
Nota 16
1414
BPM
Nota 16
GLICEROL
422
BPM
Nota 16
GOMA DE KARAYA
416
200 mg/kg
GOMA GELAN
418
BPM
GOMA GUAR
412
20000 mg/kg
GOMA LACA
904
BPM
GOMA XANTANA
415
BPM
HIDROXIDO CALCICO
526
800 mg/kg
Nota 58
HIDRÓXIDO DE MAGNESIO
528
BPM
Nota 16
MANITOL
421
BPM
MARRON HT
155
500 mg/kg
Nota 16
101i, 101ii
300 mg/kg
Notas 4 y 16
ROJO ALLURA AC
129
500 mg/kg
Nota 16
ROJO DE REMOLACHA
162
BPM
Nota 16
COLOR CARAMELO, CLASE I
DIÓXIDO DE TITANIO
ESTERES DE ACIDOS GRASOS Y
SACAROSA
ESTERES DE GLICEROL DE LA RESINA
DE MADERA
EXTRACTO DE PIEL DE UVA
(ENOCIANINA)
FOSFATO DE DIALMIDÓN ACETILADO
RIBOFLAVINAS
Hortalizas
Categoría de Alimentos No.
04.2.1.3
FDA 184.1426
Nota 58
FDA 184.1193
Nota 79
(incluidos
hongos
y
setas,
raíces
y
tubérculos, legumbres y leguminosas y áloe vera),
algas marinas y nueces y semillas frescas peladas,
cortadas o desmenuzadas
Aditivo
INS
Nivel Máximo
AGAR
406
2500 mg/kg
ACIDO ERITORBICO
315
BPM
407a
BPM
301
BPM
460 i
BPM
509
500 mg/kg
ALGA EUCHEUMA ELABORADA
(CARRAGENINA SEMI REFINADA)
ASCORBATO DE SODIO
CELULOSA MICROCRISTALINA
CLORURO CÁLCICO
Comentarios
Aceptado
Nota 58
FDA 184.1193
Página 275 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
GOMA GELAN
418
BPM
GOMA GUAR
412
20000 mg/kg
GOMA DE KARAYA
416
200 mg/kg
HIDROXIDO CALCICO
526
800 mg/kg
942
BPM
OXIDO NITROSO
Nota 58
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
500 mg/kg
Notas 44, 76 y 136
227, 228, 539
Hortalizas
Categoría de Alimentos No.
04.2.2
(incluidos
tubérculos, legumbres
hongos
y
raíces
y
leguminosas (incluida
y
setas,
la
soja) y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas
elaboradas
Aditivo
INS
ALGA EUCHEUMA ELABORADA
Nivel Máximo
407 a
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE II
150b
80000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
80000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
80000 mg/kg
PROPILENGLICOL
1520
50000 mg/kg
(CARRAGENINA SEMI REFINADA)
Hortalizas
Categoría de Alimentos No.
Nota 79
(incluidos
hongos
y
INS
Nivel Máximo
Aceptado
BPM
ACIDO ASCORBICO
300
100 mg/kg
ÁCIDO CÍTRICO
330
BPM
ACIDO ERITORBICO
315
BPM
ÁCIDO LÁCTICO (L, D y DI)
270
BPM
ÁCIDO MÁLICO (DL-)
296
BPM
AGAR
406
2500 mg/kg
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
3000 mg/kg
ALGINATO DE SODIO
401
10000 mg/kg
ASCORBATO DE SODIO
301
BPM
ASCORBATO CALCICO
302
BPM
ASPARTAME
951
1000 mg/kg
460 i
BPM
331iii
BPM
FDA 184.1751
333
BPM
FDA 184.1195
CITRATOS DE CALCIO
y
Comentarios
260
CITRATO TRISODICO
raíces
algas marinas y nueces y semillas congeladas
ÁCIDO ACÉTICO GLACIAL
CELULOSA MICROCRISTALINA
setas,
tubérculos, legumbres y leguminosas y áloe vera),
04.2.2.1
Aditivo
Comentarios
Aceptado
Página 276 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
CLORURO CÁLCICO
RTCA 67.04.54:10
509
4000 mg/kg
900a
10 mg/kg
385, 386
100 mg/kg
1414
10000 mg/kg
GLUTAMATO MONOSÓDICO
621
BPM
GOMA ARABIGA
414
83000 mg/kg
GOMA DE KARAYA
416
200 mg/kg
GOMA GELAN
418
BPM
GOMA GUAR
412
20000 mg/kg
HIDROXIDO CALCICO
526
1000 mg/kg
NEOTAMO
961
33 mg/kg
NITROGENO
941
BPM
OXIDO NITROSO
942
BPM
PECTINAS (AMIDADA Y NO AMIDADA)
440
20000 mg/kg
SACARINA
954
500 mg/kg
470i
BPM
955
150 mg/kg
DIMETILPOLISILOXANO
EDTAs
FOSFATO DE DIALMIDÓN ACETILADO
FDA 184.1193
Nota 15
Notas 21 y 110
Nota 58
Nota 59
SALES DE ÁCIDOS MIRÍSTICO,
PALMITICO Y ESTEÁRICO (CON BASE
DE NH4, Ca, K, Na)
SUCRALOSA
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
50 mg/kg
Nota 44, 76, 136 y 137
227, 228, 539
Categoría de Alimentos No.
04.2.2.2
Hortalizas
(incluidos
hongos
y
setas,
raíces
y
tubérculos, legumbres y leguminosas y áloe vera),
algas marinas y nueces y semillas desecadas
Aditivo
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
AMARILLO OCASO FCF
110
300 mg/kg
ASPARTAME
951
1000 mg/kg
BENZOATOS
BHA BUTILHIDROXIANISOL
BHT BUTILHIDROXITOLUENO
210, 211, 212,
213
1000 mg/kg
Nota 76
Nota 13
320
200 mg/kg
Notas 15, 76 y 130
321
200 mg/kg
Notas 15, 76 y 130
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
1000 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
200 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
Nota 76
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
Nota 76
EDTAs
385, 386
800 mg/kg
ÉSTERES DE ASCORBILO
304, 305
80 mg/kg
Notas 21 y 64
Nota 10
Página 277 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
RTCA 67.04.54:10
472e
10000 mg/kg
GALATO DE PROPILO
310
50 mg/kg
Notas 15, 76 y 130
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
960
40 mg/kg
Nota 26
NEOTAMO
961
33 mg/kg
SACARINA
954
500 mg/kg
SUCRALOSA
955
580 mg/kg
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
500 mg/kg
Notas 44 y 105
227, 228, 539
307a, 307b,
TOCOFEROLES
307c
200 mg/kg
Hortalizas
Categoría de Alimentos No.
04.2.2.3
(incluidos
hongos
y
setas,
raíces
y
tubérculos, legumbres y leguminosas y áloe vera) y
algas marinas en vinagre, aceite, salmuera o salsa
de soja
Aditivo
ACESULFAME POTÁSICO
ADIPATOS
INS
950
355, 356, 357,
359
Nivel Máximo
200 mg/kg
Nota 144
200 mg/kg
Nota 1
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
3000 mg/kg
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
500 mg/kg
ASPARTAME
951
300 mg/kg
133
500 mg/kg
AZUL BRILLANTE FCF
BENZOATOS
CARMINES
210, 211, 212,
213
120
Comentarios
Aceptado
2000 mg/kg
500 mg/kg
Nota 144
Nota 13
Notas 178
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
500 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
1320 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
500 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
500 mg/kg
DIMETILPOLISILOXANO
900a
10 mg/kg
385, 386
250 mg/kg
127
BPM
472e
2500 mg/kg
160b
20 mg/kg
EDTAs
ERITROSINA
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
Nota 21
Nota 8
330 mg/kg
Nota 26
579
150 mg/kg
Notas 23 y 48
132
500 mg/kg
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
960
GLUCONATO FERROSO
INDIGOTINA
Página 278 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
LACTATO FERROSO
585
150 mg/kg
MARRON HT
155
500 mg/kg
961
10 mg/kg
NEOTAMO
432, 433, 434,
POLISORBATOS
435, 436
RIBOFLAVINAS
Notas 23 y 48
Nota 144
500 mg/kg
101i, 101ii
500 mg/kg
ROJO ALLURA AC
129
500 mg/kg
SACARINA
954
160 mg/kg
Nota 144
SALES DE ASPARTAMO Y
962
200 mg/kg
Nota 113
ACESULFAMO
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
2000 mg/kg
SUCRALOSA
955
400 mg/kg
SULFATO DE ALUMINIO Y AMONIO
523
35 mg/kg
Nota 42
Nota 6
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
100 mg/kg
Nota 44
227, 228, 539
VERDE SOLIDO FCF
143
300 mg/kg
Hortalizas
Categoría de Alimentos No.
04.2.2.4
(incluidos
hongos
y
setas,
raíces
y
tubérculos, legumbres y leguminosas y áloe vera) y
algas
marinas
en
conserva,
en
latas
o
frascos
(pasteurizadas) o en bolsas de esterilización
Aditivo
INS
Nivel Máximo
ACESULFAME POTÁSICO
950
350 mg/kg
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
3000 mg/kg
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
200 mg/kg
ASPARTAME
951
1000 mg/kg
133
200 mg/kg
AZUL BRILLANTE FCF
Comentarios
Aceptado
Nota 39
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
200 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
200 mg/kg
512
25 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
DIMETILPOLISILOXANO
900a
10 mg/kg
385, 386
365 mg/kg
Nota 21
70 mg/kg
Nota 26
CLORURO DE ESTAÑO
EDTAs
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
960
INDIGOTINA
132
200 mg/kg
MARRON HT
155
200 mg/kg
NEOTAMO
961
33 mg/kg
Nota 43
Página 279 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
NISINA
RTCA 67.04.54:10
234
432, 433, 434,
POLISORBATOS
435, 436
BPM
Nota 28
30 mg/kg
ROJO ALLURA AC
129
200 mg/kg
SACARINA
954
160 mg/kg
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
SUCRALOSA
955
Notas 7 y 100
Nota 144
1000 mg/kg
Nota 42
580 mg/kg
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
50 mg/kg
Nota 44
227, 228, 539
TARTRACINA
102
334; 335i, 335ii;
TARTRATOS
336i, 336ii; 337
VERDE SOLIDO FCF
143
200 mg/kg
10000 mg/kg
200 mg/kg
Purés
Categoría de Alimentos No.
y
preparados para
hortalizas
04.2.2.5
Nota 45
(incluidos
untar
hongos
y
elaborados con
setas,
raíces
y
tubérculos, legumbres y leguminosas y áloe vera),
algas
marinas
y
nueces
y
semillas
(p.
ej.,
la
mantequilla de maní (cacahuete))
Aditivo
INS
Nivel Máximo
ACESULFAME POTÁSICO
950
1,000 mg/kg
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
3000 mg/kg
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
100 mg/kg
951
1000 mg/kg
ASPARTAME
BENZOATOS
210, 211, 212,
213
Comentarios
Aceptado
1000 mg/kg
Nota 13
BHA BUTILHIDROXIANISOL
320
200 mg/kg
Notas 15 y 130
BHT BUTILHIDROXITOLUENO
321
200 mg/kg
Notas 15 y 130
120
100 mg/kg
CARMINES
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
1000 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
1000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
141i, 141ii
100 mg/kg
900a
10 mg/kg
385, 386
250 mg/kg
Nota 21
160b
100 mg/kg
Nota 8
330 mg/kg
Nota 26
COMPLEJOS CUPRICOS DE
CLOROFILAS Y CLOROFILINAS
DIMETILPOLISILOXANO
EDTAs
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
960
Nota 62
Página 280 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
NEOTAMO
SACARINA
961
33 mg/kg
954
160 mg/kg
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
SUCRALOSA
RTCA 67.04.54:10
955
2000 mg/kg
Nota 42
400 mg/kg
Nota 169
500 mg/kg
Nota 44 y 138
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
227, 228, 539
307a, 307b,
TOCOFEROLES
307c
25 mg/kg
Pulpas
y
preparados
de
hortalizas
(incluidos
hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y
Categoría de Alimentos No.
04.2.2.6
leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y
semillas (p. ej., como los postres y las salsas a base
de hortalizas y hortalizas confitadas) distintos de
los indicados en la categoría de alimentos 04.2.2.5
Aditivo
ACESULFAME POTÁSICO
ADIPATOS
INS
950
355, 356, 357,
359
Nivel Máximo
350 mg/kg
200 mg/kg
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
3000 mg/kg
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
200 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
50 mg/kg
ASPARTAME
951
1000 mg/kg
AZUL BRILLANTE FCF
133
200 mg/kg
210, 211, 212,
Comentarios
Aceptado
Nota 1
Nota 92
3000 mg/kg
Nota 13
200 mg/kg
Nota 92
1000 mg/kg
Nota 92
160aii
1000 mg/kg
Nota 92
952
250 mg/kg
Nota 17
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
Nota 92
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
Nota 92
141i, 141ii
100 mg/kg
900a
50 mg/kg
385, 386
80 mg/kg
477
5000 mg/kg
472e
2500 mg/kg
160b
20 mg/kg
BENZOATOS
CARMINES
213
120
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
160f
CAROTENOS VEGETALES
CICLAMATOS
COMPLEJOS CUPRICOS DE
CLOROFILAS Y CLOROFILINAS
DIMETILPOLISILOXANO
EDTAs
ESTERES DE PROPILENGLICOL DE
ACIDOS GRASOS
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
Nota 62 y 92
Nota 21
Notas 8 y 92
Página 281 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
165 mg/kg
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
960
INDIGOTINA
132
200 mg/kg
MARRON HT
155
200 mg/kg
961
33 mg/kg
NEOTAMO
432, 433, 434,
POLISORBATOS
3000 mg/kg
435, 436
RIBOFLAVINAS
101i, 101ii
300 mg/kg
ROJO ALLURA AC
129
200 mg/kg
SACARINA
954
200 mg/kg
SALES DE ASPARTAMO Y
962
Nota 92
350 mg/kg
ACESULFAMO
200i, 201, 202,
SORBATOS
Nota 26
Nota 113
2000 mg/kg
203
Nota 42
SUCRALOSA
955
400 mg/kg
SULFATO DE ALUMINIO Y AMONIO
523
200 mg/kg
Nota 6
500 mg/kg
Nota 44
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
227, 228, 539
TARTRACINA
102
Categoría de Alimentos No.
04.2.2.7
200 mg/kg
Productos a base de hortalizas (incluidos hongos y
setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas
y
áloe
vera)
y
algas
marinas
fermentadas,
excluidos los productos fermentados de soja de la
categoría 12.10
Aditivo
INS
Nivel Máximo
ACESULFAME POTÁSICO
950
1,000 mg/kg
ACETATO DE SODIO
262i
BPM
ÁCIDO ACÉTICO GLACIAL
260
BPM
ACIDO ASCORBICO
300
BPM
ÁCIDO CÍTRICO
330
BPM
ÁCIDO FUMÁRICO
297
BPM
ÁCIDO LÁCTICO (L, D y DI)
270
BPM
296
BPM
ÁCIDO MÁLICO (DL-)
ADIPATOS
ALGA EUCHEUMA ELABORADA
355, 356, 357,
359
200 mg/kg
407a
BPM
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
3000 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
200 mg/kg
ASCORBATO DE SODIO
301
BPM
ASPARTAME
951
2500 mg/kg
(CARRAGENINA SEMI REFINADA)
Comentarios
Aceptado
Nota 1
Nota 92
Página 282 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
AZUL BRILLANTE FCF
BENZOATOS
133
210, 211, 212,
213
RTCA 67.04.54:10
500 mg/kg
1000 mg/kg
Nota 13
CARBONATO CÁLCICO
170i
10000 mg/kg
Nota 58
CARBONATO DE MAGNESIO
504i
5000 mg/kg
Nota 36
CARBONATO DE POTASIO
501i
BPM
CARBONATO DE SODIO
500i
BPM
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
1000 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
1000 mg/kg
407
BPM
331iii
BPM
CLORURO CÁLCICO
509
4000 mg/kg
CLORURO DE AMONIO
510
BPM
CLORURO DE POTASIO
508
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE I
150a
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
141i, 141ii
100 mg/kg
1400
BPM
900a
10 mg/kg
385, 386
250 mg/kg
127
BPM
472c
BPM
472e
2500 mg/kg
160b
20 mg/kg
FUMARATO DE SODIO
365
BPM
GLICEROL
422
CARRAGENINA Y SUS SALES
CITRATO TRISODICO
COMPLEJOS CUPRICOS DE
CLOROFILAS Y CLOROFILINAS
DEXTRINAS, ALMIDÓN TOSTADO,
BLANCO Y AMARILLO
DIMETILPOLISILOXANO
EDTAs
ERITROSINA
ESTERES CITRICOS Y GRASOS DEL
GLICEROL
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
FDA 184.1751
Nota 58
FDA 184.1193
FDA 184.1138
Nota 62
Nota 21
Nota 8
BPM
200 mg/kg
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
960
GLUCONATO SODICO
576
BPM
GLUTAMATO MONOSÓDICO
621
BPM
GOMA GUAR
412
20000 mg7kg
GUANILATO DISÓDICO, 5´-
627
500 mg/kg
INDIGOTINA
132
500 mg/kg
INOSINATO DISÓDICO, 5´-
631
BPM
Nota 26
Página 283 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
LACTATO CÁLCICO
327
10000 mg/kg
LACTATO DE SÓDIO
325
BPM
LECITINA
322
BPM
NEOTAMO
961
33 mg/kg
PECTINAS (AMIDADA Y NO AMIDADA)
440
BPM
PONCEAU 4R
124
500 mg/kg
101i, 101ii
500 mg/kg
954
200 mg/kg
RIBOFLAVINAS
SACARINA
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
1000 mg/kg
Nota 58
Nota 42
SUCRALOSA
955
580 mg/kg
SULFATO DE ALUMINIO Y AMONIO
523
500 mg/kg
Nota 6
500 mg/kg
Nota 44
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
227, 228, 539
TARTRACINA
102
500 mg/kg
TAUMATINA
957
BPM
VERDE SOLIDO FCF
143
300 mg/kg
Categoría de Alimentos No.
Hortalizas
04.2.2.8
(incluidos
hongos
y
setas,
raíces
y
tubérculos, legumbres y leguminosas y áloe vera) y
algas marinas cocidas o fritas
Aditivo
ADIPATOS
ASPARTAME
BENZOATOS
INS
355, 356, 357,
359
951
210, 211, 212,
213
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
200 mg/kg
Nota 1
1000 mg/kg
1000 mg/kg
Nota 13
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
141i, 141ii
100 mg/kg
Nota 62
385, 386
250 mg/kg
Nota 21
472e
2500 mg/kg
160b
100 mg/kg
COMPLEJOS CUPRICOS DE
CLOROFILAS Y CLOROFILINAS
EDTAs
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
40 mg/kg
Nota 8
Nota 26
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
960
NEOTAMO
961
33 mg/kg
SACARINA
954
160 mg/kg
Nota 144
2000 mg/kg
Nota 42
SORBATOS
SUCRALOSA
200i, 201, 202,
203
955
150 mg/kg
Nota 144
Página 284 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
307a, 307b,
TOCOFEROLES
307c
Categoría de Alimentos No.
05.0
Aditivo
VISCOCIDAD, CLASE I)
ALITAME
COLOR CARAMELO, CLASE II
ÉSTERES DE ASCORBILO
ESTERES POLIGLICERIDOS DE ACIDOS
GRASOS
PROPILENGLICOL
Categoría de Alimentos No.
200 mg/kg
Confitería
INS
ACEITE MINERAL (MEDIA Y BAJA
RTCA 67.04.54:10
905e
Nivel Máximo
2,000 mg/kg
956
300 mg/kg
150b
50000 mg/kg
304, 305
500 mg/kg
475
5000 mg/kg
1520
20000 mg/kg
05.1
Comentarios
Aceptado
Nota 3
Notas 10, 15 y 114
Productos
de
cacao
productos
de
imitación
y
chocolate,
y
los
incluidos
sucedáneos
los
del
chocolate
Nivel Máximo
Aditivo
INS
ACEITE MINERAL (ALTA VISCOCIDAD)
905d
2000 mg/kg
405
3000 mg/kg
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
300 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
400 mg/kg
473
10000 mg/kg
491, 492, 493,
10,000 mg/kg
Codex Stan 87-1981
10,000 mg/kg
Codex 87-1981
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
ESTERES DE ACIDOS GRASOS Y
SACAROSA
ESTERES DE SORBITAN DE ACIDOS
GRASOS
Comentarios
Aceptado
Nota 3
494, 495
ESTERES DE SORBITAN DE ACIDOS
GRASOS (MONOESTEARATO DE
SORBITÁN, TRIESTEARATO DE
SORBITÁN, MONOLAURATO DE
SORBITÁN, MONOOLEATO DE
491, 492, 493,
494, 495
SORBITÁN, MONOPALMITATO DE
SORBITÁN)
ESTERES POLIGLICERIDOS DEL ACIDO
476
5000 mg/kg
GALATO DE PROPILO
310
200 mg/kg
PECTINAS (AMIDADA Y NO AMIDADA)
440
BPM
SACARINA
954
500 mg/kg
102
300 mg/kg
RICINOLICO INTERESTERIFICADO
TARTRACINA
334; 335i, 335ii;
TARTRATOS
336i, 336ii; 337
Categoría de Alimentos No.
Aditivo
ACESULFAME POTÁSICO
5000 mg/kg
Notas 15 y 130
Nota 45
Mezclas de cacao (en polvo) y cacao en pasta/torta
05.1.1
de cacao
INS
950
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
350 mg/kg
Nota 97
Página 285 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
ASPARTAME
RTCA 67.04.54:10
951
3000 mg/kg
Nota 97
477
5000 mg/kg
Nota 97
160b
50 mg/kg
541i, 541ii
2000 mg/kg
INDIGOTINA
132
300 mg/kg
SACARINA
954
100 mg/kg
Nota 97
442
700 mg/kg
Nota 97
1500 mg/kg
Nota 42
955
580 mg/kg
Nota 97
480
75 mg/kg
ESTERES DE PROPILENGLICOL DE
ACIDOS GRASOS
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
FOSFATO DE ALUMINIO Y SODIO
SALES AMÓNICAS DEL ÁCIDO
FOSFATÍDICO
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
SUCRALOSA
SULFOSUCCIONATO DE
DIOCTILSODICO
307a, 307b,
TOCOFEROLES
307c
Categoría de Alimentos No.
05.1.2
Aditivo
500 mg/kg
350 mg/kg
ALITAME
956
300 mg/kg
ASPARTAME
951
1000 mg/kg
CARMINES
120
300 mg/kg
CICLAMATOS
952
250 mg/kg
160b
50 mg/kg
132
300 mg/kg
961
33 mg/kg
NEOTAMO
432, 433, 434,
POLISORBATOS
435, 436
SACARINA
954
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
SUCRALOSA
955
307a, 307b,
TOCOFEROLES
307c
Categoría de Alimentos No.
Aditivo
ACESULFAME POTÁSICO
ADIPATOS
Comentarios
Aceptado
950
INDIGOTINA
Nota 15
Nivel Máximo
ACESULFAME POTÁSICO
NORBIXINA, ANNATO
Notas 6 y 72
Mezclas de cacao (jarabes)
INS
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
Nota 8
Nota 97
Notas 17 y 127
Nota 8
Nota 97
500 mg/kg
80 mg/kg
1000 mg/kg
Nota 42
400 mg/kg
Nota 97
500 mg/kg
Nota 15
Productos para untar a base de cacao, incluidos
05.1.3
los rellenos a base de cacao
INS
950
355, 356, 357,
359
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
1000 mg/kg
200 mg/kg
Nota 1
Página 286 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
ALITAME
956
300 mg/kg
ASPARTAME
951
3000 mg/kg
133
300 mg/kg
AZUL BRILLANTE FCF
210, 211, 212,
BENZOATOS
213
1500 mg/kg
Nota 13
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
300 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
1000 mg/kg
952
500 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
385, 386
50 mg/kg
127
BPM
160b
50 mg/kg
132
300 mg/kg
961
100 mg/kg
CICLAMATOS
EDTAs
ERITROSINA
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
INDIGOTINA
NEOTAMO
432, 433, 434,
POLISORBATOS
435, 436
129
300 mg/kg
SACARINA
954
200 mg/kg
200i, 201, 202,
203
SUCRALOSA
955
307a, 307b,
TOCOFEROLES
307c
Categoría de Alimentos No.
Aditivo
ACEITE DE CASTOR
ACESULFAME POTÁSICO
05.1.4
Nota 21
Nota 8
1000 mg/kg
ROJO ALLURA AC
SORBATOS
Nota 17
1500 mg/kg
Nota 42
400 mg/kg
Nota 169
500 mg/kg
Nota 15
Productos de cacao y chocolate
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
1503
350 mg/kg
950
500 mg/kg
ALITAME
956
300 mg/kg
ASPARTAME
951
3000 mg/kg
AZUL BRILLANTE FCF
133
300 mg/kg
BHA BUTILHIDROXIANISOL
320
200 mg/kg
Notas 15 , 130 y 141
BHT BUTILHIDROXITOLUENO
321
200 mg/kg
Notas 15 y 130
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
500 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
CERA DE ABEJA BLANCA Y
AMARILLA
CERA DE CANDELILLA
160aii
1000 mg/kg
901
BPM
Nota 3
902
BPM
Nota 3
Página 287 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
CERA DE CARNAUBA
903
5000 mg/kg
CICLAMATOS
952
500 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
637
BPM
160b
25 mg/kg
ETILMALTOL
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
GOMA LACA
904
BPM
INDIGOTINA
132
450 mg/kg
MALTOL
636
200 mg/kg
MARRON HT
155
80 mg/kg
NEOTAMO
961
80 mg/kg
432, 433, 434,
POLISORBATOS
435, 436
300 mg/kg
300 mg/kg
SACARINA
954
500 mg/kg
442
700 mg/kg
200i, 201, 202,
203
Nota 3
Nota 183
124
129
SORBATOS
Nota 8 y 183
Nota 101
ROJO ALLURA AC
FOSFATÍDICO
Nota 17
50000 mg/kg
PONCEAU 4R
SALES AMÓNICAS DEL ÁCIDO
Nota 3
1000 mg/kg
Nota 42
SUCRALOSA
955
800 mg/kg
TBHQ
319
200 mg/kg
Notas 15, 130 y 141
750 mg/kg
Nota 15
307a, 307b,
TOCOFEROLES
307c
Categoría de Alimentos No.
Aditivo
ACESULFAME POTÁSICO
05.1.5
Productos de imitación y sucedáneos del chocolate
INS
950
Nivel Máximo
500 mg/kg
ALITAME
956
300 mg/kg
ASPARTAME
951
3000 mg/kg
133
300 mg/kg
AZUL BRILLANTE FCF
BENZOATOS
BHA BUTILHIDROXIANISOL
210, 211, 212,
213
Comentarios
Aceptado
1500 mg/kg
Nota 13
320
200 mg/kg
Notas 15 y 130
BHT BUTILHIDROXITOLUENO
321
200 mg/kg
Notas 15 y 130
CARMINES
120
300 mg/kg
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
500 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
CERA DE ABEJA BLANCA Y
AMARILLA
160aii
1000 mg/kg
901
BPM
Nota 3
CERA DE CANDELILLA
902
BPM
Nota 3
CERA DE CARNAUBA
903
5000 mg/kg
Nota 3
952
500 mg/kg
150c
BPM
CICLAMATOS
COLOR CARAMELO, CLASE III
Nota 17
Página 288 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
DIMETILPOLISILOXANO
900a
10 mg/kg
637
BPM
163ii
200 mg/kg
160b
25 mg/kg
Nota 8
904
BPM
Nota 3
ETILMALTOL
EXTRACTO DE PIEL DE UVA
(ENOCIANINA)
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
GOMA LACA
HIDROXIBENZOATOS, P-
214, 218
300 mg/kg
INDIGOTINA
132
450 mg/kg
MALTOL
636
200 mg/kg
MARRON HT
155
80 mg/kg
NEOTAMO
961
100 mg/kg
432, 433, 434,
POLISORBATOS
RIBOFLAVINAS
124
50 mg/kg
101i, 101ii
1000 mg/kg
ROJO ALLURA AC
129
300 mg/kg
SACARINA
954
500 mg/kg
SALES AMONICAS DEL ACIDO
442
10,000 mg/kg
FOSFATIDICO
SALES DE ASPARTAMO Y
962
500 mg/kg
ACESULFAMO
200i, 201, 202,
SORBATOS
955
TOCOFEROLES
Nota 113
1500 mg/kg
203
SUCRALOSA
Nota 27
5000 mg/kg
435, 436
PONCEAU 4R
Nota 181
Nota 42
800 mg/kg
307a, 307b,
500 mg/kg
307c
Nota 15
Dulces distintos de los indicados en las categorías
Categoría de Alimentos No.
05.2
de
alimentos
05.1,
05.3
y
05.4,
incluidos
los
caramelos duros y blandos, los turrones, etc.
Aditivo
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
ACEITE DE CASTOR
1503
500 mg/kg
ACEITE MINERAL (ALTA VISCOCIDAD)
905d
2000 mg/kg
Nota 3
200 mg/kg
Nota 1
ADIPATOS
355, 356, 357,
359
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
3000 mg/kg
ALITAME
956
300 mg/kg
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
300 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
400 mg/kg
AZUL BRILLANTE FCF
133
300 mg/kg
BENZOATOS
210, 211, 212,
213
1500 mg/kg
Nota 13
BHA BUTILHIDROXIANISOL
320
200 mg/kg
Notas 15 y 130
BHT BUTILHIDROXITOLUENO
321
200 mg/kg
Notas 15 y 130
161g
50 mg/kg
CANTAXANTINA
Página 289 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
CARMINES
120
RTCA 67.04.54:10
300 mg/kg
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
500 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
CERA DE ABEJA BLANCA Y
AMARILLA
160aii
500 mg/kg
901
BPM
Nota 3
CERA DE CANDELILLA
902
BPM
Nota 3
CERA DE CARNAUBA
903
5000 mg/kg
Nota 3
905ci
BPM
Nota 3
952
500 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
DIMETILPOLISILOXANO
900a
10 mg/kg
127
BPM
481i, 481ii
5000 mg/kg
473
20000 mg/kg
477
5000 mg/kg
472e
10000 mg/kg
637
BPM
CERA MICROCRISTALINA
CICLAMATOS
ERITROSINA
ESTEAROIL-2-LACTILATOS
ESTERES DE ACIDOS GRASOS Y
SACAROSA
ESTERES DE PROPILENGLICOL DE
ACIDOS GRASOS
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
ETILMALTOL
FOSFATO DE ALUMINIO Y SODIO
Notas 17 y 156
541i, 541ii
350 mg/kg
Nota 29
GALATO DE PROPILO
310
200 mg/kg
Notas 15 y 130
GOMA LACA
904
BPM
HIDROXIBENZOATOS, P-
214, 218
1500 mg/kg
INDIGOTINA
132
450 mg/kg
MALTOL
636
200 mg/kg
MARRON HT
155
300 mg/kg
NEGRO BRILLANTE PN
151
300 mg/kg
961
330 mg/kg
NEOTAMO
ÓXIDOS DE HIERRO
POLISORBATOS
PONCEAU 4R
172i, 172ii,
172iii
432, 433, 434,
435, 436
300 mg/kg
1000 mg/kg
129
348 mg/kg
SACARINA
954
500 mg/kg
SILICATO DE ALUMINIO Y SODIO
554
BPM
556
BPM
553i
BPM
SILICATO DE CALCIO Y ALUMINIO
(CAOLIN) (SINTETICO)
SILICATO DE MAGNESIO (SINTETICO)
SORBATOS
SUCRALOSA
200i, 201, 202,
203
955
Nota 158
1000 mg/kg
124
ROJO ALLURA AC
Nota 137
200 mg/kg
101i, 101ii
RIBOFLAVINAS
Nota 3
Nota 163
2000 mg/kg
Nota 42
1800 mg/kg
Nota 164
Página 290 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
SUCROGLICERIDOS
474
5000 mg/kg
TARTRACINA
102
300 mg/kg
334, 335i, 335ii,
BPM
TARTRATOS
TBHQ
319
307a, 307b,
TOCOFEROLES
307c
VERDE SOLIDO FCF
Categoría de Alimentos No.
143
05.2.1
Aditivo
FDA 184.1099 (solo para ácido
tartárico)
336i, 336ii, 337
200 mg/kg
Notas 15 y 130
500 mg/kg
Nota 15
100 mg/kg
Caramelos duros
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
ACESULFAME POTÁSICO
950
ACIDO TANICO
181
130 mg/kg
FDA 184. 1097
ACIDO TANICO
181
130 mg/kg
FDA 184. 1097
ASPARTAME
951
3000 mg/kg
AZUL PATENTE V
131
50 mg/kg
141i, 141ii
700 mg/kg
100i
300 mg/kg
Directiva 94/36/CE
163ii
500 mg/kg
Nota 181
160b
200 mg/kg
Nota 8
COMPLEJOS CUPRICOS DE CLOROFILA
Y CLOROFILINA
CURCUMINA
EXTRACTO DE PIEL DE UVA
(ENOCIANINA)
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
500 mg/kg
Nota 156
Nota 148
Directiva 94/36/CE
338, 339i, 339ii,
339iii, 340i,
340ii, 340iii,
341i, 341ii,
341iii, 342i,
342ii, 342iii,
343ii, 343iii,
FOSFATOS
450i, 450ii,
20000 mg/kg
Nota 33
450iii, 450v,
450vi, 450vii,
451i, 451ii,
452i, 452ii,
452iii, 452iv,
452v, 542
LICOPENOS
160d(i), (ii), (iii)
BPM
NEHOESPERIDINA-DIHIDROCALCONA
959
150 mg/kg
ROJO DE AZORRUBINA (CARMOISINA)
122
SACARINA
TALCO
Categoría de Alimentos No.
Aditivo
50
mg/kg
954
3000 mg/kg
553iii
BPM
05.2.2
FDA 73.585
Directiva 94/35/CE
Directiva 94/36/EC
Caramelos blandos
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
ACESULFAME POTÁSICO
950
1000 mg/kg
Nota 156
ASPARTAME
951
3000 mg/kg
Nota 148
Página 291 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
AZUL PATENTE V
RTCA 67.04.54:10
131
50 mg/kg
141i, 141ii
100 mg/kg
CURCUMINA
100i
300 mg/kg
DIACETATO DE SODIO
262ii
1000 mg/kg
163ii
500 mg/kg
160b
200 mg/kg
COMPLEJOS CUPRICOS DE CLOROFILA
Y CLOROFILINA
EXTRACTO DE PIEL DE UVA
(ENOCIANINA)
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
Directiva 94/36/CE
Directiva 94/36/CE
Nota 181
Nota 8
338, 339i, 339ii,
339iii, 340i,
340ii, 340iii,
341i, 341ii,
341iii, 342i,
342ii, 342iii,
343ii, 343iii,
FOSFATOS
450i, 450ii,
20000 mg/kg
Nota 33
450iii, 450v,
450vi, 450vii,
451i, 451ii,
452i, 452ii,
452iii, 452iv,
452v, 542
LICOPENOS
160d(i), (ii), (iii)
BPM
NEHOESPERIDINA-DIHIDROCALCONA
959
150 mg/kg
ROJO DE AZORRUBINA (CARMOISINA)
122
50
SACARINA
954
500 mg/kg
553iii
BPM
TALCO
Categoría de Alimentos No.
05.2.3
Aditivo
mg/kg
Nivel Máximo
950
1000 mg/kg
ASPARTAME
951
3000 mg/kg
160b
100 mg/kg
954
500 mg/kg
SACARINA
Categoría de Alimentos No.
05.3
Aditivo
Comentarios
Aceptado
ACESULFAME POTÁSICO
NORBIXINA, ANNATO
Directiva 94/36/EC
Turrón y mazapán
INS
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
FDA 73.585
Directiva 94/35/CE
Nota 8
Goma de mascar
INS
Nivel Máximo
Aceptado
Comentarios
ACEITE DE CASTOR
1503
2100 mg/kg
ACEITE MINERAL (ALTA VISCOCIDAD)
905d
20,000 mg/kg
ACESULFAME POTÁSICO
950
5000 mg/kg
ACIDO GLUCONICO
574
BPM
Directiva 95/2/CE
ACIDO SULFURICO
513
BPM
Directiva 95/2/CE
ACIDOS GRASOS
570
BPM
Directiva 95/2/CE
Página 292 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
ADIPATOS
355, 356, 357,
359
RTCA 67.04.54:10
200 mg/kg
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
3000 mg/kg
ALITAME
956
300 mg/kg
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
300 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
300 mg/kg
ARGON
938
BPM
ASPARTAME
951
10000 mg/kg
AZUL BRILLANTE FCF
133
300 mg/kg
AZUL PATENTE V
131
300 mg/kg
BENZOATOS
210, 211, 212,
213
1500 mg/kg
Nota 1
Directiva 95/2/CE
Directiva 94/36/CE
Nota 13
BETA CICLODEXTRINA
459
20000 mg/kg
BHA BUTILHIDROXIANISOL
320
400 mg/kg
Nota 130
BHT BUTILHIDROXITOLUENO
321
400 mg/kg
Nota 130
161g
300 mg/kg
927b
30000 mg/kg
CARBON VEGETAL
153
BPM
CARMINES
120
500 mg/kg
CANTAXANTINA
CARBAMIDA (SOLO PARA GOMA DE
MASCAR SIN AZUCAR AÑADIDO)
Directiva 95/2/CE
Directiva 94/36/CE
Nota 178
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
500 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
500 mg/kg
901
BPM
CERA DE CANDELILLA
902
BPM
CERA DE CARNAUBA
903
1200 mg/kg
Nota 3
905ci
20000 mg/kg
Nota 3
CICLAMATOS
952
3000 mg/kg
CITRATO DE ESTEARILO
484
15000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
20000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
20000 mg/kg
141i, 141ii
700 mg/kg
CURCUMINA
100i
300 mg/kg
DIMETILPOLISILOXANO
900a
100 mg/kg
127
BPM
481i, 481ii
2000 mg/kg
473
BPM
CERA DE ABEJA BLANCA Y
AMARILLA
CERA MICROCRISTALINA
COMPLEJOS CUPRICOS DE
CLOROFILAS Y CLOROFILINA
ERITROSINA
ESTEAROIL-2-LACTILATOS
ESTERES DE ACIDOS GRASOS Y
SACAROSA
Nota 17
Directiva 94/36/CE
Página 293 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
ESTERES DE PROPILENGLICOL DE
ACIDOS GRASOS
ESTERES DE SORBITAN DE ACIDOS
GRASOS
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
ETILMALTOL
EXTRACTO DE PIEL DE UVA
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
477
491, 492, 493,
494, 495
RTCA 67.04.54:10
20000 mg/kg
5000 mg/kg
472e
50000 mg/kg
637
BPM
163ii
500 mg/kg
160b
500 mg/kg
Nota 181
Directiva 94/36/CE
Nota 8
338, 339i, 339ii,
339iii, 340i,
340ii, 340iii,
341i, 341ii,
341iii, 342i,
342ii, 342iii,
FOSFATOS
343ii, 343iii,
450i, 450ii,
20000 mg/kg
Nota 33
450iii, 450v,
450vi, 450vii,
451i, 451ii,
452i, 452ii,
452iii, 452iv,
452v, 542
GALATO DE PROPILO
310
1000 mg/kg
GLICINA Y SU SAL SODICA
640
BPM
1521
20000 mg/kg
960
3500 mg/kg
Nota 26
3500 mg/kg
Nota 26
GLICOL POLIETILENO
(POLIETILENGLICOL)
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
Nota 130
Directiva 95/2/CE
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
960
GOMA LACA
904
BPM
Nota 3
HELIO
939
BPM
Directiva 95/2/CE
HIDROGENO
949
BPM
Directiva 95/2/CE
214, 218
1500 mg/kg
132
300 mg/kg
160d(i), (ii), (iii)
BPM
LUTEINA
161b
300 mg/kg
MALTOL
636
200 mg/kg
MARRON HT
155
300 mg/kg
NEGRO BRILLANTE PN
151
300 mg/kg
959
150 mg/kg
Directiva 94/35/CE
959
400 mg/kg
Directiva 94/35/CE
HIDROXIBENZOATOS, P
INDIGOTINA
LICOPENOS
NEOHESPERIDINA (CON AZÚCAR
AÑADIDO)
NEOHESPERIDINA (SIN AZÚCAR
AÑADIDO)
Nota 27
FDA 73.585
Directiva 94/36/CE
Página 294 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
NEOTAMO
961
172i, 172ii,
OXIDOS DE HIERRO
172iii
OXIGENO
RTCA 67.04.54:10
1000 mg/kg
10000 mg/kg
948
432, 433, 434,
POLISORBATOS
435, 436
POLIVINILPIRROLIDONA
BPM
5000 mg/kg
1201
10000 mg/kg
PONCEAU 4R
124
300 mg/kg
RESINA DE GUAYACO
314
1500 mg/kg
101i, 101ii
1000 mg/kg
ROJO ALLURA AC
129
467 mg/kg
ROJO DE AZORRUBINA (CARMOISINA)
122
50 mg/kg
SACARINA
954
2500 mg/kg
470b
BPM
554
BPM
556
BPM
553i
BPM
RIBOFLAVINAS
SALES MAGNESICAS DE ACIDOS
GRASOS
SILICATO DE ALUMINIO Y SODIO
SILICATO DE CALCIO Y ALUMINIO
(CAOLIN) (SINTETICO)
SILICATO DE MAGNESIO (SINTETICO)
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
Directiva 95/2/CE
1500 mg/kg
Directiva 94/36/CE
Directiva 95/2/CE
Nota 42
SUCRALOSA
955
5000 mg/kg
SUCROGLICERIDOS
474
10000 mg/kg
553iii
BPM
TARTRACINA
102
300 mg/kg
TARTRATO CALCICO
354
BPM
Directiva 95/2/CE
BPM
Directiva 95/2/CE
TALCO
334-335i, 335ii-
TARTRATOS
336i, 336ii-337
TBHQ
319
400 mg/kg
307a 307b, 307c
1500 mg/kg
VERDE S (VERDE BRILLANTE BS)
142
300 mg/kg
VERDE SOLIDO FCF
143
300 mg/kg
TOCOFEROLES
Nota 130
Directiva 94/36/CE
Decoraciones (p. ej., para productos de panadería
Categoría de Alimentos No.
05.4
fina),
revestimientos
(que
no
sean
de
fruta)
y
salsas dulces
Aditivo
INS
Nivel Máximo
ACEITE DE CASTOR
1503
2000 mg/kg
ACEITE MINERAL (ALTA VISCOCIDAD)
905d
2,000 mg/kg
950
500 mg/kg
ACESULFAME POTÁSICO
ADIPATOS
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
355, 356, 357,
359
405
Comentarios
Aceptado
200 mg/kg
Nota 3
Nota 1
3000 mg/kg
Página 295 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
ALITAME
956
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
500 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
300 mg/kg
ASPARTAME
951
1000 mg/kg
AZUL BRILLANTE FCF
133
500 mg/kg
BENZOATOS
210, 211, 212,
213
300 mg/kg
1500 mg/kg
Nota 13
BHA BUTILHIDROXIANISOL
320
200 mg/kg
Notas 15 y 130
BHT BUTILHIDROXITOLUENO
321
200 mg/kg
Notas 15 y 130
CANTAXANTINA
CARMINES
161g
BPM
120
500 mg/kg
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
500 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
CERA DE ABEJA BLANCA Y
AMARILLA
160aii
20000 mg/kg
901
BPM
CERA DE CANDELILLA
902
BPM
CERA DE CARNAUBA
903
4000 mg/kg
CICLAMATOS
952
500 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
CURCUMINA
100i
500 mg/kg
ERITROSINA
127
BPM
473
BPM
477
40000 mg/kg
472e
10000 mg/kg
160b
50 mg/kg
GALATO DE PROPILO
310
200 mg/kg
GOMA LACA
904
BPM
INDIGOTINA
132
500 mg/kg
MARRON HT
155
500 mg/kg
NEGRO BRILLANTE PN
151
500 mg/kg
NEOTAMO
961
100 mg/kg
ESTERES DE ACIDOS GRASOS Y
SACAROSA
ESTERES DE PROPILENGLICOL DE
ACIDOS GRASOS
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
ÓXIDOS DE HIERRO
POLISORBATOS
PONCEAU 4R
172i, 172ii,
172iii
432, 433, 434,
435, 436
50 mg/kg
1000 mg/kg
ROJO ALLURA AC
129
500 mg/kg
SACARINA
954
500 mg/kg
SORBATOS
203
Notas 15 y 130
3000 mg/kg
124
200i, 201, 202,
Nota 8
100 mg/kg
101i, 101ii
RIBOFLAVINAS
Nota 17
1000 mg/kg
Nota 42
Página 296 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
SUCRALOSA
955
TARTRACINA
102
500 mg/kg
TBHQ
319
200 mg/kg
Notas 15 y 130
307a 307b, 307c
500 mg/kg
Nota 15
143
100 mg/kg
TOCOFEROLES
VERDE SOLIDO FCF
Categoría de Alimentos No.
1000 mg/kg
Granos enteros, triturados o en copos, incluido el
06.1
arroz
Nivel Máximo
Aditivo
INS
ACEITE MINERAL (ALTA VISCOCIDAD)
905d
800 mg/kg
ACETATO DE SODIO
262i
6,000 mg/kg
1100
BPM
ALFA AMILASA (ASPERGILLUS
ORYSAE VAR.)
BHT BUTILHIDROXITOLUENO
321
200 mg/kg
CARBONATO CÁLCICO
170i
2220 mg/kg
GALATO DE PROPILO
310
100 mg/kg
GOMA GUAR
412
BPM
ROJO DE REMOLACHA
162
BPM
SILICATO DE ALUMINIO Y SODIO
554
2000 mg/kg
556
2000 mg/kg
SILICATO DE CALCIO Y ALUMINIO
(CAOLIN) (SINTÉTICO)
Categoría de Alimentos No.
06.2
Aditivo
INS
6000 mg/kg
507
BPM
1100
BPM
1100
BPM
ASCORBATO DE SODIO
301
BPM
CARBONATO DE SODIO
500i
BPM
331iii
BPM
472e
3000 mg/kg
322
5000 mg/kg
CITRATO TRISODICO
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
LECITINA
ÓXIDOS DE HIERRO
PROPIONATO CÁLCICO
SORBATOS
SULFATO DE ALUMINIO Y AMONIO
TARTRATOS
TOCOFEROLES
Notas 15 y 130
172i, 172ii,
172iii
282
200i, 201, 202,
203
523
334; 335i, 335ii;
336i, 336ii; 337
307a, 307b,
307c
Comentarios
Aceptado
262i
ALFA AMILASA (BACILLUS SUBTILIS)
Notas 15 y 130
Nivel Máximo
ÁCIDO CLORHIDRICO
ORYSAE VAR.)
Nota 98
Harinas y almidones
ACETATO DE SODIO
ALFA AMILASA (ASPERGILLUS
Comentarios
Aceptado
FDA 184.1751
Nota 186
300 mg/kg
1000 mg/kg
1000 mg/kg
500 mg/kg
6000 mg/kg
Nota 42
Nota 6
Nota 45
600 mg/kg
Página 297 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
Categoría de Alimentos No.
06.2.1
Aditivo
RTCA 67.04.54:10
Harinas
INS
Nivel Máximo
ACIDO ASCORBICO
300
300 mg/kg
ASCORBATO DE SODIO
301
300 mg/kg
ASCORBATO DE POTASIO
Comentarios
Aceptado
303
300 mg/kg
AZODICARBONAMIDA
927a
45 mg/kg
CARBONATO ACIDO DE SODIO
500ii
45000 mg/kg
CARBONATO CÁLCICO
170i
10000 mg/kg
CARBONATO DE MAGNESIO
504i
1500 mg/kg
CLORO
925
2500 mg/kg
Nota 87
DIÓXIDO DE CLORO
926
2500 mg/kg
Nota 87
DIOXIDO DE SILICIO (AMORFO)
551
BPM
481i, 481ii
5000 mg/kg
472e
5000 mg/kg
475
10000 mg/kg
476
5000 mg/kg
541i, 541ii
45000 mg/kg
ESTEAROIL-2-LACTILATOS
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDO GRASOS DEGLICEROL
ESTERES POLIGLICERIDOS DE ACIDOS
GRASOS
ESTERES POLIGLICERIDOS DEL ACIDO
RICINOLICO INTERESTERIFICADO
FOSFATO DE ALUMINIO Y SODIO
Nota 29
338, 339i, 339ii,
339iii, 340i,
340ii, 340iii,
341i, 341ii,
341iii, 342i,
342ii, 342iii,
FOSFATOS
343ii, 343iii,
450i, 450ii,
11900 mg/kg
450iii, 450v,
450vi, 450vii,
451i, 451ii,
452i, 452ii,
452iii, 452iv,
452v, 542
L-CISTEINA
910
90 mg/kg
1102
780 mg/kg
RTCA
67.01.15:06
Harina
de
trigo
Harinas.
fortificada.
Especificaciones
OXIDASA DE GLUCOSA
OXIDO NITROSO
942
BPM
1101ii
BPM
PERÓXIDO DE BENZOILO
928
66 mg/kg
PERÓXIDOS DE ACETONA
929
BPM
SULFATO CÁLCICO
516
BPM
Nota 57
200 mg/kg
Nota 44
PAPAINA
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
227, 228, 539
Página 298 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
Categoría de Alimentos No.
06.2.2
Aditivo
Almidones
INS
ALFA AMILASA (CARBOHYDRASA)
RTCA 67.04.54:10
Nivel Máximo
1100
BPM
HIDROXIDO DE SODIO
524
BPM
SULFATO DE ALUMINIO Y AMONIO
523
BPM
(BACILLUS LICHENIFORMIS)
Comentarios
Aceptado
Notas 6 y 26
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
50 mg/kg
Nota 44
227, 228, 539
Categoría de Alimentos No.
Aditivo
Cereales para el desayuno, incluidos los copos de
06.3
avena
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
ACESULFAME POTÁSICO
950
1200 mg/kg
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
200 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
300 mg/kg
ASPARTAME
951
1000 mg/kg
AZUL BRILLANTE FCF
133
200 mg/kg
BHA BUTILHIDROXIANISOL
320
200 mg/kg
Notas 15 y 130
BHT BUTILHIDROXITOLUENO
321
100 mg/kg
Notas 15 y 130
161g
50 mg/kg
120
200 mg/kg
CANTAXANTINA
CARMINES
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
200 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
400 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE II
150b
50000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
6500 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
2500 mg/kg
CURCUMINA
100i
BPM
ERITROSINA
127
BPM
481i, 481ii
5000 mg/kg
304, 305
200 mg/kg
Nota 10
160b
75 mg/kg
Nota 8
GALATO DE PROPILO
310
200 mg/kg
Notas 15 y 130
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
960
350 mg/kg
Nota 26
INDIGOTINA
132
300 mg/kg
MARRON HT
155
200 mg/kg
ESTEAROIL-2-LACTILATOS
ÉSTERES DE ASCORBILO
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
FDA 73.600
Página 299 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
NEOTAMO
OLEORESINA TUMERICA
961
160 mg/kg
100ii
BPM
172i, 172ii,
ÓXIDOS DE HIERRO
172iii
RIBOFLAVINAS
RTCA 67.04.54:10
75 mg/kg
101i, 101ii
300 mg/kg
ROJO ALLURA AC
129
300 mg/kg
SACARINA
954
100 mg/kg
SUCRALOSA
955
1000 mg/kg
TARTRACINA
102
300 mg/kg
307a,
TOCOFEROLES
307b,
307c
Categoría de Alimentos No.
06.4.1
Aditivo
85 mg/kg
Pastas y fideos frescos y productos similares
INS
Nivel Máximo
262i
BPM
ACIDO ASCORBICO
300
200 mg/kg
ÁCIDO CÍTRICO
330
BPM
ÁCIDO FUMÁRICO
297
600 mg/kg
ÁCIDO LÁCTICO (L, D y DI)
270
BPM
AGAR
406
2500 mg/kg
407a
BPM
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
3000 mg/kg
ALGINATO DE SODIO
401
10000 mg/kg
ASCORBATO DE SODIO
301
200 mg/kg
ASCORBATO CALCICO
302
200 mg/kg
500ii
BPM
CARBONATO CÁLCICO
170i
10000 mg/kg
CARBONATO DE POTASIO
501i
BPM
CARBONATO DE SODIO
500i
BPM
CARBOXIMETILCELULOSA SÓDICA
466
50000 mg/kg
CARRAGENINA Y SUS SALES
407
BPM
460 i
BPM
424
BPM
FOSFATO DE DIALMIDÓN
1412
200 mg/kg
FOSFATO DE DIALMIDÓN FOSFATADO
1413
200 mg/kg
GLICEROL
422
BPM
GLUCONO DELTA LACTONA
575
BPM
(CARRAGENINA SEMI REFINADA)
CARBONATO ACIDO DE SODIO
CELULOSA MICROCRISTALINA
CURDLAN
Comentarios
Aceptado
ACETATO DE SODIO
ALGA EUCHEUMA ELABORADA
FDA 73. 615
Nota 58
Página 300 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
GOMA ARABIGA
414
BPM
GOMA DE KARAYA
416
200 mg/kg
GOMA GELAN
418
BPM
GOMA XANTANA
415
10000 mg/kg
LACTATO DE SÓDIO
325
2400 mg/kg
LECITINA
322
BPM
MONO Y DIGLICERIDOS
471
BPM
PECTINAS (AMIDADA Y NO AMIDADA)
440
BPM
1520
20000 mg/kg
523
470 mg/kg
PROPILENGLICOL
SULFATO DE ALUMINIO Y AMONIO
334; 335i, 335ii;
TARTRATOS
336i, 336ii; 337
Categoría de Alimentos No.
Pastas
06.4.2
Aditivo
BPM
y
Nota 45
fideos
INS
Nivel Máximo
6000 mg/kg
ACIDO ASCORBICO
300
200 mg/kg
ÁCIDO CÍTRICO
330
BPM
ÁCIDO FUMÁRICO
297
600 mg/kg
ÁCIDO LÁCTICO (L, D y DI)
270
BPM
296
BPM
AGAR
355, 356, 357,
359
200 mg/kg
406
2500 mg/kg
1100
BPM
407a
8330 mg/kg
ALGINATO DE AMONIO
403
1000 mg/kg
ALGINATO DE CALCIO
404
3000 mg/kg
ALGINATO DE POTASIO
402
200 mg/kg
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
3000 mg/kg
ALGINATO DE SODIO
401
10000 mg/kg
ASCORBATO DE SODIO
301
200 mg/kg
ASCORBATO CALCICO
302
200 mg/kg
CANTAXANTINA
161g
BPM
CARBONATO ADICO DE SODIO
500ii
BPM
CARBONATO CÁLCICO
170i
10000 mg/kg
CARBONATO DE POTASIO
501i
2600 mg/kg
ALFA AMILASA (ASPERGILLUS
ORYSAE VAR.)
ALGA EUCHEUMA ELABORADA
(CARRAGENINA SEMI REFINADA)
y
productos
Comentarios
Aceptado
262i
ADIPATOS
deshidratados
similares
ACETATO DE SODIO
ÁCIDO MÁLICO (DL-)
Nota 6
Nota 1
Nota 37
Nota 58
Página 301 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
CARBONATO DE SODIO
RTCA 67.04.54:10
500i
2600 mg/kg
466
50000 mg/kg
120
100 mg/kg
160aii
1000 mg/kg
CARRAGENINA Y SUS SALES
407
8330 mg/kg
CELULOSA MICROCRISTALINA
460i
BPM
CLOROFILAS
140
BPM
CLORURO DE POTASIO
508
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE I
150a
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE II
150b
50000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
472e
5000 mg/kg
160b
20 mg/kg
FOSFATO DE DIALMIDÓN
1412
200 mg/kg
FOSFATO DE DIALMIDÓN FOSFATADO
1413
200 mg/kg
576
BPM
GLUTAMATO MONOSÓDICO
621
BPM
GOMA ARABIGA
414
BPM
GOMA DE KARAYA
416
200 mg/kg
GOMA GELAN
418
BPM
GOMA XANTANA
415
10000 mg/kg
INOSINATO DISÓDICO, 5´-
631
BPM
LACTATO DE SÓDIO
325
2400 mg/kg
LECITINA
322
5000 mg/kg
MANITOL
421
BPM
MONO Y DIGLICERIDOS
471
30000 mg/kg
OXIDO NITROSO
942
BPM
440
BPM
CARBOXIMETILCELULOSA SÓDICA
CARMINES
CAROTENOS VEGETALES
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
GLUCONATO SODICO
PECTINAS (AMIDADA Y NO AMIDADA)
POLISORBATOS
ROJO DE REMOLACHA
432, 433, 434,
435, 436
Nota 37
Nota 8
5000 mg/kg
162
BPM
470i
BPM
SALES DE ÁCIDOS MIRÍSTICO,
PALMITICO Y ESTEÁRICO (CON BASE
DE NH4, Ca, K, Na)
SORBATOS
SULFATO CÁLCICO
200i, 201, 202,
203
516
2000 mg/kg
Nota 42
5000 mg/kg
Página 302 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
TARTRACINA
102
307a, 307b,
TOCOFEROLES
307c
VERDE SOLIDO FCF
Categoría de Alimentos No.
143
06.4.3
Aditivo
ADIPATOS
RTCA 67.04.54:10
300 mg/kg
2000 mg/kg
100 mg/kg
Pastas y fideos precocidos y productos similares
INS
355, 356, 357,
359
Nivel Máximo
200 mg/kg
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
3000 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
300 mg/kg
BENZOATOS
210, 211, 212,
213
Comentarios
Aceptado
1000 mg/kg
Nota 1
Nota 153
Nota 13
BHA BUTILHIDROXIANISOL
320
200 mg/kg
Notas 15 y 130
BHT BUTILHIDROXITOLUENO
321
200 mg/kg
Notas 15 y 130
CANTAXANTINA
CARMINES
161g
BPM
120
100 mg/kg
Notas 153 y 178
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
1000 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
1000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE II
150b
50000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
DIMETILPOLISILOXANO
900a
50 mg/kg
Nota 153
ÉSTERES DE ASCORBILO
304, 305
20 mg/kg
Nota 10
477
5000 mg/kg
472e
10000 mg/kg
160b
20 mg/kg
310
100 mg/kg
ESTERES DE PROPILENGLICOL DE
ACIDOS GRASOS
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
GALATO DE PROPILO
POLISORBATOS
PROPILENGLICOL
RIBOFLAVINAS
SORBATOS
432, 433, 434,
435, 436
5000 mg/kg
1520
20000 mg/kg
101i, 101ii
300 mg/kg
200i, 201, 202,
203
Notas 2 y 153
Nota 8 y 153
Notas 15 y 130
Nota 153
2000 mg/kg
Nota 42
20 mg/kg
Nota 44
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
227, 228, 539
TARTRACINA
TARTRATOS
TBHQ
TOCOFEROLES
102
334; 335i, 335ii;
336i, 336ii; 337
319
307a, 307b,
307c
300 mg/kg
1000 mg/kg
200 mg/kg
Nota 45
Notas 15 y 130
200 mg/kg
Página 303 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
VERDE SOLIDO FCF
Categoría de Alimentos No.
143
ACESULFAME POTÁSICO
ADIPATOS
100 mg/kg
Postres
06.5
Aditivo
RTCA 67.04.54:10
a
base
INS
950
355, 356, 357,
almidón
(p.
ej.,
359
350 mg/kg
5500 mg/kg
3000 mg/kg
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
150 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
50 mg/kg
ASPARTAME
951
1000 mg/kg
AZUL BRILLANTE FCF
133
150 mg/kg
210, 211, 212,
213
1000 mg/kg
BHA BUTILHIDROXIANISOL
320
2 mg/kg
BHT BUTILHIDROXITOLUENO
321
90 mg/kg
161g
BPM
120
150 mg/kg
CARMINES
y
Comentarios
Aceptado
405
CANTAXANTINA
cereales
Nivel Máximo
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
BENZOATOS
de
pudines de arroz, pudines de mandioca)
Nota 1
Nota 13
Notas 15 y 130
Notas 2, 15 y 130
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
BPM
FDA 73.95
160aii
BPM
FDA 73.96
952
250 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE II
150b
50000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
385, 386
315 mg/kg
127
BPM
481i, 481ii
5000 mg/kg
473
10000 mg/kg
304, 305
500 mg/kg
477
40000 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
CICLAMATOS
EDTAs
ERITROSINA
ESTEAROIL-2-LACTILATOS
ESTERES DE ACIDOS GRASOS Y
SACAROSA
ÉSTERES DE ASCORBILO
ESTERES DE PROPILENGLICOL DE
ACIDOS GRASOS
ESTERES DE SORBITAN DE ACIDOS
GRASOS
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DEGLICEROL
ÉSTERES POLIGLICÉRIDOS DE ÁCIDOS
GRASOS
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
491, 492, 493,
494, 495
Nota 17
Nota 21
Notas 2 y 10
5000 mg/kg
472e
5000 mg/kg
475
5000 mg/kg
160b
BPM
FDA 73.30
160b
BPM
FDA 73.30
Página 304 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
NORBIXINA, ANNATO
FOSFATO DE ALUMINIO Y SODIO
541i, 541ii
2000 mg/kg
Nota 6
338, 339i, 339ii,
339iii, 340i,
340ii, 340iii,
341i, 341ii,
341iii, 342i,
342ii, 342iii,
343ii, 343iii,
FOSFATOS
450i, 450ii,
BPM
450iii, 450v,
450vi, 450vii,
451i, 451ii,
452i, 452ii,
452iii, 452iv,
452v, 542
GALATO DE PROPILO
310
90 mg/kg
165 mg/kg
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
960
INDIGOTINA
132
300 mg/kg
MARRON HT
155
150 mg/kg
NEOTAMO
961
33 mg/kg
234
3 mg/kg
NISINA
172i, 172ii,
ÓXIDOS DE HIERRO
172iii
432, 433, 434,
POLISORBATOS
435, 436
PONCEAU 4R
RIBOFLAVINAS
ROJO ALLURA AC
SACARINA
SORBATOS
SUCRALOSA
TARTRACINA
101i, 101ii
300 mg/kg
129
300 mg/kg
954
100 mg/kg
TARTRATOS
400 mg/kg
102
300 mg/kg
336i, 336ii; 337
TAUMATINA
957
307a, 307b,
TOCOFEROLES
307c
VERDE SOLIDO FCF
1000 mg/kg
955
334; 335i, 335ii;
143
2860 mg/kg
5 mg/kg
BPM
06.6
Nota 42
Nota 45
Nota 143
FDA 182.3890, 184.1890,
182.8890
100 mg/kg
Mezclas
Categoría de Alimentos No.
Nota 28
5000 mg/kg
50 mg/kg
203
Nota 26
75 mg/kg
124
200i, 201, 202,
Notas 2, 15 y 130
batidas
para
rebozar
(p.
ej.,
para
empanar o rebozar pescado o carne de aves de
corral)
Aditivo
ADIPATOS
INS
355, 356, 357,
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
1000 mg/kg
Nota 1
Página 305 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
359
CARMINES
120
500 mg/kg
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
500 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
1000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE II
150b
50000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
DIMETILPOLISILOXANO
900a
10 mg/kg
472e
5000 mg/kg
160b
100 mg/kg
Nota 8
541i, 541ii
1600 mg/kg
Nota 6
5000 mg/kg
Nota 2
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
FOSFATO DE ALUMINIO Y SODIO
432, 433, 434,
POLISORBATOS
435, 436
PROPILENGLICOL
RIBOFLAVINAS
1520
500 mg/kg
101i, 101ii
300 mg/kg
200i, 201, 202,
SORBATOS
2000 mg/kg
203
307a, 307b,
TOCOFEROLES
06.7
Aditivo
Nota 42
5 mg/kg
307c
Categoría de Alimentos No.
Nota 72
Tortas de arroz (sólo del tipo oriental)
Nivel Máximo
INS
COLOR CARAMELO, CLASE II
150b
50000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
955
600 mg/kg
553iii
BPM
SUCRALOSA
TALCO
Comentarios
Aceptado
Nota 72
Bebidas a base de soja (excluidos los productos de
Categoría de Alimentos No.
la
06.8
categoría
de
fermentados
de
alimentos
soja
de
12.9
la
y
los
productos
categoría
12.10)
manteniendo el nivel del edulcorante.
Aditivo
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
INS
960
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
200 mg/kg
Nota 26
Página 306 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
Categoría de Alimentos No.
07.0
Aditivo
SULFATO DE ALUMINIO Y SODIO
RTCA 67.04.54:10
Productos de panadería
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
521
BPM
905d
3,000 mg/kg
ACIDO TANICO
181
100 mg/kg
FDA 184. 1097
ACIDO TANICO
181
100 mg/kg
FDA 184. 1097
500 mg/kg
Nota 1
ACEITE MINERAL (ALTA VISCOCIDAD)
ADIPATOS
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
BENZOATOS
355, 356, 357,
359
405
210, 211, 212,
213
FDA 182.1131
Nota 125
3000 mg/kg
1000 mg/kg
Nota 13
BHA BUTILHIDROXIANISOL
320
200 mg/kg
Notas 15 y 130
BHT BUTILHIDROXITOLUENO
321
200 mg/kg
Notas 15 y 130
161g
BPM
903
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE II
150b
50000 mg/kg
DIACETATO DE SODIO
262ii
4000 mg/kg
127
BPM
304, 305
1000 mg/kg
Notas 10 y 15
477
15000 mg/kg
Notas 11 y 72
472e
20000 mg/kg
CANTAXANTINA
CERA DE CARNAUBA
ERITROSINA
ÉSTERES DE ASCORBILO
ESTERES DE PROPILENGLICOL DE
ACIDOS GRASOS
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DEGLICEROL
Nota 3
338, 339i, 339ii,
339iii, 340i,
340ii, 340iii,
341i, 341ii,
341iii, 342i,
342ii, 342iii,
FOSFATOS
343ii, 343iii,
450i, 450ii,
BPM
Nota 33
450iii, 450v,
450vi, 450vii,
451i, 451ii,
452i, 452ii,
452iii, 452iv,
452v, 542
INDIGOTINA
PIMARICINA (NATAMICINA)
SORBATOS
TARTRACINA
132
300 mg/kg
235
BPM
200i, 201, 202,
203
102
2000 mg/kg
Nota 42
300 mg/kg
Página 307 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
334; 335i, 335ii;
TARTRATOS
336i, 336ii; 337
307a, 307b,
TOCOFEROLES
307c
VERDE SOLIDO FCF
Categoría de Alimentos No.
143
07.1
Aditivo
RTCA 67.04.54:10
10000 mg/kg
200 mg/kg
100 mg/kg
Pan y productos de panadería ordinaria
INS
Nivel Máximo
950
1000 mg/kg
ALITAME
956
200 mg/kg
ASPARTAME
951
4000 mg/kg
AZUL BRILLANTE FCF
133
100 mg/kg
CARMINES
120
BPM
481i, 481ii
3000 mg/kg
473
10000 mg/kg
472e
6000 mg/kg
541i, 541ii
2000 mg/kg
961
70 mg/kg
1520
10000 mg/kg
955
650 mg/kg
ESTERES DE ACIDOS GRASOS Y
SACAROSA
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
FOSFATO DE ALUMINIO Y SODIO
NEOTAMO
PROPILENGLICOL
SUCRALOSA
Categoría de Alimentos No.
07.1.1
Aditivo
VISCOCIDAD, CLASE I)
Nota 6
Panes y panecillos
INS
ACEITE MINERAL (MEDIA Y BAJA
Comentarios
Aceptado
ACESULFAME POTÁSICO
ESTEAROIL-2-LACTILATOS
Nota 45
905e
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
3,000 mg/kg
Notas 36 y 126
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
35 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
432, 433, 434,
POLISORBATOS
435, 436
35 mg/kg
3000 mg/kg
TBHQ
319
200 mg/kg
VERDE SOLIDO FCF
143
100 mg/kg
Categoría de Alimentos No.
Aditivo
07.1.2
Notas 15 y 130
Crackers, excluidos los crackers dulces
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
AMARILLO OCASO FCF
110
300 mg/kg
CARMINES
120
200 mg/kg
160a(i),
BPM
FDA 73.95
160aii
BPM
FDA 73.96
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
CAROTENOIDES
Nota 178
160a(iii), 160e,
160f
CAROTENOS, VEGETALES
Página 308 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
CURCUMINA
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
100i
500 mg/kg
160b
BPM
432, 433, 434,
POLISORBATOS
435, 436
ROJO ALLURA AC
SORBATOS
RTCA 67.04.54:10
5000 mg/kg
129
300 mg/kg
200i, 201, 202,
BPM
203
FDA 73.30
Nota 11
Nota 42
FDA 182.3225
182.3640
182.3795
182.3089
SULFATO DE ALUMINIO Y AMONIO
523
10000 mg/kg
TBHQ
319
200 mg/kg
Categoría de Alimentos No.
Notas 15 y 130
Otros productos de panadería ordinaria
07.1.3
Aditivo
Nota 29
(p. ej.,
bagels, pita, muffins ingleses, etc.)
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
1000 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
1000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
310
100 mg/kg
GALATO DE PROPILO
432, 433, 434,
POLISORBATOS
435, 436
3000 mg/kg
ROJO ALLURA AC
129
300 mg/kg
SACARINA
954
15 mg/kg
SULFATO DE ALUMINIO Y AMONIO
523
10000 mg/kg
TBHQ
319
200 mg/kg
Categoría de Alimentos No.
Aditivo
CARMINES
Notas 15 y 130
Nota 11
Nota 29
Notas 15 y 130
Productos similares al pan, incluidos los rellenos a
07.1.4
base de pan y el pan rallado
INS
120
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
500 mg/kg
Nota 178
1000 mg/kg
Nota 116
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
1000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
160b
200 mg/kg
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
POLISORBATOS
432, 433, 434,
435, 436
3000 mg/kg
Nota 8
Nota 11
Página 309 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
SULFATO DE ALUMINIO Y AMONIO
523
10000 mg/kg
TBHQ
319
200 mg/kg
Categoría de Alimentos No.
07.1.5
Aditivo
Nota 29
Notas 15 y 130
Panes y bollos dulces al vapor
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
1000 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
1000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
160b
200 mg/kg
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
432, 433, 434,
POLISORBATOS
435, 436
SULFATO DE ALUMINIO Y AMONIO
Categoría de Alimentos No.
523
Aditivo
COLOR CARAMELO, CLASE III
COLOR CARAMELO, CLASE IV
CAROTENOS VEGETALES
Nota 11
10000 mg/kg
Nota 29
para
pan
y
productos
de
panadería
ordinaria
INS
SULFATO DE ALUMINIO Y AMONIO
3000 mg/kg
Mezclas
07.1.6
Nota 8
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
523
10000 mg/kg
150c
50000 mg/kg
150d
BPM
160aii
BPM
Nota 6
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
BPM
160f
432, 433, 434,
POLISORBATOS
435, 436
ESTERES DE SORBITAN DE ACIDOS
GRASOS
491, 492, 493,
494, 495
ESTERES DE ACIDOS GRASOS Y
SACAROSA
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
Categoría de Alimentos No.
Aditivo
3000 mg/kg
Nota 11
5000 mg/kg
Nota 11
473
BPM
160b
200 mg/kg
Productos
07.2
de
Nota 8
panadería
fina
(dulces,
salados,
aromatizados) y mezclas
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
ACESULFAME POTASICO
950
1000 mg/kg
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
200 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
50 mg/kg
ASPARTAME
951
1700 mg/kg
AZUL BRILLANTE FCF
133
200 mg/kg
CARMINES
120
200 mg/kg
Nota 165
Nota 165
Página 310 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
200 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
CERA DE ABEJA BLANCA Y
AMARILLA
CERA DE CANDELILLA
CICLAMATOS
160aii
1000 mg/kg
901
BPM
Nota 3
902
BPM
Nota 3
952
1600 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
CURCUMINA
100i
200 mg/kg
473
BPM
ESTERES DE ACIDOS GRASOS Y
SACAROSA
ESTERES DE SORBITAN DE ACIDOS
GRASOS
491, 492, 493,
494, 495
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
10000 mg/kg
472e
20000 mg/kg
475
5000 mg/kg
ETILMALTOL
637
BPM
GOMA LACA
904
BPM
MALTOL
636
200 mg/kg
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
ÉSTERES POLIGLICÉRIDOS DE ÁCIDOS
GRASOS
MARRON HT
155
200 mg/kg
NEGRO BRILLANTE PN
151
200 mg/kg
NEOTAMO
961
80 mg/kg
NISINA
234
250 mg/kg
172i, 172ii,
ÓXIDOS DE HIERRO
172iii
432, 433, 434,
POLISORBATOS
435, 436
PONCEAU 4R
RIBOFLAVINAS
SACARINA
SALES DE ASPARTAMO Y
ACESULFAMO
SUCRALOSA
Nota 17 y 165
Nota 3
Nota 165
Nota 28
100 mg/kg
3000 mg/kg
124
50 mg/kg
101i, 101ii
300 mg/kg
954
170 mg/kg
Nota 165
962
1000 mg/kg
Nota 77 y 113
955
700 mg/kg
Nota 165
SUCROGLICERIDOS
474
10000 mg/kg
SULFATO DE ALUMINIO Y AMONIO
523
10000 mg/kg
Nota 29
50 mg/kg
Nota 44
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
227, 228, 539
VERDE SOLIDO FCF
Categoría de Alimentos No.
Aditivo
AMARILLO OCASO FCF
CAROTENOIDES
143
100 mg/kg
Tortas, galletas y pasteles (p. ej., rellenos de fruta
07.2.1
o crema)
INS
Nivel Máximo
Aceptado
110
300 mg/kg
160a(i),
BPM
Comentarios
FDA 73.95
Página 311 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
160a(iii), 160e,
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
BPM
481i, 481ii
5500 mg/kg
160b
BPM
541i, 541ii
2000 mg/kg
PROPILENGLICOL
1520
20000 mg/kg
ROJO ALLURA AC
129
2200 mg/kg
200i, 201, 202,
BPM
ESTEAROIL-2-LACTILATOS
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
FOSFATO DE ALUMINIO Y SODIO
SORBATOS
FDA 73.96
FDA 73.30
Nota 6
Nota 42
203
FDA 182.3225
182.3640
182.3795
182.3089
Otros
Categoría de Alimentos No.
07.2.2
productos
donuts,
de
panecillos
panadería
dulces,
fina
scones
(p.
ej.,
(bollos
ingleses) y muffins)
Aditivo
INS
Nivel Máximo
ESTEAROIL-2-LACTILATOS
481i, 481ii
5000 mg/kg
FOSFATO DE ALUMINIO Y SODIO
541i, 541ii
2000 mg/kg
PROPILENGLICOL
1520
10000 mg/kg
ROJO ALLURA AC
129
300 mg/kg
Categoría de Alimentos No.
o panqueques)
INS
Nivel Máximo
320
200 mg/kg
BHT BUTILHIDROXITOLUENO
321
1000 mg/kg
541i, 541ii
15300 mg/kg
GALATO DE PROPILO
310
200 mg/kg
PROPILENGLICOL
1520
10000 mg/kg
ROJO ALLURA AC
129
300 mg/kg
Categoría de Alimentos No.
Aditivo
Comentarios
Aceptado
BHA BUTILHIDROXIANISOL
FOSFATO DE ALUMINIO Y SODIO
Nota 6
Mezclas para panadería fina (p. ej., tortas, tortitas
07.2.3
Aditivo
Comentarios
Aceptado
Notas 15 y 130
Notas 15 y 130
Nota 29
Notas 15 y 130
Carne y productos cárnicos, incluidos los de aves
08.0
de corral y caza
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
500 mg/kg
Nota 16
AZUL BRILLANTE FCF
133
500 mg/kg
Nota 16
COLOR CARAMELO, CLASE II
150b
200000 mg/kg
Nota 16
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
DIACETATO DE SODIO
262ii
1000 mg/kg
GOMA GELAN
418
BPM
GOMA XANTANA
415
BPM
Página 312 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
INDIGOTINA
132
500 mg/kg
Nota 16
MARRON HT
155
500 mg/kg
Nota 16
NISINA
234
500 mg/kg
Nota 28
Categoría de Alimentos No.
08.1
Aditivo
Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza
INS
Nivel Máximo
ACIDO ASCORBICO
300
2000 mg/kg
AGAR
406
2500 mg/kg
407a
BPM
110
300 mg/kg
ALGA EUCHEUMA ELABORADA
(CARRAGENINA SEMI REFINADA)
AMARILLO OCASO FCF
BICARBONATO DE SODIO
500
5000 mg/kg
500i
BPM
CARRAGENINA Y SUS SALES
407
BPM
CLORURO DE AMONIO
510
BPM
GLUTAMATO MONOAMÓNICO
624
BPM
GLUTAMATO MONOSÓDICO
621
BPM
LACTATO DE SÓDIO
325
20000 mg/kg
OXIDO NITROSO
942
BPM
CARBONATO DE SODIO
Categoría de Alimentos No.
Nota 4 y 16
FSIS Directiva 7120.1 rev 9
USDA
FDA 184.1138
Carne fresca, incluida las de aves de corral y caza,
08.1.1
Aditivo
Comentarios
Aceptado
en piezas enteras o en cortes
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
ACETATO DE SODIO
262i
BPM
ÁCIDO ACÉTICO GLACIAL
260
BPM
ÁCIDO CÍTRICO
330
2000 mg/kg
ACIDO ERITORBICO
315
500 mg/kg
ALGINATO DE SODIO
401
10000 mg/kg
ALMIDON HIDROXIPROPILICO
1440
BPM
Nota 16
ALMIDON OXIDADO
1404
BPM
Nota 16
301
500 mg/kg
504ii
BPM
1101iii
BPM
CARBONATO CÁLCICO
170i
BPM
Nota 16
CARBONATO DE MAGNESIO
504i
BPM
Nota 16
CARBONATO DE SODIO
500i
BPM
CARMINES
120
500 mg/kg
ASCORBATO DE SODIO
BICARBONATO DE MAGNESIO
BROMELINAS (PROTEASAS)
Nota 16
Nota 4 y 16
Página 313 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
500 mg/kg
Nota 16
160aii
5000 mg/kg
Nota 16
CELULOSA EN POLVO
460ii
BPM
Nota 16
CELULOSA MICROCRISTALINA
460i
BPM
Nota 16
331iii
5000 mg/kg
CLOROFILAS
140
BPM
CLORURO DE MAGNESIO
511
2260 mg/kg
CLORURO DE POTASIO
508
BPM
CLORURO CÁLCICO
509
2500 mg/kg
150a
BPM
Nota 16
171
10000 mg/kg
Nota 16
1414
BPM
Nota 16
160f
CAROTENOS VEGETALES
CITRATO TRISODICO
COLOR CARAMELO, CLASE I
DIÓXIDO DE TITANIO
FOSFATO DE DIALMIDÓN ACETILADO
FDA 184.1751
Notas 4 y 16
FDA 184.1426
FDA 184.1193
338, 339i, 339ii,
339iii, 340i,
340ii, 340iii,
341i, 341ii,
341iii, 342i,
342ii, 342iii,
343ii, 343iii,
FOSFATOS
450i, 450ii,
3000 mg/kg
Nota 33, FDA 7120.1 Rev. 9
450iii, 450v,
450vi, 450vii,
451i, 451ii,
452i, 452ii,
452iii, 452iv,
452v, 542
GOMA DE TRAGACANTO
PAPAINA
Categoría de Alimentos No.
413
BPM
1101ii
BPM
Carne fresca picada, incluida la de aves de corral y
08.1.2
Aditivo
Nota 16
caza
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
ÁCIDO CÍTRICO
330
100 mg/kg
Nota 15
ÁCIDO ERITORBICO
315
400 mg/kg
FSIS 7120.1 rev 9 USDA
ÁCIDO LÁCTICO (L, D y DI)
270
6000 mg/kg
ALGINATO DE SODIO
401
10000 mg/kg
ALMIDON HIDROXIPROPILICO
1440
BPM
ALMIDON OXIDADO
1404
BPM
ASCORBATO DE SODIO
301
BPM
ASCORBATO CALCICO
302
BPM
504ii
BPM
BICARBONATO DE MAGNESIO
Página 314 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
CARBONATO CÁLCICO
170i
1500 mg/kg
CARBONATO DE MAGNESIO
504i
BPM
120
100 mg/kg
Notas 4, 16 y 117
100 mg/kg
Nota 117
160aii
20 mg/kg
Nota 117
CELULOSA MICROCRISTALINA
460i
BPM
CITRATO DE ISOPROPILO
384
200 mg/kg
331iii
BPM
FDA 184.1751
CITRATOS DE CALCIO
333
BPM
FDA 184.1195
CLOROFILAS
140
1000 mg/kg
CLORURO DE MAGNESIO
511
BPM
150a
BPM
171
10000 mg/kg
1414
BPM
CARMINES
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
160f
CAROTENOS VEGETALES
CITRATO TRISODICO
COLOR CARAMELO, CLASE I
DIÓXIDO DE TITANIO
FOSFATO DE DIALMIDÓN ACETILADO
Nota 94
FDA 184.1426
Nota 94
338, 339i, 339ii,
339iii, 340i,
340ii, 340iii,
341i, 341ii,
341iii, 342i,
342ii, 342iii,
343ii, 343iii,
FOSFATOS
450i, 450ii,
2200 mg/kg
Nota 33
450iii, 450v,
450vi, 450vii,
451i, 451ii,
452i, 452ii,
452iii, 452iv,
452v, 542
GOMA DE TRAGACANTO
Categoría de Alimentos No.
Aditivo
413
BPM
Productos cárnicos, de aves de corral y caza
08.2
elaborados, en piezas enteras o en cortes
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
ACIDO TANICO
181
10 mg/kg
FDA 184. 1097
ACIDO TANICO
181
10 mg/kg
FDA 184. 1097
ADIPATOS
355, 356, 357,
359
3000 mg/kg
Nota 1
AMARILLO OCASO FCF
110
300 mg/kg
Nota 16
BHA BUTILHIDROXIANISOL
320
200 mg/kg
Notas 15 y 130
BHT BUTILHIDROXITOLUENO
321
100 mg/kg
Notas 15 y 130, 167
CARMINES
120
500 mg/kg
CAROTENOIDES
160a(i),
BPM
Nota 16
FDA 73.95
Página 315 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
160a(iii), 160e,
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
5000 mg/kg
Nota 16
262ii
2500 mg/kg
FDA 184.1754
GALATO DE PROPILO
310
200 mg/kg
Notas 15 y 130
GLUTAMATO MONOSODICO
621
BPM
DIACETATO DE SODIO
432, 433, 434,
POLISORBATOS
435, 436
RIBOFLAVINAS
5000 mg/kg
101i, 101ii
1000 mg/kg
Nota 16
ROJO ALLURA AC
129
500 mg/kg
Nota 16
TBHQ
319
100 mg/kg
Notas 15 y 130, 167
Productos
Categoría de Alimentos No.
08.2.1
cárnicos,
elaborados
sin
de
tratar
aves
de
corral
térmicamente,
y
en
caza
piezas
enteras o en cortes
Aditivo
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
338; 339i- iii;
340i-iii;341iiii;342i-iii;
FOSFATOS
343ii- iii; 450i-
Nota 33
2200 mg/kg
iii,v-vii; 451iii;452i-v; 542
Productos
Categoría de Alimentos No.
08.2.1.1
cárnicos,
de
aves
de
corral
y
caza
elaborados, curados (incluidos los salados) y sin
tratar térmicamente, en piezas enteras o en cortes
Aditivo
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
338, 339i, 339ii,
339iii, 340i,
340ii, 340iii,
341i, 341ii,
341iii, 342i,
342ii, 342iii,
343ii, 343iii,
FOSFATOS
450i, 450ii,
BPM
Nota 33
450iii, 450v,
450vi, 450vii,
451i, 451ii,
452i, 452ii,
452iii, 452iv,
452v, 542
NITRATOS
251, 252
500 mg/kg
Nota 30
NITRITOS
249, 250
200 mg/kg
Nota 32
Productos
Categoría de Alimentos No.
08.2.1.2
cárnicos,
elaborados,
curados
desecados
sin
y
de
tratar
aves
de
(incluidos
corral
los
térmicamente,
y
caza
salados),
en
piezas
enteras o en cortes
Aditivo
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Página 316 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
Aceptado
210, 211, 212,
BENZOATOS
213
CITRATO DE ISOPROPILO
1000 mg/kg
Notas 3 y 13
384
200 mg/kg
NITRATOS
251, 252
450 mg/kg
Nota 30
NITRITOS
249, 250
200 mg/kg
Nota 32
235
6 mg/kg
PIMARICINA (NATAMICINA)
Productos
Categoría de Alimentos No.
08.2.1.3
elaborados,
cárnicos,
de
aves
fer-mentados
y
de
sin
corral
tratar
y
caza
Térmica-
mente, en piezas enteras o en cortes
Aditivo
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
NITRATOS
251, 252
450 mg/kg
Nota 30
NITRITOS
249, 250
130 mg/kg
Nota 32
Productos
Categoría de Alimentos No.
08.2.2
cárnicos,
elaborados,
tratados
de
aves
de
corral
térmicamente
y
en
caza
piezas
enteras o en cortes
Aditivo
INS
ESTEAROIL-2-LACTILATOS
ESTERES DE ACIDOS GRASOS Y
SACAROSA
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
481i, 481ii
4000 mg/kg
473
5000 mg/kg
338, 339i, 339ii,
339iii, 340i,
340ii, 340iii,
341i, 341ii,
341iii, 342i,
342ii, 342iii,
343ii, 343iii,
FOSFATOS
450i, 450ii,
5000 mg/kg
Nota 33,
FDA 7120.1 Rev. 9
450iii, 450v,
450vi, 450vii,
451i, 451ii,
452i, 452ii,
452iii, 452iv,
452v, 542
ISOASCORBATO DE SODIO
316
500 mg/kg
NITRATOS
251, 252
365 mg/kg
Nota 30
NITRITOS
249, 250
170 mg/kg
Nota 32
474
5000 mg/kg
(ERITORBATO DE SODIO)
SUCROGLICERIDOS
Productos cárnicos, de aves de corral y caza
Categoría de Alimentos No.
08.2.3
elaborados, congelados, en piezas enteras o en
cortes
Aditivo
INS
ACEITE MINERAL (ALTA VISCOCIDAD)
905d
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
950 mg/kg
Nota 3
Página 317 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
338, 339i, 339ii,
339iii, 340i,
340ii, 340iii,
341i, 341ii,
341iii, 342i,
342ii, 342iii,
343ii, 343iii,
FOSFATOS
450i, 450ii,
5000 mg/kg
Nota 33, FDA 7120.1 Rev. 9
450iii, 450v,
450vi, 450vii,
451i, 451ii,
452i, 452ii,
452iii, 452iv,
452v, 542
NITRATOS
251, 252
220 mg/kg
Nota 30
NITRITOS
249, 250
170 mg/kg
Nota 32
Categoría de Alimentos No.
Productos cárnicos, de aves de corral y caza
08.3
Aditivo
ADIPATOS
picados y elaborados
INS
355, 356, 357,
359
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
3000 mg/kg
Nota 1
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
3000 mg/kg
BHA BUTILHIDROXIANISOL
320
200 mg/kg
Notas 15 y 130
BHT BUTILHIDROXITOLUENO
321
100 mg/kg
Notas 15 y 130, 162
262ii
2500 mg/kg
FDA 184.1754
2200 mg/kg
Nota 33
DIACETATO DE SODIO
338, 339i, 339ii,
339iii, 340i,
340ii, 340iii,
341i, 341ii,
341iii, 342i,
342ii, 342iii,
FOSFATOS
343ii, 343iii,
450i, 450ii,
450iii, 450v,
450vi, 450vii,
451i, 451ii,
452i, 452ii,
452iii, 452iv,
452v, 542
GALATO DE PROPILO
310
200 mg/kg
GLUTAMATO MONOSODICO
621
BPM
316
500 mg/kg
249, 250
130 mg/kg
ISOASCORBATO DE SODIO
(ERITORBATO DE SODIO)
NITRITOS
POLISORBATOS
RIBOFLAVINAS
SORBATOS
TBHQ
432, 433, 434,
435, 436
101i, 101ii
200i, 201, 202,
203
319
Notas 15 y 130
Nota 32
5000 mg/kg
1000 mg/kg
Nota 16
2000 mg/kg
Nota 42
100 mg/kg
Notas 15 y 130, 167
Página 318 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
307a, 307b,
TOCOFEROLES
307c
Categoría de Alimentos No.
picados y elaborados sin tratar térmicamente
INS
CAROTENOS VEGETALES
ROJO ALLURA AC
3000 mg/kg
Productos cárnicos, de aves de corral y caza
08.3.1
Aditivo
RTCA 67.04.54:10
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
160aii
20 mg/kg
129
500 mg/kg
Nota 118
Nota 16
Productos cárnicos, de aves de corral y caza
Categoría de Alimentos No.
08.3.1.1
picados y elaborados, curados (incluidos los
salados) y sin tratar térmicamente
Aditivo
INS
AMARILLO OCASO FCF
CARMINES
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
110
300 mg/kg
Nota 16
120
200 mg/kg
Nota 118
20 mg/kg
Nota 118
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
160f
NITRATOS
251, 252
500 mg/kg
Nota 30
Productos cárnicos, de aves de corral y caza
Categoría de Alimentos No.
08.3.1.2
picados y elaborados, curados (incluidos los
salados), y secos y sin tratar térmicamente
Aditivo
INS
AMARILLO OCASO FCF
110
210, 211, 212,
BENZOATOS
213
CARMINES
120
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
135 mg/kg
1000 mg/kg
Notas 3 y 13
100 mg/kg
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
20 mg/kg
160f
CITRATO DE ISOPROPILO
NITRATOS
PIMARICINA (NATAMICINA)
Categoría de Alimentos No.
384
200 mg/kg
251, 252
365 mg/kg
235
20 mg/kg
08.3.1.3
Nota 30
Notas 3 y 81
Productos
cárnicos,
picados y
elaborados,
de
aves
de
corral
fermentados y
sin
y
caza
tratar
térmicamente
Nivel Máximo
Aditivo
INS
AMARILLO OCASO FCF
110
300 mg/kg
120
100 mg/kg
CARMINES
Comentarios
Aceptado
Nota 16
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
20 mg/kg
160f
Página 319 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
NITRATOS
251, 252
Categoría de Alimentos No.
RTCA 67.04.54:10
365 mg/kg
Productos
08.3.2
cárnicos,
de
aves
de
corral
y
caza
picados, elaborados y tratados térmicamente
Nivel Máximo
Aditivo
INS
AMARILLO OCASO FCF
110
300 mg/kg
120
100 mg/kg
CARMINES
Nota 30
Comentarios
Aceptado
Nota 16
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
BPM
FDA 73.95
160aii
BPM
FDA 73.96
385, 386
35 mg/kg
481i, 481ii
4000 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
EDTAs
ESTEAROIL-2-LACTILATOS
Nota 21
338, 339i, 339ii,
339iii, 340i,
340ii, 340iii,
341i, 341ii,
341iii, 342i,
342ii, 342iii,
343ii, 343iii,
FOSFATOS
450i, 450ii,
5000 mg/kg
Nota 33
FDA 7120.1 Rev. 9
450iii, 450v,
450vi, 450vii,
451i, 451ii,
452i, 452ii,
452iii, 452iv,
452v, 542
100 mg/kg
Notas 26 y 202
251, 252
365 mg/kg
Nota 30
ROJO ALLURA AC
129
25 mg/kg
SILICATO DE ALUMINIO Y SODIO
554
BPM
200i, 201, 202,
BPM
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
960
NITRATOS
SORBATOS
203
474
5000 mg/kg
SULFATO DE ALUMINIO Y AMONIO
523
5 mg/kg
553iii
BPM
102
BPM
TARTRACINA
Categoría de Alimentos No.
FDA 182.3089, 182.3795,
182.3640, 182.3225
SUCROGLICERIDOS
TALCO
Nota 3
Nota 6
FDA 74.705
Productos cárnicos, de aves de corral y caza
08.3.3
picados, elaborados y congelados
Nivel Máximo
Aditivo
INS
ACEITE MINERAL (ALTA VISCOCIDAD)
905d
950 mg/kg
Nota 3
110
300 mg/kg
Nota 16
AMARILLO OCASO FCF
CARMINES
CAROTENOIDES
Comentarios
Aceptado
120
500 mg/kg
Nota 16
160a(i),
500 mg/kg
Nota 16
Página 320 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
160a(iii), 160e,
160f
CAROTENOS VEGETALES
NITRATOS
ROJO ALLURA AC
Categoría de Alimentos No.
160aii
5000 mg/kg
Nota 16
251, 252
365 mg/kg
Nota 30
129
500 mg/kg
Nota 16
08.4
Aditivo
Tripas comestibles (p. ej., para embutidos)
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
3000 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
300 mg/kg
Nota 16
120
500 mg/kg
Nota 16
500 mg/kg
Nota 16
CARMINES
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
160f
CAROTENOS VEGETALES
ERITROSINA
ÉSTERES DE ASCORBILO
160aii
5000 mg/kg
127
BPM
304, 305
5000 mg/kg
Nota 10
1100 mg/kg
Nota 33
214, 218
100 mg/kg
Nota 138
151
BPM
Nota 16
251, 252
150 mg/kg
Nota 30
249, 250
130 mg/kg
Nota 32
1000 mg/kg
Nota 72
338, 339i, 339ii,
339iii, 340i,
340ii, 340iii,
341i, 341ii,
341iii, 342i,
342ii, 342iii,
FOSFATOS
343ii, 343iii,
450i, 450ii,
450iii, 450v,
450vi, 450vii,
451i, 451ii,
452i, 452ii,
452iii, 452iv,
452v, 542
HIDROXIBENZOATOS, PNEGRO BRILLANTE PN
NITRATOS
NITRITOS
ÓXIDOS DE HIERRO
POLISORBATOS
PONCEAU 4R
RIBOFLAVINAS
SILICATO DE CALCIO Y ALUMINIO
(CAOLIN) (SINTETICO)
SILICATO DE MAGNESIO (SINTETICO)
172i, 172ii,
172iii
432, 433, 434,
435, 436
1500 mg/kg
124
500 mg/kg
Nota 16
101i, 101ii
1000 mg/kg
Nota 16
556
BPM
Notas 3, 6, 174
553i
BPM
Nota 3, 6, 174
Página 321 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
Categoría de Alimentos No.
Pescado y productos pesqueros frescos, incluidos
09.1
Aditivo
RTCA 67.04.54:10
moluscos, crustáceos y equinodermos
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
ACIDO ASCORBICO
300
200 mg/kg
ÁCIDO CÍTRICO
330
BPM
ACIDO ERITORBICO
315
BPM
407a
BPM
401
10000 mg/kg
ALMIDON HIDROXIPROPILICO
1440
BPM
Nota 16
ALMIDON OXIDADO
1404
BPM
Nota 16
ASCORBATO DE SODIO
301
200 mg/kg
ASCORBATO CALCICO
302
BPM
504ii
BPM
Nota 16
CARBONATO DE MAGNESIO
504i
BPM
Nota 16
CARBOXIMETILCELULOSA SÓDICA
466
BPM
Nota 16
CELULOSA EN POLVO
460ii
BPM
Nota 16
CELULOSA MICROCRISTALINA
460i
BPM
Nota 16
331iii
BPM
FDA 184.1751
CITRATOS DE CALCIO
333
BPM
FDA 184.1195
CLORURO DE MAGNESIO
511
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE II
150b
30000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
Notas 3,4,16 y 50
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
Notas 3 y 50
FOSFATO DE DIALMIDÓN ACETILADO
1414
BPM
Nota 16
GLUCONATO SODICO
576
BPM
GLUCONO DELTA LACTONA
575
100 mg/kg
NITROGENO
941
BPM
OXIDO NITROSO
942
BPM
ALGA EUCHEUMA ELABORADA
(CARREGENINA SEMI REFINADA)
ALGINATO DE SODIO
BICARBONATO DE MAGNESIO
CITRATO TRISODICO
Categoría de Alimentos No.
Aditivo
09.1.1
Nota 16
FDA 184.1426
Nota 16
Nota 59
Pescado fresco
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
300 mg/kg
Nota 50
AMARILLO OCASO FCF
110
300 mg/kg
Notas 4, 16 y 50
AZUL BRILLANTE FCF
133
300 mg/kg
Notas 4, 16, 50
CARBONATO CÁLCICO
170i
BPM
Nota 50
Página 322 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
CARMINES
120
RTCA 67.04.54:10
300 mg/kg
Notas 4, 16 y 50
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
300 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
BPM
Nota 50
140
BPM
Nota 50
150a
BPM
Nota 50
DIÓXIDO DE TITANIO
171
10000 mg/kg
Nota 50
MARRON HT
155
300 mg/kg
Nota 50
CLOROFILAS
COLOR CARAMELO, CLASE I
Categoría de Alimentos No.
09.1.2
Aditivo
Moluscos, crustáceos y equinodermos frescos
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
500 mg/kg
Nota 16
AMARILLO OCASO FCF
110
300 mg/kg
Notas 4 y 16
AZUL BRILLANTE FCF
133
500 mg/kg
Nota 16
CARBONATO CÁLCICO
170i
BPM
Nota 16
CARMINES
120
500 mg/kg
Nota 16
BPM
Nota 16
160aii
BPM
Nota 16
140
BPM
Nota 16
150a
BPM
Nota 16
DIÓXIDO DE TITANIO
171
10000 mg/kg
Nota 16
MARRON HT
155
300 mg/kg
Nota 16
100 mg/kg
Nota 44
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
160f
CAROTENOS VEGETALES
CLOROFILAS
COLOR CARAMELO, CLASE I
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
227, 228, 539
Categoría de Alimentos No.
Aditivo
Pescado y productos pesqueros elaborados,
09.2
incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos
INS
Nivel Máximo
ACESULFAME POTASICO
950
200 mg/kg
ACETATO DE SODIO
262i
BPM
ÁCIDO ACÉTICO GLACIAL
260
BPM
ACIDO ASCORBICO
300
BPM
ÁCIDO CÍTRICO
330
BPM
ÁCIDO FUMÁRICO
297
BPM
296
BPM
301
BPM
ÁCIDO MÁLICO (DL-)
ASCORBATO DE SODIO
Comentarios
Aceptado
Nota 144
Página 323 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
ASPARTAME
951
300 mg/kg
CARBONATO CÁLCICO
170i
10000 mg/kg
Nota 58
CARBONATO DE MAGNESIO
504i
5000 mg/kg
Nota 36
CARBONATO DE POTASIO
501i
BPM
CARBONATO DE SODIO
500i
BPM
CELULOSA MICROCRISTALINA
460i
10000 mg/kg
CLORURO DE POTASIO
508
BPM
CLORURO CÁLCICO
509
10000 mg/kg
CLORURO DE AMONIO
510
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE II
150b
30000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
Nota 50
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
Nota 50
CURCUMINA
100i
500 mg/kg
1400
BPM
ERITRITHOL
968
200000 mg/kg
FUMARATO DE SODIO
365
BPM
GLICEROL
422
BPM
GLUCONATO SODICO
576
BPM
GLUTAMATO MONOSÓDICO
621
BPM
GOMA DE KARAYA
416
200 mg/kg
INOSINATO DISODICO, 5´-
631
BPM
LACTATO CÁLCICO
327
10000 mg/kg
LACTATO DE SÓDIO
325
BPM
MONO Y DIGLICERIDOS
471
10000 mg/kg
SULFATO DE ALUMINIO Y AMONIO
523
1500 mg/kg
DEXTRINAS, ALMIDÓN TOSTADO,
BLANCO Y AMARILLO
Nota 144
Nota 58
FDA 184.1193
FDA 184.1138
Nota 58
Nota 6
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros
Categoría de Alimentos No.
09.2.1
con-gelados, incluidos moluscos,
crustáceos y equinodermos
Aditivo
INS
Nivel Máximo
Aceptado
ACIDO ASCORBICO
300
400 mg/kg
ÁCIDO CÍTRICO
330
BPM
ACIDO ERITORBICO
315
1500 mg/kg
AGAR
406
2500 mg/kg
407a
5000 mg/kg
403
1000 mg/kg
ALGA EUCHEUMA ELABORADA
(CARRAGENINA SEMI REFINADA)
ALGINATO DE AMONIO
Comentarios
Notas 3 y 53
Página 324 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
ALGINATO DE CALCIO
404
3000 mg/kg
ALGINATO DE POTASIO
402
200 mg/kg
ALGINATO DE SODIO
401
10000 mg/kg
ALMIDON HIDROXIPROPILICO
1440
BPM
ALMIDON OXIDADO
1404
BPM
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
500 mg/kg
Nota 95
AMARILLO OCASO FCF
110
300 mg/kg
Nota 95
ASCORBATO DE SODIO
301
BPM
ASCORBATO CALCICO
302
400 mg/kg
AZUL BRILLANTE FCF
133
500 mg/kg
Nota 95
BHA BUTILHIDROXIANISOL
320
200 mg/kg
Notas 15 y 130
BHT BUTILHIDROXITOLUENO
321
200 mg/kg
Notas 15 y 130
504ii
BPM
CARBONATO CÁLCICO
170i
BPM
CARBONATO DE MAGNESIO
504i
BPM
120
100 mg/kg
BICARBONATO DE MAGNESIO
CARMINES
160a(i), 160a(iii),
Nota 95
Nota 95 y 178
BPM mg/kg
Nota 95
160aii
BPM
Nota 95
407
5000 mg/kg
Nota 61
331iii
BPM
FDA 184.1751
CITRATOS DE CALCIO
333
BPM
FDA 184.1195
CLOROFILAS
140
BPM
Nota 95
CLORURO DE MAGNESIO
511
BPM
FDA 184.1426
CLORURO DE POTASIO
508
30000 mg/kg
150a
BPM
1400
20000 mg/kg
Notas 3 y 53
171
10000 mg/kg
Nota 95
385, 386
75 mg/kg
Nota 21
472a
BPM
472c
BPM
304, 305
1000 mg/kg
1414
BPM
GLICEROL
422
BPM
GOMA ARABIGA
414
BPM
461, 463, 464,
BPM
CAROTENOIDES
CAROTENOS VEGETALES
CARRAGENINA Y SUS SALES
CITRATO TRISODICO
COLOR CARAMELO, CLASE I
DEXTRINAS, ALMIDÓN TOSTADO,
BLANCO Y AMARILLO
DIÓXIDO DE TITANIO
EDTAs
160e, 160f
Nota 95
ESTERES ACETICOS DE LOS MONO Y
DIGLICERIDOS DE LOS ACIDOS
GRASOS
ESTERES CITRICOS Y GRASOS DEL
GLICEROL
ÉSTERES DE ASCORBILO
FOSFATO DE DIALMIDÓN ACETILADO
HIDROXI PROPIL METILCELULOSA,
Nota 10
Página 325 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
(HIDROXIPROPILCELULOS,
RTCA 67.04.54:10
465
METILCELULOSA, METIL ETIL
CELULOSA (ETIL METIL CELULOSA))
HIDRÓXIDO DE MAGNESIO
528
BPM
INDIGOTINA
132
500 mg/kg
LECITINA
322
BPM
MALTITOL Y JARABE DE MALTITOL
965
BPM
MANITOL
421
BPM
MARRON HT
155
500 mg/kg
Nota 95
NEGRO BRILLANTE PN
151
500 mg/kg
Nota 95
NITROGENO
941
BPM
Nota 59
OXIDO NITROSO
942
BPM
PECTINAS (AMIDADA Y NO AMIDADA)
440
20000 mg/kg
1200
BPM
101i, 101ii
1000 mg/kg
Nota 95
129
500 mg/kg
Nota 95
162
BPM
POLIDEXTROSA A y N
RIBOFLAVINAS
ROJO ALLURA AC
ROJO DE REMOLACHA
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
SORBITOL, JARABE DE SORBITOL
420i, 420ii
Nota 95
Nota 16
2000 mg/kg
Nota 42
2000 mg/kg
Notas 42, 143
100 mg/kg
Nota 44 y 139
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
227, 228, 539
XILITOL
967
BPM
Notas 16 y 142
Pescado, filetes de pescado y productos pesqueros
Categoría de Alimentos No.
09.2.2
rebozados
congelados,
incluidos
moluscos,
crustáceos y equinodermos
Aditivo
ACETATO DE ALMIDÓN
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
1420 y 1421
BPM
ACIDO ASCORBICO
300
BPM
ÁCIDO CÍTRICO
330
BPM
Nota 61
ACIDO ERITORBICO
315
BPM
Nota 15
1422
BPM
Nota 41
406
2500 mg/kg
407a
5000 mg/kg
401
10000 mg/kg
ALMIDON HIDROXIPROPILICO
1440
BPM
Nota 41
ALMIDON OXIDADO
1404
BPM
Nota 41
ALMIDONES TRATADOS CON ÁCIDO
1401
BPM
Nota 41
ADIPATO DE DIALMIDÓN ACETILADO
AGAR
ALGA EUCHEUMA ELABORADA
(CARRAGENINA SEMI REFINADA)
ALGINATO DE SODIO
Nota 41
Notas 41 y 99
Página 326 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
ALMIDONES TRATADOS CON BASES
RTCA 67.04.54:10
1402
BPM
Nota 41
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
500 mg/kg
Nota 16
AMARILLO OCASO FCF
110
300 mg/kg
Nota 16
ASCORBATO DE SODIO
301
1000 mg/kg
Nota 70
ASCORBATO CALCICO
302
BPM
Nota 15
AZUL BRILLANTE FCF
133
500 mg/kg
Nota 16
BHA BUTILHIDROXIANISOL
320
200 mg/kg
Notas 15 y 130
BHT BUTILHIDROXITOLUENO
321
200 mg/kg
Notas 15 y 130
BICARBONATO DE MAGNESIO
504ii
BPM
Nota 16
CARBONATO ACIDO DE POTASIO
501ii
BPM
Nota 41
CARBONATO ACIDO DE SODIO
500ii
BPM
Nota 41
CARBONATO CÁLCICO
170i
BPM
Nota 16
CARBONATO DE AMONIO
503i
BPM
Nota 41
CARBONATO DE MAGNESIO
504i
BPM
Nota 16
CARBONATO DE POTASIO
501i
BPM
Nota 41
CARBONATO DE SODIO
500i
BPM
Nota 41
CARBOXIMETILCELULOSA SÓDICA
466
BPM
Notas 41 y 61
120
500 mg/kg
Nota 16, 95 y 178
500 mg/kg
Nota 16
160aii
500 mg/kg
Nota 16
407
BPM
Notas 41 y 61
CELULOSA EN POLVO
460ii
BPM
Nota 16
CITRATO TRISODICO
331iii
BPM
CLOROFILAS
140
BPM
CLORURO DE MAGNESIO
511
BPM
150a
BPM
Nota 41
1400
BPM
Nota 41
171
10000 mg/kg
Nota 16
385, 386
75 mg/kg
Nota 21
472a
BPM
Nota 16
472c
BPM
Nota 16
304, 305
1000 mg/kg
Nota 10
541i, 541ii
190 mg/kg
1412
BPM
CARMINES
CAROTENOIDES
CAROTENOS VEGETALES
CARRAGENINA Y SUS SALES
COLOR CARAMELO, CLASE I
DEXTRINAS, ALMIDÓN TOSTADO,
BLANCO Y AMARILLO
DIÓXIDO DE TITANIO
EDTAs
160a(i), 160a(iii),
160e, 160f
Nota 61
FDA 184.1751
Nota 16
Nota 16
FDA 184.1426
ESTERES ACETICOS DE LOS MONO Y
DIGLICERIDOS DE LOS ACIDOS
GRASOS
ESTERES CITRICOS Y GRASOS DEL
GLICEROL
ÉSTERES DE ASCORBILO
FOSFATO DE ALUMINIO Y SODIO
FOSFATO DE DIALMIDÓN
Notas 6 y 41
Nota 41
Página 327 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
FOSFATO DE DIALMIDÓN ACETILADO
RTCA 67.04.54:10
1414
BPM
Nota 41
GLICEROL
422
BPM
Nota 16
GLUTAMATO MONOPOTASICO
622
BPM
Nota 41
GLUTAMATO MONOSÓDICO
621
BPM
Nota 41
GOMA ARABIGA
414
BPM
Nota 16
465
BPM
Nota 41
HIDRÓXIDO DE MAGNESIO
528
BPM
Nota 16
INDIGOTINA
132
500 mg/kg
Nota 16
LECITINA
322
BPM
Nota 41
MALTITOL Y JARABE DE MALTITOL
965
BPM
Nota 16
MANITOL
421
BPM
MARRON HT
155
500 mg/kg
PECTINAS (AMIDADA Y NO AMIDADA)
440
BPM
PONCEAU 4R
124
500 mg/kg
Nota 16 y 95
101i, 101ii
300 mg/kg
Nota 16
129
500 mg/kg
Nota 16
162
BPM
Nota 16
2000 mg/kg
Nota 42
420i, 420ii
2000 mg/kg
Nota 42
102
500 mg/kg
Nota 16
388, 389
200 mg/kg
Notas 15 y 46
307a, 307b, 307c
BPM
Nota 15
967
BPM
Nota 16 y 142
HIDROXI PROPIL METILCELULOSA,
(HIDROXIPROPILCELULOS,
METILCELULOSA, METIL ETIL
461, 463, 464,
CELULOSA (ETIL METIL CELULOSA))
RIBOFLAVINAS
ROJO ALLURA AC
ROJO DE REMOLACHA
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
SORBITOL Y JARABE DE SORBITOL
TARTRACINA
TIODIPROPIONATOS
TOCOFEROLES
XILITOL
Productos
Categoría de Alimentos No.
09.2.3
Nota 16
Notas 41 y 61
pesqueros
congelados,
incluidos
picados,
amalgamados
moluscos,
crustáceos
y
y
equinodermos
Aditivo
AGAR
INS
Nivel Máximo
Aceptado
Comentarios
406
2500 mg/kg
407a
BPM
401
10000 mg/kg
ALMIDON HIDROXIPROPILICO
1440
BPM
Nota 16
ALMIDON OXIDADO
1404
BPM
Nota 16
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
500 mg/kg
Nota 16
AMARILLO OCASO FCF
110
300 mg/kg
Notas 16 y 95
ALGA EUCHEUMA ELABORADA
(CARRAGENINA SEMI REFINADA)
ALGINATO DE SODIO
Página 328 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
AZUL BRILLANTE FCF
RTCA 67.04.54:10
133
500 mg/kg
Nota 16
504ii
BPM
Nota 16
CARBONATO CÁLCICO
170i
BPM
Nota 16
CARBONATO DE MAGNESIO
504i
BPM
Nota 16
CARBOXIMETILCELULOSA SÓDICA
466
BPM
Nota 16
120
500 mg/kg
Nota 16
500 mg/kg
Nota 16
160aii
1000 mg/kg
Nota 16
CELULOSA EN POLVO
460ii
BPM
Nota 16
CITRATO TRISODICO
331iii
BPM
CLOROFILAS
140
BPM
Nota 16
CLORURO DE MAGNESIO
511
BPM
FDA 184.1426
150a
BPM
Nota 16
171
10000 mg/kg
Nota 16
472a
BPM
Nota 16
472c
BPM
Nota 16
1414
BPM
Nota 16
GLICEROL
422
BPM
Nota 16
GOMA ARABIGA
414
BPM
Nota 16
BICARBONATO DE MAGNESIO
CARMINES
CAROTENOIDES
CAROTENOS VEGETALES
COLOR CARAMELO, CLASE I
DIÓXIDO DE TITANIO
160a(i), 160a(iii),
160e, 160f
Nota 16
FDA 184.1751
ESTERES ACETICOS DE LOS MONO Y
DIGLICERIDOS DE LOS ACIDOS
GRASOS
ESTERES CITRICOS Y GRASOS DEL
GLICEROL
FOSFATO DE DIALMIDÓN ACETILADO
HIDROXI PROPIL METILCELULOSA,
(HIDROXIPROPILCELULOS,
461, 463, 464,
465
BPM
Nota 16
HIDRÓXIDO DE MAGNESIO
528
BPM
Nota 16
INDIGOTINA
132
500 mg/kg
Nota 16
LECITINA
322
BPM
Nota 16
MALTITOL Y JARABE DE MALTITOL
965
BPM
Nota 16
MANITOL
421
BPM
MARRON HT
155
500 mg/kg
PECTINAS (AMIDADA Y NO AMIDADA)
440
BPM
PONCEAU 4R
124
500 mg/kg
Nota 16 y 95
101i, 101ii
300 mg/kg
Notas 16
129
500 mg/kg
Nota 16
162
BPM
Nota 16
2000 mg/kg
Nota 42
2000 mg/kg
Nota 42
METILCELULOSA, METIL ETIL
CELULOSA (ETIL METIL CELULOSA))
RIBOFLAVINAS
ROJO ALLURA AC
ROJO DE REMOLACHA
SORBATOS
SORBITOL Y JARABE DE SORBITOL
200i, 201, 202,
203
420
Nota 16
Página 329 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
TARTRACINA
102
500 mg/kg
XILITOL
967
BPM
Nota 16
Nota 16 y 142
Pescado y productos pesqueros cocidos y/o fritos,
Categoría de Alimentos No.
09.2.4
incluidos moluscos, crustáceos y
Equinodermos
ACIDO ASCORBICO
Aditivo
300
INS
200 mg/kg
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
AGAR
406
2500 mg/kg
ALGINATO DE SODIO
401
10000 mg/kg
ALMIDON HIDROXIPROPILICO
1440
BPM
ALMIDON OXIDADO
1404
BPM
301
200 mg/kg
504ii
BPM
504i
BPM
331iii
BPM
FDA 184.1751
CITRATOS DE CALCIO
333
BPM
FDA 184.1195
CLORURO DE MAGNESIO
511
BPM
FDA 184.1426
472a
BPM
472c
BPM
1414
BPM
GLICEROL
422
BPM
GOMA ARABIGA
414
BPM
ASCORBATO DE SODIO
BICARBONATO DE MAGNESIO
CARBONATO DE MAGNESIO
CITRATO TRISODICO
ESTERES ACETICOS DE LOS MONO Y
DIGLICERIDOS DE LOS ACIDOS
GRASOS
ESTERES CITRICOS Y GRASOS DEL
GLICEROL
FOSFATO DE DIALMIDÓN ACETILADO
HIDROXI PROPIL METILCELULOSA,
(HIDROXIPROPILCELULOS,
461, 463, 464,
465
BPM
528
BPM
316
500 mg/kg
LECITINA
322
BPM
MANITOL
421
BPM
PECTINAS (AMIDADA Y NO AMIDADA)
440
BPM
1200
BPM
523
200 mg/kg
METILCELULOSA, METIL ETIL
CELULOSA (ETIL METIL CELULOSA))
HIDRÓXIDO DE MAGNESIO
ISOASCORBATO DE SODIO
(ERITORBATO DE SODIO)
POLIDEXTROSA A Y N
SULFATO DE ALUMINIO Y AMONIO
Nota 6
Página 330 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
Categoría de Alimentos No.
09.2.4.1
Aditivo
Pescado y productos pesqueros cocidos
INS
ALGA EUCHEUMA ELABORADA
RTCA 67.04.54:10
Nivel Máximo
407a
5000 mg/kg
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
500 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
300 mg/kg
AZUL BRILLANTE FCF
133
500 mg/kg
CARBONATO CÁLCICO
170i
BPM
120
500 mg/kg
(CARRAGENINA SEMI REFINADA)
CARMINES
Comentarios
Aceptado
Nota 95
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
500 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
1000 mg/kg
150a
BPM
385, 386
50 mg/kg
INDIGOTINA
132
500 mg/kg
MARRON HT
155
500 mg/kg
NEGRO BRILLANTE PN
151
500 mg/kg
Nota 95
PONCEAU 4R
124
500 mg/kg
Nota 95
101i, 101ii
300 mg/kg
Nota 95
129
500 mg/kg
162
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE I
EDTAs
RIBOFLAVINAS
ROJO ALLURA AC
ROJO DE REMOLACHA
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
2000 mg/kg
TARTRACINA
102
500 mg/kg
VERDE SOLIDO FCF
143
100 mg/kg
Categoría de Alimentos No.
09.2.4.2
Aditivo
ALGA EUCHEUMA ELABORADA
INS
Nivel Máximo
Aceptado
BPM
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
250 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
250 mg/kg
133
250 mg/kg
AZUL BRILLANTE FCF
BENZOATOS
CARBONATO CÁLCICO
CARMINES
Nota 42
Moluscos, crustáceos y equinodermos cocidos
407a
(CARRAGENINA SEMI REFINADA)
Nota 21
210, 211, 212,
213
2000 mg/kg
170i
BPM
120
250 mg/kg
Comentarios
Notas 13 y 82
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
250 mg/kg
160f
Página 331 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
CAROTENOS VEGETALES
RTCA 67.04.54:10
160aii
1000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE I
150a
BPM
CURCUMINA
100i
250 mg/kg
INDIGOTINA
132
250 mg/kg
MARRON HT
155
250 mg/kg
NEGRO BRILLANTE PN
151
250 mg/kg
PONCEAU 4R
124
250 mg/kg
101i, 101ii
300 mg/kg
129
250 mg/kg
162
BPM
RIBOFLAVINAS
ROJO ALLURA AC
ROJO DE REMOLACHA
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
2000 mg/kg
Notas 42 y 82
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
150 mg/kg
Nota 44
227, 228, 539
TARTRACINA
102
Categoría de Alimentos No.
Pescado
09.2.4.3
Aditivo
ALGA EUCHEUMA ELABORADA
250 mg/kg
y
productos
pesqueros
fritos,
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
407a
BPM
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
500 mg/kg
Nota 16
AMARILLO OCASO FCF
110
300 mg/kg
Nota 16
AZUL BRILLANTE FCF
133
500 mg/kg
Nota 16
CARBONATO CÁLCICO
170i
BPM
Nota 16
CARMINES
120
500 mg/kg
Nota 16, 95 y 178
500 mg/kg
Nota 16
160aii
1000 mg/kg
Nota 16
140
BPM
Nota 16
150a
BPM
Nota 16
DIÓXIDO DE TITANIO
171
10000 mg/kg
Nota 16
INDIGOTINA
132
500 mg/kg
Nota 16
MARRON HT
155
500 mg/kg
Nota 16
NEGRO BRILLANTE PN
151
500 mg/kg
Nota 16 y 95
101i, 101ii
300 mg/kg
Nota 16
ROJO ALLURA AC
129
500 mg/kg
Nota 16
ROJO DE REMOLACHA
162
BPM
Nota 16
(CARRAGENINA SEMI REFINADA)
incluidos
moluscos, crustáceos y Equinodermos
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
160f
CAROTENOS VEGETALES
CLOROFILAS
COLOR CARAMELO, CLASE I
RIBOFLAVINAS
Página 332 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
TARTRACINA
102
RTCA 67.04.54:10
500 mg/kg
Pescado
Categoría de Alimentos No.
09.2.5
desecados,
y
Nota 16
productos
fermentados
pesqueros
y/o
ahumados,
salados,
incluidos
moluscos, crustáceos y equinodermos
Aditivo
AGAR
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
406
2500 mg/kg
407a
BPM
401
10000 mg/kg
ALMIDON HIDROXIPROPILICO
1440
BPM
ALMIDON OXIDADO
1404
BPM
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
500 mg/kg
Nota 22
AMARILLO OCASO FCF
110
100 mg/kg
Nota 22
133
500 mg/kg
Nota 22
200 mg/kg
Notas 13 y 121
ALGA EUCHEUMA ELABORADA
(CARRAGENINA SEMI REFINADA)
ALGINATO DE SODIO
AZUL BRILLANTE FCF
BENZOATOS
210, 211, 212,
213
BHA BUTILHIDROXIANISOL
320
200 mg/kg
Notas 15 y 130
BHT BUTILHIDROXITOLUENO
321
200 mg/kg
Notas 15 y 130
504ii
BPM
CARBONATO CÁLCICO
170i
BPM
CARBONATO DE MAGNESIO
504i
BPM
120
300 mg/kg
Nota 22
500 mg/kg
Nota 22
BICARBONATO DE MAGNESIO
CARMINES
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
1000 mg/kg
CITRATO TRISODICO
331iii
BPM
CLOROFILAS
140
BPM
Nota 22
CLORURO DE MAGNESIO
511
BPM
FDA 184.1426
COLOR CARAMELO, CLASE I
150a
BPM
CURCUMINA
100i
100 mg/kg
DIÓXIDO DE TITANIO
171
10000 mg/kg
ERITROSINA
127
BPM
472a
BPM
472c
BPM
1414
BPM
310
100 mg/kg
Nota 22
ESTERES ACETICOS DE LOS MONO Y
DIGLICERIDOS DE LOS ACIDOS
GRASOS
ESTERES CITRICOS Y GRASOS DEL
GLICEROL
FOSFATO DE DIALMIDÓN ACETILADO
GALATO DE PROPILO
Notas 15 y 130
Página 333 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
GLICEROL
422
BPM
GOMA ARABIGA
414
BPM
HIDROXI PROPIL METILCELULOSA
(HIDROXIPROPILCELULOS,
464, 463, 461,
465
BPM
HIDRÓXIDO DE MAGNESIO
528
BPM
INDIGOTINA
132
500 mg/kg
LECITINA
322
BPM
MANITOL
421
BPM
MARRON HT
155
500 mg/kg
Nota 22
151
500 mg/kg
Nota 22, 95 y 141
250 mg/kg
Nota 22
METILCELULOSA, METIL ETIL
CELULOSA (ETIL METIL CELULOSA))
NEGRO BRILLANTE PN
172i, 172ii,
ÓXIDOS DE HIERRO
172iii
Nota 22
PECTINAS (AMIDADA Y NO AMIDADA)
440
BPM
PONCEAU 4R
124
100 mg/kg
Nota 22
1520
20000 mg/kg
Nota 22
101i, 101ii
300 mg/kg
Nota 22
129
500 mg/kg
Nota 22
162
BPM
Nota 22
2000 mg/kg
Nota 42
30 mg/kg
Nota 44
Nota 22
PROPILENGLICOL
RIBOFLAVINAS
ROJO ALLURA AC
ROJO DE REMOLACHA
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
227, 228, 539
TARTRACINA
102
500 mg/kg
VERDE SOLIDO FCF
143
100 mg/kg
Categoría de Alimentos No.
Aditivo
ACESULFAME POTÁSICO
ASPARTAME
BENZOATOS
Pescado y productos pesqueros semiconservados,
09.3
incluye moluscos, crustáceos y equinodermos
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
950
200 mg/kg
Nota 144
951
300 mg/kg
Nota 144
210, 211, 212,
213
2000 mg/kg
Notas 13 y 120
BHA BUTILHIDROXIANISOL
320
200 mg/kg
Notas 15 y 130
BHT BUTILHIDROXITOLUENO
321
200 mg/kg
Notas 15 y 130
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
500 mg/kg
160f
COLOR CARAMELO, CLASE II
ISOASCORBATO DE SODIO
(ERITORBATO DE SODIO)
150b
30000 mg/kg
316
500 mg/kg
Página 334 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
NEOTAMO
SALES DE ASPARTAMO Y
ACESULFAMO
RTCA 67.04.54:10
961
10 mg/kg
962
200 mg/kg
200i, 201, 202,
SORBATOS
2000 mg/kg
203
SUCRALOSA
SULFATO DE ALUMINIO Y AMONIO
955
120 mg/kg
523
1500 mg/kg
Nota 113
Nota 42
Nota 144
Nota 6
Pescado y productos pesqueros marinados y/o en
Categoría de Alimentos No.
09.3.1
gelatina,
incluidos
moluscos,
crustáceos
y
Equinodermos
Aditivo
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
500 mg/kg
Nota 16
AMARILLO OCASO FCF
110
300 mg/kg
Nota 16
AZUL BRILLANTE FCF
133
500 mg/kg
Nota 16
120
500 mg/kg
Nota 16
500 mg/kg
Nota 16
CARMINES
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
1000 mg/kg
Nota 16
100 mg/kg
Notas 26 y 144
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
960
INDIGOTINA
132
500 mg/kg
Nota 16
MARRON HT
155
500 mg/kg
Nota 16
101i, 101ii
300 mg/kg
Nota 16
ROJO ALLURA AC
129
500 mg/kg
Nota 16
SACARINA
954
160 mg/kg
Nota 144
TARTRACINA
102
500 mg/kg
Nota 16
RIBOFLAVINAS
Pescado y productos pesqueros escabechados y/o
Categoría de Alimentos No.
09.3.2
en
salmuera,
incluidos
moluscos,
crustáceos
y
equinodermos
Aditivo
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
500 mg/kg
Nota 16
AMARILLO OCASO FCF
110
300 mg/kg
Nota 16
AZUL BRILLANTE FCF
133
500 mg/kg
Nota 16
120
500 mg/kg
Nota 16
500 mg/kg
Nota 16
160aii
1000 mg/kg
Nota 16
385, 386
250 mg/kg
Nota 21
165 mg/kg
Nota 26
CARMINES
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
160f
CAROTENOS VEGETALES
EDTAs
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
960
Página 335 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
INDIGOTINA
132
500 mg/kg
Nota 16
MARRON HT
155
500 mg/kg
Nota 16
101i, 101ii
300 mg/kg
Nota 16
ROJO ALLURA AC
129
500 mg/kg
Nota 16
SACARINA
954
160 mg/kg
Nota 144
TARTRACINA
102
500 mg/kg
Nota 16
RIBOFLAVINAS
Categoría de Alimentos No.
Aditivo
Sucedáneos de salmón, caviar y otros productos
09.3.3
pesqueros a base de huevas
INS
Nivel Máximo
AMARANTO
123
30 mg/kg
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
500 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
300 mg/kg
AZUL BRILLANTE FCF
133
500 mg/kg
161g
BPM
120
500 mg/kg
CANTAXANTINA
CARMINES
Comentarios
Aceptado
Nota 50
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
500 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
1000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
Nota 50
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
Nota 50
CURCUMINA
100i
500 mg/kg
ERITROSINA
127
BPM
100 mg/kg
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
960
INDIGOTINA
132
500 mg/kg
MARRON HT
155
500 mg/kg
151
500 mg/kg
NEGRO BRILLANTE PN
ÓXIDOS DE HIERRO
PONCEAU 4R
172i, 172ii,
172iii
100 mg/kg
124
500 mg/kg
101i, 101ii
300 mg/kg
ROJO ALLURA AC
129
500 mg/kg
TARTRACINA
102
500 mg/kg
VERDE SOLIDO FCF
143
100 mg/kg
RIBOFLAVINAS
Nota 26
Página 336 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
Pescado y productos pesqueros semiconservados,
Categoría de Alimentos No.
incluye
09.3.4
moluscos, crustáceos y equinodermos (p.
ej., la pasta de pescado), excluidos los productos de
las categorías de alimentos 09.3.1 - 09.3.3
Aditivo
INS
Nivel Máximo
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
500 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
300 mg/kg
AZUL BRILLANTE FCF
133
500 mg/kg
120
100 mg/kg
CARMINES
Comentarios
Aceptado
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
500 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
CURCUMINA
160aii
1000 mg/kg
100i
100 mg/kg
Nota 16
338, 339i, 339ii,
339iii, 340i,
340ii, 340iii,
341i, 341ii,
341iii, 342i,
342ii, 342iii,
FOSFATOS
343ii, 343iii,
2,200 mg/kg
Nota 33 y 193
450i, 450ii,
450iii, 450v,
450vi, 450vii,
451i, 451ii, 452i,
452ii, 452iii,
452iv, 452v, 542
INDIGOTINA
132
500 mg/kg
MARRON HT
155
500 mg/kg
NEGRO BRILLANTE PN
151
100 mg/kg
PONCEAU 4R
124
100 mg/kg
101i, 101ii
300 mg/kg
ROJO ALLURA AC
129
500 mg/kg
SACARINA
954
1200 mg/kg
TARTRACINA
102
500 mg/kg
RIBOFLAVINAS
Pescado
Categoría de Alimentos No.
09.4
y
incluidos
Nota 95
Nota 144
productos
los
pesqueros
enlatados
o
en
conserva,
fermentados
y
los
moluscos crustáceos y equinodermos
Aditivo
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
ACESULFAME POTÁSICO
950
200 mg/kg
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
500 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
300 mg/kg
ASPARTAME
951
BPM
Nota 144
Nota 95
Nota 144
Página 337 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
AZUL BRILLANTE FCF
133
500 mg/kg
BHA BUTILHIDROXIANISOL
320
200 mg/kg
Notas 15 y 130
BHT BUTILHIDROXITOLUENO
321
200 mg/kg
Notas 15 y 130
161g
100 mg/kg
120
500 mg/kg
CANTAXANTINA
CARMINES
Nota 16
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
500 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
500 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE II
150b
30000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
500 mg/kg
Nota 50
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
500 mg/kg
Nota 50
385, 386
340 mg/kg
Nota 21
EDTAs
ERITROSINA
127
BPM
100 mg/kg
Nota 26
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
960
INDIGOTINA
132
500 mg/kg
316
500 mg/kg
MARRON HT
155
500 mg/kg
NEGRO BRILLANTE PN
151
500 mg/kg
NEOTAMO
961
10 mg/kg
PONCEAU 4R
124
500 mg/kg
101i, 101ii
500 mg/kg
ROJO ALLURA AC
129
500 mg/kg
SACARINA
954
200 mg/kg
Nota 144
962
200 mg/kg
Nota 113
955
120 mg/kg
Nota 144
150 mg/kg
Nota 44 y 140
ISOASCORBATO DE SODIO
(ERITORBATO DE SODIO)
RIBOFLAVINAS
SALES DE ASPARTAMO Y
ACESULFAMO
SUCRALOSA
Nota 95
Nota 95
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
227, 228, 539
TARTRACINA
102
Categoría de Alimentos No.
Aditivo
10.1
500 mg/kg
Huevos frescos
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
BPM
AMARILLO OCASO FCF
110
BPM
Nota 4
AZUL BRILLANTE FCF
133
BPM
Nota 4
CANTAXANTINA
161g
BPM
Nota 4
CARBONATO CÁLCICO
170i
BPM
Nota 4
Página 338 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
CARMINES
120
RTCA 67.04.54:10
BPM
Nota 4
1000 mg/kg
Nota 4
160aii
1000 mg/kg
Nota 4
140
BPM
Nota 4
COLOR CARAMELO, CLASE I
150a
BPM
Nota 4
COLOR CARAMELO, CLASE II
150b
20000 mg/kg
Nota 4
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
Nota 4
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
Nota 4
DIÓXIDO DE TITANIO
171
10000 mg/kg
Nota 4
ERITROSINA
127
BPM
Nota 4
ETHOXIQUIN
324
0.5 mg/kg
INDIGOTINA
132
300 mg/kg
Nota 4
MARRON HT
155
BPM
Nota 4
NITROGENO
941
BPM
942
BPM
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
160f
CAROTENOS VEGETALES
CLOROFILAS
OXIDO NITROSO
172i, 172ii,
BPM
Nota 4
124
500 mg/kg
Nota 4
101i, 101ii
300 mg/kg
Nota 4
ROJO ALLURA AC
129
100 mg/kg
Nota 4
ROJO DE REMOLACHA
162
BPM
Nota 4
TARTRACINA
102
500 mg/kg
Nota 4
VERDE SOLIDO FCF
143
BPM
Nota 4
ÓXIDOS DE HIERRO
172iii
PONCEAU 4R
RIBOFLAVINAS
Categoría de Alimentos No.
10.2
Aditivo
Productos a base de huevo
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
1000 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
COLOR CARAMELO, CLASE II
SULFATO DE ALUMINIO Y AMONIO
Categoría de Alimentos No.
Aditivo
160aii
1000 mg/kg
150b
20000 mg/kg
523
30 mg/kg
10.2.1
Nota 6
Productos líquidos a base de huevo
INS
Nivel Máximo
Aceptado
ÁCIDO ACÉTICO GLACIAL
260
BPM
ÁCIDO CÍTRICO
330
BPM
Comentarios
Página 339 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
ÁCIDO LÁCTICO (L, D y DI)
RTCA 67.04.54:10
270
BPM
406
2500 mg/kg
407a
BPM
ALGINATO DE CALCIO
404
6000 mg/kg
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
3000 mg/kg
ALGINATO DE SODIO
401
10000 mg/kg
AGAR
ALGA EUCHEUMA ELABORADA
(CARRAGENINA SEMI REFINADA)
210, 211, 212,
BENZOATOS
213
5000 mg/kg
CELULOSA MICROCRISTALINA
460i
BPM
CITRATO DE TRIETILO
1505
2500 mg/kg
331iii
BPM
GOMA ARABIGA
414
BPM
GOMA DE KARAYA
416
200mg/kg
GOMA GELAN
418
BPM
GOMA XANTANA
415
BPM
LACTATO DE SÓDIO
325
BPM
LECITINA
322
BPM
234
BPM
NITROGENO
941
BPM
OXIDO NITROSO
942
BPM
PECTINAS (AMIDADA Y NO AMIDADA)
440
BPM
1200
BPM
470i
BPM
CITRATO TRISODICO
NISINA
POLIDEXTROSA A Y N
Nota 13
Nota 47
Nota 28
SALES DE ÁCIDOS MIRÍSTICO,
PALMITICO Y ESTEÁRICO (CON BASE
DE NH4, Ca, K, Na)
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
Categoría de Alimentos No.
10.2.2
Aditivo
5000 mg/kg
Productos congelados a base de huevo
INS
Nivel Máximo
Aceptado
ÁCIDO ACÉTICO GLACIAL
260
BPM
ÁCIDO CÍTRICO
330
BPM
270
BPM
406
2500 mg/kg
407a
BPM
ALGINATO DE CALCIO
404
6000 mg/kg
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
3000 mg/kg
ALGINATO DE SODIO
401
10000 mg/kg
ÁCIDO LÁCTICO (L, D y DI)
AGAR
ALGA EUCHEUMA ELABORADA
(CARRAGENINA SEMI REFINADA)
Nota 42
Comentarios
Página 340 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
CELULOSA MICROCRISTALINA
RTCA 67.04.54:10
460i
BPM
331iii
BPM
GLICEROL
422
BPM
GOMA ARABIGA
414
BPM
GOMA DE KARAYA
416
200 mg/kg
GOMA GELAN
418
BPM
GOMA XANTANA
415
BPM
LACTATO DE SÓDIO
325
BPM
LECITINA
322
BPM
MANITOL
421
BPM
MONO Y DIGLICERIDOS
471
BPM
NITROGENO
941
BPM
OXIDO NITROSO
942
BPM
PECTINAS (AMIDADA Y NO AMIDADA)
440
BPM
1200
BPM
470i
BPM
CITRATO TRISODICO
POLIDEXTROSA A Y N
SALES DE ÁCIDOS MIRÍSTICO,
PALMITICO Y ESTEÁRICO (CON BASE
DE NH4, Ca, K, Na)
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
Categoría de Alimentos No.
1000 mg/kg
Productos a base de huevo en polvo y/o cuajados
10.2.3
por calor
Nivel Máximo
Aditivo
INS
ACEITE MINERAL (ALTA VISCOSIDAD)
905d
950 mg/kg
CITRATO DE TRIETILO
1505
2500 mg/kg
551
20000 mg/kg
385, 386
200 mg/kg
472e
5000 mg/kg
DIOXIDO DE SILICIO (AMORFO)
EDTAs
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
Categoría de Alimentos No.
Categoría de Alimentos No.
Aditivo
ACESULFAME POTÁSICO
1000 mg/kg
Nota 47
Notas 21 y 47
Nota 42
salados y envasados
INS
COLOR CARAMELO, CLASE II
Comentarios
Aceptado
Huevos en conserva, incluidos los huevos en álcali,
10.3
Aditivo
Nota 42
150b
10.4
Nivel Máximo
Aceptado
Comentarios
20000 mg/kg
Postres a base de huevo (p. ej., flan)
INS
950
Nivel Máximo
Aceptado
Comentarios
350 mg/kg
Página 341 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
3000 mg/kg
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
150 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
50 mg/kg
ASPARTAME
951
1000 mg/kg
133
150 mg/kg
AZUL BRILLANTE FCF
BENZOATOS
210, 211, 212,
213
1000 mg/kg
BHA BUTILHIDROXIANISOL
320
2 mg/kg
BHT BUTILHIDROXITOLUENO
321
90 mg/kg
161g
BPM
120
150 mg/kg
CANTAXANTINA
CARMINES
Nota 13
Notas 15 y 130
Notas 2, 15 y 130
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
150 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
150 mg/kg
952
250 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE II
150b
20000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
127
BPM
473
5000 mg/kg
304, 305
500 mg/kg
477
40000 mg/kg
CICLAMATOS
ERITROSINA
ESTERES DE ACIDOS GRASOS Y
SACAROSA
ÉSTERES DE ASCORBILO
ESTERES DE PROPILENGLICOL DE
ACIDOS GRASOS
ESTERES DE SORBITAN DE ACIDOS
GRASOS
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
491, 492, 493,
494, 495
5000 mg/kg
475
5000 mg/kg
541i, 541ii
2000 mg/kg
GALATO DE PROPILO
310
90 mg/kg
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
960
INDIGOTINA
132
300 mg/kg
MARRON HT
155
50 mg/kg
NEGRO BRILLANTE PN
151
150 mg/kg
NEOTAMO
961
100 mg/kg
ÉSTERES POLIGLICÉRIDOS DE ÁCIDOS
GRASOS
FOSFATO DE ALUMINIO Y SODIO
POLISORBATOS
PONCEAU 4R
RIBOFLAVINAS
432, 433, 434,
435, 436
Notas 2 y 10
5000 mg/kg
472e
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
Nota 17
330 mg/kg
Nota 6
Notas 2, 15 y 130
Nota 26
3000 mg/kg
124
50 mg/kg
101i, 101ii
300 mg/kg
Página 342 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
ROJO ALLURA AC
SACARINA
129
300 mg/kg
954
100 mg/kg
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
SUCRALOSA
RTCA 67.04.54:10
1000 mg/kg
955
400 mg/kg
SULFATO DE ALUMINIO Y AMONIO
523
380 mg/kg
TARTRACINA
102
300 mg/kg
TAUMATINA
957
5 mg/kg
307a, 307b, 307c
150 mg/kg
143
100 mg/kg
TOCOFEROLES
VERDE SOLIDO FCF
Categoría de Alimentos No.
11.1
Aditivo
INS
NITROGENO
941
BPM
OXIDO NITROSO
942
BPM
POLIDEXTROSA A Y N
1200
BPM
TALCO
553iii
10000 mg/kg
Azúcar
11.1.1
Comentarios
blanco,
dextrosa
anhidra,
dextrosa
monohidrato y fructosa
INS
PECTINAS (AMIDADA Y NO AMIDADA)
Nota 143
Aceptado
BPM
DIÓXIDO DE SILICIO (AMORFO)
Nota 6
Nivel Máximo
460i
Aditivo
Nota 42
Azúcares refinados y en bruto
CELULOSA MICROCRISTALINA
Categoría de Alimentos No.
Nota 144
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
551
15000 mg/kg
440
BPM
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
15 mg/kg
Nota 44
227, 228, 539
Categoría de Alimentos No.
11.1.2
Aditivo
Azúcar en polvo y dextrosa en polvo
INS
Nivel Máximo
CARBONATO DE MAGNESIO
504i
15000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE I
150a
BPM
551
15000 mg/kg
DIÓXIDO DE SILICIO (AMORFO)
Comentarios
Aceptado
Nota 56
Nota 56
338, 339i, 339ii,
339iii, 340i,
340ii, 340iii,
341i, 341ii,
FOSFATOS
341iii, 342i,
6600 mg/kg
Notas 33 y 56
342ii, 342iii,
343ii, 343iii,
450i, 450ii,
450iii, 450v,
Página 343 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
450vi, 450vii,
451i, 451ii, 452i,
452ii, 452iii,
452iv, 452v, 542
SILICATO DE MAGNESIO (SINTETICO)
553i
15000 mg/kg
Nota 56
SILICATO CALCICO
552
15000 mg/kg
Nota 56
SILICATO DE ALUMINIO Y SODIO
554
15000 mg/kg
Nota 56
556
15000 mg/kg
Nota 56
15 mg/kg
Nota 44
SILICATO DE CALCIO Y ALUMINIO
(CAOLIN) (SINTÉTICO)
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
227, 228, 539
Azúcar
Categoría de Alimentos No.
11.1.3
blanco
blando,
azúcar
moreno
blando,
jarabe de glucosa, jarabe de glucosa deshidratado y
azúcar de caña sin refinar
Aditivo
INS
Nivel Máximo
ÁCIDO ACÉTICO GLACIAL
260
330 mg/kg
INDIGOTINA
132
300 mg/kg
220, 221, 222,
SULFITOS
Comentarios
Aceptado
20
mg/kg
Notas 44 y 111
223, 224, 225,
227, 228, 539
Categoría de Alimentos No.
11.1.5
Aditivo
Azúcar blanco de plantación o refinería
INS
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
70 mg/kg
Nota 44
227, 228, 539
Categoría de Alimentos No.
Azúcar
11.2
Aditivo
INS
CELULOSA MICROCRISTALINA
POLIDEXTROSA A Y N
moreno,
Nivel Máximo
los
productos
de
la
460i
BPM
1200
BPM
223, 224, 225,
Comentarios
Aceptado
220, 221, 222,
SULFITOS
excluidos
categoría de alimentos 11.1.3
40 mg/kg
Nota 44
227, 228, 539
TALCO
553iii
10000 mg/kg
Soluciones azucaradas y jarabes, también azúcares
Categoría de Alimentos No.
11.3
(parcialmente)
invertidos,
excluidos
productos
los
incluida
de
la
la
melaza,
categoría
de
alimentos 11.1.3
Aditivo
CELULOSA MICROCRISTALINA
INS
460i
Nivel Máximo
Aceptado
Comentarios
BPM
Página 344 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
GOMA GELAN
INVERTASA (S CEREVISIAE)
ISOMALTOSA
POLIDEXTROSA A Y N
RIBOFLAVINAS
RTCA 67.04.54:10
418
500 mg/kg
1103
BPM
953
BPM
1200
BPM
101i, 101ii
300 mg/kg
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
70 mg/kg
Nota 44
227, 228, 539
TALCO
553iii
Categoría de Alimentos No.
Otros azúcares y jarabes (por ej. Xilosa, jarabe de
11.4
Aditivo
10000 mg/kg
arce y revestimientos de azúcar)
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
ACESULFAME POTÁSICO
950
1000 mg/kg
ACETATO DE CALCIO
263
1,500 mg/kg
1422
10000 mg/kg
406
2500 mg/kg
407a
BPM
ALGINATO DE AMONIO
403
1000 mg/kg
ALGINATO DE CALCIO
404
3000 mg/kg
ALGINATO DE POTASIO
402
200 mg/kg
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
3000 mg/kg
ALGINATO DE SODIO
401
10000 mg/kg
ALITAME
956
200 mg/kg
ALMIDÓN BLANQUfEADO
1403
10000 mg/kg
ALMIDON HIDROXIPROPILICO
1440
10000 mg/kg
ALMIDON OXIDADO
1404
10000 mg/kg
1405
10000 mg/kg
ALMIDONES TRATADOS CON ÁCIDO
1401
10000 mg/kg
ALMIDONES TRATADOS CON BASES
1402
10000 mg/kg
951
3000 mg/kg
Nota 159
1000 mg/kg
Nota 13
ADIPATO DE DIALMIDÓN ACETILADO
AGAR
ALGA EUCHEUMA ELABORADA
(CARRAGENINA SEMI REFINADA)
ALMIDONES TRATADOS CON
ENZIMAS
ASPARTAME
BENZOATOS
210, 211, 212,
213
BICARBONATO DE MAGNESIO
504ii
BPM
CANTAXANTINA
161g
BPM
CARBONATO DE MAGNESIO
504i
BPM
466
5000 mg/kg
CARBOXIMETILCELULOSA SÓDICA
CAROTENOIDES
160a(i),
160a(iii), 160e,
Nota 159
Nota 159
50 mg/kg
Página 345 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
50 mg/kg
460ii
BPM
CELULOSA MICROCRISTALINA
460i
BPM
CICLAMATOS
952
500 mg/kg
331iii
BPM
511
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE I
150a
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE II
150b
50000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
141i, 141ii
64 mg/kg
127
BPM
472a
BPM
472c
BPM
304, 305
200 mg/kg
477
5000 mg/kg
FOSFATO DE DIALMIDÓN
1412
10000 mg/kg
FOSFATO DE DIALMIDÓN ACETILADO
1414
10000 mg/kg
GLICEROL
422
BPM
GOMA ARABIGA
414
BPM
GOMA DE KARAYA
416
200 mg/kg
GOMA GELAN
418
500 mg/kg
GOMA GUAR
412
10000 mg/kg
GOMA XANTANA
415
5000 mg/kg
CELULOSA EN POLVO
CITRATO TRISODICO
CLORURO DE MAGNESIO
COMPLEJOS CUPRICOS DE
CLOROFILAS Y CLOROFILINAS
ERITROSINA
Nota 17 y 159
FDA 184.1426
Nota 62
ESTERES ACETICOS DE LOS MONO Y
DIGLICERIDOS DE LOS ACIDOS
GRASOS
ESTERES CITRICOS Y GRASOS DEL
GLICEROL
ÉSTERES DE ASCORBILO
ESTERES DE PROPILENGLICOL DE
ACIDOS GRASOS
HIDROXI PROPIL METILCELULOSA
(HIDROXIPROPILCELULOS,
464, 463, 461,
465
BPM
HIDRÓXIDO DE MAGNESIO
528
BPM
INDIGOTINA
132
300 mg/kg
1103
BPM
ISOMALTOSA
953
BPM
LACTITOL
966
BPM
LECITINA
322
BPM
MANITOL
421
BPM
METILCELULOSA, METIL ETIL
Nota 10
CELULOSA (ETIL METIL CELULOSA))
INVERTASA (S CEREVISIAE)
Página 346 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
MONO Y DIGLICERIDOS
471
6000 mg/kg
NEOTAMO
961
70 mg/kg
PECTINAS (AMIDADA Y NO AMIDADA)
440
BPM
1200
BPM
124
300 mg/kg
101i, 101ii
300 mg/kg
ROJO ALLURA AC
129
300 mg/kg
ROJO DE REMOLACHA
162
BPM
470i
BPM
470ii
BPM
POLIDEXTROSA A Y N
PONCEAU 4R
RIBOFLAVINAS
SALES DE ÁCIDOS MIRÍSTICO,
PALMITICO Y ESTEÁRICO (CON BASE
Nota 159
Nota 159
Nota 71
DE NH4, Ca, K, Na)
SALES DEL ÁCIDO OLEÍCO (Ca, K, Na)
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
SUCRALOSA
955
1000 mg/kg
Nota 42
1500 mg/kg
Nota 159
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
40 mg/kg
Nota 44
227, 228, 539
TAUMATUINA
957
500 mg/kg
XILITOL
967
BPM
Categoría de Alimentos No.
11.5
Aditivo
Miel
INS
Nivel Máximo
OXIDO NITROSO
942
BPM
NITROGENO
941
BPM
Categoría de Alimentos No.
Aditivo
Edulcorantes de mesa, incluidos los que contienen
11.6
edulcorantes de gran intensidad
INS
Nivel Máximo
950
BPM
ALITAME
956
BPM
951
BPM
BENZOATOS
210, 211, 212,
Comentarios
Aceptado
ACESULFAME POTÁSICO
ASPARTAME
Comentarios
Aceptado
2000 mg/kg
Nota 13
952
BPM
Nota 17
COLOR CARAMELO, CLASE II
150b
50000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
385, 386
1000 mg/kg
127
BPM
CICLAMATOS
EDTAs
ERITROSINA
213
Notas 21 y 96
Página 347 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
ETILMALTOL
GLICOL POLIETILENO
(POLIETILENGLICOL)
RTCA 67.04.54:10
637
BPM
1521
10000 mg/kg
BPM
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
960
INDIGOTINA
132
300 mg/kg
NEOTAMO
961
BPM
POLIVINILPIRROLIDONA
1201
3000 mg/kg
PROPILENGLICOL
1520
BPM
954
BPM
955
BPM
SACARINA
SUCRALOSA
Categoría de Alimentos No.
proteínicos, etc.
INS
L-CISTEINA
OLEORRESINA DE PAPRIKA
TARTRACINA
Categoría de Alimentos No.
Sales, especias, sopas, salsas, ensaladas, productos
12.0
Aditivo
FDA 184.1271
160c
BPM
FDA 73.345
102
BPM
FDA 74.705
Sal y sucedáneos de la sal
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
330
BPM
535, 536, 538
14 mg/kg
LECITINA
322
BPM
MONO Y DIGLICERIDOS
471
5000 mg/kg
470i
BPM
553iii
10000 mg/kg
FERROCIANUROS
Comentarios
Aceptado
BPM
INS
ÁCIDO CÍTRICO
Nivel Máximo
910
12.1
Aditivo
Nota 26
Notas 24 y 107
SALES DE ÁCIDOS MIRÍSTICO,
PALMITICO Y ESTEÁRICO (CON BASE
DE NH4, Ca, K, Na)
TALCO
Categoría de Alimentos No.
12.1.1
Aditivo
Sal
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
ÁCIDO MÁLICO (DL-)
296
BPM
BICARBONATO DE MAGNESIO
504ii
20000 mg/kg
CARBONATO CÁLCICO
170i
20000 mg/kg
CARBONATO DE MAGNESIO
504i
BPM
CELULOSA MICROCRISTALINA
460i
BPM
CITRATO DE AMONIO FÉRRICO
381
25 mg/kg
CLORURO DE POTASIO
508
350 mg/kg
Nota 23
FDA 172.430
Página 348 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
DIÓXIDO DE SILICIO (AMORFO)
FOSFATOS
RTCA 67.04.54:10
551
20000 mg/kg
338, 339i, 339ii,
8800 mg/kg
Nota 33
339iii, 340i,
340ii, 340iii,
341i, 341ii,
341iii, 342i,
342ii, 342iii,
343ii, 343iii,
450i, 450ii,
450iii, 450v,
450vi, 450vii,
451i, 451ii, 452i,
452ii, 452iii,
452iv, 452v, 542
ÓXIDO DE MAGNESIO
POLISORBATOS
530
BPM
432, 433, 434,
10 mg/kg
435, 436
SILICATO DE MAGNESIO (SINTETICO)
553i
2000 mg/kg
SILICATO CALCICO
552
BPM
SILICATO DE ALUMINIO Y SODIO
554
2000 mg/kg
SILICATO DE CALCIO Y ALUMINIO
556
2000 mg/kg
(CAOLIN) (SINTÉTICO)
Categoría de Alimentos No.
12.1.2
Aditivo
Sucedáneos de la sal
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
ÁCIDO ACÉTICO GLACIAL
260
BPM
ACIDO ASCORBICO
300
BPM
ÁCIDO FUMÁRICO
297
BPM
626
BPM
ÁCIDO INOSÍNICO
630
BPM
ÁCIDO L(+) GLUTÁMICO
620
BPM
ÁCIDO LÁCTICO (L, D y DI)
270
BPM
ÁCIDO MÁLICO (DL-)
296
BPM
406
2500 mg/kg
ALMIDON HIDROXIPROPILICO
1440
BPM
ALMIDON OXIDADO
1404
BPM
301
BPM
504ii
BPM
CARBONATO CÁLCICO
170i
10000 mg/kg
Nota 58
CARBONATO DE MAGNESIO
504i
5000 mg/kg
Nota 36
CARBONATO DE SODIO
500i
BPM
CELULOSA MICROCRISTALINA
460i
22000 mg/kg
ACIDO GUANILICO, 5´-
AGAR
ASCORBATO DE SODIO
BICARBONATO DE MAGNESIO
Página 349 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
CITRATO TRISODICO
RTCA 67.04.54:10
331iii
BPM
CLORURO DE MAGNESIO
511
BPM
CLORURO DE POTASIO
508
BPM
CLORURO DE AMONIO
510
BPM
DIÓXIDO DE SILICIO (AMORFO)
551
10000 mg/kg
472e
16000 mg/kg
535,536,538
20 mg/kg
1414
BPM
FUMARATO DE SODIO
365
BPM
GLICEROL
422
BPM
576
BPM
GLUTAMATO MONOAMÓNICO
624
BPM
GLUTAMATO MONOPOTASICO
622
BPM
GLUTAMATO MONOSÓDICO
621
BPM
GOMA ARABIGA
414
BPM
GOMA DE KARAYA
416
200 mg/kg
GOMA DE TRAGACANTO
413
BPM
GOMA GELAN
418
BPM
GOMA XANTANA
415
BPM
GUANILATO CÁLCICO 5´-
629
500 mg/kg
GUANILATO DIPOTÁSICO 5´-
628
500 mg/kg
GUANILATO DISÓDICO, 5´-
627
500 mg/kg
HARINA DE KONJAC
425
10000 mg/kg
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
FERROCIANUROS
FOSFATO DE DIALMIDÓN ACETILADO
GLUCONATO SODICO
HIDROXI PROPIL METILCELULOSA
(HIDROXIPROPILCELULOSA,
FDA 184.1138
Nota 24
Nota 51
464, 463, 461,
465
BPM
HIDRÓXIDO DE MAGNESIO
528
BPM
INOSINATO CÁLCICO, 5´-
633
BPM
INOSINATO DIPOTÁSICO, 5´-
632
BPM
INOSINATO DISÓDICO, 5´-
631
BPM
LACTATO CÁLCICO
327
10000 mg/kg
MANITOL
421
60000 mg/kg
PECTINAS (AMIDADA Y NO AMIDADA)
440
BPM
SILICATO DE MAGNESIO (SINTETICO)
553i
2000 mg/kg
552
10000 mg/kg
SILICATO DE ALUMINIO Y SODIO
554
10000 mg/kg
SILICATO DE CALCIO Y ALUMINIO
556
10000 mg/kg
METILCELULOSA, METIL ETIL
FDA 184.1426
Nota 51
CELULOSA (ETIL METIL CELULOSA))
SILICATO CALCICO
Nota 58
Página 350 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
(CAOLIN) (SINTÉTICO)
Hierbas aromáticas, especias, aderezos (incluidos
Categoría de Alimentos No.
12.2
los sucedáneos de la sal) y condimentos (p. ej., el
aderezo para fideos instantáneos)
Aditivo
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
ACESULFAME POTÁSICO
950
2000 mg/kg
ALITAME
956
100 mg/kg
BHA BUTILHIDROXIANISOL
320
200 mg/kg
Notas 15 y 130
BHT BUTILHIDROXITOLUENO
321
200 mg/kg
Notas 15 y 130
CARBONATO DE POTASIO
501i
BPM
Nota 51
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
500 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
500 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE II
150b
100000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
385, 386
70 mg/kg
127
BPM
304, 305
500 mg/kg
Nota 10
GALATO DE PROPILO
310
200 mg/kg
Notas 15 y 130
NEOTAMO
961
32 mg/kg
EDTAs
ERITROSINA
ÉSTERES DE ASCORBILO
432, 433, 434,
POLISORBATOS
435, 436
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
TBHQ
TOCOFEROLES
Categoría de Alimentos No.
Aditivo
10000 mg/kg
1000 mg/kg
319
200 mg/kg
307a, 307b 307c
1000 mg/kg
12.2.1
Nota 21
Nota 42
Notas 15 y 130
Hierbas aromáticas y especias
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
ÁCIDO ACÉTICO GLACIAL
260
BPM
Nota 51
ACIDO ASCORBICO
300
BPM
Nota 51
ÁCIDO CÍTRICO
330
BPM
Nota 51
ÁCIDO FUMÁRICO
297
BPM
Nota 51
ACIDO GUANILICO, 5´-
626
BPM
Nota 51
ÁCIDO INOSÍNICO
630
BPM
Nota 51
ÁCIDO L(+) GLUTÁMICO
620
BPM
Nota 51
ÁCIDO LÁCTICO (L, D y DI)
270
BPM
Nota 51
Página 351 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
ÁCIDO MÁLICO (DL-)
296
BPM
Nota 51
AGAR
406
2500 mg/kg
Nota 51
407a
BPM
Nota 51
ALMIDON HIDROXIPROPILICO
1440
BPM
Nota 51
ALMIDON OXIDADO
1404
BPM
Nota 51
301
BPM
Nota 51
504ii
BPM
Nota 51
CARBONATO CÁLCICO
170i
10000 mg/kg
Notas 51 y 58
CARBONATO DE MAGNESIO
504i
5000 mg/kg
Notas 36 y 51
CARBONATO DE SODIO
500i
BPM
Nota 51
466
BPM
Nota 51
460i
BPM
Nota 51
331iii
BPM
Nota 51
CITRATOS DE CALCIO
333
BPM
CLORURO DE MAGNESIO
511
BPM
CLORURO DE POTASIO
508
BPM
CLORURO CÁLCICO
509
4000 mg/kg
CLORURO DE AMONIO
510
BPM
Nota 51
150a
BPM
Nota 51
968
200000 mg/kg
Nota 51
1414
BPM
Nota 51
FUMARATO DE SODIO
365
BPM
Nota 51
GLICEROL
422
BPM
Nota 51
GLUCONATO SODICO
576
BPM
Nota 51
GLUTAMATO MONOAMÓNICO
624
BPM
Nota 51
GLUTAMATO MONOPOTASICO
622
BPM
Nota 51
GLUTAMATO MONOSÓDICO
621
BPM
Nota 51
GOMA ARABIGA
414
BPM
Nota 51
GOMA DE KARAYA
416
200 mg/kg
Nota 51
GOMA DE TRAGACANTO
413
BPM
Nota 51
GOMA GELAN
418
BPM
Nota 51
GOMA XANTANA
415
BPM
Nota 51
627
500 mg/kg
Nota 51
ALGA EUCHEUMA ELABORADA
(CARRAGENINA SEMI REFINADA)
ASCORBATO DE SODIO
BICARBONATO DE MAGNESIO
CARBOXIMETIL
CELULOSASÓDICA
CELULOSA MICROCRISTALINA
CITRATO TRISODICO
COLOR CARAMELO, CLASE I
ERITRITHOL
FOSFATO DE DIALMIDÓN ACETILADO
GUANILATO DISÓDICO, 5´HIDROXI PROPIL METILCELULOSA
(HIDROXIPROPILCELULOS,
Nota 51
FDA 184.1195
Nota 51
FDA 184.1426
Nota 51
Notas 51 y 58
FDA 184.1193
464, 463, 461,
465
BPM
METILCELULOSA, METIL ETIL
Página 352 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
CELULOSA (ETIL METIL CELULOSA))
HIDRÓXIDO DE MAGNESIO
528
BPM
INDIGOTINA
132
300 mg/kg
INOSINATO CÁLCICO, 5´-
633
BPM
Nota 51
INOSINATO DIPOTÁSICO, 5´-
632
BPM
Nota 51
INOSINATO DISÓDICO, 5´-
631
BPM
Nota 51
LACTATO CÁLCICO
327
10000 mg/kg
LECITINA
322
BPM
Nota 51
MANITOL
421
60000 mg/kg
Nota 51
MONO Y DIGLICERIDOS
471
5000 mg/kg
Nota 51
PECTINAS (AMIDADA Y NO AMIDADA)
440
BPM
Nota 51
1200
BPM
Nota 51
POLIDEXTROSA A Y N
432, 433, 434,
POLISORBATOS
435, 436
Nota 51
Notas 51 y 58
2000 mg/kg
SALES DE ÁCIDOS MIRÍSTICO,
PALMITICO Y ESTEÁRICO (CON BASE
470i
BPM
Nota 51
470ii
BPM
Nota 51
955
400 mg/kg
DE NH4, Ca, K, Na)
SALES DEL ÁCIDO OLEÍCO (Ca, K, Na)
SUCRALOSA
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
150 mg/kg
Nota 144
227, 228, 539
TARTRACINA
102
Categoría de Alimentos No.
12.2.2
Aditivo
ADIPATOS
BPM
Aderezos y condimentos
INS
355, 356, 357,
359
Nivel Máximo
50000 mg/kg
405
3000 mg/kg
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
500 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
300 mg/kg
ASPARTAME
951
2000 mg/kg
133
500 mg/kg
BENZOATOS
CANTAXANTINA
CARMINES
COLOR CARAMELO, CLASE II
FERROCIANUROS
FOSFATOS
210, 211, 212,
213
1000 mg/kg
161g
BPM
120
500 mg/kg
150b
BPM
535, 536, 538
20 mg/kg
338, 339i, 339ii,
339iii, 340i,
Comentarios
Aceptado
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
AZUL BRILLANTE FCF
FDA 74.705
BPM
Nota 1
Nota 13
FDA 182.1235
Nota 24
FDA 182.1778, 182.1217
Página 353 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
340ii, 340iii,
341i, 341ii,
341iii, 342i,
342ii, 342iii,
343ii, 343iii,
450i, 450ii,
450iii, 450v,
450vi, 450vii,
451i, 451ii, 452i,
452ii, 452iii,
452iv, 452v, 542
30 mg/kg
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
960
INDIGOTINA
132
500 mg/kg
MARRON HT
155
500 mg/kg
151
500 mg/kg
NEGRO BRILLANTE PN
172i, 172ii,
ÓXIDOS DE HIERRO
172iii
432, 433, 434,
POLISORBATOS
435, 436
PONCEAU 4R
1000 mg/kg
5000 mg/kg
124
500 mg/kg
1520
BPM
101i, 101ii
350 mg/kg
ROJO ALLURA AC
129
500 mg/kg
SACARINA
954
1500 mg/kg
955
700 mg/kg
PROPILENGLICOL
RIBOFLAVINAS
SUCRALOSA
Nota 26
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
200 mg/kg
Nota 44
227, 228, 539
TALCO
553iii
30000 mg/kg
TARTRACINA
102
500 mg/kg
VERDE SOLIDO FCF
143
100 mg/kg
Categoría de Alimentos No.
Aditivo
ACESULFAME POTÁSICO
ASPARTAME
BENZOATOS
12.3
Vinagres
INS
Nivel Máximo
950
2000 mg/kg
951
3000 mg/kg
210, 211, 212,
213
1000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE II
150b
100000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
1000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
961
12 mg/kg
1201
40 mg/kg
NEOTAMO
POLIVINILPIRROLIDONA
Comentarios
Aceptado
Nota 13
Página 354 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
SUCRALOSA
955
RTCA 67.04.54:10
400 mg/kg
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
100 mg/kg
Nota 44 y 106
227, 228, 539
Categoría de Alimentos No.
12.4
Aditivo
Mostaza
INS
Nivel Máximo
ACESULFAME POTÁSICO
950
350 mg/kg
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
300 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
300 mg/kg
ASPARTAME
951
350 mg/kg
AZUL BRILLANTE FCF
133
300 mg/kg
BENZOATOS
CARMINES
210, 211, 212,
213
120
Comentarios
Aceptado
1000 mg/kg
Nota 13
300 mg/kg
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
300 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
1000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE II
150b
100000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
CURCUMINA
100i
300 mg/kg
EDTAs
385, 386
75 mg/kg
Nota 21
ÉSTERES DE ASCORBILO
304, 305
500 mg/kg
Nota 10
472e
10000 mg/kg
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
130 mg/kg
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
960
INDIGOTINA
132
300 mg/kg
MARRON HT
155
300 mg/kg
NEGRO BRILLANTE PN
151
300 mg/kg
NEOTAMO
961
12 mg/kg
PONCEAU 4R
124
300 mg/kg
1520
15000 mg/kg
101i, 101ii
300 mg/kg
129
300 mg/kg
954
320 mg/kg
PROPILENGLICOL
RIBOFLAVINAS
ROJO ALLURA AC
SACARINA
SORBATOS
SUCRALOSA
200i, 201, 202,
203
955
BPM
Nota 26
FDA 182.3640
140 mg/kg
Página 355 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
250 mg/kg
Notas 44 y 106
200 mg/kg
Notas 15 y 130
227, 228, 539
TBHQ
319
Categoría de Alimentos No.
12.5
Aditivo
DIMETILPOLISILOXANO
Sopas y Caldos
INS
900a
Nivel Máximo
10 mg/kg
ACESULFAME POTÁSICO
950
110 mg/kg
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
3000 mg/kg
ALITAME
956
40 mg/kg
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
300 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
50 mg/kg
ASPARTAME
951
600 mg/kg
133
300 mg/kg
AZUL BRILLANTE FCF
BENZOATOS
210, 211, 212,
213
Comentarios
Aceptado
500 mg/kg
Nota 13
BHA BUTILHIDROXIANISOL
320
200 mg/kg
Notas 15 y 130
BHT BUTILHIDROXITOLUENO
321
100 mg/kg
Notas 15 y 130
CARMINES
120
50 mg/kg
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
300 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
1000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE II
150b
100000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
CURCUMINA
100i
50 mg/kg
262ii
500 mg/kg
473
5000 mg/kg
304, 305
200 mg/kg
472e
5000 mg/kg
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
960
50 mg/kg
INDIGOTINA
132
300 mg/kg
DIACETATO DE SODIO
ESTERES DE ACIDOS GRASOS Y
SACAROSA
ÉSTERES DE ASCORBILO
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
L-CISTEINA
910
BPM
MARRON HT
155
300 mg/kg
NEGRO BRILLANTE PN
151
50 mg/kg
961
20 mg/kg
NEOTAMO
ÓXIDOS DE HIERRO
POLISORBATOS
172i, 172ii,
172iii
432, 433, 434,
435, 436
Nota 10
Nota 26
FDA CFR 184.1271
100 mg/kg
1000 mg/kg
PONCEAU 4R
124
50 mg/kg
ROJO ALLURA AC
129
300 mg/kg
Página 356 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
SACARINA
954
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
SUCRALOSA
RTCA 67.04.54:10
110 mg/kg
1000 mg/kg
955
600 mg/kg
SUCROGLICERIDOS
474
2000 mg/kg
TARTRACINA
102
300 mg/kg
319
200 mg/kg
307a, 307b, 307c
200 mg/kg
TBHQ
TOCOFEROLES
Categoría de Alimentos No.
150d
NISINA
RIBOFLAVINAS
Categoría de Alimentos No.
envasados, embotellados y congelados
INS
COLOR CARAMELO, CLASE IV
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
3000 mg/kg
234
BPM
101i, 101ii
200 mg/kg
12.5.2
Aditivo
Notas 15 y 130
Sopas y caldos listos para el consumo, incluidos los
12.5.1
Aditivo
Nota 42
Nota 28
Mezclas para sopas y caldos
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
CANTAXANTINA
161g
100 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
541i, 541ii
2000 mg/kg
310
200 mg/kg
Notas 15 y 130
1520
500 mg/kg
Nota 127
101i, 101ii
150 mg/kg
FOSFATO DE ALUMINIO Y SODIO
GALATO DE PROPILO
PROPILENGLICOL
RIBOFLAVINAS
Categoría de Alimentos No.
Aditivo
ACESULFAME POTASICO
ADIPATOS
12.6
Salsas y productos similares
INS
950
355, 356, 357,
359
Nivel Máximo
1000 mg/kg
10000 mg/kg
104
500 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
300 mg/kg
ASPARTAME
951
350 mg/kg
133
500 mg/kg
BENZOATOS
210, 211, 212,
213
Comentarios
Aceptado
AMARILLO DE QUINOLEINA
AZUL BRILLANTE FCF
Nota 6
1000 mg/kg
Nota 1
Nota 13
BHA BUTILHIDROXIANISOL
320
200 mg/kg
Notas 15 y 130
BHT BUTILHIDROXITOLUENO
321
100 mg/kg
Notas 15 y 130
161g
100 mg/kg
120
500 mg/kg
CANTAXANTINA
CARMINES
CAROTENOIDES
160a(i),
160a(iii), 160e,
BPM
FDA 73.95
Página 357 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE II
150b
100000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
1500 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
1500 mg/kg
CURCUMINA
100i
500 mg/kg
262ii
2500 mg/kg
473
10000 mg/kg
472e
10000 mg/kg
236
200 mg/kg
DIACETATO DE SODIO
ESTERES DE ACIDOS GRASOS Y
SACAROSA
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
FORMATOS
FDA 73.96
Nota 25
338, 339i, 339ii,
339iii, 340i,
340ii, 340iii,
341i, 341ii,
341iii, 342i,
342ii, 342iii,
FOSFATOS
343ii, 343iii,
BPM
450i, 450ii,
450iii, 450v,
450vi, 450vii,
451i, 451ii, 452i,
452ii, 452iii,
452iv, 452v, 542
GALATO DE PROPILO
310
200 mg/kg
INDIGOTINA
132
500 mg/kg
L-CISTEINA
910
BPM
MARRON HT
155
500 mg/kg
NEGRO BRILLANTE PN
151
500 mg/kg
ÓXIDOS DE HIERRO
172i, 172ii,
172iii
235
BPM
PONCEAU 4R
124
50 mg/kg
RESINA DE GUAYACO
314
600 mg/kg
101i, 101ii
350 mg/kg
ROJO ALLURA AC
129
500 mg/kg
SACARINA
954
160 mg/kg
SUCRALOSA
955
450 mg/kg
474
10000 mg/kg
SUCROGLICERIDOS
FDA CFR 184.1271
75 mg/kg
PIMARICINA (NATAMICINA)
RIBOFLAVINAS
Notas 15 y 130
Nota 15
Nota 127
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
300 mg/kg
Nota 44
227, 228, 539
TARTRACINA
102
500 mg/kg
Página 358 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
334, 335i, 335ii,
TARTRATOS
336i, 336ii, 337
TBHQ
319
Categoría de Alimentos No.
BPM
200 mg/kg
Salsas
12.6.1
Aditivo
RTCA 67.04.54:10
Nota 45
FDA 184.1099
Notas 15 y 130
emulsionadas
(p.
ej.,
mayonesa,
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
3000 mg/kg
CICLAMATOS
952
500 mg/kg
Nota 17
385, 386
100 mg/kg
Nota 21
304, 305
500 mg/kg
Notas 10 y 15
EDTAs
ÉSTERES DE ASCORBILO
ESTERES DE SORBITAN DE ACIDOS
GRASOS
491, 492, 493,
494, 495
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
960
NEOTAMO
961
432, 433, 434,
POLISORBATOS
435, 436
5000 mg/kg
350 mg/kg
3000 mg/kg
1520
2000 mg/kg
ROJO ALLURA AC
129
BPM
954
500 mg/kg
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
TOCOFEROLES
VERDE SOLIDO FCF
Nota 26
65 mg/kg
PROPILENGLICOL
SACARINA
3350 mg/kg
307a, 307b, 307c
600 mg/kg
143
100 mg/kg
FDA 184.1666
FDA 74.340
Nota 42
Salsas no emulsionadas (p. ej.,
Categoría de Alimentos No.
aderezos
para ensaladas)
12.6.2
ketchup, salsas a
base de queso, salsas a base de nata (crema) y salsa
gravy)
Aditivo
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
EDTAs
ERITROSINA
ÉSTERES DE ASCORBILO
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
INS
3000 mg/kg
385, 386
75 mg/kg
127
BPM
304, 305
500 mg/kg
160b
BPM
960
NEOTAMO
961
PROPILENGLICOL
SACARINA
SORBATOS
432, 433, 434,
435, 436
350 mg/kg
Nota 10
FDA 73.30
Nota 26
5000 mg/kg
2000 mg/kg
954
160 mg/kg
203
Nota 21
70 mg/kg
1520
200i, 201, 202,
Comentarios
Aceptado
405
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
POLISORBATOS
Nivel Máximo
2000 mg/kg
FDA 184.1666
Nota 42
Página 359 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
TOCOFEROLES
307a, 307b, 307c
Categoría de Alimentos No.
12.6.3
Aditivo
ÉSTERES DE ASCORBILO
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
FOSFATO DE ALUMINIO Y SODIO
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
304, 305
200 mg/kg
160b
BPM
541i, 541ii
2000 mg/kg
961
435, 436
SACARINA
954
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
307a, 307b,
TOCOFEROLES
307c
Categoría de Alimentos No.
12.6.4
Aditivo
ÉSTERES DE ASCORBILO
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
5000 mg/kg
Nota 127
300 mg/kg
2000 mg/kg
Nota 42
300 mg/kg
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
Nota 10
350 mg/kg
Nota 26
954
200i, 201, 202,
203
TOCOFEROLES
12 mg/kg
200 mg/kg
435, 436
SORBATOS
Notas 26 y 127
304, 305
961
SACARINA
Nota 6
3000 mg/kg
432, 433, 434,
POLISORBATOS
FDA 73.30
405
960
NEOTAMO
350 mg/kg
Nota 10
Salsas ligeras (p. ej., salsa de pescado)
INS
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
Comentarios
Aceptado
3000 mg/kg
432, 433, 434,
POLISORBATOS
Nivel Máximo
405
960
NEOTAMO
600 mg/kg
Mezclas para salsas y gravies
INS
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
RTCA 67.04.54:10
307a, 307b, 307c
12 mg/kg
5000 mg/kg
160 mg/kg
2000 mg/kg
Nota 166
Nota 42
300 mg/kg
Emulsiones para ensaladas (p. ej., la ensalada de
macarrones, la ensalada de patatas (papas)) y para
Categoría de Alimentos No.
untar emparedados, excluidas las emulsiones para
12.7
untar a base de cacao y nueces de las categorías de
alimentos 04.2.2.5 y 05.1.3
Aditivo
ACESULFAME POTÁSICO
ASPARTAME
BENZOATOS
CAROTENOIDES
INS
Nivel Máximo
950
350 mg/kg
951
350 mg/kg
210, 211, 212,
213
160a(i),
Comentarios
Aceptado
1500 mg/kg
Nota 166
Nota 13
1000 mg/kg
Página 360 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
160a(iii), 160e,
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
1000 mg/kg
952
500 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE II
150b
100000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
EDTAs
385, 386
100 mg/kg
Nota 21
ÉSTERES DE ASCORBILO
304, 305
200 mg/kg
Nota 10
472e
5000 mg/kg
CICLAMATOS
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
960
NEOTAMO
961
432, 433, 434,
POLISORBATOS
435, 436
PONCEAU 4R
RIBOFLAVINAS
SACARINA
TOCOFEROLES
Categoría de Alimentos No.
101i, 101ii
300 mg/kg
954
200 mg/kg
Nota 42
955
1250 mg/kg
Nota 169
307a, 307b, 307c
200 mg/kg
Levadura y productos similares
INS
BHA BUTILHIDROXIANISOL
320
ESTERES DE SORBITAN DE ACIDOS
GRASOS
491, 492, 493,
494, 495
SULFATO DE ALUMINIO Y SODIO
Categoría de Alimentos No.
521
12.9.1
Aditivo
Nivel Máximo
200 mg/kg
15000 mg/kg
BPM
INS
Nota 104
FDA 182.1131
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
100000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
BENZOATOS
Notas 15 y 130
Productos a base de proteína de soja
150b
Aditivo
Comentarios
Aceptado
COLOR CARAMELO, CLASE II
Categoría de Alimentos No.
Nota 166
1500 mg/kg
12.8
Aditivo
Nota 26
2000 mg/kg
200 mg/kg
203
SUCRALOSA
33 mg/kg
124
200i, 201, 202,
SORBATOS
115 mg/kg
Nota 17
Otros productos proteínicos a base de soja (incluida
12.9.1.3
la salsa de soja no fermentada)
INS
210, 211, 212,
213
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
1000 mg/kg
Nota 13
Página 361 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
960
SACARINA
954
Categoría de Alimentos No.
12.9.3
Aditivo
500 mg/kg
150b
Nivel Máximo
80000 mg/kg
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
12.9.5
Aditivo
Otros productos proteínicos
INS
AZUL BRILLANTE FCF
CANTAXANTINA
Comentarios
Aceptado
COLOR CARAMELO, CLASE III
Categoría de Alimentos No.
Nota 26.
Cuajada de soja semideshidratada
INS
COLOR CARAMELO, CLASE II
RTCA 67.04.54:10
165 mg/kg
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
133
100 mg/kg
161g
100 mg/kg
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
100 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
1000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE II
150b
100000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
CURCUMINA
100i
100 mg/kg
ERITROSINA
127
BPM
INDIGOTINA
132
100 mg/kg
MARRON HT
155
100 mg/kg
ROJO ALLURA AC
129
100 mg/kg
Categoría de Alimentos No.
12.10
Aditivo
Productos a base de soja fermentada
INS
Nivel Máximo
Aceptado
COLOR CARAMELO, CLASE II
150b
100000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
Categoría de Alimentos No.
Aditivo
Nota 92
12.10.3
Comentarios
Pasta de soja fermentada (miso)
INS
Nivel Máximo
Aceptado
Comentarios
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
1000 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
SACARINA
160aii
1000 mg/kg
954
200 mg/kg
Página 362 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
Categoría de Alimentos No.
12.10.4
Aditivo
Salsa de soja fermentada
INS
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
RTCA 67.04.54:10
960
Nivel Máximo
30 mg/kg
Preparados
Categoría de Alimentos No.
13.1
Comentarios
Aceptado
Nota 26
para
lactantes,
prepa-rados
de
continuación y preparados para usos medicinales
especiales destinados a los lactantes
Aditivo
INS
Nivel Máximo
CARBONATO DE POTASIO
501i
BPM
CITRATO DE AMONIO FERRICO
381
BPM
331iii
2000 mg/kg
CITRATO TRISODICO
Categoría de Alimentos No.
13.1.1
Aditivo
ACETATO DE ALMIDÓN
INS
Nivel Máximo
Aceptado
BPM
330
BPM
1422
BPM
406
2500 mg/kg
1100
BPM
407a
1000 mg/kg
ALGINATO DE AMONIO
403
1000 mg/kg
ALGINATO DE CALCIO
404
3000 mg/kg
ALGINATO DE POTASIO
402
200 mg/kg
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
3000 mg/kg
ALGINATO DE SODIO
401
10000 mg/kg
ALMIDÓN BLANQUEADO
1403
BPM
ALMIDON HIDROXIPROPILICO
1440
25000 mg/kg
1450
BPM
ALMIDON OXIDADO
1404
BPM
ALMIDONES TRATADOS CON ÁCIDO
1401
BPM
ALMIDONES TRATADOS CON BASES
1402
BPM
1405
BPM
ASCORBATO DE SODIO
301
75 mg/kg
CARBONATO CÁLCICO
170i
BPM
CARBONATO DE POTASIO
501i
BPM
ADIPATO DE DIALMIDÓN ACETILADO
AGAR
ALFA AMILASA (ASPERGILLUS
ORYSAE VAR.)
ALGA EUCHEUMA ELABORADA
(CARRAGENINA SEMI REFINADA)
ALMIDÓN OCTENIL SUCCINATO
SÓDICO
ALMIDONES TRATADOS CON
ENZIMAS
FDA 184.1296
Preparados para lactantes
1420, 1421
ÁCIDO CÍTRICO
Comentarios
Aceptado
Comentarios
Página 363 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
CARBONATO DE SODIO
RTCA 67.04.54:10
500i
BPM
466
BPM
460ii
BPM
460i
BPM
331iii
BPM
CITRATOS DE CALCIO
333
BPM
FDA 184.1195
CLORURO DE MAGNESIO
511
BPM
FDA 184.1426
CLORURO DE POTASIO
508
BPM
1400
BPM
551
20000 mg/kg
FOSFATO DE DIALMIDÓN
1412
25000 mg/kg
FOSFATO DE DIALMIDÓN ACETILADO
1414
25000 mg/kg
LECITINA
322
1000 mg/lt
MONO Y DIGLICERIDOS
471
4000 mg/kg
ÓXIDO DE MAGNESIO
530
BPM
307a, 307b, 307c
10 mg/l
CARBOXIMETILCELULOSA SÓDICA
CELULOSA EN POLVO
CELULOSA MICROCRISTALINA
CITRATO TRISODICO
DEXTRINAS, ALMIDÓN TOSTADO,
BLANCO Y AMARILLO
DIÓXIDO DE SILICIO (AMORFO)
TOCOFEROLES
Categoría de Alimentos No.
13.1.2
Aditivo
ACETATO DE ALMIDÓN
INS
Nivel Máximo
Aceptado
BPM
ACIDO ASCORBICO
300
50 mg/kg
ÁCIDO CÍTRICO
330
BPM
1422
25000 mg/kg
406
2500 mg/kg
1100
BPM
407a
1000 mg/kg
405
3000 mg/kg
ALMIDÓN BLANQUEADO
1403
BPM
ALMIDON HIDROXIPROPILICO
1440
BPM
1450
BPM
ALMIDON OXIDADO
1404
BPM
ALMIDONES TRATADOS CON ÁCIDO
1401
BPM
ALMIDONES TRATADOS CON BASES
1402
BPM
1405
BPM
301
50 mg/kg
AGAR
ALFA AMILASA (ASPERGILLUS
ORYSAE VAR.)
ALGA EUCHEUMA ELABORADA
(CARRAGENINA SEMI REFINADA)
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
ALMIDÓN OCTENIL SUCCINATO
SÓDICO
ALMIDONES TRATADOS CON
ENZIMAS
ASCORBATO DE SODIO
Separados o en combinación
Preparados de continuación
1420, 1421
ADIPATO DE DIALMIDÓN ACETILADO
Nota 65
Comentarios
Página 364 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
ASCORBATO CALCICO
302
50 mg/kg
CARBONATO CÁLCICO
170i
BPM
CARBONATO DE POTASIO
501i
BPM
CARBONATO DE SODIO
500i
BPM
CARBOXIMETILCELULOSA SÓDICA
466
BPM
460ii
BPM
460i
BPM
331iii
BPM
1400
BPM
551
20000 mg/kg
FOSFATO DE DIALMIDÓN
1412
25000 mg/kg
FOSFATO DE DIALMIDÓN ACETILADO
1414
25000 mg/kg
GOMA DE SEMILLAS DE ALGARROBO
410
1000 mg/Lt
LECITINA
322
1000 mg/lt
MONO Y DIGLICERIDOS
471
4000 mg/kg
PECTINAS (AMIDADA Y NO AMIDADA)
440
5000 mg/kg
307a, 307b, 307c
10 mg/kg
CELULOSA EN POLVO
CELULOSA MICROCRISTALINA
CITRATO TRISODICO
DEXTRINAS, ALMIDÓN TOSTADO,
BLANCO Y AMARILLO
DIÓXIDO DE SILICIO (AMORFO)
TOCOFEROLES
Categoría de Alimentos No.
Preparados
13.1.3
Aditivo
ACETATO DE ALMIDÓN
Separados o en combinación
para
INS
Nivel Máximo
Aceptado
50,000 mg/kg
ÁCIDO ACÉTICO GLACIAL
260
BPM
ÁCIDO CÍTRICO
330
BPM
ÁCIDO CLORHIDRICO
507
BPM
1422
6000 mg/kg
ALGINATO DE CALCIO
404
3000 mg/kg
ALGINATO DE POTASIO
402
200 mg/kg
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
3000 mg/kg
ALGINATO DE SODIO
401
10000 mg/kg
1440
60000
1450
20000 mg/kg
1404
50000 mg/kg
ASCORBATO DE SODIO
301
3000 mg/kg
ASCORBATO CALCICO
302
3000 mg/kg
CARBONATO CÁLCICO
170i
BPM
ALMIDON HIDROXIPROPILICO
ALMIDÓN OCTENIL SUCCINATO
SÓDICO
ALMIDON OXIDADO
usos
medicinales
especiales
destinados a los lactantes
1420, 1421
ADIPATO DE DIALMIDÓN ACETILADO
Nota 65
Comentarios
Página 365 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
CARBONATO DE SODIO
RTCA 67.04.54:10
500i
BPM
466
10000 mg/kg
160aii
30 mg/kg
CITRATOS DE CALCIO
333
BPM
CLOROFILAS
140
20 mg/kg
Nota 84
DIÓXIDO DE SILICIO (AMORFO)
551
20000 mg/kg
Nota 65
304, 305
10 mg/kg
FOSFATO DE DIALMIDÓN
1412
60000 mg/kg
FOSFATO DE DIALMIDÓN ACETILADO
1414
6000 mg/kg
GLUCONO DELTA LACTONA
575
5000 mg/kg
GOMA DE SEMILLAS DE ALGARROBO
410
1000 mg/kg
MONO Y DIGLICERIDOS
471
5000 mg/kg
CARBOXIMETILCELULOSA SÓDICA
CAROTENOS VEGETALES
ESTERES DE ASCORBILO
Categoría de Alimentos No.
ACETATO DE ALMIDÓN
INS
Nivel Máximo
Aceptado
50,000 mg/kg
ACETATO DE CALCIO
263
BPM
ÁCIDO ACÉTICO GLACIAL
260
5000 mg/kg
ACIDO ASCORBICO
300
3000 mg/kg
ÁCIDO CÍTRICO
330
25000 mg/kg
ÁCIDO CLORHIDRICO
507
BPM
1422
60000 mg/kg
406
2500 mg/kg
1100
BPM
407a
BPM
ALGINATO DE AMONIO
403
1000 mg/kg
ALGINATO DE CALCIO
404
3000 mg/kg
ALGINATO DE POTASIO
402
200 mg/kg
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
3000 mg/kg
ALGINATO DE SODIO
401
10000 mg/kg
1440
60000 mg/kg
1450
50000 mg/kg
1404
50000 mg/kg
ASCORBATO DE SODIO
301
3000 mg/kg
ASCORBATO CALCICO
302
3000 mg/kg
AGAR
ALFA AMILASA (ASPERGILLUS
ORYSAE VAR.)
ALGA EUCHEUMA ELABORADA
(CARRAGENINA SEMI REFINADA)
ALMIDON HIDROXIPROPILICO
ALMIDÓN OCTENIL SUCCINATO
SÓDICO
ALMIDON OXIDADO
Notas 10, 15, 72
pequeños
1420, 1421
ADIPATO DE DIALMIDÓN ACETILADO
FDA 184.1195
Alimentos complementarios para lactantes y niños
13.2
Aditivo
Nota 84
Comentarios
Página 366 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
CARBONATO ACIDO DE POTASIO
RTCA 67.04.54:10
501ii
BPM
CARBONATO CÁLCICO
170i
BPM
CARBONATO DE AMONIO
503i
BPM
CARBONATO DE MAGNESIO
504i
BPM
CARBONATO DE POTASIO
501i
BPM
CARBONATO DE SODIO
500i
BPM
466
BPM
460ii
BPM
460i
BPM
331iii
5000 mg/kg
CITRATOS DE CALCIO
333
BPM
DIÓXIDO DE SILICIO (AMORFO)
551
20000 mg/kg
472a
5000 mg/kg
304, 305
100 mg/kg
FOSFATO DE DIALMIDÓN
1412
60000 mg/kg
FOSFATO DE DIALMIDÓN ACETILADO
1414
60000 mg/kg
FOSFATO DE DIALMIDÓN FOSFATADO
1413
50000 mg/kg
1442
50000 mg/kg
1410
50000 mg/kg
GLUCONO DELTA LACTONA
575
5000 mg/kg
GOMA ARABIGA
414
20000 mg/kg
GOMA DE SEMILLAS DE ALGARROBO
410
10000 mg/kg
GOMA XANTANA
415
10000 mg/kg
503ii
BPM
526
BPM
525
BPM
HIDROXIDO DE SODIO
524
BPM
LACTATO CÁLCICO
327
BPM
LACTATO DE POTASIO
326
BPM
LACTATO DE SÓDIO
325
BPM
MONO Y DIGLICERIDOS
471
5000 mg/kg
PECTINAS (AMIDADA Y NO AMIDADA)
440
1000 mg/kg
500iii
BPM
307a, 307b, 307c
100 mg/kg
CARBOXIMETILCELULOSA SÓDICA
CELULOSA EN POLVO
CELULOSA MICROCRISTALINA
CITRATO TRISODICO
FDA 184.1195
Nota 65
ESTERES ACETICOS DE LOS MONO Y
DIGLICERIDOS DE LOS ACIDOS
GRASOS
ÉSTERES DE ASCORBILO
FOSFATO DE DIALMIDON
HIDROXIPROPILICO
FOSFATO MONOALMIDÓN
HIDROGENCARBONATO
(BICARBONATO) DE AMONIO
HIDROXIDO CALCICO
HIDROXIDO DE POTASIO
SESQUICARBONATO DE SODIO
TOCOFEROLES
Nota 10
Separados o en combinación
Página 367 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
Alimentos
Categoría de Alimentos No.
13.3
dietéticos
para
usos
medicinales
especiales (excluidos los productos de la categoría
de alimentos 13.1)
Aditivo
INS
Nivel Máximo
900a
50 mg/kg
ACESULFAME POTÁSICO
950
500 mg/kg
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
3000 mg/kg
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
50 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
50 mg/kg
ASPARTAME
951
1000 mg/kg
AZUL BRILLANTE FCF
133
50 mg/kg
DIMETILPOLISILOXANO
BENZOATOS
CARMINES
210, 211, 212,
213
120
Comentarios
Aceptado
1500 mg/kg
Nota 13
50 mg/kg
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
50 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
600 mg/kg
952
400 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE II
150b
20000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
481i, 481ii
2000 mg/kg
473
BPM
477
5000 mg/kg
CICLAMATOS
ESTEAROIL-2-LACTILATOS
ESTERES DE ACIDOS GRASOS Y
SACAROSA
ESTERES DE PROPILENGLICOL DE
ACIDOS GRASOS
ESTERES DE SORBITAN DE ACIDOS
GRASOS
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
ÉSTERES POLIGLICÉRIDOS DE ÁCIDOS
GRASOS
491, 492, 493,
494, 495
Nota 17
5000 mg/kg
472e
5000 mg/kg
475
1000 mg/kg
350 mg/kg
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
960
GOMA DE SEMILLAS DE ALGARROBO
410
10000 mg/kg
GOMA XANTANA
415
1200 mg/kg
INDIGOTINA
132
50 mg/kg
MARRON HT
155
50 mg/kg
NEGRO BRILLANTE PN
151
50 mg/kg
NEOTAMO
961
33 mg/kg
PECTINAS (AMIDADA Y NO AMIDADA)
440
1000 mg/kg
Nota 26
Página 368 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
432, 433, 434,
POLISORBATOS
435, 436
PONCEAU 4R
RTCA 67.04.54:10
1000 mg/kg
124
50 mg/kg
101i, 101ii
300 mg/kg
ROJO ALLURA AC
129
50 mg/kg
SACARINA
954
200 mg/kg
RIBOFLAVINAS
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
SUCRALOSA
955
400 mg/kg
SUCROGLICERIDOS
474
5000 mg/kg
102
50 mg/kg
TARTRACINA
307a, 307b,
TOCOFEROLES
307c
Categoría de Alimentos No.
Aditivo
INS
adelgazamiento
y
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
3000 mg/kg
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
50 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
50 mg/kg
ASPARTAME
951
800 mg/kg
133
50 mg/kg
210, 211, 212,
213
120
Comentarios
Aceptado
450 mg/kg
CARMINES
para
Nivel Máximo
950
BENZOATOS
dietéticos
control del peso
ACESULFAME POTÁSICO
AZUL BRILLANTE FCF
hidroxibenzoato
BPM
Preparados
13.4
Combinación con benzoatos y para
1500 mg/kg
1500 mg/kg
Nota 13
50 mg/kg
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
50 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
600 mg/kg
952
400 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE II
150b
20000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
CURCUMINA
100i
50 mg/kg
DIMETILPOLISILOXANO
900a
50 mg/kg
ÉSTERES DE ASCORBILO
304, 305
500 mg/kg
477
5000 mg/kg
472e
5000 mg/kg
CICLAMATOS
ESTERES DE PROPILENGLICOL DE
ACIDOS GRASOS
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
960
270 mg/kg
Nota 17
Nota 10
Nota 26
Página 369 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
INDIGOTINA
132
50 mg/kg
MARRON HT
155
50 mg/kg
NEGRO BRILLANTE PN
151
50 mg/kg
961
33 mg/kg
NEOTAMO
432, 433, 434,
POLISORBATOS
435, 436
PONCEAU 4R
1000 mg/kg
124
50 mg/kg
101i, 101ii
300 mg/kg
ROJO ALLURA AC
129
50 mg/kg
SACARINA
954
300 mg/kg
962
450 mg/kg
955
320 mg/kg
SUCROGLICERIDOS
474
5000 mg/kg
TARTRACINA
102
50 mg/kg
307a, 307b, 307c
BPM
RIBOFLAVINAS
SALES DE ASPARTAMO Y
ACESULFAMO
SUCRALOSA
TOCOFEROLES
Alimentos
Categoría de Alimentos No.
Nota 113
dietéticos
(p.
ej.,
los
complementos
alimenticios para usos dietéticos), excluidos los
13.5
indicados en las categorías de alimentos 13.1 a 13.4 y
13.6
Aditivo
INS
Nivel Máximo
900a
50 mg/kg
ACESULFAME POTÁSICO
950
450 mg/kg
ALITAME
956
300 mg/kg
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
300 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
300 mg/kg
ASPARTAME
951
1000 mg/kg
133
300 mg/kg
DIMETILPOLISILOXANO
AZUL BRILLANTE FCF
BENZOATOS
CARMINES
210, 211, 212,
213
120
Comentarios
Aceptado
2000 mg/kg
Nota 13
300 mg/kg
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
300 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
600 mg/kg
952
400 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE II
150b
20000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
CICLAMATOS
Nota 17
Página 370 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
Ííquido 100
CURCUMINA
100i
mg/kg; sólido
304, 305
500 mg/kg
472e
5000 mg/kg
300 mg/kg
ÉSTERES DE ASCORBILO
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
660 mg/kg
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
960
INDIGOTINA
132
300 mg/kg
MARRON HT
155
300 mg/kg
NEGRO BRILLANTE PN
151
300 mg/kg
NEOTAMO
961
65 mg/kg
PONCEAU 4R
124
300 mg/kg
101i, 101ii
300 mg/kg
ROJO ALLURA AC
129
300 mg/kg
SACARINA
954
200 mg/kg
962
450 mg/kg
SUCRALOSA
955
400 mg/kg
SUCROGLICERIDOS
474
5000 mg/kg
553iii
BPM
102
300 mg/kg
307a 307b, 307c
BPM
RIBOFLAVINAS
SALES DE ASPARTAMO Y
ACESULFAMO
TALCO
TARTRACINA
TOCOFEROLES
Categoría de Alimentos No.
13.6
Aditivo
ACEITE DE CASTOR
INS
Nota 113
Nivel Máximo
ACESULFAME POTÁSICO
950
2000 mg/kg
ALCOHOL POLIVINILICO
1203
45000 mg/kg
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
3000 mg/kg
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
300 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
300 mg/kg
ASPARTAME
951
5500 mg/kg
133
300 mg/kg
210, 211, 212,
213
Comentarios
Aceptado
1000 mg/kg
BENZOATOS
Notas 26 y 198
Complementos alimenticios
1503
AZUL BRILLANTE FCF
Nota 10
2000 mg/kg
Nota 13
BHA BUTILHIDROXIANISOL
320
400 mg/kg
Notas 15 y 130
BHT BUTILHIDROXITOLUENO
321
400 mg/kg
Notas 15 y 130
CARMINES
120
300 mg/kg
CAROTENOIDES
160a(i),
160a(iii), 160e,
300 mg/kg
Página 371 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
600 mg/kg
901
BPM
Nota 3
CERA DE CANDELILLA
902
BPM
Nota 3
CERA DE CARNAUBA
903
5000 mg/kg
Nota 3
CICLAMATOS
952
1250 mg/kg
Nota 17
CLOROFILAS
140
25000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE II
150b
35000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
DIMETILPOLISILOXANO
900a
50 mg/kg
385, 386
150 mg/kg
127
BPM
473
BPM
304, 305
500 mg/kg
CERA DE ABEJA BLANCA Y
AMARILLA
EDTAs
ERITROSINA
ESTERES DE ACIDOS GRASOS Y
SACAROSA
ÉSTERES DE ASCORBILO
ESTERES DE SORBITAN DE ACIDOS
GRASOS
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
GALATO DE PROPILO
GLICOL POLIETILENO
(POLIETILENGLICOL)
491, 492, 493,
494, 495
472e
5000 mg/kg
310
400 mg/kg
1521
70000 mg/kg
2500 mg/kg
960
GOMA LACA
904
BPM
214, 218
2000 mg/kg
INDIGOTINA
132
300 mg/kg
MARRON HT
155
300 mg/kg
NEGRO BRILLANTE PN
151
300 mg/kg
961
90 mg/kg
NEOTAMO
POLISORBATOS
POLIVINILPIRROLIDONA
432, 433, 434,
435, 436
BPM
124
300 mg/kg
1520
2000 mg/kg
101i, 101ii
300 mg/kg
ROJO ALLURA AC
129
300 mg/kg
SACARINA
954
1200 mg/kg
SILICATO DE ALUMINIO Y SODIO
554
BPM
PROPILENGLICOL
RIBOFLAVINAS
Notas 15 y 130
Notas 26 y 203
Nota 3
Nota 139
25000 mg/kg
1201
PONCEAU 4R
Nota 10
BPM
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
HIDROXIBENZOATOS, P-
Nota 21
Página 372 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
SILICATO DE CALCIO Y ALUMINIO
(CAOLIN) (SINTETICO)
SILICATO DE MAGNESIO (SINTETICO)
556
BPM
553i
BPM
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
SUCRALOSA
TALCO
TARTRACINA
TOCOFEROLES
VERDE SOLIDO FCF
Categoría de Alimentos No.
2000 mg/kg
955
2400 mg/kg
553iii
BPM
102
300 mg/kg
307a, 307b, 307c
150 mg/kg
143
BPM
14.1
Aditivo
RTCA 67.04.54:10
Bebidas no alcohólicas
INS
Nivel Máximo
181
50 mg/kg
SUCRALOSA
955
BPM
14.1.1.2
Aditivo
200i, 201, 202,
203
Categoría de Alimentos No.
14.1.2
Aditivo
Categoría de Alimentos No.
509
14.1.2.1
Aditivo
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
200 mg/kg
Nota 42
Zumos (jugos) de frutas y hortalizas
INS
CLORURO CALCICO
FDA 184. 1097
Aguas de mesa y gaseosas
INS
SORBATOS
Comentarios
Aceptado
ÁCIDO TANICO
Categoría de Alimentos No.
En combinacion con benzoato
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
4000 mg/kg
FDA 184.1193
Zumos (jugos) de frutas
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
ACIDO ASCORBICO
300
BPM
ÁCIDO CÍTRICO
330
3000 mg/kg
Nota 122
ÁCIDO MÁLICO (DL-)
296
BPM
Nota 115
290
BPM
Nota 69
ASCORBATO DE SODIO
301
BPM
ASCORBATO CALCICO
302
BPM
303
BPM
ANHIDRIDO CARBÓNICO (DIOXIDO DE
CARBONO)
ASCORBATO DE POTASIO
BENZOATOS
210, 211, 212,
213
1000 mg/kg
Notas 13, 91 y 122
1000 mg/kg
Notas 33, 40 y 122
338, 339i, 339ii,
FOSFATOS
339iii, 340i,
340ii, 340iii,
341i, 341ii,
Página 373 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
341iii, 342i,
342ii, 342iii,
343ii, 343iii,
450i, 450ii,
450iii, 450v,
450vi, 450vii,
451i, 451ii, 452i,
452ii, 452iii,
452iv, 452v, 542
GOMA DE TRAGACANTO
PECTINAS (AMIDADA Y NO AMIDADA)
413
2000 mg/kg
440
BPM
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
1000 mg/kg
Nota 35
Notas 42, 91 y 122
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
50 mg/kg
Notas 44 y 122
227, 228, 539
334; 335i, 335ii;
TARTRATOS
336i, 336ii; 337
Categoría de Alimentos No.
14.1.2.2
Aditivo
4000 mg/kg
Zumos (jugos) de hortalizas
INS
Nivel Máximo
300
BPM
ÁCIDO CÍTRICO
330
3000 mg/kg
ÁCIDO MÁLICO (DL-)
296
3000 mg/kg
160aii
2000 mg/kg
150b
50000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE II
Comentarios
Aceptado
ACIDO ASCORBICO
CAROTENOS VEGETALES
Notas 45, 128 y 129
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
50 mg/kg
Nota 44 y 122
227, 228, 539
Categoría de Alimentos No.
14.1.2.3
Aditivo
Concentrados para zumos (jugos) de frutas
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
ACIDO ASCORBICO
300
BPM
ÁCIDO CÍTRICO
330
3000 mg/kg
Notas 122 y 127
ÁCIDO MÁLICO (DL-)
296
BPM
Notas 115 y 127
290
BPM
Notas 69 y 127
ASCORBATO DE SODIO
301
BPM
Nota 127
ASCORBATO CALCICO
302
BPM
Nota 127
303
BPM
Nota 127
ANHIDRIDO CARBÓNICO (DIOXIDO DE
CARBONO)
ASCORBATO DE POTASIO
BENZOATOS
210, 211, 212,
213
Nota 127
1000 mg/kg
Notas 13, 91, 122 y 127
1000 mg/kg
Notas 33, 40, 122 y 127
338, 339i, 339ii,
FOSFATOS
339iii, 340i,
340ii, 340iii,
341i, 341ii,
Página 374 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
341iii, 342i,
342ii, 342iii,
343ii, 343iii,
450i, 450ii,
450iii, 450v,
450vi, 450vii,
451i, 451ii, 452i,
452ii, 452iii,
452iv, 452v, 542
PECTINAS (AMIDADA Y NO AMIDADA)
440
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
BPM
1000 mg/kg
Notas 35 y 127
Notas 42, 91, 122 y 127
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
50 mg/kg
Notas 44, 122 y 127
227, 228, 539
334; 335i, 335ii;
TARTRATOS
336i, 336ii; 337
Categoría de Alimentos No.
14.1.2.4
Aditivo
4000 mg/kg
Notas 45, 127, 128 y 129
Concentrados para zumos (jugos) de hortalizas
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
ACIDO ASCORBICO
300
BPM
ÁCIDO CÍTRICO
330
3000 mg/kg
ÁCIDO MÁLICO (DL-)
296
3000 mg/kg
160aii
2000 mg/kg
150b
50000 mg/kg
954
80 mg/kg
Notas 127 y 145
70 mg/kg
Nota 44
CAROTENOS VEGETALES
COLOR CARAMELO, CLASE II
SACARINA
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
227, 228, 539
Categoría de Alimentos No.
14.1.3
Aditivo
INS
CARRAGENINA Y SUS SALES
407
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
Categoría de Alimentos No.
Aditivo
Néctares de frutas y hortalizas
960
14.1.3.1
Nivel Máximo
BPM
200 mg/kg
INS
Nivel Máximo
Aceptado
950
350 mg/kg
ACIDO ASCORBICO
300
BPM
ÁCIDO CÍTRICO
330
5000 mg/kg
296
BPM
404
3000 mg/kg
ÁCIDO MÁLICO (DL-)
Nota 26
Néctares de frutas
ACESULFAME POTÁSICO
ALGINATO DE CALCIO
Comentarios
Aceptado
Comentarios
FDA 184.1187
Página 375 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
ALGINATO DE POTASIO
RTCA 67.04.54:10
402
2500 mg/kg
FDA 184.1610
401
20000 mg/kg
FDA 184.1724
290
BPM
ASCORBATO DE SODIO
301
BPM
ASCORBATO CALCICO
302
BPM
ASCORBATO DE POTASIO
303
BPM
ASPARTAME
951
600 mg/kg
161g
60mg/kg
120
100 mg/kg
ALGINATO DE SODIO
ANHIDRIDO CARBONICO (DIOXIDO DE
CARBONO)
CANTAXANTINA
CARMINES
Nota 69
FDA 182.3189
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
100 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
200 mg/kg
CELULOSA MICROCRISTALINA
460i
BPM
CLOROFILAS
140
300 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE I
150a
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
COLOR CARAMELO, CLASEII
150b
BPM
100i
100 mg/kg
163ii
500 mg/kg
160b
50mg/kg
CURCUMINA
EXTRACTO DE PIEL DE UVA
(ENOCIANINA)
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
BPM
FDA 73.85
FDA 73.600
338, 339i, 339ii,
339iii, 340i,
340ii, 340iii,
341i, 341ii,
341iii, 342i,
342ii, 342iii,
FOSFATOS
343ii, 343iii,
1000 mg/kg
Notas 33,40, y 122
450i, 450ii,
450iii, 450v,
450vi, 450vii,
451i, 451ii, 452i,
452ii, 452iii,
452iv, 452v, 542
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
GOMA ARABIGA
GOMA DE KARAYA
FDA GRAS NOTICE GRN
960
BPM
414
10000 kg/mg
FDA 184.1330
416
20 mg/kg
FDA 184.1349
GOMA DE SEMILLAS DE ALGARROBO
410
BPM
GOMA DE TRAGACANTO
413
2000 mg/kg
000365, GRN 278
FDA 184.1351
Página 376 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
GOMA GUAR
412
BPM
GOMA XANTANA
415
BPM
FDA 172.695
464, 463, 461,
HIDROXIPROPILCELULOSA,
465
METILCELULOSA, METIL ETIL
BPM
CELULOSA (ETIL METIL CELULOSA)
BPM
NEOTAMO
961
PECTINAS (AMIDADA Y NO AMIDADA)
440
BPM
101i, 101ii
100 mg/kg
ROJO DE REMOLACHA
162
BPM
SACARINA
954
80 mg/kg
955
300 mg/kg
RIBOFLAVINA
SUCRALOSA
FDA 172.829
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
50 mg/kg
Notas 44, 122 y 127
227, 228, 539
334; 335i, 335ii;
TARTRATOS
1600 mg/kg
336i, 336ii; 337
Categoría de Alimentos No.
Aditivo
14.1.3.2
Notas 45 y 128
Néctares de hortalizas
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
ACESULFAME POTASICO
950
350 mg/kg
ACIDO ASCORBICO
300
BPM
ÁCIDO CÍTRICO
330
5000 mg/kg
ÁCIDO MÁLICO (DL-)
296
3000 mg/kg
404
3000 mg/kg
FDA 184.1187
402
100 mg/kg
FDA 184.1610
401
10000 mg/kg
FDA 184.1724
302
BPM
301
BPM
951
600 mg/kg
161g
60 mg/kg
120
BPM
ALGINATO DE CALCIO
ALGINATO DE POTASIO
ALGINATO DE SODIO
ASCORBATO CÁLCICO
ASCORBATO SÓDICO
ASPARTAME
CANTAXANTINA
CARMINES
Nota 188
FDA 182.3189
FDA 182.3731
FDA 75.75
FDA 73.100
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
100 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160 aii
2000 mg/kg
952
250 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE I
150a
BPM
FDA 73.85
COLOR CARAMELO, CLASE II
150b
BPM
FDA 73.85
CICLAMATOS
Nota 17
Página 377 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
FDA 73.85
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
FDA 73.85
100i
100 mg/kg
160b
BPM
414
10000 kg/mg
FDA 184.1330
410
5000 mg/kg
FDA 184.1343
GOMA DE KARAYA
416
20 mg/kg
FDA 184.1349
GOMA DE TRAGACANTO
413
1000 mg/kg
FDA 184.1351
GOMA GUAR
412
20000 mg/kg
GOMA XANTANA
415
BPM
CURCUMINA
EXTRACTO DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
GOMA ARABIGA
GOMA DE CAROBA
HIDROXI PROPIL METILCELULOSA
(HIDROXIPROPILCELULOSA,
464, 463, 461,
465
BPM
NEOTAMO
961
65 mg/kg
PECTINAS (AMIDADA Y NO AMIDADA)
440
3000 mg/kg
162
BPM
954
80 mg/kg
METILCELULOSA, METIL ETIL
FDA 73.600
FDA 73.30
FDA 184.1339
FDA 172.695
FDA 182.1480, 172.870, 172.874 y
172.872
CELULOSA (ETIL METIL CELULOSA))
ROJO REMOLACHA
SACARINA
FDA 73.40
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
50 mg/kg
Nota 44 y 122
1600 mg/kg
FDA 182.8250
227, 228, 539
TARTRATOS
334, 335i, 335ii,
336i, 336ii, 337
Categoría de Alimentos No.
14.1.3.3
Aditivo
Concentrados para néctares de frutas
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
ACESULFAME POTÁSICO
950
350 mg/kg
Nota 127
ACIDO ASCORBICO
300
BPM
Nota 127
ÁCIDO CÍTRICO
330
5000 mg/kg
Nota 127
296
BPM
Nota 127
290
BPM
Notas 69 y 127
ASCORBATO DE SODIO
301
BPM
Nota 127
ASCORBATO CALCICO
302
BPM
Nota 127
ASCORBATO DE POTASIO
303
BPM
Nota 127
951
600 mg/kg
Nota 127
ÁCIDO MÁLICO (DL-)
ANHIDRIDO CARBÓNICO (DIOXIDO DE
CARBONO)
ASPARTAME
338, 339i, 339ii,
FOSFATOS
339iii, 340i,
1000 mg/kg
Notas 33, 40, 122 y 127
340ii, 340iii,
Página 378 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
341i, 341ii,
341iii, 342i,
342ii, 342iii,
343ii, 343iii,
450i, 450ii,
450iii, 450v,
450vi, 450vii,
451i, 451ii, 452i,
452ii, 452iii,
452iv, 452v, 542
PECTINAS (AMIDADA Y NO AMIDADA)
440
BPM
Nota 127
SACARINA
954
80 mg/kg
Nota 127
50 mg/kg
Notas 44, 122 y 127
4000 mg/kg
Notas 45, 127 y 128
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
227, 228, 539
334; 335i, 335ii;
TARTRATOS
336i, 336ii; 337
Categoría de Alimentos No.
14.1.3.4
Aditivo
Concentrados para néctares de hortalizas
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
ACESULFAME POTÁSICO
950
350 mg/kg
ACIDO ASCORBICO
300
BPM
ÁCIDO CÍTRICO
330
5000 mg/kg
ÁCIDO MÁLICO (DL-)
296
3000 mg/kg
951
600 mg/kg
Nota 127
600 mg/kg
Nota 13
ASPARTAME
BENZOATOS
210, 211, 212,
213
Nota 127
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
100 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
1000 mg/kg
952
400 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE II
150b
50000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
DIMETILPOLISILOXANO
900a
10 mg/kg
FDA 173.340
NEOTAMO
961
65 mg/kg
Nota 127
PECTINAS (AMIDADA Y NO AMIDADA)
440
3000 mg/kg
SACARINA
954
300 mg/kg
CICLAMATOS
Notas 17, 122 y 127
Nota 127
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
50 mg/kg
Nota 44, 122 y 127
227, 228, 539
Página 379 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
Bebidas a base de agua saborizada, incluidas las
Categoría de Alimentos No.
14.1.4
bebidas para deportistas, bebidas electrolíticas y
bebidas con partículas añadidas
Aditivo
ACEITE DE CASTOR
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
1503
500 mg/kg
950
BPM
444
500 mg/kg
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
3000 mg/kg
ALITAME
956
40 mg/kg
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
100 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
400 mg/kg
ASPARTAME
951
BPM
FDA 172.804
133
BPM
FDA 74.101
ACESULFAME POTÁSICO
ACETATO ISOBUTIRATO DE
SACAROSA
AZUL BRILLANTE FCF
BENZOATOS
210, 211, 212,
213
600 mg/kg
FDA 172.800
Notas 127
Notas 13 y 123
BETA CICLODEXTRINA
459
500 mg/kg
BHA BUTILHIDROXIANISOL
320
1000 mg/kg
Notas 15 y 130
BHT BUTILHIDROXITOLUENO
321
1000 mg/kg
Notas 15 y 130
CARMINES
120
1000 mg/kg
Nota 178
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
100 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
2000 mg/kg
901
200 mg/kg
Nota 131
CERA DE CANDELILLA
902
200 mg/kg
Nota 131
CERA DE CARNAUBA
903
200 mg/kg
Nota 131
CICLAMATOS
952
400 mg/kg
Nota 127
CITRATO DE ESTEARILO
484
500 mg/kg
CITRATO DE ISOPROPILO
384
200 mg/kg
CITRATO DE TRIETILO
1505
200 mg/kg
CLORURO DE ESTAÑO
512
20 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE II
150b
50000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
CURCUMINA
100i
100 mg/Lt
DIMETILBICARBONATO
242
250 mg/kg
DIMETILPOLISILOXANO
900a
20 mg/kg
385, 386
200 mg/kg
CERA DE ABEJA BLANCA Y
AMARILLA
EDTAs
Nota 43
Nota 18
Nota 21
Página 380 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
ERITROSINA
RTCA 67.04.54:10
127
BPM
ESTEARATOS DE POLIOXIETILENO
430, 431
500 mg/kg
ÉSTERES DE ASCORBILO
304, 305
1000 mg/kg
445
150 mg/kg
ESTERES DE GLICEROL DE LA RESINA
DE MADERA
ESTERES DE SORBITAN DE ACIDOS
GRASOS
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
ETILMALTOL
EXTRACTO DE PIEL DE UVA
(ENOCIANINA)
EXTRACTOS DE QUILAYA
FORMATOS
491, 492, 493,
494, 495
Notas 10 y 15
5000 mg/kg
472e
5000 mg/kg
637
BPM
163ii
500 mg/kg
999
50 mg/kg
236
100 mg/kg
Nota 132 y 168
Nota 25
338, 339i, 339ii,
339iii, 340i,
340ii, 340iii,
341i, 341ii,
341iii, 342i,
342ii, 342iii,
FOSFATOS
343ii, 343iii,
BPM
450i, 450ii,
450iii, 450v,
450vi, 450vii,
451i, 451ii, 452i,
452ii, 452iii,
452iv, 452v, 542
GALATO DE PROPILO
310
1000 mg/kg
1521
1000 mg/kg
960
BPM
621
BPM
INDIGOTINA
132
300 mg/kg
MALTOL
636
200 mg/kg
MARRON HT
155
100 mg/kg
NEGRO BRILLANTE PN
151
100 mg/kg
961
33 mg/kg
GLICOL POLIETILENO
(POLIETILENGLICOL)
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
GLUTAMATO MONOSODICO
NEOTAMO
ÓXIDOS DE HIERRO
POLISORBATOS
PONCEAU 4R
RIBOFLAVINAS
SUCROGLICERIDOS
SULFITOS
172i, 172ii,
172iii
432, 433, 434,
435, 436
500 mg/kg
50 mg/kg
101i, 101ii
50 mg/kg
474
5000 mg/kg
223, 224, 225,
FDA GRAS NOTICE GRN 278
100 mg/kg
124
220, 221, 222,
Notas 15 y 130
70 mg/kg
Nota 127
Notas 44, 127 y 143
Página 381 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
227, 228, 539
TARTRACINA
TIODIPROPIONATOS
VERDE SOLIDO FCF
Categoría de Alimentos No.
102
BPM
388, 389
1000 mg/kg
143
100 mg/kg
14.1.4.1
Aditivo
355, 356, 357,
359
Nivel Máximo
50 mg/kg
Nota 1
1520
3000 mg/kg
ROJO ALLURA AC
129
300 mg/kg
ROJO DE AZORRUBINA (CARMOISINA)
122
50 mg/kg
954
300 mg/kg
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
SULFATO DE ALUMINIO Y AMONIO
523
14.1.4.2
Directive 94/36/EC
1000 mg/kg
40 mg/kg
Bebidas
Categoría de Alimentos No.
Comentarios
Aceptado
PROPILENGLICOL
SACARINA
Notas 15 y 46
Bebidas a base de agua saborizadas con gas
INS
ADIPATOS
FDA 74.705
a
Nota 42
Nota 6
base
de
agua
incluidos los ponches de
saborizadas
sin
gas,
fruta y las limonadas y
bebidas similares
Aditivo
INS
355, 356, 357,
ADIPATOS
359
CANTAXANTINA
Nivel Máximo
50 mg/kg
161g
5 mg/kg
160b
BPM
PROPILENGLICOL
1520
3000 mg/kg
ROJO ALLURA AC
129
300 mg/kg
954
300 mg/kg
EXTRACTO DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
SACARINA
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
TARTRACINA
102
Categoría de Alimentos No.
ADIPATOS
CANTAXANTINA
CITRATO DE AMONIO FÉRRICO
COMPLEJOS CUPRICOS DE
CLOROFILAS Y CLOROFILINAS
1000 mg/kg
BPM
Nota 1
FDA 73.30
Nota 42
FDA 74.705
Concentrados (líquidos o sólidos) para bebidas a
14.1.4.3
Aditivo
Comentarios
Aceptado
base de agua saborizadas
INS
355, 356, 357,
359
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
50 mg/kg
161g
100 mg/kg
381
10 mg/kg
141i, 141ii
2000 mg/kg
Nota 1
Nota 23
Página 382 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
FOSFATO DE ALUMINIO Y SODIO
541i, 541ii
RTCA 67.04.54:10
2000 mg/kg
Nota 6
338, 339i, 339ii,
339iii, 340i,
340ii, 340iii,
341i, 341ii,
341iii, 342i,
342ii, 342iii,
FOSFATOS
343ii, 343iii,
BPM
450i, 450ii,
450iii, 450v,
450vi, 450vii,
451i, 451ii, 452i,
452ii, 452iii,
452iv, 452v, 542
POLIVINILPIRROLIDONA
1201
500 mg/kg
PROPILENGLICOL
1520
20000 mg/kg
ROJO ALLURA AC
129
BPM
954
300 mg/kg
Nota 127
1500 mg/kg
Nota 42
SACARINA
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
SULFOSUCCIONATO DE
480
DIOCTILSODICO
334; 335i, 335ii;
TARTRATOS
336i, 336ii; 337
Categoría de Alimentos No.
FDA 74.340
10 mg/kg
BPM
Café, sucedáneos del café, té, inf.-siones de hierbas y
14.1.5
otras bebidas calientes a base de cereales y granos,
excluido el cacao
Aditivo
INS
Nivel Máximo
ACESULFAME POTÁSICO
950
600 mg/kg
ÁCIDO ACÉTICO GLACIAL
260
BPM
ACIDO ASCORBICO
300
500 mg/kg
ÁCIDO CÍTRICO
330
BPM
ACIDO ERITORBICO
315
BPM
ÁCIDO FUMÁRICO
297
1000 mg/kg
296
BPM
1422
10000 mg/kg
406
2500 mg/kg
407a
BPM
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
3000 mg/kg
ALGINATO DE SODIO
401
10000 mg/kg
ALMIDÓN BLANQUEADO
1403
10000 mg/kg
ALMIDON HIDROXIPROPILICO
1440
10000 mg/kg
ÁCIDO MÁLICO (DL-)
ADIPATO DE DIALMIDÓN ACETILADO
AGAR
ALGA EUCHEUMA ELABORADA
(CARRAGENINA SEMI REFINADA)
Comentarios
Aceptado
Nota 160
Nota 2
Página 383 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
ALMIDON OXIDADO
1404
10000 mg/kg
ALMIDONES TRATADOS CON ÁCIDO
1401
10000 mg/kg
ALMIDONES TRATADOS CON BASES
1402
10000 mg/kg
1405
10000 mg/kg
ASCORBATO DE SODIO
301
BPM
ASPARTAME
951
600 mg/kg
ALMIDONES TRATADOS CON
ENZIMAS
BENZOATOS
210, 211, 212,
213
1000 mg/kg
Nota 160
Nota 13
BICARBONATO DE MAGNESIO
504ii
BPM
CARBONATO ACIDO DE SODIO
500ii
BPM
CARBONATO CÁLCICO
170i
10000 mg/kg
CARBONATO DE MAGNESIO
504i
BPM
CARBONATO DE POTASIO
501i
BPM
CARBONATO DE SODIO
500i
BPM
466
BPM
407
BPM
Nota 135
460ii
BPM
Nota 135
460i
BPM
901
BPM
Nota 108
CERA DE CANDELILLA
902
BPM
Nota 108
CERA DE CARNAUBA
903
200 mg/kg
Nota 108
CITRATO TRISODICO
331iii
BPM
CLORURO DE MAGNESIO
511
BPM
CLORURO DE POTASIO
508
BPM
CLORURO CÁLCICO
509
3200 mg/kg
CLORURO DE AMONIO
510
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE I
150a
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE II
150b
50000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
1400
BPM
Nota 90
DIMETILBICARBONATO
242
250 mg/kg
Nota 18
DIÓXIDO DE SILICIO (AMORFO)
551
20000 mg/kg
385, 386
35 mg/kg
968
40000 mg/kg
481i, 481ii
2000 mg/kg
CARBOXIMETILCELULOSA SÓDICA
CARRAGENINA Y SUS SALES
CELULOSA EN POLVO
CELULOSA MICROCRISTALINA
CERA DE ABEJA BLANCA Y
AMARILLA
DEXTRINAS, ALMIDÓN TOSTADO,
BLANCO Y AMARILLO
EDTAs
ERITRITHOL
ESTEAROIL-2-LACTILATOS
Nota 58
FDA 184.1426
Nota 58
FDA 184.1193
FDA 184.1138
Nota 2
Nota 21
Página 384 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
ESTERES ACETICOS DE LOS MONO Y
DIGLICERIDOS DE LOS ACIDOS
472a
BPM
472c
BPM
473
BPM
GRASOS
ESTERES CITRICOS Y GRASOS DEL
GLICEROL
ESTERES DE ACIDOS GRASOS Y
SACAROSA
ESTERES DE SORBITAN DE ACIDOS
GRASOS
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
491, 492, 493,
494, 495
5000 mg/kg
472e
5000 mg/kg
637
BPM
FOSFATO DE DIALMIDÓN
1412
10000 mg/kg
FOSFATO DE DIALMIDÓN ACETILADO
1414
10000 mg/kg
FOSFATO DE DIALMIDÓN FOSFATADO
1413
10000 mg/kg
1442
10000 mg/kg
1410
10000 mg/kg
FUMARATO DE SODIO
365
BPM
GLICEROL
422
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
ETILMALTOL
FOSFATO DE DIALMIDON
HIDROXIPROPILICO
FOSFATO MONOALMIDÓN
BPM
200 mg/kg
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
960
GLUCONATO SODICO
576
BPM
GLUTAMATO MONOSÓDICO
621
BPM
GOMA ARABIGA
414
BPM
GOMA DE KARAYA
416
200 mg/kg
GOMA GELAN
418
BPM
GOMA LACA
904
BPM
GOMA XANTANA
415
BPM
HIDROXI PROPIL METILCELULOSA
(HIDROXIPROPILCELULOS,
Nota 108
464, 463, 461,
465
BPM
HIDRÓXIDO DE MAGNESIO
528
BPM
INOSINATO DISÓDICO, 5´-
631
BPM
LACTATO CÁLCICO
327
10000 mg/kg
LACTATO DE SÓDIO
325
BPM
LACTITOL
966
30000 mg/kg
LECITINA
322
BPM
MALTOL
636
200 mg/kg
MONO Y DIGLICERIDOS
471
BPM
NEOTAMO
961
50 mg/kg
NITROGENO
941
BPM
METILCELULOSA, METIL ETIL
Notas 26 y 160
CELULOSA (ETIL METIL CELULOSA))
Nota 58
Nota 160
Nota 59
Página 385 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
OXIDO NITROSO
942
BPM
PECTINAS (AMIDADA Y NO AMIDADA)
440
BPM
SACARINA
954
200 mg/kg
470i
BPM
470ii
BPM
Nota 160
SALES DE ÁCIDOS MIRÍSTICO,
PALMITICO Y ESTEÁRICO (CON BASE
DE NH4, Ca, K, Na)
SALES DEL ÁCIDO OLEÍCO (Ca, K, Na)
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
1000 mg/kg
SUCROGLICERIDOS
474
1000 mg/kg
TAUMATUINA
957
BPM
XILITOL
967
30000 mg/kg
Categoría de Alimentos No.
Bebidas alcohólicas, incluidas las bebidas similares
14.2
Aditivo
Nota 42
sin alcohol y con bajo contenido de alcohol
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
ACIDO TANICO
181
150 mg/kg
FDA 184. 1097
ACIDO TANICO
181
150 mg/kg
FDA 184. 1097
COLOR CARAMELO, CLASE II
150b
50000 mg/kg
PROPILENGLICOL
1520
50000 mg/kg
Categoría de Alimentos No.
14.2.1
Aditivo
ADIPATOS
Cerveza y bebidas a base de malta
INS
355, 356, 357,
359
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
200 mg/kg
Nota 1
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
3000 mg/kg
AZUL BRILLANTE FCF
133
200 mg/kg
CARMINES
120
100 mg/kg
160aii
600 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
900a
10 mg/kg
385, 386
25 mg/kg
163ii
1500 mg/kg
1201
10 mg/kg
Nota 36
50 mg/kg
Nota 44
CAROTENOS VEGETALES
DIMETILPOLISILOXANO
EDTAs
EXTRACTO DE PIEL DE UVA
(ENOCIANINA)
POLIVINILPIRROLIDONA
Nota 21
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
227, 228, 539
Página 386 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
Categoría de Alimentos No.
14.2.2
Aditivo
RTCA 67.04.54:10
Sidra y sidra de pera
INS
Nivel Máximo
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
200 mg/kg
AZUL BRILLANTE FCF
133
200 mg/kg
210, 211, 212,
BENZOATOS
213
CARMINES
120
Comentarios
Aceptado
1000 mg/kg
Notas 13 y 124
200 mg/kg
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
200 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
600 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
242
250 mg/kg
900a
10 mg/kg
472e
5000 mg/kg
637
BPM
163ii
1500 mg/kg
132
200 mg/kg
1105
500 mg/kg
MALTOL
636
250 mg/kg
MARRON HT
155
200 mg/kg
NEGRO BRILLANTE PN
151
200 mg/kg
1201
2 mg/kg
101i, 101ii
300 mg/kg
DIMETILBICARBONATO
DIMETILPOLISILOXANO
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
ETILMALTOL
EXTRACTO DE PIEL DE UVA
(ENOCIANINA)
INDIGOTINA
LISOZIMA
POLIVINILPIRROLIDONA
RIBOFLAVINAS
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
Nota 18
Nota 36
2000 mg/kg
Nota 42
200 mg/kg
Nota 44
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
227, 228, 539
Categoría de Alimentos No.
Aditivo
14.2.3
Vinos de uva
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
ÁCIDO ASCORBICO
300
250 mg/kg
ÁCIDO CÍTRICO
330
4000 mg/kg
ACIDO ERITORBICO
315
250 mg/kg
ÁCIDO FUMÁRICO
297
3000 mg/kg
ÁCIDO LÁCTICO (L, D y DI)
270
4000 mg/lg
Nota 109
Página 387 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
ÁCIDO MÁLICO (DL-)
RTCA 67.04.54:10
296
4000 mg/kg
1100
BPM
ASCORBATO DE SODIO
301
200 mg/kg
ASCORBATO CALCICO
302
BPM
CARBONATO ACIDO DE POTASIO
501ii
5000 mg/kg
CARBONATO CÁLCICO
170i
3500 mg/kg
CARBONATO DE POTASIO
501i
5000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE I
150a
BPM
DIMETILBICARBONATO
242
200 mg/kg
DIÓXIDO DE CARBONO
290
BPM
DIÓXIDO DE SILICIO AMORFO
551
2000 mg/kg
ESTEARATOS DE POLIOXIETILENO
430, 431
BPM
ESTERES DE SORBITAN DE ACIDOS
491, 492, 493,
ALFA AMILASA (CARBOHYDRASA)
(BACILLUS LICHENIFORMIS
GRASOS
494, 495
FDA 184.1027 Y 184.1148
Nota 18
FDA 184.1240
FDA 172.480
1000 mg/kg
ETILMALTOL
637
BPM
GOMA ARABIGA
414
300 mg/kg
GOMA DE KARAYA
416
200 mg/kg
LISOZIMA
1105
500 mg/kg
MALATO CALCICO
352ii
BPM
941
BPM
FDA 184.1540
1102
BPM
FDA 184.1034
NITROGENO
OXIDASA DE GLUCOSA
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
SULFATO CALCICO
516
2000 mg/kg
Nota 93
Nota 42
70 mg/kg
FDA 184.1230
350 mg/kg
Notas 44 y 103
BPM
FDA 184.1077
BPM
FDA 184.1099
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
227, 228, 539
TARTRATO MONOPOTÁSICO
336i
334, 335i, 335ii,
TARTRATOS
336i, 336ii, 337
Categoría de Alimentos No.
Aditivo
14.2.3.2
Vinos de uva espumosos y semiespumosos
INS
Nivel Máximo
Aceptado
ALGINATO DE CALCIO
404
4000 mg/kg
ALGINATO DE POTASIO
402
200 mg/kg
1101iii
BPM
163ii
1500 mg/kg
BROMELINA (PROTEASAS)
EXTRACTO DE PIEL DE UVA
(ENOCIANINA)
Comentarios
Página 388 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
Categoría de Alimentos No.
Vino de uva enriquecido, vino de uva licoroso y
14.2.3.3
Aditivo
RTCA 67.04.54:10
vino de uva dulce
INS
Nivel Máximo
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
163ii
1500 mg/kg
ROJO DE REMOLACHA
162
BPM
SULFATO CÁLCICO
516
2000 mg/kg
EXTRACTO DE PIEL DE UVA
(ENOCIANINA)
Categoría de Alimentos No.
14.2.4
Aditivo
Vinos (distintos de los de uva)
INS
Nivel Máximo
123
30 mg/kg
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
200 mg/kg
133
200 mg/kg
BENZOATOS
CARMINES
210, 211, 212,
213
120
Comentarios
Aceptado
AMARANTO
AZUL BRILLANTE FCF
Comentarios
Aceptado
1000 mg/kg
Nota 13
200 mg/kg
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
200 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
600 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
CURCUMINA
100i
200 mg/kg
DIMETILBICARBONATO
242
250 mg/kg
472e
5000 mg/kg
637
BPM
163ii
1500 mg/kg
INDIGOTINA
132
200 mg/kg
MALTOL
636
250 mg/kg
MARRON HT
155
200 mg/kg
NEGRO BRILLANTE PN
151
200 mg/kg
101i, 101ii
300 mg/kg
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
ETILMALTOL
EXTRACTO DE PIEL DE UVA
(ENOCIANINA)
RIBOFLAVINAS
SORBATOS
200i, 201, 202,
203
Nota 18
2000 mg/kg
Nota 42
200 mg/kg
Nota 44
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
227, 228, 539
Página 389 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
Categoría de Alimentos No.
14.2.5
Aditivo
Aguamiel
INS
210, 211, 212,
BENZOATOS
RTCA 67.04.54:10
213
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
1000 mg/kg
Nota 13
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
242
200 mg/kg
Nota 18
200 mg/kg
Nota 42
200 mg/kg
Nota 44
DIMETILBICARBONATO
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
227, 228, 539
Categoría de Alimentos No.
Licores destilados que contengan más de un 15 por
14.2.6
Aditivo
ciento de alcohol
INS
Nivel Máximo
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
3000 mg/kg
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
200 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
200 mg/kg
AZUL BRILLANTE FCF
133
200 mg/kg
161g
5 mg/kg
120
200 mg/kg
CANTAXANTINA
CARMINES
Comentarios
Aceptado
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
200 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
600 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
CURCUMINA
100i
200 mg/kg
385, 386
25 mg/kg
127
BPM
472e
5000 mg/kg
163ii
1500 mg/kg
EDTAs
ERITROSINA
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
EXTRACTO DE PIEL DE UVA
(ENOCIANINA)
FOSFATOS
Nota 21
338, 339i, 339ii,
339iii, 340i,
340ii, 340iii,
440 mg/kg
341i, 341ii,
341iii, 342i,
Nota 33 y 88
342ii, 342iii,
343ii, 343iii,
450i, 450ii,
450iii, 450v,
Página 390 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
450vi, 450vii,
451i, 451ii, 452i,
452ii, 452iii,
452iv, 452v, 542
INDIGOTINA
MARRON HT
132
300 mg/kg
155
200 mg/kg
432, 433, 434,
POLISORBATOS
435, 436
PONCEAU 4R
RIBOFLAVINAS
ROJO ALLURA AC
124
200 mg/kg
101i, 101ii
BPM
129
300 mg/kg
200i, 201, 202,
SORBATOS
203
SUCROGLICÉRIDOS
120 mg/kg
474
600 mg/kg
Nota 42
5000 mg/kg
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
200 mg/kg
Nota 44
227, 228, 539
TARTRACINA
102
300 mg/kg
VERDE SOLIDO FCF
143
100 mg/kg
XILITOL
967
BPM
Bebidas
Categoría de Alimentos No.
14.2.7
alcohólicas
saborizadas
(p.ej.,
cerveza,
vino y bebidas espirituosas tipo refresco, refrescos
con bajo contenido de alcohol)
Aditivo
INS
Nivel Máximo
900a
10 mg/kg
ACESULFAME POTÁSICO
950
350 mg/kg
AMARANTO
123
30 mg/kg
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
200 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
200 mg/kg
ASPARTAME
951
600 mg/kg
133
200 mg/kg
DIMETILPOLISILOXANO
AZUL BRILLANTE FCF
BENZOATOS
CANTAXANTINA
CARMINES
210, 211, 212,
213
Comentarios
Aceptado
1000 mg/kg
161g
5 mg/kg
120
200 mg/kg
Nota 13
Nota 178
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
200 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
600 mg/kg
CICLAMATOS
952
250 mg/kg
CLOROFILAS
140
BPM
Nota 17
FDA 73.125
Página 391 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
COLOR CARAMELO, CLASE I
150a
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
CURCUMINA
100i
200 mg/kg
DIOXIDO DE TITANIO
171
BPM
385, 386
25 mg/kg
127
BPM
472e
10000 mg/kg
163ii
1500 mg/kg
160b
BPM
EDTAs
ERITROSINA
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
EXTRACTO DE PIEL DE UVA
(ENOCIANINA)
EXTRACTOS DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
Nota 21
338, 339i, 339ii,
339iii, 340i,
340ii, 340iii,
341i, 341ii,
341iii, 342i,
342ii, 342iii,
FOSFATOS
343ii, 343iii,
BPM
FDA 182.6290
450i, 450ii,
450iii, 450v,
450vi, 450vii,
451i, 451ii, 452i,
452ii, 452iii,
452iv, 452v, 542
200 mg/kg
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
960
INDIGOTINA
132
200 mg/kg
MARRON HT
155
200 mg/kg
NEGRO BRILLANTE PN
151
200 mg/kg
NEOTAMO
961
33 mg/kg
POLISORBATOS
PONCEAU 4R
432, 433, 434,
435, 436
Nota 26
120 mg/kg
124
200 mg/kg
101i, 101ii
100 mg/kg
ROJO ALLURA AC
129
200 mg/kg
ROJO DE REMOLACHA
162
BPM
SACARINA
954
80 mg/kg
SALES DE ASPARTAME Y
962
350 mg/kg
Nota 113
500 mg/kg
Nota 42
RIBOFLAVINAS
ACESULFAME
SORBATOS
200i, 201, 202,
203
SUCRALOSA
955
700 mg/kg
SUCROGLICERIDOS
474
5000 mg/kg
220, 221, 222,
350 mg/kg
SULFITOS
Nota 44
Página 392 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
223, 224, 225,
227, 228, 539
TARTRACINA
102
200 mg/kg
VERDE SOLIDO FCF
143
100 mg/kg
Categoría de Alimentos No.
15.0
Aditivo
Aperitivos listos para el consumo
INS
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
ACESULFAME POTASICO
950
350 mg/kg
ASPARTAME
951
500 mg/kg
BHT BUTILHIDROXITOLUENO
321
200 mg/kg
901
BPM
Nota 3
CERA DE CANDELILLA
902
BPM
Nota 3
CERA DE CARNAUBA
903
200 mg/kg
Nota 3
COLOR CARAMELO, CLASE II
150b
10000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
BPM
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
BPM
160b
BPM
CERA DE ABEJA BLANCA Y
AMARILLA
EXTRACTO DE BIJA, BIXINA,
NORBIXINA, ANNATO
FDA 73.30
170 mg/kg
GLICOSIDOS DE ESTEVIOL
960
GOMA LACA
904
BPM
NEOTAMO
961
32 mg/kg
SACARINA
954
100 mg/kg
SILICATO DE ALUMINIO Y SODIO
554
30000 mg/kg
556
30000 mg/kg
553i
30000 mg/kg
955
1000 mg/kg
SILICATO DE CALCIO Y ALUMINIO
(CAOLIN) (SINTETICO)
SILICATO DE MAGNESIO (SINTETICO)
SUCRALOSA
334; 335i, 335ii;
TARTRATOS
336i, 336ii; 337
TBHQ
TIODIPROPIONATOS
Nota 26
Nota 3
2000 mg/kg
Nota 45
319
200 mg/kg
Notas 15 y 130
388, 389
200 mg/kg
Nota 46
Aperitivos
Categoría de Alimentos No.
Notas 15 y 130
15.1
a
base
de
patatas
(papas),
cereales,
harina o almidón (derivados de raíces y tubérculos,
legumbres y leguminosas)
Aditivo
ADIPATOS
INS
355, 356, 357,
359
Nivel Máximo
Comentarios
Aceptado
13000 mg/kg
ALGINATO DE PROPILENGLICOL
405
3000 mg/kg
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
200 mg/kg
Nota 1
Página 393 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
AMARILLO OCASO FCF
AZUL BRILLANTE FCF
110
200 mg/kg
133
200 mg/kg
210, 211, 212,
BENZOATOS
RTCA 67.04.54:10
213
1000 mg/kg
BETA CICLODEXTRINA
459
500 mg/kg
BHA BUTILHIDROXIANISOL
320
200 mg/kg
161g
BPM
120
200 mg/kg
CANTAXANTINA
CARMINES
Nota 13
Notas 15 y 130
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
400 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
400 mg/kg
100i
200 mg/kg
262ii
500 mg/kg
127
BPM
481i, 481ii
5000 mg/kg
304, 305
200 mg/kg
472e
20000 mg/kg
310
200 mg/kg
214, 218
1000 mg/kg
INDIGOTINA
132
300 mg/kg
MARRON HT
155
200 mg/kg
151
200 mg/kg
CURCUMINA
DIACETATO DE SODIO
ERITROSINA
ESTEAROIL-2-LACTILATOS
ÉSTERES DE ASCORBILO
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
GALATO DE PROPILO
HIDROXIBENZOATOS, P-
NEGRO BRILLANTE PN
172i, 172ii,
ÓXIDOS DE HIERRO
172iii
PONCEAU 4R
PROPILENGLICOL
RIBOFLAVINAS
ROJO ALLURA AC
SORBATOS
200 mg/kg
1520
300 mg/kg
101i, 101ii
1000 mg/kg
129
200 mg/kg
203
SULFATO DE ALUMINIO Y AMONIO
523
Notas 15 y 130
Nota 140
500 mg/kg
124
200i, 201, 202,
Nota 10
1000 mg/kg
500 mg/kg
Nota 42
Nota 6
220, 221, 222,
SULFITOS
223, 224, 225,
50 mg/kg
Nota 44
227, 228, 539
TARTRACINA
TOCOFEROLES
Categoría de Alimentos No.
Aditivo
102
300 mg/kg
307a,307b, 307c
200 mg/kg
Nueces elaboradas, incluidas las nueces revestidas
15.2
y mezclas de nueces (p. ej., con frutas secas)
INS
Nivel Máximo
Aceptado
Comentarios
Página 394 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
AMARILLO DE QUINOLEINA
104
100 mg/kg
AZUL BRILLANTE FCF
133
100 mg/kg
BHA BUTILHIDROXIANISOL
320
200 mg/kg
120
100 mg/kg
CARMINES
Notas 15 y 130
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
100 mg/kg
160f
CAROTENOS VEGETALES
160aii
20000 mg/kg
100i
100 mg/kg
304, 305
200 mg/kg
472e
10000 mg/kg
GALATO DE PROPILO
310
200 mg/kg
INDIGOTINA
132
100 mg/kg
MARRON HT
155
100 mg/kg
NEGRO BRILLANTE PN
151
100 mg/kg
CURCUMINA
ÉSTERES DE ASCORBILO
ESTERES DIACETILTARTARICOS Y DE
LOS ACIDOS GRASOS DE GLICEROL
172i, 172ii,
ÓXIDOS DE HIERRO
172iii
PONCEAU 4R
PROPILENGLICOL
RIBOFLAVINAS
ROJO ALLURA AC
SORBATOS
100 mg/kg
1520
20000 mg/kg
101i, 101ii
1000 mg/kg
129
100 mg/kg
203
TARTRACINA
TOCOFEROLES
Categoría de Alimentos No.
Aditivo
ACESULFAME POTÁSICO
ADIPATOS
1000 mg/kg
102
100 mg/kg
307a, 307b, 307c
1500 mg/kg
en las categorías 01 a 15).
INS
950
355, 356, 357,
359
Nivel Máximo
350 mg/kg
200 mg/kg
500 mg/kg
AMARILLO OCASO FCF
110
500 mg/kg
133
100 mg/kg
CANTAXANTINA
210, 211, 212,
213
161g
Comentarios
Aceptado
104
BENZOATOS
Nota 42
Alimentos compuestos (que no pueden clasificarse
16.0
AMARILLO DE QUINOLEINA
AZUL BRILLANTE FCF
Notas 15 y 130
400 mg/kg
124
200i, 201, 202,
Nota 10
1000 mg/kg
BPM
Notas 1 y 2
Nota 2
Nota 13
Nota 2
160a(i),
CAROTENOIDES
160a(iii), 160e,
500 mg/kg
160f
Página 395 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
CAROTENOS VEGETALES
RTCA 67.04.54:10
160aii
1000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE II
150b
20000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE III
150c
1000 mg/kg
COLOR CARAMELO, CLASE IV
150d
1000 mg/kg
127
BPM
541i, 541ii
190 mg/kg
132
500 mg/kg
155
500 mg/kg
ERITROSINA
FOSFATO DE ALUMINIO Y SODIO
INDIGOTINA
MARRON HT
POLISORBATOS
432, 433, 434,
435, 436
129
500 mg/kg
SACARINA
954
200 mg/kg
TARTRACINA
TARTRATOS
200i, 201, 202,
203
102
334; 335i, 335ii;
336i, 336ii; 337
Nota 61
1000 mg/kg
ROJO ALLURA AC
SORBATOS
Nota 2
1000 mg/kg
Nota 42
500 mg/kg
600 mg/kg
Notas 2 y 45
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
NOTAS A LOS COMENTARIOS DE LOS ADITIVOS ALIMENTARIOS
Nota 1:
Como ácido adípico.
Nota 2:
En el ingrediente seco, peso en seco, mezcla seca, o tomando como base el concentrado.
Nota 3:
Tratamiento superficial.
Nota 4:
Para decoración, sellado, marcado o marcado al fuego del producto.
Nota 5:
En las materias primas para la elaboración del alimento acabado.
Nota 6:
Como aluminio.
Nota 7:
La dosis de uso no se refiere al alimento acabado.
Nota 8:
Como bixina.
Nota 9:
Como bixina o norbixina total.
Nota 10:
Como estearato de ascorbilo.
Nota 11 :
Tomando como base la harina.
Nota 12 :
Transferencia procedente de sustancias aromatizantes.
Nota 13 :
Como ácido benzoico.
Nota 14 :
En una presentación de dilución mayor a 5x.
Nota 15 :
Tomando como base las grasas o los aceites.
Nota 16 :
Para uso en el glaseado, rebozado o decoración de frutas, hortalizas, carnes o pescados.
Nota 17 :
Como ácido ciclámico.
Nota 18 :
Dosis añadida; residuos no detectados en los alimentos listos para el consumo.
Nota 19 :
En la grasa del cacao; dosis de uso tomando como base el alimento listo para el consumo.
Nota 20 :
En la cantidad total de estabilizadores, espesantes, y/o gomas.
Nota 21 :
Como EDTA cálcico disódico anhidro.
Nota 22 :
Sólo para uso en productos pesqueros ahumados.
Nota 23 :
Como hierro.
Nota 24 :
Como ferrocianuro de sodio anhidro.
Nota 25 :
Como ácido fórmico.
Nota 26 :
Como equivalentes de esteviol
Nota 27 :
Como ácido p-hidroxibenzoico.
Nota 28 :
Conversión de la IDA: si un preparado clásico contiene 0.025 µg/U, la IDA de 33000 U/kg
de pc se calcula como sigue:[(33000 U/kg de pc) x (0.025 µg/U) x (1 mg/1000 µg)] = 0.825
mg/kg de pc.
Nota 29 :
Bases de presentación no especificadas.
Nota 30 :
Como ion residual de NO3.
Nota 31 :
Del puré que se use.
Nota 32 :
Como ion residual de NO2.
Nota 33 :
Como fósforo.
Nota 34 :
Tomando como base el anhidro.
Nota 35 :
Sólo para uso en los zumos (jugos) turbios.
Nota 36 :
Dosis residual.
Nota 37 :
Como peso del extracto magro de la leche.
Nota 38 :
Dosis en la mezcla que se ha de descremar.
Nota 39 :
Sólo cuando el producto contiene mantequilla (manteca) u otras grasas y aceites.
Nota 40 :
Sólo SIN 451i (Trifosfato pentasódico), para mejorar la eficacia de los benzoatos y sorbatos.
Nota 41 :
Sólo en empanizados o albardillas, rebozados.
Nota 42 :
Como ácido sórbico.
Nota 43 :
Como estaño.
Nota 44 :
Como SO2 residual.
Nota 45 :
Como ácido tartárico.
Nota 46 :
Como ácido tiodipropiónico.
Página 397 de 410
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
Nota 47 :
En el peso de la yema del huevo, en seco.
Nota 48 :
Sólo para las aceitunas.
Nota 49 :
Sólo para uso en los frutos cítricos.
Nota 50 :
Sólo para uso en las huevas de pescado.
Nota 51 :
Sólo para uso en las hierbas.
Nota 52 :
Excluida la leche chocolatada.
Nota 53 :
Sólo para uso en rebozados.
Nota 54 :
Unicamente para el uso de cócteles de cereza y cerezas caramelos.
RTCA 67.04.54:10
Nota 55 :
Dosis añadida.
Nota 56 :
Siempre y cuando no haya almidón presente.
Nota 57 :
Las BPM indican 1 parte de peróxido de benzoílo y no más de 6 partes del aditivo en
cuestión, en peso.
Nota 58 :
Como calcio.
Nota 59:
Como gas de envasado.
Nota 60:
Si se utiliza como gasificante, el CO2 en el vino terminado no deberá sobrepasar un valor de
Nota 61:
Sólo para uso en pescado picado.
39.2mg/kg.
Nota 62 :
Como cobre.
Nota 63:
En la cantidad de ingredientes lácteos.
Nota 64 :
Dosis añadida a frijoles; 200 mg/kg en el alimento listo para el consumo, tomando como
Nota 65 :
Transferencia procedente de las preparaciones nutritivas.
base el anhidro.
Nota 66 :
Como formaldehído. Sólo para uso en el queso provolone.
Nota 67 :
Salvo para uso en claras de huevo líquidas a 8800 mg/kg como fósforo, y en huevos enteros
Nota 68:
Para su uso en productos sin azúcar añadido únicamente.
líquidos a 14,700 mg/kg como fósforo.
Nota 69 :
Como gasificante.
Nota 70 :
Como ácido.
Nota 71 :
Sólo sales de calcio, potasio y sodio.
Nota 72 :
Tomando como base el producto listo para el consumo.
Nota 73 :
Salvo en pescado entero.
Nota 74 :
Excluyendo el suero líquido y los productos de suero que se utilizan como ingrediente en
Nota 75 :
Sólo para uso en leche en polvo para máquinas expendedoras.
preparados para lactantes.
Nota 76 :
Sólo para uso en las patatas (papas).
Nota 77:
Para usos nutricionales especiales únicamente.
Nota 78:
Sólo para uso en tocino (embutido fresco, curado).
Nota 79:
Sólo para uso en las nueces.
Nota 80:
Equivalente a una aplicación superficial de 2 mg/dm2 por una profundidad máxima de 5
Nota 81:
Equivalente a una aplicación superficial de 1 mg/dm2 por una profundidad máxima de 5
Nota 82:
Para uso en camarones; 6000 mg/kg para Crangon crangon y Crangon vulgaris.
mm.
mm.
Nota 83:
Solo la forma L(+).
Nota 84:
Sólo para los lactantes mayores de un año de edad.
Nota 85:
Se excluye el uso en productos de surimi y hueva de pescado a 500 mg/kg.
Nota 86:
Sólo para uso en aderezos batidos para postres, distintos a la crema (nata).
Nota 87:
Dosis de tratamiento.
Nota 88:
Transferencia procedente del ingrediente.
Nota 89:
Salvo para uso en KONBU (un tipo de alga) seco, a 150 mg/kg.
Nota 90:
Para uso en mezclas de leche y sacarosa utilizadas en el producto terminado.
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
Nota 91:
Benzoatos y sorbatos, solos o mixtos.
Nota 92 :
Excluidas las salsas a base de tomate.
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Nota 93:
Salvo el vino simple producido a partir de las uvas Vitis vinifera.
Nota 94 :
Sólo para uso en longaniza (embutido fresco, sin curar).
Nota 95 :
Sólo para uso en productos de surimi y hueva de pescado.
Nota 96 :
Sobre la base del peso seco de un edulcorante de alta intensidad
Nota 97 :
En productos de cacao y chocolate.
Nota 98 :
Para el control del polvo.
Nota 99 :
Sólo para uso en filetes de pescado y pescado picado.
Nota 100:
Para uso como agente dispersante en aceite de eneldo utilizado en el alimento final.
Nota 101:
La dosis de uso individual, en combinación no debe sobrepasar los 15 000 mg/kg.
Nota 102 :
Para uso en emulsiones de grasa para hornear únicamente.
Nota 103 :
Salvo para uso en vinos blancos especiales a 400 mg/kg.
Nota 104 :
Máximo residuo de 5000 mg/kg en panes y productos de panadería de masa leudada.
Nota 105 :
Salvo para uso en tiras de calabaza (calabacín) secas (KAMPYO) a 5000 mg/kg.
Nota 106 :
Salvo para uso en mostaza de Dijon a 500 mg/kg.
Nota 107 :
Excepto
para
el
uso de ferrocianuro de sodio (SIN
535) en sal
dendrítica
de calidad
alimentaria en un nivel de 29 mg/kg como ferrocianuro de sodio anhidro.
Nota: 108:
Sólo para uso en café en grano.
Nota :109:
Dosis de uso expresada como 25 lbs/1000 gal x (0.45 kg/lb) x (1 gal/3.75 L) x (1 L/kg) x
Nota 110:
Sólo para uso en patatas (papas) fritas congeladas.
Nota 111:
Excluyendo el jarabe de glucosa seco usado en la fabricación de confitería de azúcar a 150
Nota 112:.
Sólo para uso en queso rallado.
(106 mg/kg) = 3000 mg/kg.
mg/kg y jarabe de glucosa usado en la fabricación de confitería de azúcar a 400 mg/kg.
Nota 113:
Nivel de utilización registrado como equivalentes de acesulfame potásico.
Nota 114:
Salvo el cacao en polvo.
Nota 115:
Sólo para uso en el zumo (jugo) de piña.
Nota 116:
Sólo para el uso en masas.
Nota 117:
Salvo para el uso en longaniza (embutido fresco, sin curar) a 1000 mg/kg.
Nota 118:
Salvo para el uso en tocino (embutido fresco, curado) a 1000 mg/kg.
Nota 119:
Nivel de utilización registrado como equivalentes de aspartame.
Nota 120:
Sólo para el uso en caviar a 2500 mg/kg.
Nota 121:
Salvo productos pesqueros fermentados a 1000 mg/kg.
Nota 122:
Sujeto a las leyes nacionales del país importador.
Nota 123:
1000 mg/kg para bebidas con un pH mayor a 3.5.
Nota 124:
Sólo para productos que contienen menos de 7% etanol.
Nota 125:
Para uso como agente antiadherente para moldes para hornear en una mezcla con aceite
vegetal.
Nota 126:
Para efectos antiadherentes en la masa, al dividirla y hornearla solamente.
Nota 127 :
Según se sirve al consumidor.
Nota 128 :
Sólo SIN 334 (Ácido tartárico).
Nota 129 :
Para uso como un regulador de la acidez en el zumo (jugo) de uva.
Nota 130:
Solos o mixtos: Butilhidroxianisol (BHA, INS 320), Butilhidroxitolueno (BHT, INS 321),
Nota 131:
Como resultado de la utilización de aspartame como vehículo de sabor.
Nota 132:
Excepto para uso en un nivel de 500 mg/kg (extracto seco) en bebidas semicongeladas.
Nota 133:
Para Costa Rica 0 mg/kg y para Nicaragua 30 mg/kg.
Terbutilhidroquinona (TBHQ, INS 319), y galato de propilo (INS 310).
Nota 134:
Unicamente en saborizantes citricos en base de aceite.
Nota 135:
Aplica solo en bebidas calientes a base de cereales y granos.
Nota 136:
En combinación con sorbatos y benzoatos.
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
Nota 137 :
En combinación con sorbatos y benzoatos donde el máximo es de 500 de hidroxibenzoatos.
Nota 138:
Mezclado con benzoatos.
Nota 139:
Solo para productos líquidos.
Nota 140:
En combinación con sorbatos.
Nota 141:
Solo para pescado ahumado 100 mg/kg.
Nota 142:
Solo como gasificante en preparados para destete.
Nota 143:
Con fines distintos a la edulcoración.
Nota 144:
Como potenciador de sabor.
Nota 145:
Los productos tienen un contenido energético reducido o carecen de azúcar añadido.
Nota 146:
Nivel de utilización para el
-caroteno sintético (SIN 160ai); 35 mg/kg para el
carotenal (SIN 160e) y el ester metílico o etílico del ácido
Nota 147:
-apo-8-
-apo-8 carotenoico (SIN 160f).
Excluido el suero de leche en polvo destinado a alimentos para lactantes.
Nota 148:
Uso como sinérgico de antioxidantes.
Nota 152:
Para freír únicamente.
Nota 153:
Para uso en los fideos instantáneos únicamente.
Nota 154:
Para uso en la leche de coco únicamente.
Nota 155:
Para uso en las manzanas cortadas y congeladas únicamente.
Nota 156:
Para uso en microdulces y mentas para refrescar el aliento a 2500 mg/kg.
Nota 158:
Para uso en microdulces y mentas para refrescar el aliento a 1000 mg/kg.
Nota 159:
Para uso en jarabe para panqueques y jarabe de arce.
Nota 160:
Para
uso
en
productos listos
para
tomar
y
premezclas de productos
listos para
tomar
únicamente.
Nota 162:
Para uso en productos deshidratados y productos tipo salami únicamente.
Nota 163:
Para uso en microdulces y mentas para refrescar el aliento a 3000 mg/kg.
Nota 164:
Para uso en microdulces y mentas para refrescar el aliento a 30 000 mg/kg.
Nota 165:
Para uso en productos con fines nutritivos especiales únicamente.
Nota 166:
Para pastas para untar a base de leche únicamente.
Nota 167:
Para productos deshidratados únicamente.
Nota 168:
Extracto de quilaya, tipo 1 (SIN 999(i)) únicamente. La dosis máxima de uso aceptable se
Nota 169:
Solamente para uso en las emulsiones a base de grasa para untar emparedados.
expresa en base a saponina.
Nota 171:
Excluye la grasa de leche anhidra.
Nota 174:
Individualmente o combinados: silicato de aluminio y sodio (SIN 554), silicato de aluminio
Nota 177:
Sólo para uso en queso rebanado, desmenuzado o rallado.
Nota 178:
Expresado como ácido carmínico.
Nota 180:
Presentado como betacaroteno.
y calcio (SIN 556) y silicato de aluminio (SIN 559).
Nota 181:
Expresado como antocianina.
Nota 182:
Excepto para uso en la leche de coco.
Nota 183:
Los productos que corresponden a la Norma para el chocolate y productos de chocolates
Nota 186:
Sólo para uso en las harinas con aditivos.
Nota 193:
Solo para uso en pastas de crustáceos o de pescado.
[CODEX STAN 87-1981] sólo pueden usar colorantes para la decoración de la superficie.
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
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ANEXO III
(NORMATIVO)
ADITIVOS CUYO USO SE PERMITE EN GENERAL, DE CONFORMIDAD CON LAS
BUENAS PRÁCTICAS MANUFACTURA
INS
ADITIVO
1420
Acetato de almidón
264
Acetato de Amónio
263
Acetato de calcio
262i
Acetato sódico
261
Acetatos de potasio
260
Ácido acético, glacial
400
Ácido algínico
300
Ácido ascórbico
330
Ácido cítrico
507
Ácido clorhídrico
315
Ácido eritórbico
297
Ácido fumárico
620
Ácido glutámico (L(+)-)
626
Ácido guanílico, 5'-
630
Ácido inosínico
270
Ácido láctico (L-, D- y DL-)
296
Ácido málico (DL-)
280
Ácido propiónico
1422
Adipato de dialmidón acetilado
406
Agar
1100
Alfa-amilasa (Aspergillus oryzae var.)
1100
Alfa-Amilasa (Bacillus Megaterium Expressed In Bacillus Subtilis)
1100
Alfa-Amilasa (Bacillus Stearothermophilus Expressed In Bacillus Subtilis)
1100
Alfa-Amilasa (Bacillus Stearothermophilus)
1100
Alfa-amilasa (Bacillus subtilis)
1100
Alfa-amilasa (Carbohydrasa) (Bacillus licheniformis)
457
Alfa-Ciclodextrina
407a
Alga Eucheuma elaborada (carragenina semi refinada)
403
Alginato de amonio
404
Alginato de calcio
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
402
Alginato de potasio
401
Alginato de sodio
1451
Almidón acetilado oxidado
1403
Almidón blanqueado
1440
Almidón hidroxipropílico
1404
Almidón oxidado
1401
Almidones tratados con ácido
1402
Almidones tratados con bases
1405
Almidones tratados con enzimas
302
Ascorbato cálcico
303
Ascorbato de potasio
301
Ascorbato de sodio
1101iii
Bromelina (proteasas)
503ii
Carbonato ácido de amonio
504ii
Bicarbonato de magnesio
501ii
Carbonato ácido de potasio
500ii
Carbonato ácido de sodio
170i
Carbonato cálcico
504i
Carbonato de magnesio
501i
Carbonato de potasio
500i
Carbonato de sodio
503i
Carbonato de amonio
469
Carboximetilcelulosa hidrolizada enzimáticamente
466
Carboximetilcelulosa sódica
468
Carboximetilcelulosa sódica reticulada
407
Carragenina y sus sales
460ii
Celulosa en polvo
460i
Celulosa microcristalina
380
Citrato de amónio
380
Citrato de triamónio
332i
Citrato dipotásico
331i
Citrato diácido sódico
332ii
Citrato tripotásico
331iii
Citrato trisódico
333
Citratos de calcio
333iii
Citrato tricálcico
140
Clorofilas
RTCA 67.04.54:10
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
509
Cloruro cálcico
510
Cloruro de amonio
508
Cloruro de potasio
511
Cloruro de magnesio
150a
Color caramelo, clase I
424
Curdlan
1400
Dextrinas, almidón tostado, blanco y amarillo
625
Diglutamato magnésico, Dl-L-
290
Anhídrido carbónico (Dióxido de carbono)
551
Dióxido de silicio (amorfo)
171
Dióxido de titanio
316
Eritorbato de sodio
968
Eritrithol
472a
Ésteres acéticos de los mono y diglicéridos de los ácidos grasos
472c
Ésteres cítricos y grasos del glicerol
472b
Ésteres lácticos y de ácidos grasos de glicerol
462
Etil celulosa
467
Etilhidroxietilcelulosa
465
Metil Etil Celulosa (Etil Metil Celulosa)
1412
Fosfato de dialmidón
1414
Fosfato de dialmidón acetilado
1413
Fosfato de dialmidón fosfatado
1442
Fosfato de dialmidón hidroxipropílico
1410
Fosfato monoalmidón
365
Fumarato de sodio
458
Gamma-Ciclodextrina
422
Glicerol
578
Gluconato cálcico
580
Gluconato de Magnésio
577
Gluconato de Potásio
576
Gluconato sódico
575
Glucono-delta-lactona
623
Glutamato cálcico, Di-L-
624
Glutamato monoamónico
622
Glutamato monopotásico
621
Glutamato monosódico
414
Goma arábiga
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
410
Goma de semillas de algarrobo
418
Goma gelan
412
Goma guar
416
Goma de karaya
417
Goma tara
413
Goma tragacanto
415
Goma xantana
629
Guanilato cálcico, 5'-
628
Guanilato dipotásico, 5'-
627
Guanilato disódico, 5'-
425
Harina de konjac
351i
Hidrogenomalato de potásio
350i
Hidrogenomalato de sodio
526
Hidróxido cálcico
527
Hidróxido de Amónio
528
Hidróxido de magnesio
525
Hidróxido de potasio
524
Hidróxido de sodio
463
Hidroxipropilcelulosa
464
Hidroxi propil metilcelulosa
633
Inosinato cálcico, 5'-
632
Inosinato dipotásico, 5'-
631
Inosinato disódico, 5'-
1103
Invertasa (S cerevisiae)
953
Isomaltosa
964
Jarabe de poliglicitol
420ii
Jarabe de sorbitol
327
Lactato cálcico
328
Lactato de amónio
329
Lactato de magnésio
326
Lactato de potasio
325
Lactato de sodio
966
Lactitol
322i
Lecitina
1104
Lipasa (Aspergillus oryzae var.)
1104
Lipasa (origen animal)
352ii
Malato cálcico
RTCA 67.04.54:10
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
351ii
Malato de potásio
350ii
Malato sódico
965
Maltitol y jarabe de maltitol
421
Manitol
461
Metilcelulosa
471
Mono y diglicéridos
941
Nitrógeno
1450
Almidón octenil succinato sódico
1102
Oxidasa de glucosa
529
Óxido de calcio
530
Óxido de magnesio
942
Óxido nitroso
1101ii
Papaína
440
Pectinas (amidada y no amidada)
1200
Polidextrosa A y N
1202
Polivinilpirrolidona insoluble
944
Propano
282
Propionato cálcico
283
Propionato de potásio
281
Propionato de sodio
1204
Pululano
1101i
Proteasa (A oryzae var.)
634
Ribonucleótidos cálcicos, 5'-
635
Ribonucleótidos disódicos, 5'-
162
Rojo de remolacha
1001
Sales de Coline
470i
Sales de Ácidos Mirístico, Palmítico y Esteárico (con base de NH4, Ca, K, Na)
470ii
Sales de ácido oléico (Ca, K, Na)
500iii
Sesquicarbonato de sodio
552
Silicato cálcico
559
Silicato de aluminio (caolín)
556
Silicato de calcio y aluminio (caolín) (sintético)
554
Silicato de aluminio y sodio
553i
Silicato de magnesio (sintético)
420i
Sorbitol
516
Sulfato cálcico
518
Sulfato de magnesio
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
515i, 515ii
Sulfato de potásio
514 i, 514ii
Sulfato de sodio
553iii
Talco
957
Taumatina
1518
Triacetina
967
Xilitol
RTCA 67.04.54:10
Categorías de alimentos o productos alimenticios excluidos de las condiciones generales del
Anexo III
N° Cat. alim.
Categoría de alimento
01.1.1
Leche y suero de mantequilla (simples)
01.2
Productos lácteos fermentados y cuajados (simples), excluida la
categoría de
alimentos 01.1.2 (bebidas lácteas.
01.4.1
Nata (crema) pasteurizada (simple)
01.4.2
Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas y natas
01.6.3
Queso de suero
01.6.6
Queso de proteínas del suero
01.8.2
Suero en polvo y productos a base de suero en polvo, excluidos los quesos de
02.1
Grasas y aceites prácticamente exentos de agua
(cremas) de contenido de grasa reducido (simples)
suero
02.2.1.1
Mantequilla y mantequilla concentrada
04.1.1
Frutas frescas
04.2.1
Hortalizas
(incluidos
hongos
y
setas,
raíces
y
tubérculos,
legumbres
y
legumbres
y
leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas frescas
04.2.2.1
Hortalizas
(incluidos
hongos
y
setas,
raíces
y
tubérculos,
leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas congeladas
04.2.2.7
Productos a base de hortalizas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos,
legumbres y leguminosas y áloe vera) y algas marinas fermentadas, excluidos los
productos de soja fermentados de la categoría de alimentos 12.10
06.1
Granos enteros, triturados o en copos, incluido el arroz
06.2
Harinas y almidones (incluida la soja en polvo)
06.4.1
Pastas y fideos frescos y productos similares
06.4.2
Pastas y fideos deshidratados y productos similares
08.1
Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza
09.1
Pescado y productos pesqueros frescos, incluidos los moluscos, crustáceos y
09.2
Pescado y productos pesqueros elaborados, incluidos los moluscos, crustáceos y
10.1
Huevos frescos
10.2.1
Productos líquidos a base de huevo
10.2.2
Productos congelados a base de huevo
11.1
Azúcares refinados y en bruto
11.2
Azúcar moreno, excluidos los productos de la categoría de alimentos 11.1.3
11.3
Soluciones
equinodermos
equinodermos
y
jarabes,
también
azúcares
(parcialmente)
invertidos,
incluida la
melaza, excluidos los productos indicados en la categoría de alimentos 11.1.3
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
11.4
Otros azúcares y jarabes (p. ej., xilosa, jarabe de arce y revestimientos de azúcar)
11.5
Miel
12.1
Sal y sucedáneos de la sal
12.2.1
Hierbas aromáticas y especias (solamente hierbas aromáticas)
13.1
Preparados para lactantes, preparados de continuación y preparados para usos
13.2
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños
14.1.1
Aguas
medicinales especiales destinados a los lactantes
14.1.2
Zumos (jugos) de frutas y hortalizas
14.1.3
Néctares de frutas y hortalizas
14.1.5
Café, sucedáneos del café, té, infusiones de hierbas y otras bebidas calientes a
14.2.3
Vinos de uva
base de cereales y granos, excluido el cacao
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
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ANEXO IV
(NORMATIVO)
PROCEDIMIENTO PARA LA ACTUALIZACIÓN DE LOS LISTADOS DE ADITIVOS
1.
INTRODUCCIÓN
Es necesario establecer los criterios de actualización de los listados de aditivos alimentarios permitidos en este
reglamento. Su uso será evaluado considerando su
seguridad, necesidad tecnológica y beneficio al consumidor.
La evaluación deberá basarse en normas internacionales reconocidas como las del Codex Alimentarius y otras
que sean aplicables.
La inclusión o exclusión de un aditivo o de una categoría de alimentos y la modificación de las cantidades de
aditivos permitidos en este reglamento deberá ser considerada por la Comisión Centroamericana de Aditivos
Alimentarios (CCAA).
2.
OBJETIVO
Establecer el procedimiento de la CCAA para mantener actualizada las listas de aditivos alimentarios del
Reglamento
Técnico
Centroamericano.
RTCA
67.04.54:10.
Alimentos
y
Bebidas
Procesadas.
Aditivos
Alimentarios.
3.
CAMPO DE APLICACIÓN
Este procedimiento aplica a la Comisión Centroamericana de Aditivos Alimentarios.
4.
DEFINICIONES
4.1
Actualización de los listados de aditivos: la inclusión, exclusión o la modificación de las condiciones,
las especificaciones o las restricciones aplicables a la presencia de un aditivo del RTCA 67.04.54:10. Alimentos
y Bebidas Procesadas. Aditivos Alimentarios.
4.2
Actualización automática de los listados de aditivos: cuando en la norma general de aditivos del
Codex Alimentarius se incluya, excluya o modifique un aditivo, la categoría o la cantidad permitida de un
aditivo.
4.3
Actualización por solicitud de los listados de aditivos: Cuando basados en una normativa aplicabe, un
Estado Parte solicite la inclusión, exclusión o modificación de un aditivo, la categoría o la cantidad permitida de
éste.
5.
RESPONSABILIDAD Y AUTORIDAD
Es responsabilidad de la CCAA velar por que las actividades que se definen en este procedimiento sean
implantadas y llevadas a cabo como se plantean.
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
6.
RTCA 67.04.54:10
PROCEDIMIENTO
6.1
Actualización automática de los listados de aditivos
6.1.1
El Coordinador de la CCAA debe actualizar los listados de este reglamento, cada vez que la Comisión
del Codex Alimentarius realice la aprobación de las propuestas emanadas del Comité de Aditivos del Codex
Alimentarius.
6.1.2
El Coordinador de la CCAA debe notificar a los otros Estados Parte de la actualización realizada en un
plazo no mayor de 30 días calendario. El Coordinador de la CCAA debe enviar una copia a los demás países del
reglamento actualizado para su aprobación, finalizado este proceso, se remite la modificación para su respectiva
resolución COMIECO.
6.1.3
El
aditivo
podrá
usarse
a
partir
de
la
aprobación
por
la
Comisión
del
Codex
Alimentarius,
de
conformidad con el numeral 4.2 (definiciones), del Anexo IV de este Reglamento, referido a la actualización
automática de los listados de aditivos.
6.1.4
Cada
Estado
Parte
por
información
y
transparencia
debe
publicar
esta
modificación
siguiendo el
procedimiento nacional establecido.
6.2
Actualización por solicitud de los listados de aditivos
Cuando un aditivo sea incluido, excluido o modificado a solicitud de por lo menos un Estado Parte, presentando
razones
debidamente
fundamentadas
y
respaldadas
en
estudios
efectuados
por
organismos
reconocidos
internacionalmente (como FDA, CE u otros) o el estatus de aprobado por tales organismos.
El Representante del Estado parte interesado, presentará la solicitud al Coordinador de la CCAA, utilizando el
formulario correspondiente y adjuntando la información que la respalde vía electrónica y física.
6.2.1
La información debe cumplir con los siguientes requisitos:
a)
Especificaciones físico químicas del nuevo aditivo.
b)
Métodos de análisis.
c)
Estudios que demuestren su función tecnológica o estatus de aprobado por organismos reconocidos
internacionalmente (como FDA, CE u otros) donde se detalle la función tecnológica del aditivo
solicitado.
d)
Estudios toxicológicos aprobados y/o realizados por organismos reconocidos
internacionalmente
(como el FDA, CE u otros) y JECFA, efectuados al aditivo que demuestren la inocuidad del mismo.
6.2.2
El Coordinador de la CCAA distribuirá por vía electrónica la información a los demás representantes de
los otros Estados parte.
6.2.3
La aprobación de las solicitudes de inclusión, exclusión y modificación será por unanimidad de los
Estados parte en un plazo no mayor de 30 días hábiles. Esta podrá
manifestarse por videoconferencia o por
escrito.
6.2.4
En caso de que alguno de los Estados parte se oponga a la propuesta solicitada, debe presentar el
sustento científico que respalde su posición, según lo establecido en numeral 6.2.1 del presente procedimiento.
6.2.5
El coordinador recibirá los documentos y agrupará las observaciones de los Estados Parte. Deliberará si
hay acuerdo o no para la solicitud, en caso de que uno de los miembros se oponga intercederá indicándole la
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REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO
RTCA 67.04.54:10
posición del resto.
6.2.6
En caso de que no se llegue a un acuerdo no se podrá hacer la actualización en el listado. Por tanto el
interesado, debe presentar nuevas fuentes técnicas para ser evaluada la solicitud.
6.2.7
El Coordinador de la CCAA debe
utilizar el formulario para la presentación de propuestas de reformas
de reglamentación técnica conforme a lo establecido en la Resolución COMIECO No. 162-2006.
6.2.8
Cada Estado Parte
debe por
información y transparencia, publicar
esta
modificación siguiendo el
procedimiento nacional establecido.
6.2.9
En caso de alerta sanitaria derivada del uso de aditivos, el Coordinador de la CCAA o la autoridad
sanitaria que reciba la alerta en primera instancia, debe estar en comunicación permanente e informar a las
autoridades sanitarias de los Estados Parte del seguimiento de la alerta surgida.
FORMULARIO
DE
SOLICITUD
DE ACTUALIZACIÓN
DEL LISTADO
DE
ADITIVOS
ALIMENTARIOS:
COMISIÓN CENTROAMERICANA DE ADITIVOS ALIMENTARIOS
Solicitud de Actualización del Listado de Aditivos Alimentarios
Fecha:
/
/
País solicitante:
Tipo de solicitud:
Inclusión
Exclusión
Modificación
Descripción
Nombre del aditivo:
Número de identificación INS, CAS, (CFR o E en ausencia de los anteriores)
Formula química
Funciones tecnológicas
Categorías de alimentos a ser incluidos
N° de categoría
Categoría de alimento
límite
Observaciones
de alimentos
Justificación de la propuesta (normativa internacional reconocida [FDA, CE u otros] en la cual se basa la solicitud)
-FINAL DEL REGLAMENTO TÉCNICO-
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