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MANUAL DE OBRAS PUBLICAS DEL DF

Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). ACUERDO por el que se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 Texto vigente Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública. SALVADOR VEGA CASILLAS, Secretario de la Función Pública, con fundamento en los artículos 37, fracciones VI, VIII y XIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en relación con el Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 2013; 8 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y 1 y 6, fracciones I y XXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, tomando en cuenta la opinión de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Economía, y CONSIDERANDO Que el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 establece como estrategia para lograr el objetivo 10 del Eje Rector “Estado de Derecho y Seguridad”, la ampliación de los programas de simplificación administrativa y mejora regulatoria en toda la administración pública, procurando que los cambios tengan un impacto directo en el combate a la discrecionalidad, la arbitrariedad o la corrupción; Que en ese sentido, el Programa Especial de Mejora de la Gestión en la Administración Pública Federal 2008-2012, en su estrategia 2.3 “Simplificar la regulación que rige a las instituciones y su interacción con la sociedad”, establece como una línea de acción, mejorar el marco normativo de las instituciones a través del proceso de calidad regulatoria para lograr mayor agilidad, certidumbre y menores costos de operación para la institución y los particulares; Que, asimismo, el referido Programa reconoce como postulado para mejorar la gestión de las instituciones, reformar el marco regulatorio de aplicación obligatoria a toda la Administración Pública Federal, mediante las estrategias tendientes a simplificar la regulación que rige a las instituciones y su interacción con la sociedad, así como a mejorar las políticas, normas y disposiciones de carácter general que emiten las instancias globalizadoras o instituciones coordinadoras de sector; Que el Ejecutivo Federal, en su mensaje dirigido a la Nación con motivo de la presentación al H. Congreso de la Unión del Tercer Informe de Gobierno, se comprometió a llevar a cabo un proceso de desregulación a fondo de la normatividad de la Administración Pública Federal, con el objetivo de reducir y simplificar al máximo las disposiciones administrativas, eliminar toda aquella regulación, requisitos, duplicidad de información y trámites innecesarios que permitan consolidar un régimen de certidumbre jurídica, en donde la plena eficacia de las normas aplicables a particulares y a gobernantes les garantice el ejercicio pleno de sus derechos y libertades; cabe destacar que este proceso de desregulación implica dejar sin efectos una de cada dos disposiciones; Que la Secretaría a mi cargo cuenta con atribuciones para organizar y coordinar el desarrollo administrativo integral de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a fin de que los recursos humanos, patrimoniales y los procedimientos técnicos de la misma, sean aprovechados y aplicados con criterios de eficiencia, buscando en todo momento la eficacia, descentralización, desconcentración y simplificación administrativa, así como para realizar o encomendar las investigaciones, estudios y análisis que al efecto se requieran, y dictar las disposiciones administrativas correspondientes para las propias dependencias y entidades; Que en este sentido, el Ejecutivo Federal instruyó a esta Secretaría para emitir, por sí o con la participación de las dependencias competentes, disposiciones, políticas o estrategias, acciones o criterios Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). de carácter general y procedimientos uniformes para la Administración Pública Federal y, en lo conducente, para la Procuraduría General de la República en materia de auditoría; adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público; control interno; obra pública y servicios relacionados con las mismas; recursos humanos; recursos materiales; recursos financieros; tecnologías de la información y comunicaciones, y de transparencia y rendición de cuentas, y que las dependencias y entidades así como la citada Procuraduría procedan a dejar sin efectos todas aquellas disposiciones, lineamientos, oficios circulares, procedimientos y demás instrumentos normativos emitidos al interior de sus instituciones, en esas materias; Que en este contexto, se revisó el marco jurídico aplicable en materia de obra pública y servicios relacionados con las mismas, para identificar aquellas disposiciones, tanto de carácter general como interno, que en la actualidad resultan obsoletas o no garantizan procesos, trámites y servicios eficaces, o bien, respecto de las cuales existe duplicidad y, por tanto, sobre regulación e incluso contradicción, y Que el presente Acuerdo tiene por objeto sistematizar y codificar los principales procesos y procedimientos que serán aplicables en materia de obra pública y servicios relacionados con las mismas a fin de integrarlos en un sólo instrumento normativo que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como la Procuraduría General de la República, estarán obligadas a observar, y permitirá contar con procesos y procedimientos uniformes en esa materia con la finalidad de que dichas instituciones dispongan de las herramientas necesarias para el aprovechamiento y aplicación eficiente de los recursos con que cuentan, lo cual redundará en el mejoramiento de las políticas y normas de aplicación general y, en consecuencia, en el incremento de su efectividad, he tenido a bien emitir el siguiente ACUERDO ARTÍCULO PRIMERO.- El presente Acuerdo tiene por objeto expedir el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, en términos del Anexo Único de este instrumento, el cual forma parte integrante de este último y tiene como propósito establecer los procesos y directrices que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y la Procuraduría General de la República deberán observar de manera obligatoria para reducir y simplificar la regulación administrativa en la materia, con la finalidad de aprovechar y aplicar de manera eficiente los recursos con que cuentan dichas instituciones. Los procesos y directrices a que se refiere el párrafo anterior se establecen sin perjuicio de que las dependencias y entidades realicen otras acciones complementarias que en términos de las disposiciones aplicables en materia de obras públicas y servicios relacionados con las mismas sean inherentes a los procesos o subprocesos de que se trate. Las menciones que se hacen en el presente Acuerdo y en el Manual a las dependencias y entidades se entenderán hechas, en lo conducente, a las entidades federativas, los municipios y los entes públicos de unas y otros, cuando éstos se ubiquen en el supuesto a que se refiere la fracción VI del artículo 1 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. ARTÍCULO SEGUNDO.- Para los efectos del presente Acuerdo, se entiende por: I. Dependencias: las secretarías de Estado, incluyendo a sus órganos administrativos desconcentrados y la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, así como las unidades administrativas de la Presidencia de la República y la Procuraduría General de la República serán consideradas con este carácter, en términos de lo dispuesto por el artículo 2, fracción III de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; II. Entidades: los organismos públicos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria y fideicomisos en los que el fideicomitente sea el gobierno federal o una entidad Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 2 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). paraestatal, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 2, fracción IV de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; III. Manual: el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, a que se refiere el artículo primero del presente Acuerdo, el cual se integra de diversos procesos asociados a esa materia; IV. Obras públicas y servicios relacionados con las mismas: los previstos en los artículos 3 y 4 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, respectivamente, y V. SFP: la Secretaría de la Función Pública. ARTÍCULO TERCERO.- Los titulares de las dependencias y entidades, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, instruirán lo conducente para que se dejen sin efecto los acuerdos, normas, lineamientos, oficios circulares y demás disposiciones o procedimientos de carácter interno que se hubieren emitido en materia de obras públicas y servicios relacionados con las mismas que no deriven de facultades expresamente previstas en leyes y reglamentos. Asimismo, realizarán las acciones que estimen necesarias para que se cumpla de manera estricta lo dispuesto en el presente Acuerdo y en el Manual. ARTÍCULO CUARTO.- La aplicación del presente Acuerdo y del Manual corresponde a los servidores públicos, conforme a sus atribuciones o funciones. ARTÍCULO QUINTO.- Los sistemas informáticos existentes y los que se desarrollen para sistematizar los procedimientos de trabajo a que se refiere el Manual deberán asegurar la interoperabilidad con otras aplicaciones de tecnologías de la información y comunicaciones, particularmente con el sistema electrónico de información pública gubernamental denominado CompraNet. ARTÍCULO SEXTO.- Las dependencias y entidades deberán propiciar la sistematización, ejecución, control y supervisión de los procedimientos que se establecen en el Manual, mediante la adopción de soluciones de tecnologías de la información y comunicaciones. ARTÍCULO SÉPTIMO.- En la adopción de tecnologías de la información y comunicaciones se deberá observar lo previsto en las disposiciones establecidas en esa materia, a fin de propiciar un mejor aprovechamiento de los recursos públicos, para la adecuada administración de la información y garantizar la rendición de cuentas. ARTÍCULO OCTAVO.- La interpretación para efectos administrativos, del presente Acuerdo, así como la resolución de los casos no previstos en el mismo, corresponderá a la SFP, a través de las unidades administrativas competentes, conforme a las disposiciones aplicables. ARTÍCULO NOVENO.- Los procesos y directrices contenidos en el Manual a que se refiere el presente Acuerdo deberán revisarse, cuando menos una vez al año, por la SFP, a través de las unidades administrativas competentes, para efectos de su actualización. ARTÍCULO DÉCIMO.- Los órganos internos de control de las dependencias y entidades, vigilarán el cumplimiento de lo dispuesto por el presente Acuerdo. Asimismo, los referidos órganos internos de control deberán verificar que las dependencias y entidades lleven a cabo las acciones que procedan a efecto de que queden sin efectos todas aquellas disposiciones que contravengan o dupliquen lo dispuesto en el Manual, que no se encuentren contenidas o que su emisión no esté prevista en leyes y reglamentos. Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 3 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). TRANSITORIOS Primero.- El presente Acuerdo entrará en vigor a los 20 días hábiles siguientes al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y la Procuraduría General de la República contarán con un plazo de 20 días hábiles a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación del presente ordenamiento, para efectos de lo previsto en el primer párrafo del artículo tercero del presente Acuerdo. Segundo.- Todos aquellos procesos, trámites, autorizaciones y actos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del presente Acuerdo deberán concluirse conforme a lo previsto en los mismos. Tercero.- Las dependencias y entidades que hayan realizado acciones de mejora funcional y sistematización integral de los procesos en materia de obras públicas y servicios relacionados con las mismas podrán operar con sus procedimientos optimizados, siempre que acrediten ante la Secretaría de la Función Pública, que los mismos son compatibles con los establecidos en el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Cuarto.- El cumplimiento a lo establecido en el presente Acuerdo se realizará con los recursos humanos, materiales y presupuestarios que tengan asignados las dependencias y entidades así como la Procuraduría General de la República, por lo que no implicará la creación de estructuras ni la asignación de recursos adicionales. Sufragio Efectivo. No Reelección. México, Distrito Federal, a los veintiocho días del mes de julio de dos mil diez.- El Secretario de la Función Pública, Salvador Vega Casillas.- Rúbrica. Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 4 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). ANEXO ÚNICO Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas CONTENIDO 1. DEFINICIONES Y TÉRMINOS 2. OBJETIVOS 1.1 Siglas utilizadas en el Manual 2.1 General 2.2 Específicos 3. MARCO JURÍDICO 4. MACROPROCESO DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS 4.1 4.2 PLANEACIÓN DE PROYECTOS DE OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS. 4.1.1 Objetivo 4.1.2 Insumos 4.1.3 Descripción LICITACIÓN Y CONTRATACIÓN 4.2.1 Licitación pública 4.2.1.1 Elaboración y publicación de la convocatoria a la licitación pública en CompraNet 4.2.1.1.1 Objetivo 4.2.1.1.2 Insumos 4.2.1.1.3 Descripción 4.2.1.2 Visita al sitio y junta de aclaraciones 4.2.1.2.1 Objetivo 4.2.1.2.2 Insumos 4.2.1.2.3 Descripción 4.2.1.3 Presentación y apertura de proposiciones 4.2.1.3.1 Objetivo 4.2.1.3.2 Insumos 4.2.1.3.3 Descripción 4.2.1.4 Evaluación de proposiciones 4.2.1.4.1 Objetivo 4.2.1.4.2 Insumos 4.2.1.4.3 Descripción 4.2.1.5 Fallo 4.2.1.5.1 Objetivo Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 5 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). 4.2.1.5.2 Insumos 4.2.1.5.3 Descripción 4.2.2 Contratación mediante procedimientos de excepción a la licitación pública 4.2.2.1 Invitación a cuando menos tres personas 4.2.2.1.1 Objetivo 4.2.2.1.2 Insumos 4.2.2.1.3 Descripción 4.2.2.2 Adjudicación directa 4.2.2.2.1 Objetivo 4.2.2.2.2 Insumos 4.2.2.2.3 Descripción 4.2.3 Formalización del contrato 4.2.3.1 Objetivo 4.2.3.2 Insumos 4.2.3.3 Descripción 4.2.4 Modificación del contrato 4.2.4.1 Objetivo 4.2.4.2 Insumos 4.2.4.3 Descripción 4.2.5 Entrega de anticipo 4.2.5.1 Objetivo 4.2.5.2 Insumos 4.2.5.3 Descripción Numeral adicionado DOF 19-09-2014 4.3. EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS 4.3.1 Ejecución 4.3.1.1 Objetivo 4.3.1.2 Insumos 4.3.1.3 Descripción 4.3.2 Registro en Bitácora 4.3.2.1 Objetivo 4.3.2.2 Insumos 4.3.2.3 Descripción 4.3.3 Verificación de la calidad de los trabajos 4.3.3.1 Objetivo 4.3.3.2 Insumos 4.3.3.3 Descripción 4.3.3.A Autorización de cantidades adicionales y/o de conceptos no previstos en el catálogo de conceptos original Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 6 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). 4.3.3.A.1 Objetivo 4.3.3.A.2 Insumos 4.3.3.A.3 Descripción 4.3.4 Numeral adicionado DOF 19-09-2014 Conciliación y autorización de conceptos no previstos en el catálogo 4.3.4.1 Objetivo 4.3.4.2 Insumos 4.3.4.3 Descripción 4.3.5 Ajuste de costos 4.3.5.1 Objetivo 4.3.5.2 Insumos 4.3.5.3 Descripción 4.3.5. A Ajuste de costos directos a la baja (ESTA PARTE ES LA QUE SE AGREGÓ) 4.3.6 4.3.5. A.1 Objetivo 4.3.5. A.2 Insumos 4.3.5. A.3 Descripción Numeral adicionado DOF 19-09-2014 Entrega-recepción, finiquito y extinción de obligaciones 4.3.6.1 Objetivo 4.3.6.2 Insumos 4.3.6.3 Descripción 4.4 4.5 4.6 4.7 4.8 AUTORIZACIÓN Y PAGO DE ESTIMACIONES 4.4.1 Objetivo 4.4.2 Insumos 4.4.3 Descripción Denominación reformada DOF 19-09-2014 SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LOS TRABAJOS 4.5.1 Objetivo 4.5.2 Insumos 4.5.3 Descripción TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO 4.6.1 Objetivo 4.6.2 Insumos 4.6.3 Descripción RESCISIÓN DEL CONTRATO 4.7.1 Objetivo 4.7.2 Insumos 4.7.3 Descripción REALIZACIÓN DE OBRAS PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA 4.8.1 Objetivo 4.8.2 Insumos 4.8.3 Descripción Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 7 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). 5. COMITÉ DE OBRAS PÚBLICAS 5.1 Objetivo 5.2 Establecimiento y operación del Comité 1. DEFINICIONES Y TÉRMINOS Para los efectos del presente Manual, en adición a las definiciones contenidas en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (Ley) y su Reglamento, se entenderá por: CONCEPTO Acta: DEFINICIÓN / SIGNIFICADO El documento en el que se hace constar la reseña detallada de un evento, así como de las consideraciones y acuerdos adoptados en una reunión, asamblea, junta, consejo o corporación que tiene valor legal una vez que ha sido aprobada y, en su caso, firmada por todas las personas que intervienen; derivado de ello, este documento tiene fuerza obligatoria sobre los acuerdos en ella contenidos. Párrafo reformado DOF 27-06-2011 Acuerdo: El acuerdo de realización de trabajos por administración directa a que hace referencia el artículo 71 de la Ley. BEOP: La Bitácora que por medios remotos de comunicación electrónica, constituye el medio de comunicación entre las partes de un contrato de obra pública o de servicios relacionados con la misma, en la que se registran los asuntos y eventos importantes que se presentan durante la ejecución de los trabajos. Contrato: El acuerdo de voluntades para crear o transferir derechos y obligaciones, a través del cual se formalizan los actos para la realización de obras públicas y servicios relacionados con las mismas. Convocatoria a la licitación pública: El documento que contiene los requisitos de carácter legal, técnico y económico con respecto a las obras o servicios objeto de la contratación y las personas interesadas en realizarlas o prestarlos, así como los términos a que se sujetará el procedimiento de contratación respectivo y los derechos y obligaciones de las partes. Manual: El Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Reglamento: El Reglamento de la Ley. Tratados: Los convenios regidos por el derecho internacional público suscritos por los Estados Unidos Mexicanos con los gobiernos de otros países a que se refiere el artículo 2 de la Ley, que contienen un capítulo o título de compras gubernamentales. 1.1 Siglas utilizadas en el Manual SIGLA INPP DESCRIPCIÓN Índice Nacional de Precios Productor. Sigla reformada DOF 21-11-2012 LFPRH Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. LGEEPA Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. OIC Órgano Interno de Control. PAOPS Programa Anual de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 8 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). PEF Presupuesto de Egresos de la Federación vigente. RLFPRH Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. SFP Secretaría de la Función Pública. TLCAN Tratado de Libre Comercio de América del Norte. 2. OBJETIVOS 2.1 General: Incrementar la eficiencia de los procesos y procedimientos que en materia de obras públicas y servicios relacionados con las mismas lleven a cabo las dependencias y entidades, a fin de desarrollar la infraestructura necesaria en el tiempo y con el costo y calidad previstos. 2.2 Específicos: 1. Estandarizar los procesos y subprocesos en materia de obras públicas y servicios relacionados con las mismas. 2. Optimizar la aplicación de los recursos federales destinados a las obras públicas y servicios relacionados con las mismas. 3. Proporcionar a las dependencias y entidades un marco de referencia general unificado en materia de obras públicas y servicios relacionados con las mismas. 4. Ofrecer a las dependencias y entidades una guía descriptiva de las actividades secuenciales para simplificar, homologar y eficientar los procesos y subprocesos en materia de obras públicas y servicios relacionados con las mismas. 5. Fortalecer la transparencia y rendición de cuentas en los procedimientos de contratación en materia de obras públicas y servicios relacionados con las mismas. Para obtener mayores beneficios en la aplicación del presente Manual, resulta de interés lo siguiente:   El Manual desagrega en subprocesos las acciones para la planeación de los proyectos de obra pública y servicios relacionados con las mismas que las dependencias y entidades pretendan llevar a cabo, en congruencia con sus necesidades y objetivos a cumplir; describe los aspectos más relevantes de los procedimientos de contratación y la formalización de los contratos, cuya finalidad es asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, así como de la ejecución de los trabajos; la recepción de los trabajos y autorización de las estimaciones; la suspensión temporal de los trabajos; la terminación anticipada y la rescisión de contratos; la realización de obras públicas por administración directa y finalmente sobre el establecimiento y operación de los Comités de Obras Públicas. Cada subproceso cuenta con los siguientes elementos:    Objetivo. Insumos. Descripción. Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 9 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016).       Responsable(s). o Actividad. o Artículo(s) de la Ley y del Reglamento que sustentan cada actividad. Productos. Diagrama de flujo. Formatos de documentación soporte, en su caso, que resulten de aplicación obligatoria acorde al presente Manual, salvo que la dependencia o entidad utilice formatos que cuenten con los elementos normativos indicados en aquellos que se acompañan a este Manual, y que se adecuan mejor a sus necesidades específicas, y Elemento reformado DOF 19-09-2014 Aspectos generales a considerar, en su caso. La identificación de las áreas encargadas de las diversas actividades, en el nivel de generalidad que corresponde al Manual, es consistente con lo establecido en la Ley y su Reglamento, así como en los Lineamientos Generales para la expedición de políticas, bases y lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, emitidos mediante el Acuerdo por el que se emiten diversos lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de septiembre de 2010, por lo que conforme a lo dispuesto por el penúltimo párrafo del artículo 1 de la Ley, las dependencias y entidades habrán de atender, de manera particular, lo que determinen sus políticas, bases y lineamientos en materia de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, con respecto a las áreas responsables y niveles jerárquicos. Viñeta reformada DOF 27-06-2011 Para la realización de las actividades dispuestas en el Manual se debe tomar en cuenta el Acuerdo por el que se emiten diversos lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 9 de septiembre de 2010, entre los que resultan de aplicación obligatoria en la materia, los siguientes:      o Lineamientos Generales para la expedición de políticas, bases y lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obras públicas y servicios relacionados con las mismas; Lineamientos para la aplicación del criterio de evaluación de proposiciones a través del mecanismo de puntos o porcentajes en los procedimientos de contratación regulados por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; Lineamientos para reducir los montos de las garantías de cumplimiento que deben otorgar los proveedores y contratistas, y Lineamientos para la determinación de los precios de los servicios que tengan por objeto elaborar o concluir los estudios, planes o programas necesarios que permitan llevar a cabo la contratación de obras públicas asociadas a proyectos de infraestructura conforme a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Viñeta adicionada DOF 27-06-2011 Los procedimientos administrativos previstos en los títulos Sexto y Séptimo de la Ley, denominados “De las Infracciones y Sanciones” y “De la Solución de las Controversias”, respectivamente, no se consideran en el presente Manual, toda vez que de acuerdo a su naturaleza se encuentran sujetos a disposiciones de carácter adjetivo establecidas en otros ordenamientos legales. Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 10 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016).  El lenguaje empleado en el presente Manual no busca generar ninguna clase de discriminación, ni marcar diferencias entre hombres y mujeres, por lo que las referencias o alusiones hechas al género masculino representan siempre a todos/as, hombres y mujeres, abarcando claramente ambos sexos. Viñeta reformada DOF 21-11-2012 3.  MARCO JURÍDICO Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Tratados:    Decreto de promulgación del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 1993. Decreto de promulgación del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos, la República de Colombia y la República de Venezuela, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de enero de 1995. Sin efectos para esta última a partir del 19 de noviembre de 2006. Se deroga. Viñeta derogada DOF 03-02-2016  Se deroga. Viñeta derogada DOF 03-02-2016      Decreto Promulgatorio del Acuerdo de Asociación Económica, Concertación Política y Cooperación entre los Estados Unidos Mexicanos y la Comunidad Europea y sus Estados Miembros, la Decisión del Consejo Conjunto de dicho Acuerdo; y la Decisión del Consejo Conjunto del Acuerdo Interino sobre Comercio y Cuestiones Relacionadas con el Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la Comunidad Europea, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de junio de 2000. Decreto Promulgatorio del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y el Estado de Israel, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de junio de 2000. Decreto Promulgatorio del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de junio de 2001. Decreto Promulgatorio del Acuerdo para el Fortalecimiento de la Asociación Económica entre los Estados Unidos Mexicanos y el Japón, y de su Acuerdo de Implementación, hechos en la Ciudad de México el diecisiete de septiembre de dos mil cuatro, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo de 2005. Decreto Promulgatorio del Tratado de Libre Comercio entre la República de Chile y los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de octubre de 2008. Leyes   Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.  Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.  Ley Federal de las Entidades Paraestatales. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 11 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016).   Ley General de Bienes Nacionales.  Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.  Ley General de Protección Civil.  Ley Federal de Procedimiento Administrativo.  Ley General de Contabilidad Gubernamental.  Ley de Ciencia y Tecnología.  Código Civil Federal.  Ley Federal sobre Metrología y Normalización.  Ley Federal de Competencia Económica.  Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.  Ley del Impuesto al Valor Agregado.  Ley General de Asentamientos Humanos.  Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.  Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.  Ley del Servicio de Tesorería de la Federación.  Ley Reglamentaria del artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo.  Código Fiscal de la Federación.  Código Federal de Procedimientos Civiles.  Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos.  Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.  Presupuesto de Egresos de la Federación vigente.  Ley Federal de Derechos.  Ley de Ingresos de la Federación vigente.  Ley Federal de Instituciones de Fianzas. Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Viñeta adicionada DOF 03-02-2016 Reglamentos         Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. Reglamentos locales en materia de construcciones o similares, de acuerdo al sitio en donde se realizan los trabajos. Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Evaluación de Impacto Ambiental. Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Áreas Naturales Protegidas.  Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.  Reglamento de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación.  Reglamento del Código Fiscal de la Federación.  Reglamento de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos. Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública. Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 12 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016).    Reglamento del artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, para el cobro de fianzas otorgadas a favor de la Federación, del Distrito Federal, de los estados y de los municipios, distintas de las que garantizan Obligaciones Fiscales Federales a cargo de terceros. Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. Viñeta adicionada DOF 03-02-2016 Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Viñeta adicionada DOF 03-02-2016 Decretos  Se deroga  Viñeta derogada DOF 19-09-2014 Decreto que establece las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de diciembre de 2012. Viñeta adicionada DOF 19-09-2014 Acuerdos       Acuerdo Interinstitucional por el que se establecen los Lineamientos para la Homologación, Implantación y Uso de la Firma Electrónica Avanzada en la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 2006. Acuerdo por el que se crea con carácter permanente la Comisión Intersecretarial de Compras y Obras de la Administración Pública Federal a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de enero de 2009. Acuerdo por el que se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de junio de 2009. Acuerdo por el que se emiten diversos lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de septiembre de 2010. Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de junio de 2011. Apartado reformado DOF 21-11-2012 Acuerdo -ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico, relativo a las Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de febrero de 2015. Viñeta adicionada DOF 03-02-2016  Acuerdo por el que se expide el protocolo de actuaciones en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones: publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de agosto de 2015. Viñeta adicionada DOF 03-02-2016 Reglas ● Reglas para la determinación, acreditación y verificación del contenido nacional de los bienes que se ofertan y entregan en los procedimientos de contratación, así como para la aplicación del requisito de contenido nacional en la contratación de obras públicas, que celebren las Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 13 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 14 de octubre de 2010. ● Reglas para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2010. ● Reglas para la aplicación de las reservas contenidas en los capítulos o títulos de compras del sector público de los tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2010. Apartado adicionado DOF 27-06-2011 Lineamientos  Se deroga Viñeta derogada DOF 19-09-2014  Lineamientos para el registro en la cartera de programas y proyectos de inversión, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 18 de marzo de 2008.  Lineamientos para el seguimiento de la rentabilidad de los programas y proyectos de inversión de la Administración Pública Federal, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 18 de marzo de 2008.  Se deroga Viñeta derogada DOF 19-09-2014  Se deroga Viñeta derogada DOF 19-09-2014  Lineamientos relativos a los dictámenes de los programas y proyectos de inversión a cargo de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 18 de marzo de 2008.  Lineamientos para el Seguimiento del Ejercicio de los programas y proyectos de inversión de la Administración Pública Federal, emitidos mediante Oficio Circular No. 307-A.-0586 y 400.1.410.05.035 de fecha 18 de julio de 2005, modificados mediante el Oficio Circular No. 307-A.-0808 y 400.1.410.06.045 de fecha 17 de julio de 2006. Viñeta derogada DOF 19-09-2014  Se deroga     Lineamientos para la aplicación y seguimiento de las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de enero de 2013. Viñeta adicionada DOF 19-09-2014 Lineamientos para la determinación de la información que deberá contener el mecanismo de planeación de programas y proyectos de inversión publicados en el Diario Oficial de la Federación el 27 de abril de 2012. Viñeta adicionada DOF 19-09-2014 Lineamientos para la elaboración y presentación de los análisis costo y beneficio de los programas y proyectos de inversión, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 27 de abril de 2012. Viñeta adicionada DOF 19-09-2014 Lineamientos para la elaboración y presentación de los análisis costo y beneficio de los programas y proyectos de inversión: publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2013. Viñeta adicionada DOF 03-02-2016 Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 14 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). Disposiciones Normativas Apartado derogado DOF 03-02-2016 Disposiciones Generales  DISPOSICIONES Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las dependencias y entidades en los actos y contratos que celebren; publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 8 de septiembre de 2015. Se adiciona apartado DOF 03-02-2016 MACROPROCESO DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS 4. 4.1 PLANEACIÓN DE PROYECTOS DE OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS 4.1.1 Objetivo Identificar los requerimientos y características de los proyectos de obra pública que se pretenden llevar a cabo, con base en las necesidades y objetivos a cumplir, para conformar un programa de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, factible de desarrollar de acuerdo a las prioridades y a la previsión de los recursos necesarios para realizarlos. 4.1.2  Insumos  Plan Nacional de Desarrollo.  Previsiones contenidas en los PAOPS anteriores.  Registros en cartera de inversión.  Fuentes de financiamiento.  Licencias y permisos.  Programas sectoriales, institucionales, regionales y especiales que correspondan.  Previsiones de recursos establecidos en el PEF.  Autorizaciones presupuestales de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.  Estudios o proyectos previamente realizados.  Tenencia de la tierra, derechos de vía, entre otros. 4.1.3 Normas aplicables. Descripción Responsable No. Actividad Normatividad aplicable Inicia el subproceso Oficial Mayor o equivalente, con el apoyo de las Áreas requirentes 1 Analizar, identificar y priorizar con base en los objetivos, prioridades y estrategias del Plan Nacional de Desarrollo y los programas que de él deriven, las necesidades de obras públicas o servicios relacionados con las mismas, así como realizar la planeación de los proyectos que se pretenden llevar a cabo. Arts. 17 y 21 de la Ley Art. 16 del Reglamento Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 15 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). Responsable No. Actividad Normatividad aplicable Cuando corresponda, se considerarán los planes de desarrollo locales, así como los objetivos, metas y previsiones de recursos establecidos en el PEF. Área responsable de la contratación Área requirente o Área responsable de la contratación 2 Verificar con la Oficialía Mayor o equivalente la existencia, en los archivos de la dependencia o entidad, de estudios o proyectos previamente realizados que satisfagan los requerimientos de la obra pública o el servicio de que se trate. 3 Adecuar, actualizar, complementar o, en su caso, desarrollar por sí, los estudios o proyectos, según las características, complejidad y magnitud de la obra pública o del servicio de que se trate. Área requirente o Área responsable de la contratación 4 Oficial Mayor o equivalente, con el apoyo de las Áreas requirentes 5 Oficialía Mayor o equivalente, con el apoyo de las áreas o unidades administrativas competentes 6 Art. 18 de la Ley Art. 20 del Reglamento Art. 18 de la Ley Art. 20 del Reglamento Elaborar el dictamen de justificación correspondiente, según las circunstancias que concurran, para el caso de que se requiera contratar con Art. 18 de la Ley terceros la adecuación, actualización, Art. 20 del Reglamento complemento o desarrollo del estudio o proyecto, debiendo contar con la autorización del titular del Área requirente. Estimar el costo de las obras y servicios para integrarlos al PAOPS, así como Arts. 21 fracción IX, 23 y 24 de la Ley determinar el origen de los recursos para cubrir los trabajos respectivos durante los Arts. 16 y 23 del Reglamento ejercicios fiscales correspondientes. Realizar la programación de los recursos necesarios para la realización de las obras y servicios, considerando los efectos e impacto al medio ambiente, de acuerdo con las disposiciones aplicables a dicha materia. En el caso de programas Arts. 20, 21 y 23 de la Ley y proyectos de inversión se deberá Art. 28 de la LGEEPA elaborar la evaluación costo y beneficio, así como solicitar a la Secretaría de Arts. 25 y 34 de la LFPRH Hacienda y Crédito Público el registro en Arts. 21 y 156 del RLFPRH la cartera de dichos programas y Art. 15 fracción V del proyectos Reglamento de inversión, de conformidad con las disposiciones presupuestarias aplicables. Actividad reformada DOF 21-11-2012 Oficialía Mayor o equivalente 7 ¿El presupuesto de la dependencia o entidad fue autorizado en los términos propuestos? SI: Continúa en la actividad 9 NO: Continúa en la actividad 7 Identificar las diferencias entre el presupuesto autorizado y el PAOPS, para que los montos estimados en este último, se ajusten al techo presupuestario autorizado. Art. 21 de la Ley Art. 16 del Reglamento Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 16 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). Responsable Oficialía Mayor o equivalente Área responsable de la contratación Área responsable de la contratación Oficial Mayor o equivalente reformado DOF 19-09-2014 Áreas requirentes reformado DOF 19-09-2014 No. 8 9 10 11 12 Actividad Adecuar, optimizar y aprobar el PAOPS, con base en el presupuesto autorizado y las prioridades de las Áreas requirentes y comunicarlo al Área responsable de la contratación para su implementación. Recibir el PAOPS y presentarlo para opinión del Comité, en los casos en que éste se encuentre establecido en la Dependencia o Entidad. Normatividad aplicable Art. 21 de la Ley Art. 16 del Reglamento Art. 25 fracción I, de la Ley Arts. 25 y 27 fracción IV del Reglamento Actividad reformada DOF 21-11-2012 Normatividad aplicable reformada DOF 21-11-2012 Recibir del Comité sus recomendaciones sobre el PAOPS. Art. 25 fracción I, de la Ley Arts. 27 fracción IV y 28 fracción IX, segundo párrafo del Reglamento Poner a disposición del público en general el PAOPS, a través de CompraNet y en la página de Internet de la dependencia o entidad, a más tardar el 31 de enero de cada año. Proporcionar al Oficial Mayor o equivalente la información relativa a las adiciones, modificaciones, suspensiones o cancelaciones que proponen en relación con el PAOPS y las razones para ello. Art. 22 de la Ley Arts. 22 segundo párrafo de la Ley Normatividad aplicable reformada DOF 19-09-2014 Actividad reformada DOF 19-09-2014 Oficial Mayor o equivalente 13 Reformado DOF 19-09-2014 Analizar si de conformidad con la planeación de las obras públicas y servicios a realizar por la dependencia o entidad de que se trate es procedente la modificación al PAOPS, y en su caso realizar el proyecto de modificación correspondiente. Art. 22 segundo párrafo de la Ley Normatividad aplicable reformada DOF 19-09-2014 ¿En la dependencia o entidad corresponde al Oficial Mayor o equivalente autorizar la modificación? NO: Pasa a actividad 14 SÍ: Pasa a actividad 16 Actividad reformada DOF 19-09-2014 Oficial Mayor o equivalente 14 Adicionado DOF 19-09-2014 Titular de la dependencia o entidad, Oficial Mayor o equivalente Someter el proyecto de modificación al PAOPS a la aprobación del titular de la dependencia o entidad de que se trate Actividad adicionada DOF 19-09-2014 15 Autorizar la modificación al PAOPS Actividad adicionada DOF 19-09-2014 Art. 22 segundo párrafo de la Ley Normatividad aplicable adicionada DOF 19-09-2014 Art. 22 segundo párrafo de la Ley la Ley Normatividad aplicable adicionada DOF 19-09-2014 Adicionado DOF 19-09-2014 Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 17 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). Responsable Comité de obras públicas Adicionado DOF 19-09-2014 No. 16 Actividad Normatividad aplicable Revisar la modificación autorizada al Arts. 22 segundo párrafo y 25 PAOPS y formular las observaciones y fracción I de la Ley recomendaciones convenientes. Normatividad aplicable Actividad adicionada DOF 19-09-2014 Oficial Mayor o equivalente 17 Adicionado DOF 19-09-2014 Publicar la modificación al PAOPS en CompraNet y en la página de internet de la dependencia o entidad de que se trate durante los últimos cinco días hábiles de cada mes. Fin del subproceso Actividad adicionada DOF 19-09-2014 adicionada DOF 19-09-2014 Arts. Art. 22 segundo párrafo de la Ley y Art. 17 del Reglamento la Ley Normatividad aplicable adicionada DOF 19-09-2014 Productos   PAOPS. Registro del programa o proyecto de inversión en la Cartera de Programas y Proyectos de Inversión que integra y administra la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (en su caso). Aspectos generales a considerar:  Al integrar los PAOPS, se considerarán también los proyectos que abarquen más de un ejercicio presupuestal, los cuales incluirán, entre otros aspectos, su descripción, presupuesto, unidad responsable de la ejecución, fecha de inicio y de terminación, y se sujetarán a las disposiciones específicas de la LFPRH, del RLFPRH y del PEF. Apartado adicionado DOF 21-11-2012 El diagrama de flujo del subproceso se encuentra disponible en el sitio www.compranet.gob.mx 4.2 LICITACIÓN Y CONTRATACIÓN Asegurar que las obras públicas y servicios relacionados con las mismas que las dependencias y entidades deban realizar a través de terceros, garanticen al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes. Las dependencias y entidades podrán solicitar a la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas de la SFP la asesoría preventiva que ésta proporciona para el procedimiento de contratación de que se trate, conforme al instrumento que se encuentra disponible en la página electrónica de la SFP, cuya dirección es: http://www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.html. Párrafo adicionado DOF 27-06-2011 4.2.1 Licitación pública 4.2.1.1 Elaboración y publicación de la convocatoria a la licitación pública en CompraNet Elaborar y difundir en CompraNet la convocatoria a la licitación pública, incluido el proyecto de convocatoria respectivo, en la forma y términos establecidos en la Ley. 4.2.1.1.1 Objetivo Asegurar al Estado la obtención de las mejores condiciones de contratación prevalecientes en el mercado, mediante la libre participación de cualquier interesado en el procedimiento de contratación de Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 18 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). obras públicas y servicios relacionados con las mismas, así como fortalecer los proyectos de convocatoria publicados con los comentarios recibidos por los interesados. Párrafo reformado DOF 03-02-2016 4.2.1.1.2          Insumos PAOPS. Calendario con fechas y lugar de los eventos. Autorización plurianual (en su caso). Autorización presupuestaria y sus adecuaciones. Previsión de otorgamiento de anticipo. Solicitud de testigo social (en su caso). Proyectos de obra. Términos de referencia. 4.2.1.1.3 Descripción Responsable Area especializada en la dependencia o entidad o, a falta de ésta, el Area responsable de la contratación de manera conjunta con el Area requirente. No. Área responsable de la contratación Área responsable de la contratación Normatividad aplicable Inicia el subproceso 1 Responsable reformado DOF 21-11-2012 Área responsable de la contratación Actividad Realizar la investigación de mercado para verificar la existencia y costo de materiales, mano de obra, maquinaria y equipo, así como de contratistas, a nivel nacional e internacional, y del precio total estimado de los trabajos. Arts. 2 fracción XVI y 15 del Reglamento Normatividad aplicable reformada DOF 21-11-2012 Actividad reformada DOF 21-11-2012 2 Constatar que los proyectos de obra o los términos de referencia de los servicios que se pretendan contratar cumplan con todos los requisitos previos al proceso de licitación establecidos en las disposiciones aplicables y, en su caso, complementarlos. 3 Elaborar el proyecto de convocatoria con base en lo establecido en la Ley y el Reglamento. 4 Solicitar por escrito a la SFP, con anticipación de veinte días hábiles a la fecha programada para la difusión del proyecto de convocatoria a la licitación pública o a la publicación de la convocatoria a la licitación pública, la Arts. 19 y 24 de la Ley Arts. 24 y 251 del Reglamento Art. 31 de la Ley Arts. 34, 44, 45 y 254 del Reglamento Art. 27 Bis de la Ley Arts. 49 a 58 del Reglamento Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 19 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). Responsable No. Actividad Normatividad aplicable designación de un testigo social para que participe en el procedimiento de contratación, cuando el monto de la contratación rebase el monto de diez millones de días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, a cuyo efecto se proporcionará a la SFP la información señalada en el artículo 53 del Reglamento. Actividad reformada DOF 21-11-2012 Área responsable de la contratación 5 Determinar, considerando lo previsto en el PAOPS, la necesidad de difundir el proyecto de convocatoria a la licitación, en aquellos casos en que el presupuesto estimado para la contratación respectiva sea superior a diez mil veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal elevado al mes, o si así lo considera pertinente la dependencia o entidad en caso de licitaciones cuyo monto sea inferior. Art. 31 tercer y cuarto párrafos de la Ley Art. 35 del Reglamento Actividad reformada DOF 21-11-2012 6 Difundir, en su caso, el proyecto de convocatoria a la licitación en CompraNet, al menos durante 10 días hábiles previos a la publicación de la Art. 31 tercer y quinto párrafos de la Ley convocatoria a la licitación, lapso durante el cual se recibirán los Art. 35 del Reglamento comentarios y opiniones en la dirección electrónica que para tal fin señale la dependencia o entidad. 7 Analizar y, en su caso, incorporar a la convocatoria respectiva los comentarios y opiniones recibidos en relación con el proyecto de convocatoria difundido. Área responsable de la contratación 8 Calendarizar las fechas del procedimiento de contratación, incluyendo las etapas previas y posteriores al mismo, hasta la suscripción del contrato. Área responsable de la contratación 9 Área responsable de la contratación Área responsable de la contratación Publicar en días hábiles y por una sola ocasión, la convocatoria a la licitación pública a través de CompraNet y Art. 31 quinto párrafo de la Ley Art. 35 último párrafo del Reglamento Art. 33 primer, segundo y tercer párrafos de la Ley Arts. 31 y 32 del Reglamento Art. 32 de la Ley Art. 31 del Reglamento Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 20 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). Responsable No. Actividad Normatividad aplicable simultáneamente, enviar un resumen de la misma al Diario Oficial de la Federación, utilizando la página electrónica www.dof.gob.mx, para su publicación en dicho órgano informativo. Actividad reformada DOF 21-11-2012 Fin del subproceso Productos    Proyecto de convocatoria a la licitación pública. Convocatoria a la licitación pública. Designación de testigo social. Aspectos generales a considerar:  La investigación de mercado se integrará con la información obtenida de cuando menos dos fuentes: a) Invariablemente y sin excepción se consultará la información en CompraNet, y en caso de que ésta no se encuentre disponible se consultará la información histórica con la que cuenten el Area responsable de la contratación de que se trate u otras áreas responsables de la contratación de la propia dependencia o entidad. b) Asimismo, se podrá consultar información en organismos especializados, cámaras, colegios de profesionales, asociaciones o agrupaciones industriales, comerciales o de servicios, fabricantes o proveedores de bienes o prestadores de servicios. c) Otra fuente para obtener información se encuentra en las páginas de internet, por vía telefónica u algún otro medio, siempre que se lleve un registro del medio y de la información consultada, de manera tal que permita verificar la consulta efectuada y el resultado obtenido. Cuando la información requerida no se encuentre en el medio consultado o no se reciba respuesta a la solicitud efectuada, se deberá dejar constancia fehaciente de la gestión realizada.    Viñeta adicionada DOF 21-11-2012 Para efectos de la estratificación como micro, pequeñas y medianas empresas, las dependencias y entidades deberán solicitar, desde la convocatoria, que las mismas presenten debidamente requisitado el formato establecido por la Secretaría de Economía para tal efecto. Viñeta adicionada DOF 21-11-2012 Cuando el carácter de una licitación pública se ubique en el supuesto a que alude la fracción II del artículo 30 de la Ley, deberá observarse lo establecido en los Tratados respectivos, así como en las “Reglas para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos”. Viñeta reformada DOF 21-11-2012 En la celebración de licitaciones nacionales al amparo de las reservas de los Tratados, la determinación de las reservas se atenderá conforme a lo previsto en el “Reglas para la aplicación Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 21 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). de las reservas contenidas en los capítulos o títulos de compras del sector público de los tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos”.  Viñeta reformada DOF 21-11-2012 Con la finalidad de orientar a las Áreas responsables, en la calendarización prevista en este subproceso, se incluyen los esquemas siguientes: Viñeta reformada DOF 19-09-2014 Licitación internacional bajo la cobertura de tratados Esquema reformado DOF 19-09-2014 Licitación internacional abierta Esquema reformado DOF 19-09-2014 Licitación Nacional Esquema reformado DOF 19-09-2014 Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 22 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). Licitación con reducción de plazos Esquema reformado DOF 19-09-2014 Designación del Testigo Social Esquema adicionado DOF 19-09-2014 Publicación de Proyecto de Convocatoria Esquema adicionado DOF 19-09-2014 Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 23 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). El diagrama de flujo del subproceso y el formato de estratificación de las MIPYMES se encuentran disponibles en el sitio www.compranet.gob.mx Párrafo modificado DOF 21-11-2012 4.2.1.2 Visita al sitio y junta de aclaraciones 4.2.1.2.1 Objetivo Conocer el lugar de ejecución de los trabajos y disipar las dudas de los licitantes con respecto del contenido de la convocatoria a la licitación pública. 4.2.1.2.2   Insumos Convocatoria a la licitación pública o invitación a cuando menos tres personas. Preguntas realizadas por los licitantes. 4.2.1.2.3 Descripción RESPONSABLE Área responsable de la contratación con el apoyo del Área técnica y, en su caso, del Área requirente Área responsable de la contratación con el apoyo del Área técnica y, en su caso, del Área requirente Área responsable de la contratación Área responsable de la contratación No. ACTIVIDAD NORMATIVIDAD APLICABLE Inicia el subproceso 1 2 3 4 Realizar la visita al sitio de los trabajos, cuando así se hubiere previsto en la convocatoria a la licitación pública. Art. 31 fracción IX de la Ley Llevar a cabo la(s) junta(s) de aclaraciones y dar respuesta en forma clara y precisa a las preguntas sobre la convocatoria a la licitación pública. Arts. 31 fracción X, 34 y 35 de la Ley Levantar el acta de junta de aclaraciones y entregar copia de la misma a los participantes. Poner a disposición de los ausentes el acta de junta de aclaraciones en las oficinas de la dependencia o entidad y en CompraNet. Art. 38 del Reglamento Arts. 39 y 40 del Reglamento Arts. 35 último párrafo y 39 Bis de la Ley Art. 39, último párrafo del Reglamento Art. 39 bis último párrafo de la Ley Fin del subproceso Productos   Minuta de la visita al sitio de los trabajos (en su caso). Acta (s) de junta (s) de aclaraciones. Aspectos generales a considerar: Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 24 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016).    En las modificaciones a la convocatoria a la licitación pública que deriven de la junta de aclaraciones, se deberán señalar las disposiciones normativas que las sustenten y todas las propuestas de modificaciones serán tomadas en cuenta, con excepción de aquéllas que pretendan modificar elementos esenciales del procedimiento de contratación (tales como, las obras públicas o servicios objeto del mismo), o las que impliquen requisitos imposibles de cumplir a los participantes, limitando su libre participación en el procedimiento de contratación de que se trate. Viñeta adicionada DOF 27-06-2011 Las solicitudes de aclaración podrán entregarse personalmente en la junta de aclaraciones, o enviarse a través de CompraNet a más tardar veinticuatro horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta. Con la finalidad de orientar a las Áreas responsables de la contratación, con respecto al cómputo de los plazos que habrán de observase para la realización de las visitas y juntas de aclaraciones, se incluye el esquema siguiente: Visita al sitio de los trabajos y junta de aclaraciones  Esquema reformado DOF 21-11-2012 En caso de que se difiera el plazo para el acto de presentación y apertura de proposiciones, el cómputo de días deberá realizarse en la forma prevista en el esquema antes señalado. Formatos de documentación soporte Denominación del apartado reformado DOF 27-06-2011  Acta (s) de junta (s) de aclaraciones. El diagrama de flujo y el formato del subproceso se encuentran disponibles en el sitio www.compranet.gob.mx Párrafo reformado DOF 27-06-2011 4.2.1.3 Presentación y apertura de proposiciones 4.2.1.3.1 Objetivo Que la dependencia o entidad, en el marco de la normatividad aplicable, tenga conocimiento formal de las características técnicas y económicas que ofrecen los licitantes, para contar con los elementos suficientes para decidir el fallo del proceso licitatorio. Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 25 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). 4.2.1.3.2    Insumos Convocatoria a la licitación pública o invitación a cuando menos tres personas. Acta (s) de junta (s) de aclaraciones. Propuesta (s) de los licitantes. 4.2.1.3.3 Descripción RESPONSABLE No. ACTIVIDAD NORMATIVIDAD APLICABLE Inicia el subproceso Área responsable de la contratación Área responsable de la contratación Área responsable de la contratación 1 Llevar a cabo el acto de presentación y apertura de proposiciones, en los plazos previstos en la convocatoria a la licitación pública y, en su caso, en las fechas derivadas de sus modificaciones. 2 Constatar la entrega de la documentación que integre las proposiciones, sin que ello implique la evaluación de su contenido o su desechamiento. 3 Levantar acta de la presentación y apertura de proposiciones, de la que se podrá proporcionar copia a los licitantes presentes en dicho acto, además de ponerla a disposición de los interesados en un lugar visible de la dependencia o entidad, y de difundirla en CompraNet. Arts. 33 y 37 de la Ley Arts. 59, 60 y 61 del Reglamento Art.37 de la Ley Arts. 59, 60 y 61 del Reglamento Arts.37 fracción III y 39 Bis de la Ley Art. 62 del Reglamento ¿Se recibieron proposiciones? SI: … Fin del subproceso No: Continúa en la actividad 2 del numeral 4.2.1.5.3 Pregunta reformada DOF -19-09-2014 Productos  Acta del acto de presentación y apertura de proposiciones. Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 26 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). Formatos de documentación soporte Denominación del apartado reformado DOF 27-06-2011  Acta del acto de presentación y apertura de proposiciones. Viñeta reformada DOF 27-06-2011 El diagrama de flujo y el formato del subproceso se encuentran disponibles en el sitio www.compranet.gob.mx Párrafo reformado DOF 27-06-2011 4.2.1.4 Evaluación de proposiciones 4.2.1.4.1 Objetivo Que la dependencia o entidad cuente con los elementos suficientes para determinar la solvencia de las proposiciones. 4.2.1.4.2  Insumos Convocatoria a la licitación pública o invitación a cuando menos tres personas.  Acta (s) de junta (s) de aclaraciones.  Propuesta (s) de los licitantes.  Acta del acto de presentación y apertura de proposiciones.  Información adicional que sea requerida a los licitantes. 4.2.1.4.3 Descripción Responsable Área responsable de la contratación No. Actividad Normatividad aplicable Inicia el subproceso 1 Remitir al Área técnica para su evaluación las propuestas técnicas. Art. 38 de la Ley Área técnica 2 Recibir y evaluar conforme al Arts. 31 fracciones XXII y XXIII y 38 de la Ley mecanismo previsto en la convocatoria, las propuestas técnicas que le remita el Arts. 2 fracción V, 63, 64 y 257 Área responsable de la contratación. del Reglamento Área técnica 3 Remitir al Área responsable de la contratación el resultado de la evaluación técnica de las propuestas. Art. 38 de la Ley Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 27 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). Área responsable de la contratación 4 Area responsable de la contratación Responsable adicionado DOF 21-11-2012 5 Realizar la evaluación proposiciones económicas. de las Actividad reformada DOF 21-11-2012 Verificar si las proposiciones técnica y económicamente solventes, tienen precios aceptables por no ser notoriamente superiores a los obtenidos de la investigación de mercado ni rebasar el presupuesto elaborado de manera previa por la convocante, de manera que resulte factible su pago. Art. 38 de la Ley Arts. 63, 65 y 257 del Reglamento Art. 40 de la Ley Arts. 65 y 71 del Reglamento Normatividad aplicable adicionada DOF 21-11-2012 Fin del subproceso Actividad adicionada DOF 21-11-2012 Productos   Evaluación técnica. Evaluación económica. El diagrama de flujo del subproceso se encuentra disponible en el sitio www.compranet.gob.mx 4.2.1.5 Fallo 4.2.1.5.1 Objetivo Emitir el documento en que se hace constar el resultado de la evaluación técnica y económica de las proposiciones, y en el que se determina a cuál de ellas le será adjudicado el contrato por ofrecer las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes. 4.2.1.5.2      Insumos Convocatoria a la licitación pública o invitación a cuando menos tres personas. Acta (s) de junta (s) de aclaraciones. Propuesta (s) de los licitantes. Acta del acto de presentación y apertura de proposiciones. Evaluación técnica. Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 28 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016).  Evaluación económica. 4.2.1.5.3 Descripción Responsable No. Actividad Normatividad aplicable Inicia el subproceso Area responsable de la contratación Responsable reformado DOF 21-11-2012 1 Analizar si las proposiciones solicitadas o al menos una de ellas reunieron los requisitos solicitados en la convocatoria, o bien asentar, en su caso, que no se recibieron proposiciones. Arts. 38 y 40 de la Ley Normatividad aplicable reformada DOF 21-11-2012 Actividad reformada DOF 21-11-2012 ¿Las proposiciones solicitadas o al menos una de ellas reunieron los requisitos solicitados en la convocatoria? SI: NO: Continúa en la pregunta posterior a la actividad 2. Continúa en la actividad 2. Pregunta adicionada DOF 21-11-2012 Elaborar el fallo declarando desierto el procedimiento. Área responsable de la contratación 2 Fin del subproceso Arts. 39 y 40 de la Ley Ir al subproceso 4.2.1 Licitación pública, o bien, al subproceso 4.2.2 Contratación mediante procedimientos de excepción a la licitación pública. Arts. 68 y 71 del Reglamento Normatividad aplicable reformada DOF 21-11-2012 Actividad reformada DOF 21-11-2012 ¿Las proposiciones que reunieron los requisitos solicitados en la convocatoria tienen precios aceptables? SI: Continúa en la actividad 3. NO: Continúa en la actividad 2. Arts. 39 y 40 de la Ley Art. 68 y 71 del Reglamento Normatividad aplicable adicionada DOF 21-11-2012 Pregunta adicionada DOF 21-11-2012 Art. 39 de la Ley Area responsable de la contratación Responsable reformado DOF 21-11-2012 Área responsable de la contratación Elaborar el fallo adjudicando el contrato. 3 Actividad reformada DOF 21-11-2012 4 Dar a conocer en junta pública el fallo y difundirlo en CompraNet, así como enviar por correo electrónico un aviso a los licitantes que no asistieron al evento, para informarles que el fallo se encuentra a su disposición en CompraNet. Art. 68 del Reglamento Normatividad aplicable reformada DOF 21-11-2012 Arts. 39 cuarto párrafo y 39 Bis de la Ley Art. 68 del Reglamento Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 29 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). Fin del subproceso Actividad reformada DOF 21-11-2012 Productos  Fallo. Formatos de documentación soporte Denominación del apartado reformado DOF 27-06-2011  Fallo. Aspectos generales a considerar:     Cuando el fallo no se dé a conocer en junta pública, su contenido se deberá difundir en CompraNet el mismo día en que se emita. En licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados, el fallo se deberá publicar en el Diario Oficial de la Federación dentro de los 72 días naturales siguientes al de su emisión. Las dependencias y entidades, deberán solicitar al adjudicado, para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, previo a la formalización del contrato respectivo, cuyo monto exceda el establecido en la miscelánea fiscal correspondiente, que presenten documentos vigentes expedidos por el Servicio de Administración Tributaria y el Instituto Mexicano del Seguro Social, en los que se emitan las opiniones positivas del cumplimiento de obligaciones fiscales y de seguridad social. Viñeta reformada DOF 03-02-2016 Con la finalidad de orientar a las Áreas responsables, en la calendarización prevista en este subproceso, se incluyen los esquemas siguientes. Viñeta adicionada DOF 19-09-2014 Emisión y Publicación de Fallo para Licitaciones Nacionales y Licitaciones Internacionales Abiertas Esquema adicionado DOF 19-09-2014 Emisión y Publicación de Fallo de las Licitaciones Públicas Internacionales Bajo la Cobertura de Tratados Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 30 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). Esquema adicionado DOF 19-09-2014 El diagrama de flujo y el formato del subproceso se encuentran disponibles en el sitio www.compranet.gob.mx Párrafo reformado DOF 27-06-2011 4.2.2 Contratación mediante procedimientos de excepción a la licitación pública Asegurar las mejores condiciones para el Estado cuando no resulte idóneo realizar la contratación de obras públicas o servicios relacionados con las mismas, mediante el procedimiento de licitación pública. 4.2.2.1 4.2.2.1.1 Invitación a cuando menos tres personas Objetivo Desarrollar un procedimiento de contratación que permita: en los casos de excepción a la licitación pública previstos en la Ley, contar con las obras o servicios requeridos y asegurar al Estado la obtención de las mejores condiciones de contratación prevalecientes en el mercado, mediante la participación del mayor número de invitados en el procedimiento de invitación a cuando menos tres personas. Párrafo reformado DOF 03-02-2016 4.2.2.1.2    4.2.2.1.3 Insumos PAOPS. PEF. Fallo en el que se haya declarado desierta la licitación pública o invitación a cuando menos tres personas (en su caso). Descripción Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 31 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). Responsable No. Actividad Normatividad aplicable Inicia el subproceso Area especializada en la Realizar la investigación de mercado dependencia o entidad para verificar la existencia y costo de o, a falta de ésta, el Area materiales, mano de obra, maquinaria y responsable de la contratación de manera conjunta con el Area equipo, así como de contratistas, a nivel 1 nacional e internacional, y del precio total estimado de los trabajos. requirente. Esta actividad es común para Subapartados A y B siguientes. Responsable adicionado DOF 21-11-2012 Arts. 2 fracción XVI, 13, 15, 71, 73 fracción III y 74 fracciones II y VII del Reglamento Normatividad aplicable adicionada DOF 21-11-2012 los Actividad adicionada DOF 21-11-2012 Área responsable de la ejecución de los trabajos Área responsable de la contratación A. En los supuestos de excepción a que se refiere el artículo 42 de la Ley: 2 Elaborar, suscribir y remitir al Área responsable de la contratación, el escrito que contenga la justificación del supuesto de excepción a la licitación pública, en el que se acrediten el o los criterios en los que se funda el ejercicio de la opción de invitación a cuando menos tres personas. 3 Determinar, de acuerdo al supuesto de excepción de que se trate, a quién corresponde dictaminar sobre su procedencia para someterlo a su consideración. Arts. 25 fracción III y 42 de la Ley 4 Analizar y dictaminar sobre la procedencia del supuesto de excepción a la licitación pública. Arts. 25 fracción III y 42 de la Ley Comité, o cuando éste no exista el Titular de la dependencia o entidad u Oficial Mayor o su equivalente, o Área responsable de la ejecución de los trabajos, o Art. 41 de la Ley Art. 73 del Reglamento Arts. 25, 26 y 73 del Reglamento Arts. 26 y 73 del Reglamento Área responsable de la contratación ¿Procede la solicitud de excepción? SI: Continúa en la actividad 6. NO: Continúa en la actividad 5. Pregunta reformada DOF 21-11-2012 Comité, o cuando éste no exista el Titular de la dependencia o entidad u 5 Informar a las Áreas responsables de la contratación y de la ejecución de los trabajos de la no procedencia de la solicitud para que las mismas Art. 27 de la Ley Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 32 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). Responsable No. Oficial Mayor o su equivalente Actividad Normatividad aplicable determinen un procedimiento contratación diverso. de Fin del subproceso Área responsable de la contratación 6 Elaborar y entregar la solicitud de cotización que deberá presentar la Arts. 31, 44 fracciones I, IV, V y persona seleccionada que cuente con la VII de la Ley capacidad y recursos necesarios para Arts. 44, 45, 46 y 77 del ejecutar los trabajos; dicha solicitud Reglamento deberá contener los requerimientos técnicos, económicos y demás necesarios para el desarrollo de los trabajos, y entre ellos lo aplicable en lo señalado en el artículo 31 de la Ley, así Normatividad aplicable adicionada DOF 03-02-2016 como el plazo en que se solicita al interesado que presente su proposición. Párrafo reformada DOF 03-02-2016 ¿Se tiene previsto visita a sitio y juntas de aclaraciones? SI: Continúa en el subproceso 4.2.1.2 Visita al sitio y junta de aclaraciones. NO: Continúa en la actividad 7. Pregunta reformada DOF 21-11-2012 Área responsable de la contratación 7 Llevar a cabo el acto de presentación y apertura de proposiciones en la fecha prevista en la invitación a cuando menos tres personas. ¿Se recibieron proposiciones? SI: cuando menos Arts. 33 y 37 de la Ley Arts. 59 y 60 del Reglamento 3 Continúa en el subproceso 4.2.1.4 Evaluación de proposiciones. NO: Ir a la siguiente pregunta. Pregunta reformada DOF 21-11-2012 ¿Opta por continuar el procedimiento y evaluar las proposiciones presentadas? SI: NO: Ir a la siguiente pregunta. Continúa en la actividad 9. Pregunta adicionada DOF 21-11-2012 Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 33 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). Responsable No. Actividad Normatividad aplicable ¿Las proposiciones solicitadas o al menos una de ellas reunieron los requisitos solicitados en la invitación? SI: NO: Ir a la siguiente pregunta. Continúa en la actividad 9. Pregunta adicionada DOF 21-11-2012 ¿Las proposiciones que reunieron los requisitos solicitados en la invitación tienen precios aceptables? SI: NO: Continúa en la actividad 8. Continúa en la actividad 9. Pregunta adicionada DOF 21-11-2012 Area responsable de la contratación Responsable reformado DOF 21-11-2012 Elaborar el fallo adjudicando el contrato. 8 Actividad reformada DOF 21-11-2012 Art. 68 del Reglamento Normatividad aplicable reformada DOF 21-11-2012 Elaborar fallo declarando desierto el procedimiento. Area responsable de la contratación Responsable reformado DOF 21-11-2012 Arts. 39 y 44 fracciones III y VII de la Ley 9 Ir al subproceso 4.2.1 Licitación pública, o bien al subproceso 4.2.2 Contratación mediante procedimientos de excepción a la licitación pública. Arts. 39, 40 y 44 fracciones III y VII de la Ley Art. 68 del Reglamento Normatividad aplicable reformada DOF 21-11-2012 Actividad reformada DOF 21-11-2012 Area responsable de la contratación Responsable adicionado DOF 21-11-2012 10 Dar a conocer en junta pública el fallo y difundirlo en CompraNet, así como enviar por correo electrónico un aviso a Arts. 39 cuarto párrafo, 39 Bis y los licitantes que no asistieron al evento 44 fracción VII de la Ley para informarles que el fallo se Art. 68 del Reglamento encuentra a su disposición en Normatividad aplicable adicionada CompraNet. DOF 21-11-2012 Fin del subproceso Actividad adicionada DOF 21-11-2012 Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 34 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). Responsable Área responsable de la contratación No. Actividad B. En los supuestos de excepción por monto a que se refiere el artículo 43 de la Ley: 2 Verificar si el costo estimado del contrato se encuentra dentro de los montos máximos establecidos en el PEF. ¿Rebasa los autorizados? SI: montos Normatividad aplicable Art. 43 tercer párrafo de la Ley Arts. 73 fracción III y 75 del Reglamento máximos Determinar un procedimiento de contratación diverso. NO: Continúa en la actividad 3. Pregunta reformada DOF 21-11-2012 Área responsable de la contratación 3 Verificar que la suma del monto de los contratos adjudicados bajo el supuesto de excepción previsto en el artículo 43 de la Ley y el monto de la obra o servicio que se pretende efectuar no rebase el 30 por ciento del presupuesto autorizado a la dependencia o entidad. Art. 43 tercer párrafo de la Ley Art. 75 fracción I del Reglamento ¿Rebasa el porcentaje del presupuesto autorizado? SI: Continúa en la actividad 4 de este Subapartado. NO: Continúa en la actividad 6 del subproceso 4.2.2.1.3 del Subapartado A. Pregunta reformada DOF 21-11-2012 Área responsable de la contratación 4 Solicitar al titular de la dependencia o al órgano de gobierno de la entidad, se fije en casos excepcionales, un porcentaje mayor al establecido en la Ley, previa justificación que al efecto se elabore. Art. 43 último párrafo de la Ley Art. 75 del Reglamento ¿Se autoriza por el titular de la dependencia o el órgano de gobierno de la entidad un porcentaje mayor? SI: Se hace del conocimiento del OIC y se continúa en la actividad 6 del subproceso 4.2.2.1.3 del Subapartado A. NO: Determinar un procedimiento de contratación diverso. Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 35 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). Responsable No. Actividad Normatividad aplicable Fin del subproceso Pregunta reformada DOF 21-11-2012 Productos      Escrito de justificación del supuesto de excepción a la licitación pública. Dictamen que justifique la contratación (en su caso). Invitación a participar en el procedimiento. Solicitud de autorización para fijar un porcentaje mayor al establecido en la Ley. Fallo en el que se declara desierto el procedimiento de invitación a cuando menos tres personas (en su caso). Formatos de documentación soporte Denominación del apartado reformado DOF 27-06-2011  Dictamen que justifique la contratación. Aspectos generales a considerar:  La investigación de mercado se integrará con la información obtenida de cuando menos dos fuentes: a) Invariablemente y sin excepción se consultará la información en CompraNet, y en caso de que ésta no se encuentre disponible se consultará la información histórica con la que cuenten el Area responsable de la contratación de que se trate u otras áreas responsables de la contratación de la propia dependencia o entidad. b) Asimismo, se podrá consultar información en organismos especializados, cámaras, colegios de profesionales, asociaciones o agrupaciones industriales, comerciales o de servicios, fabricantes o proveedores de bienes o prestadores de servicios. c) Otra fuente para obtener información se encuentra en las páginas de internet, por vía telefónica u algún otro medio, siempre que se lleve un registro del medio y de la información consultada, de manera tal que permita verificar la consulta efectuada y el resultado obtenido. Cuando la información requerida no se encuentre en el medio consultado o no se reciba respuesta a la solicitud efectuada, se deberá dejar constancia fehaciente de la gestión realizada. Viñeta adicionada DOF 21-11-2012   Para efectos de la estratificación como micro, pequeñas y medianas empresas, las dependencias y entidades deberán solicitar, desde la invitación, que las mismas presenten debidamente requisitado el formato establecido por la Secretaría de Economía para tal efecto. Viñeta adicionada DOF 21-11-2012 Invariablemente se deberá contar con la información y documentación que justifique llevar a cabo este tipo de procedimiento. Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 36 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016).    Cuando un procedimiento de contratación se encuentre bajo la cobertura de tratados, deberá observarse lo establecido en el artículo 1016 del TLCAN y sus correlativos en los demás Tratados. En el caso de que la excepción sea resultado de una licitación pública declarada desierta, los requisitos establecidos como causa de desechamiento deberán ser los mismos que los utilizados en la convocatoria a la licitación pública. Para el procedimiento de contratación mediante invitación a cuando menos tres personas que se sustente en los supuestos previstos en el artículo 42 de la Ley, en el escrito de justificación de excepción a la licitación pública, deberá constar el acreditamiento del o los criterios contemplados en el artículo 41 de la propia Ley, el cual considerará lo siguiente: En el criterio de Economía, la dependencia o entidad demostrará el ahorro de recursos cuantificado en dinero que se estima obtener al llevar a cabo la contratación a través del procedimiento de invitación a cuando menos tres personas, en comparación con la realización de una licitación pública. En el criterio de Eficacia, la dependencia o entidad mostrará que con el procedimiento de invitación a cuando menos tres personas se realizará la contratación con oportunidad y atendiendo las características requeridas por la dependencia o entidad para obtener las mejores condiciones de contratación y cumplir los objetivos que se persiguen, lo cual no se lograría con el procedimiento de licitación pública. En el criterio de Eficiencia, se deberá dejar constancia que el procedimiento de invitación a cuando menos tres personas es el que, a diferencia del procedimiento de licitación pública, permite el uso racional de recursos con los que cuenta la dependencia o entidad para realizar la contratación y obtener las mejores condiciones en la misma, evitando la pérdida de tiempo y recursos al Estado. En el criterio de Imparcialidad, la dependencia o entidad deberá mostrar que la selección del procedimiento de invitación a cuando menos tres personas no implica otorgar condiciones ventajosas a alguno de los invitados en relación con los demás ni limitar la libre participación. En el criterio de Honradez, la dependencia o entidad deberá señalar las medidas que se han tomado para evitar que en el procedimiento de invitación a cuando menos tres personas se realicen actos de corrupción, así como que los servidores públicos que intervengan en el mismo no se aprovechen de su cargo para favorecer a algún o algunos de los invitados y de que se exigirá de éstos la misma conducta. En el criterio de Transparencia, la dependencia o entidad dejará constancia de las medidas adoptadas para que todos los invitados tengan acceso de manera oportuna, clara y completa a la información relativa al procedimiento de invitación a cuando menos tres personas. Viñeta reformada DOF 21-11-2012  Las dependencias y entidades, deberán solicitar al adjudicado, para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, previo a la formalización del contrato respectivo, cuyo monto exceda del establecido en la miscelánea fiscal correspondiente, que presenten documentos vigentes expedidos por el Servicio de Administración Tributaria y el Instituto Mexicano del Seguro Social, en los cuales emitan su opinión en sentido positivo sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales y de seguridad social correspondientes a contratistas y subcontratistas. Viñeta reformada DOF 03-02-2016 Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 37 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). El diagrama de flujo, el formato del subproceso y el formato de estratificación de las MIPYMES se encuentran disponibles en el sitio www.compranet.gob.mx Párrafo reformado DOF 21-11-2012 4.2.2.2 Adjudicación directa 4.2.2.2.1 Objetivo Desarrollar un procedimiento de contratación que permita, en los casos de excepción a la licitación pública previstos en la Ley, contar con las obras o servicios requeridos, sin perjuicio de asegurar las mejores condiciones disponibles para el Estado. 4.2.2.2.2  Insumos PAOPS.  PEF.  Fallo en el que se haya declarado desierta la licitación pública o invitación a cuando menos tres personas (en su caso). 4.2.2.2.3 Descripción Responsable No. Actividad Normatividad aplicable Inicia el subproceso Area especializada en la dependencia o entidad o, a falta de ésta, el Area responsable de la contratación de manera conjunta con el Area requirente. 1 Realizar la investigación de mercado para verificar la existencia y costo de materiales, mano de obra, maquinaria Arts. 2, fracción XVI, 13, 15, 71, y equipo, así como de contratistas, a 73 fracción III y 74 fracciones II y VII del Reglamento nivel nacional e internacional, y del Normatividad aplicable adicionada precio total estimado de los trabajos. Esta actividad es común para los Subapartados A y B siguientes. Responsable adicionado DOF 21-11-2012 DOF 21-11-2012 Actividad adicionada DOF 21-11-2012 Área responsable de la ejecución de los trabajos A. En los supuestos de excepción a que se refiere el artículo 42 de la Ley: 2 Elaborar, suscribir y remitir al Área responsable de la contratación, el escrito que contenga la justificación del supuesto de excepción a la licitación pública, en el que se acrediten el o los criterios en los que Art. 41 de la Ley Art. 73 del Reglamento Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 38 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). Responsable No. Actividad Normatividad aplicable se funda el ejercicio de la opción de adjudicación directa. Área responsable de la contratación 3 Determinar, de acuerdo al supuesto de excepción de que se trate, a quién corresponde dictaminar sobre su procedencia para someterlo a su consideración. Arts. 25 fracción III y 42 de la Ley 4 Analizar y dictaminar sobre la procedencia del supuesto de excepción a la licitación pública. Arts. 25 fracción III y 42 de la Ley Comité, o cuando éste no exista el Titular de la dependencia o entidad u Oficial Mayor o su equivalente, o Área responsable de la ejecución de los trabajos, o Arts. 25, 26 y 73 del Reglamento Arts. 26 y 73 del Reglamento Área responsable de la contratación ¿Procede la solicitud de excepción? SI: Continúa en la actividad 6. NO: Continúa en la actividad 5. Pregunta reformada DOF 21-11-2012 Comité, o cuando éste no exista el Titular de la dependencia o entidad u Oficial Mayor o su equivalente 5 Informar a las Áreas responsables de la contratación y de la ejecución de los trabajos de la no procedencia de la solicitud para que las mismas determinen un procedimiento de contratación diverso. Art. 27 de la Ley Fin del subproceso Área responsable de la contratación 6 Elaborar y entregar la solicitud de cotización que deberá presentar la persona seleccionada que cuente con la capacidad y recursos necesarios para ejecutar los trabajos; dicha solicitud deberá contener los requerimientos técnicos, económicos y demás necesarios para el desarrollo de los trabajos, entre los que se encuentran en el artículo 31 de la Ley, así como el plazo en que se solicita al interesado que presente su proposición. Arts. 31 y 41 de la Ley Arts. 44 y 45 del Reglamento Normatividad aplicable adicionada DOF 03-02-2016 Párrafo reformada DOF 03-02-2016 Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 39 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). Responsable No. Actividad Normatividad aplicable Área responsable de la contratación 7 Recibir la cotización que presente la persona seleccionada para su evaluación. Arts. 41 de la Ley ¿La cotización conveniente? SI: se Arts. 44 y 45 del Reglamento estima Ir al subproceso 4.2.3 Formalización del contrato. Fin del subproceso NO: Regresa a la actividad 6. Pregunta reformada DOF 21-11-2012 Área responsable de la contratación B. En los supuestos de excepción por monto a que se refiere el artículo 43 de la Ley: 2 Verificar si el costo estimado del contrato se encuentra dentro de los montos máximos establecidos en el PEF. ¿Rebasa los autorizados? SI: montos Art. 43 tercer párrafo de la Ley Arts. 73 fracción III y 75 del Reglamento máximos Determinar un procedimiento de contratación diverso. NO: Continúa en la actividad 3. Pregunta reformada DOF 21-11-2012 Área responsable de la contratación 3 Verificar que la suma del monto de los contratos adjudicados bajo el supuesto de excepción previsto en el artículo 43 de la Ley y el monto de la obra o servicio que se pretende efectuar no rebase el 30 por ciento del presupuesto autorizado a la dependencia o entidad. ¿Rebasa el porcentaje presupuesto autorizado? SI: Art. 43 tercer párrafo de la Ley Art. 75 fracción I del Reglamento del Continúa en la actividad 4. NO: Ir al subproceso 4.2.3 Formalización del contrato. Pregunta reformada DOF 21-11-2012 Área responsable de la contratación 4 Solicitar al titular de la dependencia o al órgano de gobierno de la entidad se Art. 43 último párrafo de la Ley Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 40 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). Responsable No. Actividad Normatividad aplicable fije, en casos excepcionales, un porcentaje mayor al establecido en la Ley, previa justificación que al efecto se elabore. ¿Se autoriza por el titular de la dependencia o el órgano de gobierno de la entidad un porcentaje mayor? SI: Se hace del conocimiento del OIC y se continúa en el subproceso 4.2.3 Formalización del contrato. Arts. 45 y 46 de la Ley Arts. 79 a 82 del Reglamento NO: Determinar un procedimiento de contratación diverso. Art. 27 de la Ley Fin del subproceso Pregunta reformada DOF 21-11-2012 Productos     Escrito de justificación del supuesto de excepción a la licitación pública. Dictamen de procedencia del supuesto de excepción a la licitación pública. Solicitud de autorización para fijar un porcentaje mayor al establecido en la Ley. Cotización. Formatos de documentación soporte Denominación del apartado reformado DOF 27-06-2011   Dictamen que justifique la contratación. Solicitud de cotización. Aspectos generales a considerar:  La investigación de mercado se integrará con la información obtenida de cuando menos dos fuentes: a) Invariablemente y sin excepción se consultará la información en CompraNet, y en caso de que ésta no se encuentre disponible se consultará la información histórica con la que cuenten el Area responsable de la contratación de que se trate u otras áreas responsables de la contratación de la propia dependencia o entidad. b) Asimismo, se podrá consultar información en organismos especializados, cámaras, colegios de profesionales, asociaciones o agrupaciones industriales, comerciales o de servicios, fabricantes o proveedores de bienes o prestadores de servicios. Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 41 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). c) Otra fuente para obtener información se encuentra en las páginas de internet, por vía telefónica u algún otro medio, siempre que se lleve un registro del medio y de la información consultada, de manera tal que permita verificar la consulta efectuada y el resultado obtenido. Cuando la información requerida no se encuentre en el medio consultado o no se reciba respuesta a la solicitud efectuada, se deberá dejar constancia fehaciente de la gestión realizada. Viñeta adicionada DOF 21-11-2012  Para efectos de la estratificación como micro, pequeñas y medianas empresas, las dependencias y entidades deberán solicitar, desde la convocatoria, que las mismas presenten debidamente requisitado el formato establecido por la Secretaría de Economía para tal efecto. Viñeta adicionada DOF 21-11-2012      Invariablemente se deberá contar con la información y documentación que justifique llevar a cabo este tipo de procedimiento. Al solicitar la cotización, se recomienda considerar, en primera instancia, a las personas inscritas en el Registro Único de Contratistas de CompraNet. Viñeta adicionada DOF 21-11-2012 Cuando un procedimiento de contratación se encuentre bajo la cobertura de tratados, deberá observarse lo establecido en el artículo 1016 del TLCAN y sus correlativos en los demás Tratados. En el caso de que la excepción sea resultado de una licitación pública declarada desierta, los requisitos establecidos como causa de desechamiento deberán ser los mismos que los utilizados en la convocatoria a la licitación pública. Para el procedimiento de contratación mediante adjudicación directa que se sustente en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 de la Ley, en el escrito de justificación de excepción a la licitación pública, deberá constar el acreditamiento del o los criterios contemplados en el artículo 41 de la propia Ley, el cual considerará lo siguiente: En el criterio de Economía, la dependencia o entidad demostrará el ahorro de recursos cuantificado en dinero que se estima obtener al llevar a cabo la contratación a través del procedimiento de adjudicación directa, en comparación con la realización de una licitación pública. En el criterio de Eficacia, la dependencia o entidad mostrará que con el procedimiento de adjudicación directa se realizará la contratación con oportunidad y atendiendo las características requeridas por la dependencia o entidad para obtener las mejores condiciones de contratación y cumplir los objetivos que se persiguen, lo cual no se lograría con el procedimiento de licitación pública. En el criterio de Eficiencia, se deberá dejar constancia que el procedimiento de adjudicación directa es el que, a diferencia del procedimiento de licitación pública, permite el uso racional de recursos con los que cuenta la dependencia o entidad para realizar la contratación y obtener las mejores condiciones en la misma, evitando la pérdida de tiempo y recursos al Estado. En el criterio de Imparcialidad, la dependencia o entidad deberá mostrar que la selección del procedimiento de adjudicación directa no implica otorgar condiciones ventajosas a alguna de las personas que presentó cotización, en relación con los demás ni limitar la libre participación. En el criterio de Honradez, la dependencia o entidad deberá señalar las medidas que se han tomado para evitar que en el procedimiento de adjudicación directa se realicen actos de corrupción, así como que los servidores públicos que intervengan en el mismo no se aprovechen de su cargo Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 42 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). para favorecer a alguna o algunas de las personas que hayan presentado cotización y de que se exigirá de éstas la misma conducta. En el criterio de Transparencia, la dependencia o entidad dejará constancia de las medidas adoptadas para que todas las personas que hayan presentado cotización tengan acceso de manera oportuna, clara y completa a la información relativa al procedimiento de adjudicación directa.  Viñeta reformada DOF 21-11-2012 Las dependencias y entidades, deberán solicitar al adjudicado, para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, previo a la formalización del contrato respectivo, cuyo monto exceda del establecido en la miscelánea fiscal correspondiente, que presenten documentos vigentes expedidos por el Servicio de Administración Tributaria y el Instituto Mexicano del Seguro Social, en los cuales emitan su opinión en sentido positivo sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales y de seguridad social correspondientes a contratistas y subcontratistas. Viñeta reformada DOF 03-02-2016 Viñeta derogada DOF 21-11- 2012 El diagrama de flujo, los formatos del subproceso y el formato de estratificación de las MIPYMES se encuentran disponibles en el sitio www.compranet.gob.mx Párrafo reformado DOF 21-11-2012 4.2.3 Formalización del contrato 4.2.3.1 Objetivo Formalizar el instrumento jurídico que contenga los derechos y obligaciones de la dependencia o entidad y del contratista en relación con las obras públicas o servicios relacionados con las mismas que deriven de un procedimiento de contratación, en términos de las disposiciones aplicables. 4.2.3.2     Insumos Convocatoria a la licitación pública o invitación a cuando menos tres personas o solicitud de cotización. Acta(s) de la(s) junta(s) de aclaraciones, cuando corresponda. Viñeta adicionada DOF 21-11-2012 Fallo. Documentación legal del contratista. Viñeta adicionada DOF 21-11-2012     Dictamen de procedencia del supuesto de excepción a la licitación pública (en su caso). Cotización y/o proposición ganadora. Garantías. Documentos vigentes expedidos por el Servicio de Administración Tributaria y el Instituto Mexicano del Seguro Social, en los cuales emitan su opinión en sentido positivo sobre el cumplimiento de Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 43 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). obligaciones fiscales y de seguridad social correspondientes a contratistas y subcontratistas para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, cuyo monto exceda del establecido en la miscelánea fiscal correspondiente. Viñeta reformada DOF 03-02-2016  4.2.3.3 Suficiencia presupuestaria (otorgada con la validación correspondiente por el área competente de la dependencia o entidad). Descripción Responsable No. Actividad Normatividad aplicable Inicia el subproceso Área responsable de la contratación 1 Integrar al modelo de contrato los términos y condiciones de la proposición ganadora y solicitar, cuando así corresponda, a las áreas o unidades administrativas competentes su opinión o validación desde el punto de vista técnico y jurídico. 2 Requerir al contratista adjudicado la entrega de las garantías exigidas en la convocatoria a la licitación pública, en la invitación a cuando menos tres personas o en la solicitud de cotización, así como la presentación de los documentos originales que, en su caso, se requieran para su cotejo. Área responsable de la contratación 3 Realizar los trámites para la calificación, aceptación, registro, guarda y custodia de las garantías otorgadas, así como aquéllos que resulten necesarios para que la formalización del contrato se lleve a cabo en la fecha establecida en el fallo o en la convocatoria a la licitación pública, en la invitación a cuando menos tres personas o en la solicitud de cotización y, en su defecto, dentro del plazo establecido en la Ley. Área responsable de la contratación 4 Área responsable de la contratación Recabar firmas de los servidores públicos facultados para ello, así como del contratista. Arts. 46 y 47 de la Ley Art. 79 del Reglamento Art. 48 de la Ley Art. 89 del Reglamento Arts. 31 fracción XI y 47 de la Ley Art. 81 del Reglamento Art. 47 de la Ley Arts. 80 y 81 del Reglamento ¿El contrato no se firmó en la fecha o plazo establecido por causas imputables al contratista? SI: Continúa en la actividad 5 Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 44 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). Responsable No. Actividad Normatividad aplicable NO: El contratista no estará obligado a ejecutar los trabajos y podrá solicitar el pago de gastos no recuperables. Fin del subproceso Área responsable de la contratación Área responsable de la contratación 5 Informar al OIC el incumplimiento del contratista para firmar el contrato, a Arts. 77 y 78 fracción I de la Ley efecto de que proceda de acuerdo a sus facultades. 6 Evaluar la conveniencia de adjudicar el contrato al licitante que presentó la siguiente proposición solvente, y así sucesivamente, siempre que la diferencia en precio a la inicialmente ganadora no sea superior al 10 por ciento. Art. 47 segundo párrafo de la Ley ¿Es viable la adjudicación a otro contratista que participó en el procedimiento de contratación? SI: Ir a la actividad 1 de este subproceso. NO: Iniciar un procedimiento contratación.   Ir al subproceso Licitación pública, o nuevo de 4.2.1 Ir al subproceso 4.2.2 Contratación mediante procedimientos de excepción a la licitación pública Fin del subproceso Productos  Contrato y anexos. Aspectos generales a considerar:  En la calificación de las garantías deberá verificarse que las mismas cumplan con las condiciones establecidas por la dependencia o entidad, que se constituyan en la moneda definida en el contrato respectivo, que se hayan emitido conforme a las disposiciones legales aplicables, que se encuentren a favor de la Tesorería de la Federación o de la entidad correspondiente, debiendo observarse en lo procedente las Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las dependencias y entidades en los actos y contratos que celebren, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 8 de septiembre de 2015. Viñeta reformada DOF 03-02-2016 Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 45 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016).    En caso de que la garantía no cumpla con los requisitos de ley, la misma deberá ser rechazada, debiendo notificar dicha situación al contratista haciéndole saber las causas del rechazo para que, en un plazo que no excederá de cinco días hábiles contados a partir de la fecha de notificación, subsane los requisitos omitidos o bien ofrezca una nueva garantía para respaldar la obligación. El Área responsable de la contratación deberá remitir, a más tardar dentro de los treinta días naturales siguientes a aquél en que se verifique el incumplimiento por el contratista, a la Tesorería de la Federación en el caso de dependencias, y al área que resulte competente en el caso de entidades, el expediente debidamente integrado con la documentación necesaria para que dichas instancias estén en posibilidad de hacer efectivas las garantías por anticipos no amortizados o por falta de cumplimiento de contrato. Para verificar la autenticidad de las pólizas de fianza y las garantías, las Areas contratantes de las dependencias o entidades podrán consultar en las páginas de Internet de la afianzadora que expida la póliza o de las empresas que emitan las garantías, y en las direcciones electrónicas www.afianza.com.mx de la Asociación de Compañías Afianzadoras de México, A.C. o www.amexig.com de la Asociación Mexicana de Garantías, A.C., en las cuales se cuenta con una liga que les permitirá validar las pólizas de fianza y las garantías emitidas por las afianzadoras y empresas afiliadas a dichas Asociaciones. En caso de que el resultado de la consulta arroje que la fianza o la garantía presuntamente sean apócrifas, se deberá solicitar formalmente la respuesta a la afianzadora o a la empresa de que se trate, para los efectos legales correspondientes. El resultado de las consultas deberá integrarse a los expedientes de los respectivos contratos. Viñeta reformada DOF 21-11-2012 El diagrama de flujo del subproceso se encuentra disponible en el sitio www.compranet.gob.mx 4.2.4 Modificación del contrato 4.2.4.1 Objetivo Llevar a cabo las modificaciones que las dependencias o entidades requieran efectuar a los contratos de obra pública o de servicios relacionados con las mismas, siempre que dichas modificaciones se ajusten a lo establecido en la Ley, en el Reglamento y en las demás disposiciones que resulten aplicables. 4.2.4.2     4.2.4.3 Insumos Garantías requeridas. Contrato. Cantidades o conceptos de trabajo adicionales a considerar (en su caso). Términos y condiciones a modificar (en su caso). Descripción Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 46 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). RESPONSABLE Área responsable de la ejecución de los trabajos No. Área responsable de la ejecución de los trabajos 1 2 3 Área responsable de la contratación Evaluar la necesidad de llevar a cabo modificaciones a los términos y condiciones, monto o plazo. Elaborar dictamen técnico que justifique de manera fundada y explícita, las razones para llevar a cabo la modificación del contrato. Gestionar la autorización del servidor público facultado para la celebración del convenio modificatorio. Actividad reformada DOF 21-11-2012 Área responsable de la contratación Responsable reformado DOF 21-11-2012 4 Recabar las firmas de los servidores públicos facultados para suscribir el convenio modificatorio correspondiente, así como del contratista. Actividad reformada DOF 21-11-2012 5 Solicitar que se lleve a cabo la modificación y ajuste de la garantía correspondiente, verificando que la misma se entregue dentro del plazo legal establecido. Actividad reformada DOF 21-11-2012 Área responsable de la contratación NORMATIVIDAD APLICABLE Inicia el subproceso Residente Residente ACTIVIDAD 6 Art. 59 de la Ley Arts. 99 al 102 del Reglamento Art. 59 de la Ley Arts. 99 y 109 fracción II del Reglamento Art. 59 tercer párrafo de la Ley Normatividad aplicable reformada DOF 21-11-2012 Art. 59 tercer y noveno párrafos de la Ley Art. 99 último párrafo del Reglamento Normatividad aplicable reformada DOF 21-11-2012 Arts. 98 fracción II y último párrafo; 99 último párrafo y 105 último párrafo del Reglamento Normatividad aplicable reformada DOF 21-11-2012 Informar al OIC de la dependencia o entidad de la suscripción de los Art. 59 antepenúltimo párrafo de convenios modificatorios que rebasen el la Ley 25 por ciento del monto o plazo Normatividad aplicable reformada originalmente pactado. DOF 21-11-2012 Actividad reformada DOF 21-11-2012 Area responsable de la ejecución de los trabajos Responsable reformado DOF 21-11-2012 7 Revisar con el contratista los indirectos y el financiamiento originalmente pactados, cuando las modificaciones derivadas del convenio o convenios celebrados impliquen un aumento o reducción por una diferencia superior al 25% del monto o plazo originalmente contratados. Unicamente, en los supuestos previstos en las fracciones I a III del segundo párrafo del artículo 102 del Reglamento, será necesario solicitar la autorización de la SFP, a través de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas, para efectuar dicha revisión, Art. 59 cuarto párrafo de la Ley Art. 102 del Reglamento Normatividad aplicable reformada DOF 21-11-2012 Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 47 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). RESPONSABLE No. ACTIVIDAD NORMATIVIDAD APLICABLE así como para determinar la procedencia de ajustar los indirectos y el financiamiento a las nuevas condiciones. Fin del subproceso Actividad reformada DOF 21-11-2012 Productos      Dictamen técnico. Autorización de la SFP (en su caso). Convenio modificatorio. Programas de ejecución modificados. Informe al OIC de convenios modificatorios que rebasan el 25 por ciento del monto o plazo originalmente pactado. Formatos de documentación soporte Denominación del apartado reformado DOF 27-06-2011  Dictamen técnico para justificar la formalización de convenios modificatorios al contrato. El diagrama de flujo y el formato del subproceso se encuentran disponibles en el sitio www.compranet.gob.mx Párrafo reformado DOF 27-06-2011 4.2.5 Entrega de anticipo 4.2.5.1 Objetivo Numeral adicionado DOF-19-09-2014 Entregar el anticipo para que el contratista realice en el sitio lo necesario para tal inicio de los trabajos, así como para la compra de los insumos que se utilizarán. 4.2.5.2   4.2.5.3 Insumos Fallo u oficio de adjudicación. Garantía. Descripción Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 48 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). RESPONSABLE Área responsable de la ejecución No. ACTIVIDAD NORMATIVIDAD APLICABLE 1 Inicia el subproceso Recibir de parte del contratista y analizar el programa en el que se establezca la forma en que se aplicará el anticipo. Artículo 50 de la Ley ¿Recibió programa sobre aplicación de anticipo? Sí. Continúa en la actividad 2 No. Continúa en el subproceso 4.3.1 Ejecución, actividad 6 Área responsable de la contratación 2 Recibir y analizar la garantía de anticipo por parte del contratista en la fecha y lugar establecidos en la convocatoria a la licitación o contrato o en su defecto, dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de notificación del fallo. Artículo 50 de la Ley ¿El Área responsable de la contratación recibió, por parte del contratista, la garantía de anticipo en los términos establecidos en la convocatoria a la licitación o en el contrato? Sí. Continúa en la actividad 3 No. Continúa en el subproceso 4.3.1 Ejecución, actividad 6 Área responsable de la ejecución 3 Poner el anticipo concedido a disposición del contratista con antelación a la fecha pactada para el inicio de los trabajos. Artículo 50 de la Ley ¿El anticipo fue puesto a disposición del contratista con antelación a la fecha pactada para el inicio de los trabajos? Sí. Continúa en el subproceso 4.3.1 Ejecución, actividad 6 No. Continúa en la actividad 4 Área responsable de la ejecución 4 Diferir la fecha de inicio del programa de ejecución pactado en un plazo igual al atraso en la entrega del anticipo, sea de manera total o de la primera parcialidad. Continúa en el Subproceso 4.3.1. Ejecución, actividad 6 Fin del subproceso Artículo 50 de la Ley Productos  Programa de aplicación del anticipo. Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 49 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016).  Garantía del anticipo El diagrama de flujo del subproceso se encuentra disponible en el sitio www.compranet.gob.mx 4.3 EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS 4.3.1 Ejecución 4.3.1.1 Objetivo Garantizar que la ejecución de los trabajos contratados se realice con base en las especificaciones contenidas en el contrato y sus anexos. 4.3.1.2      4.3.1.3 Insumos Contrato y anexos. Convenio (s) modificatorio (s) (en su caso). Entrega de inmueble en que se llevarán a cabo los trabajos. Permisos y licencias (en su caso). Recursos e insumos. Descripción RESPONSABLE No. ACTIVIDAD NORMATIVIDAD APLICABLE Inicia el subproceso Designar por escrito al servidor público que fungirá como residente y, en su caso, al supervisor, comunicando dicha designación al contratista y entregar al residente y al supervisor copia del contrato y sus anexos. El Titular del Área responsable de la ejecución de los trabajos 1 Área responsable de la ejecución de los trabajos 2 Solicitar al contratista el nombre de quien fungirá como superintendente. 3 Recibir designación de la persona propuesta para que se encargue de la superintendencia y verificar que cumpla con los requisitos del perfil establecidos. Área responsable de la ejecución de los trabajos Art. 53 de la Ley Arts. 111 y 112 del Reglamento Art. 53 de la Ley Art. 111 del Reglamento Art. 53 tercer párrafo de la Ley Art. 117 del Reglamento ¿El superintendente propuesto cumple con los requisitos? SI: Continúa en la actividad 5 NO: Continúa en la actividad 4 Área responsable de la ejecución de los trabajos 4 Solicitar al contratista que designe un nuevo superintendente. Art. 53 tercer párrafo de la Ley Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 50 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). RESPONSABLE No. ACTIVIDAD NORMATIVIDAD APLICABLE Área responsable de la ejecución de los trabajos 5 Informar al residente el nombre del superintendente designado. Art. 53 tercer párrafo de la Ley Área responsable de la ejecución de los trabajos 6 Poner el inmueble a disposición del contratista para el inicio de los trabajos, haciéndolo constar por escrito. Art. 52 primer párrafo de la Ley Residente 7 Llevar a cabo con la participación del superintendente y, en su caso, del supervisor, la apertura de la Bitácora. Arts. 113 fracción V y 123 fracción III del Reglamento 8 Arts. 46 fracción V y segundo Vigilar que la ejecución de los trabajos se lleve a cabo de acuerdo con el párrafo y 52 segundo párrafo de la Ley programa de ejecución contenido en el contrato. Art. 110 del Reglamento Área responsable de la ejecución de los trabajos, a través del residente Residente Residente y, en su caso, Supervisor Residente Residente 9 Revisar, controlar y comprobar las especificaciones técnicas y de calidad establecidas en el contrato, así como las que sean consecuentes con la naturaleza de los trabajos.  Ver subproceso 4.3.3 Verificación de la calidad de los trabajos. 10 Supervisar el avance físico y financiero de los trabajos, elaborar los Arts. 113 fracciones I y VI, y 115 informes correspondientes e informar fracciones XI, XII y XV del al área responsable de ejecución de Reglamento los trabajos. 11 Informar formalmente al superintendente sobre las desviaciones o atrasos que detecte solicitándole su corrección y efectuar las anotaciones correspondientes en la Bitácora. Art. 123 fracción XI del Reglamento Recibir las estimaciones de trabajos ejecutados para efectos del pago correspondiente y registrar en la Bitácora la fecha de recepción de las mismas. Art. 54 de la Ley 12  Residente y, en su caso, Supervisor Art. 113 fracciones VII y VIII del Reglamento 13 Ver subproceso 4.4 Autorización de estimaciones. Recibir, cuando proceda, las solicitudes de ajuste de costos que se formulen por escrito, de conformidad con lo establecido en el contrato, acompañadas de los estudios y documentación que las soporten.  Arts. 113 fracción IX y 132 del Reglamento Arts. 56, 57 y 58 de la Ley Ver subproceso 4.3.5 Ajuste de costos. Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 51 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). RESPONSABLE No. ACTIVIDAD NORMATIVIDAD APLICABLE Residente 14 Supervisar la correcta conclusión de los trabajos. Fin del subproceso Art. 113 fracción XIV del Reglamento Productos           Escrito de designación del residente. Escrito de designación del superintendente. Escrito de designación del supervisor (en su caso). Informes de avance físico y financiero. Informes de ejecución, desviaciones y atrasos de los trabajos. Estimaciones de obra. Solicitudes de ajustes de costos (en su caso). Aviso de terminación de los trabajos. Notas en Bitácora. Expediente de obra. El diagrama de flujo del subproceso se encuentra disponible en el sitio www.compranet.gob.mx Aspectos generales a considerar: Cuando el contratista solicita autorización previa para subcontratar trabajos, los subcontratistas deberán exhibir los documentos vigentes expedidos por el Servicio de Administración Tributaria y el Instituto Mexicano del Seguro Social, en los cuales emitan su opinión en sentido positivo sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales y de seguridad social, cuando el monto exceda del establecido en la miscelánea fiscal correspondiente, conforme a lo establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación. Párrafo adicionado 03-02-2016 4.3.2 4.3.2.1 Registro en Bitácora Objetivo Contar con información relevante y oportuna sobre el estado que guarda la ejecución de los trabajos, así como aportar elementos para la toma de decisiones que eviten el retraso en la ejecución de los mismos. 4.3.2.2       Insumos Autorización para uso de Bitácora convencional (en su caso). Claves y contraseñas para BEOP (en su caso). Contrato. Convenio (s) modificatorio (s) (en su caso). Designación del residente. Designación del superintendente. Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 52 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016).  Designación del supervisor (en su caso).  Información de eventos relevantes.  Solicitudes de ajustes de costos. 4.3.2.3 Descripción RESPONSABLE No. ACTIVIDAD NORMATIVIDAD APLICABLE Inicia el subproceso Residente Residente y, en su caso, supervisor Residente y, en su caso, supervisor 1 2 Aperturar, con intervención del superintendente y, en su caso, del supervisor, la BEOP, o bien, la Bitácora por medios convencionales en los casos de excepción previstos en el Reglamento y previa autorización de la SFP. Realizar las anotaciones de los eventos relevantes del desarrollo de los trabajos, además de las que realiza el superintendente. Registrar y firmar, a la conclusión y recepción de los trabajos, con intervención del superintendente el cierre de la Bitácora. 3 El cierre de la bitácora se llevará a cabo en la misma fecha en la cual se firma el acta de recepción física de los trabajos. Fin del subproceso Art. 46 último párrafo de la Ley Arts. 113 fracción V y 123 fracción III del Reglamento Art. 46 último párrafo de la Ley Arts. 113 fracción V, 115 fracciones IV, inciso d) y VII, 123, 124, 125 y 126 del Reglamento Arts. 113 fracción XIV, 115 fracciones XVII y XIX y 125 fracción II inciso g) del Reglamento Normatividad aplicable reformada DOF 21-11-2012 Actividad reformada DOF 19-09-2014 Productos  Notas en Bitácora. El diagrama de flujo del subproceso se encuentra disponible en el sitio www.compranet.gob.mx 4.3.3 4.3.3.1 Verificación de la calidad de los trabajos Objetivo Asegurar que los trabajos se ejecuten conforme a las especificaciones técnicas y normas de calidad consecuentes con la naturaleza de los mismos. 4.3.3.2 Insumos Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 53 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016).         4.3.3.3 Contrato. Convenio(s) modificatorio(s) (en su caso). Informes de avance físico y financiero. Notas en Bitácora. Insumos de la obra. Normas de calidad (en su caso). Técnicas y procedimientos de verificación de calidad. Pruebas de calidad y verificaciones necesarias. Descripción Responsable No. Actividad Normatividad aplicable Inicia el subproceso Residente Residente Residente 1 2 3 Revisar y controlar con base en la documentación soporte que los trabajos se realicen conforme a las normas de calidad y especificaciones generales y particulares de construcción, así como con las demás que sean inherentes a la naturaleza de los mismos. Verificar y comprobar, cuando así lo estime necesario y en cualquier momento, la calidad de los insumos o trabajos mediante la realización de las pruebas de funcionamiento, de operación y demás que resulten pertinentes. Recibir el informe de los resultados de las pruebas realizadas y, en su caso, ordenar se lleven a cabo las acciones tendientes a corregir las deficiencias detectadas. Arts. 46 fracción V y 53 de la Ley Arts. 2 fracciones XI y XII y 113 fracción VIII del Reglamento Art. 113 fracciones VI a VIII del Reglamento Art. 113 fracción VIII del Reglamento Fin del subproceso Productos   Informe y reportes de resultados de pruebas de calidad. Certificados de calidad (en su caso). Aspectos generales a considerar: La verificación de la calidad de los trabajos debe llevarse a cabo conforme a los mecanismos que determinen las dependencias y entidades, a cuyo efecto tomarán en cuenta lo siguiente:  Las acciones preventivas son primordiales durante el desarrollo de los trabajos, por lo que deben considerar los mecanismos de control necesarios para obtener los resultados esperados. Estas Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 54 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). acciones contemplan, entre otras, las pruebas de laboratorio sobre muestras de materiales naturales o fabricados, que pasarán a ser parte integral de algún concepto elaborado y terminado o de insumos y productos elaborados fuera del sitio de los trabajos, mediciones directas o indirectas, pruebas de funcionalidad y testigos. Los resultados de las pruebas realizadas sobre insumos y productos básicos o elaborados, dentro del sitio de los trabajos o fuera de éstos y que sean suministrados por los contratistas o sus proveedores, así como la elaboración de compuestos y el desarrollo de los procedimientos constructivos, deben cumplir con las características, especificaciones y tolerancias indicadas en el proyecto ejecutivo, contrato, guías técnicas de construcción, o bien, en los códigos, reglamentos o normas vigentes en la materia, para cada tipo de obra. Todos los resultados obtenidos en los diferentes tipos de pruebas deben clasificarse, analizarse, reportarse y archivarse periódicamente, utilizando las formas específicas elaboradas para tal fin; indicando los casos irregulares o que se encuentran fuera de tolerancia, mismos que servirán como evidencia para que la residencia exija a la contratista tomar las medidas conducentes para su corrección. Una vez determinada la problemática y definidas las medidas para la solución que se deba tomar en cada caso, debe darse un plazo perentorio razonable para atenderla; el cual en ningún momento debe poner en riesgo la seguridad de las instalaciones o del personal ni la continuidad de los trabajos. Una vez realizadas las correcciones, se deberán realizar o requerir las pruebas que garanticen que éstas cumplieron con las características, especificaciones y tolerancias indicadas en el proyecto ejecutivo, contrato, guías técnicas de construcción, o bien, en los códigos, reglamentos o normas vigentes respectivas.  Las acciones de verificación deben llevarse a cabo durante todo el desarrollo de los trabajos para constatar el cumplimiento de las especificaciones indicadas en cada aspecto de ejecución de los trabajos, tanto en materiales como en procedimientos y evitar corregir o sustituir trabajos mal ejecutados.  Cuando las acciones preventivas o de verificación no hayan sido suficientes para la adecuada ejecución de los trabajos, se tomarán las acciones correctivas que procedan en cada caso particular. El diagrama de flujo del subproceso se encuentra disponible en el sitio www.compranet.gob.mx 4.3.3.A 4.3.3.A.1 Autorización de cantidades adicionales y/o de conceptos no previstos en el catálogo de conceptos original Numeral adicionado 19-09-2014 Objetivo Determinar las cantidades y/o conceptos de trabajo no previstos en el catálogo original del contrato. 4.3.3.A.2     Insumos Contrato Convenios Catálogo de conceptos original. Notificación por parte del contratista Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 55 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). 4.3.3.A.3 Descripción RESPONSABLE Residente y/o área responsable de la ejecución No. 1 ACTIVIDAD NORMATIVIDAD APLICABLE Inicia el subproceso Recibir la notificación por parte del contratista o requerir de éste, Artículo 59 penúltimo párrafo mediante registro en la Bitácora, la de la Ley necesidad de ejecutar cantidades Artículo 105 del Reglamento adicionales y/o conceptos no previstos en el catálogo de conceptos original. a) ¿Se recibió notificación por parte del contratista de la necesidad de ejecutar cantidades adicionales y/o conceptos no previstos en el catálogo de conceptos original? o b) ¿El residente requirió la necesidad de ejecutar cantidades adicionales y/o conceptos no previstos en el catálogo de conceptos original? a) Continúa en la actividad 2 b) Continúa en la actividad 4 Residente y/o área responsable de la ejecución 2 Determinar la necesidad de ejecutar cantidades adicionales y/o conceptos no previstos en el catálogo original del contrato notificados por el contratista. Artículo 59 penúltimo párrafo de la Ley Artículo 105 del Reglamento ¿Existe necesidad de ejecutar cantidades adicionales y/o conceptos no previstos en el catálogo de conceptos original? Sí. Continúa en la actividad 3 No. Fin del subproceso. Residente y/o área responsable de la ejecución 3 Verificar que el contrato cuenta con recursos disponibles y suficientes dentro de su presupuesto Artículo 59 penúltimo párrafo autorizado, para ejecutar cantidades de la Ley adicionales y/o conceptos no Artículo 105 del Reglamento previstos en el catálogo de conceptos original. ¿El contrato cuenta con recursos disponibles y suficientes? Sí. Continúa en la actividad 4 No. Tramitar adecuación presupuestaria conforme a la actividad 6.4. Subproceso “Adecuaciones presupuestarias” del Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Recursos Financieros. Residente y/o área responsable de la ejecución 4 Autorizar y ordenar por escrito o Artículo 59 penúltimo párrafo mediante registro en la Bitácora, la de la Ley Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 56 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). RESPONSABLE Residente y/o área responsable de la ejecución No. 5 ACTIVIDAD NORMATIVIDAD APLICABLE ejecución de cantidades adicionales y/o de conceptos no previstos en el catálogo de conceptos original. Artículo 105 del Reglamento Analizar si, derivado de la variación de cantidades de obra originales, se requiere de la participación de maquinaria o equipo de construcción, mano de obra, Artículo 59 penúltimo párrafo materiales o procedimientos de de la Ley construcción en condiciones Artículo 107 del Reglamento distintas a las consideradas en los análisis de precios unitarios que sirvieron de base para adjudicar el contrato. ¿Se requiere de la participación de maquinaria o equipo de construcción, mano de obra, materiales o procedimientos de construcción en condiciones distintas a las originales? Sí. Continúa en el subproceso 4.3.4 Conciliación y autorización de precios unitarios de conceptos no previstos en el catálogo No. Fin del subproceso Productos  Autorización por parte del residente.  Suficiencia presupuestal  Convenio El diagrama de flujo del subproceso se encuentra disponible en el sitio www.compranet.gob.mx 4.3.4 Conciliación y autorización de conceptos no previstos en el catálogo 4.3.4.1 Objetivo Determinar los conceptos de trabajo no previstos en el catálogo original del contrato y convenir el precio unitario de los mismos conforme a los insumos requeridos y a las condiciones previstas en el contrato. 4.3.4.2      Insumos Contrato. Convenio (s) modificatorio (s) (en su caso). Informes de avance físico y financiero. Notas en Bitácora. Conceptos de trabajo no previstos en el catálogo original (en su caso). Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 57 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016).    Consumos y rendimientos (en su caso). Insumos de la obra con sus costos. Costos indirectos, de financiamiento, cargo por utilidad y cargos adicionales. 4.3.4.3 Descripción Responsable No. Actividad Normatividad aplicable Inicia el subproceso Residente 1 Evaluar la necesidad de realizar trabajos no previstos en el catálogo original del contrato, y, en su caso, ordenar su ejecución y registro en la Bitácora, verificando que éstos no rebasen el presupuesto autorizado en el contrato. Art. 59 penúltimo párrafo de la Ley Art. 105 del Reglamento Actividad reformada DOF 21-11-2012 Residente 2 Recibir del superintendente los análisis de precios unitarios no previstos en el catálogo original del contrato, con la documentación que los soporte y los apoyos necesarios para su revisión. Residente 3 Verificar la integración de los precios unitarios propuestos. Art. 107 del Reglamento Arts. 107 y 185 a 189 del Reglamento ¿Es correcta su integración? SI: Continúa en la actividad 5 NO: Continúa en la actividad 4 Residente 4 Devolver el precio unitario integrado al superintendente para su corrección. Continúa en la actividad 2 Arts. 107 y 185 a 189 del Reglamento Residente 5 Turnar al área responsable de la ejecución de los trabajos para que se concilie el precio unitario. Art. 107 del Reglamento Área responsable de la ejecución 6 Analizar y, en su caso, conciliar y autorizar el precio unitario no previsto en el catálogo original del contrato. Arts. 107 y 108 del Reglamento 7 Determinar la necesidad de suscribir un convenio modificatorio respecto del monto del contrato derivado de la autorización de los precios unitarios no previstos en el catálogo original del contrato. Art. 59 penúltimo párrafo de la Ley Área responsable de la ejecución Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 58 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). De resultar necesario ir al subproceso 4.2.4 Modificación del contrato. Fin del subproceso Productos  Notas en Bitácora.  Análisis y conciliación de precios unitarios de conceptos no previstos en el catálogo y documentación soporte.  Autorización de nuevos precios.  Convenio modificatorio. Aspectos generales a considerar:  El contratista sólo podrá ejecutar cantidades adicionales o conceptos no previstos en el catálogo original cuando cuente con la autorización por escrito o en la Bitácora, por parte de la residencia, salvo que se trate de situaciones de emergencia en las que no sea posible esperar su autorización, según se establece en el artículo 105 del Reglamento.  Los conceptos no previstos en el catálogo original son aquéllos que resultan extraordinarios y distintos a las cantidades adicionales por no haberse contemplado en el contrato. Las cantidades adicionales son aquéllas que rebasan el número de unidades de los conceptos previstos originalmente en el contrato. El diagrama de flujo del subproceso se encuentra disponible en el sitio www.compranet.gob.mx 4.3.5 Ajuste de costos 4.3.5.1 Objetivo Reconocer las variaciones de los costos directos sobre los trabajos. 4.3.5.2       Insumos Contrato y anexos. Convenio(s) modificatorio(s) (en su caso). Notas en Bitácora. Solicitudes de ajustes a los costos directos. Índices de Precios al Productor y Comercio Exterior/actualización de costos de obras públicas. Precios o tarifas de los bienes o servicios de la Administración Pública Federal (en su caso). 4.3.5.3 Descripción Responsable No. Residente 1 Actividad Normatividad aplicable Inicia el subproceso Art. 56 de la Ley Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 59 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). Responsable No. Actividad Normatividad aplicable Recibir la solicitud de ajuste a los costos directos de los trabajos que formule el superintendente por escrito y dentro del plazo previsto en la Ley, acompañada de la documentación que la soporte. ¿Se recibió la solicitud dentro de los sesenta días posteriores a la publicación de los INPP aplicables al mes correspondiente? SI: Continúa en la actividad 3. NO: Continúa en la actividad 2. Pregunta reformada DOF 21-11-2012 Residente 2 Tener por perdida la posibilidad de que el contratista solicite el ajuste de costos. Lo anterior se informará al superintendente para que realice las anotaciones correspondientes en la Bitácora. Residente 3 Remitir la solicitud de ajuste de costos directos de los trabajos al Área responsable de la ejecución. Área responsable de la ejecución 4 Recibir y analizar la solicitud de ajuste de costos directos de los trabajos. Art. 56 cuarto párrafo de la Ley Art. 56 de la Ley Arts. 56, 57 y 58 de la Ley Arts. 173 y 178 a 184 del Reglamento ¿La documentación que soporta la solicitud de ajuste de costos es deficiente o está incompleta? SI: Continúa en la actividad 5 NO: Continúa en la actividad 6 Área responsable de la ejecución 5 Apercibir por escrito al contratista para que dentro del plazo legal establecido, subsane el error o complemente la información solicitada. Art. 56 sexto párrafo de la Ley Art. 178 del Reglamento ¿El contratista subsanó el error o complementó la información solicitada dentro del plazo legal establecido? SI: Continúa en actividad 6 NO: Se tendrá como no presentada la solicitud de ajuste de costos. Área responsable de la ejecución 6 Emitir y entregar al contratista el oficio con la resolución que proceda, mediante la cual se autoriza o no el factor de ajuste de costos Art. 56 quinto párrafo de la Ley Arts. 178 a 182 del Reglamento Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 60 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). Responsable No. Actividad Normatividad aplicable correspondiente, comunicándolo al residente para que, en su caso, se tramite la estimación respectiva. ¿El oficio de resolución se notificó dentro del plazo legal establecido? SI: Fin del subproceso. NO: Se tendrá por aprobada la solicitud de ajuste de costos en términos del quinto párrafo del artículo 56 de la Ley. Fin del subproceso Productos     Análisis y conciliación de factores de ajustes de costos. Oficio de autorización del factor de ajuste de costos. Notas en Bitácora. Estimaciones de obra presentadas para autorización con documentación soporte (generadores, croquis, pruebas de calidad, etc.) o ajuste de costos a la baja (en su caso). Aspectos generales a considerar:   El Area responsable de la ejecución verificará de manera permanente el comportamiento de los INPP, a fin de promover con oportunidad el ajuste de costos que proceda cuando el mismo sea a la baja. Viñeta reformada DOF 21-11- 2012 Con la finalidad de orientar a las Áreas responsables, en la calendarización prevista en este subproceso, se incluyen los esquemas siguientes: Viñeta adicionada DOF 19-09- 2014 Solicitud d Ajuste de Costos Esquema adicionado DOF 19-09- 2014 Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 61 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). Autorización de Ajuste de Costos Esquema adicionado DOF 19-09- 2014 El diagrama de flujo del subproceso se encuentra disponible en el sitio www.compranet.gob.mx 4.3.5.A 4.3.5.A.1 Ajuste de costos directos a la baja Numeral adicionado 19-09-2014 Objetivo Reconocer las variaciones de los costos directos sobre los trabajos. 4.3.5.A.2      Insumos Contrato. Convenios. Notas de bitácora. Índices de precios al productor y comercio exterior/actualización de costos de obras públicas. Precios o tarifas de los bienes o servicios de la Administración Pública Federal (en su caso) 4.3.5.A.3 Descripción RESPONSABLE No. Área responsable de la ejecución 1 Área responsable de la ejecución 2 ACTIVIDAD NORMATIVIDAD APLICABLE Inicia el subproceso Analizar la información disponible y determinar el ajuste de costos dentro Artículo 56 de la Ley de los sesenta días naturales siguientes a la publicación de los índices aplicables al mes correspondiente. ¿El ajuste de costos es a la baja? Sí. Continúa en la actividad 2 No. Fin del proceso Emitir y entregar al contratista el oficio en que se determina el factor Artículo 56 de la Ley de ajuste de costos a la baja, acompañado de la documentación Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 62 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). que lo justifique, dentro de los sesenta días naturales siguientes a la publicación de los índices aplicables al mes correspondiente, comunicándolo al residente para que se aplique en la estimación correspondiente. Fin del subproceso Productos    Análisis de factores de ajustes. Oficio de resolución. Notas de bitácora. El diagrama de flujo del subproceso se encuentra disponible en el sitio www.compranet.gob.mx 4.3.6 4.3.6.1 ENTREGA-RECEPCIÓN, FINIQUITO Y EXTINCIÓN DE OBLIGACIONES Objetivo Verificar la debida terminación de los trabajos conforme a los requisitos y condiciones estipuladas en el contrato y la normatividad aplicable, así como formalizar la entrega-recepción de los trabajos, el finiquito y la extinción de los derechos y obligaciones derivados del contrato. 4.3.6.2            4.3.6.3 Insumos Contrato. Convenio (s) modificatorio (s) (en su caso). Designación del residente. Designación del superintendente. Informes de avance físico y financiero. Estimaciones de obra presentadas para autorización con documentación soporte (generadores, croquis, pruebas de calidad, etc.). Aviso de terminación de los trabajos. Notas en Bitácora. Garantía de cumplimiento. Garantía de defectos, vicios ocultos y cualquier otra responsabilidad. La obra o servicio. Descripción Responsable No. Actividad Inicia el subproceso Residente 1 Recibir del superintendente la comunicación sobre la terminación total o parcial de los trabajos. Normatividad aplicable Art. 64 de la Ley Arts. 125 fracción II inciso g) y 164 del Reglamento Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 63 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). Responsable Residente No. Actividad 2 Revisar la documentación remitida por el superintendente en el aviso de terminación y verificar que los trabajos se realizaron en el plazo convenido y conforme a las condiciones especificadas en el contrato. 3 Realizar en forma conjunta, la verificación física en concordancia con los alcances y especificaciones del contrato y elaborar un acta circunstanciada con los resultados de la verificación, señalando en su caso, la fecha y hora de la recepción física de los trabajos. Residente, superintendente y, en su caso, supervisor Normatividad aplicable Art. 64 tercer párrafo de la Ley Art. 164 segundo párrafo del Reglamento Art. 64 de la Ley Arts. 113 fracción XIV y 165 del Reglamento ¿Existen deficiencias en los trabajos? SI: Continúa en la actividad 4 NO: Continúa en la actividad 5 Residente 4 Solicitar al superintendente la reparación de los trabajos que se requieran conforme a las condiciones establecidas en el contrato. Art. 165 del Reglamento Continúa en la actividad 1 Residente, superintendente y, en su caso, supervisor Área responsable de la ejecución de los trabajos 5 6 Levantar el acta de la entrega recepción física de los trabajos, dentro de los 15 Arts. 64 primer párrafo y 66 de días naturales siguientes a la debida la Ley terminación de los mismos, previa Arts. 90 penúltimo párrafo, 166 y presentación de la garantía de defectos, 167 del Reglamento vicios ocultos y de cualquier otra responsabilidad. Recibir del residente el acta de entregarecepción de los trabajos y su documentación soporte, y remitir copia Arts. 90 y 166 del Reglamento de la misma al Area responsable de la contratación, así como a las demás Art. 139 del Reglamento de la áreas competentes para efectos de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación entrega material de los trabajos, liberación de garantías, elaboración de Normatividad aplicable reformada finiquito y extinción de derechos y DOF 21-11-2012 obligaciones del contrato. Actividad reformada DOF 27-06-2011 Área responsable de la ejecución de los trabajos 7 Hacer entrega al Area requirente de los trabajos, previa comprobación por parte de ésta de que el inmueble se encuentra en condiciones de operación, así como de los planos, normas, especificaciones, manuales, instructivos, certificados de garantía, de calidad y funcionamiento y demás documentación relacionada. Art. 68 de la Ley Actividad reformada DOF 27-06-2011 Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 64 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). Responsable No. Actividad Normatividad aplicable Residente 8 Programar y notificar al superintendente la fecha, lugar y hora en que se llevará a cabo el finiquito de los trabajos. Art. 64 segundo y tercer párrafos de la Ley Residente 9 Elaborar el finiquito de los trabajos conjuntamente con el contratista. Actividad reformada DOF 21-11-2012 Arts. 169 y 170 del Reglamento Art. 64 tercer párrafo de la Ley Arts. 168, 169 y 170 del Reglamento ¿Existe desacuerdo entre las partes en torno al finiquito o el contratista se abstuvo de acudir para su elaboración dentro del plazo señalado en el contrato? SI: Continúa en la actividad 10. NO: Continúa en la actividad 13. Pregunta reformada DOF 21-11-2012 Residente y, en su caso, supervisor 10 Art. 64 de la Ley Determinar el finiquito y comunicarlo por Arts. 113 fracción XIII, 170 y 171 escrito al contratista. del Reglamento Actividad reformada DOF 21-11-2012 Normatividad aplicable reformada DOF 21-11-2012 ¿El contratista acepta el finiquito? SI: Continúa en la actividad 11. NO: Ir a la siguiente pregunta. Pregunta adicionada DOF 21-11-2012 ¿El contratista formula alegatos contra el finiquito, dentro del plazo de quince días naturales? SI: Continúa en la actividad 12. NO: Continúa en la actividad 11. Pregunta adicionada DOF 21-11-2012 Area responsable de la contratación, con el apoyo del Residente y del Area responsable de la ejecución de los trabajos 11 Responsable reformado DOF 21-11-2012 Residente y Area responsable de la ejecución de los trabajos Responsable reformado DOF 21-11-2012 Poner a disposición del contratista el pago correspondiente, mediante su ofrecimiento o la consignación respectiva, o bien, solicitar el reintegro de los importes resultantes a favor de la dependencia o entidad. Actividad reformada DOF 21-11-2012 12 Recibir y analizar los alegatos que formule el contratista y determinar el saldo total. Actividad reformada DOF 21-11-2012 Art. 64 cuarto párrafo de la Ley Art. 171 del Reglamento Normatividad aplicable reformada DOF 21-11-2012 Art. 64 tercer párrafo de la Ley Normatividad aplicable reformada DOF 21-11-2012 Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 65 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). Responsable Area responsable de la contratación, con el apoyo del Residente y del Area responsable de la ejecución de los trabajos No. Actividad Normatividad aplicable Formalizar, en su caso, el acta de extinción de derechos y obligaciones del contrato. Art. 172 del Reglamento 13 Responsable adicionado DOF 21-11-2012 Art. 64 último párrafo de la Ley Normatividad aplicable adicionada DOF 21-11-2012 Fin del subproceso Actividad adicionada DOF 21-11-2012 Productos  Acta circunstanciada con resultados de la verificación física.  Acta de entrega recepción física de los trabajos (incluyendo planos, normas, especificaciones, manuales, instructivos, certificados de garantía, de calidad y funcionamiento y demás documentación relacionada). Finiquito.   Acta administrativa de extinción de derechos y obligaciones (en su caso). Formatos de documentación soporte Denominación del apartado reformado DOF 27-06-2011    Acta de entrega recepción física de los trabajos. Finiquito. Acta administrativa de extinción de derechos y obligaciones. Aspectos generales a considerar:  Se podrán efectuar recepciones parciales de trabajos cuando así se haya establecido en el contrato, en cuyo caso el finiquito correspondiente se realizará a la conclusión de la totalidad de los trabajos. En el caso señalado en el párrafo anterior, la garantía de defectos, vicios ocultos y de cualquier otra responsabilidad se entregará a la conclusión de la totalidad de los trabajos, salvo que en el contrato se hubiere pactado de manera distinta.   Viñeta reformada DOF 27-06-2011 Cuando derivado del finiquito se advierta que no existen saldos a favor o en contra de cualquiera de las partes, dicho finiquito se podrá utilizar como el acta administrativa que extingue los derechos y obligaciones de las partes en el contrato, siempre que en el mismo se incluya la manifestación de las partes de que no existen otros adeudos, por lo que dan por terminados sus derechos y obligaciones que genera el contrato respectivo, sin derecho a ulterior reclamación, situación en la cual podrá procederse a la cancelación de la garantía de cumplimiento. En el supuesto de que derivado del finiquito hubiere saldos a favor o en contra de cualquiera de las partes y los mismos se hubieren liquidado dentro de los quince días naturales siguientes a la firma del finiquito, éste se podrá utilizar igualmente como el acta administrativa que extingue los derechos y obligaciones de las partes en el contrato, siempre que se adicione al finiquito correspondiente una manifestación firmada por las partes de que no existen otros adeudos, por lo que dan por terminados sus derechos y obligaciones que genera el contrato respectivo, sin derecho a ulterior reclamación. Cuando en el finiquito resulten saldos a cargo del contratista y éste los liquide totalmente, se podrá tramitar la cancelación de la garantía respectiva. Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 66 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016).  Con la finalidad de orientar a las Áreas responsables, en la calendarización prevista en este subproceso, se incluyen los esquemas siguientes: Viñeta adicionada DOF 19-09-2014 Recepción Física de los Trabajos Esquema adicionado DOF 19-09- 2014 Elaboración del Finiquito bilateral Esquema adicionado DOF 19-09- 2014 Elaboración del Finiquito unilateral Esquema adicionado DOF 19-09- 2014 Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 67 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). El diagrama de flujo y los formatos del subproceso se encuentran disponibles en el sitio www.compranet.gob.mx Párrafo reformado DOF 27-06-2011 4.4 AUTORIZACIÓN Y PAGO DE ESTIMACIONES 4.4.1 Denominación reformada DOF 19-09-2014 Objetivo Efectuar los trámites para autorizar las estimaciones de los trabajos realizados por el contratista conforme a las condiciones y plazos establecidos en el contrato y en las disposiciones jurídicas aplicables. 4.4.2       4.4.3 Insumos Contrato. Convenio(s) modificatorio(s) (en su caso). Informes de avance físico y financiero. Estimaciones de obra presentadas para autorización con documentación soporte (generadores, croquis, pruebas de calidad, etc.). Oficio de autorización del factor de ajuste de costos (en su caso). Notas en Bitácora. Descripción RESPONSABLE Residente, y en su caso, Supervisor No. 1 ACTIVIDAD NORMATIVIDAD APLICABLE Inicia el subproceso Art. 54, primer párrafo de la Ley Recibir y revisar que la estimación y su documentación soporte cumpla con lo previsto en el contrato y en las disposiciones aplicables. Arts. 113 fracción IX, 115 fracción X, 127 primer párrafo, 128 primer párrafo y 132 del Reglamento Actividad Reformada 19-09-2014 Residente 2 Determinar y/o constatar las deducciones o descuentos que resultan aplicables a la estimación de que se trata (amortización de anticipos, penas convencionales, retenciones y/o descuentos, recuperación de pagos en exceso, impuesto al valor agregado, pago por concepto de derechos, entre otros). Reformado 19-09-2014 Art. 54, primer párrafo de la Ley Arts. 113 fracción IX, 115 fracción X, 127 primer párrafo, 128 primer párrafo y 132 del Reglamento Reformado 19-09-2014 ¿Las estimaciones y documentación soporte cumplen con los requisitos y están correctas? SÍ: Continúa en la actividad 4. NO: Continúa en la actividad 3 Actividad Reformada 19-09-2014 Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 68 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). RESPONSABLE No. Residente 3 ACTIVIDAD Comunicar al superintendente la falta de entrega de algún documento y/o las diferencias técnicas o numéricas detectadas en la estimación, para efectos de que éste entregue la documentación faltante y/o subsane las diferencias, así como realizar las anotaciones correspondientes en la Bitácora. NORMATIVIDAD APLICABLE Art. 54, primer párrafo de la Ley Arts. 113 fracción IX, 115 fracción X, 127 primer párrafo, 128 primer párrafo y 132 del Reglamento Reformado 19-09-2014 Actividad Reformada 19-09-2014 Residente Reformado 19-09-2014 4 Autorizar y entregar la estimación autorizada al contratista para que realice el trámite de pago Fin del subproceso Art.54 de la Ley Arts. 113 fracción IX y 128 del Reglamento Actividad Reformada 19-09-2014 Área responsable del pago de las estimaciones 5 Reformado 19-09-2014 Revisar, en cuanto se reciba, que la factura presentada por el contratista correspondiente a la estimación autorizada por el residente de obra cumpla con la información y los requisitos administrativos y fiscales. Art. 54 de la Ley Art. 128 del Reglamento Reformado 19-09-2014 ¿La factura cumple con los requisitos fiscales y administrativos? SÍ: Continúa en la actividad 7 NO: Continúa en la actividad 6 Actividad Reformada 19-09-2014 Área responsable del pago de las estimaciones 6 Reformado 19-09-2014 Indicar y comunicar por escrito al contratista dentro de los tres días hábiles que sigan a la recepción de la factura las deficiencias fiscales y/o administrativas que la misma tenga y que deberá corregir para continuar con el trámite de pago. Y en su caso pasa a la actividad 5. Art. 54 de la Ley Art. 128 del Reglamento Reformado 19-09-2014 Actividad Reformada 19-09-2014 Área responsable del pago de las estimaciones 7 Reformado 19-09-2014 Tramitar la factura y realizar su pago dentro de los veinte días naturales siguientes a su presentación por el contratista. Para su pago se procederá de acuerdo a lo estipulado en el subproceso 6.10 "Gasto de Inversión", del Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Recursos Financieros. Art. 54 de la Ley Art. 128 del Reglamento Reformado 19-09-2014 Fin del subproceso Actividad Reformada 19-09-2014 Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 69 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). Productos   Penas convencionales, retenciones y/o descuentos a realizar al contratista (en su caso). Estimación de obra con documentación soporte autorizada para pago. Aspectos generales a considerar: ● En la recepción de los comprobantes fiscales (facturas, recibos, etc.) por los trabajos ejecutados, el área de programación y presupuesto o de finanzas o equivalente deberá considerar que durante 2011 y 2012 en materia de comprobación fiscal, de conformidad con las disposiciones fiscales aplicables, conviven los siguientes esquemas: a) Comprobante fiscal digital por Internet (Factura Electrónica). b) Comprobante fiscal digital. c) Comprobante fiscal impreso con código de barras bidimensional. d) Comprobante fiscal impreso hasta que concluya su vigencia o se agoten (lo que suceda primero). Apartado adicionado DOF 27-06-2011 El diagrama de flujo del subproceso se encuentra disponible en el sitio www.compranet.gob.mx 4.5 SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LOS TRABAJOS 4.5.1 Objetivo Interrumpir temporalmente, de manera parcial o total, la ejecución de los trabajos en los supuestos previstos en el primer párrafo del artículo 60 de la Ley. 4.5.2  Insumos  Contrato.  Informes de avance físico y financiero.  4.5.3 Convenio(s) modificatorios(s) (en su caso). Notas en Bitácora o documento que acredite la justificación de suspensión. Descripción RESPONSABLE Servidor público designado por la dependencia o entidad, en coordinación con el residente No. 1 ACTIVIDAD NORMATIVIDAD APLICABLE Inicia el subproceso Arts. 60 primer párrafo, 62 fracción I y 63 de la Ley Ordenar la suspensión temporal de los trabajos por cualquier causa justificada. Residente 2 Comunicar al contratista y al OIC de la dependencia o entidad de la suspensión temporal de los trabajos y realizar las anotaciones correspondientes en la Bitácora. Servidor público designado por la dependencia o entidad, 3 Elaborar y suscribir acta circunstanciada, para hacer constar el estado actual de los trabajos señalando, Arts. 113 fracción X y 144 del Reglamento Arts. 60 primer párrafo y 63 de la Ley Art. 125 fracción I, inciso h) del Reglamento Arts. 113 fracción X, 144 y 147 del Reglamento Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 70 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). en coordinación con el residente y el superintendente entre otros elementos, la fecha probable de reanudación de los trabajos. ¿Desapareció la causa que dio origen a la suspensión temporal? SI: Continúa en la actividad 4 NO: Continúa en la actividad 5 Servidor público designado por la dependencia o entidad 4 Comunicar al contratista la reanudación de los trabajos. Art. 60 primer párrafo de la Ley Fin del subproceso Esperar la fecha probable de reanudación de los trabajos y al llegar ésta, determinar:  Servidor público designado por la dependencia o entidad  5 Continuar en la actividad 4, si desapareció la causa que dio origen a la suspensión, o Prorrogar, si se estima conveniente, el periodo de suspensión temporal estableciendo al efecto nuevas fechas probables de reanudación de los trabajos y sin perjuicio de que la dependencia o entidad pueda optar en todo momento por la terminación anticipada del contrato. Art. 147 del Reglamento Fin del subproceso Productos      Acta circunstanciada, para hacer constar el estado en que quedan los trabajos. Comunicado al OIC sobre la suspensión temporal. Notas en Bitácora. Comunicado de reanudación o terminación de los trabajos. Solicitud y en su caso, autorización de prórroga. El diagrama de flujo del subproceso se encuentra disponible en el sitio www.compranet.gob.mx 4.6 TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO 4.6.1 Objetivo Dar por terminada de manera anticipada la relación contractual en los supuestos previstos en el segundo párrafo del artículo 60 de la Ley. 4.6.2   Insumos Contrato. Convenio(s) modificatorio(s) (en su caso). Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 71 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016).   Informes de avance físico y financiero. Nota de Bitácora o documento que acredite alguno de los supuestos a que hace referencia el segundo párrafo del artículo 60 de la Ley. 4.6.3 Descripción Responsable No. ACTIVIDAD NORMATIVIDAD APLICABLE Inicia el subproceso Servidor público de la dependencia o entidad que cuente con facultades para ello, en coordinación con el residente 1 Residente con el apoyo del Área responsable de la ejecución de los trabajos 2 Residente 3 Determinar la terminación anticipada del contrato en los casos previstos en el segundo párrafo del artículo 60 de la Arts. 60 segundo párrafo, 62 Ley; comunicar por escrito dicha fracciones III y IV y 63 de la Ley determinación al OIC de la dependencia o entidad correspondiente y al Arts. 113 fraccion X, 125 contratista, solicitando a éste la fracción I inciso f), 150 y 151 del devolución de la documentación que se Reglamento le hubiere entregado para la realización de los trabajos, y realizar las anotaciones correspondientes en la Bitácora. Tomar posesión de los trabajos ejecutados, para hacerse cargo del inmueble y de las instalaciones respectivas, así como levantar acta circunstanciada del estado en que se encuentren los trabajos y realizar las anotaciones correspondientes en la Bitácora. Recibir del contratista la documentación que se le hubiere entregado para la realización de los trabajos. Art. 62 penúltimo párrafo de la Ley Art. 151 del Reglamento Art. 62, último párrafo de la Ley Art. 113 fracción X del Reglamento Elaborar el finiquito correspondiente.  Residente 4 Continúa en la actividad 9 y subsecuentes del subproceso 4.3.6 Entrega-recepción, finiquito y extinción de obligaciones. Art. 62 fracción III de la Ley Arts. 152, 153, 168 a 172 del Reglamento Fin del subproceso Productos     Terminación anticipada del contrato. Comunicado al OIC sobre la terminación anticipada del contrato. Comunicado al contratista sobre la terminación anticipada del contrato. Solicitud de devolución de documentación que se hubiere entregado para la realización de los trabajos. Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 72 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016).     Notas en Bitácora. Acta circunstanciada para hacer constar el estado en que quedan los trabajos. Información para conformar el finiquito. Finiquito. El diagrama de flujo del subproceso se encuentra disponible en el sitio www.compranet.gob.mx 4.7 RESCISIÓN DEL CONTRATO 4.7.1 Objetivo Dar por concluido el contrato por incumplimiento del contratista a las obligaciones previstas en el mismo, por causas imputables a éste. 4.7.2  Insumos  Contrato.  Informes de avance físico y financiero.  4.7.3 Convenio (s) modificatorio (s) (en su caso). Notas en Bitácora. Descripción Responsable No. Actividad Normatividad aplicable Inicia el subproceso Residente Área competente de la dependencia o entidad Residente con el apoyo del Área responsable de la ejecución de los trabajos 1 2 3 Identificar el incumplimiento del contratista y elaborar el documento en el que se haga constar tal incumplimiento, acompañado de las constancias que así lo acrediten, así como enviar dicho documento al área competente de la dependencia o entidad para iniciar el procedimiento de rescisión respectivo. Comunicar por escrito al contratista el inicio del procedimiento de rescisión del contrato, solicitándole la devolución de la documentación que se le hubiere entregado para la realización de los trabajos, e informarlo a las demás áreas involucradas de la dependencia o entidad para efectos de que se abstengan de cubrir los importes derivados de los trabajos ejecutados aún no liquidados. Tomar posesión de los trabajos ejecutados para hacerse cargo del inmueble y de las instalaciones respectivas, así como levantar acta circunstanciada del estado en que se Arts. 113 fracción X y 157 del Reglamento Art. 61 segundo párrafo fracción I de la Ley Art. 158 del Reglamento Art. 62 penúltimo párrafo de la Ley Arts. 125 último párrafo y 159 del Reglamento Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 73 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). Responsable No. Actividad Normatividad aplicable encuentren los trabajos y realizar las anotaciones correspondientes en la Bitácora. Residente Área competente de la dependencia o entidad Área competente de la dependencia o entidad 4 Recibir del contratista la documentación que se le hubiere entregado para la realización de los trabajos. 5 Resolver, dentro del plazo previsto por la Ley, dar o no por rescindido el contrato respectivo, considerando los argumentos y pruebas que hubiere hecho valer el contratista y fundando y motivando su determinación. 6 Comunicar al contratista su determinación de dar o no por rescindido el contrato, e informar de lo anterior al residente. Art. 62, último párrafo de la Ley Art. 113 fracción X del Reglamento Art. 61, fracción II de la Ley Art. 154 del Reglamento Art. 61 fracción II de la Ley ¿Se determinó la rescisión del contrato? NO: Continúa la ejecución de los trabajos, devolviendo al contratista la documentación y, en su caso, la posesión de los trabajos y se procede a la reprogramación de los mismos. Fin del subproceso SI: Residente 7 Continúa en actividad 7. Elaborar, conjuntamente con el contratista, el finiquito correspondiente, previendo la aplicación del sobrecosto o las penas convencionales en términos de lo previsto en la Ley y el Reglamento, así como comunicar su resultado al contratista o a su representante en el supuesto de que no hubieren asistido en la fecha señalada al acto de su elaboración. Art. 62, fracción II de la Ley Arts. 160 a 163 del Reglamento ¿El contratista formuló alegatos con respecto al finiquito? SI: Continúa en la actividad 8 NO: Continúa en la actividad 9 Residente y, en su caso, supervisor 8 Recibir y analizar los alegatos que formule el contratista. Art. 64 tercer párrafo de la Ley Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 74 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). Responsable Residente y Área responsable de la ejecución de los trabajos Área responsable de la contratación, con el apoyo del Residente y del Área responsable de la ejecución de los trabajos Área responsable de la contratación No. Actividad Normatividad aplicable 9 Determinar el finiquito definitivo y comunicarlo por escrito al contratista y al Área responsable de la contratación, Art. 64 de la Ley así como a las demás áreas competentes para efectos de poner a Arts. 98 fracción IV, 113 fracción disposición del contratista el pago XIII, 170 y 171 del Reglamento correspondiente, o bien, solicitarle el Normatividad aplicable reformada reintegro de los importes resultantes del DOF 03-02-2016 finiquito y/o efectuar los trámites correspondientes para hacer efectivas las garantías otorgadas. 10 Formalizar, en su caso, el acta de extinción de derechos y obligaciones del contrato y proceder a solicitar que se inicie el trámite de cancelación de las garantías respectivas. 11 Art. 64 último párrafo de la Ley Arts. 98, fracción I, inciso b) y 172 del Reglamento Elaborar y enviar al OIC de la dependencia o entidad, el informe sobre la rescisión efectuada. Art. 63 de la Ley Fin del subproceso Productos          Documento con incumplimiento(s) determinados del contratista y soporte documental. Comunicado al contratista sobre el inicio del procedimiento de rescisión del contrato. Comunicado a las demás áreas de la dependencia o entidad notificando el inicio del procedimiento de rescisión del contrato. Acta circunstanciada, para hacer constar el estado en que quedan los trabajos. Notas en Bitácora. Resolución sobre la determinación de dar o no por rescindido el contrato. Finiquito. Acta de extinción de derechos y obligaciones del contrato. Informe al OIC sobre rescisión del contrato. Aspectos generales a considerar:   En el escrito mediante el cual se notifique al contratista el inicio del procedimiento de rescisión del contrato, se deberán: a) Expresar claramente los hechos que constituyen el incumplimiento de las obligaciones contractuales a cargo del contratista y que sustentan la procedencia de iniciar el procedimiento de rescisión del contrato. b) Vincular el incumplimiento del contratista con las causales de rescisión previstas en el contrato y las disposiciones legales. c) En su caso, citar los comunicados que se hubieren generado entre las partes, relacionados con el incumplimiento en cuestión. La solicitud de efectividad de las pólizas de fianza de cumplimiento y de anticipo deberá considerar lo siguiente: Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 75 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). a) En el caso de dependencias, éstas deberán enviar a la Tesorería de la Federación oficio que cumpla con los requisitos señalados por el artículo 1 fracción II del Reglamento del Artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, para el Cobro de Fianzas Otorgadas a Favor de la Federación, del Distrito Federal, de los Estados y de los Municipios Distintas de las que Garantizan Obligaciones Fiscales Federales a cargo de Terceros. b) El acta de incumplimiento y la liquidación de adeudo deberán ser fundamentadas en el artículo 1o. fracción I incisos c) y d), respectivamente, del Reglamento del Artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, para el Cobro de Fianzas Otorgadas a Favor de la Federación, del Distrito Federal, de los Estados y de los Municipios Distintas de las que Garantizan Obligaciones Fiscales Federales a cargo de Terceros, además deberán fundamentarse las facultades de los servidores públicos que firmen dichos instrumentos. c) En los casos en que con posterioridad a la solicitud de efectividad de las fianzas de cumplimiento y/o anticipo, el contratista realice el pago voluntario de los saldos resultantes en el finiquito a su cargo, la autoridad solicitante deberá comunicarlo inmediatamente a la Tesorería de la Federación para que, en su caso, se proceda al desistimiento del requerimiento de pago, desistimiento que sólo procederá en los siguientes casos: 1.- Cuando se haya solicitado a la Tesorería de la Federación dar inicio al procedimiento de ejecución de la garantía de que se trate y ésta aún no haya notificado el requerimiento de pago a la Afianzadora, y 2.- Cuando la Tesorería de la Federación ya hubiere notificado el requerimiento de pago a la Afianzadora, pero aún no hayan transcurrido los 30 días otorgados a la afianzadora para su pago. Viñeta reformada DOF 21-11-2012 El diagrama de flujo del subproceso se encuentra disponible en el sitio www.compranet.gob.mx 4.8 4.8.1 REALIZACIÓN DE OBRAS PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA Objetivo Llevar a cabo los trabajos que sean requeridos y se encuentren previstos en el PAOPS directamente por la dependencia o entidad, cuando éstas posean la capacidad técnica y elementos necesarios para su realización. 4.8.2          Insumos Previsiones contenidas en los PAOPS anteriores. Previsiones de recursos establecidos en el PEF. PAOPS. Registros en cartera de inversión. Fuentes de financiamiento. Estudios o proyectos previamente realizados. Tenencia de la tierra, derechos de vía, entre otros. Normas aplicables. Recursos necesarios para la ejecución. Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 76 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016).  Bitácora. 4.8.3 Descripción RESPONSABLE No. ACTIVIDAD NORMATIVIDAD APLICABLE Inicia el subproceso Área responsable de la ejecución de los trabajos 1 Emitir el Acuerdo para la realización de los trabajos por administración directa, en términos de las disposiciones aplicables. Área responsable de la ejecución de los trabajos 2 Informar al OIC sobre los trabajos a ejecutar por administración directa y proporcionarle la documentación soporte para efectos de que verifique la factibilidad de su realización. Área responsable de la ejecución de los trabajos 3 Designar al residente. Ejecutar los trabajos de conformidad con las especificaciones técnicas y calidad requeridas. Residente Residente 4 5  Ver subproceso 4.3. Ejecución de los Trabajos, en el cual habrán de considerarse aquellas actividades que resulten aplicables. Hacer entrega, por escrito, al Area requirente de los trabajos, previa comprobación por parte de ésta de que el inmueble se encuentra en condiciones de operación, así como de los planos, normas, especificaciones, manuales, instructivos, certificados de garantía, de calidad y funcionamiento y demás documentación relacionada. Arts. 24, 70 y 71 de la Ley Art. 258 del Reglamento Art. 71 segundo párrafo de la Ley Art. 72 de la Ley Art. 72 de la Ley Art. 263 del Reglamento Art. 72 de la Ley Art. 262 del Reglamento Actividad reformada DOF 27-06-2011 Fin del subproceso Productos    Acuerdo para la realización de trabajos por administración directa. Informe al OIC sobre trabajos por administración directa a ejecutar, adjuntando la documentación soporte.  Notas de bitácora.  Expediente de la obra.  Designación de residente. Acta de entrega recepción física de los trabajos (Incluyendo planos, normas, especificaciones, manuales, instructivos, certificados de garantía, de calidad y funcionamiento y demás documentación relacionada). Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 77 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). El diagrama de flujo del subproceso se encuentra disponible en el sitio www.compranet.gob.mx 5 5.1 COMITÉ DE OBRAS PÚBLICAS Objetivo Asegurar el adecuado funcionamiento de los Comités que se establezcan en las dependencias y entidades. 5.2 Establecimiento y operación del Comité Las dependencias y entidades, atendiendo a la cantidad de obras públicas y servicios relacionados con las mismas que realicen, deberán establecer Comités de Obras Públicas, en cumplimiento a lo previsto en los artículos 25 de la Ley y 25 al 30 del Reglamento. Para el mejor funcionamiento, operación y toma de decisiones del Comité se recomienda adoptar como mejores prácticas las siguientes: EN CUANTO AL PERFIL   Preferentemente se buscará que los servidores públicos designados como vocales cuenten con experiencia y conocimientos suficientes en materia de contrataciones públicas. Es recomendable que los invitados cuenten con los conocimientos necesarios en los aspectos técnicos y administrativos relacionados con los asuntos del área de su competencia que serán sometidos a dictamen del Comité. _______________________________ ACUERDO por el que se modifica el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de junio de 2011 Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública. SALVADOR VEGA CASILLAS, Secretario de la Función Pública, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 37, fracciones VI, VIII y XIX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 8 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y 1 y 6, fracciones I y XXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, tomando en cuenta la opinión de las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Economía, y CONSIDERANDO Que el Ejecutivo Federal instruyó a la Secretaría de la Función Pública para emitir, por sí o con la participación de las dependencias competentes, disposiciones, políticas o estrategias, acciones o criterios de carácter general y procedimientos uniformes para la Administración Pública Federal y, en lo conducente, para la Procuraduría General de la República en materia de auditoría; adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público; control interno; obra pública y servicios relacionados con las mismas; recursos humanos; recursos materiales; recursos financieros; tecnologías de la información y comunicaciones, y de transparencia y rendición de cuentas, y que las dependencias y entidades así como la citada Procuraduría procedan a dejar sin efectos todas aquellas disposiciones, lineamientos, oficios circulares, procedimientos y demás instrumentos normativos emitidos al interior de sus instituciones, en esas materias; Que en este contexto, el 9 de agosto de 2010 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, con el propósito de establecer los procesos y directrices que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y la Procuraduría General de la República Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 78 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). deben de observar de manera obligatoria para reducir y simplificar la regulación administrativa en la materia, con la finalidad de aprovechar y aplicar de manera eficiente los recursos con que cuentan dichas instituciones, sin perjuicio de que las dependencias y entidades realicen otras acciones complementarias que, en términos de las disposiciones aplicables en materia de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, sean inherentes a los procesos o subprocesos de que se trate; Que el artículo noveno del Acuerdo a que hace referencia el considerando anterior, establece que los procesos y directrices contenidos en el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas deberán revisarse, cuando menos una vez al año, por la Secretaría de la Función Pública, a través de las unidades administrativas competentes, para efectos de su actualización, por lo que se procedió a revisar los diferentes procesos y directrices contenidos en el Manual; Que asimismo y con motivo de la implementación en la Administración Pública Federal del Manual a que alude el párrafo anterior, se ha observado que resulta conveniente precisar algunos aspectos contenidos en el mismo para su mejor aplicación, y Que en este sentido, las modificaciones que se contempla realizar al referido Manual mediante el presente Acuerdo, obedecen principalmente a la reciente expedición o abrogación de disposiciones normativas, así como a la necesidad de puntualizar ciertos aspectos o definiciones que permitirán la adecuada interpretación de los procesos y directrices por parte de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y de la Procuraduría General de la República, lo que contribuirá a un mejor aprovechamiento de los recursos con los que cuentan, he tenido a bien expedir el siguiente ACUERDO ARTICULO UNICO.- Se REFORMAN los numerales 1. DEFINICIONES Y TERMINOS en la definición de Acta; 2.2 en su quinto elemento de la segunda viñeta y en su tercera viñeta; 4.2.1.2 en la denominación del apartado de Formatos e instructivos de documentación soporte y en su último párrafo; 4.2.1.3 en la denominación del apartado Formatos e instructivos de documentación soporte, en su única viñeta y en su último párrafo; 4.2.1.5 en la denominación del apartado Formatos e instructivos de documentación soporte y en el último párrafo del apartado Aspectos generales a considerar; 4.2.2.1 en la denominación del apartado Formatos e instructivos de documentación soporte y en la cuarta viñeta y último párrafo del apartado Aspectos generales a considerar; 4.2.2.2 en la denominación del apartado Formatos e instructivos de documentación soporte y en la cuarta viñeta y último párrafo del apartado Aspectos generales a considerar; 4.2.4 en la denominación del apartado Formatos e instructivos de documentación soporte y en su último párrafo; 4.3.6 en la denominación del apartado Formatos e instructivos de documentación soporte, en el segundo párrafo de su primera viñeta y en su último párrafo del apartado Aspectos generales a considerar; 4.3.6.3 en las actividades 6, 7 y 11 y en la Normatividad aplicable de la actividad 12 del apartado de Descripción; 4.4.3 en la actividad 4 del apartado de Descripción; 4.8.3 en la actividad 5 del apartado de Descripción; se ADICIONAN los numerales 2.2 en su segunda viñeta con un sexto elemento, recorriéndose el actual sexto para pasar a ser el séptimo elemento, y con una cuarta viñeta, recorriéndose la actual cuarta para pasar a ser la quinta viñeta; 3. MARCO JURIDICO en su apartado de Acuerdos con una séptima y una octava viñetas; con un apartado de Reglas y un apartado de Disposiciones Normativas; 4.2 con un segundo párrafo; 4.2.1.2 en su apartado Aspectos generales a considerar, con una primera viñeta, recorriéndose las actuales primera a tercera para pasar a ser segunda a cuarta; 4.2.3 con una cuarta viñeta del apartado Aspectos generales a considerar; 4.4 con un apartado Aspectos generales a considerar, y se DEROGAN en el numeral 3. MARCO JURIDICO, la segunda, tercera y cuarta viñetas del apartado de Acuerdos, del Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, para quedar como sigue: .......... TRANSITORIO Único.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Sufragio Efectivo. No Reelección. Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 79 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). México, Distrito Federal, a los catorce días del mes de junio de dos mil once.- El Secretario de la Función Pública, Salvador Vega Casillas.- Rúbrica. ACUERDO por el que se modifica el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Texto vigente. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de noviembre de 2012 Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública. RAFAEL MORGAN RIOS, Secretario de la Función Pública, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 37, fracciones VI, VIII y XIX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 8 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y 1 y 6, fracciones I y XXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, tomando en cuenta la opinión de las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Economía, y CONSIDERANDO Que mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de agosto de 2010, se expidió el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, con el propósito de establecer los procesos y directrices que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y la Procuraduría General de la República deben de observar de manera obligatoria para reducir y simplificar la regulación administrativa en la materia, a fin de aprovechar y aplicar de manera eficiente los recursos con que cuentan dichas instituciones, disponiéndose en su artículo noveno la obligación de la Secretaría de la Función Pública de revisar, cuando menos una vez al año, los procesos y directrices contenidos en el citado Manual, para efectos de su actualización; Que la primera revisión de los procesos y directrices a que alude el considerando anterior, dio como resultado diversas modificaciones al Manual de referencia, mismas que se realizaron mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de junio de 2011; Que el 16 de enero de 2012 se publicó en el citado órgano de difusión oficial el Decreto por el que se expide la Ley de Asociaciones Público Privadas, y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; la Ley de Expropiación; la Ley General de Bienes Nacionales y el Código Federal de Procedimientos Civiles, y Que con motivo de las reformas a los ordenamientos legales a que se refiere el párrafo precedente y de las consultas que ha recibido esta Secretaría sobre algunos aspectos específicos para la aplicación del Manual materia del presente ordenamiento, se ha determinado la necesidad de actualizarlo, así como de realizar algunas precisiones para su mejor aplicación por parte de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y de la Procuraduría General de la República y, en consecuencia, coadyuvar a que lleven a cabo de manera más eficiente y eficaz sus contrataciones públicas, he tenido a bien expedir el siguiente ACUERDO ARTICULO UNICO.- Se REFORMAN los numerales 1.1 en la primera sigla y su Descripción; 3. MARCO JURIDICO, en los apartados de Acuerdos, Guías e Instructivos; 4.1.3 en las actividades 6, 9 y 12, así como en la Normatividad aplicable a las referidas actividades 9 y 12; 4.2.1.1 en las actuales viñetas primera y segunda, así como en el primer párrafo de la tercera del apartado Aspectos generales a considerar y en su último párrafo; 4.2.1.1.3 en su apartado de Descripción; 4.2.1.2 en el esquema contenido en la tercer viñeta Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 80 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). del apartado Aspectos generales a considerar; 4.2.1.3.3 en la pregunta posterior a la actividad 3 del apartado de Descripción; 4.2.1.4.3 en la actividad 4 del apartado de Descripción; 4.2.1.5.3 en su apartado de Descripción; 4.2.2.1 en su apartado de Aspectos generales a considerar y en su último párrafo; 4.2.2.1.3 en su apartado de Descripción; 4.2.2.2 en su apartado de Aspectos generales a considerar y en su último párrafo; 4.2.2.2.3 en su apartado de Descripción; 4.2.3 en la cuarta viñeta del apartado de Aspectos generales a considerar; 4.2.3.2 en su apartado de Insumos; 4.2.4.3 en su apartado de Descripción; 4.3.2.3 en la Normatividad aplicable a la actividad 3 del apartado de Descripción; 4.3.4.3 en la actividad 1 del apartado de Descripción; 4.3.5 en la viñeta del apartado Aspectos generales a considerar; 4.3.5.3 en la pregunta posterior a la actividad 1 del apartado de Descripción; 4.3.6.3 en su apartado de Descripción; y 4.7 en la segunda viñeta del apartado de Aspectos generales a considerar; se ADICIONAN los numerales 2.2 con una última viñeta; 4.1 con un apartado de Aspectos generales a considerar; 4.2.1.1 con una primera y segunda viñetas en su apartado de Aspectos generales a considerar, recorriéndose el orden de las tres viñetas actuales; y 4.2.1.4.3 con una actividad 5 que incluye a su Responsable y Normatividad aplicable del apartado Descripción; y se DEROGAN el apartado de Disposiciones Normativas y su única viñeta del numeral 3. MARCO JURIDICO, así como las actividades 4 y 5, incluyendo a su Responsable y Normatividad aplicable del numeral 4.2.1.3.3 correspondiente al apartado de Descripción, del Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, para quedar como sigue: TRANSITORIO Unico.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Sufragio Efectivo. No Reelección. México, Distrito Federal, a los siete días del mes de noviembre de dos mil doce.- El Secretario de la Función Pública, Rafael Morgan Ríos.- Rúbrica. ACUERDO por el que se modifica el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública. JULIÁN ALFONSO OLIVAS UGALDE, Subsecretario de Responsabilidades Administrativas y Contrataciones Públicas, en ausencia del Secretario de la Función Pública, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 18, 37, fracciones VI, VIII y XIX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en relación con el Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 2013; 8 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y 1, 6, fracciones I y XXIV, 7, fracción XII y 86 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, tomando en cuenta la opinión de las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Economía, y CONSIDERANDO Que mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de agosto de 2010, se expidió el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, con el propósito de establecer los procesos y directrices que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y la Procuraduría General de la República deben de observar de manera obligatoria para reducir y simplificar la regulación administrativa en la materia, a fin de aprovechar y aplicar de manera eficiente los recursos con que cuentan dichas instituciones, disponiéndose en su artículo noveno Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 81 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). la obligación de la Secretaría de la Función Pública de revisar, cuando menos una vez al año, los procesos y directrices contenidos en el citado Manual, para efectos de su actualización; Que las revisiones de los procesos y directrices a que alude el considerando anterior, han dado como resultado diversas modificaciones al Manual de referencia, mismas que se realizaron mediante Acuerdos publicados en el Diario Oficial de la Federación con fechas 27 de junio de 2011 y 21 de noviembre de 2012; Que derivado del diagnóstico sobre la estructura orgánica, procesos internos y gasto de operación que llevaron a cabo en el presente ejercicio las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y del diagnóstico sobre mejoras de procesos, simplificación regulatoria administrativa, ahorros y percepción ciudadana elaborados por los Órganos Internos de Control de dichas dependencias y entidades, así como del resultado de los grupos de enfoque que se integraron para revisar el Manual que nos ocupa, se identificaron áreas de oportunidad, y propuestas de mejora respecto de los procesos establecidos en el Manual objeto de este Acuerdo; Que como resultado de las actividades desarrolladas y de las consultas que ha recibido esta Secretaría sobre algunos aspectos específicos respecto de la aplicación del Manual materia del presente ordenamiento, se ha determinado la necesidad de actualizarlo, así como de realizar algunas precisiones para su mejor aplicación por parte de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y de la Procuraduría General de la República y, en consecuencia, coadyuvar a que lleven a cabo de manera más eficiente y eficaz sus contrataciones públicas, he tenido a bien expedir el siguiente ACUERDO ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforman: la denominación del numeral 4.4 del apartado CONTENIDO; el sexto elemento de la segunda viñeta del numeral 2.2; la viñeta del apartado Instructivos, del numeral 3 MARCO JURÍDICO; el Responsable de la actividad número 11, las actividades números 12 y 13 con sus respectivos Responsables y Normatividad aplicable del cuadro del numeral 4.1.3 Descripción; la quinta viñeta y sus respectivos cuatro esquemas del apartado Aspectos generales a considerar del numeral 4.2.1.1 Elaboración y publicación de la convocatoria a la licitación pública en CompraNet; el esquema de la tercer viñeta del numeral 4.2.1.2 Visita al sitio y junta de aclaraciones; el contenido de la última actividad del cuadro del numeral 4.2.1.3.3 Descripción; la actividad número 3 del cuadro del numeral 4.3.2.3 Descripción; la denominación del numeral 4.4 para pasar a ser AUTORIZACIÓN Y PAGO DE ESTIMACIONES, así como el cuadro del numeral 4.4.3 Descripción; se adicionan, los numerales 4.2.5, 4.2.5.1, 4.2.5.2, 4.2.5.3, 4.3.3.A, 4.3.3.A.1, 4.3.3.A.2, 4.3.3.A.3, 4.3.5.A, 4.3.5.A.1, 4.3.5.A.2 y 4.3.5.A.3 todos del apartado CONTENIDO; una viñeta al apartado Decretos, tres nuevas viñetas al final del apartado Lineamientos, todas del numeral 3 MARCO JURÍDICO; las actividades 14, 15, 16 y 17 con sus respectivos Responsables y Normatividad aplicable del cuadro del numeral 4.1.3 Descripción; la quinta viñeta del apartado Aspectos generales a considerar del numeral 4.2.1.1 Elaboración y publicación de la convocatoria a la licitación pública en CompraNet con dos nuevos esquemas correspondientes a la Designación del Testigo Social y a la Publicación de Proyecto de Convocatoria; una tercer y cuarta viñetas al apartado Aspectos generales a considerar, la última de éstas con sus respectivos esquemas, del numeral 4.2.1.5 Fallo; una séptima viñeta al apartado Aspectos generales a considerar del numeral 4.2.2.1 Invitación a cuando menos tres personas; una octava viñeta al apartado Aspectos generales a considerar, del numeral 4.2.2.2 Adjudicación directa; un numeral 4.2.5 relativo al subproceso Entrega de anticipo, con sus respectivos numerales y apartados 4.2.5.1 Objetivo, 4.2.5.2 Insumos, 4.2.5.3 Descripción, y Productos; un numeral 4.3.3.A relativo al subproceso Autorización de cantidades adicionales y/o conceptos no previstos en el catálogo de conceptos original, con sus respectivos numerales y apartados 4.3.3.A.1 Objetivo, 4.3.3.A.2 Insumos, 4.3.3.A.3 Descripción, y Productos; una segunda viñeta con dos esquemas al apartado Aspectos generales a considerar, del numeral 4.3.5 Ajuste de costos; un numeral 4.3.5.A relativo al subproceso Ajuste de costos directos a la baja, con sus respectivos numerales y apartados 4.3.5.A.1 Objetivo, 4.3.5.A.2 Insumos, Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 82 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). 4.3.5.A.3 Descripción, y Productos; una cuarta viñeta con tres esquemas al apartado Aspectos generales a considerar, del numeral 4.3.6 ENTREGA-RECEPCIÓN, FINIQUITO Y EXTINCIÓN DE OBLIGACIONES; se derogan, la viñeta del apartado Decretos, las viñetas primera, cuarta, quinta y octava del apartado Lineamientos, todas del numeral 3 MARCO JURÍDICO; todos del Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, para quedar como sigue: TRANSITORIO Único: El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Sufragio Efectivo. No Reelección. México, D.F., a los doce días del mes de agosto de dos mil catorce.- En ausencia del Secretario de la Función Pública, en términos de lo dispuesto por los artículos 18 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 7, fracción XII, y 86 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, el Subsecretario de Responsabilidades Administrativas y Contrataciones Públicas, Julián Alfonso Olivas Ugalde.- Rúbrica. ACUERDO por el que se modifica el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 03 de febrero de 2016 Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública. VIRGILIO ANDRADE MARTINEZ, Secretario de la Función Pública, con fundamento en los artículos 37, fracciones VI, VIII y XIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en relación con el Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 2013; 8 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y 1 y 6, fracciones I y XXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, tomando en cuenta la opinión de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Economía, y CONSIDERANDO Que mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de agosto de 2010, se expidió el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, con el propósito de establecer los procesos y directrices que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y la Procuraduría General de la República deben de observar de manera obligatoria para reducir y simplificar la regulación administrativa en dicha materia, a fin de aprovechar y aplicar de manera eficiente los recursos con que cuentan dichas instituciones, disponiéndose en su artículo noveno la obligación de la Secretaría de la Función Pública de revisar, cuando menos una vez al año, los procesos y directrices contenidos en el citado Manual, para efectos de su actualización; Que las revisiones de los procesos y directrices a que alude el considerando anterior, han dado como resultado diversas modificaciones al Manual de referencia, mismas que se realizaron mediante Acuerdos publicados en el Diario Oficial de la Federación con fechas 27 de junio de 2011, 21 de noviembre de 2012 y 19 de septiembre de 2014; Que las modificaciones que se pretenden realizar al Manual en cita, obedecen en parte a la reciente expedición de diversas disposiciones normativas que impactan en las contrataciones de obra pública y servicios relacionados; Que derivado del análisis efectuado por las oficialías mayores de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, que se reunieron para revisar e identificar áreas de oportunidad, y propuestas de mejora respecto de los procesos establecidos en el Manual objeto de este Acuerdo, y Que como resultado de las actividades desarrolladas y de las recomendaciones que ha recibido esta Secretaría sobre algunos aspectos específicos respecto de la aplicación del Manual materia del presente ordenamiento, se ha determinado la necesidad de actualizarlo, así como de realizar algunas precisiones Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 83 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2010 (Incluye reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27/06/2011, 21/11/12, 19/09/2014 y 03/02/2016). para su mejor aplicación por parte de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y de la Procuraduría General de la República y, en consecuencia, coadyuvar a que lleven a cabo de manera más eficiente y eficaz sus contrataciones públicas, he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO UNICO.- Se REFORMAN: el primer párrafo del apartado Objetivo del numeral 4.2.1.1.1; la tercera viñeta del apartado Aspectos generales a considerar del numeral 4.2.1.5.3 Descripción; 4.2.2.1.1 en el apartado Objetivo, el primer párrafo; la actividad número 6 y la Normatividad aplicable del cuadro, y la séptima viñeta del apartado Aspectos generales a considerar del numeral 4.2.2.1.3 Descripción; la actividad número 6 y la Normatividad aplicable del cuadro, y la octava viñeta del apartado Aspectos generales a considerar del numeral 4.2.2.2.3 Descripción; la octava viñeta del numeral 4.2.3.2 Insumos; la primera viñeta del apartado Aspectos generales a considerar del numeral 4.2.3.3 Descripción, y la Normatividad aplicable a la actividad número 9 del cuadro del numeral 4.7.3 Descripción; se ADICIONAN: en el numeral 3. MARCO JURIDICO, en el apartado Leyes, una última viñeta; en el apartado Reglamentos, dos últimas viñetas; en el apartado Acuerdos, dos últimas viñetas; en el apartado Lineamientos, una última viñeta, y un apartado Disposiciones Generales; un apartado denominado Aspectos generales a considerar, con una viñeta del numeral 4.3.1.3 Descripción; y se DEROGAN: la tercera y cuarta viñeta del apartado Tratados, y el apartado Disposiciones Normativas del numeral 3. MARCO JURIDICO; del Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, para quedar como sigue: TRANSITORIO Único: El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Sufragio Efectivo. No Reelección. México D.F., a los veintinueve días del mes de enero de dos mil dieciséis.- El Secretario de la Función Pública, Virgilio Andrade Martínez.- Rúbrica. Documento disponible en el Sitio http//www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas 84