Asesor Idóneo en
Mercado de Capitales
Resolución General CNV Nº 638/15 “Registro de Idóneos”
Notas del Manual de Capacitación
Área de Formación y Capacitación
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Notas del Manual de Capacitación
Índice.
MÓDULO 1. MARCO NORMATIVO Y ESTRUCTURA
APLICABLE AL MERCADO DE CAPITALES. ..........................................5
1. INTRODUCCIÓN. LA LEY 26.831 Y LA ORGANIZACIÓN DEL
MERCADO DE CAPITALES ARGENTINO. .............................................................6
2.
EL CONCEPTO DE OFERTA PÚBLICA. .........................................................7
3.
ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA Y ROL DE LOS DISTINTOS SUJETOS. .8
4.
LOS DENOMINADOS AGENTES REGISTRADOS. .....................................16
5. INTRODUCCIÓN A LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS. RÉGIMEN DE
TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO CORPORATIVO..................................17
6.
OFERTA PÚBLICA DE ADQUISICIÓN (“OPA”). ..........................................20
7.
RESUMEN. .........................................................................................................23
8.
PREGUNTAS DE REPASO. ..............................................................................24
MÓDULO 2. NORMAS DE PREVENCIÓN DEL LAVADO DE
ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO. ......................25
1. CONCEPTO Y ORIGEN DEL TÉRMINO DE LAVADO DE ACTIVOS Y
FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO. ................................................................26
2.
ASPECTOS NORMATIVOS INTERNACIONALES. .....................................26
3. FUNDAMENTOS, METODOLOGÍA Y ESTRATEGIA PARA
DESARROLLAR LAS ACTIVIDADES DE PREVENCIÓN PARA EVITAR EL
ENCUBRIMIENTO Y LAVADO DE ACTIVOS DE ORIGEN DELICTIVO Y
FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO. ................................................................28
4. ASPECTOS NORMATIVOS Y PRINCIPALES LINEAMIENTOS DE LA
NORMATIVA EN ARGENTINA. ...........................................................................31
5. NORMATIVA APLICABLE Y SUJETOS ALCANZADOS POR LA
COMISIÓN NACIONAL DE VALORES. ................................................................36
6. MODALIDADES DE PAGO Y PROCEDIMIENTOS DE CONTROL PARA
LA RECEPCIÓN Y ENTREGA DE FONDOS DE Y HACIA CLIENTES. ............37
7. OPERACIONES REALIZADAS POR CLIENTES PROVENIENTES DE O
QUE OPEREN DESDE PARAÍSOS FISCALES, O A TRAVÉS DE SOCIEDADES
OFF SHORE O SOCIEDADES CÁSCARA. ............................................................38
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8.
REQUISITOS DE IDONEIDAD, INTEGRIDAD Y SOLVENCIA. . ..............38
9.
DIFUSIÓN DE COMUNICADOS DE CARÁCTER PREVENTIVO. ..............39
10. RESUMEN. .........................................................................................................40
11. PREGUNTAS DE REPASO. ..............................................................................41
MÓDULO 3. MÉTODOS CUANTITATIVOS APLICADOS A LA
SELECCIÓN Y ASESORAMIENTO EN PRODUCTOS DE
INVERSIÓN...............................................................................................................43
1.
EL VALOR TIEMPO DEL DINERO. ...............................................................44
2.
TASA DE INTERÉS (INTERÉS SIMPLE Y COMPUESTO). ..........................45
3.
RÉGIMEN DE ACTUALIZACIÓN. ................................................................49
4.
TASA EFECTIVA VS TASA NOMINAL. ........................................................52
5.
TASA VENCIDA VS TASA ADELANTADA. ...............................................54
6.
ESTADÍSTICA DESCRIPTIVA. ........................................................................55
7.
RESUMEN. .........................................................................................................58
8.
PREGUNTAS DE REPASO. ..............................................................................60
MÓDULO 4. INSTRUMENTOS DEL MERCADO DE CAPITALES.
.........................................................................................................................................63
1.
FINANCIAMIENTO E INTERMEDIACIÓN. ...................................................64
2.
TIPOS DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS. ................................................69
3.
INTRODUCCIÓN A LOS INSTRUMENTOS DERIVADOS. ........................78
4. PRODUCTOS DE INVERSIÓN COLECTIVA: FONDOS COMUNES DE
INVERSIÓN, FIDEICOMISOS FINANCIEROS Y ETF. ..........................................81
5.
EL FINANCIAMIENTO Y LOS REGÍMENES PARA PYMES. .....................86
6.
RESUMEN. .........................................................................................................87
7.
PREGUNTAS DE REPASO. ..............................................................................93
MÓDULO 5. LA OPERATORIA EN EL MERCADO DE
CAPITALES ARGENTINO. ...............................................................................95
1.
COLOCACIÓN PRIMARIA (MERCADO PRIMARIO) .................................96
25
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2. NEGOCIACIÓN SECUNDARIA (MERCADO SECUNDARIO). RUEDAS DE
NEGOCIACIÓN. OPERACIONES GARANTIZADAS Y NO GARANTIZADAS.
......................................................................................................................................98
3.
REGISTRO DE OPERACIONES. ...................................................................101
4.
TIPOS DE OPERACIONES. ............................................................................101
5.
RESUMEN. .......................................................................................................113
6.
PREGUNTAS DE REPASO. ............................................................................115
MÓDULO 6. PARÁMETROS DE ANÁLISIS DE ALTERNATIVAS
DE INVERSIÓN. ....................................................................................................117
1.
OBJETIVOS DE INVERSIÓN. ........................................................................118
2.
INSTRUMENTOS DE RENTA FIJA. ..............................................................119
3.
INSTRUMENTOS DE RENTA VARIABLE. ..................................................123
4.
ASPECTOS GENERALES DE TRIBUTACIÓN.............................................128
5.
ANÁLISIS TÉCNICO. ......................................................................................129
6.
RESUMEN. .......................................................................................................133
7.
PREGUNTAS DE REPASO. ............................................................................135
MÓDULO 7. EXPOSICIÓN DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA
Y CRITERIOS GENERALES DE VALUACIÓN. ....................................137
1.
LOS ESTADOS CONTABLES. .......................................................................138
2.
INTRODUCCIÓN AL ANÁLISIS DE LOS ESTADOS CONTABLES. ........143
3.
INTRODUCCIÓN A LA VALUACIÓN DE EMPRESAS. .............................146
4. INSTRUMENTOS DE RENTA FIJA: MODELOS SIMPLES PARA SU
VALUACIÓN. ...........................................................................................................152
5. INTRODUCCIÓN A LA ADMINISTRACIÓN DE CARTERAS Y ANÁLISIS
DEL RIESGO. ...........................................................................................................156
6.
RESUMEN. .......................................................................................................160
7.
PREGUNTAS DE REPASO. ............................................................................164
MÓDULO 8. NORMAS DE CONDUCTA Y CÓDIGOS DE ÉTICA
APLICABLES. ........................................................................................................167
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1. NORMAS DE CONDUCTA DE LOS DISTINTOS AGENTES DEL
MERCADO DE CAPITALES. ..................................................................................168
2. CONDUCTAS CONTRARIAS A LA TRANSPARENCIA EN EL ÁMBITO
DE LA OFERTA PÚBLICA. ...................................................................................176
3. CÓDIGO DE PROTECCIÓN AL INVERSOR O CÓDIGO DE CONDUCTA.
....................................................................................................................................179
4. CÓDIGOS DE ÉTICA Y NORMAS DE CONDUCTA PROFESIONAL.
REFERENCIAS INTERNACIONALES. OBLIGACIONES CON LOS CLIENTES.
OBLIGACIONES CON LOS EMPLEADORES. CONFLICTOS DE INTERESES.
ANÁLISIS, INFORMES, RECOMENDACIONES. ...............................................180
5.
RESUMEN. .......................................................................................................183
6.
PREGUNTAS DE REPASO. ............................................................................188
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Módulo 1
Marco Normativo y Estructura
Aplicable al Mercado de
Capitales.
El presente Módulo procura brindar al lector una visión general del marco normativo y
de la estructura actual del mercado de capitales argentino. La Ley de Mercado de
Capitales, Ley Nro. 26.831/2012 (en adelante “LMC”) ha introducido una profunda
reforma en la organización del mercado de capitales local a partir de objetivos y
principios bien diferenciados cuyo análisis permite abordar el nuevo contexto normativo.
Objetivos de Aprendizaje
Se pretende que el lector conozca y comprenda:
1.
Introducción. La Ley 26.831 y la organización del Mercado de
Capitales Argentino.
2.
El concepto de Oferta Pública.
3.
Organización del sistema y rol de los distintos sujetos.
4.
Los denominados “Agentes Registrados”.
5.
Introducción a las Sociedades Anónimas. Régimen de
Transparencia y Buen Gobierno Corporativo.
6.
La Oferta Pública de Adquisición (“OPA”).
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Marco Normativo y Estructura Aplicable al Mercado de Capitales
1. INTRODUCCIÓN. LA LEY 26.831 Y LA
ORGANIZACIÓN DEL MERCADO DE
CAPITALES ARGENTINO.
La Ley de Mercado de Capitales (LMC) fue sancionada con fecha 29 de noviembre de
2012 y promulgada con fecha 27 de diciembre de 2012, luego de casi tres décadas de
vigencia del régimen establecido por la ley anterior, la Ley 17.811 Ley de Oferta
Pública (“LOP”).
La LMC, como se dijera, presenta la novedad de reflejar una serie de principios y
objetivos en forma explícita entre los cuales se destacan la federalización e
interconexión de los mercados, la promoción del acceso del mercado de capitales para
las pequeñas y medianas empresas (“Pymes”) y orientado a la inversión productiva, la
protección del pequeño inversor a los fines de promover su más amplia participación
en el mercado y la máxima transparencia en la información.
La LMC define al Mercado de Capitales como “el ámbito donde se ofrecen
públicamente valores negociables u otros instrumentos previamente autorizados para
que, a través de la negociación por Agentes habilitados, el público realice actos
jurídicos, todo ello bajo la supervisión de la Comisión Nacional de Valores.”
Respecto de la noción de oferta pública diremos que se conserva en términos generales
aquella prevista en la LOP, aunque con adaptación a los medios de difusión que nos
ofrece la modernidad.
En cuanto a la estructura, existen cambios relevantes. La Comisión Nacional de Valores
(“CNV”) amplia notablemente sus facultades llevando el sistema hacia un esquema
regulatorio pleno, en el cual la autorregulación que otrora la ley concedía a bolsas y
mercados, desaparece. En efecto, no hay más autorregulación bajo el esquema actual
y se fortalece el rol de los Mercados de Valores frente al de las bolsas de comercio – hoy
con funciones muy limitadas y de alguna forma la órbita de acción de los Mercados de
Valores que delegan en ellas ciertas funciones- en un esquema completamente opuesto
al anterior.
Se introduce, además, junto a este nuevo rol de los Mercados de Valores, la novedad de
que éstos deberán hacer oferta pública de sus propios valores y evitar la concentración
de su capital, de modo de favorecer la más amplia dispersión en materia de control.
Respecto de los demás participantes del mercado en sentido amplio, éstos aparecen
recategorizados bajo diversas denominaciones (en algunos casos, sólo se trata de eso)
según el rol que desempeñan, con requisitos patrimoniales diversos y esquemas
funcionales de compatibilidad predefinidos que le permiten en algunos casos, sumar
otras actividades además de la principal. En todos los casos, se prevé el registro ante
la CNV para todos los participantes, incluso aquellos que estaban operativos a la fecha
de la sanción de la LMC.
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Marco Normativo y Estructura Aplicable al Mercado de Capitales
En materia de información y transparencia, básicamente se replican las previsiones
que ya existían en las propias normas de la CNV como consecuencia de la sanción del
Decreto 677/01, resaltando una vez más la importancia esencial de ambos regímenes
para el funcionamiento normal y el pleno desarrollo del mercado de capitales.
La LMC introduce, además, el artículo 20 que consagra la facultad de la CNV de
disponer medidas como la veeduría y/o la intervención del órgano de administración
de las emisoras que listen acciones y obligaciones negociables, por la vía
administrativa cuando antes sólo eran posibles con intervención del poder judicial.
Otras novedades son el cambio de fuero para entender en las cuestiones de revisión de
decisiones adoptadas por la Comisión Nacional de Valores, antes fuero comercial y
ahora contencioso administrativo federal y el ingreso de los fondos obtenidos de la
aplicación de multas en los procesos sumariales, al financiamiento directo del mismo
organismo (CNV).
2. EL CONCEPTO DE OFERTA PÚBLICA.
El concepto de oferta pública en la LMC reza: “es la invitación que se hace a personas
en general o a sectores o a grupos determinados para realizar cualquier acto jurídico
con “valores negociables”, efectuada por los emisores o por organizaciones
unipersonales o sociedades dedicadas en forma exclusiva o parcial al comercio de
aquéllos, por medio de ofrecimientos personales, publicaciones periodísticas,
transmisiones radiotelefónicas, telefónicas o de televisión, proyecciones
cinematográficas, colocación de afiches, letreros o carteles, programas, medios
electrónicos, circulares y comunicaciones impresas o cualquier otro procedimiento de
difusión.”
Los sujetos que pueden realizar oferta pública de sus valores negociables u otros
instrumentos financieros, son las entidades que emiten esos valores y los Agentes
registrados autorizados a estos efectos por la Comisión Nacional de Valores (“CNV”
y/o “Comisión”).
En las Normas de la CNV, Texto Ordenado 2013 (“TO2013”) existe un complejo y
detallado procedimiento que indica los requisitos reglamentarios (básicamente de
naturaleza legal y financiera) que deben cumplirse para obtener la autorización de
oferta pública y obtener luego el listado de esos valores bajo el mercado que se elija.
El régimen de oferta pública presenta serias ventajas para los sujetos que ingresan en
él, en particular de naturaleza impositiva y reputacional, brindando liquidez a valores
que de otro modo no lo tendrían y oportunidades de financiamiento a costos más
baratos que los que ofrece el sistema financiero.
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Marco Normativo y Estructura Aplicable al Mercado de Capitales
La oferta pública de valores sin la debida autorización que impone la LMC y/o por
fuera del procedimiento ante referido coloca al emisor en situación de una oferta
pública irregular con severas consecuencias legales que incluyen la promoción de
procesos sumarios por el regulador con penas que van desde el simple apercibimiento
a la multa (con máximos de hasta 20 millones de pesos) hasta la posible configuración
de un delito penal bajo el art. 310 Código Penal de la Nación (“CPN”)
Quedan exceptuados con carácter general de este procedimiento y del requisito de
autorización previa por CNV, la oferta pública de valores negociables emitidos por la
Nación, las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los municipios, los entes
autárquicos, así como por los organismos multilaterales de crédito de los que nuestro
país resulte miembro.
3. ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA Y ROL DE
LOS DISTINTOS SUJETOS.
Bajo el nuevo régimen, el protagonista principal del esquema organizacional del
mercado de capitales locales es la Comisión Nacional de Valores, organismo que
aparece fortalecido en su rol de regulador, con funciones y facultades muy ampliadas.
Junto a la CNV, aparecen los “Mercados de Valores” en un rol completamente
renovado como ya adelantáramos concentrando además de las tradicionales funciones,
otras propias de las bolsas de comercio, hoy con una muy acotada y menos
significativa participación en el nuevo esquema estructural.
Completan el esquema, los denominados “Agentes”. Se trata de una categoría de
múltiples actores ya no sólo de los intermediarios (Agentes de Liquidación y
Compensación (ALyC), Agentes de Negociación (AN), Agentes Productores (AP),
Agentes Asesores de Mercado (AA)) sino también de otros participantes, como los
Agentes de depósito colectivo, de custodia, de registro y pago, de calificación de
riesgos y de productos de inversión colectiva.
LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES. EL DIRECTORIO.
La CNV se mantiene en la LMC como un organismo autárquico directamente
vinculado al Poder Ejecutivo Nacional (“PEN”) ya que funciona bajo la órbita
del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas (Secretaría de Finanzas) y es el
mismo PEN quien designa a los miembros de su directorio.
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Marco Normativo y Estructura Aplicable al Mercado de Capitales
El directorio de CNV está integrado por cinco (5) vocales designados entre personas
de reconocida idoneidad y experiencia profesional en la materia. El personal de CNV,
por su parte es designado y removido por el Directorio de la CNV
El Presidente tiene bajo su cargo la administración de la Comisión Nacional de
Valores, así como los acuerdos y el despacho de trámite- mientras que el
Vicepresidente sustituye a aquel, en caso de ausencia y tiene a su cargo cualquier otra
función que le atribuya el Reglamento Interno.
Los miembros del directorio de CNV han sido equiparados en cuanto a régimen
salarial, rango e incompatibilidades a los subsecretarios del PEN y cuentan con
restricciones (no pueden ejercer cargos en compañías públicas, por ejemplo) para su
desempeño en otras actividades (excepto la docencia y comisiones de estudio) por
hasta dos (2) años de cesados en sus cargos.
El régimen de inhabilidades para integrar e directorio de la Comisión Nacional de
Valores, es el típico de la legislación societaria (artículo 264 de la Ley 19.550) y las
que se refieren a los accionistas o quienes hubieren formado parte de los órganos de
dirección, administración o fiscalización o que de cualquier modo prestaren servicios
a entidades sometidas a la CNV, tanto al momento de su designación como en los dos
años previos. Los directores duran cinco (5) años en sus funciones, y sus mandatos
son renovables por períodos sucesivos.
Su remoción sólo puede disponerse por comisión de delitos dolosos de cualquier
naturaleza en el ejercicio o en ocasión de sus funciones; mala conducta o negligencia
en el cumplimiento de sus funciones o incumplimientos de las disposiciones de la ley
e inhabilidad sobreviniente para ejercer el cargo, y no resulta susceptible de revisión
judicial.
Respecto del funcionamiento de este órgano, se dispone la comunicación por medios
de transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras para facilitar el quórum y la
aprobación de decisiones, incluyéndose en la LMC un procedimiento de aprobación
“ad referéndum” de resoluciones adoptadas por el Presidente o el director presente
organismo, por razones de urgencia o con carácter excepcional. La idea de la norma
es no paralizar el funcionamiento del organismo por estas cuestiones.
En cuanto al financiamiento de la CNV, consta de los recursos propios derivados de la
ley de Presupuesto General de la Administración Nacional y de otros recursos como
los montos derivados de las multas que imponga el propio regulador, las tasas de
fiscalización y control, aranceles de autorización, las donaciones o legados en su favor
y las rentas de sus bienes.
Competencias y Facultades de CNV.
En general se mantienen las mismas facultades que tenía la CNV, aunque ampliadas.
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Marco Normativo y Estructura Aplicable al Mercado de Capitales
Recordemos que es la autoridad responsable de la autorización de oferta pública y de
la regulación, supervisión y control de todos los participantes en el régimen, aunque la
LMC le atribuye además otras funciones nuevas como aquellas relativas al proceso de
registro, a la posibilidad de declarar la irregularidad e ineficacia a efectos
administrativos de los actos ejecutados por los sometidos a su fiscalización, la de
constituirse como parte querellante y requerir allanamientos.
La CNV puede:
a) En forma directa e inmediata, supervisar, regular, inspeccionar, fiscalizar y
sancionar a todas las personas físicas y/o jurídicas que, por cualquier causa, motivo o
circunstancia, desarrollen actividades relacionadas con la oferta pública de valores
negociables, otros instrumentos, operaciones y actividades contempladas en la
presente ley y en otras normas aplicables, que por su actuación queden bajo
competencia de la Comisión Nacional de Valores;
b) Llevar el registro, otorgar, suspender y revocar la autorización de oferta pública de
valores negociables y otros instrumentos y operaciones;
c) Llevar el registro de todos los sujetos autorizados para ofertar y negociar
públicamente valores negociables, y establecer las normas a las que deban ajustarse
los mismos y quienes actúen por cuenta de ellos;
d) Llevar el registro, otorgar, suspender y revocar la autorización para funcionar de los
mercados, los Agentes registrados y las demás personas físicas y/o jurídicas que, por
sus actividades vinculadas al mercado de capitales, y a criterio de la Comisión
Nacional de Valores queden comprendidas bajo su competencia;
e) Aprobar los estatutos, reglamentos y toda otra normativa de carácter general dictada
por los mercados y revisar sus decisiones, de oficio o a petición de parte, en cuanto se
tratare de medidas vinculadas a la actividad regulada que prestan o que pudieren
afectar su prestación;
f) Cumplir las funciones delegadas por la ley 22.169 y sus modificaciones respecto de
las entidades registradas en los términos del inciso d), desde su inscripción y hasta la
baja en el registro respectivo, cuenten o no con autorización de oferta pública de sus
acciones otorgada por la Comisión Nacional de Valores;
g) Dictar las reglamentaciones que deberán cumplir las personas físicas y/o jurídicas
y las entidades autorizadas en los términos del inciso d), desde su inscripción y hasta
la baja del registro respectivo;
h) Dictar las reglamentaciones que se deberán cumplir para la autorización de los
valores negociables, instrumentos y operaciones del mercado de capitales, y hasta su
baja del registro, contando con facultades para establecer las disposiciones que fueren
necesarias para complementar las que surgen de las diferentes leyes y decretos
aplicables a éstos, así como resolver casos no previstos e interpretar las normas allí
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Marco Normativo y Estructura Aplicable al Mercado de Capitales
incluidas dentro del contexto económico imperante, para el desarrollo del mercado de
capitales;
i) Declarar irregulares e ineficaces a los efectos administrativos los actos sometidos a
su fiscalización, sin sumario previo, cuando sean contrarios a esta ley, a las demás
leyes aplicables, a las reglamentaciones dictadas por la Comisión Nacional de Valores,
a los estatutos, a las disposiciones dictadas por entidades y aprobadas por el organismo;
j) Promover la defensa de los intereses de los pequeños inversores, sin perjuicio de las
atribuciones concurrentes de las autoridades de aplicación nacional y locales de la ley
25.156 de defensa de la competencia;
k) Establecer normas mínimas de capacitación, acreditación y registro para el personal
de los Agentes registrados o para personas físicas y/o jurídicas que desempeñen tareas
vinculadas con el asesoramiento al público inversor;
l) Determinar los requisitos mínimos a los que deberán ajustarse quienes presten
servicios de auditoría a las personas sujetas a su supervisión;
m) Propender al desarrollo y fortalecimiento del mercado de capitales creando o, en
su caso, propiciando la creación de productos que se consideren necesarios a ese fin;
n) Organizar y administrar archivos y antecedentes relativos a la actividad de la propia
Comisión Nacional de Valores o datos obtenidos en el ejercicio de sus funciones para
la recuperación de la información relativa a su misión, pudiendo celebrar acuerdos y
contratos con organismos nacionales, internacionales y extranjeros a fin de integrarse
en redes informativas de tal carácter, para lo que deberá tenerse en cuenta como
condición necesaria y efectiva la reciprocidad conforme las previsiones establecidas
en los artículos 25 y 26 de la presente ley;
o) Fijar los requerimientos patrimoniales que deberán acreditar las personas físicas y
jurídicas sometidas a su fiscalización;
p) Dictar normas complementarias en materia de prevención del lavado de dinero y de
la financiación del terrorismo, siguiendo la normativa dictada por la Unidad de
Información Financiera, organismo autárquico actuante en el ámbito del Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos, aplicable al mercado de capitales y fiscalizar su
cumplimiento; ello, sin perjuicio del deber de dar a la citada unidad la debida
intervención que le compete en materia sancionatoria y de proporcionar a ésta la
colaboración exigida por la ley 25.246 y sus modificatorias;
q) Regular la forma en que se efectivizará la información y fiscalización exigidas en
la presente ley, pudiendo requerir a los entes sujetos a su jurisdicción la
implementación de aquellos mecanismos que estime convenientes para un control más
efectivo de las conductas descriptas en la presente ley;
r) Establecer regímenes de información y requisitos para la oferta pública
diferenciados;
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Marco Normativo y Estructura Aplicable al Mercado de Capitales
s) Determinar las condiciones bajo las cuales los Agentes registrados, que revisten el
carácter de personas jurídicas, podrán estar habilitados para llevar a cabo más de una
actividad bajo competencia de la Comisión Nacional de Valores, previa inclusión de
las mismas dentro de su objeto social, a los fines de su inscripción en los registros
respectivos a cargo del organismo;
t) Fiscalizar el cumplimiento objetivo y subjetivo de las normas legales, estatutarias y
reglamentarias en lo referente al ámbito de aplicación de la presente ley;
u) Ejercer todas las demás funciones que le otorguen las leyes, decretos y los
reglamentos aplicables.
El artículo 20.
Según el artículo 20, la CNV tiene facultades para designar veedores y/o desplazar
directorios por hasta un cierto plazo (180 días) en las sociedades sujetas a su
fiscalización, (ambas medidas no revisables judicialmente) y puede:
a) Solicitar informes y documentos, realizar investigaciones e inspecciones en las
personas físicas y jurídicas sometidas a su fiscalización, citar a declarar, tomar
declaración informativa y testimonial. Cuando, como resultado de los relevamientos
efectuados, fueren vulnerados los intereses de los accionistas minoritarios y/o
tenedores de títulos valores sujetos a oferta pública, la Comisión Nacional de Valores,
según la gravedad del perjuicio que determine, podrá:
I) Designar veedores con facultad de veto de las resoluciones adoptadas por los
órganos de administración de la entidad, cuyas disposiciones serán recurribles en
única instancia ante el presidente de la Comisión Nacional de Valores;
II) Separar a los órganos de administración de la entidad por un plazo máximo de
ciento ochenta (180) días hasta regularizar las deficiencias encontradas. Esta última
medida será recurrible en única instancia ante el Ministro de Economía y Finanzas
Públicas;
b) Recabar directamente el auxilio de la fuerza pública: Esta facultad ya la tenía, por
ejemplo, respecto de la instrucción en los procesos sumariales.
c) Requerir al juez competente el allanamiento de lugares privados con el fin de
obtener los antecedentes e informaciones necesarios para el cumplimiento de sus
labores de fiscalización e investigación. Estas facultades sólo podrán ser ejercidas por
CNV bajo ciertas condiciones como especificar la documentación o información que
pretende secuestrar y su vinculación con sus funciones (las de CNV). La orden de
allanamiento no será recurrible por el afectado, pero la norma conserva su derecho de
promover la reparación de los daños que pudieren habérsele causado como
consecuencia de la medida.
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Marco Normativo y Estructura Aplicable al Mercado de Capitales
d) Iniciar acciones judiciales y reclamar judicialmente el cumplimiento de sus
decisiones;
e) Denunciar delitos o constituirse en parte querellante;
f) Solicitar todo tipo de información a organismos públicos y a cualquier persona física
o jurídica que considere necesaria para el cumplimiento de sus funciones, quienes
estarán obligados a proporcionar dicha información dentro de del término que se les
fije bajo apercibimiento de ley. Esta disposición no regirá respecto de la Unidad de
Información Financiera.
LOS MERCADOS DE VALORES (“MV” Y/O “MERCADOS”)
Como se señaló anteriormente, el Mercado de Capitales se estructura sobre la base del
rol central que cumplen la Comisión Nacional de Valores, los Mercados de Valores y
los Agentes.
Los “Mercados de Valores” son sociedades anónimas autorizadas por la Comisión
Nacional de Valores con el objeto principal de organizar las operaciones con valores
negociables que cuenten con oferta pública. Bajo la nueva ley, están obligadas además
a hacer oferta pública de sus propias acciones. Constituyen una categoría de Agentes,
que deben registrarse y cumplir con una serie de requisitos principalmente de
naturaleza legal y patrimonial y deben contar con una organización administrativa y
técnica apropiada para desempeñar sus funciones.
La LMC completa el esquema de organización de los Mercado de Valores
estableciendo la exigencia de limitaciones estatutarias de modo de evitar la
concentración del capital en manos de accionistas o grupos de control. Sus reglamentos
deben ser sometidos previamente a la aprobación de la CNV.
Deben contar en forma permanente con un patrimonio neto mínimo de pesos
veinticinco millones ($ 25.000.000), el que deberá surgir de sus estados contables
trimestrales y anuales, que puede reducirse a diez millones ($ 10.000.000) si el
mercado usa los servicios de una Cámara Compensadora registrada ante la Comisión
Nacional de Valores.
Como contrapartida, se les exige, además, un mínimo del cincuenta por ciento (50%)
del importe resultante de detraer del valor del Patrimonio Neto Mínimo el total
acumulado en el Fondo de Garantía previsto en la LMC. El Fondo de Garantía se crea
con la finalidad de hacer frente a los compromisos incumplidos por los Agentes
miembros y está constituido con el cincuenta por ciento (50%) como mínimo de las
utilidades anuales líquidas y realizadas del agente.
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Marco Normativo y Estructura Aplicable al Mercado de Capitales
Dicho fondo puede organizarse como fideicomiso o bajo cualquier otra modalidad que
resulte aprobada por la Comisión Nacional de Valores y está exento de todo impuesto
o carga fiscal, debiendo reinvertirse sus fondos.
La mayoría de los miembros del órgano de administración y de los comités ejecutivos
de los Mercados deben ser además independientes en los términos de la Normas de la
CNV, es decir no ser titular de una “participación significativa” en el Mercado o en
una sociedad que tenga en él una “participación significativa”, tampoco ser miembro
del órgano de administración o de fiscalización y/o vinculado por una relación de
dependencia, no estar vinculado al Mercado por una relación de dependencia, ni
haberlo estado en los últimos TRES (3) años.
También aquí y en orden a estimular su funcionamiento normal se admiten las
reuniones del órgano de administración del Mercado con los miembros presentes o
comunicados entre sí por otros medios de transmisión simultánea de sonido, imágenes
y palabras., en tanto estuviere previsto en el estatuto social. El órgano de fiscalización
dejará constancia de la regularidad de las decisiones adoptadas.
Los mercados pueden:
a) Dictar las reglamentaciones a los efectos de habilitar la actuación en su ámbito de
Agentes autorizados por la Comisión Nacional de Valores, no pudiendo exigir a estos
fines la acreditación de la calidad de accionista del mercado;
b) Autorizar, suspender y cancelar el listado y/o negociación de valores negociables
en la forma que dispongan sus reglamentos;
c) Dictar normas reglamentarias que aseguren la veracidad en el registro de los precios,
así como de las negociaciones;
d) Dictar las normas y medidas necesarias para asegurar la realidad de las operaciones
que efectúen sus Agentes;
e) Fijar los márgenes de garantía que exijan a sus Agentes para cada tipo de operación
que garantizaren;
f) Constituir tribunales arbitrales. Las reglamentaciones que los mercados dicten,
aplicables a la creación y funcionamiento de los tribunales arbitrales, deberán ser
aprobadas por CNV.
Todos los mercados deberán contar en su ámbito con un tribunal arbitral permanente,
al cual quedarán sometidas en forma obligatoria las entidades cuyos valores
negociables se negocien dentro de su ámbito, en sus relaciones con los accionistas e
inversores.
g) Emitir boletines informativos.
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Marco Normativo y Estructura Aplicable al Mercado de Capitales
Respecto de los miembros del órgano de administración y fiscalización de los
Mercados estos deben ser profesionales y están sujetos a ciertas incompatibilidades e
inhabilidades similares a las antes vistas para los miembros del directorio de CNV.
Listado de valores negociables.
Los Mercados de Valores tienen hoy a su cargo, el listado de los valores negociables.
El listado de los valores negociables es el procedimiento mediante el cual los Mercados
incorporan un activo para ser negociado.
Los Mercados dictan las reglamentaciones y los procedimientos para la autorización,
suspensión y cancelación del listado y negociación de valores negociables, las que
deberán ser aprobadas por la Comisión Nacional de Valores. Estas funciones que
poseen los Mercados pueden delegarse en entidades calificadas autorizadas
previamente por la CNV (como las bolsas de comercio, antes las “titulares” de esa
función).
El listado de valores negociables con oferta pública otorgada por la Comisión Nacional
de Valores, asociados a los segmentos de negociación habilitados no puede ser negado
por los Mercados de Valores.
Los sistemas de negociación previstos en los Mercados deberán garantizar la plena
vigencia de los principios de protección del inversor, equidad, eficiencia,
transparencia, no fragmentación y reducción del riesgo sistémico.
La LMC prevé un sistema de interconexión entre los Mercados que admita la
existencia de un libro de órdenes común y sistemas en que se dé prevalencia a la
negociación con interferencia de ofertas con prioridad de precio-tiempo.
Tanto la Colocación Primaria como la Negociación Secundaria requieren según la
normativa de Sistemas Informáticos de Negociación aprobados por la Comisión
Nacional de Valores, con las características de prioridad precio-tiempo mencionadas.
Los conceptos relacionados a la negociación de valores negociables serán analizados
en el Módulo 5 “La Operatoria en el Mercado de Capitales Argentino”.
Los Agentes “intermediarios” pueden acceder hoy, bajo el nuevo régimen legal, a
todos los mercados (antes sólo podían operar en aquellos en los cuales eran
accionistas) y simultáneamente pueden contar con toda la información de esos
mercados. Así los Agentes de Negociación y Agentes de Liquidación y Compensación
registrados en la Comisión Nacional de Valores y miembros de los Mercados, podrán
ingresar ofertas en la licitación o subasta pública, las que no podrán rechazarse, salvo
que contengan errores u omisiones de datos que hagan imposible su identificación.
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Marco Normativo y Estructura Aplicable al Mercado de Capitales
4. LOS DENOMINADOS AGENTES
REGISTRADOS.
Los denominados Agentes registrados son una categoría que incluye además de los
tradicionales “Agentes” intermediarios, a otros actores del mercado de capitales local,
Calificadoras de riesgo, Fiduciarios, Agentes de Administración y Agentes de
Custodia de Productos de Inversión Colectiva, Agentes de Liquidación y
Compensación, etc. Todos los Agentes deben registrarse por ante la CNV para poder
desarrollar sus actividades, incluso debieron hacerlo aquellos que venían operando en
el mercado desde hace décadas. El proceso de registro se lleva a cabo ante CNV y
consiste en el cumplimiento de una serie de requisitos (presentación de documentación
de índole legal y financiera, declaraciones juradas, antecedentes policiales,
acreditación del cumplimiento de los requisitos patrimoniales, contrapartida, para
mencionar los principales) que exige la reglamentación del regulador y la obtención
del número de registro (una suerte de matrícula para operar).
Agente de Negociación (AN): son sociedades autorizadas (por CNV) a actuar como
intermediarios de mercados incluyendo bajo competencia de la CNV cualquier actividad
vinculada y complementaria que éstos realicen.
Agentes Productores de Agentes de Negociación (AP): son personas físicas y/o jurídicas
autorizadas para desarrollar actividades de difusión y promoción de valores negociables bajo
responsabilidad de un agente de negociación también registrado.
Agentes de Colocación y Distribución (ACyD): son personas físicas y/o jurídicas autorizadas
para desarrollar canales de colocación y distribución de valores negociable.
Agentes de Corretaje de Valores Negociables (ACVN): son personas jurídicas autorizadas
para poner en relación a dos (2) o más partes para la conclusión de negocios sobre valores
negociables, sin estar ligadas a ninguna de ellas por relaciones de colaboración, subordinación
o representación.
Agentes de Liquidación y Compensación (ALyC): son personas jurídicas autorizadas para
intervenir en la liquidación y compensación de operaciones con valores negociables registradas
en el marco de mercados, incluyendo bajo su jurisdicción cualquier actividad que éstas realicen.
Agentes de Administración de Productos de Inversión Colectiva (AAPIC): son sociedades
gerentes de la ley 24.083 (Ley de Fondos Comunes de Inversión), a los fiduciarios financieros
de la ley 24.441 (Ley de Financiación y Estructura de la Vivienda) y sus modificaciones y a las
demás entidades que desarrollen similares funciones y que, a criterio de CNV corresponda
registrar en este carácter para su actuación en el marco del funcionamiento de los productos
de inversión colectiva.
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Agentes de Custodia de Productos de Inversión Colectiva (ACPIC): son personas jurídicas
autorizadas para actuar en dicho carácter en los productos de inversión colectiva, desarrollando
las funciones asignadas por las leyes aplicables y las que dicho organismo determine.
Agentes de Depósito Colectivo (ADC): son entidades autorizadas para recibir depósitos
colectivos de valores negociables, actuar en la custodia de instrumentos y de operaciones en
los términos de la ley 20.643 y sus modificaciones, incluyendo bajo su jurisdicción cualquier
actividad que éstas realicen.
Agentes de Calificación de Riesgos (ACR): son entidades autorizadas para prestar servicios
de calificación de valores negociables, y de otro tipo de riesgos, quedando bajo competencia
de CNV las actividades afines y complementarias compatibles con el desarrollo de ese fin.
Agentes Asesores de Mercado de Capitales (AA): son personas físicas o jurídicas que
desarrollen la actividad de prestación de cualquier tipo de asesoramiento en el ámbito del
mercado de capitales que implique contacto con el público en general.
Cámaras Compensadoras: son entidades autorizados para desarrollar las actividades de
liquidación, compensación y garantía de las operaciones registradas, desarrollando las
funciones de contraparte central en caso de operaciones garantizadas. Las Cámaras
Compensadoras también podrán desarrollar actividades afines y complementarias a ese fin,
quedando toda su actividad bajo control de la Comisión.
De estas categorizaciones se destaca muy especialmente la insistente atribución
explícita de funciones para el regulador (CNV) sobre toda otra actividad que realicen
los Agentes más allá de aquella propia caracterizante.
5. INTRODUCCIÓN A LAS SOCIEDADES
ANÓNIMAS. RÉGIMEN DE TRANSPARENCIA
Y BUEN GOBIERNO CORPORATIVO.
Antes de abordar la cuestión del Buen Gobierno Corporativo nos parece necesario
afianzar algunos conceptos preliminares como la diferencia entre las sociedades
anónimas abiertas y cerradas y la cuestión del organicismo societario.
La sociedad anónima es un tipo societario previsto en la Ley 19.950 Ley General de
Sociedades (“LGS”) y se caracteriza porque su capital se halla dividido en acciones.
Las sociedades anónimas pueden ser abiertas o cerradas.
Las sociedades anónimas “abiertas” son aquellas que recurren al ahorro público para su
constitución y/o financiamiento en su etapa de crecimiento. En nuestra legislación aparecen
contempladas en el art. 299 de la LGS y, en el caso que nos ocupa, son aquellas que recurren
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Marco Normativo y Estructura Aplicable al Mercado de Capitales
a la oferta pública de sus acciones o debentures (inciso 1). Este tipo de sociedades están
sujetas a fiscalización estatal permanente, es decir, a un régimen especial de control llevado a
cabo por la CNV. Por oposición, las denominadas “sociedades cerradas” son aquellas
constituidas y financiadas con capital estrictamente privado, es decir con el aporte de los
propios socios que la integran.
La sociedad anónima como tal (abierta o cerrada) posee un sistema peculiar que facilita
su funcionamiento. Ese sistema, conocido como “organicismo societario”, refleja la
voluntad de la sociedad y está reflejado en el funcionamiento de cuatro órganos que
expresan la voluntad el órgano de representación, que está integrado por el Presidente
de la sociedad y que la representa a la sociedad en sus relaciones con los terceros, el
órgano de administración que es el Directorio y es responsable de llevar adelante el
objeto social, el órgano de gobierno que tiene a su cargo la toma de decisiones que
hacen a la gestión social y que es la Asamblea donde los socios se reúnen y adoptan
esas decisiones y el órgano de fiscalización: la Sindicatura o Consejo de Vigilancia
cuya función principal es la de control, en particular de los actos del Directorio.
En cuanto al funcionamiento del órgano de gobierno (Asamblea) la LGS establece que
las asambleas pueden ser ordinarias y extraordinarias. El carácter de ordinaria y
extraordinaria se define por la materia que consideran.
Bajo el régimen general, las Asambleas se consideran válidamente constituidas cuando
observan el quórum (número mínimo de socios presentes) previsto por la LGS y las
decisiones, se reputan válidas en tanto sean adoptadas por las mayorías (número
mínimo de votos requerido para aprobar la decisión) exigidas por la LGS. Las
asambleas ordinarias funcionan con un quórum y un régimen de mayoría más leve
(menor) que las extraordinarias y ello, por la índole de las cuestiones que tratan. A
mayor gravedad o importancia de la decisión a adoptar (modificación estatutaria, por
ejemplo) mayor el quórum y la mayoría exigidas por la LGS.
En el caso de las compañías públicas la regla antes referida de algún modo parece
invertirse. Toda vez que se trata de compañías que buscan organizarse y crecer
(aumentar su capital) recurriendo al ahorro público y el número de accionistas y/o
tenedores de bonos es infinitamente mayor que el de una sociedad anónima cerrada,
su funcionamiento ágil y normal requiere que las decisiones sean adoptadas como
regla, por la asamblea ordinaria de modo de facilitar el acceso al financiamiento con
quórum y mayorías más bajas. Excepcionalmente, algunas decisiones como por
ejemplo la emisión de obligaciones negociables convertibles en acciones (permitiendo
el eventual ingreso de nuevos accionistas en caso de conversión) exigen la aprobación
por asamblea extraordinaria.
Tanto en el régimen general como en el propio de la oferta pública, la convocatoria a
asamblea está sujeta a una serie de requisitos formales (determinación del orden del
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Marco Normativo y Estructura Aplicable al Mercado de Capitales
día principalmente), etc.) y la publicación con observación de determinados plazos y
anticipación que deben observarse estrictamente.
LAS BUENAS PRÁCTICAS DE GOBIERNO CORPORATIVO.
Se denominan “buenas prácticas de gobierno corporativo” a una serie de reglas y /o
normas de conductas orientadas a regular el buen funcionamiento del órgano de
administración de las compañías públicas, los sistemas de control interno y la
divulgación de información, en protección de los inversores y del público en general.
Estas reglas se originan como consecuencia de prácticas abusivas de los miembros del
órgano de administración en conflicto, cuando no en perjuicio, del interés de los
inversores y tienen su origen en el derecho anglosajón. En nuestro país, si bien varios
de los principios y reglas de lo que hoy se conoce como buen gobierno corporativo
(“BGC”) se hallaban previstos en la Ley 19.550 (“Ley de Sociedades”), recién en el
año 2001, como consecuencia del dictado del Decreto Ley 677/01 contamos con
normas específicas destinadas a las sociedades que hacen oferta pública de sus valores
negociables.
El régimen se completaría luego con el dictado de la Resolución General Nro. 516/07
modificada por la Resolución General Nro. 606/12 de CNV, por el cual se impone a
las compañías públicas la presentación ante CNV de un Código de Gobierno
Societario, donde las empresas dan cuenta con periodicidad anual y públicamente, de
su organización y funcionamiento bajo estas prácticas, así como su grado de
involucramiento y desarrollo de esas reglas de conducta.
Concretamente se requiere a las empresas que expliquen en forma anual el
cumplimiento -total o parcial- o el incumplimiento de una serie de previsiones
definidas en un modelo sugerido por la CNV. Se trata del denominado modelo
“comply or explain” (cumple o explique por qué no cumple).
Así, el órgano de administración informa si cumple totalmente los principios y
recomendaciones integrantes del Código de Gobierno Societario y de qué modo lo
hace y explica las razones del cumplimiento parcial o del incumplimiento de las
recomendaciones indicando, en su caso, si piensa hacerlo en el futuro.
Sintéticamente diremos que con estas prácticas contenidas en el Anexo IV) predefinido
por la Resolución Gral. 606, se busca informar al público inversor sobre los siguientes
aspectos: el régimen de disociación entre la propiedad accionaria de las empresas
emisoras y la gestión, la composición del directorio en relación a la independencia de
sus miembros, el esquema de selección, capacitación y remuneración de sus directivos
y principales funcionarios, el régimen de uso de bienes sociales (avión, renovación de
flota automotor para los principales ejecutivos, etc.), la política de gestión de riesgos;
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Marco Normativo y Estructura Aplicable al Mercado de Capitales
la frecuencia de las reuniones de directorio; la garantía de independencia y
transparencia en el Comité de Auditoría (órgano especial de fiscalización de la gestión
del órgano de administración) y auditores externos; los programas de beneficios (stock
option plans) para los directores; política de distribución de dividendos transparente;
la relación, información y participación activa de los accionistas, relaciones con los
inversores (sitios web, etc.), la previsión de líneas de denuncia a disposición del
inversor, etc. Ese informe debe presentarse anualmente, hecho que permite que tanto
el regulador como los inversores puedan ver el grado de evolución de estas prácticas
durante la vida de la sociedad en cuestión.
6. OFERTA PÚBLICA DE ADQUISICIÓN
(“OPA”).
La OPA, es decir, la oferta pública de adquisición de acciones u otros valores es una
operación por la que una o varias compañías realizan una oferta de compra de acciones
u otros valores similares, a los accionistas de una compañía pública, con el objeto
primordial de tomar el control de ella o bien, alcanzar una participación significativa en
el capital de esa sociedad objetivo (“target”).
A través de la elaboración de un Prospecto (redactado en un lenguaje sencillo), el
“oferente” explica las condiciones de su oferta, su carácter vinculante o no, el plazo,
la razonabilidad, sus condicionamientos si los hubiere y el precio, que deberá ser
“equitativo” y estar respaldado por la opinión de dos firmas evaluadoras
independientes.
Precio equitativo aquel que surja de uno, o de la combinación de todos o algunos de los
siguientes criterios:
Valor patrimonial de las acciones, considerándose a ese fin un balance especial de
retiro de cotización;
Valor de la compañía valuada según criterios de flujos de fondos descontados y/o
indicadores aplicables a compañías o negocios comparables;
Valor de liquidación de la sociedad;
Precio promedio de los valores durante el semestre inmediatamente anterior al del
acuerdo de solicitud de retiro, cualquiera que sea el número de sesiones en que se
hubieran negociado. Este precio, funciona a la vez como precio mínimo.
Precio de la contraprestación ofrecida con anterioridad o de colocación de nuevas
acciones, en el supuesto que se hubiese formulado alguna oferta pública de
adquisición respecto de las mismas acciones o emitido nuevas acciones según
corresponda, en el último año, a contar de la fecha del acuerdo de solicitud de
retiro.
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Marco Normativo y Estructura Aplicable al Mercado de Capitales
OPA OBLIGATORIA.
La OPA es obligatoria cuando se pretende adquirir una “participación significativa”
(desde el 15% hasta el 51% del capital social con derecho a voto) o se llega a esa
participación a partir de una tenencia previa, cualquiera sea el porcentaje de adquisición
que se proponga.
Así, cuando se pretenda alcanzar una participación igual o superior al 15% del capital
social con derecho a voto y/o de los votos de la emisora, la oferta deberá realizarse
sobre un número de valores que le permita al adquirente alcanzar, al menos, 50% del
capital con derecho a voto de la sociedad afectada.
En cambio, cuando ya se posea una participación en el capital y/o en los votos de la
emisora igual o superior al 15% pero inferior al 51%, y se pretenda incrementar dicha
participación en el capital de la emisora afectada, al menos, un 6% en un período de
12 meses, la oferta deberá realizarse sobre un número de valores que represente, como
mínimo, el 10% del capital social con derecho a voto de la sociedad afectada.
OPA EN CASO DE RETIRO DE LOS REGÍMENES DE OFERTA
PÚBLICA Y DE NEGOCIACIÓN EN EL MERCADO.
Se trata de otro caso de OPA, motivado en la salida del régimen de oferta pública.
De la misma manera que en el caso de la OPA Obligatoria, conjuntamente con la
solicitud de OPA ante la CNV se requiere a la emisora que presente el informe de dos
evaluadoras independientes en relación a la determinación del precio, informe que
deberá ser difundido en la AIF y en los demás medios habituales del mercado donde
negocie la especie.
El accionista minoritario y, en su caso, de todo titular de cualquier otro valor
negociable convertible, así como la Comisión Nacional de Valores (de “oficio”) tienen
facultades – que deberán ejercer en el plazo máximo de 3 meses de la publicaciónpara objetar el precio por no resultar “equitativo”. La impugnación, sólo podrá referirse
a la valuación dada a las acciones y, en su caso, a los demás títulos convertibles, así
como a la relación de canje.
RÉGIMEN DE PARTICIPACIONES RESIDUALES
Una sociedad anónima quede sometida a “control casi total” cuando otra persona física
o jurídica, ya sea en forma directa o a través de otra u otras sociedades a su vez
controladas por ella, resulte titular del noventa y cinco por ciento (95%) o más del
capital suscripto.
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Marco Normativo y Estructura Aplicable al Mercado de Capitales
También se entiende que hay control casi total cuando éste es compartido o concertado
entre dos (2) o más entidades, o entre una entidad y otras personas físicas o jurídicas,
aunque no formen parte de un mismo grupo ni estén vinculadas entre sí, siempre que
el ejercicio de ese control común tenga características de estabilidad y así se lo declare,
asumiendo responsabilidad solidaria entre todos ellos. La sociedad o su controlante y
la sociedad controlada deben comunicar al regulador y al mercado donde lista sus
acciones que se encuentra en situación de control casi total. También la CNV puede
verificar el hecho a pedido de un accionista minoritario.
Cuando la controlante sea una sociedad anónima con acciones que cuenten con oferta
pública en mercados del país o del exterior autorizados por la Comisión Nacional de
Valores, adicionalmente a la oferta en efectivo, podrá ofrecer a la totalidad de los
accionistas minoritarios de la sociedad bajo control casi total el canje de sus acciones
por acciones de la sociedad controlante. La relación de canje debe surgir de balances
confeccionados de acuerdo a las reglas establecidas para los balances de fusión y estar
respaldada por la opinión de uno o más evaluadores independientes.
La declaración unilateral de voluntad de adquisición de la totalidad del capital social
remanente es resuelta por el órgano de administración de la controlante o por
instrumento público si son personas físicas. Debe comprender a la totalidad de las
acciones en circulación y a todos los otros valores convertibles en acciones que se
hallen en poder de terceros y contener el precio equitativo que su controlante pagará
por cada acción o valor convertible en acciones remanente.
El controlante podrá ofrecer a los accionistas minoritarios la opción de canje de
acciones cuando sus acciones contaran con oferta pública y negociación. Dentro del
plazo de cinco (5) días hábiles desde la emisión de la declaración, deberá notificar a la
sociedad bajo control casi total la declaración de adquisición y presentar la solicitud
de retiro de la oferta pública ante CNV y a los mercados en los que liste sus acciones.
La declaración de adquisición, el valor fijado y las demás condiciones deben ser
publicados. Obtenida la conformidad de CNV, su controlante está obligada a depositar
el monto correspondiente y presentar la nómina de los minoritarios, en 5 días hábiles
en una cuenta especialmente abierta al efecto y en caso de ofertas de canje, las acciones
aceptadas en canje, en las entidades autorizadas. El depósito autoriza al retiro de
fondos y acciones (en caso de canje) de los minoritarios y opera con una suerte de
efecto validador del precio equitativo ofrecido.
El proceso finaliza con la inscripción ante el Registro Público de Comercio de la
autorización de la Comisión Nacional de Valores y una vez efectuado el depósito, la
elevación a escritura pública de la declaración de adquisición por su controlante, la
que deberá inscribirse en el Registro Público de Comercio y comunicada a CNV y los
mercados donde los valores listen. La declaración de adquisición importará, por sí
misma, y de pleno derecho, el retiro de oferta pública de las acciones a partir de la
fecha de la escritura pública.
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Marco Normativo y Estructura Aplicable al Mercado de Capitales
7. RESUMEN.
En el presente resumen sólo se incluyen algunas referencias que se estiman convenientes a la
hora de repasar los conceptos esenciales de los contenidos tratados y no debe entenderse bajo
ningún concepto como una síntesis exhaustiva, recomendando al alumno una lectura meditada
y profunda de los contenidos desarrollados.
La nueva LMC plantea un esquema puramente regulatorio, con eliminación de
todo aspecto de autorregulación y preponderancia del rol de CNV con funciones
ampliadas y en algunos casos excesivas.
Los Mercados de Valores aparecen con un nuevo rol, desarrollando inclusive
funciones propias de las Bolsas en quienes la delegan, hoy muy limitadas en
cuanto a su participación en el mercado de capitales. Los valores negociables
ofrecidos al público se listan en los mercados autorizados por la Comisión
Nacional de Valores.
Existen variadas categorizaciones de Agentes, según su rol en el mercado de
capitales y su actividad, con requisitos patrimoniales diversos y la posibilidad de
desarrollar más de una actividad compatible.
La oferta pública de valores es la invitación que se hace a personas en general o a
sectores o a grupos determinados para realizar cualquier acto jurídico con valores
negociables, efectuada por los emisores o por organizaciones unipersonales o
sociedades dedicadas en forma exclusiva o parcial al comercio de aquéllos, por
medio de ofrecimientos personales, publicaciones periodísticas, transmisiones
radiotelefónicas, telefónicas o de televisión, proyecciones cinematográficas,
colocación de afiches, letreros o carteles, programas, medios electrónicos,
circulares y comunicaciones impresas o cualquier otro procedimiento de
difusión.”
La autorización de oferta pública corresponde a la CNV que tiene además muchas
otras funciones y facultades bajo el nuevo régimen. La CNV tiene hoy facultades
para disponer veedurías y/o intervenciones en sociedades emisoras de acciones
y/o obligaciones negociables sin intervención judicial.
El buen gobierno corporativo consiste en una serie de reglas y /o normas de
conductas orientadas a regular el buen funcionamiento del órgano de
administración de las compañías públicas, los sistemas de control interno y la
divulgación de información, en protección de los inversores y del público en
general.
La oferta pública de adquisición de acciones u otros valores es una operación por
la que una o varias compañías realizan una oferta de compra de acciones u otros
valores similares, a los accionistas de una compañía pública, con el objeto
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Marco Normativo y Estructura Aplicable al Mercado de Capitales
primordial de tomar el control de ella o bien, alcanzar una participación
significativa en el capital de esa sociedad “target” (objetivo). Existen varios tipos
de OPA: la OPA obligatoria, por participaciones residuales y por retiro del
régimen de oferta pública.
El organicismo societario es la expresión de la voluntad de la sociedad a través de
distintos órganos: de representación, de administración, de gobierno, de
fiscalización. En las compañías públicas, además, existe el Comité de Auditoría,
que es una suerte de órgano de fiscalización adicional orientado a prevenir y evitar
abusos de los directores contra los accionistas.
Las sociedades anónimas cerradas son aquellas que están constituidas y se
financian con capitales privados. Las abiertas, son las que recurren al ahorro
público y están sometidas a fiscalización estatal permanente, en el caso, de CNV:
8. PREGUNTAS DE REPASO.
1. ¿Cuáles son las principales novedades de la nueva Ley de Mercado de Capitales,
Ley 26.831 (LMC)? Enumere las principales y comente brevemente.
2. ¿Quiénes son los participantes de la estructura legal del mercado de capitales?
Cuáles son sus roles (explique brevemente).
3. ¿El sistema previsto en la LMC es regulatorio o reconoce a la autorregulación?
4. Principales funciones de la CNV. Enumere las principales y comente brevemente.
5. ¿Cuál es el rol de los mercados y su relación con las Bolsas?
6. Enumere las categorías de Agentes registrados que conoce.
7. Intermediarios. Diferencias entre los Agente de Liquidación y Compensación
(ALyC), Agente de Negociación (AN), Productores (AP), Corretaje (ACVN).
8. Defina el concepto de oferta pública y analice sus elementos principales.
9. ¿Qué es el buen gobierno corporativo? Comente brevemente sobre el desarrollo
del BGC en la Argentina.
10. Principales diferencias entre las sociedades anónimas abiertas y cerradas.
11. ¿Cuáles son las competencias de las asambleas ordinarias y extraordinarias?
9. ¿Qué es la OPA? Tipos de OPA.
10. Describa brevemente el procedimiento de OPA. Precio Equitativo. Prospecto.
Publicación. Detalle de la Oferta y destinatarios de la Oferta.
20
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Módulo 2
Normas de Prevención del
Lavado de Activos y
Financiamiento del Terrorismo.
El presente Módulo procura brindar al lector una visión general sobre las normas de
Prevención del Lavado de Activos (LA) y Financiamiento al Terrorismo (FT)
particularmente de aplicación en el mercado de capitales.
Objetivos de Aprendizaje
Se pretende que el lector conozca y comprenda:
1.
Concepto y origen del término de lavado de activos.
2.
Aspectos normativos internacionales.
3.
Fundamentos, metodología y estrategia para desarrollar las
actividades de prevención para evitar el encubrimiento y
Lavado de Activos de origen delictivo.
4.
Aspectos normativos y principales lineamientos de la normativa
en Argentina.
5.
Normativa aplicable y sujetos alcanzados por la Comisión
Nacional de Valores.
6.
Modalidades de pago y procedimientos de control para la
recepción y entrega de fondos de y hacia clientes.
7.
Operaciones realizadas por clientes provenientes de o que
operen desde paraísos fiscales, o a través de sociedades off
shore o sociedades cáscara.
8.
Requisitos de idoneidad, integridad y solvencia.
9.
Difusión de comunicados de carácter preventivo.
25
Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Normas de Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
1. CONCEPTO Y ORIGEN DEL TÉRMINO DE
LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO
AL TERRORISMO.
Se define como Lavado de Activos, también denominado Lavado de Dinero, al proceso
por medio del cual se pretende dar apariencia legítima a fondos de origen ilícito (de un
sinnúmero de delitos), ejecutando las transacciones necesarias para perder el rastro de
ese origen.
El término fue acuñado a principios del siglo XX, vinculado a las actividades ilícitas
de Al Capone. En la época de la Ley Seca en Estados Unidos de América, el dinero
que obtenía por la venta ilegal de alcohol, era convertido en ingresos lícitos a partir de
su negocio de lavado y entintado de textiles. De allí deriva el nombre inglés Anti
Money Laundering.
Se define como Terrorismo (art. 41 quinquies del Código Penal) a la actividad que
tiene como principal objetivo, mediante la comisión de delitos, aterrorizar a la
población u obligar a un gobierno o a una organización internacional, a realizar un acto
o abstenerse de hacerlo, cuando el mismo tenga determinadas características: I) Plan
para la propagación del odio étnico, religioso o político. II) Organizada en redes
operativas internacionales. III) Disponer armas de guerra, explosivos, agentes
químicos u otro medio que ponga en peligro la vida/integridad de un grupo de
personas.
El Financiamiento al Terrorismo (FT) (art. 306 del Código Penal) es cualquier forma
de acción económica, ayuda o mediación que proporcione apoyo financiero a las
actividades de elementos o grupos terroristas. Aunque el objetivo principal de los
grupos terroristas no es financiero, requieren fondos para llevar a cabo sus actividades,
cuyo origen puede provenir de fuentes legítimas, actividades delictivas, o ambas.
2. ASPECTOS NORMATIVOS
INTERNACIONALES.
GRUPO DE ACCIÓN FINANCIERA INTERNACIONAL (GAFI).
A partir del análisis de los delitos del tráfico en estupefacientes en las Naciones Unidas
y con la finalidad de prevención del lavado de dinero se crea en 1989 el Grupo de
Acción Financiera Internacional (GAFI) que es un organismo inter-gubernamental
cuyo propósito es el desarrollo y la promoción de políticas, en los niveles nacional e
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26
Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Normas de Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
internacional, para combatir el LA y la FT. El GAFI, no emite normas de carácter
obligatorias, sino que establece los estándares internacionales en materia de LA y FT
que se denominan Recomendaciones.
Las primeras Recomendaciones fueron redactadas en el año 1990 para prevenir,
principalmente, el LA proveniente del tráfico ilícito de drogas. Se las llamó las “40
Recomendaciones”. En octubre de 2001, luego del atentado a las Torres Gemelas en
EEUU, crea las “VIII Recomendaciones Especiales” y en el año 2008 se incorporó la
Recomendación Especial IX, vinculadas a los estándares contra la FT.
En febrero de 2012, las “40 Recomendaciones” y las “IX Recomendaciones
Especiales” fueron unificadas en un sólo texto, “las nuevas 40 recomendaciones”
abarcando el LA y FT, así como también la financiación de la proliferación de armas
de destrucción masiva. El GAFI está integrado por 36 miembros plenos, de los cuales
uno es Argentina.
GRUPO DE ACCIÓN FINANCIERA DE LATINOAMÉRICA (GAFILAT).
El Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT) es una organización
intergubernamental de base regional que agrupa a 16 países de América del Sur,
Centroamérica y América de Norte para combatir el LA y FT, a través del compromiso
de mejora continua de las políticas nacionales contra ambos temas y la profundización
en los distintos mecanismos de cooperación entre los países miembros y la
implementación de las 40 Recomendaciones.
GRUPO EGMONT.
El Grupo Egmont es un organismo internacional conformado por Unidades de
Inteligencia Financiera (UIF), estableciendo una red internacional para intercambiar
información, conocimientos y tecnología en pos de luchar contra el LA y FT.
LAVEX-CICAD-OEA.
La UIF representa al país en el Grupo de Expertos para el Control de Lavado de
Activos (LAVEX), constituye el foro hemisférico de debate, análisis y formulación de
conclusiones en la lucha contra el LA y FT que funciona dentro el ámbito de la
Comisión Interamericana para el Control de Drogas de la Organización de los Estados
Americanos (CICAD/OEA).
MERCOSUR.
La UIF integra la Comisión de Prevención de Lavado de Dinero y de Financiación del
Terrorismo (CPLDFT), en particular, el Subgrupo de Trabajo Nº 4 “Asuntos
Financieros” del Mercosur. Esta Comisión es coordinada por el Banco Central del país
que cuenta con la presidencia Pro-Témpore del Mercosur. Las reuniones se realizan
dos veces al año y el objetivo es el seguimiento de las normativas, el intercambio de
experiencias y el avance sobre la armonización en materia LA/FT de los países
miembro.
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Normas de Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
UNASUR.
En agosto de 2009, la Unión de Naciones Sudamericanas (UNASUR) creó el Consejo
Suramericano sobre el Problema Mundial de las Drogas (CSPMD), una instancia
permanente de consulta, cooperación y coordinación para enfrentar el problema
mundial de las drogas. Desde entonces, la UIF ha participado activamente en el
Consejo, en especial en el área de su competencia, el Grupo de Trabajo 5 de Lavado
de Activos, coordinado por Perú y Venezuela.
3. FUNDAMENTOS, METODOLOGÍA Y
ESTRATEGIA PARA DESARROLLAR LAS
ACTIVIDADES DE PREVENCIÓN PARA
EVITAR EL ENCUBRIMIENTO Y LAVADO
DE ACTIVOS DE ORIGEN DELICTIVO Y
FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO.
ALGUNOS DELITOS / ACTIVIDADES ILÍCITAS QUE ORIGINAN FONDOS
PARA EL LAVADO DE ACTIVOS.
La Ley N° 25.246, modificada por la Ley N° 26.683, incorpora al Código Penal, los
"Delitos contra el orden económico y financiero" y crea la figura autónoma del LA
referido a los bienes provenientes de cualquier delito precedente entre los que
menciona: la evasión impositiva, narcotráfico, secuestro, trata de personas, menores,
drogas, armas, pornografía infantil, extorsión, corrupción, robo, etc.
ETAPAS DE LAVADO DE ACTIVOS.
Las etapas que tradicionalmente se han definido en el proceso del LA son tres;
colocación, estratificación o diversificación e integración, considerándose la más
importante la colocación.
1ra. Colocación. Es el procedimiento por el cual se le da ingreso al dinero delictivo
dentro del sistema financiero, económico o comercial legal, por cualquier método
posible sin llamar la atención. Es la etapa más importante en la detección de la
operatoria de LA. Si en esta etapa no se la identifica se hace más complicada o
compleja la detección que en las siguientes etapas.
2da. Estratificación o diversificación. Esta etapa tiene como objetivo que se pierda la
pista sobre el verdadero origen del dinero, por medio de esta etapa se traslada el dinero
a través de operaciones inútiles, confusas y/o de excesiva complejidad para perder el
recorrido del origen de los fondos real de los fondos.
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Normas de Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
3ra. Integración. Es la etapa por medio de la cual el dinero vuelve al sistema
financiero, económico o comercial habiendo perdido toda o casi toda referencia al
origen real de la operación. La gran mayoría de las actividades realizadas en esta etapa
y a partir de las mismas son legales, con fundamento, integrando la economía formal
y tomando la apariencia en este punto de legal.
ACTIVIDADES DE ALTO RIESGO.
A fin de facilitar la identificación en sus diferentes etapas de actividades de LA o FT,
se han enumerado determinados productos o servicios financieros, económicos o
comerciales que son considerados de alto riesgo entre los que se mencionan: I)
Actividades que tienen una alta rotación de efectivo, por ejemplo, hoteles, casinos. II)
Cash Management, Giros & Transferencias. III) Iglesias, movimientos religiosos. IV)
Cheques de viajero. V) Mutuales y fundaciones. VI) Operaciones de Comercio
Exterior. VII) Actividades relacionadas con operaciones offshore.
GEOGRAFÍAS Y PAÍSES DE ALTO RIESGO.
Algunos países o jurisdicciones representan un alto riesgo para los sujetos obligados.
Por ejemplo, los países objeto de sanciones de la Oficina de Control de Activos
Extranjeros (OFAC) de Estados Unidos y los países que dan apoyo al terrorismo
internacional, las jurisdicciones y países con deficiencias en la lucha contra el lavado
de activos y financiamiento al terrorismo identificados por el GAFI.
El GAFI mantiene actualizada una lista de países que considera de alto riesgo. En su
actualización a octubre 2015 establece como tales a: Irán, Corea del Norte, Myanmar,
Afganistán, Argelia, Angola, Bosnia Herzegovina, Irak, Guyana, Panamá, Papúa
Nueva Guinea, Siria, Uganda, Yemen y Laos.
PROCEDIMIENTOS DE LAVADO DE ACTIVOS. EJEMPLOS.
A través del tiempo y el desarrollo de la economía mundial se han llevado a cabo
diferentes procedimientos para lavar activos. Los más habituales son: I) Testaferrato.
Personas prestan su nombre. II) Compañía Fachada. Es aquella empresa que está
legítimamente establecida u organizada usada como pantalla para el lavado de activos.
III) Shell compañías o compañías cáscara. Empresas que no tiene una actividad
comercial real o no tiene actividad. IV) Créditos o préstamos ficticios, que no se
justifican económicamente o quedan impagos para que se ejecute su garantía. V)
Operaciones hormiga o pitufeo. Es la estructuración de muchas operaciones de montos
pequeños con la intención de evadir controles de montos individuales o agrupados e
informes sistemáticos de los sujetos obligados. VI) Compra de instrumentos
financieros. VII) Contrabando de efectivo. Este procedimiento es muy utilizado en
zonas de alto riesgo y se trata del transporte físico del dinero ilegítimo fuera de las
fronteras de ese país que reingresan como dinero lícito por medio de transferencias
bancarias, telegráficas o giros bancarios, compra de título u operaciones de mercado.
VIII) Sobrefacturación o subfacturación de productos. IX) Casinos. X) Compra de
billetes de lotería ganadores.
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Normas de Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
FINANCIAMIENTO EL TERRORISMO.
Los sujetos obligados deben establecer procesos de prevención del FT de acuerdo a
las regulaciones emitidas por la UIF y deben ser incorporados a sus políticas. Los
procesos deben basarse en una completa identificación del cliente (personas o
entidades) a través de su cotejo contra las listas de control establecidas por la UIF y,
relacionadas principalmente con las Resoluciones emitidas por el Consejo de
Seguridad de las Naciones Unidas sobre terrorismo y las listas de OFAC.
En tanto el lavado de activos se refiere a la incorporación circuito legal de capitales
provenientes de actividades criminales, el financiamiento al Terrorismo refiere a un
fenómeno distinto que consiste en: I) Cómo encubrir el fondeo de las actividades
terroristas. Las operaciones terroristas requieren de una estructura financiera que le
permita acceder a los fondos necesarios para provisión de insumos y medios logísticos
que pueda emplear en actos terroristas. II) El terrorismo no solo puede financiarse a
través acciones de lavado de dinero: se reconoce que puede ser financiado tanto a
través de fuentes ilegítimas como también de fuentes legítimas. Como fuentes
ilegítimas pueden citarse el producto de delitos tales como la extorsión, el secuestro o
narcotráfico y como fuentes legítimas pueden citarse las recaudaciones de beneficencia
o de asistencia humanitaria, sin que quizás los donantes legítimos sepan del desvío de
sus donaciones para apoyo de causas terroristas.
La posibilidad de utilización de fondos recolectados de fuentes legítimas resulta una
diferencia clave entre el terrorismo y el lavado de activos.
La Ley N° 26.734, otorga a la UIF la facultad de determinar el congelamiento
administrativo en los bienes o dinero de personas que se encuadran en el tipo penal del
FT, cuando la mismas se realice por resolución fundada y con comunicación inmediata
al juez competente.
El Decreto 918/12 y la Res. UIF 29/13, reglamenta las medidas y procedimientos del
congelamiento administrativo respecto de bienes o dinero, de propiedad personas
físicas o jurídicas que hayan sido indicadas por el Consejo de Seguridad de la ONU
vinculadas al FT. Las mencionadas normas definen el congelamiento administrativo
como la inmovilización de los bienes o dinero (intereses o devengados) de propiedad
o control directo con la prohibición de transferencia, conversión, disposición o
movimiento.
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Normas de Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
4. ASPECTOS NORMATIVOS Y PRINCIPALES
LINEAMIENTOS DE LA NORMATIVA EN
ARGENTINA.
NORMATIVA APLICABLE Y SUJETOS ALCANZADOS.
El LA es tipificado como delito, por la modificación de la Ley N° 23.683 que incorpora
el Artículo 303 del Código Penal: “…el que convirtiere, transfiriere, administrare,
vendiere, gravare, disimulare o de cualquier otro modo pusiere en circulación en el
mercado, bienes provenientes de un ilícito penal, con la consecuencia posible de que
el origen de los bienes originarios o los subrogantes adquieran la apariencia de un
origen lícito…”.
El FT se incorpora al Código Penal como Capítulo VI, referido a las asociaciones
ilícitas terroristas y FT por la Ley N° 26.268. En el artículo 213 ter, establece que se
impondrá presión o reclusión al tomare parte de una asociación ilícita para aterrorizar
a la población u obligar a un gobierno nacional o internacional realizar un acto o
abstenerse de hacerlo siempre que reúna las siguientes características: tener un plan
de acción destinado a la propagación del odio étnico, religioso o político, estar
organizada en redes operativas internacionales y disponer de armas de guerra,
explosivos, agentes químicos o bacteriológicos o cualquier otro medio idóneo para
poner en peligro la vida o la integridad de un número indeterminado de personas.
El financiamiento al Terrorismo es incorporado en el Capítulo VI del Código Penal en
el art. 213 quáter, estableciendo que será reprimido con reclusión o prisión el que
recolectare o proveyere bienes o dinero, con conocimiento de que serán utilizados, en
todo o en parte, para financiar a una asociación ilícita terrorista, o a un miembro de
éstas para la comisión de cualquiera de los delitos que constituyen su objeto,
independientemente de su realización.
ASPECTOS RELEVANTES DEL LAVADO DE ACTIVOS INCORPORADOS
POR LA LEY N° 26.683.
La modificación de la Ley N° 26.683 incorpora particularmente: I) Delito Autónomo:
En materia penal, la reforma más relevante consistió en la adopción del delito de
lavado de activos como tipo delictivo autónomo, apartándose de la figura del
encubrimiento del delito precedente. II) Autolavado: Se admite que puede lavar activos
la persona que lo hace sobre activos provenientes de delitos cometidos por ella misma.
III) Decomiso: se autoriza el decomiso de los bienes que sean instrumento o producto
del delito. IV) Responsabilidad solidaria: La responsabilidad se extiende a todo el
órgano de administración de la persona jurídica. V) Autarquía de la UIF: Incorpora la
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Normas de Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
autarquía de la UIF. VII) Atribuciones de los jueces intervinientes: Otorga mayores
atribuciones a los jueces intervinientes. VIII) Incorpora nuevos sujetos obligados.
En el marco de la Ley 27.260 “Programa Nacional de Reparación Histórica oara
Jubilados y Pensionados”, la UIF se presenta como "organismo descentralizado en la
órbita del Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas”. Anteriormente, la Ley Nº
25.246 la definía como una entidad autárquica que actuaba en jurisdicción del
Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos.
SUJETOS OBLIGADOS.
La Ley N° 25.246 establece en su art. 21 la obligación de control a determinadas
personas, los Sujetos Obligados (SO), a fin de detectar actividades que pueden ser
sospechosas de LA y FT. Estas obligaciones se pueden sintetizar en: I) “conozca a su
cliente” a través de pautas determinadas de identificación, respaldo de sus actividades,
representación de terceros, generando lo que se identifica como, el “perfil del cliente”.
Este proceso es continuo, se lleva a cabo durante toda la relación comercial con el
cliente. II) Resguardo de la información recabada. III) Informar o reportar a la UIF
cualquier hecho u operación sospechosa. IV) Abstenerse de revelar al cliente o
terceros las actuaciones referidas a los puntos anteriores.
Ley N° 25.246 pone las obligaciones mencionadas en cabeza de personas humanas o
jurídicas que enumera taxativamente en el art. 20 (modificado por la Ley N° 26.683)
y a las que denomina como Sujetos Obligados (SO):
Los sujetos obligados designados en el ámbito del mercado de capitales se encuentran
definidos en el inc. 4, 5 y 22 del art. 20 de la Ley N° 25.246 y regulados por la
Resolución UIF 229/2011, del año 2011 (Res. UIF 229/11): I) Inciso 4. Los agentes y
sociedades de bolsa, sociedades gerente de fondos comunes de inversión, agentes de
mercado abierto electrónico, y todos aquellos intermediarios en la compra, alquiler o
préstamo de títulos valores que operen bajo la órbita de bolsas de comercio con o sin
mercados adheridos. II) Inciso 5. Los agentes intermediarios inscriptos en los
mercados de futuros y opciones cualquiera sea su objeto. III) Inciso 22. Las personas
físicas o jurídicas que actúen como fiduciarios, en cualquier tipo de fideicomiso y las
personas físicas o jurídicas titulares de o vinculadas, directa o indirectamente, con
cuentas de fideicomisos, fiduciantes y fiduciarios en virtud de contratos de
fideicomiso.
UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA.
La Ley N° 25.246 crea la Unidad de Información Financiera (UIF) para la
investigación del delito de LA y FT, establece su integración, competencia, facultades
y obligaciones y el Decreto N° 1.936 dotó a la UIF de nuevas e importantes facultades
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Normas de Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
como la coordinación a nivel nacional, provincial y municipal de todos los organismos
públicos relacionados con la prevención del lavado de activos y la representación del
país ante los organismos internacionales.
La Ley N° 25.246 en su art. 14 establece las facultades de la UIF, las que
principalmente se refieren a: I) Solicitar informes, documentos, antecedentes a
distintos organismos nacionales y personas humanas o jurídicas. II) Recibir
declaraciones voluntarias, que en ningún caso podrán ser anónimas. III) Requerir la
colaboración de todos los servicios de información del Estado, los que están obligados
a prestarla en los términos de la normativa procesal vigente. IV) Solicitar al Ministerio
Público para que éste requiera al juez competente el allanamiento de lugares públicos
o privados, la requisa personal y el secuestro de documentación o elementos útiles para
la investigación. V) Disponer la implementación de sistemas de contralor interno para
los SO con procedimientos de supervisión, fiscalización e inspección in situ para el
control del cumplimiento de sus obligaciones. VI) Aplicar las sanciones
administrativas previstas en la Ley. VII) Emitir directivas e instrucciones que deberán
cumplir e implementar los SO.
RESOLUCIÓN 229/2011. MERCADOS DE CAPITALES. ARTÍCULO 20,
INCISOS 4., 5. y 21, DE LA LEY Nº 25.246 Y MODIFICATORIAS.
La Res. UIF 229/2011 establece en su art. 2 inc. b) que serán clientes todas las
personas humanas o jurídicas con las cuales se relacionen en forma permanente,
habitual, ocasional (una vez o algunas) y con las que establezcan una relación
contractual con los SO sobre aspectos que pueden ser financieros, económicos o
comerciales.
Además de definir el alcance del cliente, establece una clasificación en función del
monto y característica de la operatoria, que agrupa en tres grupos: I) Habituales:
cuando realizan operaciones por un monto anual que alcance o supere la suma de pesos
sesenta mil ($ 60.000) o su equivalente en otras monedas. II) Ocasionales: cuando
realizan operaciones anuales que no superan la suma de pesos sesenta mil ($ 60.000)
o su equivalente en otras monedas. III) Inactivos: cuando las cuentas no hubiesen
tenido movimiento por un lapso mayor al año calendario y la valuación de los activos
de las mismas sea inferior a los sesenta mil ($ 60.000).
La referencia de la norma al monto de la operatoria del cliente establece un criterio en
el que debe ser considerado el fondeo real de las operaciones realizadas en el año
calendario.
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Normas de Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
Se define como operaciones inusuales, la operación tentada o realizada sin
justificación económica o jurídica que no guarda relación con el perfil del cliente, se
desvía de los usos y costumbres por su complejidad, habitualidad, monto, etc. 1
Podrían ser consideradas como operaciones inusuales: I) Las operaciones de igual
monto que hagan presumir que se fraccionan para evitar llegar a los montos que los
SO podrían establecer como parámetro para ser detectadas o impedir que las mismas
se informen a la UIF a través de un informe sistemático. II) Cuando los clientes se
nieguen a proporcionar la documentación requerida o la que presenten se encuentre
falsificada o adulterada. III) Cuando exista igual domicilio en cabeza de distintas
personas que ejerzan la representación de una sociedad, o de distintas sociedades; y no
hay una razón económica, financiera o comercial para que tengan el mismo domicilio.
La operación sospechosa es una operación que ha sido identificada previamente como
inusual y respecto de la cual se ha requerido al cliente documentación que justifique
el origen de los fondos y se llega a la conclusión, después de un análisis, que no
guardan relación con el perfil del cliente.
Los SO deberán definir un perfil del cliente (art. 20 Res. UIF 229/11), que estará
basado en la: I) Información y documentación relativa a la situación económica,
patrimonial, financiera y tributaria del cliente, proporcionada por el cliente y la que
hubiera podido obtener el SO (internet, etc.). II) Establecer un monto anual estimado
de operaciones, por año calendario. III) Solicitar documentación adicional cuando los
ingresos no justifiquen el monto operado en función de su calidad de persona humana
o jurídica. V) establecer una política de identificación y conocimiento de los clientes.
IV) Verificar si el cliente reúne la condición de Personas Expuestas Políticamente
(PEP) y verificar si listados de terroristas y/u organizaciones terroristas V) Adoptar
políticas de riesgo en función de la criticidad de cada tipo de cliente VI) Definir los
parámetros para los diferentes tipos de clientes. VII) Monitorear operaciones y en el
caso de ser inusuales deberá profundizar el análisis para que determine si las mismas
son sospechosas. VIII) Informar a la UIF las operaciones que ha establecido como
sospechosas.
En el caso de las personas jurídicas se deberá identificar a los dueños /beneficiarios
finales, identificando a las personas físicas que tengan como mínimo el 20% del capital
Art. 2º — A los efectos de la presente Resolución se entenderá por:… e) Operaciones Inusuales: son aquellas
operaciones tentadas o realizadas en forma aislada o reitera, sin justificación económica y/o jurídica, ya sea porque no
guardan relación con el perfil económico, financiero, patrimonial o tributario del cliente, o porque se desvían de los
usos y costumbres en las prácticas de mercado por su frecuencia, habitualidad, monto, complejidad, naturaleza y/o
características particulares. f) Operaciones Sospechosas: son aquellas operaciones tentadas o realizadas, que habiéndose
identificado previamente como inusuales, luego del análisis y evaluación realizados por el Sujeto Obligado, no guardan
relación con el Perfil de Cliente (conforme artículo 20, de la presente) o cuando se verifiquen dudas respecto de la
autenticidad, veracidad o coherencia de la documentación presentada por el cliente, ocasionando sospecha de Lavado
de Activos; o aún cuando tratándose de operaciones relacionadas con actividades licitas, exista sospecha de que estén
vinculadas o que vayan a ser utilizadas para la Financiación del Terrorismo.
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Normas de Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
social o los derechos de votos de una persona jurídica o que por otros medios ejerzan
el control final, directo o indirecto sobre una persona jurídica, bajando en la titularidad
del capital social hasta todas las personas físicas que cubren esa condición.
De acuerdo a lo previsto en la Ley Nº 25.246 (mod. por la Ley N° 26.683), los SO
deberán mantener por el plazo de 10 años la documentación de: I) La identificación y
conocimiento del cliente, el legajo y toda la información complementaria que
comienza a partir de la finalización de las relaciones con el cliente. II) Las
transacciones u operaciones, los documentos originales o copias certificadas por el SO
desde la realización de las operaciones. III) El registro del análisis de las operaciones
inusuales. IV) Los soportes informáticos relacionados con las operaciones.
Los SO deben redactar y documentar una política y su manual de prevención de LD y
FT en el que se detalle la capacitación del personal, la periodicidad de control de las
listas de terroristas y el registro de análisis y gestión de operaciones inusuales y
sospechosas reportadas. La UIF ha definido y reglamentado respecto de los PEP, a los
que ha enumerado con cargos, funciones o tipo de autoridades de los distintos poderes
del estado, que los SO deberán: I) Solicitar una declaración jurada. II) Realizar un
seguimiento más exhaustivo de la relación, para establecer o mantener las todas las
medidas para determinar el origen de los fondos, de acuerdo a la razonabilidad y
justificación económica y jurídica de las transacciones realizadas.
La designación del Oficial de Cumplimiento (OC) es obligatoria en una persona
jurídica y es el responsable del cumplimiento de todas las regulaciones relacionadas
con la prevención del LA y FT. La regulación ha establecido que el OC debe cumplir
cabalmente con las obligaciones que se le ha impuesto, las cuales deben ser realizadas
con absoluta independencia y autonomía y acceso irrestricto a toda información del
SO.
Entre las obligaciones del OC pueden mencionar: I) Controlar el cumplimiento de las
políticas como máxima autoridad del SO. II) Diseñar e implementar los
procedimientos y controles y políticas de capacitación actualizadas. III) Analizar las
operaciones realizadas para detectar eventuales operaciones sospechosas. IV) Llevar
el registro del análisis y gestión de riesgo de operaciones inusuales detectadas. V) Dar
cumplimiento a los requerimientos UIF. VI) Dar cumplimiento a la normativa vigente
en materia LA y FT. VII) Asegurar la adecuada conservación y custodia de la
documentación. VIII) Establecer el riesgo que implican las relaciones comerciales y
operaciones relacionadas con países o territorios que no aplican suficientemente las
Recomendaciones del GAFI o son de baja o nula tributación según los términos del
Decreto Nº 1037/00 y sus modificatorios. IX) Prestar especial atención a las nuevas
tipologías de LA y FT. X) Recibir los resultados de las auditorias anualmente para
corregir desvíos.
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Normas de Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
El OC debe realizar los reportes sistemáticos de operaciones on line (Res. 70/11 UIF)
y de operaciones sospechosas. Los primeros corresponden a informaciones, sobre
clientes y sus operaciones, con una periodicidad habitualmente mensual, que se debe
efectuar hasta el día 15 de cada mes y sobre un período normalmente referido al mes
anterior del mismo. Los segundos corresponden a la información de operaciones
sospechosas.
El reporte sistemático on line para informar sobre los clientes que son a su vez SO, es
el reporte en el que se informa a la UIF hasta el día 15 del mes en curso los sujetos
obligados que durante el mes anterior no han presentado la declaración jurada sobre el
cumplimiento de las obligaciones de sujeto obligado (DDJJ) y/o no han presentado la
constancia de inscripción en la UIF.
Asimismo, se ha establecido el reporte sistemático on line de operaciones con monedas
virtuales, Res. UIF 300/2014, por la cual los sujetos obligados deben prestar especial
atención al riesgo que implican las operaciones efectuadas en monedas virtuales.
El reporte de operaciones sospechosas on line (ROS) se encuadra dentro de las
obligaciones de los SO y deberá ser realizado: I) Plazo. Dentro del plazo de 150 días
corridos de realizada la operación y dentro de los 30 días corridos de identificada como
operación sospechosa. En el caso de FT será en forma inmediata, a partir de la
operación realizada o tentada, habilitándose días y horas inhábiles al efecto. II) Ser
fundado. III) Hecho de buena fe. IV) A través del sistema web de la UIF V) Deber de
confidencialidad. Es el deber de no exhibir el ROS ante los organismos de control de
la actividad, excepto para el caso de la CNV en determinadas condiciones, en el marco
de la colaboración debe prestar a la UIF.
Los SO ante el incumplimiento a las obligaciones y deberes impuestos por la UIF serán
pasibles de las sanciones: I) El incumplimiento de obligaciones ante la UIF determina
la multa de 1 a 10 veces del valor de los bienes u operación. II) Cuando no se pueda
establecer el valor real de los bienes la multa será de $ 10.000 a $100.000. Las
sanciones tienen una prescripción de 5 años a partir del cumplimiento.
5. NORMATIVA APLICABLE Y SUJETOS
ALCANZADOS POR LA COMISIÓN
NACIONAL DE VALORES.
La Comisión Nacional de Valores (CNV) ha establecido en las Normas (N.T. 2013),
Titulo XI, Sección I, las regulaciones sobre la prevención del lavado de dinero y
financiamiento al Terrorismo y establece los sujetos obligados y la normativa
aplicable. Con referencia a los sujetos obligados remite a la Ley N° 25.246 modificada
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Normas de Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
por la Ley N° 26.683, art. 20 incisos 4, 5 y 22 quedando comprendidos entonces los
Agentes de Negociación, los Agentes de Liquidación y Compensación, los Agentes de
Distribución y Colocación, y los Agentes de Administración de Productos de Inversión
Colectiva.
Asimismo, indica que las normativas aplicables serán: la Ley Nº 25.246 y
modificatorias, las normas reglamentarias emitidas por la UIF y las Normas (N.T.
2013) de la CNV. Mencionando expresamente que se incluyen los decretos del PEN
referido a las decisiones adoptadas por el Consejo de Seguridad de ONU, en la lucha
contra el terrorismo, y el cumplimiento de las Resoluciones del Ministerio de
Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto y sus respectivos anexos.
Con relación al Oficial de Cumplimiento, establece que se debe informar a través de
la Autopista de Información Financiera los datos de identificación del OC y su suplente
de acuerdo a lo establecido en el art. 20 bis de la Ley N° 25.246 y sus modificatorias,
y el art. 20 del Decreto N° 290/2007, modificado por el Decreto N° 1936/2010 y los
que agrega expresamente en el art. 2 de la Sección I mencionada.
6. MODALIDADES DE PAGO Y
PROCEDIMIENTOS DE CONTROL PARA LA
RECEPCIÓN Y ENTREGA DE FONDOS DE Y
HACIA CLIENTES.
La CNV ha establecido en las Normas (N.T. 2013), Titulo XI, Sección II, art. 3 que los
SO solo podrán recibir por cliente y por día fondos en efectivo por un importe que no
exceda los $ 1.000 y no podrán efectuar más de 2 pagos de fondos, ni emitir más de 2
cheques, por día y por cliente, ni podrán efectuar pagos en efectivo por día y por cliente
por un importe superior a $1.000; cuando excedan ese importe se deberá ajustar a
alguna de las formas previstas en el artículo 1º de la Ley Nº 25.345: I) Depósitos en
cuentas de entidades financieras. II) Giros o transferencias bancarias desde o hacia
cuentas bancarias a la vista de titularidad o co-titularidad del cliente abiertas en
entidades financieras del país. III) Cheques o cheques cancelatorios. Cuando sean a
favor del SO deben ser librados contra cuentas corrientes abiertas en entidades
financieras del país de titularidad o co-titularidad del cliente. Cuando sean librados a
favor de clientes, deben llevar cláusula “no a la orden”. IV) Tarjeta de crédito, compra
o débito. V) Factura de crédito. VI) Otros procedimientos que expresamente autorice
el PEN. La CNV puede aprobar, con manifestación fehaciente del cliente, que los SO
reciban cheques a su favor con endoso completo y realizar pagos a la orden de los
clientes “cruzados” para ser depositados en cuenta.
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Normas de Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
7. OPERACIONES REALIZADAS POR
CLIENTES PROVENIENTES DE O QUE
OPEREN DESDE PARAÍSOS FISCALES, O A
TRAVÉS DE SOCIEDADES OFF SHORE O
SOCIEDADES CÁSCARA.
La CNV ha establecido en las Normas (N.T. 2013), Titulo XI, Sección III, art. 5 que
los SO, sólo podrán dar curso a operaciones en el ámbito de la oferta pública de valores
negociables, contratos a término, futuros u opciones de cualquier naturaleza y otros
instrumentos y productos financieros, cuando sean efectuadas u ordenadas por sujetos
constituidos, domiciliados o que residan en dominios, jurisdicciones, territorios o
estados asociados que figuren incluidos dentro del listado de países cooperadores a los
fines de la transparencia fiscal publicado en el sitio web
del AFIP,
http://www.afip.gob.ar., art. 2° inciso b) del Decreto Nº 589/2013).
Cuando dichos sujetos no se encuentren incluidos dentro del listado mencionado y
revistan en su jurisdicción de origen la calidad de intermediarios registrados en una
entidad bajo control y fiscalización de un organismo que cumpla similares funciones
a las de la Comisión, sólo se deberá dar curso a ese tipo de operaciones siempre que
acrediten que el Organismo de su jurisdicción de origen, ha firmado memorando de
entendimiento de cooperación e intercambio de información con la CNV.
8. REQUISITOS DE IDONEIDAD, INTEGRIDAD
Y SOLVENCIA.
La CNV evaluará la idoneidad, integridad moral, probidad y solvencia de todas las
personas humanas o jurídicas que requieran su autorización para ejercer como alguno
de los agentes registrados del mercado de capitales y las compañías que lo requieran
para funcionar como mercados. Cuando se trate de personas jurídicas u otros entes
asimilables, la evaluación se hará respecto de cada una de las personas físicas que se
desempeñen como administradores, directores, gerentes y todos aquellos que
desempeñen funciones directivas dentro de la entidad, como así también respecto de
sus beneficiarios finales y de las personas físicas o jurídicas que tengan como mínimo
el 20% del capital o de los derechos de voto de la entidad, o que por otros medios
ejerzan el control final, directo o indirecto sobre la misma y su personal. La
designación de los sujetos mencionados con posterioridad a la autorización deberá ser
notificada a la CNV para que realice la evaluación correspondiente.
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Normas de Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
A tal efecto, la CNV considerará especialmente las competencias, capacidades,
integridad moral, probidad y solvencia de los sujetos mencionados. Deberán demostrar
que cuentan con las aptitudes y conocimientos necesarios para el adecuado ejercicio
de la actividad respectiva. Se considerará si ha sido condenado o procesado por algún
delito doloso, particularmente por LA y/o FT, o delito de naturaleza económica y que
no se encuentre mencionado en las listas de terroristas o si cuenta con antecedentes
comerciales negativos, de manera que se pueda determinar que cuenta con una
prudente administración financiera.
Los SO para realizar las actividades por las que fueron autorizados por la CNV deberán
conservar las condiciones de idoneidad, integridad y solvencia por las que han sido
registradas o autorizadas a funcionar y el incumplimiento de este deber, cuando resulte
relevante, podrá determinar la pérdida de la autorización para funcionar. Los SO de
corresponder, deberán contar con una adecuada política de contratación de personal, a
fin de asegurar que cuente con la integridad y capacidades necesarias para el correcto
desempeño de sus labores, garantizando calificaciones que permitan establecer la
experiencia, referencias y antecedentes penales o criminales.
La CNV no autorizará la oferta pública de valores cuando se registren condenas de
delitos de LA y FT o figuren en las listas de terroristas, cuando la emisora, sus
beneficiarios finales y las personas humanas o jurídicas que tengan como mínimo el
20% del capital o los derechos a voto o por otros medios ejerzan el control final directo
o indirecto de la misma.
9. DIFUSIÓN DE COMUNICADOS DE
CARÁCTER PREVENTIVO.
La CNV ha establecido en las Normas (N.T. 2013), Titulo XI, Sección V, a fin de
proteger y prevenir abusos contra el público inversor, emitirá comunicados que
publicará a través de su sitio en internet (www.cnv.gob.ar), con relación a: I) riesgos
y posibles prácticas abusivas y defraudatorias relacionadas con el mercado de
capitales. II) tipologías de lavado de activos y financiación del terrorismo relacionadas
con el mercado de capitales y los productos y servicios ofrecidos por los distintos
actores del mismo. III) sanciones aplicadas por infracciones a la normativa vigente en
materia de prevención del lavado de activos y de la financiación del terrorismo.
15
39
Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Normas de Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
10.
RESUMEN.
En el presente resumen sólo se incluyen algunas referencias que se estiman convenientes a la
hora de repasar los conceptos esenciales de los contenidos tratados y no debe entenderse bajo
ningún concepto como una síntesis exhaustiva, recomendando al alumno una lectura meditada
y profunda de los contenidos desarrollados.
1. El objetivo de la Prevención del Lavado de Activos y del Financiamiento al
Terrorismo es evitar el lavado de activos (LA) y la realización de actividades
terroristas impidiendo procesos de Financiamiento al Terrorismo (FT), a través de
normas que regulen determinadas actividades, operaciones o la identificación de
personas humanas o jurídicas.
2. Los delitos de LA y FT han sido incorporados al Código Penal por La Ley N°
26.683 (Art. 303) en el caso de la tipificación del LA y por la Ley N° 26.734 (Art.
306) respecto del FT.
3. Las mencionadas modificaciones se corresponden con las observaciones
realizadas por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), organismo
inter-gubernamental cuyo propósito es el desarrollo y la promoción de políticas,
en los niveles nacional e internacional, para combatir el LA y el FT, del cual la
República Argentina forma parte y adecua su regulación en estos temas a las
Nuevas 40 Recomendaciones (año 2012) del GAFI.
4. Asimismo existen otros organismos internacionales o regionales en los que
participa la República Argentina o la UIF: el Grupo de Acción Financiera de
Latinoamérica (GAFILAT), el Grupo Egmont, el Grupo de Expertos para el
Control de Lavado de Activos (LAVEX), la Comisión de Prevención de Lavado
de Dinero y de Financiación del Terrorismo (CPLDFT), Consejo Suramericano
sobre el Problema Mundial de las Drogas (CSPMD).
5. La Ley N° 25.246, ha creado la UIF y le ha otorgado facultades para la
investigación del delito de LA y FT y particularmente la Ley N° 26.683 y el
Decreto N° 1.936 han ampliado sus facultades de contralor, asistencia al Poder
Judicial, autarquía y coordinación a nivel nacional, provincial y municipal de
todos los organismos relacionados con el LA y FT.
6. También ha dispuesto la creación de la figura de los Sujetos Obligados (SO),
enumeración de personas humanas o jurídicas con funciones, actividades
profesionales, comerciales o económicas con obligaciones de hacer y no hacer
para la detección de operaciones de LA y FT, respecto de ellas y sus clientes.
7. La UIF ha sido designada como organismo regulador de los SO, para lo cual
emite Resoluciones particulares a cada SO y generales de aplicación a todos. En
lo que hace al mercado de capitales es de aplicación la Res. UIF 229/11.
16
40
Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Normas de Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
8. En ella se describen las obligaciones de los SO, las del Oficial de Cumplimiento
(OC), sobre el cual pesa la mayor cantidad de obligaciones, los requisitos a
solicitar a los clientes, la tipificación de los clientes en función de parámetros
objetivos de tiempo y montos operados y el análisis de la capacidad económica
financiera de los mismos, estableciendo lo que se denomina el “perfil del cliente”.
9. De acuerdo al mencionado perfil del cliente, el SO deberá encuadrar las
operaciones de los clientes, en normales, inusuales o sospechosas; y en función
de un análisis fundado, deberá informa a la UIF dicha operación a través del ROS,
en el plazo, condiciones y procedimiento fijado en las Resoluciones UIF que
apliquen en cada caso.
10. Ante el incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas por la leyes o
regulaciones de LA y FT, la UIF puede aplicar multas en proporción variable
respecto del valor de la operación o fijo cuando no se pueda establecer.
11. La Comisión Nacional de Valores ha regulado en materia de LA y FT en las
Normas (N.T. 2013), Titulo XI, respecto de: I) La normativa aplicable y sujetos
alcanzados. II) Las Modalidades de pago. III) Las operaciones realizadas por
clientes provenientes de o que operen desde paraísos fiscales, o a través de
sociedades off shore o sociedades cáscara. IV) Los requisitos de idoneidad,
integridad y solvencia. V) La difusión de comunicados de carácter preventivo.
11.
PREGUNTAS DE REPASO.
1. ¿Cuál es la finalidad del lavado de activos y cuáles son los mecanismos de los
cuales el delincuente se vale para desarrollar el procedimiento de lavado de
activos?
2. ¿Cómo se define, cuál es el objetivo del terrorismo y las exclusivas características
que se deben de cumplir para que se pueda encuadrar como tal?
3. ¿Cuál es el objetivo del financiamiento al Terrorismo?
4. ¿Qué tipo de regulaciones que emite el GAFI y con qué objetivo?
5. ¿Qué otros grupos internacionales tienen como objetivo la lucha contra el LA y
FT?
6. ¿En la Ley N° 25.246 originalmente define el delito de LA cómo autónomo?
7. ¿Qué organismo crea la Ley N° 25.246?
17
41
Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Normas de Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
8. ¿Cuáles son los delitos precedentes del lavado de activos que se mencionan en la
Ley N° 25.246, modificada por la Ley N° 26.683? ¿Cuál de estos ha sido
incorporado particularmente con esta modificación?
9. ¿El proceso o procedimiento de los delincuentes para desarrollar el lavado de
activos es un único, integral o se lo puede dividir o segmentar para comprender
mejor el accionar de los mismos y facilitar su prevención?
10. ¿Qué actividades y países de alto riesgo facilitan el lavado de activos?
11. ¿Cuáles son algunos de los ejemplos de procedimientos del LA y en qué
consisten?
12. ¿Cuál es el mecanismo para detectar a las personas u organizaciones terroristas?
13. ¿En qué se diferencia el FT del LA y en qué consiste?
14. ¿Qué es un SO a los fines de la norma de LA y FT? ¿Cuál es su número?
15. ¿Cuáles son las principales funciones de la UIF y cuales se han ampliado en
función del Decreto 1.936/2010?
16. ¿Qué persigue el Anti -Lavado de activos y como tipifica las operaciones
realizadas en función de esas normativas?
17. ¿La Res. UIF 229/11 ha establecido circunstancias especiales taxativamente o a
mero título enunciativo? ¿Cuáles son particularmente mencionadas?
18. ¿Qué es el congelamiento administrativo?
18
42
Módulo 3
Métodos Cuantitativos
Aplicados a la Selección y
Asesoramiento en Productos de
Inversión.
En este Módulo se desarrollan algunos de los principales “métodos cuantitativos”
aplicados usualmente al análisis financiero. Se pretende que el lector cuente con
herramientas generalmente utilizadas para el cálculo del rendimiento pasado y esperado,
y también con aquellas herramientas numéricas que permiten evaluar y medir el riesgo
de una inversión.
Objetivos de Aprendizaje
Se pretende que el lector conozca y comprenda:
1.
El concepto de “valor tiempo del dinero”.
2.
El concepto de “interés” y sus distintas formas de expresión.
3.
La diferencia entre “tasas efectivas” y “tasas nominales”.
4.
La diferencia entres “tasas adelantadas” y “tasas vencidas”.
5.
El método de actualización de valores futuros.
43
Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Métodos Cuantitativos Aplicados a la Selección y Asesoramiento en Productos de Inversión
1. EL VALOR TIEMPO DEL DINERO.
El concepto de valor tiempo del dinero es esencial para el entendimiento de la
mayoría de los temas de finanzas. La mayoría de las decisiones a las cuales nos
enfrentamos en nuestra vida cotidiana, como así también las decisiones que enfrentan
las empresas, implican una comparación de un valor presente con un valor futuro; es
decir, tenemos que comparar flujos de caja de distintos momentos.
Se dice que el dinero tiene valor tiempo, dado que los individuos valorarán más un
monto de dinero cuanto antes lo reciban. Por lo tanto, cualquier monto de dinero
recibido en una fecha futura debería representar un menor valor hoy.
Suponga que prestamos $ 100 hoy y en seis meses nos devuelven el mismo monto.
No parece justo, ya que dijimos que $ 100 a ser recibidos después de seis meses valen
menos que el mismo monto hoy. ¿Cuáles son las razones que explican que la misma
cantidad de dinero tenga menor valor si la recibimos en el futuro? Cuatro motivos
parecen ser los más evidentes:
El dinero que recibimos en el futuro no lo podemos gastar ahora mismo y uno
esperaría ser compensado por posponer su consumo.
Además, los bienes que no compre hoy pueden aumentar de precio,
disminuyendo así el poder de compra futura.
En tercer lugar, quien disponga de ese dinero hoy puede invertirlo y obtener
un valor futuro superior.
Y finalmente, siempre existe un riesgo de que el dinero no se recupere en el
futuro. Siempre y cuando el futuro sea incierto, su valor actual va a ser
reducido para compensar este riesgo.
En conclusión, quien dispone de dinero hoy, ya sea que adhiera a una u otra razón (o
a todas), exigirá una compensación por prestarlo para recuperarlo en el futuro. La
compensación requerida por disponer del dinero hoy a cambio de su devolución en el
futuro se denomina “interés”.
El valor tiempo del dinero es la teoría que trata sobre las relaciones equivalentes
entre flujos de caja que se reciben en distintas fechas. Las dos operaciones que se
realizan para poder comparar distintos flujos de caja en distintos momentos son:
Capitalizar: transformar un valor actual en su valor futuro equivalente.
Actualizar: transformar un valor futuro en su valor actual equivalente.
La forma mediante la cual el dinero cambia su valor en el tiempo es un problema
complejo y de importancia fundamental en finanzas.
2
44
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Métodos Cuantitativos Aplicados a la Selección y Asesoramiento en Productos de Inversión
Intentaremos responder dos preguntas:
i.
ii.
¿Cuál es el valor futuro de un monto invertido o prestado hoy?
¿Cuál es el valor presente de un monto a pagar o recibir en cierto
momento futuro?
2. TASA DE INTERÉS (INTERÉS SIMPLE Y
COMPUESTO).
Normalmente decimos que todo agente económico racional tiene preferencia por la
liquidez. Los individuos tienen preferencia por la liquidez porque de esta manera
pueden intercambiar el dinero por otros bienes y servicios de acuerdo a sus
necesidades. En consecuencia, ningún individuo estará dispuesto a renunciar a este
privilegio si no recibe algo a cambio.
Entonces, el interés es el precio pagado por un deudor (prestatario) a un acreedor
(prestamista) para poder utilizar el dinero por un cierto tiempo.
Capital Final = Capital Inicial + Interés = Capital Inicial x (1 + Tasa de interés)
Entonces,
Los cuatro motivos referidos cuando justificamos el Valor Tiempo del dinero, son
también justificativos de la siguiente expresión:
El Capital final (valor futuro) tiene que ser mayor
al Capital inicial (valor presente), siempre que las
personas prefieran disponer de fondos hoy
antes que mañana
Capital Final > Capital Inicial
Cuando un banco presta dinero, cobra una compensación. Cuando un banco toma
prestado dinero (depósito), el banco paga por la utilización del dinero. En cualquiera
de los dos casos, lo que se paga es el interés.
Se denomina interés a la compensación económica que percibe un sujeto dispuesto a
renunciar a un capital en un momento determinado para recuperarlo en un momento
posterior.
El nivel de tasa de interés usualmente está determinado por:
i. La cantidad de tiempo que se presta el dinero (Plazo).
ii. El riesgo de que el monto prestado no se repague (Riesgo).
iii. La tasa de inflación esperada (Inflación).
3
45
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Métodos Cuantitativos Aplicados a la Selección y Asesoramiento en Productos de Inversión
En otros términos, el interés es la compensación que alguien está dispuesto a pagar
por la utilización del capital, es decir, el interés es el valor tiempo del dinero.
Por ejemplo, si una persona pide prestado $100 y promete devolver $110 después de
un año, entonces en este caso el prestamista está percibiendo una ganancia de $10.
Capital Final = Capital Inicial + Interés = Capital Inicial x (1 + Tasa de interés)
$ 110 = $ 100 + $ 10 = $ 100 x (1 + 0,10)
Entonces,
En este caso, el valor del tiempo del dinero es 10% del capital.
Supongamos que cierto monto se deposita en una cuenta bancaria durante un período
mayor a un año, generando un interés determinado. El capital final de esta inversión
consiste en el depósito inicial (capital inicial) más el interés generado desde que el
dinero fue depositado en la cuenta.
El monto del interés generado varía según el régimen de capitalización de interés
que se utilice. Estos pueden ser, régimen de interés simple o régimen de interés
compuesto.
RÉGIMEN DE INTERÉS SIMPLE.
El interés simple es aquel que se calcula siempre sobre el capital inicial. En
consecuencia, el interés al finalizar cada año será siempre el mismo monto.
Supongamos que usted deposita $1.000 en una cuenta de ahorro y que le prometen
un 10% de interés por año. Al final del período, usted tendría $1.100. Los $1.100
incluyen el capital inicial del depósito ($1.000) y el interés ganado durante el período
($100). La fórmula que se utiliza para obtener este resultado es:
Capital Final = Capital Inicial × [1 + (Tasa de interés x Cantidad de períodos)]
Capital Final = $ 1.000 x [1 + (0,10 x 1)] = $ 1.100
Si los $100 de interés se retiran de la cuenta al finalizar cada período, el monto
principal se mantiene fijo. Cuando el interés ganado no afecta al principal, usted gana
un interés simple. Se denomina simple porque:
i.
La ganancia que se obtiene cada año es siempre fija.
ii.
El capital sobre el cual se calculan los intereses no varía.
4
46
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Métodos Cuantitativos Aplicados a la Selección y Asesoramiento en Productos de Inversión
El caso que acabamos de analizar para demostrar el concepto de capital final con
régimen de capitalización simple es un ejemplo simplificado donde el período es
únicamente de un año. Sin embargo, en la realidad las inversiones que realizamos
pueden tener un plazo más largo.
Entonces, si una persona deposita $1.000 por 10 años, ¿Cuál será el monto al
finalizar el período? Al finalizar el Segundo Período Capital Final 5%,2 = $ 1.000 +
$1.000 × 0,1 × 2 = $ 1.200
Al finalizar el Tercer Período Capital Final 5%,3 = $ 1.000 + $1.000 × 0,1 × 3 = $
1.300
La siguiente tabla muestra el interés y el capital al final de cada período:
Período
0
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
Interés
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
100,00
100,00
100,00
100,00
100,00
100,00
100,00
100,00
100,00
100,00
Capital final
$
1.000,00
$
1.100,00
$
1.200,00
$
1.300,00
$
1.400,00
$
1.500,00
$
1.600,00
$
1.700,00
$
1.800,00
$
1.900,00
$
2.000,00
Como se puede ver en la tabla de arriba, el interés ganado en cada período es fijo,
por lo que el capital crece entre períodos a la tasa de interés.
RÉGIMEN DE INTERÉS COMPUESTO.
El capital aplicado a la generación de intereses aumenta a lo largo del tiempo, dado
que los intereses ganados en cada período se suman al capital inicial que los ha
generado.
Para explicar cómo se calcula una operación con interés compuesto vamos a suponer
el mismo ejemplo que utilizamos para un régimen con interés simple. Es decir, un
depósito de $ 1.000 con una tasa de interés de 10%. Esto nos permitirá mostrar las
diferencias entre ambos regímenes.
¿Cuánto va a tener esta persona al finalizar el primer año?
Capital Final = Capital Inicial + Capital Inicial × Tasa de Interés
5
47
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Métodos Cuantitativos Aplicados a la Selección y Asesoramiento en Productos de Inversión
Capital Final = Capital Inicial × (1+Tasa de Interés)1
En nuestro ejemplo,
Capital Final = $ 1.000 × (1 + 0,10) = $ 1.100
Capital Final = Capital Inicial × (1 + Tasa de Interés) Cantidad de períodos
Al finalizar el primer período, ambos regímenes arrojan el mismo valor futuro. Esto
ocurre porque todavía ningún interés fue retirado de la cuenta (caso del interés simple)
o sumado al capital inicial (caso del interés compuesto).
En el caso del interés compuesto mantenemos en la cuenta tanto el capital como los
intereses por un período más.
Capital Final = Capital Inicial × (1 + Tasa de Interés)
Al finalizar el Segundo Período,
Capital Final=$1.000 x (1 + 0,10) x (1 + 0,10) = $1.210
Al finalizar el Tercer Período,
Capital Final = $1.000 x (1 + 0,10) x (1 + 0,10) x (1 + 0,10) =$1.331
Del mismo modo, se pueden calcular los montos capitalizados hasta el período que
se desee. La fórmula general para calcular el monto compuesto al final de cualquier
período futuro, es la siguiente:
Capital Final = Capital Inicial × (1 + Tasa de Interés) Cantidad de períodos
La siguiente tabla demuestra cómo se puede calcular una operación con un régimen
de interés compuesto año a año.
TABLA - Cálculo de Interés Compuesto
Período
0
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
Interés
$
$ 100,00
$ 110,00
$ 121,00
$ 133,10
$ 146,41
$ 161,05
$ 177,16
$ 194,87
$ 214,36
$ 235,79
6
48
Capital final
$ 1.000,00
$ 1.100,00
$ 1.210,00
$ 1.331,00
$ 1.464,10
$ 1.610,51
$ 1.771,56
$ 1.948,72
$ 2.143,59
$ 2.357,95
$ 2.593,74
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Métodos Cuantitativos Aplicados a la Selección y Asesoramiento en Productos de Inversión
Sin embargo, podríamos usar también la ecuación anterior para calcular
directamente el valor futuro de $1.000 al final de 10 años.
Capital Final = Capital Inicial × (1 + Tasa de Interés) Cantidad de períodos
Capital Final = $1.000 × (1 x 0,10) 10 = $ 2.593,74
INTERÉS SIMPLE VS. INTERÉS COMPUESTO.
Bajo un régimen de interés simple, el inversor hubiera recibido:
Interés = $100 x 10 años = $ 1.000
Capital Final = $ 1.000 + $1.000 = $2.000
Si comparamos con el resultado obtenido en la tabla anterior (Cálculo de Interés
Compuesto), se puede ver la lógica detrás de la idea de interés compuesto. Si el
dinero se invierte por 10 años y el interés ganado se reinvierte en la institución
financiera, entonces estaremos ganando intereses sobre los intereses ganados a lo
largo de los períodos intermedios. Como se puede ver en la columna 2 de la tabla
anterior (Cálculo de Interés Compuesto), el monto de interés ganado bajo el interés
compuesto aumenta cada año. El capital inicial de cada año sobre el cual se genera
el interés durante el año corriente incluye el interés ganado en los años anteriores.
3. RÉGIMEN DE ACTUALIZACIÓN.
Recordando el concepto de que $1 mañana valdrá menos que $1 hoy.
M0
M1
Hoy
Valor de $1
Mañana
>
Valor de $1
Dos preguntas surgen inmediatamente en relación a la equivalencia entre ambos
valores:
i.
¿De cuánto tendré que disponer en el futuro para que sea equivalente
a $1 hoy? ¿Cuál es el valor presente de $ 1 a recibir mañana?
y viceversa,
ii.
¿Qué valor representa en el futuro disponer de $1 hoy? ¿Cuál es el
valor futuro que lograré obtener a partir de disponer de $1 en el
presente?
7
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Métodos Cuantitativos Aplicados a la Selección y Asesoramiento en Productos de Inversión
La respuesta a ambas preguntas se obtiene a partir de dos operaciones técnicas
básicas de las finanzas: actualizar y capitalizar.
Mediante la actualización (también conocido como descuento) contestamos la
primera pregunta (i): ¿cuánto tendré que disponer en el futuro para que sea
equivalente a $1 hoy? ¿cuál es el valor presente de $1 a recibir mañana?
Actualizar o Descontar
Hoy
Valor Presente = $ 1 / (1+ i)1
Mañana
$1
Siendo,
$ 1 el Valor Futuro,
“i” la tasa de Interés requerida por la compensación (tasa de interés o
capitalización), y
“Valor Presente” el valor equivalente (hoy) de recibir $ 1 en el futuro.
Mediante la capitalización contestamos la segunda (ii) de las preguntas:
¿Disponer de $ 1 hoy qué valor representa en el futuro? ¿Cuál es el valor futuro
que lograré obtener a partir de disponer de $ 1 en el presente?
Capitalizar
Hoy
$ 1 x ( 1+ i ) = Valor Futuro
Mañana
$1
Siendo,
$ 1 el valor presente,
“i” la tasa de interés requerida por la compensación (tasa de interés o
capitalización), y
“Valor Futuro” el valor equivalente a recibir en el futuro a cambio
de $ 1 hoy.
Ambas preguntas nos sirven para tomar decisiones financieras de la práctica
cotidiana.
Por ejemplo,
Al decidir poner en venta mi auto recibo dos ofertas simultáneamente. Por un lado,
me ofrecen $10.000 de contado y efectivo; y, por otro lado, ofrecen pagarme
8
50
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Métodos Cuantitativos Aplicados a la Selección y Asesoramiento en Productos de Inversión
$11.000 pero dentro de 30 días. ¿Cuál es entonces la oferta que me conviene
aceptar?
Al igual que lo que hacen las empresas con grandes proyectos de inversión, puedo
optar por calcular el valor presente (o realizar una actualización) de ambas
ofertas y elegir el mayor, a fin de decidir cuál de las dos ofertas tiene mayor valor
presente.
El valor presente de la primera oferta (un pago hoy al contado de $10.000) será
equivalente a $10.000, puesto que esta cantidad al ser recibida en el presente, vale
su valor nominal.
Luego, debo calcular el valor presente (actualizar) de la segunda oferta (un pago
$11.000 a treinta días). Para ello, lo cual necesito una tasa de interés que me
compense por dicho plazo. Así, si la tasa de interés que me compensa para dicho
plazo, en función mis preferencias, fuera del 8% mensual, entonces:
Valor presente de $11.000 a treinta días = $ 11.000 / (1 + 0,08) = $ 10.185,19
El valor presente de un pago de $11.000 a treinta días equivale a un monto hoy de
$ 10.189,19 que es mayor que $10.000 (mi oferta de contado). Por lo tanto, debería
elegir recibir $11.000 a treinta días puesto que la oferta es superior.
NOTA: Uno de los problemas fundamentales y relativamente complejos de las
finanzas es elegir la tasa de interés (o de actualización) adecuada que me
compensa por esperar un monto de dinero a ser recibido en el futuro.
¿Por qué estamos interesados en el valor presente (capital inicial) de una
inversión? La forma más fácil de entender su importancia es tomar ejemplos de
finanzas personales.
Por ejemplo,
En el caso del ahorro para un fin determinado. Usted puede querer comenzar a
ahorrar para comprar un auto por $30.000 dentro de cinco años. Entonces,
¿Cuánto debería invertir hoy para obtener dentro de cinco años el monto
$30.000 para la compra de un auto?
En este caso, el Valor Presente corresponde al Capital Inicial a invertir hoy, que
capitalizado a una tasa de interés determinada por un cierto período, logre
acumular el monto deseado ($30.000) al finalizar el período estipulado.
Si,
Capital Final = Capital Inicial × (1 + Tasa de Interés) Cantidad de períodos
Entonces,
Valor Presente = Capital Inicial = Capital Final / (1 + Tasa de Interés) Cantidad de períodos
9
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Métodos Cuantitativos Aplicados a la Selección y Asesoramiento en Productos de Inversión
Para actualizar solo reemplazamos en la fórmula de Interés Compuesto de la
siguiente forma:
Capital Final = Valor Futuro
Capital Inicial = Valor Presente
Valor Futuro = Valor Presente × (1 + Tasa de Interés) Cantidad de períodos
Valor Presente = Valor Futuro / (1 + Tasa de Interés) Cantidad de períodos
En nuestro ejemplo para la compra del auto:
Valor Futuro = $30.000
Tasa de Interés = 10%
Períodos = 5 años
Valor Presente = Incógnita
Valor Presente = $30.000 / (1 + 0,10) 5 años =$18.627,64
Como dijimos antes, dado que el dinero tiene un valor tiempo, entonces todos los
flujos de caja asociados a una inversión tienen que ser medidos en el mismo momento
del tiempo para ser comparables entre sí. Típicamente, ese momento puede ser el
inicio o el final de la inversión.
4. TASA EFECTIVA VS TASA NOMINAL.
Las tasas de interés son calculadas usualmente sobre una base anual, pero también se
pueden calcular para períodos de tiempo inferiores al año. Hasta ahora hemos
considerado siempre operaciones donde la capitalización se producía en el período
que indicaba la tasa, es decir, las capitalizaciones eran anuales. Aunque es cierto que
las tasas se expresan anualmente, hay casos donde los intereses se capitalizan dentro
del período mismo.
Para comparar las tasas de interés sobre una base común, cuando hay capitalizaciones
dentro de un mismo período, se hace una distinción entre una tasa nominal anual y
una tasa efectiva anual. Tasa nominal anual es la tasa de interés establecida por el
contrato u operación, y cobrada por el prestamista o prometida por el prestatario. Tasa
efectiva anual es la tasa de interés anual que en realidad se paga.
La tasa efectiva anual refleja el impacto de la frecuencia de capitalización, a
diferencia de la tasa nominal anual. Frecuencia de capitalización es el número de
veces que el interés se suma al capital dentro de un mismo período.
Por ejemplo,
10
52
Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Métodos Cuantitativos Aplicados a la Selección y Asesoramiento en Productos de Inversión
Para lograr entender la diferencia entre ambas tasas vamos a suponer que se deposita
$100 en un plazo fijo que paga un 10% por año con capitalizaciones semestrales
durante un año. Es decir, el plazo fijo paga un 5% cada seis meses. ¿Cuál es la tasa
nominal anual y la tasa efectiva anual?
Para obtener el valor de ambas tasas vamos a calcular lo siguiente:
i.
El valor futuro sin reflejar el impacto de la frecuencia de la capitalización para
la tasa nominal anual (siguiente gráfico).
Valor Futuro sin frecuencia de capitalización
Como se puede apreciar, la tasa nominal anual es igual al valor que se paga
anualmente, dado que no se tiene en cuenta la capitalización.
ii.
El valor futuro reflejando la frecuencia de capitalización para la tasa efectiva
anual (siguiente gráfico).
Valor Futuro con frecuencia de capitalización
𝑇𝑎𝑠𝑎 𝐸𝑓𝑒𝑐𝑡𝑖𝑣𝑎 𝐴𝑛𝑢𝑎𝑙 =
110,25
= 10,25%
100
La tasa efectiva anual es más alta que la tasa nominal anual porque por seis meses
gano intereses sobre $5 de interés ganados en el período anterior. También se puede
utilizar la siguiente ecuación para obtener la tasa efectiva anual directamente.
11
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Métodos Cuantitativos Aplicados a la Selección y Asesoramiento en Productos de Inversión
Siendo,
r = Tasa nominal anual.
m = frecuencia de capitalización periódica, esto es la cantidad de veces en el
año que se devengan y capitalizan los intereses.
Mientras que haya al menos una capitalización durante el período, la tasa efectiva va a
ser siempre más alta que la tasa nominal anual. En el caso que no haya capitalización a
lo largo del año, ambas tasas serán iguales.
5. TASA VENCIDA VS TASA ADELANTADA.
Hasta el momento, todas las tasas de interés que estuvimos analizando eran tasas de
interés vencidas. Tasa de interés vencida es aquella que se refiere a intereses que se
pagan al final del período. La tasa vencida nos muestra el rendimiento punta contra
punta (fecha inicial a fecha final) de una operación. Esta tasa nos muestra cuánto
ganamos cuando realizamos una colocación de $1 durante un determinado período
de tiempo.
Tasa de Interés Vencida “I”
La tasa de interés efectiva vencida mide la variación relativa entre el Capital
el Capital Inicial con respecto al Capital Inicial durante un período t.
Final
y
Tasa de interés adelantada es aquella que se refiere a intereses que se pagan al inicio
del período. Esta tasa nos muestra cuanto nos descuentan por cada peso que pedimos
prestado, o, dicho de otra manera, cuanto nos cuesta cada peso que pedimos adelantado.
Tasa de Interés Adelantada “d”
La tasa de interés efectiva adelantada mide la variación relativa entre el Capital Final
y el Capital Inicial con respecto al Capital Final durante un período t.
Las tasas efectivas vencidas y adelantadas “I” y “d” miden el resultado financiero de
la operación, que será el rendimiento para el colocador y el costo para el tomador.
Para calcular un capital inicial desde un capital final con una tasa de interés
adelantada se utiliza la siguiente ecuación.
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Métodos Cuantitativos Aplicados a la Selección y Asesoramiento en Productos de Inversión
Capital Inicial = Capital Final – Descuento = Capital Final × (1 – d)
Descuento = d × Capital Final
Para ambas ecuaciones,
Capital Inicial = Capital Final x (1 – tasa adelantada x cantidad de períodos)
Una tasa adelantada tiene un mayor rendimiento que una tasa vencida. Esto se debe al valor
tiempo del dinero, es decir, siempre es mejor recibir el dinero antes. Como conclusión,
existe una relación entre la tasa adelantada y la tasa vencida que se puede expresar de
la siguiente manera.
6. ESTADÍSTICA DESCRIPTIVA.
En finanzas, para poder tomar una decisión informada a veces es necesario analizar
una gran cantidad de datos. En consecuencia, resulta útil resumir toda esta
información en un único valor o medición financiera. Por ejemplo, algunas medidas
estadísticas resultan de mucha utilidad a los efectos de medir la tendencia de la
evolución de variables financieras. A estas medidas se las conoce como medidas de
tendencia y medidas de dispersión.
La estadística descriptiva se encarga de analizar y medir los datos de la muestra
seleccionada. Aunque es un análisis básico nos sirve para obtener una aproximación
de la población total en base a una muestra de la misma.
El análisis descriptivo tiene como objetivo principal calcular medidas de tendencia
central y medidas de dispersión. El objetivo es determinar cuál es la tendencia de la
variable y en qué medida los datos se agrupan o dispersan en torno a un valor central.
Las medidas de tendencia central identifican el centro o el promedio de los datos
analizados. El valor central puede ser usado para representar el valor típico o esperado
de la muestra.
MEDIDAS DE TENDENCIA CENTRAL.
MEDIA ARITMÉTICA.
La medida de tendencia central más utilizada es la media aritmética. La media
aritmética resume en un único valor las características de toda la muestra. Para
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Métodos Cuantitativos Aplicados a la Selección y Asesoramiento en Productos de Inversión
calcular la media, hay que sumar todos los valores de la muestra para después dividir
la sumatoria por la cantidad de datos utilizados. Para calcular la media aritmética se
utiliza la siguiente ecuación:
es la letra griega Sigma mayúscula que representa la sumatoria desde el primer
valor (i=1) hasta el último valor (N).
El valor esperado (o media aritmética) de una muestra representa únicamente el
centro de la muestra, pero no indica cómo los valores individuales están dispersos o
distribuidos alrededor de la media.
MEDIANA.
La mediana es el valor que se encuentra en el medio de la muestra analizada, una vez
que esta fue ordenada de forma descendente o ascendente.
En el caso de ser una muestra de n elementos, con cantidad par de elementos se toma
el valor del elemento de la posición n/2 y en el caso de que la cantidad de elementos
sea impar se toma el elemento de la posición (n+1)/2.
MODA.
La moda es el valor que más se repite en la distribución o en la muestra.
Por ejemplo, dado el siguiente conjunto de datos de 11 elementos ordenados en forma
ascendente, {1, 2, 2, 3, 3, 3, 4, 4, 4, 4, 5}
La mediana corresponderá al elemento número 6, es decir a 3. Y la moda será 4
dado que es el elemento que más se repite.
MEDIDAS DE DISPERSIÓN.
A continuación, describiremos algunas medidas de dispersión utilizadas en el
mercado financiero.
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Métodos Cuantitativos Aplicados a la Selección y Asesoramiento en Productos de Inversión
DESVÍO ESTÁNDAR.
La medida numérica más popular que se utiliza para cuantificar la dispersión de una
muestra es el desvío estándar.
El desvío estándar es el valor medio de las desviaciones respecto de la media, es
decir, es una medida de volatilidad. La siguiente ecuación se utiliza para calcular el
desvío estándar.
El desvío estándar es una medida que se utiliza comúnmente para medir el riesgo de
un activo financiero. Cuantos más dispersos se encuentran los retornos alrededor de
su retorno promedio, mayor fluctuación del valor de la inversión
RANGO.
El rango es la diferencia entre el máximo y el mínimo de un conjunto de datos.
COVARIANZA Y CORRELACIÓN LINEAL.
Cuando dos variables aleatorias se encuentran relacionadas, es decir no son
independientes entre sí, la covarianza nos permite medir cuán relacionadas se
encuentran dichas variables. La covarianza de dos variables aleatorias discretas X e
Y viene dada por la siguiente expresión:
Xi e Yi: Representan a los valores de la muestra
X e Y: Representan a los valores medios de la muestra
Cuando la covarianza es positiva representa una relación lineal directa entre
las variables aleatorias x e y.
Cuando la covarianza es negativa representa una relación lineal inversa entre
las variables aleatorias x e y.
Cuando dos variables aleatorias son independientes entonces la covarianza
entre ellas es cero. Cabe aclarar que si la covarianza es cero no se puede
afirmar que es independiente.
El principal defecto de la covarianza es que su valor es difícil de interpretar ya que
depende de las unidades de las distintas variables. Es por eso que se utiliza
complementariamente el coeficiente de correlación .
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Métodos Cuantitativos Aplicados a la Selección y Asesoramiento en Productos de Inversión
El coeficiente de correlación se calcula de la siguiente manera:
Cov (x,y) Representa a la covarianza entre las variables x e y.
El valor del coeficiente de correlación se encontrará entre -1 y 1.
Si es cercano a 1 representa una relación lineal positiva fuerte entre las
dos variables, si fuera igual a 1, las variables se moverían en forma idéntica.
Si es cercano a -1 representa una relación lineal negativa fuerte entre las
dos variables.
Si = 0 no existe relación lineal entre las dos variables.
7. RESUMEN.
La compensación requerida por disponer del dinero hoy a cambio de su
devolución en el futuro se denomina interés.
El valor tiempo del dinero es la teoría que trata sobre las relaciones equivalentes
entre flujos de caja que se reciben en distintas fechas.
Si el dinero tiene distinto valor en distintos momentos, comparar sumas de dinero
que se reciben en distintas fechas exige aplicar relaciones de equivalencia
basadas en el interés.
Capitalizar: transformar un valor actual en su valor futuro equivalente.
Actualizar: transformar un valor futuro en su valor actual equivalente.
El interés es el precio pagado por un deudor a un acreedor para poder utilizar el
dinero por un cierto tiempo.
En otros términos, el interés es la compensación que alguien está dispuesto a
pagar por la utilización del capital, es decir, el interés es el valor tiempo del
dinero.
El interés simple es aquel que se calcula siempre sobre el capital inicial. Como
consecuencia, el interés al finalizar cada año será siempre el mismo monto.
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Métodos Cuantitativos Aplicados a la Selección y Asesoramiento en Productos de Inversión
En una operación con interés compuesto, el capital aplicado a la generación de
intereses aumenta a lo largo del tiempo, dado que los intereses ganados en cada
período se suman al capital inicial que los ha generado.
Tasa nominal anual es la tasa de interés establecida por el contrato u operación, y
cobrada por el prestamista o prometida por el prestatario.
Tasa Efectiva Anual es la tasa de interés anual que en realidad se paga. La tasa
efectiva anual refleja el impacto de la frecuencia de capitalización, a diferencia de
la tasa nominal anual.
Frecuencia de capitalización es el número de veces que el interés se suma al
capital dentro de un mismo período.
Tasa de Interés Vencida es aquella que se refiere a intereses que se pagan al final
del período. Tasa de Interés Adelantada es aquella que se refiere a intereses que
se pagan al inicio del período.
La estadística descriptiva se encarga de analizar y medir los datos de la muestra
seleccionada. Aunque es un análisis básico nos sirve para obtener una
aproximación de la población total en base a una muestra de la misma.
Las medidas de tendencia central identifican el centro o el promedio de los datos
analizados. El valor central puede ser usado para representar el valor típico o
esperado de la muestra.
La medida de tendencia central más utilizada es la media aritmética. La media
aritmética resume en un único valor las características de toda la muestra. Para
calcular la media, hay que sumar todos los valores de la muestra para después
dividir la sumatoria por la cantidad de datos utilizados.
La mediana es el valor que se encuentra en el medio de la muestra analizada, una
vez que esta fue ordenada de forma descendente o ascendente.
La moda es el valor que más se repite en la distribución o en la muestra.
El desvío estándar es una medida que se utiliza comúnmente para medir el riesgo
de un activo financiero. Cuantos más dispersos se encuentran los retornos
alrededor de su retorno promedio, mayor fluctuación del valor de la inversión.
El rango es la diferencia entre el máximo y el mínimo de un conjunto de datos.
La covarianza nos permite medir cuán relacionadas se encuentran dos variables
que no son independientes entre sí.
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Métodos Cuantitativos Aplicados a la Selección y Asesoramiento en Productos de Inversión
8. PREGUNTAS DE REPASO.
1. Según la teoría de “valor tiempo del dinero, ¿por qué el mismo monto nominal de
dinero vale distinto si se recibe en distintos momentos del tiempo?
2. ¿Qué es el interés en relación al valor tiempo del dinero?
3. ¿Cuáles son las dos operaciones que se realizan para poder comparar distintos
flujos de caja en distintos momentos?
4. Enumerar las tres variables que determinan el nivel de tasa de interés.
5. ¿Qué es el interés simple?
6. ¿Cuánto es el monto que un inversor va a tener en un año si invierto $2.500 a un
interés simple del 8%?
7. Un inversor deposita $5.000 en un plazo fijo con vencimiento dentro de 25 años
a una tasa de interés simple del 12%. ¿Cuánto va a ser el capital final? ¿Cuánto va
a ser el interés ganado en el noveno y décimo año?
8. ¿Qué es el interés compuesto?
9. ¿Cuánto es el monto que un inversor va a tener en dos años (capital final) si
invierte $2.000 a un interés compuesto del 8%?
10. ¿Cuál es la principal diferencia entre el interés simple y el interés compuesto?
11. Un inversor quiere depositar $1.500 en un plazo fijo por un período de un año. El
inversor tiene la posibilidad de invertir en dos bancos:
Banco A: paga una tasa de interés simple del 10%.
Banco B: paga una tasa de interés compuesta del 10%.
¿Cuál de los bancos elegirá el inversor? ¿Por qué?
12. ¿Qué es la tasa efectiva anual? Explicar la diferencia entre tasa nominal anual y
tasa efectiva anual.
13. Las tasas de interés A, B y C son tasas efectivas anuales de interés con distintas
capitalizaciones, donde la tasa nominal anual de interés es 10% para las tres.
i. 10,25%
ii. 10,47%
iii. 10,38%
Sin realizar ningún tipo calculo, determinar cuál es la tasa efectiva anual con
capitalizaciones mensuales, trimestrales y semestrales. Justificar la respuesta.
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Métodos Cuantitativos Aplicados a la Selección y Asesoramiento en Productos de Inversión
14. Un banco paga una tasa nominal anual del 15%. ¿Cuál es la tasa efectiva anual
utilizando las siguientes capitalizaciones?
i. Anual
ii. Cuatrimestral
iii. Diaria
15. ¿Cuál es la diferencia entre una tasa adelantada y una tasa vencida?
16. ¿Cuál es la relación que mide la tasa de interés adelantada y la tasa de interés
vencida?
17. Si un inversor tiene la posibilidad de invertir en un activo financiero que paga una
tasa de interés anual adelantada del 12% y otro activo financiero que paga una
tasa de interés anual vencida del 12%, ¿cuál elegirá?
18. Un banco promete pagar a los depositantes $10.000 dentro de 3 años a partir de
hoy. Si sabemos que en una inversión con el mismo nivel de riesgo se puede ganar
un 10% anual (costo de oportunidad), ¿cuánto es el valor máximo que estamos
dispuestos a depositar para recibir $10.000 dentro de 3 años?
19. Un inversor puede elegir entre recibir $50.000 en 10 años a partir de hoy o recibir
un determinado monto de dinero hoy. Sabiendo que el inversor puede invertir a
una tasa del 5% anual ¿qué monto haría que el inversor estuviera indiferente entre
recibir el monto de dinero ahora o en el futuro?
19
61
Módulo 4
Instrumentos del Mercado de
Capitales.
El objetivo general del Módulo es que el lector adquiera conocimiento acerca de los
diferentes instrumentos financieros que se encuentran disponibles en el Mercado de
Capitales y cuáles son sus principales características. Asimismo, se busca que se
comprendan y apliquen otros conceptos intrínsecos o derivados de tales instrumentos que
son mencionados comúnmente en el mundo financiero.
Objetivos de Aprendizaje
Se pretende que el lector conozca y comprenda:
1.
Cuáles son los agentes económicos que intervienen en el
Mercado de Capitales y qué funciones cumplen en el proceso de
Intermediación Financiera y Formación de precios.
2.
Cómo es el financiamiento a través del Mercado de Capitales.
3.
Los distintos tipos de Instrumentos
características y diferencias.
4.
Los Instrumentos Financieros que pueden ser emitidos por
Pequeñas y Medianas Empresas y los beneficios dispuestos en
los regímenes del marco regulatorio argentino.
63
Financieros,
sus
Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Instrumentos del Mercado de Capitales.
1. FINANCIAMIENTO E INTERMEDIACIÓN.
En esta sección definiremos el proceso de Financiamiento a través del Mercado de
Capitales para lo cual se desarrollarán los conceptos de las distintas formas de
Intermediación Financiera. En primer lugar, se explicará el comportamiento de los
agentes económicos y su incidencia en el proceso de intermediación. El análisis será
complementado con las descripciones y ejemplos de las formas de Intermediación
directa e indirecta. Estos conceptos son el punto de partida para comprender cómo
funciona el Financiamiento mediante el Mercado de Capitales.
EL ROL DE LOS AGENTES ECONÓMICOS.
En la economía existen agentes económicos que disponen de excedentes de caja y
otros que necesitan de dichos excedentes para consumir o invertir. Definamos tres
tipos de agentes económicos: las familias, las empresas y el Gobierno.
Los tres tipos de agentes económicos realizan día a día actividades productivas y por
lo tanto generan ingresos y egresos. La diferencia entre ingresos y gastos se llama
“ahorro” (o “desahorro” en el caso en que los egresos sean mayores a los ingresos).
De esta manera, tanto las familias como las empresas y también los Gobiernos tienen
la posibilidad de generar excedentes de ingreso por sobre sus egresos y por tanto
tienen la capacidad potencial de ahorrar.
En tales casos, aquellos que disponen de dinero excedente y aquellos que tienen
necesidades de tomar préstamos, recurren a los intermediarios financieros para
satisfacer sus objetivos.
Los primeros desean entregar su dinero a los intermediarios financieros a cambio de
su devolución futura con su correspondiente interés. Los tomadores de fondos, en
cambio, desean utilizar dicho dinero durante un tiempo y están dispuestos a
devolverlo y a pagar un interés por dicha utilización. A través de un intermediario
financiero, se produce el intercambio entre el dinero y los compromisos asumidos.
Estos compromisos de pago asumidos se instrumentan mediante la emisión de
instrumentos financieros.
FORMAS DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA.
De acuerdo a lo desarrollado en el punto anterior, podemos definir a la
intermediación financiera como el proceso mediante el cual existe un mediador
(intermediario financiero) que conecta las necesidades de los agentes económicos
deficitarios que requieren tomar préstamos (siempre que estén dispuestos a pagar un
2
64
Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Instrumentos del Mercado de Capitales.
interés) con los agentes económicos superavitarios que proveen sus recursos
financieros (siempre que sean remunerados en forma adecuada). A continuación, se
definen las dos formas de Intermediación Financiera: Indirecta y Directa o también
denominada “Desintermediación”.
A) INTERMEDIACIÓN FINANCIERA INDIRECTA.
La intermediación financiera indirecta se produce cuando existe un agente
económico (los bancos y otras entidades financieras) que captan depósitos de los
agentes superavitarios pagándoles un interés y luego prestan dicho dinero a los
agentes deficitarios cobrándoles un interés.
EL FINANCIAMIENTO A TRAVÉS DEL SISTEMA FINANCIERO.
Este tipo de financiamiento se produce fundamentalmente entre las entidades
habilitados para intermediar entre la oferta y demanda de dinero (entidades
financieras).
El valor agregado por los intermediarios financieros es la resultante de un proceso
conocido como proceso de transformación, que a su vez puede ser clasificado de la
siguiente forma:
Transformación de Plazos: Cuando vamos a un banco a realizar un depósito a plazo
fijo normalmente tratamos de colocar nuestros fondos al menor plazo posible. En
cambio, cuando pedimos prestado, pretendemos hacerlo al mayor plazo posible.
Frente a esta situación, la función de los bancos es transformar el dinero que obtienen
por depósitos de corto plazo en préstamos que vencen en el largo plazo. En definitiva,
los bancos deben buscar permanentemente la renovación de los depósitos. En
definitiva, los bancos deben buscar permanentemente la renovación de los depósitos.
Transformación de Montos: Cuando hacemos un depósito en un banco,
generalmente los importes son pequeños o medianos. En cambio, cuando alguien
pide un préstamo, por ejemplo, las empresas, los fondos solicitados son importes
medianos o altos. Entonces, para poder otorgar un préstamo (grande) los bancos
deben tomar muchos depósitos (chicos).
Transformación de Riesgo: Cuando prestamos nuestros ahorros a una persona o
empresa asumimos directamente el riesgo de incumplimiento de su compromiso. O
sea, el riesgo de que no devuelva el dinero y no recobrar los fondos. Cuando los
ahorristas depositan en un banco, si bien este vuelve a prestar el dinero a muchas
otras personas y empresas, también asume el compromiso con el ahorrista. De este
modo, el riesgo que asume cada depositante se encuentra diversificado entre todos
los préstamos otorgados por el banco.
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65
Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Instrumentos del Mercado de Capitales.
El valor agregado por el banco, mediante los distintos procesos de transformación,
se remunera mediante el margen o spread de intermediación financiera, definido
como la diferencia entre la tasa activa (tasa de interés promedio que cobra el banco
por prestar) y la tasa pasiva (tasa de interés promedio que se paga por los depósitos
captados).
B) INTERMEDIACIÓN FINANCIERA DIRECTA O
“DESINTERMEDIACIÓN”
La intermediación financiera directa o “desintermediación” se produce cuando
se relacionan los agentes económicos deficitarios (empresas, Gobierno) que obtienen
financiamiento directamente a través de la emisión de valores negociables, los cuales
son adquiridos por agentes superavitarios (inversores), quienes asumen los riesgos
de otorgar recursos al agente deficitario. Cabe destacar que el financiamiento puede
instrumentarse no sólo mediante el endeudamiento (emitiendo títulos de deuda) sino
también incrementado su capital (emitiendo acciones). Estos instrumentos
financieros -títulos de deuda y acciones- serán definidos en detalle en este Módulo.
En este proceso donde se relacionan directamente los agentes superavitarios y
deficitarios, sin la presencia de un intermediario financiero -por eso la denominación
de “desintermediación”-, se registra una negociación de una mayor cantidad de
dinero, con costos operativos y de intermediación menores que los incurridos
mediante la intermediación financiera indirecta.
Adicionalmente, y de especial relevancia para los objetivos buscados en todos los
Módulos de este documento, el cual pretende prioritariamente ilustrar sobre formas
de administración de patrimonios, merece destacarse que la “desintermediación”
favorece la canalización de los recursos de ahorro hacia la inversión al poner a
disposición de los agentes económicos, sin la intermediación de agentes financieros,
una amplia gama de instrumentos financieros que proporcionan no solo la
transferencia de fondos sino también la de riesgos.
EL FINANCIAMIENTO A TRAVÉS DEL MERCADO DE CAPITALES.
Tal como se ha definido en el Módulo 1, el Mercado de Capitales es el ámbito donde
se ofrecen públicamente valores negociables u otros instrumentos previamente
autorizados para que, a través de la negociación de los agentes habilitados, el público
realice actos jurídicos, todo ello bajo supervisión de la Comisión Nacional de
Valores.
A través del Mercado de Capitales, los inversores encuentran diversos instrumentos
financieros (objeto de estudio del presente Módulos) que podrán satisfacer las
distintas necesidades de aquellos que cuentan con excedentes de dinero y buscan
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66
Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Instrumentos del Mercado de Capitales.
canalizar sus inversiones dentro de un marco de protección para los derechos del
inversor. Por su parte, quienes requieren financiamiento, disponen del ámbito
apropiado para ofrecer los instrumentos que reúnen características adecuadas
conforme a su perfil y necesidades.
Se puede mencionar las siguientes ventajas para el inversor que invierte en el
Mercado de Capitales:
Mercados regulados y supervisados por la Comisión Nacional de Valores.
Normas estrictas que regulan las operaciones y que hacen a la protección del
inversor.
La posibilidad de obtener inversiones más rentables y con mayor liquidez.
La formación de precios de los valores negociables es pública y surge de libre
juego de la oferta y la demanda en los mercados.
Transparencia. Información periódica de las emisoras (Balances, Hechos
Relevantes, Actas de Directorio, etc.).
Recordemos que el inversor, asume los riesgos que involucra la adquisición de
instrumentos con la participación de intermediarios que no asuman responsabilidades
respecto a las obligaciones contenidas en los mismos.
Adicionalmente, mencionaremos algunas de las ventajas de financiarse mediante el
Mercado de Capitales.
Es un canal directo de financiación.
Otorga mayor liquidez para afrontar sus obligaciones financieras.
Permite un financiamiento constante a costos menores.
Estructuración de deuda acorde al perfil de la empresa.
Ofrece distintas alternativas de inversión para diversos inversores.
Incorpora nuevos socios de negocio como inversores.
Permite una valuación objetiva de la empresa.
Fortalece y prestigia de la imagen empresarial.
COLOCACIÓN DE ACTIVOS.
El rol del Mercado de Capitales es permitir la canalización del ahorro a través de la
inversión en valores negociables. Una de las formas en las que puede clasificarse el
Mercado de Capitales es a través del tipo de colocación de los valores negociables:
•
Mercado Primario (colocación primaria): es aquel donde se emiten nuevos
valores negociables, otorgándole, de esta forma, no solo financiamiento a las
empresas o colaborando con el aumento o conformación de sus recursos, sino que
también los ofrece a los inversores una amplia gama de instrumentos financieros
con diversas relaciones de riesgo y rentabilidad.
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67
Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Instrumentos del Mercado de Capitales.
•
Mercado Secundario (negociación secundaria): es aquel donde se compran y
venden valores negociables ya emitidos. Este mercado otorga liquidez a los
tenedores de activos financieros, pero no le proporcionan dinero al emisor de
dichos activos, ya que las operaciones se realizan entre los inversores.
Por ejemplo, cuando un inversor compra una acción emitida por una empresa en
suscripción inicial, está operando en el Mercado Primario. Una vez que es poseedor
de esa acción puede recurrir al Mercado Secundario para venderla y hacerse de
dinero.
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Instrumentos del Mercado de Capitales.
2. TIPOS DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS.
El Mercado de Capitales proporciona múltiples instrumentos de financiación que las
empresas, el Gobierno o los inversores individuales pueden utilizar según sus
necesidades económicas, ya sea el financiamiento de capital de trabajo, de bienes de
capital o proyectos de inversión.
INSTRUMENTOS DE RENTA VARIABLE.
Los Instrumentos de Renta Variable son aquellos en los cuales el cronograma de
flujos de fondos es desconocido para el inversor al momento de la emisión y/o de la
compra del instrumento, ya que dependen de diversos factores como el desempeño
de una empresa, la evolución del mercado y de la economía, entre otros. En general,
puede esperarse una mayor/menor rentabilidad en las inversiones de instrumentos de
renta variable, aunque presentan un mayor riesgo en el largo plazo. A continuación,
se definirán los principales Instrumentos de Renta Variable que se negocian en el
Mercado de Capitales.
ACCIONES.
Las acciones representan cada una de las partes en que se divide el capital social de
las empresas constituidas jurídicamente bajo la forma de “sociedad anónima”.
Una acción es un valor negociable que representa un determinado porcentaje de
propiedad de la empresa y representan derechos sobre las ganancias y sobre los
activos de la empresa. Las acciones son consideradas inversiones de largo plazo
porque no tienen fecha de vencimiento.
Existen diversas clases de Acciones, siendo las principales:
•
Acciones Ordinarias: son aquellas que otorgan derecho a voto y poseen
derechos económicos en igual proporción a su participación en la empresa.
•
Acciones Preferidas: son aquellas que otorgan una preferencia económica
o dividendos de cobro preferente con respecto a las acciones ordinarias.
Normalmente, establecen un pago fijo de dividendos periódico con prioridad
sobre los dividendos de las acciones ordinarias. A diferencia de las acciones
ordinarias, las acciones preferidas carecen del derecho a voto, excepto en
situaciones especiales como la disolución de la sociedad.
Los inversores que compran acciones se convierten en socios de las empresas,
teniendo derecho de participar en las Asambleas, derecho a las ganancias de la
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Instrumentos del Mercado de Capitales.
empresa cuando se distribuyen en forma de dividendos y derecho a recibir su parte
proporcional del patrimonio de la empresa en caso de liquidación de la sociedad.
Las empresas podrán decidir el pago de dividendos (en efectivo o en acciones),
mediante la aprobación en Asamblea, sólo si su negocio es rentable durante un
período y de la política de distribución que adopte la compañía.
Los inversores pueden ganar un retorno de la acción a través de dos fuentes:
o Ganancia o pérdida de capital: si el precio de la acción sube o baja a lo largo
del período de inversión.
o Renta: si la empresa paga dividendos. Los dividendos son los pagos que realiza
una empresa a sus accionistas para retribuir el capital.
CEDEAR, ADR, GDR Y EURODR.
Existen instrumentos financieros representativos de otros activos que pueden tener o
no oferta pública en el país donde se están adquiriendo. De esta forma el inversor
puede acceder a valores negociables que cotizan en mercados internacionales y a
todos los derechos que los activos le otorgan los tenedores.
CEDEAR (Certificado de Depósito Argentinos): representan una determinada
cantidad de instrumentos financieros (valores negociables o acciones) de otras
sociedades, no autorizadas para su oferta pública en el mercado argentino. La
CNV únicamente admite la emisión de CEDEAR de aquellos instrumentos que
tienen cotización en el mercado internacional con el cual, la CNV posee
acuerdo de intercambio de información.
ADR (American Depositary Receipt): son certificados que acreditan el
depósito en un banco de Estados Unidos de valores negociables emitidos fuera
de aquel país.
EDR y GDR: estos instrumentos son comparables a los ADR. Son certificados
representativos de depósitos de firmas no europeas y de otros países que
cotizan en bolsas de Europa y el resto del mundo, respectivamente.
CERTIFICADOS DE VALORES (CEVA)
Los Certificados de Valores (CEVA) son valores negociables representativos de un
conjunto de diferentes especies de valores negociables que, a su vez, fueron
seleccionados de acuerdo a la composición de un determinado índice o siguiendo un
criterio de categorización. Los CEVA agrupan diversas especies -valores
negociables- bajo un único certificado. Una particularidad de los CEVA es que la
cantidad de activos que conforman la cartera permanece fija durante la vida del
instrumento. La normativa de la CNV establece que tienen un plazo máximo de tres
años con posibilidad de ser renovado.
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Instrumentos del Mercado de Capitales.
INSTRUMENTOS DE RENTA FIJA.
Los Instrumentos de Renta Fija son aquellos que conllevan una promesa de pago
establecida, es decir, que su flujo de fondos se puede proyectar en forma anticipada
en base a los términos de dicha promesa. La promesa incluye los intereses y la
devolución del capital.
Cuando las empresas o los Gobiernos necesitan obtener financiación pueden solicitar
un préstamo bancario o recurrir al mercado de capitales, emitiendo instrumentos de
renta fija conocidos como Títulos de Deuda.
Los Títulos de Deuda son valores negociables emitidos por una persona jurídica que
promete devolver los fondos captados, en forma y plazos claramente definidos. A su
vez, quien compra dicho instrumento adquiere los derechos sobre los compromisos
financieros asumidos por el emisor, transformándose en su acreedor.
Comúnmente, los Títulos de Deuda emitidos por el Estado Nacional, Provincial o
Municipal suelen ser llamados Títulos Públicos mientras que aquellos que son
emitidos por empresas son conocidos como Obligaciones Negociables.
Seguidamente se consignan las diferentes clases de emisores de Títulos de Deuda
(Bonos) y los distintos tipos de inversores o compradores de los mismos:
Emisores de Bonos
Gobierno
Empresas
Inversores en Bonos
Bancos
Inversores Institucionales (FCI, compañías de
seguros, etc.)
Empresas
Individuos
Los contratos de emisión – o Prospectos de Emisión – son las bases técnicas para
regular las relaciones financieras entre las partes intervinientes (inversor y emisor).
En el mismo se establece el cronograma de devolución del capital - o amortización y el cronograma y monto de pago de intereses - o renta -.
En el siguiente cuadro, se detallan algunas de las principales características:
Condiciones de Emisión
Concepto
Fecha de emisión.
Fecha en que la deuda entra en vigencia
Fecha de
Vencimiento.
Fecha en que se extingue la deuda.
Emisor.
Persona jurídica que emite la deuda, deudor.
9
71
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Instrumentos del Mercado de Capitales.
Ley Aplicable.
Jurisdicción Legal que rige para el arreglo de
disputas.
Cronograma de
pago de intereses.
Detalle de las fechas en que se pagarán los
intereses del bono
Cronograma de
amortización.
Detalle de fechas en que se pagará la
amortización del bono.
Moneda de pago.
Moneda en la que se efectuarán los pagos de
amortización e intereses.
En el siguiente cuadro, se detallan las formas más usuales para amortizar un bono:
Forma de Amortización
Concepto
Bullet - 100% al
vencimiento.
El 100% del capital es devuelto al
vencimiento
Pagos parciales antes
del vencimiento.
Existen pagos parciales de capital con un
calendario preestablecido en las condiciones
de emisión
Perpetuidad.
No tiene amortización y tampoco
vencimiento. El flujo de fondo consta de un
pago perpetuo de intereses.
En el siguiente cuadro, se detallan las formas más usuales de pago de cupón de un
bono:
Tipos de Cupón
Cupón Fijo.
Descripción
El pago de cupón de renta establecido en las
condiciones de emisión se calcula en base a una
tasa de interés fija que se multiplica por el valor
residual del bono (si el bono nunca amortizó el
valor residual será igual al valor nominal)
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Instrumentos del Mercado de Capitales.
Cupón Flotante.
En el caso de un bono de cupón flotante, la tasa
de cupón cambiará en función de una tasa de
interés de referencia. Por ejemplo: la tasa Libor
en el mercado internacional o la tasa BADLAR
en el mercado local.
Cupón Creciente.
Son cupones de tasas fijas o preestablecidas
pero dichas tasas crecen en la medida en que el
bono madura.
Cupón Diferido.
Son cupones de interés que se devengan, pero no
se pagan, sino que se capitalizan (o adicionan)
al valor residual del bono. La capitalización
puede suceder durante un cierto período
(llamado período de gracia) o a lo largo de toda
su vida. Luego del período de diferimiento (o
gracia), estos bonos comienzan a pagar cupones
de interés que se calculan sobre el monto de
capital residual más los intereses capitalizados.
Cero Cupón.
No devengan ni pagan cupón. No poseen cupón
de renta según sus condiciones de emisión.
Estos bonos solo prometen el pago del valor
nominal al vencimiento. Siempre cotizan a
descuento respecto de su valor nominal puesto
que este es el pago futuro de la promesa y por
tanto su valor presente debería contemplar un
descuento respecto de este valor.
Valor Nominal o Valor Facial o Valor Par: es el valor total de la deuda original.
Amortización: es la devolución del valor nominal (capital de la deuda). Las condiciones
de emisión del bono pueden establecer un pago al vencimiento o varios pagos a lo
largo de la vida del mismo.
Valor Residual: es la porción de la deuda original que aún no amortizó. El valor residual
disminuye en cada período de amortización. Puede encontrarse expresado como un
monto en pesos o bien como porcentaje del valor nominal.
Valor Residual = Valor Nominal - Amortizaciones
Valor Técnico: es el valor de rescate teórico del bono en cada momento a lo largo de la
vida del bono, se compone del valor residual más los intereses corridos.
Si el emisor pudiera rescatar la deuda antes de su vencimiento, debería pagar el valor
técnico.
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Instrumentos del Mercado de Capitales.
Valor Técnico = Valor Residual + Intereses Corridos
Intereses corridos: son los intereses devengados hasta el momento actual durante el
período en curso. Al inicio de cada período de renta los intereses corridos son iguales
a cero. Al final de cada período de renta los intereses corridos son iguales al pago
comprometido de intereses (cupón de renta).
TIR: es la tasa interna de retorno. Esta tasa de interés iguala el valor de la inversión
con el valor presente del flujo de fondos que se recibirá en el futuro.
RIESGO DE BONOS.
Riesgo de Crédito: El principal riesgo de los instrumentos de deuda está asociado a
la probabilidad de incumplimiento por parte del emisor de la deuda con el pago en
tiempo y forma de capital e intereses. El riesgo de crédito está relacionado a la
capacidad de pago del deudor, y se refiere a la posibilidad de que éste se declare
insolvente o en cesación de pagos. Las calificaciones crediticias son indicadores muy
utilizados para la gestión de carteras de créditos.
Riesgo Precio: Mientras que el pago de intereses de la mayoría de los bonos es fijo
y el monto del principal se amortiza o no en diferentes etapas (según lo defina su
Programa de Emisión), el precio de mercado del bono varía durante su vida cuando
las condiciones de mercado cambian. El riesgo precio radica en la posibilidad de que
el precio del bono pueda bajar en el futuro. La variación del precio depende en gran
medida de los cambios en la tasa de interés del instrumento. Cuando la tasa de interés
sube, el precio del bono baja y viceversa.
Riesgo Reinversión: Como sabemos, una de las tres fuentes de retorno de un bono
es lo que se obtiene a partir de reinvertir los cupones que ya se pagaron. Por lo tanto,
un cambio en la tasa de reinversión o interés va a afectar el retorno del bono. El
Riesgo Reinversión radica en la posibilidad de que los fondos procedentes de los
pagos intermedios de intereses y de principal (si fuera el caso de amortizaciones
previas el vencimiento) deban ser reinvertidos a menor tasa de interés.
INSTRUMENTOS DE
EMISORES PRIVADOS.
RENTA
FIJA
EMITIDOS
POR
Las Obligaciones Negociables (ON) son bonos emitidos por empresas. Representan
una relación de préstamo entre el emisor y el inversor. El segundo se constituye, al
adquirir este tipo de instrumentos, en un acreedor de la empresa, la cual asume un
compromiso de devolución en tiempo y forma del capital más los intereses pactados.
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Instrumentos del Mercado de Capitales.
En el prospecto de emisión de las ON deben estar detalladas las características del
instrumento, desde información de la entidad hasta la moneda de pago, plazos de
amortización, interés a pagar y garantías. Las condiciones de emisión pueden variar
según el emisor. Las ON pueden ser emitidas en forma individual (denominadas
series individuales) o a través de un programa global. Este último consiste en un
procedimiento mediante el cual la empresa busca ampliar la deuda emitida mediante
una o más emisiones de Obligaciones Negociables.
Podemos clasificar este instrumento de la siguiente manera:
Obligaciones Negociables Simples: el tenedor de este tipo de ON se constituye
en acreedor u obligacionista de la empresa emisora, la cual se compromete a
devolver el capital prestado más los intereses. Los inversores pueden conservar
el instrumento hasta el vencimiento y recibir los pagos de cupones de
amortización y los de renta (que se establecieron previamente en el prospecto
de emisión).
Obligaciones Negociables Convertibles: a diferencia de las ON simples,
confieren al inversor la posibilidad de cancelar la relación de crédito mediante
el canje por una determinada cantidad de acciones representativas del capital
social de la empresa emisora. La relación de conversión deberá estar expuesta
en el prospecto de emisión.
Paralelamente, existen las Obligaciones Negociables PYMES, las cuales son
emitidas por empresas que participan del régimen diferenciado de oferta publica y
cotización, a fin de proteger las emisiones de pequeñas y medianas empresas. Los
beneficios de este régimen se verán al final del Módulo.
Los Valores de corto plazo (VCP) son valores negociables representativos de deuda
de corto plazo, cuya duración máxima puede alcanzar los 365 días y pueden ser
ofertados públicamente con exclusividad a los Inversores Calificados enumerados en
la normativa CNV. Este instrumento demanda menores requisitos de información,
los cuales son necesarios cumplimentar por parte de la sociedad emisora. Esto
converge en una mejora en los tiempos de acceso al financiamiento y en una
disminución de los costos de la emisión.
Los Cheques de Pago Diferido (CPD) son órdenes de pago a pagarse en una fecha
determinada, posterior a la fecha de su libramiento, contra un banco u otra entidad
financiera autorizada, en la cual el librador, a la fecha de vencimiento del
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Instrumentos del Mercado de Capitales.
instrumento, debe disponer de los fondos correspondientes que deben estar
depositados a su orden en cuenta corriente bancaria.
También puede poseer una autorización para girar en descubierto (librar sin
necesariamente tener los fondos a cambio de una prima cobrada por el banco) por el
monto a cancelar indicado en el cheque.
Los CPD son órdenes de pago con un plazo máximo de emisión de 360 días. El
inversor lo compra a un valor inferior al que recibirá cuando venza el instrumento
(cupón cero).
La Letra de Cambio es un título de crédito de valor formal y completo que contiene
una orden incondicionada y abstracta de hacer pagar a su vencimiento al tomador o
a su orden, una suma de dinero en un lugar determinado, vinculando solidariamente
a todos los que en ella intervienen. Las letras de cambio cuentan de autorización de
oferta pública y podrán ser negociadas en Mercados bajo competencia de la Comisión
Nacional de Valores.
El Pagaré bursátil, es un valor de deuda que puede ser negociado en los Mercados
autorizados en forma exclusiva por PYMES. Su instrumentación es similar a la del
Cheque de Pago Diferido, pero a un plazo más extendido, ya que los Pagarés podrán
emitirse de 1 a 3 años” (CNV) y por un monto mínimo de $100.000. Los Pagarés se
encuentran avalados por Sociedades de Garantía Recíproca. Su negociación podrá
ser individual o bien agrupada en lotes de Pagarés, a efectos de conformar un flujo
de fondos.
Este instrumento presenta un mayor plazo que los cheques de pago diferido, pero el
monto de emisión es considerablemente menor que en las ON y los Fideicomisos
Financieros, permitiendo una rápida financiación de las operaciones en forma directa
a través de un Agente autorizado, garantizada por una Sociedad de Garantía
Recíproca (SGR), sin la obligación de generar un Prospecto ni autorización previa
por parte de la Comisión Nacional de Valores.
Las SGR son sociedades comerciales que tienen por objeto facilitar el acceso al
crédito a las pequeñas y medianas empresas (pymes), a través del otorgamiento de
avales. Las SGR no prestan dinero, sino que permiten que las pymes accedan a
mejores oportunidades en cuanto a plazo, tasa y condiciones de crédito financiero y
comercial.
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Instrumentos del Mercado de Capitales.
El Warrant es un título de crédito que permite que el dueño de una mercadería
(frutos, produtos agrícolas, ganaderos, forestales, mineros o de manufacturas
nacionales, depositados en almacenes fiscales o de terceros) pueda darla en custodia
a una empresa para obtener a cambio la emisión de un Certificado de Depósito. Con
estos títulos se pueden obtener créditos en entidades bancarias, y de esta forma
conseguir capital de trabajo antes de vender sus productos.
Los certificados de depósito y los warrants cuentan de autorización de oferta pública
y podrán ser negociados en Mercados bajo competencia de la Comisión Nacional de
Valores.
Los Certificados de Depósito a Plazo Fijo son instrumentos que reflejan una
operación financiera por la un banco o entidad financiera reconoce al inversor una
rentabilidad por el depósito e inmovilización de una suma de dinero por un plazo
determinado. Se admiten a negociación en el mercado aquellos constituidos a 365
días o por el plazo mayor que al efecto pueda establecer el BCRA. Cuentan con
autorización de oferta pública.
INSTRUMENTOS DE
EMISORES PÚBLICOS.
RENTA
FIJA
EMITIDOS
POR
Los bonos emitidos por el Estado Nacional, Provincial o Municipal son denominados
Títulos Públicos. Como se mencionó anteriormente en la definición de Títulos de
Deuda, son promesas de pago mediante la cual, en este caso el Estado, se compromete
a devolver el capital más los intereses correspondientes a los emisores. Tanto
inversores individuales como institucionales pueden acceder a estos instrumentos,
siendo una de las formas más habituales de financiamiento de los Estados
provinciales, municipales y nacionales.
Los Bonos Soberanos son Títulos Públicos emitidos exclusivamente por el Gobierno
Nacional.
Considerando la normativa vigente en la República Argentina, Ley 24.156/92
“Administración Financiera y de los Sistema de Control del Sector Público
Nacional”, se entenderá por crédito público la capacidad que tiene el Estado de
endeudarse con el objeto de captar medios de financiamiento para realizar
inversiones reproductivas, para atender casos de evidente necesidad nacional, para
reestructurar su organización o para refinanciar sus pasivos, incluyendo los intereses
respectivos (Art. 56).
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Instrumentos del Mercado de Capitales.
INSTRUMENTOS DE RENTA FIJA EMITIDOS POR EL
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (BCRA).
El Banco Central de la República Argentina realiza la emisión de LEBACs y
NOBACs con el fin de ejecutar “operaciones de regulación monetaria”, es decir
controlar la cantidad de Pesos en circulación de la economía.
Las Letras del BCRA, LEBAC, son títulos valores de corto y mediano plazo licitados
por tal entidad. Son instrumentos que pueden otorgar gran liquidez a corto plazo a
los inversores dado que se puede acceder a ellos por plazos cortos a través de bancos
o agentes habilitados. Son emitidas bajo la modalidad “cupón cero” hasta un plazo
máximo de 2 años. Esto implica que amortizan enteramente al vencimiento y no
realizan pagos de intereses. Por lo tanto, el precio de adquisición es inferior al valor
nominal. La diferencia entre ambos valores es el interés o rendimiento que genera.
Las Notas del BCRA, NOBAC, se diferencian de las LEBACs ya que son títulos de
mediano plazo (mínimo un año y máximo cuatro años). En este caso se hacen pagos
trimestrales de intereses, según las Condiciones de Emisión del instrumento. El pago
del principal es pagado al vencimiento.
3. INTRODUCCIÓN A LOS INSTRUMENTOS
DERIVADOS.
La gestión de riesgos es central en la administración de inversiones. Los
administradores de inversiones continuamente identifican, miden y administran
riesgos. Un instrumento derivado es aquel que nace a partir de la existencia de un
bien llamado activo subyacente. El valor y la rentabilidad de estos instrumentos se
derivan del precio del activo subyacente, de ahí su nombre o denominación de
instrumento derivado. Ejemplos de instrumentos financieros derivados son las
Opciones, los Contratos de Futuro, Contratos de Forwards, Derivados de Créditos y
Swaps.
OPCIONES.
Una Opción es un instrumento financiero que otorga a la parte compradora el
derecho (pero no la obligación) de comprar o de vender un activo subyacente a un
precio fijo en una fecha futura determinada.
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Instrumentos del Mercado de Capitales.
Hay dos tipos de opciones:
•
•
CALL (Opción de Compra). Otorga al comprador el derecho de comprar
un activo subyacente a un precio determinado. Por su parte, el vendedor de
la opción call, al cobrar una prima, asume la obligación de vender el activo
a un precio determinado al comprador, siempre que este decida hacer uso del
derecho adquirido.
PUT (Opción de Venta). Otorga al comprador el derecho de vender un
activo subyacente a un precio determinado. Por su parte, el vendedor de la
opción put, al cobrar la prima, asume la obligación de comprar el activo a un
precio determinado al comprador, siempre que este decida hacer uso del
derecho adquirido.
El Precio de Ejercicio es el precio fijo al que el activo subyacente puede ser
comprado o vendido y es pactado entre las partes al inicio del contrato. El comprador
o tenedor de la opción tiene el derecho de ejercer la opción y lo va a hacer únicamente
si las condiciones son favorables.
Se conoce como Prima al precio que el comprador (tomador) debe pagar al vendedor
(lanzador) al inicio del contrato por adquirir el derecho (a comprar o vender). Como
el comprador de un CALL tiene el derecho de comprar el activo, el vendedor de la
opción tiene el compromiso potencial de tener que vender el activo. Como el
comprador de un PUT tiene el derecho de vender el activo, el vendedor del PUT tiene
el compromiso potencial de tener que comprar el activo.
Finalmente, también podemos clasificar a las opciones según el momento en el cual
pueden ejercerse:
Opción Europea: el derecho sólo se puede ejercer al vencimiento.
Opción Americana: el derecho puede ejercerse en cualquier momento.
CONTRATOS DE FUTUROS FINANCIEROS Y FORWARDS.
Un Contrato Futuro es un acuerdo de compraventa entre partes mediante el cual el
comprador acuerda comprar al vendedor un activo subyacente en una fecha futura a
un precio acordado hoy. Los futuros cotizan en mercados organizados y son contratos
tipificados. Las cantidades y los vencimientos de los activos negociados a futuro
están preestablecidas por el mercado donde se negocian. A su vez, dicho mercado
puede cumplir con el rol de cámara de compensación (o clearinghouse), lo que
implica que las partes operen sin asumir riesgo de crédito o incumplimiento, ya que
la contraparte del comprador o vendedor es el Mercado.
A diferencia de las opciones, en un contrato futuro ambas partes tienen la obligación
de cumplir con el acuerdo. Cada día, el contrato futuro es cotizado en el mercado y
su precio cambia en respuesta a nueva información. La ganancia / pérdida para cada
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Instrumentos del Mercado de Capitales.
parte en un contrato de futuro depende de la diferencia entre el precio pactado y el
precio de mercado al momento de liquidar la operación.
Los compradores del contrato se benefician ante un aumento del precio de mercado
del activo y se perjudican ante una baja del mismo. Los vendedores del contrato se
benefician ante una disminución del precio de mercado del activo y se perjudican ante
una suba del mismo.
Un contrato de Forward es también un contrato en los cuales las dos partes
intervinientes se comprometen a realizar un intercambio específico en una
determinada fecha futura, solo que, a diferencia de los Futuros, no están
institucionalizados. En este sentido, el contrato se negocia directamente entre
comprador y vendedor y los términos del mismo se ajustan a sus intereses (no están
estructurados como ocurre en los Contratos de Futuros). Ambos contrayentes están
expuestos al riesgo de cesación de pagos de su contraparte.
DERIVADOS DE CRÉDITO.
Los derivados de crédito son instrumentos financieros que permiten transferir de
manera total o parcial el riesgo de crédito inherente a un activo subyacente o conjunto
de activos subyacentes, sin transferir su titularidad. Los contratos de derivados
crediticios son acuerdos bilaterales en los que el comprador del instrumento mantiene
la tenencia del activo subyacente y paga al vendedor del mismo una prima, o serie de
primas durante la vigencia del contrato. A cambio de ésta última, el vendedor del
seguro se compromete a realizar un pago contingente si ocurriera un “evento
crediticio”, el cual se define de manera previa en el contrato. Un ejemplo de este tipo
de instrumento son los Seguros contra Default. El “evento crediticio” o de crédito es
establecido y negociado en el contrato entre el comprador y el vendedor del seguro,
a fin de determinar los riesgos derivados de los activos que se cubren. Los eventos
de crédito más comunes son bancarrota, incapacidad de pago y una reestructuración
de deuda.
SWAPS.
Los swaps son contratos entre dos partes para realizar un intercambio de flujos de
caja en el futuro. Se especifica en el contrato la forma en la que los pagos serán
calculados y las fechas de intercambio de los mismos. Los más conocidos son los
swaps de monedas y los de tasas de interés. A diferencia de los contratos de Forwards,
los swaps llevan a cabo diferentes intercambios de flujos de efectivo en diferentes
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Instrumentos del Mercado de Capitales.
fechas futuras y no solo en una. Por ello es que se puede ver a un swap como un
conjunto de contratos Forwards. El tipo de acuerdo swap más conocido es el de tipo
de interés plain vanilla. Consiste en que una de las partes acuerda pagar flujos de
efectivo con intereses a una tasa fija en un plazo acordado y a cambio recibe intereses
a una tasa variable durante el mismo período.
4. PRODUCTOS DE INVERSIÓN COLECTIVA:
FONDOS COMUNES DE INVERSIÓN,
FIDEICOMISOS FINANCIEROS Y ETF.
En esta sección se abordarán otros Instrumentos Financieros disponibles en el
Mercado de Capitales, los Productos de Inversión Colectiva definidos como: el
conjunto de recursos, bienes o derechos de un grupo de inversionistas, entregado a
un tercero para su gestión e inversión en bienes, derechos, valores, u otros
instrumentos, sean éstos de carácter financiero o de otro tipo, y siempre que el
rendimiento del inversor se establezca en función de los resultados colectivos.
La Ley 26.831 ahonda en el concepto de Productos de Inversión Colectiva de la
siguiente manera: “Productos de inversión colectiva: Fondos Comunes de Inversión
de la ley 24.083, a los fideicomisos financieros de la ley 24.441 y sus modificaciones
y a todos los otros vehículos del mercado de capitales que soliciten autorización para
emisiones de oferta pública a la Comisión Nacional de Valores.”
FONDO COMÚN DE INVERSIÓN (FCI).
Un Fondo Común de Inversión (FCI) es un condominio indiviso, integrado por
aportes de un grupo de inversores que tienen los mismos objetivos de rentabilidad y
riesgo respecto de las inversiones que realizan, y delegan a un equipo de
profesionales su administración.
El inversor, al suscribir un Fondo, accede a un portafolio diversificado y
administrado por un grupo de especialistas que siguen determinadas pautas de
retorno y de riesgo en la administración de las inversiones: valores negociables con
oferta pública, contratos de futuros y opciones, metales preciosos, divisas, dinero,
instrumentos emitidos por entidades financieras autorizadas por el Banco Central de
la República Argentina, invertir en un conjunto de bienes reales o personales, derecho
crediticio con garantías reales o sin ellas, entre otros.
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Instrumentos del Mercado de Capitales.
Los FCI brindan a los pequeños y medianos ahorristas la posibilidad de potenciar en
conjunto sus ahorros y actuar en el mercado de capitales, con el criterio y el
profesionalismo de los grandes inversores.
Los órganos del Fondo son el Agente de Administración de Productos de Inversión
Colectiva Fondos Comunes de Inversión y el Agente de Custodia. Normalmente, el
Agente de Administración de Productos de Inversión Colectiva Fondos Comunes de
Inversión diseña un Fondo con el objeto de satisfacer las exigencias de cierto perfil
de inversores.
El Agente de Custodia recibe el dinero al momento de la suscripción. Este dinero
pasa a incrementar el patrimonio del Fondo Común de Inversión y se utiliza para
realizar las inversiones en los activos que constituyen el objeto de inversión del
Fondo. El patrimonio del FCI debe estar separado del resto de los activos del banco,
que actúa como depositario.
Todas las características propias de un Fondo, así como las responsabilidades del
Agente de Administración, Agente de Custodia y su relación con el Fondo y sus
cuotapartistas (las personas que invierten en él) se establecen en un documento
llamado “Reglamento de Gestión”.
El Reglamento de Gestión es un contrato de adhesión, por lo tanto, quienes invierten
en un Fondo adhieren a dicho contrato sin que existan posibilidades de modificación
del mismo o acuerdos extracontractuales válidos para uno o más cuotapartistas en
particular. Su diseño debe contemplar características tales como:
i.
Las políticas y las estrategias de inversión que utilizará para alcanzar el
objetivo del Fondo.
ii.
Los activos a utilizar para llevar adelante la estrategia y alcanzar el objetivo
de inversión.
iii.
La relación riesgo-rentabilidad de la cartera.
iv.
El plazo de liquidación del rescate.
v.
Los honorarios y comisiones aplicables al Fondo.
Los Fondos Comunes de Inversión pueden tener comisiones de ingreso, egreso y
honorarios por administración y custodia. Las mismas no pueden superar el
porcentaje máximo establecido por todo concepto en el Reglamento de Gestión.
Los honorarios de administración y custodia se devengan (calculan) diariamente y
perciben mensualmente. La cuotaparte incluye dichos honorarios, por lo que su valor
ya los considera, no hace falta ningún cálculo adicional.
Comisiones de ingreso: consiste en la aplicación de un porcentaje sobre el monto
que se suscribe.
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Instrumentos del Mercado de Capitales.
Comisiones de egreso: se aplican cuando el cuotapartista procede a gestionar el
rescate de su participación. Estas comisiones se deducen del monto rescatado.
Gastos de suscripción: es un cargo individual que se aplica al inversor al
momento de la suscripción, en concepto de gastos en que el fondo pudiera
incurrir para la adquisición de activos en determinados mercados (Ej. Algún
impuesto en mercados externos).
VENTAJAS DE LOS FCI
Las principales ventajas de los Fondos Comunes de Inversión son las siguientes:
Facilidad de acceso para pequeños ahorristas: los FCI permiten a los
pequeños inversores invertir en determinados instrumentos financieros a los que
les sería imposible acceder por sí solos.
Simplicidad: La colocación de dinero en un FCI y el posterior seguimiento de
su inversión es una tarea muy sencilla. El inversor sólo deberá multiplicar el
valor de la cuotaparte por la cantidad de cuotapartes que posee.
Diversificación: mediante una sola transacción, la persona suscribe cuotapartes
e invierte en todos los activos que componen la cartera del Fondo (acciones,
bonos, depósitos a plazo, etc.).
Eficiencia: los FCI tienen por objetivo maximizar la rentabilidad para un nivel
de riesgo dado. El administrador del Fondo destina recursos y tiempo para
perseguir este objetivo.
Liquidez: el inversor puede rescatar su inversión y hacerse del efectivo en un
plazo relativamente corto y no debe esperar en ningún caso el vencimiento de la
inversión o la realización del activo financiero.
Supervisión: los FCI están regulados y bajo la supervisión de la CNV. Están
sujetos a los requerimientos de información y a las inspecciones que la entidad
estipule.
Seguridad: los FCI se constituyen como un “condominio indiviso” que
legalmente y contablemente está separado del patrimonio de la Sociedad Gerente
y de la Sociedad Depositaria.
Los Fondos Comunes de Inversión se pueden clasificar según su forma de
constitución en FCI Abiertos y FCI Cerrados. Las principales diferencias entre
ambos Fondos estarán dadas por el objeto de inversión que éstos desarrollan y por
los procedimientos respecto del tratamiento de suscripciones y rescates de
cuotapartes.
En lo que respecta a la política de inversión del Fondo, los FCI pueden ser
catalogados siguiendo diversos criterios, tales como: el objeto de inversión (Bonos,
Acciones, etc.), la moneda de denominación (Pesos, Dólares, etc.), el destino
geográfico de la inversión (Locales o del Exterior), la política de inversión
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Instrumentos del Mercado de Capitales.
(administración activa y pasiva), la permanencia mínima recomendada (corto,
mediano y largo plazo).
FONDOS ABIERTOS Y FONDOS CERRADOS
La normativa legal que regula la constitución, las actividades y las operaciones de
los Fondos Comunes de Inversión prevé que la cantidad de cuotapartes de los Fondos
Comunes de Inversión puede ser variable o fija, dando lugar a dos tipos de fondos:
1. Fondos Comunes de Inversión Abiertos son aquellos que pueden emitir una
cantidad variable e indefinida de cuotapartes. El inversor ingresa al Fondo
mediante la suscripción de nuevas cuotapartes y sale del Fondo mediante el
rescate de las cuotapartes.
Con respecto a la liquidez, los órganos del Fondo están obligados a pagar los
recates al valor de cierre del día de la solicitud del mismo. El valor de la cuotaparte
se determina mediante la valorización de los activos que integran la cartera del
Fondo. Dicha valorización se llevará a cabo de acuerdo a lo establecido en el
Reglamento de Gestión del Fondo. Este es un aspecto muy importante puesto que
asegura la liquidez al inversor en el caso de los FCI Abiertos.
2. Fondos Comunes de Inversión Cerrados son aquellos que emiten una cantidad
fija de cuotapartes. El inversor suscribe en el mercado primario (cuando el fondo
comienza a operar) y rescata su inversión en el momento en que el fondo se liquida
o finaliza su vida. El valor de la cuotaparte dependerá de la oferta y la demanda,
y estas dependerán de las expectativas de rentabilidad y riesgo que los inversores
tengan respecto del Fondo en cuestión.
En el caso de los FCI Cerrados, la liquidez dependerá de las condiciones del
mercado. No debe descartarse la posibilidad de que en ciertas circunstancias
resulte difícil encontrar compradores para una determinada cantidad de
cuotapartes de un FCI Cerrado. Como contrapartida, los FCI Cerrados pueden
tener objetos especiales de inversión. El universo de activos que puede integrar el
patrimonio de los FCI Cerrados es mucho más amplio.
PRODUCTOS ESTRUCTURADOS Y ACTIVOS CON CAPITAL
GARANTIZADO.
Los productos estructurados se caracterizan por existencia de un activo de referencia
al que se vincula la rentabilidad final que arroja este tipo de instrumentos financieros.
A este factor exógeno se le denomina Activo Subyacente, pudiendo utilizarse gran
variedad de activos para tal fin.
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Instrumentos del Mercado de Capitales.
Este tipo de activos puede o no constituirse con garantía de capital. Un ejemplo con
garantía de capital son los Fondos Comunes de Inversión Garantizados, los cuales
tienen una estrategia de inversión que les permite la devolución del capital. Estos
Fondos Garantizados otorgan al inversor el capital inicial invertido más la
rentabilidad derivada de los activos subyacentes que componen la cartera del Fondo.
FIDEICOMISOS FINANCIEROS.
En la Argentina, los fideicomisos financieros están regulados por la Ley 24.441,
según la cual “habrá fideicomiso cuando una persona (fiduciante) transmita la
propiedad fiduciaria de bienes determinados a otra (fiduciario), quien se obliga a
ejercerla en beneficio de quien se designe en el contrato (beneficiario) y a transmitirlo
al cumplimiento de un plazo o condición al fiduciante, al beneficiario o al
fideicomisario, según lo determine el contrato”.
La securitización de activos consiste en la transformación de activos líquidos en
valores negociables (o securities). Este mecanismo permite reagrupar un conjunto de
activos -individualmente insignificantes- de manera que respalden una emisión de
Valores Negociables para obtener fondos. En el mercado local, todo flujo de fondos
futuros se puede “securitizar” mediante la conformación de un fideicomiso
financiero.
En el fideicomiso financiero los beneficiarios son los titulares de los valores de
deuda fiduciaria o de los certificados de participación.
El Valor de Deuda Fiduciaria (VDF) otorga un derecho de cobro sobre los ingresos
generados por el activo cedido al fideicomiso.
El Certificado de Participación otorga un derecho residual de participación en lo
producido por el activo cedido al fideicomiso, luego de la cancelación de los pagos
prometidos a los tenedores de los Valores de Deuda Fiduciaria.
ETF (EXCHANGE TRADED FUNDS).
Los ETF, son un tipo de Fondo de Inversión que, a nivel global, pertenecen a los
Fondos de Inversión Regulados, lo que en nuestro país equivale a los Fondos
Comunes de Inversión. Este tipo de inversión son vehículos de inversión que buscan
hacer un seguimiento lo más idéntico posible del activo subyacente que representan.
Generalmente siguen a un índice y pueden ser alternativas interesantes para pequeños
niveles de inversión.
Las ventajas son también similares:
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Instrumentos del Mercado de Capitales.
Diversificación: un ETF representa una cartera de activos que buscan seguir
de manera eficiente a un índice diversificado (puede tener los activos más
representativos del índice o no). Esto reduce el riesgo de la inversión.
Accesibilidad: están al alcance de cualquier tipo de inversor y pueden ser
negociados con la misma rapidez y facilidad que activos individuales.
Bajos costos de transacción: replicar exactamente a un índice supone adquirir
todos los activos que lo componen, lo cual generaría altos costos de
transacción. Los ETF buscan rendimientos parecidos en una única transacción.
Transparencia: en todo momento se conoce la composición del ETF y sus
cotizaciones.
5. EL FINANCIAMIENTO Y LOS REGÍMENES
PARA PYMES.
La Comisión Nacional de Valores tienen entre sus objetivos el de promover el acceso
al Mercado de Capitales de las Pequeñas y Medianas Empresas proveyéndolo de
instrumentos destinados a la captación del ahorro nacional y su canalización hacia el
desarrollo productivo. Para ello, estableció regímenes diferenciados según las
características de los emisores, particularmente las PYMEs (artículo 81 de la Ley de
Mercado de Capitales Nº 26.831).
La Comisión Nacional de Valores, en sus Normas (T.O. 2013), establece un nuevo
marco regulatorio denominado RÉGIMEN PYME CNV para aquellas PYMEs que
deseen emitir instrumentos financieros como Valores de Corto Plazo, Cheques de
Pago Diferido, Pagarés, Fideicomisos Financieros, Obligaciones Negociables
PYMEs y Acciones, por un monto máximo en circulación de dichas emisiones que
no deberá exceder los $100.000.000. (Este monto ha sido actualizado mediante el
Decreto Nº 598/2016, siendo anteriormente de $15.000.000).
Fuente CNV.
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Instrumentos del Mercado de Capitales.
Para poder acceder al RÉGIMEN PYME CNV la CNV establece un monto máximo
de ingresos totales anuales, diferenciado sectorialmente. En este sentido, la última
actualización publicada, mediante la Resolución General CNV Nº 670 define que
serán consideradas PyMEs: las empresas constituidas en el país cuyos ingresos
totales anuales expresados en pesos no superen los valores establecidos en el cuadro
siguiente:
Sector
Agropecuario
Industria y
Minería
Comercio
Servicios
Construcción
160.000.000
540.000.000
650.000.000
180.000.000
270.000.000
Estos montos establecidos están sujetos a ser actualizados, según lo considere necesario la
CNV.
Una vez que la empresa fue aprobada como PyME por la CNV, se le permite acceder
a un régimen de oferta pública diferenciado, bajo el régimen PYME CNV, con
beneficios y ventajas exclusivas que pretenden fomentar el acceso de estas entidades
al financiamiento en el Mercado de Capitales. Entre las principales ventajas podemos
mencionar:
Menor carga de reporte informativo periódico.
Trámite simplificado de acceso a la oferta pública.
No obligatoriedad de constituir comité de auditoría.
No obligatoriedad de contar con órgano colegiado de fiscalización para
empresas con capital social inicial inferior a los $ 10 millones.
Eximición del arancel de autorización y de la tasa de fiscalización.
6. RESUMEN
En el presente resumen sólo se incluyen algunas referencias que se estiman convenientes a
la hora de repasar los conceptos esenciales de los contenidos tratados y no debe entenderse
bajo ningún concepto como una síntesis exhaustiva, recomendando al alumno una lectura
meditada y profunda de los contenidos desarrollados.
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Instrumentos del Mercado de Capitales.
En la economía existen agentes económicos que disponen excedentes de cajas y
otros que tienen necesidad de tomar préstamos. Ambos actores recurren a los
intermediarios financieros para satisfacer sus necesidades económicas.
Los intermediarios financieros unen las necesidades de los que requieren tomar
préstamos con las posibilidades de aquellos que tienen fondos excedentes.
Existen dos formas de intermediación financiera: directa e indirecta.
La intermediación directa consiste en realizar una operación solicitada por un
cliente a cambio de una comisión (agente de negociación y agente de liquidación
y custodia).
La intermediación indirecta es efectuada por los bancos y entidades financieras, y
se realiza a través de:
Transformación de plazos (captar a corto plazo y prestar a largo plazo).
Transformación de montos (depósitos pequeños y préstamos grandes).
Transformación de riesgo (cada depósito es prestado a muchos tomadores).
La tasa activa es la que cobran los bancos por los préstamos. La tasa pasiva es la
que pagan los bancos por los depósitos (plazos fijos, cajas de ahorro, etc.). Spread
es la diferencia entre la tasa activa y la tasa pasiva. El valor agregado por el
Banco mediante los distintos procesos de transformación, se remunera mediante
el margen o spread de intermediación financiera.
Un activo financiero (plazos fijos, bonos, acciones, etc.) es un instrumento legal
(contrato) que representa un derecho que tiene quien lo posee a recibir del emisor
flujos futuros de dinero en efectivo y la obligación de quien lo emite de cumplir
con ese compromiso.
El Mercado de Capitales es el ámbito donde se compran y venden instrumentos
financieros. En el mercado primario se colocan los instrumentos por primera vez,
proporcionando dinero al emisor de dicho instrumento. En el mercado secundario
se negocian los instrumentos financieros ya emitidos en la colocación primaria.
Este mercado otorga liquidez a los tenedores de los activos financieros, pero no le
proporciona dinero al emisor de dichos activos financieros.
En los mercados financieros se realiza el intercambio de dinero por instrumentos
financieros (plazos fijos, bonos, acciones, etc.). Los Mercados de Capitales poseen
las siguientes funciones primarias: a) proporcionan liquidez, b) proporcionan
transparencia en la fijación de precios y c) reducen los costos de intermediación
y de transacción.
Un activo financiero (plazos fijos, bonos, acciones, etc.) es un instrumento legal
(contrato) que representa un derecho que tiene quien lo posee a recibir del emisor
flujos futuros de dinero en efectivo y la obligación de quien lo emite de cumplir
con ese compromiso.
Según los derechos que generan, los activos financieros son generalmente de dos
tipos:
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Instrumentos del Mercado de Capitales.
Acciones: el tenedor se convierte en socio de la empresa y el emisor se
compromete a pagar al poseedor una parte de las ganancias (dividendos) si
las hubiere.
Títulos de deuda: el tenedor tiene derecho a recibir una cantidad de dinero
fija (o variable) en concepto de renta y devolución de capital.
Los Instrumentos de Renta Variable son aquellos en los cuales los pagos futuros
dependen del resultado de una actividad económica determinada.
Las acciones son cada una de las partes en que se divide el capital de las empresas
constituidas jurídicamente bajo la forma de sociedad anónima. Las acciones son
consideradas activos de renta variable puesto que no se sabe con anticipación el
monto de los dividendos. Los mismos estarán relacionados con los resultados de
la empresa y la política de distribución de la misma. Las acciones representan
derechos sobre las ganancias y los activos de la empresa.
Hay dos tipos de acciones:
Acciones ordinarias: otorgan un derecho a voto y poseen derechos
económicos en igual proporción a su participación en la empresa.
Acciones preferidas: otorgan dividendos de cobro preferencial con respecto
a las acciones ordinarias.
La desventaja de invertir en acciones en lugar de invertir en bonos, es que la
acción tiene derechos residuales. Es decir, la empresa debe pagar primero a todos
los tenedores de deuda antes de pagar algún dividendo.
La ventaja de invertir en acciones es que el tenedor de la acción se beneficia
directamente de un aumento en la rentabilidad y en el valor de los activos de la
empresa. Los tenedores de deuda no comparten este beneficio porque su renta es
fija.
Los inversores pueden ganar un retorno de la acción a través de dos fuentes:
o Ganancia o pérdida de capital: si el precio de la acción sube o baja a lo largo
del período de inversión.
o Renta: si la empresa paga dividendos. Los dividendos son los pagos que realiza
una empresa a sus accionistas para retribuir el capital.
Los instrumentos financieros representativos derivados de otros activos que
operan en el mercado internacional son:
o Cedear: representan títulos de deuda o acciones emitidas en el extranjero que
cotizan en mercados locales.
o ADR, EDR y GDR: certificados representativos de valores negociables
foráneos al mercado en el que cotizan.
Los activos de renta fija son aquellos que conllevan una promesa de pago
establecida, es decir, que es posible proyectar su flujo de fondos en base a los
términos de dicha promesa.
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Instrumentos del Mercado de Capitales.
o Depósito de Plazo Fijo es una colocación de dinero realizada en un banco o
una entidad financiera a plazo prefijado entre las partes, sobre la base de los
estándares establecidos por el Banco Central de la República Argentina.
o Un Bono es un título emitido por una persona jurídica que promete devolver
los fondos captados, en forma y plazos claramente definidos.
Los bonos con cupones pagan intereses en forma explícita y prevén
pagos periódicos, ya sea de intereses solamente o de intereses y
amortizaciones de capital.
Los bonos cupón cero son aquellos que establecen un único desembolso
a realizarse a su vencimiento.
Con los bonos a tasa flotante los intereses de cada período son liquidados
en función de una determinada tasa de referencia.
El valor residual de un bono es el valor nominal menos las amortizaciones
realizadas. El valor teórico es el valor residual más los intereses devengados.
El inversor que invierte en bonos puede descomponer sus ganancias en tres
fuentes: Cupón de renta. Ganancia o pérdida de capital. Reinversión de cupones.
La medida generalmente utilizada para medir el retorno de un instrumento de renta
fija es la Tasa Interna de Retorno (TIR).
Riesgo de Crédito: el riesgo de que la contraparte no cumpla con su obligación
por su valor total. El riesgo de crédito puede ser diversificado. Riesgo Precio
(también conocido como riesgo tasa de interés) alude a la probabilidad de que el
precio del bono pueda bajar en el futuro. Riesgo Reinversión se refiere a la
posibilidad de que los fondos procedentes de los pagos intermedios de intereses y
de principal (si fuera el caso de amortizaciones previas al vencimiento) deban ser
reinvertidos a tasa de interés menor.
Los activos de renta fija pueden ser clasificados según si su emisor es público o
privado.
Las Obligaciones Negociables son bonos emitidos por empresas (emisor
privado). El inversor que adquiere este título se constituye como acreedor de la
empresa con derecho que se le restituya el capital invertido más los intereses en
un período determinado. Podemos diferenciar este tipo de activo en Obligaciones
negociables simples y convertibles.
Los Valores de Corto Plazo (emisor privado) son valores negociables
representativos de deuda de corto plazo, cuya duración máxima es trescientos
sesenta y cinco días. Pueden representarse también como pagarés bursátiles o
como Obligaciones Negociables de corto plazo.
Los cheques de pago diferido (CPD) son órdenes de pago libradas a una fecha
determinada, posterior a la fecha de su libramiento, contra una entidad financiera
autorizada en la cual el librador debe poseer los fondos suficientes a la fecha de
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Instrumentos del Mercado de Capitales.
vencimiento en su cuenta corriente bancaria. El plazo máximo para este tipo de
instrumentos son trescientos sesenta días (emisor privado).
El Pagaré bursátil es similar a un Cheque de Pago Diferido, con un plazo más
extendido, 1 a 3 años, y sólo puede ser negociado en los Mercados autorizados
para PYMES.
Los Títulos Públicos son activos de renta fija emitidos por el Estado.
Los Bonos Soberanos son Títulos Públicos emitidos exclusivamente por el
Gobierno Nacional.
Títulos del BCRA. El Banco Central de la República Argentina realiza la emisión
de LEBACs y NOBACs con el fin de ejecutar “operaciones de regulación
monetaria”, es decir controlar la cantidad de Pesos en circulación de la economía.
o LEBACs. Son emitidas bajo la modalidad “cupón cero” hasta un plazo
máximo de 2 años. NOBACs. se diferencian de las LEBACs ya que son
títulos de mediano plazo (mínimo un año y máximo cuatro años). En este
caso se hacen pagos trimestrales de intereses, según las Condiciones de
Emisión del instrumento. El pago del principal es pagado al vencimiento.
Un Instrumento Financiero Derivado es un activo financiero cuyo valor deriva
del valor de otro activo financiero, denominado activo subyacente. El retorno de
los activos financieros derivados proviene del retorno de otro instrumento.
Una Opción es un instrumento financiero que le otorga a una de las partes el
derecho (pero no la obligación) de comprar o de vender un activo subyacente a un
precio fijo durante un período de tiempo determinado. Se denomina Opción PUT
cuando el derecho cedido es de venta. Se denomina Opción CALL cuando el
derecho cedido es de compra. Se conoce como PRIMA al precio que el comprador
debe pagar al inicio del contrato por adquirir el derecho.
Un Contrato Financiero de Futuro es un acuerdo de compraventa entre dos partes
mediante el cual el comprador acuerda comprar al vendedor un activo subyacente
en una fecha futura a un precio acordado hoy.
La ganancia / pérdida para cada parte en un contrato de futuro depende de la
diferencia entre el precio pactado y el precio de mercado al momento de liquidar
la operación.
Los derivados de crédito son instrumentos financieros que permiten transferir,
total o parcialmente, el riesgo de crédito inherente a un activo subyacente o
conjunto de activos subyacentes, sin transferir su propiedad. Un ejemplo de un
derivado de crédito son los Seguros contra Default.
Un swap es un acuerdo entre dos partes para intercambiar flujos de moneda y
tasas de interés en diversas fechas futuras preestablecidas.
Un Fondo Común de Inversión es un patrimonio indiviso, formado por aportes
de un grupo de inversores que tienen similares objetivos de rentabilidad y riesgo
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Instrumentos del Mercado de Capitales.
respecto de las inversiones que realizan, y delegan a un equipo de profesionales
su administración.
El Agente de Administración es el encargado de administrar el patrimonio del
Fondo bajo las pautas establecidas en el Reglamento de Gestión, ejecutando su
política de inversión. También establece el objeto de Inversión, el cual está
descripto en el Reglamento de Gestión. También desempeña entre otras las
siguientes funciones: lleva la contabilidad del fondo, calcula e informa el valor de
la cuotaparte, realiza las publicaciones exigidas, etc.
El Agente de Custodia es quien custodia de valores y demás instrumentos
representativos de las inversiones. También está encargada de la vigilancia del
cumplimiento por parte del Agente de Administración de las disposiciones
relacionadas con la adquisición y negociación de los activos integrantes del haber
del Fondo, previstas en el “Reglamento de Gestión”.
La característica común a los productos estructurados es la existencia de un
activo de referencia al que se vincula la rentabilidad final del producto.
Sus ventajas son la transparencia en sus términos y condiciones; la accesibilidad
para los inversores; la posibilidad de operarlos en el momento que el inversor
desee; la gran cantidad de mercados en los que se ofrecen, diversificando su riesgo
y la capacidad de adaptación a las necesidades del inversor.
Los fideicomisos son instrumentos financieros mediante los cuales una persona
(fiduciante) transmite la propiedad fiduciaria de bienes determinados a otra
(fiduciario), quien tiene la obligación de administrar los bienes en beneficio de
quien se designe en el contrato (beneficiario), y a transmitirlo al cumplimiento del
plazo determinado al fiduciante, al beneficiario o al fideicomisario.
El fideicomiso financiero es un tipo específico de fideicomiso en el cual el
fiduciario es una entidad financiera o una sociedad especialmente autorizada por
la CNV y que tiene como activo subyacente flujos financieros. El Valor de Deuda
Fiduciaria (VDF) otorga un derecho de cobro sobre los ingresos generados por
el activo cedido al fideicomiso. El Certificado de Participación otorga un
derecho residual de participación en lo producido por el activo cedido al
fideicomiso, luego de la cancelación de los pagos prometidos a los tenedores de
los Valores de Deuda Fiduciaria.
Los Exchange Traded Funds (ETFs) Los ETF, son un tipo de Fondo de Inversión
que, a nivel global, pertenecen a los Fondos de Inversión Regulados, lo que en
nuestro país equivale a los Fondos Comunes de Inversión. Este tipo de inversión
son vehículos de inversión que buscan hacer un seguimiento lo más idéntico
posible del activo subyacente que representan. Generalmente siguen a un índice y
pueden ser alternativas interesantes para pequeños niveles de inversión
La CNV permite que las PYMEs accedan a un régimen de oferta pública
diferenciado, con beneficios y ventajas que buscan fomentar el desarrollo de
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Instrumentos del Mercado de Capitales.
economías regionales y proyectos productivos. Por ello se pretende que más
PYMEs accedan al Mercado de Capitales.
Las PYMEs pueden emitir: acciones, obligaciones negociables PYME,
fideicomisos financieros y cheques de pago diferido.
Para disminuir costos de emisión y de información, los regímenes a PYMEs
ofrecen las siguientes ventajas: formulario de registro simplificado, prospecto de
emisión simplificado, menor información en los reportes periódicos y topes
máximos de ventas totales para calificar como PYME.
7. PREGUNTAS DE REPASO.
1. ¿En qué consisten la intermediación directa e indirecta?
2. ¿A qué se denomina Spread?
3. Diferencia entre el mercado primario y el mercado secundario.
4. ¿Cuáles son las formas de colocación de activos y cómo se desarrollan?
5. ¿Qué es el riesgo y cuáles conoce?
6. Definición de activos de renta variable.
7. ¿Qué tipo de activos financieros son representativos de otros que operan en
mercados internacionales?
8. ¿Qué son las Obligaciones Negociables?
9. Defina los diferentes tipos de sistema de negociación de cheques de pago diferido.
10. ¿Qué es un pagaré bursátil?
11. Definición de activos de renta fija.
12. ¿Qué es el valor residual y el valor teórico de un bono?
13. ¿Qué es la TIR?
14. ¿Qué tipos de riesgo están vinculados a un bono?
15. ¿Qué es una Opción? Diferencias entre una Opción PUT y una CALL.
16. ¿Qué son un Forward y un swap?
17. ¿Qué es un Contrato Financiero de Futuro?
18. ¿Qué es un Fondo Común de Inversión?
19. ¿Qué es un Fideicomiso y un Fideicomiso Financiero?
20. ¿Qué es el Valor de Deuda Fiduciaria?
31
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Instrumentos del Mercado de Capitales.
21. ¿Qué son los ETF?
22. ¿Qué instrumentos financieros pueden emitir las PYMEs?
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Módulo 5
La Operatoria en el Mercado de
Capitales Argentino.
El presente Módulo procura ofrecer al lector una introducción a los principales aspectos
de la operatoria del mercado de capitales local, permitiéndole conocer los distintos
segmentos de negociación, la colocación primaria y negociación secundaria de valores,
los tipos de operaciones permitidas, así como otros aspectos vinculados a la garantía de
las operaciones.
Objetivos de Aprendizaje
Se pretende que el lector conozca y comprenda:
1.
Colocación Primaria: Subasta o Licitación.
2.
Negociación Secundaria: Ruedas de Negociación. Operaciones
Garantizadas y No Garantizadas.
3.
Registro de Operaciones.
4.
Tipos de Operaciones: Operaciones al Contado. Operaciones a
Plazo: Caución de valores negociables. Opciones (directas).
Préstamo de valores negociables. Contratos de futuros y
contratos de opciones sobre contratos de futuros (opciones
indirectas). Contratos de futuros. Opciones sobre contratos de
futuros. Negociación de cheques de pago diferido. Lista de
bienes objeto de warrants. Negociación de letras de cambio.
Negociación de pagarés. Negociación de certificados de plazo
fijo. Remates de valores negociables.
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
La Operatoria en el Mercado de Capitales Argentino
1. COLOCACIÓN PRIMARIA (MERCADO PRIMARIO)
COLACIÓN PRIMARIA
El proceso de “Colocación Primaria” (también denominado Mercado Primario) de valores
negociables se efectúa mediante subasta o licitación pública llevada a cabo a través de
sistemas informáticos autorizados por la Comisión Nacional de Valores (“CNV” y/o
“Comisión”).
Todos los Agentes de Negociación (AN) y Agentes de Liquidación y Compensación
(ALyC) registrados en la Comisión y miembros de los mercados de valores (“MV” y/o
“Mercados”) en el marco de la interconexión de los mercados, ingresan sus ofertas en
el sistema de licitación o subasta pública. Cabe resaltar que bajo el régimen anterior a
la nueva Ley de Mercado de Capitales (“LMC”) los agentes sólo podían operar en
aquellos mercados de los que resultaban accionistas.
Las órdenes ingresadas por los agentes registrados no pueden rechazarse sino por
motivos limitados y específicos, como por ejemplo errores u omisiones en los datos
que hagan imposible procesar la orden.
Seguidamente se incluyen las reglas propias de la colocación primaria:
● Todos los Agentes de Negociación (AN) y los Agentes de Liquidación y Compensación
(ALyC) registrados, acceden al sistema para ingresar ofertas.
● La licitación pública podrá ser, a elección del emisor, ciega – de “ofertas selladas” – o
abierta. En la licitación “ciega” nadie ni los colocadores acceden a las ofertas
presentadas hasta después de finalizado el período de subasta. En la denominada
“abierta” las ofertas se conocen al tiempo del ingreso.
● Vencido el plazo de cierre de la colocación no se pueden ingresar nuevas ofertas ni
modificar las ingresadas.
● El ingreso de ofertas en la colocación primaria de valores negociables, deberá ser
parametrizable en función de las características del valor negociable a subastar o
licitar.
● Como regla general, todas las ofertas ingresadas en los sistemas son firmes y
vinculantes. Excepcionalmente pueden ingresarse ofertas no vinculantes, pero ello
puede hacerse por un tiempo determinado antes de la licitación y debe constar
específicamente en el prospecto de emisión del valor ofertado (“Prospecto”), indicando
con precisión las reglas que aplicarían en el caso.
● En los supuestos en que los clientes presenten ofertas de suscripción de valores
negociables de igual precio (u otra variable financiera) cuyo monto supere aquél
pendiente de adjudicar el sistema deberá permitir la asignación parcial de las ofertas
de acuerdo a las reglas de proporcionalidad, prorrateo o demás variables previstas
en el Prospecto.
2
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
La Operatoria en el Mercado de Capitales Argentino
● Las adjudicaciones deben consignar el mismo valor para todos los participantes
adjudicados sin discriminación de ningún tipo.
● El resultado de la subasta y/o licitación pública, se publica en la página web del
Mercado donde se opera, el mismo día de cierre. Esa publicación deberá contener
como mínimo el monto ofertado total, el precio y/o tasa de corte y el monto final
colocado.
Además de estas reglas, la normativa vigente exige la publicación de la versión
definitiva del Prospecto, y de toda otra documentación que exijan las Normas , por un
plazo mínimo de cuatro (4) días hábiles con anterioridad a la fecha de inicio de la
subasta o licitación pública, informando como mínimo: el instrumento (valor
negociable de que se trata) ; monto o cantidad ofertada indicando si se trata de un
importe fijo o rango con un mínimo y máximo; unidad mínima de negociación del
instrumento, precio, moneda, tasa de interés, amortización, forma de negociación,
comisión de negociación y el detalle del proceso de subasta o licitación (Inicio, con
días y horas, límite de recepción y retiro de ofertas, el límite para considerarlas
vinculantes, la liquidación, precio, tasa de interés, rendimiento u otra variable fija y
determinada, detallando las reglas de prorrateo si las ofertas excedieran el monto
licitado, por competencia de precio, tasa de interés, rendimiento u otra variable, y la
forma de prorrateo de las ofertas, en su caso.
En la colocación se puede hablar de un “tramo competitivo” y un “tramo no
competitivo”.
• Tramo Competitivo: la totalidad de las solicitudes de suscripción de cualquier
inversor correspondientes a valores negociables mayores o iguales al monto
especificado por el emisor, indicando precio (tasa o margen) y cantidad.
• Tramo No Competitivo: la totalidad de las solicitudes de suscripción de
cualquier inversor inferiores al monto especificado, indicando sólo cantidad.
El proceso de adjudicación se realiza en forma descendente para cada nivel de precio
ofrecido o ascendente para cada nivel de tasa, iniciándose con el precio más alto o
tasa más baja al cual se le asignará la cantidad total del monto nominal de la
licitación, siguiendo por el segundo mayor precio o menor tasa y así sucesivamente.
La última cantidad adjudicada será la que determine el precio o tasa de adjudicación.
El precio de adjudicación será el precio que se aplicará a todos los valores
adjudicados. Los agentes deberán llevar un registro en el que asienten,
inmediatamente de recibidas, todas las ofertas a ser cursadas al sistema de
negociación motivo de las colocaciones primarias en las que intervenga. Este
registro puede ser llevado por el mismo Mercados donde opere el agente.
Contratos de Colocación (Underwriting)
Los agentes registrados pueden celebrar con el emisor de valores negociables un
contrato de colocación (también denominado underwriting), es decir, de suscripción
previa a la negociación primaria que será de distinto tipo según el grado de
compromiso que adquiera el agente con el emisor.
Así hablamos de al menos tres tipos contratos de colocación o underwriting:
3
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
La Operatoria en el Mercado de Capitales Argentino
Contrato de colocación en firme: cuando el Agente toma por su cuenta y
a su cargo la colocación de la toda la emisión.
Contrato de colocación garantizada: cuando el Agente se compromete a
realizar el mayor esfuerzo de venta y a suscribir el remanente que no pueda ser
colocado en el mercado.
Contrato de colocación al mejor esfuerzo: cuando el Agente sólo se
compromete a hacer sus mejores esfuerzos para colocar el valor negociable
ofrecido por el emisor.
Se considerará cumplido el requisito de la oferta pública siempre que el Agente
registrado que hubiere celebrado este contrato con el emisor, negocie los valores
negociables una vez que estos cuenten con autorización de oferta pública, y utilice el
mecanismo de colocación primaria para la venta de los valores negociables
adquiridos en el marco del contrato citado. El Agente deberá acreditar a la entidad
emisora, la colocación primaria de los valores negociables mediante subasta o
licitación pública, y la emisora deberá conservar toda la documentación pertinente
para obtener los beneficios impositivos pertinentes. Como regla general las
emisiones de valores negociables tienen un monto mínimo de suscripción no mayor a
PESOS DIEZ MIL ($10.000.-) o su equivalente en otras monedas.
2. NEGOCIACIÓN SECUNDARIA (MERCADO
SECUNDARIO). RUEDAS DE NEGOCIACIÓN.
OPERACIONES GARANTIZADAS Y NO
GARANTIZADAS.
NEGOCIACIÓN SECUNDARIA.
La Negociación Secundaria es la que tiene lugar con posterioridad a la colocación
primaria, y a través de ella se ofrecen los valores negociables a nuevos inversores. En
los Mercados se pueden realizar operaciones de valores negociables y canalizarlas a
través del sistema de negociación que se elija.
RUEDAS DE NEGOCIACIÓN.
La Ley de Mercado de Capitales exige que todas las ruedas de negociación se efectúen
a través de Sistemas Informáticos de Negociación (“SIN”) que desarrollan los propios
Mercados de acuerdo a las exigencias de la normativa vigente y deben ser aprobados
por la CNV.
4
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
La Operatoria en el Mercado de Capitales Argentino
Los montos mínimos de negociación y el rango de precios para la realización de las
operaciones respecto del último cierre o último precio del segmento bilateral dentro de
los cuales se podrán registrar operaciones y las excepciones a esta regla deben ser
fijados por los propios Mercados.
En consonancia con el principio de transparencia de los mercados y de protección al
inversor, cada vez más asimilado al consumidor financiero, las Normas de CNV
imponen el detalle en la documentación de las comisiones de los agentes y de todo
otro costo de intermediación por las operaciones.
El ingreso de órdenes cualquiera sea la naturaleza de la orden (para cartera propia o
clientes) debe hacerse siempre por los sistemas informáticos de negociación y
respetando prioridad precio tiempo y por interferencia de ofertas.
NEGOCIACIÓN DE LOS VALORES NEGOCAIBLES.
OPERACIONES GARANTIZADAS Y NO GARANTIZADAS.
Los Mercados pueden organizar -con autorización de CNV- distintos segmentos de
negociación. Así pueden observarse la existencia de distintos ámbitos de negociación:
Operaciones Garantizadas y No Garantizadas.
Ruedas de Negociación
*Prioridad
Precio Tiempo
*Interferencia
de Ofertas
OPERACIONES GARANTIZADAS: todas las operaciones son garantizadas
por el Mercado y por la Cámara Compensadora siempre que se realicen a través de
los SIN autorizados por la Comisión y bajo segmentos que aseguren la prioridad
precio tiempo y la interferencia de ofertas.
5
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
La Operatoria en el Mercado de Capitales Argentino
Definimos el concepto prioridad precio tiempo (PPT) cuando a igual precio, tendrá
prioridad la orden de compra o venta que haya ingresado primero; mientras que la
interferencia de ofertas se refiere a los sistemas que permiten operar al más bajo
precio de mercado en las compras y al más alto precio de mercado en las ventas,
representando la mejor forma para transparentar la operatorio.
o Negociación a Viva Voz: los intermediarios se encuentran en el piso o
recinto, y es allí donde expresan sus ofertas, indicando la cantidad y precio
ofrecido de una especie determinada.
o Negociación Electrónica: las operaciones se realizan a través de
terminales que se encuentran ubicadas en los puestos de trabajo de los
intermediarios. Las operaciones se registran según el principio de prioridad
precio tiempo, que privilegia el mejor precio.
En la actualidad, casi la totalidad de las operaciones se realizan a través de la
Negociación Electrónica.
OPERACIONES NO GARANTIZADAS: en forma excepcional la CNV podrá
permitir a los Mercados organizar segmentos para la Negociación Bilateral No
Garantizada, mediante la cual los Agentes pueden operar comprando y vendiendo
únicamente valores negociables de Renta Fija (Títulos Públicos y Obligaciones
Negociables), concertando las operaciones entre Agentes de su cartera propia1, o
entre Agentes e Inversores Calificados, mediante tratativas directas (teléfono). Las
operaciones deberán informarse en tiempo real para su divulgación.
Las órdenes a ejecutarse en los segmentos de negociación bilateral deberán ser
ingresadas a través de un sistema computarizado de registro central de órdenes
implementado por los Mercados y pueden modificarse. Esos sistemas garantizan
la inalterabilidad de las órdenes ingresadas, y de él deberán surgir -por Agente de
Negociación (AN)- en forma inmediata y adecuada un identificador único, todos
los detalles propios de la orden (precio, hora, etc.) de modo de permitir su
identificación y seguimiento.
Expresión uniforme del precio para valores negociables de renta fija.
A los efectos de su registro y divulgación, el precio de los valores negociables públicos
y otros valores representativos de deuda, en los distintos Mercados se expresa como
precio residual por cada unidad de valor nominal original, esto es, considerando los
1
Se entiende que el concepto de cartera propia comprende las operaciones realizadas por los agentes para sí o para
sus sociedades controladas, las controlantes o las que estén bajo control común dentro de un mismo grupo
económico de la respectiva sociedad; y para sus miembros del órgano de administración, del órgano de fiscalización,
síndicos, consejeros de vigilancia, gerentes, socios, accionistas, empleados, administradores, apoderados y
representantes. Asimismo, los parientes de éstos por consanguinidad en línea recta y colateral hasta el segundo grado
inclusive, por afinidad en línea recta y colateral hasta el segundo grado inclusive, al cónyuge o las personas con
análoga relación de afectividad.
6
100
Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
La Operatoria en el Mercado de Capitales Argentino
eventuales servicios de amortización efectuados y adicionando las acreencias
devengadas en concepto de renta del cupón corriente.
Respecto del precio de los cupones de títulos públicos y de otros valores negociables
representativos de deuda que comienzan a negociarse antes de su pago, deberán
expresarse como el precio de una unidad de dicho cupón.
3. REGISTRO DE OPERACIONES.
Los Mercados deberán llevar un registro computarizado del cual surjan todos los datos
de las operaciones registradas en los distintos segmentos de negociación habilitados,
asegurando la inalterabilidad de la información.
Ese registro deberá contener fecha, hora, minuto y segundo de concertación, fecha de
liquidación, número de la orden, identificación del agente vendedor y del agente
comprador, individualización del cliente, su número de C.U.I.T. /C.U.I.L., tipo de
operación, plazo, especie o instrumento, moneda de liquidación, cantidad, precio,
monto, indicar si la operación es para cartera propia o para terceros, y los derechos de
mercado, otros gastos e importes netos correspondientes.
También deberán llevar un registro de las operaciones resultantes de la intervención
de los Agentes de Corretaje (AC) registrados, donde asentarán todos los datos que
surjan de los pertinentes contratos y de los contratos de derivados no estandarizados
llevados a cabo en forma bilateral, donde deberán incluir datos registrables agrupados
por tipo de contrato y de activo subyacente.
4. TIPOS DE OPERACIONES.
Los Mercados deberán presentar ante la Comisión, para su aprobación, los tipos de
operaciones que se negociarán en sus sistemas informáticos de negociación y en los
segmentos de negociación bilateral no garantizada. Las operaciones pueden ser al
contado o a plazo. Dentro de las OPERACIONES DE CONTADO tenemos las de
venta en descubierto y dentro de las OPERACIONES a PLAZO, existen varios tipos:
de plazo firme, pase, caución, opciones (directas), préstamo de valores negociables,
contratos de futuros, contratos de opciones (indirectas) sobre contratos de futuros.
OPERACIONES DE CONTADO.
Se pueden realizar sobre ambas clases de valores negociables, es decir, de renta fija y
variable.
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La Operatoria en el Mercado de Capitales Argentino
Las Operaciones de Contado pueden ser de:
a) CONTADO INMEDIATO: Cuando se concertan para ser liquidadas en la misma fecha
de la concertación. Las operaciones concertadas para liquidarse en contado inmediato
se instrumentarán mediante la emisión de boletos que deberán contener el detalle.
COMPRA/VENTA CONTADO INMEDIATO y
b) CONTADO NORMAL o CONTADO SETENTA Y DOS (72) horas: cuando se concertan
para ser liquidadas a las SETENTA Y DOS (72) horas hábiles contadas a partir de la fecha
de su concertación. También se instrumenta mediante la emisión de boletos en los que
se detallará COMPRA/VENTA EN CONTADO 72 HORAS.
En las operaciones de contado, los Agentes de Negociación (AN) tienen facultades
para subordinar el cumplimiento de las órdenes a la previa acreditación de la titularidad
de los valores negociables o a la existencia de fondos suficientes en la cuenta del
cliente para afrontar la transacción.
Dentro de las Operaciones de Contado podríamos hablar de un tercer tipo: c) las
operaciones de venta en descubierto. Se trata de aquéllas en las que, con la finalidad
de cumplir con la entrega de los valores negociables objeto de dicha transacción, el
vendedor debe concretar la compra de esos valores - con posterioridad a la realización
de la venta inicial.
OPERACIONES A PLAZO.
OPERACIONES A PLAZO FIRME.
Las operaciones a plazo firme son aquéllas operaciones concertadas cuya fecha de
liquidación: a) Es posterior a la de contado normal y b) corresponde al último día hábil
de cualquier mes calendario comprendido entre el correspondiente al de la fecha de
concertación y cualquiera posterior hasta un máximo de once (11) meses corridos. La
operación a plazo firme se instrumentará también mediante la emisión de boletos en
los que se detallará COMPRA / VENTA A PLAZO FIRME.
La operación a plazo firme podrá ser realizada únicamente sobre valores negociables
de renta fija y variable, pero están excluidos los cheques de pago diferido, letras de
cambio, pagarés, certificados de depósito, warrants y certificados de depósito a plazo
fijo.
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La Operatoria en el Mercado de Capitales Argentino
PASE.
Las Operaciones de Pase son aquellas en las que: a) en una misma fecha de
concertación un vendedor, en contado inmediato, de cierta cantidad de un determinado
valor negociable compra a plazo firme, a un plazo no menor de siete (7) días y a un precio
mayor que el de la venta en contado inmediato, la misma cantidad de tal valor negociable
y b) en la misma fecha un comprador, en contado inmediato, de cierta cantidad de un
determinado valor negociable vende a plazo firme, a un plazo no menor de siete (7) días
y a un precio mayor que el de la compra en contado inmediato, la misma cantidad de tal
valor negociable.
La operación de pase también se instrumentará mediante la emisión de boletos en los
que se detallará COMPRA / VENTA EN CONTADO INMEDIATO (PASE) y
VENTA/COMPRA A PLAZO FIRME (PASE).
CAUCIÓN DE VALORES NEGOCIABLES.
Las operaciones de caución son operaciones financieras garantizadas con valores
negociables en las que: a) En la fecha de concertación:
a.1) El tomador de fondos entrega en garantía cierta cantidad de valores negociables,
sin perder la propiedad de éstos y siendo a su favor toda acreencia devengada por ellos.
Esa garantía permanece depositada en el Mercado o en la cámara de compensación y
liquidación.
a.2) La garantía se valoriza considerándose, para las especies, sus últimos precios de
cierre, para liquidar en contado normal, a la fecha de la concertación.
a.3) El valor de la garantía se afora (el aforo implica deducción porcentual sobre el
precio del valor negociable de que se trate, conforme la reglamentación del
Mercado) al porcentaje fijado por el respectivo mercado para las especies de que se
trate.
a.4) El valor aforado de la garantía deberá ser inferior al que surja de valorizar la
garantía a los precios vigentes de las especies al momento de la concertación de la
operación para liquidarse en contado normal.
a.5) El importe neto surge de deducir al valor aforado de la garantía los intereses
adelantados, mediante el uso de descuento racional o matemático y divisor fijo 365,
que correspondan conforme la fecha de vencimiento de la operación.
a.6) El tomador de fondos recibe el importe neto y se compromete a pagar en la fecha
de vencimiento de la operación el valor aforado de la garantía, determinado el día de
la concertación, más los gastos.
a.7) El colocador de fondos paga el importe neto.
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La Operatoria en el Mercado de Capitales Argentino
b) En la fecha de cierre o vencimiento o cancelación a:
b.1) El tomador de fondos paga el importe resultante de adicionar al valor aforado de
la garantía, determinado el día de la concertación, los gastos aplicables y recibe en
devolución las especies entregadas en garantía el día de la concertación.
b.2) El colocador de fondos cobra el importe resultante de deducir al valor aforado de
la garantía, determinado el día de la concertación, los gastos aplicables.
c) En las operaciones de caución se deberán cumplir los siguientes recaudos:
c.1) La operación de caución se instrumentará mediante la emisión de boletos en los
que se detallará OPERACIÓN DE APERTURA / CIERRE DE CAUCIÓN
TOMADORA / COLOCADORA. En los boletos a emitir al tomador se deberá detallar
los valores negociables entregados en garantía.
c.2) El tomador de fondos podrá cancelar anticipadamente la operación de caución
abonando el mismo importe que correspondería pagar en la fecha de cierre o
vencimiento o cancelación.
c.3) Los valores negociables entregados en garantía deberán encontrarse depositados
en el Mercado o en la Cámara Compensadora, con la individualización del Agente, del
cliente y de la operación.
c.4) El registro de las operaciones de caución concertadas en el mercado comprenderá
el valor aforado de la garantía y la tasa nominal anual vencida de interés aplicable al
plazo de la operación.
d.) En los boletos que se emitan tanto para el tomador como para el colocador en la
apertura de una operación de caución deberá constar el detalle de tasas (nominal anual,
efectiva anual, el costo financiero total, etc.)
También en este caso sólo pueden hacerse “cauciones” sobre valores negociables de
renta fija y variable, excluidos cheques de pago diferido, letras de cambio, pagarés,
certificados de depósito, warrants y certificados de depósito a plazo fijo.
OPCIONES DIRECTAS.
Las operaciones de opciones directas son aquéllas en las que:
a) El comprador o titular de la opción adquiere, a un precio denominado prima, el
derecho -que podrá ejercer a una o hasta una fecha determinada de expiración de tal
derecho- a comprar (opción de compra o call) o a vender (opción de venta o put) una
determinada cantidad de un valor negociable subyacente a un determinado precio de
ejercicio de tal derecho,
b) El vendedor o lanzador de la opción, mediante el cobro de la prima, asume -a una o
hasta una fecha determinada de vencimiento la obligación de vender (opción de
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La Operatoria en el Mercado de Capitales Argentino
compra o call) o comprar (opción de venta o put) la cantidad del valor negociable y al
precio a los que tiene derecho el titular de la opción si éste ejerce su derecho.
c) La cantidad mínima de valores negociables que tiene derecho a comprar o a vender
el titular de la opción, y que tiene obligación de vender o comprar el lanzador si es
ejercida la opción, integra un lote de negociación. La negociación de opciones se
llevará a cabo en base a cantidad de lotes.
d) El precio del derecho o prima se expresará sobre la misma base de expresión del
precio del valor negociable subyacente y deberá referirse a una serie.
e) Una serie quedará definida por el tipo de opción (de compra o de venta), el valor
negociable subyacente, y un precio de ejercicio y vencimiento determinados.
PRÉSTAMO DE VALORES NEGOCIABLES.
La operatoria de préstamo de valores sólo se admite en orden a facilitar el
cumplimiento de la liquidación de las operaciones concertadas y siempre que el cliente
tomador posea la especie transada pero no pueda disponer de ella en la fecha de
liquidación. Los títulos de renta variable y de renta fija que se presten podrán ser de
cartera propia de los agentes o de clientes. En este último caso el agente colocador del
préstamo debe contar con una autorización expresa en su favor y por escrito del cliente.
El registro de la operación de préstamo de valores comprenderá el valor efectivo de la
especie y la tasa nominal anual vencida de interés aplicable al plazo del préstamo. La
operación de préstamo de valores negociables podrá ser cancelada en forma anticipada.
La operación de préstamo de valores negociables gozará de garantía de liquidación del
Mercados o de la Cámara Compensadora, en su caso.
CONTRATOS DE FUTUROS.
Los Contratos de Futuros son aquellas operaciones en las que las partes se
comprometen a intercambiar (comprar y vender) un activo físico o financiero
(denominado activo subyacente), a un precio determinado (cierto) y en una fecha futura
preestablecida al concertarse el contrato de futuros. Los contratos de futuros deberán
ser presentados por los Mercados para su previa aprobación por parte de la CNV.
Antes del vencimiento, las partes pueden cancelar las posiciones tomadas previamente,
realizando la operación inversa. Dependiendo del diseño, al vencimiento del contrato,
éste de futuros puede cancelarse por la entrega del activo subyacente o por diferencia
de precio. Los contratos de futuros pueden tener como subyacentes tanto activos
físicos o como financieros.
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
La Operatoria en el Mercado de Capitales Argentino
Las opciones sobre futuros, son aquellas operaciones en las que el subyacente es un
contrato de futuros. Los contratos de opciones sobre futuros deberán ser presentados
por los Mercados para su previa aprobación por parte de la Comisión.
Los Mercados son los responsables de la determinación de los contratos de futuros y
contratos de opciones sobre futuros que se negocian en ellos debiendo prever como
mínimo: a) el Producto Subyacente, b) Cantidad de Producto Subyacente por contrato,
c) Margen inicial, d) Variación máxima admitida respecto del precio de ajuste del día
anterior, en su caso, e) horario habilitado para la negociación, f) sistema de liquidación
con o sin entrega física del producto o por diferencia de precio, (para los contratos de
futuro), g) tipo de Opción y método de ejercicio, h) Método de determinación del
precio de ajuste, i) Descripción del mercado de contado del Producto Subyacente del
Contrato de Futuro propuesto, j) Descripción del sistema de comercialización vigente
del Producto Subyacente del Contrato de Futuro propuesto, k) Datos estadísticos
relevantes de los últimos T (3) años del mercado contado del Producto Subyacente del
Contrato de Futuro propuesto, o de su equivalente, l) Meses de negociación habilitados
a cotizar.
La Comisión podrá observar la operatoria propuesta y requerir los cambios que
considere necesarios en los términos y condiciones de los Contratos de Futuros y
Opciones sobre Futuros antes de su entrada en operación. Asimismo, la Comisión
podrá en cualquier tiempo ordenar su cese, fundado en razones de seria afectación del
sistema.
Los Mercados deben remitir los datos de dichos contratos mediante la AUTOPISTA
DE LA INFORMACION FINANCIERA (AIF).
En el caso de tratarse de contratos de futuros con liquidación por entrega del
Producto Subyacente, los Mercados deberán establecer un procedimiento (que
también deberá ser aprobado por la CNV) de entrega y recibo de dicho producto y
habilitar un sistema de entrega por medio de certificados de depósito emitidos por
empresas almacenadoras autorizadas por la autoridad con competencia en la materia,
previamente habilitadas por los Mercados a estos efectos. Dicho sistema también será
aprobado previamente por la Comisión en consulta con la autoridad competente, según
el producto de que se trate.
Los Mercados llevarán un registro público de las empresas almacenadoras habilitadas.
Si los certificados de depósito fueren escriturales, su registro puede ser llevado por el
propio Mercado, de la Cámara Compensadora o de un Agente de Custodia, Registro y
pago, todos debidamente registrados ante la Comisión.
CHEQUE DE PAGO DIFERIDO
Se trata de un cheque librado por una empresa para ser cobrado en una fecha posterior
a la de su libramiento, pero no superior a 360 días. Es un instrumento muy utilizado
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La Operatoria en el Mercado de Capitales Argentino
por las empresas para pagar a sus proveedores. Si el proveedor desea hacerse de los
fondos antes de la fecha determinada para el pago, puede negociarlo (venderlo) en el
mercado de capitales. Así, el vendedor percibe un monto inferior al valor del cheque
al que se le cobra una tasa de descuento, por el anticipo del dinero. El inversor, por su
lado, obtiene la diferencia de precio entre el precio por el que compró el cheque y el
monto total del precio original, a su vencimiento.
La reglamentación de cheques corresponde a los Mercados donde estos se negocian.
Como mínimo deben referir ciertas condiciones como los a) Controles de
convalidación por defectos formales y de autenticidad del instrumento, b) Negociación
bajo sistemas de concurrencia de ofertas que aseguren la prioridad precio-tiempo, c)
Custodia y conservación de los cheques de pago diferido contemplando que la custodia
no transmite la propiedad ni el uso, efectuando las registraciones que deriven de su
negociación y no quedando –en ningún caso- obligada a su pago, d) Implementación
de un procedimiento de congelamiento de plaza para toda operación concertada,
exigiendo un tiempo adicional de dos minutos en el que cualquier comprador pueda
mejorar la tasa y adquirir el cheque. Si durante dicha instancia ocurriera una nueva
concertación que mejore la tasa, nuevamente se deberá congelar la plaza por 2 minutos
más y así sucesivamente hasta que el precio confluya en un punto de equilibrio, e) Las
operaciones se liquidan dentro del plazo de 24 horas.
Para su negociación secundaria, los cheques de pago diferido, deberán ser endosados
a favor de una entidad autorizada por CNV y depositados a solicitud del depositante y
por cuenta y orden del cliente, indicándose en el endoso “Para su negociación en
Mercados bajo competencia de CNV”. Las entidades que custodien los cheques de pago
diferido no están obligadas a su pago, ni serán responsables por sus defectos formales,
ni por la legitimación de los firmantes o la autenticidad de las firmas asentadas en los
cheques de pago diferido. Sólo tienen la función de custodia y conservación.
Existen los siguientes tipos de cheques de pago diferido:
a) Cheques de pago diferido patrocinados: librados a favor de terceros por
sociedades comerciales legalmente constituidas, cooperativas, asociaciones civiles,
mutuales, fundaciones, la Nación, las Provincias, las Municipalidades, los Entes
Autárquicos y las empresas del Estado, que previamente hayan solicitado a CNV su
habilitación a estos efectos. Estos cheques deberán ser endosados por el beneficiario a
favor de un Agente de Depósito Colectivo u otras entidades autorizadas por la
Comisión, con la leyenda ¨Para su negociación en Mercados bajo competencia de
CNV¨ antes referida y, depositados en estas entidades.
b) Cheques de pago diferido avalados: librados a favor de sus socios partícipes por
Sociedades de Garantía Recíproca u otras modalidades de entidades de garantía
previstas en la Ley Nº 25.300 y certificados representativos emitidos por entidades
financieras que avalen cheques de pago diferido.
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
La Operatoria en el Mercado de Capitales Argentino
c) Cheques de pago diferido directos: aquellos ofrecidos a la negociación por el
beneficiario determinado en los mismos.
c.1) Cheques de pago diferido directo garantizados por los Mercados, los
Agentes, contratos de contado de productos, por warrants u otros valores
negociables, activos, o instrumentos, autorizados por CNV.
c.2) Cheque de pago diferido directo no garantizados.
Recordemos la definición de Sociedades de Garantía Recíproca (SGR) mencionada en
el Módulo 4: Las SGR son sociedades comerciales que tienen por objeto facilitar el
acceso al crédito a las pequeñas y medianas empresas (pymes), a través del
otorgamiento de avales. Las SGR no prestan dinero, sino que permiten que las pymes
accedan a mejores oportunidades en cuanto a plazo, tasa y condiciones de crédito
financiero y comercial.
En los cheques de pago diferido avalados y patrocinados rige la reglamentación
propia de los Mercados. No es indispensable ni el registro, ni ninguna otra
certificación.
d) Cheques de pago diferido librados por Agentes. No serán admitidos a la
negociación cheques librados por Agentes en cualquiera de las modalidades dentro del
segmento directo.
CHEQUES DE PAGO DIFERIDO GARANTIZADOS POR WARRANTS.
Se aplican las reglas propias del segmento de negociación directa y además, se debe
cumplir con la siguiente información: notificar a los clientes a) que los cheques de
pago diferido que se presenten para la negociación en este segmento cuentan con
garantía real derivada de los warrants, pero no del Mercado ni de los Agentes, b) que
ante la falta de fondos del cheque de pago diferido a su vencimiento sólo procede la
ejecución de la garantía warrant y ante la no reposición de márgenes por parte del
Agente, el Mercado procederá a la inmediata ejecución del warrant.
Los Mercados deberán establecer el monto máximo que puede negociar el comitente
vendedor, el que surgirá de aplicar un aforo al valor nominal del warrant y designar
una entidad custodia que será la depositante y a nombre de la cual deberán estar
endosados de los valores en garantía.
La entidad estará a cargo de la tenencia del título hasta la fecha de vencimiento y
cancelación del cheque de pago diferido negociado u orden de liquidación de los
activos almacenados. En el caso de cheques de pago diferido directo garantizados por
warrants, el plazo máximo será la fecha de vencimiento del warrant.
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La Operatoria en el Mercado de Capitales Argentino
BIENES OBJETO DE WARRANTS.
El Mercado debe emitir una lista de los bienes almacenados cuyos warrants podrán ser
aceptados como garantía de esta negociación, como así también establecer un precio
de referencia para los bienes almacenados, precios que deben ser de público
conocimiento y consulta. Sólo se aceptarán como garantía, warrants locales sobre
bienes de alta liquidez, transables en mercados institucionalizados, que garanticen
precios públicos y de fácil consulta.
La garantía otorgada por el warrant no podrá superar en ninguno de los casos el
porcentaje del valor nominal del mismo que determine el Mercado (aforo), a efectos de
cubrir todos los gastos y costos. El Mercado podrá aplicar aforos distintos ante
circunstancias de mercado que indiquen su necesidad tales como la eventual pérdida o
aumento de solvencia del activo almacenado, como alta volatilidad en los precios, crisis
económicas, potenciales dificultades en la realización, o eventos similares.
El Mercado podrá ser el custodio de los warrants entregados en garantía. Si fuera otra
entidad debe ser aprobada por CNV.
Los Mercados crean y administran un registro especial de empresas almacenadoras
habilitadas para emitir warrants, recibir el warrant, endosado a su nombre, y el
certificado de depósito y mantener los títulos en su poder hasta el vencimiento y
cancelación pertinente de la operación.
Los mercados deben Informar a la Comisión y al Mercado sobre los warrants
autorizados para ser otorgados en garantía, oportunamente liberar el warrant a favor
del agente vendedor o del Mercado, según corresponda y cancelar la inscripción en el
registro cuando dejen de cumplir los requisitos que el Reglamento dicte o por
irregularidades comprobadas.
Esta operatoria funciona con reposición de márgenes de garantía, es decir, el Mercado
exige a los agentes vendedores aportes adicionales de garantía en el caso de
fluctuaciones negativas significativas en los precios de los activos almacenados, que
el agente está obligado a integrar.
En caso que un cheque de pago diferido garantizado por warrant, no sea cancelado al
vencimiento del mismo por falta de fondos, el Mercado ejecuta la garantía.
Únicamente se responderá frente al agente comprador con el warrant que fuera
ejecutado
LETRAS DE CAMBIO.
La letra de cambio es un título de crédito de valor formal y completo que contiene una
orden incondicionada y abstracta de hacer pagar a su vencimiento al tomador o a su
orden, una suma de dinero en un lugar determinado, vinculando solidariamente a todos
los que en ella intervienen.
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
La Operatoria en el Mercado de Capitales Argentino
Las letras de cambio cuentan de autorización de oferta pública y podrán ser negociadas
en Mercados bajo competencia de la Comisión.
El reglamento de la negociación corresponde a los mercados y debe incluir: a)
Controles de convalidación por defectos formales y de autenticidad del instrumento.
b) Negociación bajo sistemas de concurrencia de ofertas que aseguren la prioridad
precio-tiempo. c) Custodia y conservación de las letras de cambio contemplando que
la custodia no transmite la propiedad ni el uso. La entidad custodiante solo debe
conservarlas y custodiarlas, efectuando las registraciones que deriven de su
negociación. No está obligada a su pago.
Para su negociación secundaria, las letras de cambio, deberán ser depositadas mediante
un endoso a favor de una entidad autorizada por la Comisión, a solicitud del
depositante y por cuenta y orden del cliente, indicándose en el endoso “Para su
negociación en Mercados bajo competencia de CNV”.
PAGARÉS.
Es un título de crédito que contiene la promesa incondicional del suscriptor (deudor)
de pagar una suma de dinero en lugar y época determinados a la orden del tomador
(acreedor). Los pagarés gozarán de autorización de oferta pública y podrán ser
negociados en Mercados siempre que reúnan los siguientes requisitos:
a) Sean emitidos por PyMEs, por un monto mínimo de PESOS CIEN MIL
($100.000) o su equivalente en moneda extranjera, y con la cláusula “sin protesto”.
En caso de ser emitidos en moneda extranjera, deberá tomarse el tipo de cambio de
la moneda extranjera que se trate publicado por el Banco de la Nación Argentina
como vendedor “billete” o por el Banco Central de la República Argentina a través
de su Comunicación “A” 3500 (o su equivalente, vigente en ese momento), en
ambos casos al cierre del día anterior a la fecha de vencimiento.
b) Su vencimiento opere en fecha cierta, la que deberá fijarse dentro de un plazo
mínimo de UN (1) año y máximo de TRES (3) años, a contarse desde su fecha de
emisión.
c) Se encuentren avalados por Sociedades de Garantía Recíproca autorizadas para
funcionar por la SePyME y/o por Fondos de Garantía de Carácter Público
autorizados para funcionar por el Banco Central de la República Argentina.
Los Mercados deberán reglamentar su negociación fijando: a) Controles de
convalidación por defectos formales y de autenticidad del documento, b) Negociación
bajo sistemas de concurrencia de ofertas que aseguren la prioridad precio-tiempo, c)
Pautas para la correcta individualización e identificación del documento (detalle del
número de serie del valor y/o las que estime suficientes al efecto).
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La Operatoria en el Mercado de Capitales Argentino
Para su negociación secundaria, los pagarés deberán ser librados sin designación de
beneficiario y depositados a favor de una entidad autorizada por la Comisión,
indicándose que los mismos se entregan “Para su negociación en Mercados
registrados en CNV”.
La negociación del pagaré podrá efectuarse en forma individual o agrupada. Las
entidades que reciban en depósito los pagarés, realizarán anotaciones en cuenta de los
sucesivos adquirentes por su negociación en Mercados, y procederán al registro de la
transferencia de los pagarés hacia las cuentas receptoras, incluyendo los detalles
pertinentes para la correcta individualización e identificación del documento. A su
vencimiento se procederá a registrar en el valor negociable el nombre del último
adquirente, en calidad de beneficiario.
El depósito, la custodia y conservación de los pagarés no transmite su propiedad ni
derecho de uso y goce alguno, y en ningún caso las entidades que custodien los pagarés
estarán obligadas a su pago, ni serán responsables por sus defectos formales, ni por la
legitimación de los firmantes o la autenticidad de las firmas asentadas en los pagarés.
CERTIFICADOS DE DEPÓSITO Y WARRANTS.
Los "Certificados de Depósito" y "Warrants" son instrumentos utilizados para la
realización de operaciones de crédito mobiliario de: frutos, productos agrícolas,
ganaderos, forestales, mineros o de manufacturas nacionales, depositados en
almacenes fiscales o de terceros. Los certificados de depósito y los warrants cuentan
de autorización de oferta pública y podrán ser negociados en Mercados bajo
competencia de la Comisión.
La reglamentación corresponde a los Mercados y debe prever como mínimo: a)
Segmentos de negociación habilitados para la negociación secundaria de los
certificados de depósito y de los warrants. b) Controles de convalidación por defectos
formales y de autenticidad del instrumento, c) Negociación bajo sistemas de
concurrencia de ofertas que aseguren la prioridad precio-tiempo, d) Custodia y
conservación de los instrumentos. La custodia no transmite la propiedad ni el uso,
debiendo la entidad a su cargo únicamente conservarlos y custodiarlos, efectuando las
registraciones que deriven de su negociación. La entidad custodiante no está obligada
a su pago.
Para su negociación secundaria, los certificados de depósito y los warrants, deberán
ser depositados mediante un endoso a favor de una entidad autorizada por la Comisión,
indicándose en el endoso “Para su negociación en Mercados bajo competencia de
CNV”.
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La Operatoria en el Mercado de Capitales Argentino
CERTIFICADOS DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO.
Los certificados de plazo fijo son instrumentos que reflejan una operación financiera
por la un banco o entidad financiera reconoce al inversor una rentabilidad por el
depósito e inmovilización de una suma de dinero por un plazo determinado.
Se admiten a negociación en el mercado aquellos constituidos a TRESCIENTOS
SESENTA Y CINCO (365) días o por el plazo mayor que al efecto pueda establecer
el BCRA. Cuentan con autorización de oferta pública.
Los Mercados reglamentan su negociación y esos reglamentos deben prever a)
Controles de convalidación por defectos formales y de autenticidad del instrumento,
b) Negociación bajo sistemas de concurrencia de ofertas que aseguren la prioridad
precio-tiempo, c) Custodia y conservación de los certificados. La custodia no transmite
la propiedad ni el uso, únicamente tienen la conservación y custodia, deben efectuar
las registraciones derivadas de la negociación y no están obligadas al pago.
Los certificados de plazo fijo, para su negociación deberán ser depositados mediante
un endoso a favor de una entidad autorizada por la Comisión a solicitud del depositante
y por cuenta y orden del cliente, indicándose “Para su negociación en Mercados bajo
competencia de CNV”.
En ningún caso las entidades que custodien los certificados estarán obligadas a su
pago, ni serán responsables por sus defectos formales, ni por la legitimación de los
firmantes o la autenticidad de las firmas asentadas.
REMATES DE VALORES NEGOCIABLES.
Los Agentes de Negociación (AN) y los Agentes de Liquidación y Compensación (ALyC)
podrán realizar remates de valores negociables, con o sin oferta pública autorizada
cuando: a) El remate sea ordenado por los jueces y b) Sean efectuados de conformidad
con la reglamentación de los Mercados aprobados por CNV. Los remates de valores
negociables deberán ser comunicados a la Comisión, por estos agentes, con una
anticipación no menor a CINCO (5) días de la fecha prevista para su realización.
Cuando se trate de valores negociables sin oferta pública autorizada, el agente que
tenga a su cargo el remate deberá acreditar la presentación por ante el Mercado del que
sea miembro la siguiente documentación, que quedará a disposición de los interesados
en el Mercado y en las oficinas del agente: a) Estatuto social de la emisora y sus
reformas. b) Instrumentos en los que conste la designación de miembros del órgano de
administración, del órgano de fiscalización y consejeros en su caso, con constancia de
su inscripción registral. c) Últimos estados contables aprobados, dictaminados por
contador público independiente. d) Detalle de origen de los valores negociables. Si
ello no fuere posible se indicará en los avisos a publicarse, y el agente ejecutante
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La Operatoria en el Mercado de Capitales Argentino
deberá formular una declaración unilateral indicando que la ha solicitado a la emisora
y que esta no la presentó en tiempo y forma.
5. RESUMEN.
En el presente resumen sólo se incluyen algunas referencias que se estiman
convenientes a la hora de repasar los conceptos esenciales de los contenidos tratados
y no debe entenderse bajo ningún concepto como una síntesis exhaustiva,
recomendando al alumno una lectura completa y en detalle de los contenidos
desarrollados.
● Las ruedas de negociación se llevan adelante a través de los Sistemas Informáticos
de Negociación que desarrollan los Mercados y son aprobados por la Comisión
Nacional de Valores.
● La colocación primaria de valores negociables se efectúa por medio del proceso
de licitación o subasta pública, utilizando sistemas informáticos autorizados por
la Comisión Nacional de Valores.
● Todos los agentes pueden ingresar sus órdenes en el proceso de licitación con
independencia del mercado en el cual se registren y las órdenes sólo pueden ser
rechazadas en supuestos excepcionales.
● El tramo competitivo es aquel en el que participan los inversores institucionales e
ingresan órdenes por superiores a los $ 50.000 (cincuenta mil pesos).
● En los segmentos de negociación bilateral las operaciones no están garantizadas
por los mercados.
● Las operaciones pueden ser de contado y a plazo. Las de contado pueden ser a su
vez de contado inmediato, 72 hora y de venta en descubierto.
● La negociación de determinados productos como los cheques de pago diferido,
letras de cambio, pagarés, entre otros requieren de una leyenda que habilite la
negociación en los mercados de valores.
● Los cheques de pago diferido pueden ser a) Cheques de pago diferido
patrocinados: librados a favor de terceros por sociedades comerciales legalmente
constituidas, cooperativas, asociaciones civiles, mutuales, fundaciones, la Nación,
las Provincias, las Municipalidades, los Entes Autárquicos y las empresas del
Estado, b) Cheques de pago diferido avalados: librados a favor de sus socios
partícipes por Sociedades de Garantía Recíproca u otras modalidades de entidades
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La Operatoria en el Mercado de Capitales Argentino
de garantía previstas en la Ley Nº 25.300 y certificados representativos emitidos
por entidades financieras que avalen cheques de pago diferido. c) Cheques de pago
diferido directos: aquellos ofrecidos a la negociación por el beneficiario
determinado en los mismos. c.1) Cheques de pago diferido directo garantizados
por los Mercados, los Agentes, contratos de contado de productos, por warrants u
otros valores negociables, activos, o instrumentos, autorizados por CNV. c.2)
Cheque de pago diferido directo no garantizados. En los cheques de pago diferido
avalados y patrocinados rige la reglamentación propia de los Mercados. No es
indispensable ni el registro, ni ninguna otra certificación.
● Las operaciones a plazo firme son aquéllas operaciones concertadas cuya fecha
de liquidación: a) Es posterior a la de contado normal y b) corresponde al último
día hábil de cualquier mes calendario comprendido entre el correspondiente al de
la fecha de concertación y cualquiera posterior hasta un máximo de once (11)
meses corridos.
● Las operaciones de pase son aquéllas en las que: a) en una misma fecha de
concertación un vendedor, en contado inmediato, de cierta cantidad de un
determinado valor negociable compra a plazo firme, a un plazo no menor de siete
(7) días y a un precio mayor que el de la venta en contado inmediato, la misma
cantidad de tal valor negociable y b) en la misma fecha un comprador, en contado
inmediato, de cierta cantidad de un determinado valor negociable vende a plazo
firme, a un plazo no menor de siete (7) días y a un precio mayor que el de la
compra en contado inmediato, la misma cantidad de tal valor negociable.
● La caución bursátil es una operación en la que el tomador de fondos entrega en
garantía cierta cantidad de valores negociables, sin perder la propiedad de éstos y
siendo a su favor toda acreencia devengada por ellos. Esa garantía permanece
depositada en el Mercado o en la cámara de compensación y liquidación. El
colocador de fondos paga el importe neto. El tomador de fondos recibe el importe
neto y se compromete a pagar en la fecha de vencimiento de la operación el valor
aforado de la garantía, determinado el día de la concertación, más los gastos.
● Las opciones directas son operaciones en que a) El comprador o titular de la
opción adquiere, a un precio denominado prima, el derecho -que podrá ejercer a
una o hasta una fecha determinada de expiración de tal derecho- a comprar (opción
de compra o call) o a vender (opción de venta o put) una determinada cantidad de
un valor negociable subyacente a un determinado precio de ejercicio de tal
derecho, b) El vendedor o lanzador de la opción, mediante el cobro de la prima,
asume -a una o hasta una fecha determinada de vencimiento la obligación de
vender (opción de compra o call) o comprar (opción de venta o put) la cantidad
del valor negociable y al precio a los que tiene derecho el titular de la opción si
éste ejerce su derecho.
● La operatoria de préstamo de valores permite facilitar el cumplimiento de la
liquidación de las operaciones concertadas y es posible siempre que el cliente
20
114
Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
La Operatoria en el Mercado de Capitales Argentino
tomador posea la especie transada pero no pueda disponer de ella en la fecha de
liquidación. Se pueden prestar títulos de renta variable y de renta fija y podrán ser
de cartera propia de los agentes o de clientes.
● Los contratos de futuro son aquéllas operaciones en las que las partes se
comprometen a intercambiar (comprar y vender) un activo físico o financiero
(denominado activo subyacente), a un precio determinado (cierto) y en una fecha
futura preestablecida al concertarse el contrato de futuros.
● La letra de cambio es un título de crédito de valor formal y completo que contiene
una orden incondicionada y abstracta de hacer pagar a su vencimiento al tomador
o a su orden, una suma de dinero en un lugar determinado, vinculando
solidariamente a todos los que en ella intervienen.
● El pagaré es un título de crédito que contiene la promesa incondicional del
suscriptor (deudor) de pagar una suma de dinero en lugar y época determinados a
la orden del tomador (acreedor) y pueden ser negociados en los Mercados de
Valores. Para su negociación secundaria, los pagarés deberán ser librados sin
designación de beneficiario y depositados a favor de una entidad autorizada por
la Comisión, indicándose que los mismos se entregan “Para su negociación en
Mercados registrados en CNV”.
● Los "Certificados de Depósito" y "Warrants" son instrumentos utilizados para la
realización de operaciones de crédito mobiliario de: frutos, productos agrícolas,
ganaderos, forestales, mineros o de manufacturas nacionales, depositados en
almacenes fiscales o de terceros.
6. PREGUNTAS DE REPASO.
1.
¿Qué es la colocación primaria? ¿Diferencias con la negociación secundaria?
2.
Describa brevemente el proceso de licitación o subasta pública.
3.
¿Qué sistemas de negociación conoce? Que es el segmento bilateral de
negociación.?
4.
¿Qué es el tramo competitivo y no competitivo?
5.
Registro de órdenes. Describa brevemente el proceso y ante quién se efectua.
6.
Enumere las operaciones permitidas bajo el esquema normativo actual.
7.
Operaciones de contado y a plazo. Caracterización.
8.
¿Qué es el aforo?
21
115
Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
La Operatoria en el Mercado de Capitales Argentino
9.
¿Qué es el Préstamo de valores negociables? El agente puede prestar valores de
cartera propia y de terceros, o sólo propios?
10. Contratos de futuros. Opciones sobre contratos de futuros.
11. Negociación de cheques de pago diferido. Tipos de cheque de pago diferido.
Responsabilidades frente al incumplimiento en el pago según el tipo de cheque.
12. ¿Qué es un warrant? ¿Describa brevemente cómo funciona el warrant como
garantía?
13. ¿Qué es una letra de cambio y un pagaré? Describa brevemente como funciona
su negociación.
14. Negociación de certificados de plazo fijo. Describa brevemente como funciona su
negociación.
15. Remates de valores negociables. Casos en que procede. Describa brevemente
cómo funciona.
22
116
Módulo 6
Parámetros de Análisis de
Alternativas de Inversión.
El objetivo general del Módulo es que el lector conozca ciertos conceptos que le
permitirán realizar una interpretación al momento evaluar las diferentes alternativas de
inversión. Se exponen métricas para el análisis del rendimiento y el riesgo de los
instrumentos financieros de Renta Fija y Renta Variable. Adicionalmente, se expondrán
en forma introductoria aspectos generales de la tributación y los principales conceptos
del Análisis Técnico con el fin de complementar los conceptos anteriormente detallados.
Objetivos de Aprendizaje
Se pretende que el lector conozca y comprenda:
1.
Los indicadores de rendimiento; concepto, formas de cálculo e
interpretaciones.
2.
Las diferentes medidas de riesgo que involucra a los
instrumentos financieros.
3.
Renta Fija: El enfoque de Duración-Convexidad. Renta
Variable: coeficiente beta del modelo CAPM.
4.
Los principales indicadores de mercado, formas de calcularlos
y su interpretación. Ventajas y limitaciones.
5.
Los aspectos generales de Tributación de los instrumentos
financieros en Argentina.
6.
El funcionamiento de los índices financieros como indicadores
de tendencia y algunos ejemplos locales e internacionales.
7.
Introducir al lector en el análisis técnico, sus principales
herramientas, métodos y estrategias para optimizar el
rendimiento del portfolio.
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Parámetros de Análisis de Alternativas de Inversión.
1. OBJETIVOS DE INVERSIÓN.
Cuando nos decidimos a invertir en instrumentos financieros, lo hacemos buscando
incrementar nuestro capital. Sin embargo, para que el objetivo central pueda
alcanzarse, antes de realizar cualquier tipo de inversión, ya sea en activos físicos o
financieros, debemos establecer con total claridad y precisión nuestras necesidades y
expectativas respecto del rendimiento esperado, de nuestra tolerancia al riesgo (o
sea, el riesgo que estamos dispuestos a asumir) y del horizonte de inversión
preferido.
RENDIMIENTO.
El concepto de rendimiento nos permite expresar el desempeño financiero de una
inversión.
El Rendimiento es la ganancia (o pérdida) que produce una inversión o negocio,
y usualmente se expresa en términos de un porcentaje anual sobre la inversión
inicial. El Rendimiento de una inversión tiene una relación directa con el riesgo
asociado a la misma.
RIESGO.
Riesgo: condición en la que existe la posibilidad de una desviación respecto de
un resultado deseado y esperado. En finanzas, el Riesgo se refleja a través de
fluctuaciones no previstas en los precios de los instrumentos financieros o en
resultados no esperados, como consecuencia de la variación de los flujos de
efectivo futuros.
Por lo general, cuando se hace mención al riesgo relacionado a un determinado
instrumento financiero o un mercado, se hace referencia a la volatilidad.
La volatilidad es una de las medidas del riesgo de un activo, que permite medir
cuál es el “desvío” de un activo respecto de su “comportamiento medio”.
Una forma usual de medir la volatilidad es calcular las variaciones porcentuales
diarias en el precio del activo y luego calcular el desvío estándar de estas variaciones.
El desvío estándar es una medida de dispersión de los rendimientos alrededor del
rendimiento esperado, donde un desvío estándar más grande indica mayor riesgo.
(ver Módulo 3 Métodos Cuantitativos Aplicados a la Selección y Asesoramiento en
Productos de Inversión).
2
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Parámetros de Análisis de Alternativas de Inversión.
HORIZONTE DE LA INVERSIÓN.
El concepto de Horizonte de Inversión se refiere al período durante el cual estamos
dispuestos a mantener una inversión determinada. Esta circunstancia deriva de la
necesidad de disponibilidad de capital que tenemos a lo largo del tiempo.
Dentro de la clasificación de lo que llamamos “Horizonte de Inversión” encontramos:
Corto Plazo (no debe exceder el año): se privilegia la liquidez y el
rendimiento estable sin arriesgar el capital invertido.
Mediano Plazo (superior al año): se permite tolerar ciertas fluctuaciones de
precios en un corto plazo. Su objetivo es obtener una rentabilidad superior a
las de corto plazo asumiendo un riesgo mayor.
Largo Plazo (superior a los 3 años): objetivos de inversión en instrumentos
financieros de más riesgo, el cual se caracteriza por fuertes fluctuaciones de
sus precios, para lograr un mayor rendimiento del capital invertido.
2. INSTRUMENTOS DE RENTA FIJA.
A continuación, se expondrán las fuentes de rendimiento de los instrumentos
financieros de Renta Fija, las medidas de rendimiento más utilizadas y algunas
herramientas que nos permitirán medir el riesgo de estos instrumentos financieros.
FUENTES DE RENDIMIENTO DE UN BONO.
Existen tres fuentes generadoras de rendimiento de un Bono:
1.
Los pagos por cupones de interés.
2.
La Ganancia/Pérdida realizada al momento del vencimiento del bono, de su
rescate anticipado o por la venta del mismo.
3.
Ingresos por reinversión de cupones de amortización y renta.
INDICADORES DE RENDIMIENTO.
Los Indicadores de rendimiento nos permiten estimar y comparar la ganancia de los
instrumentos financieros en los que invertimos. A continuación, se detallan los
indicadores más relevantes para analizar los Instrumentos de Renta Fija.
3
119
Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Parámetros de Análisis de Alternativas de Inversión.
1.
TASA INTERNA DE RETORNO (TIR).
La medida de rendimiento generalmente utilizada para medir la rentabilidad de un
instrumento de renta fija es la Tasa Interna de Retorno (TIR). Se la llama Tasa Interna
porque en su cálculo no incorpora factores externos como por ejemplo la inflación.
En el momento de evaluar la conveniencia de las inversiones, cuanto mayor sea la
TIR más conveniente será llevar a cabo dicha inversión.
Existe una relación inversa entre el nivel de la TIR y el precio de un bono: a
mayor precio menor TIR y viceversa.
Veamos la definición anterior a partir de la valuación de un bono: La Tasa Interna de
Retorno (TIR) de una inversión es la tasa de interés que iguala el valor (hoy) de la
inversión ($ 97) al valor presente del flujo de fondos que se recibirá en el futuro ($105
/ (1 + 0,825) 1 periodo). Es este caso es 0,0825 o bien el 8,25%.
2.
RENDIMIENTO A LA OPCIÓN DE CALL (YIELD TO CALL - YTC).
Es aquel rendimiento que hace que el valor presente de los flujos de fondos de un
bono hasta la fecha de rescate anticipado sea igual a su precio más intereses corridos.
A continuación, se detallan algunos supuestos que trae consigo la definición de la
YTC:
3.
Los flujos son reinvertidos a la misma tasa hasta la fecha de rescate
anticipado.
El inversor mantiene el bono hasta la fecha de rescate anticipado.
El emisor rescatará el bono en la primera fecha de rescate anticipado.
RENDIMIENTO A LA OPCIÓN DE PUT (YIELD TO PUT - YTP).
Es aquel rendimiento que hace que el valor presente de los flujos de fondos de un
bono hasta la fecha de opción de venta, sea igual a su precio más intereses corridos.
En este caso, se asume que el bono será vendido al emisor anticipadamente en una
fecha de ejercicio del put a un precio de ejercicio según el calendario del put.
4.
RENDIMIENTO EN BASE DESCUENTO (“DISCOUNT YIELD”).
Este indicador es utilizado para medir la rentabilidad de los instrumentos cupón cero.
Esta medida es determinada por dos variables: el valor de compra de este tipo de
instrumento y la cantidad de días al vencimiento.
Rendimiento Descontado =
Valor Nominal – Precio de Compra
Valor nominal
120
x
365
Días al Vencimiento
Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Parámetros de Análisis de Alternativas de Inversión.
5.
RENDIMIENTO CORRIENTE (“CURRENT YIELD”).
El rendimiento corriente de un bono no es más que el cociente o relación entre el
interés del periodo corriente y el precio de mercado.
Es una medida con limitaciones ya que no contempla posibles ganancias a futuro y
los ingresos que se podrían obtener por reinvertir los fondos.
Rendimiento Corriente =
Interés del periodo anual actual
Precio de Mercado
MEDIDAS DE RIESGO.
En el apartado anterior se presentaron las diferentes medidas de rendimiento, el
análisis se completa a partir de las alternativas para cuantificar el riesgo de los bonos
que se presentan en esta sección.
1. DURACIÓN.
La medida más utilizada para medir el riesgo precio y el riesgo reinversión
(conceptos analizados en el Módulo 4 del presente manual) de los instrumentos de
renta fija es la Duración.
Duración es una medida de la sensibilidad del precio del bono ante cambios en
el nivel de tasa de interés o descuento.
La Duración también es interpretada como el plazo promedio de vida de ciertos
instrumentos financieras de renta fija.
Para tener en cuenta, algunos factores que afectan la duración son los siguientes:
A mayor vencimiento más duración, mayor plazo para recuperar la inversión.
Manteniendo constante la TIR a vencimiento, la duración del bono será
mayor cuanto más pequeño sea el tamaño de los cupones de interés, ya que
disminuye el peso relativo de los flujos de fondos más cercanos en el
promedio ponderado de los pagos a recibir.
2. DURACIÓN EFECTIVA.
Por su parte, conceptualmente la duración modificada es el cambio aproximado en el
precio de un bono por cada 100 puntos básicos de cambio en la tasa requerida por el
mercado.
121
Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Parámetros de Análisis de Alternativas de Inversión.
Matemáticamente, la expresión de la duración efectiva es la siguiente:
V(-) - V(+)
2 * V0 * (Var Y)
Donde,
Var Y, es el cambio en la tasa en decimales (para llevarla a porcentaje).
V0, es el precio inicial del bono.
V(-), es el precio del bono si las tasas bajan por Var Y.
V(+), es el precio del bono si las tasas suben en Var Y.
3. DURACIÓN DE UN PORTAFOLIO.
Es el promedio ponderado de las duraciones de los bonos que componen el portafolio.
Se pondera a partir de la proporción que representa el valor de mercado de cada bono
sobre el valor total del portafolio.
Duración de un portafolio= w1 D1 + w2 D2 + w3 D3 + … + wk Dk
Donde:
wi, es el valor de mercado del bono dividido el valor de mercado del portafolio total.
Di, es la duración del bono.
K, es el número de bonos que posee el portafolio.
4. CONVEXIDAD.
La Convexidad se basa en la relación precio-rendimiento e intenta explicar lo que
faltó explicar en la duración. Los factores que afectan a la Convexidad son los
siguientes:
Cuando disminuye la Tasa Interna de Retorno de un bono, aumenta la
convexidad y viceversa.
La Convexidad está relacionada positivamente a la Duración del bono
subyacente.
Si el instrumento tiene Convexidad Positiva, entonces la ganancia cuando las tasas
suben será mayor que la perdida cuando estas bajen, en igual magnitud.
Si el instrumento tiene Convexidad Negativa el comportamiento será contrario a
cuando existe Convexidad Positiva, entonces la pérdida cuando las tasas suben será
mayor que la ganancia cuando estas bajan, en igual magnitud.
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Parámetros de Análisis de Alternativas de Inversión.
3. INSTRUMENTOS DE RENTA VARIABLE.
En este apartado se desarrollarán las diferentes formas de cálculo del rendimiento y
riesgo de los instrumentos de Renta Variable. Además, se expondrán las
características y formas de cálculo de los principales índices financieros tanto del
mercado local como internacional, permitiéndole al lector arribar una mejor
interpretación de los mismos.
RENDIMIENTO DE LAS ACCIONES.
El rendimiento de las acciones proviene de dos fuentes, las cuales constituyen las
variables principales para su cálculo:
1.
Ganancia o Pérdida de capital: si el precio de la acción sube o baja a lo largo del
período de inversión.
2.
Renta: en el caso de que la empresa pague dividendos.
Frecuentemente, los inversores ganan un rendimiento a partir de ambas fuentes. La
fórmula que se utiliza para calcular el rendimiento total de una acción es:
NOTA. En Argentina, la tasa de pago de dividendos es escasa en relación a otros
países del mundo.
1. GANANCIAS POR ACCIÓN.
La ganancia por acción o beneficio por acción, es el beneficio atribuible a los
accionistas deducidos impuestos e intereses.
El beneficio por acción (BPA) se calcula dividiendo el Beneficio Neto de la
empresa por el número de acciones.
2.
MÚLTIPLO PRECIO / GANANCIA POR ACCION (P/E: PRICE TO
EARNINGS).
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123
Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Parámetros de Análisis de Alternativas de Inversión.
El P/E es uno de los múltiplos más utilizados en la industria financiera. El mismo,
mide la cantidad de veces que las utilidades netas de la empresa están contenidas en
el precio de la acción.
P/E =
Precio por Acción
Utilidad Neta por Acción
El P/E puede interpretarse como el monto nominal que está dispuestos a pagar los
inversores por cada Peso de ganancia.
Es importante destacar que no todos los mercados presentan la misma relación P/E,
así:
3.
Los países con mayores tasas de interés real se espera que tengan múltiplos
más bajos que los países con tasas de interés real más bajas.
Los países con mayor crecimiento real de su economía se espera que tengan
relaciones P/E mayores que aquellos de menor crecimiento real.
Los países considerados de mayor riesgo (mayores primas de riesgo) se
espera que tengan múltiplos P/E más bajos que los países más seguros.
MÚLTIPLO PRECIO / VALOR LIBRO POR ACCIÓN (P/B: PRICE TO
BOOK).
Este múltiplo mide la cantidad de veces que el capital contable invertido por el
accionista en la empresa se encuentra contenido en el precio de la acción.
P/B =
Precio por Acción
Patrimonio Neto por Acción (excl. Acciones Preferidas)
Cabe aclarar que las acciones preferenciales no se tienen en cuenta como parte del
Patrimonio Neto al momento de construir este múltiplo.
Este indicador se interpreta como la relación entre el valor que se está abonando en
el mercado por cada acción y su valor contable.
4.
MÚLTIPLO PRECIO / VENTAS POR ACCIÓN (P/S: PRICE TO
SALES).
Este múltiplo mide la cantidad de veces que las ventas de la empresa están contenidas
en el precio de la acción.
8
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Parámetros de Análisis de Alternativas de Inversión.
P/S =
5.
Precio por Acción
Ventas por Acción
RENTABILIDAD POR DIVIDENDOS.
Este es un indicador que se obtiene a partir de la relación entre los dividendos que la
empresa paga por acción y el precio de cotización o de mercado de la acción.
Dividendo por Acción * 100
Rentabilidad por Dividendo =
Precio de Mercado
CAPITALIZACIÓN BURSÁTIL.
La capitalización bursátil surge de multiplicar la cantidad de acciones en circulación
que integran el capital social de la firma, multiplicado por el precio de cotización de
dicha acción en el mercado bursátil.
Capitalización Bursátil = Cantidad de Acciones en Circulación x Precio de
Mercado de una Acción
La sumatoria de las capitalizaciones bursátiles de todas las empresas que cotizan en
los mercados de valores de un país, ofrece una aproximación del tamaño de su
mercado de capitales, por lo que resulta una medida útil para realizar comparaciones.
MEDIDAS DE RIESGO.
Tal como lo definimos al comienzo de este Módulo, riesgo es la condición en la que
existe la posibilidad de una desviación respecto de un resultado deseado y esperado.
A continuación, analizaremos una alternativa para medir el riesgo de los instrumentos
de renta variable conocida como el coeficiente “Beta”; otra medida ampliamente
utilizada es el desvío estándar de los rendimientos de una acción, la cual fue descripta
en el Módulo 3.
COEFICIENTE BETA.
El coeficiente beta consiste en una medida de sensibilidad ampliamente utilizada en
el análisis de riesgo de un instrumento de renta variable tal como las acciones. El
9
125
Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Parámetros de Análisis de Alternativas de Inversión.
mismo tiene por objeto estimar la sensibilidad de las variaciones del precio del
instrumento, respecto a la variación del índice financiero contra el cual se hace la
comparación.
Matemáticamente, el coeficiente “beta” de un instrumento se calcula a partir de la
siguiente fórmula:
i
cov( Ri , Rm )
m2
Donde,
Ri : representa el rendimiento del instrumento i.
Rm : representa el rendimiento del mercado.
m : representa la volatilidad del portafolio de mercado.
i : representa la volatilidad del instrumento i.
im : representa al coeficiente de correlación entre los rendimientos del instrumento i
y los rendimientos del portafolio de mercado.
i : representa la cantidad de riesgo del instrumento i con respecto al portafolio de
mercado.
El indicador β puede asumir los siguientes valores:
β mayor a 1: ante una suba (baja) del índice bursátil, el precio del instrumento
financiero mostrará una variación superior al alza (baja) que el índice de
mercado.
β menor a 1: los cambios generados en el precio del instrumento financiero
serán menores que la variación presentada por el índice representativo del
mercado.
ÍNDICES.
Los índices son indicadores de tendencia, es decir, miden el comportamiento de un
grupo de instrumentos financieros en un determinado mercado.
1. MERVAL.
En Argentina, el índice más difundido es el índice Merval, el cual se publica
diariamente. El índice Merval mide el valor en pesos de una canasta teórica de
acciones.
10
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Parámetros de Análisis de Alternativas de Inversión.
Las acciones que integran la canasta del índice Merval son seleccionadas de acuerdo
a criterios que ponderan su liquidez. Es decir, se seleccionan las acciones más
negociadas en el Mercado de Valores de Buenos Aires.
2. MAR.
El Mercado de Valores de Buenos Aires desarrolló el índice Merval Argentina
(MAR) para poder reflejar el comportamiento de las empresas argentinas dentro del
sistema bursátil. El índice Merval Argentina mide el valor en pesos de una
canasta teórica de acciones, seleccionadas de acuerdo a criterios que ponderan
su liquidez y considerando sólo empresas de capital nacional.
La metodología está basada en aquella que se utiliza en el índice Merval, pero con
modificaciones que tienen por objetivo transformarlo en un indicador para medir la
evolución de las empresas locales. Es decir, el nuevo índice se genera a partir de una
muestra que excluye las sociedades extranjeras.
3. MERVAL 25.
El índice Merval 25 mide el valor en pesos de una canasta teórica de acciones,
seleccionadas de acuerdo a criterios que ponderan las 25 acciones más líquidas.
El índice Merval 25 tiene por objetivo reflejar el comportamiento de las 25 acciones
más representativas en términos de liquidez, respetando la metodología del índice
Merval. Este índice asegura que la canasta siempre incluya un mínimo de 25 acciones
asegurando una diversificación mínima de su canasta de acciones.
4. BURCAP.
Otro índice que se utiliza en Argentina es el Índice BURCAP, cuyo criterio para
incluir acciones en su canasta se relaciona con la capitalización bursátil, es decir, el
valor de mercado de la empresa cotizante. El índice BURCAP es un índice basado
en la capitalización bursátil. Lo que cambia con respecto al índice Merval es la
ponderación de las empresas, ya que la participación de cada acción en el total del
índice es proporcional a su capitalización bursátil. Por lo tanto, es un índice basado
en el tamaño de la capitalización bursátil y no en la liquidez, como el índice Merval.
5. EMBI.
El índice EMBI es un índice de bonos de mercados emergentes. El mismo fue creado
a principios de 1990 por el banco J.P. Morgan y constituye el indicador más
difundido del Riesgo País: el mismo mide el diferencial de tasas de rendimiento de
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Parámetros de Análisis de Alternativas de Inversión.
títulos soberanos denominados en dólares emitidos por un grupo de países
emergentes, y los Bonos del Tesoro de Estados Unidos de similares características.
6. OTROS ÍNDICES INTERNACIONALES.
Índice Standard & Poor´s 500 (EE.UU) - Ofrece a los inversionistas una amplia
exposición al mercado estadounidense mediante una cartera sumamente diversificada
que incluye 500 acciones. Dow Jones Industrials (EE.UU) - Mide el desempeño de
las 30 mayores empresas transadas en la bolsa de Estados Unidos. Índice Bovespa
(Brasil) – Constituye el principal indicador de desempeño del mercado de acciones
de Brasil. Está compuesto por aproximadamente 50 acciones brasileras que cotizan
en el Mercado de Valores de San Pablo. Estas acciones históricamente representan
alrededor del 80% del volumen de las transacciones realizadas.
4. ASPECTOS GENERALES DE TRIBUTACIÓN.
TRATAMIENTO
GANANCIAS
FISCAL
DE
PERSONAS
FÍSICAS
ANTE
En las Obligaciones Negociables tanto el interés como el resultado de la venta están
exentos del impuesto a las ganancias. Los Títulos Públicos, los Fondos Comunes
de Inversión y los Títulos de deuda de Fideicomisos Financieros reciben el mismo
tratamiento que las Obligaciones Negociables en su relación con el impuesto a las
ganancias. De tratarse de acciones cotizables, en el impuesto a las ganancias hay
exención por el resultado por venta de las Acciones. El dividendo no es computable.
En las Opciones sobre acciones el tratamiento difiere: el cobro de la prima estaría
gravado. Si el derivado se liquida por diferencias la ganancia estará gravada al
resultado.
TRATAMIENTO FISCAL DE PERSONAS FÍSICAS ANTE BIENES
PERSONALES
Las Obligaciones Negociables están gravadas al valor de cotización a la fecha de
cierre de ejercicio. Los Títulos de deuda de FF y los Fondos Comunes de
Inversión siguen el mismo tratamiento. Los Títulos Públicos están exentos del
impuesto a los bienes personales. Las Acciones están gravadas al valor de cotización
12
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Parámetros de Análisis de Alternativas de Inversión.
a la fecha de cierre de ejercicio. No paga el titular de las acciones sino la sociedad
emisora y siempre lo hace a la alícuota del 0.25%.
TRATAMIENTO FISCAL ANTE GANANCIA MÍNIMA PRESUNTA
PARA PERSONAS JURÍDICAS
Las Obligaciones Negociables y los Títulos de deuda de Fideicomisos Financieros
están gravados a la tasa del 1%, sobre su valor de cotización a la fecha de cierre de
ejercicio.
Los Títulos Públicos y los Fondos Comunes de Inversión están gravados al último
valor de cotización a la fecha de cierre del ejercicio. Las Acciones se encuentran
exentas del impuesto ante Ganancia Mínima Presunta.
Los Plazos Fijos están exentos del impuesto a las ganancias y del impuesto a los
bienes personales para personas físicas, pero no del Impuesto a la Ganancia
Mínima Presunta.
TRATAMIENTO ANTE EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Títulos Públicos, Acciones, Fondos Comunes de Inversión, Obligaciones
Negociables, Títulos de Deuda Fiduciaria, entre otros instrumentos, están exentas
las prestaciones financieras e intereses y asimismo los resultados por su venta.
5. ANÁLISIS TÉCNICO.
En esta última sección, nos enfocaremos en el uso de gráficos a fin de analizar las
alternativas de inversión para la posterior toma de decisiones. El análisis técnico
consiste en estudiar el comportamiento pasado y presente de los precios de los
instrumentos financieros y aquello relacionado con los volúmenes negociados a fin
de proyectar su comportamiento futuro a través de gráficos e indicadores.
Para realizar este tipo de análisis existen distintos métodos, aunque todos se basan en
tres supuestos:
Eficiencia de mercado.
Los mercados y los instrumentos individuales se mueven conjuntamente en
tendencias, hasta que la interacción entre la demanda y la oferta presente cambios
que modifiquen la tendencia.
13
129
Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Parámetros de Análisis de Alternativas de Inversión.
Los mercados tienen ciclos o patrones de comportamiento repetitivos.
A continuación, se describirán las principales herramientas del Análisis Técnico.
GRÁFICO DE BARRAS.
Se lo llama Gráfico de Barras porque la información sobre los precios del día se
representa por medio de una barra vertical. Muestra los precios de apertura, máximo,
mínimo y de cierre.
Con un “tic” a la derecha de la barra vertical se representa el precio de cierre mientras
que con un “tic” a la izquierda queda determinado el precio de apertura.
La visualización de la serie de precios en este formato permite ver los rangos de
precios en los que se mueve la acción en cada sesión.
GRÁFICO DE LÍNEAS.
Este tipo de gráfico es utilizado cuando la información del mercado o del instrumento
que estamos analizando es escasa y tan sólo disponemos del último precio de cierre
en cada sesión. Puntualmente, el mismo consiste en una serie de puntos, los cuales
representan el precio de cierre diario del activo financiero, que se encuentran unidos
por una línea.
GRÁFICO DE VELAS.
El Grafico de Velas registra los mismos precios que el Grafico de Barras (apertura,
cierre, máximo y mínimo). Su diferencia radica en la presentación visual: una
14
130
Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Parámetros de Análisis de Alternativas de Inversión.
delgada línea negra en los extremos superior e inferior, llamada sombra, muestra el
alcance que el precio ha tenido en el día, desde su precio máximo a su mínimo. La
parte más ancha de la barra, el cuerpo, mide la distancia existente entre el precio de
apertura y el cierre.
IMPORTANCIA DEL VOLUMEN.
El volumen es la cantidad nominal negociada de un instrumento financiero durante
un cierto periodo de tiempo. Puede medirse según el total negociado del mercado o
por instrumento financiero negociable en particular.
Este concepto es utilizado a fin de confirmar las tendencias o patrones de los gráficos
utilizados en el análisis técnico. Así, cualquier movimiento al alza o a la baja del
precio con un volumen relativamente alto, adquiere mayor relevancia en términos del
análisis técnico, respecto de un movimiento similar con escaso volumen. Entonces,
el volumen nos permite validar los cambios observados en el precio de un
instrumento financiero.
TENDENCIA.
Tomado las premisas del análisis técnico mencionadas al comienzo de esta sección,
podemos deducir que los precios muestran tendencias a lo largo del tiempo; así, la
tendencia es el patrón de largo plazo del movimiento que presenta el precio de un
instrumento financiero en una dirección particular. Los movimientos de mercado se
caracterizan por no seguir una línea recta, sino que lo hacen con oscilaciones.
Como dijimos anteriormente, los precios muestran “tendencias” y estas pueden ser
clasificadas según dos criterios: a) dirección y b) duración. Según su dirección, las
tendencias se pueden tipificar en alcistas, bajistas y laterales. Mientras que según su
duración, las tendencias pueden clasificarse en corto plazo, plazo intermedio y largo
plazo.
MEDIAS MÓVILES.
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131
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Parámetros de Análisis de Alternativas de Inversión.
Las medias móviles son precios promedio de los instrumentos financieros en un
periodo determinado. Se obtiene a partir de un valor promedio calculado con
observaciones que van cambiando. El análisis de la evolución de estos promedios
permite eliminar las distorsiones que provocan las variaciones diarias de precios y
así identificar, la tendencia y los posibles cambios de dirección de los precios.
El cálculo de las medias móviles puede llevarse a cabo para diferentes plazos
dependiendo de la cantidad de ruedas bursátiles analizadas. En general, los cálculos
de corto plazo pueden realizarse tomando ventanas temporales de entre 10 y 50
ruedas bursátiles y las tendencias de largo plazo se identifican a partir de intervalos
de 200 ruedas.
Las medias móviles son por definición "rezagadas" en relación al comportamiento
del precio, es decir, no se anticipan a los posibles cambios de tendencia. Se emplean
como herramienta de confirmación de estos cambios.
SOPORTES Y RESISTENCIAS.
A continuación, definiremos los conceptos centrales de esta herramienta de análisis:
Soporte: es el rango de precios para el cual se espera un incremento significativo de
la demanda del instrumento y por ende el analista espera la detención del movimiento
bajista y un repunte al alza de precios.
Resistencia: es el rango de precios para el cual se espera un incremento significativo
de la oferta del instrumento y por ende el analista espera la detención del movimiento
alcista y una caída del precio.
Si la tendencia es alcista los soportes y resistencias serán cada vez más altos, mientras
que si la tendencia es bajista los soportes y resistencias serán cada vez más bajos.
ONDAS DE ELLIOTT.
En la década del 30´ Ralph Elliott demostró que el precio de los instrumentos
financieros que aparecían en los gráficos presentaban los mismos patrones en ciclos
repetidos. Estos ciclos formaban parte de las continuas alzas y bajas y los denominó
“ondas”.
La teoría en que se basa las Ondas de Elliot es que el mercado de valores sigue un
ritmo repetitivo de cinco ondas hacia adelante seguidas por tres ondas de retroceso.
El objetivo de esta herramienta es identificar las formaciones de ondas de mayor
impulso que son aquellas que generan mayor rendimiento. Las ondas de Elliott deben
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Parámetros de Análisis de Alternativas de Inversión.
mostrarnos la existencia de “retrocesos” para ingresar con un riesgo más bajo en
nuestras inversiones.
SECUENCIA DE FIBONACCI.
Por su parte, Leonardo Fibonacci descubrió una secuencia numérica que Elliott
describe como la base de su Teoría. La secuencia numérica es la siguiente:
1,1,2,3,5,8,13,21,34,55,89,144 y así hasta el infinito. El número de ondas sigue la
secuencia de Fibonacci.
Propiedades:
La razón aritmética de cualquier número en relación al siguiente número de
la serie se aproxima a 0,618 o al 61,8% a partir del 4º número.
La razón aritmética de cualquier número en relación a dos números más a la
derecha se aproxima a 0,382 o al 38,2%.
La razón aritmética de cualquier número en relación a tres números más a la
derecha se aproxima a 0,236 o al 23,6%.
Estas relaciones mencionadas son la base para determinar correcciones en las
cotizaciones y extensiones de las cotizaciones en una tendencia.
6. RESUMEN.
En el presente resumen sólo se incluyen algunas referencias que se estiman convenientes a
la hora de repasar los conceptos esenciales de los contenidos tratados y no debe entenderse
bajo ningún concepto como una síntesis exhaustiva, recomendando al alumno una lectura
meditada y profunda de los contenidos desarrollados.
El rendimiento es la ganancia (o pérdida) que produce una inversión o negocio, y
usualmente se expresa en términos de un porcentaje anual sobre la inversión
inicial.
Riesgo: condición en la que existe la posibilidad de una desviación respecto de un
resultado deseado y esperado.
El concepto de Horizonte de Inversión se refiere al período durante el cual estamos
dispuestos a mantener una inversión determinada. Esta circunstancia deriva de la
necesidad de disponibilidad de capital que tenemos a lo largo del tiempo.
La volatilidad es una de las medidas del riesgo de un activo, que permite medir
cuál es el “desvío” de un activo respecto de su “comportamiento medio”.
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Parámetros de Análisis de Alternativas de Inversión.
El desvío estándar es una medida de dispersión de los rendimientos alrededor del
rendimiento esperado.
Los indicadores de rendimiento de los instrumentos de renta fija permiten estimar
y comparar sus rendimientos. En el presente Módulo fueron analizados los
siguientes: Tasa Internada de Retorno (TIR); Rendimiento a la Opción de Call
(Yield to Call - YTC); Rendimiento a la Opción de Put (Yield to Put - YTP);
Rendimiento en Base Descuento (Discount Yield); y Rendimiento Corriente
(Current Yield).
Duración es una medida de la sensibilidad del precio del bono ante cambios en el
nivel de tasa de interés o descuento. La Duración mide el porcentaje de cambio en
el precio del bono cuando la tasa a la que descontamos los flujos de pagos aumenta
o disminuye 1%.
La Convexidad muestra la relación precio-rendimiento e intenta explicar lo que
falto explicar en la duración.
El rendimiento de las acciones proviene de dos fuentes, las cuales constituyen las
variables principales para su cálculo: la Ganancia o Pérdida de capital (si el precio
de la acción sube o baja a lo largo del período de inversión) y la Renta (si la
empresa paga dividendos).
Indicadores de Rendimiento y Riesgo de los instrumentos de Renta Variable:
Ganancia por Acción; Múltiplo Precio por Acción (Price to Earnings); Múltiplo
Valor Libro (Price to Book); Múltiplo Ventas por Acción (Price to Sales);
Rentabilidad por Dividendo; el coeficiente Beta para medir el riesgo de una
acción.
La capitalización bursátil surge de multiplicar la cantidad de acciones en
circulación que integran el capital social de la firma, multiplicado por el precio de
cotización de dicha acción en el mercado bursátil.
Los Índices son indicadores de tendencia, es decir, miden el comportamiento de
un grupo de instrumentos financieros en un determinado mercado. En Argentina
el índice más difundido es el Merval. Los índices internaciones más importantes
son: Índice Standard & Poors 500 (EE.UU), Dow Jones (EE.UU), Bovespa
(Brasil).
El tratamiento fiscal ante Ganancias y Bienes Personales difiere según se trate de
una persona física o una persona jurídica. Las personas físicas se encuentran
excluidas de la tributación del impuesto a las Ganancias en el Mercado de
Capitales salvo casos puntuales como en ciertos derivados financieros.
El análisis técnico consiste en estudiar el comportamiento pasado y presente de
los precios de los instrumentos financieros y aquello relacionado con los
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Parámetros de Análisis de Alternativas de Inversión.
volúmenes negociados a fin de proyectar su comportamiento futuro a través de
gráficos e indicadores.
7. PREGUNTAS DE REPASO.
1. ¿Qué es el Desvío Estándar? ¿Se puede medir el riesgo?
2. ¿Cómo se relaciona la tasa de mercado con el precio de un bono?
3. ¿Por qué es necesario que en el cálculo YTC el valor presente de los flujos de
fondos sea igual a su precio más intereses corridos?
4. ¿Por qué el Rendimiento en Base Descuento es útil para medir la rentabilidad
generada por un título cupón cero?
5. ¿Cuál es la medida más utilizada para medir el riesgo precio y el riesgo de
reinversión?
6. Relación entre TIR Y Duración.
7. ¿Que muestra la Convexidad Efectiva? ¿Cuáles son los factores que la afectan?
8. Diferenciar P/E, P/B y P/S. Enumerar las ventajas y desventajas de cada concepto.
9. ¿Si el Beta es un indicador para medir riesgo…es lo mismo que utilizar el desvío
estándar?
10. ¿Todos los instrumentos que se operan en el Mercado de Capitales están exentos
de tributación? ¿Cuales?
11. Mencionar los principales indicadores de tendencia difundidos en Argentina y
marcar las diferencias, en cuanto a la metodología, con los principales índices
internacionales.
12. Enumerar los supuestos en los que se basa el Análisis Técnico.
13. Gráfico de Barras y Grafico de Líneas. Similitudes y diferencias. ¿Qué
herramienta utilizo si la información es escasa?
14. ¿Por qué es tan importante el Volumen de las operaciones de un mercado en un
día determinado?
15. ¿Qué significa que las medias móviles son “rezagadas” por definición?
16. ¿Qué representan las Ondas de la teoría de Elliott?
17. ¿Qué consecuencia tuvo el descubrimiento de Fibonacci en la teoría desarrollada
por Elliott?
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135
Módulo 7
Exposición de la Información
Financiera y Criterios Generales
de Valuación.
El objetivo general del Módulo es que el lector conozca ciertos conceptos que le
permitirán realizar una interpretación de la información que se expone en los Estados
Contables de las empresas, con el fin comprender la situación económica y financiera de
la misma, para luego introducir algunos criterios generales para determinar su valor
económico. También, se apunta a que se adquieran algunos conocimientos técnicos
básicos aplicados a la determinación del perfil del inversor y el diseño de una estrategia
de administración de cartera.
Objetivos de Aprendizaje
Se pretende que el lector conozca y comprenda:
1.
La estructura de los Estados Contables, sus componentes y
algunas herramientas para analizar la situación económica y
financiera de las empresas.
2.
El concepto de la estructura de capital de una empresa, distintos
métodos de valuación absoluta de empresas y el método de los
comparables.
3.
La estructura de los bonos con opciones financieras embebidas,
por ejemplo, callables, putables y convertibles; algunas
herramientas para el análisis y la valuación de instrumentos de
renta fija.
4.
La detección de las necesidades de un potencial inversor, la
determinación de su perfil de riesgo, y el correcto asesoramiento
sobre el producto son aspectos básicos que se encuentran
presentes en el proceso de venta.
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Exposición de la Información Financiera y Criterios Generales de Valuación
1. LOS ESTADOS CONTABLES.
Los Estados Contables constituyen uno de los elementos más importantes para la
transmisión de información económica sobre la situación y la gestión de entes públicos
o privados, ya fuesen éstos con o sin fines de lucro; el emisor los prepara tanto para el
uso propio como para su presentación a terceras personas, entre ellas: acreedores, entes
gubernamentales y de contralor, propietarios y en los casos que corresponda, las bolsas
de comercio.
Los Estados Contables son documentos que contienen información sobre el patrimonio
del ente emisor a una determinada fecha y su evolución económica y financiera en el
período que abarcan.
Los mismos se elaboran respetando los criterios fijados por las leyes y/o normas
profesionales del país donde se presentan ante el organismo de control
correspondiente. Es decir, independientemente del tipo de empresa, los Estados
Contables se estructuran siguiendo criterios en común.
Siguiendo lo que detalla la segunda parte de la Resolución Técnica Nº 8 de la
Federación Argentina de Consejos de Ciencias Económicas (FACPCE), en su Capítulo
II Normas Comunes a Todos los Estados Contables, establece los “Estados Básicos”
obligatorios a presentar, detallando los siguientes:
1. Estado de Situación Patrimonial o Balance General.
2. Estado de Resultados (en los entes sin fines de lucro, estado de recursos y gastos).
3. Estado de Evolución del patrimonio neto.
4. Estado de Flujo de Efectivo.
Agregando que, en todos los casos debe respetarse la denominación de los Estados
Básicos y los mismos deben integrarse con la información complementaria, que es
parte de ellos.
Por otro lado, la misma norma hace referencia a los “estados complementarios”, los
estados consolidados constituyen información complementaria que debe presentarse
adicionalmente a los Estados Básicos, cuando así corresponda por aplicación de la
Resolución Técnica Nº 4 (Consolidación de Estados Contables).
El Estado Contable Individual es el Estado Contable de cada una de las empresas
controladas. El Estado Contable Consolidado es el agregado de todos los Estados
Contables de las empresas controladas.
En lo que respecta a la “información complementaria” antes mencionada, la misma
comprende la información que debe exponerse, pero no está incluida en el cuerpo de
los Estados Básicos, sin embargo, dicha información forma parte de éstos. La misma
se expone en el encabezamiento de los estados, en Notas o en cuadros Anexos. Debe
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Exposición de la Información Financiera y Criterios Generales de Valuación
hacerse referencia en el rubro pertinente de los estados a la información
complementaria respectiva que figure en Notas o Anexos.
Los Estados Contables o Financieros se encuentran organizados de la siguiente manera:
Memoria o Reseña Informativa
Estado de Situación Patrimonial
Estado de Resultados
Estado de Flujos de Efectivo
Estado de Evolución del Patrimonio Neto
Anexos de los Estados Contables y Notas a los Estados Contables
Informe del Auditor
Informe de la Comisión Fiscalizadora
LA MEMORIA O RESEÑA INFORMATIVA.
Todo Estado Contable anual debe contener la Memoria Anual del Directorio. El
artículo 66 de la Ley de Sociedades Comerciales 19.550 describe a la Memoria de la
siguiente manera:
Los administradores deberán informar, en la Memoria, sobre el estado de la sociedad en
las distintas actividades en que se haya operado y su juicio sobre la proyección de las
operaciones y otros aspectos que se consideren necesarios para ilustrar sobre la
situación presente y futura de la sociedad.
Los Estados Contables trimestrales, en lugar de la Memoria Anual del Directorio,
contienen la Reseña Informativa Trimestral.
ESTADO DE SITUACIÓN PATRIMONIAL.
El Estado de Situación Patrimonial refleja a un momento los Activos, Pasivos y el
Patrimonio Neto del emisor.
ACTIVO, PASIVO Y PATRIMONIO NETO.
“Un ente tiene un activo cuando, debido a un hecho ya ocurrido, controla los beneficios
que produce un bien. Este debe tener un valor de cambio o un valor de uso. Pudiendo
haber tenido un costo o no.” (Fowler Newton 2002)
El Activo refleja el conjunto de bienes y derechos de la empresa.
Las partidas integrantes del activo se clasifican en Corrientes y No Corrientes y, dentro
de estos grupos, integran rubros de acuerdo con su naturaleza.
Los rubros del Activo Corriente y No Corriente se ordenarán (dentro de cada grupo)
en función decreciente de su liquidez global considerada por rubros.
Los activos se clasifican en corrientes si se espera que se convertirán en dinero o
equivalente en el plazo de un año, desde la fecha de cierre del periodo al que se refieran
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Exposición de la Información Financiera y Criterios Generales de Valuación
los Estados Contables. En caso contrario, los activos se clasificarán en la categoría de
Activo No Corriente.
El Pasivo refleja las deudas y las probables contingencias que posee la empresa con
terceros.
“Un ente tiene un Pasivo cuando:
1) Está obligado a entregar activos o prestar servicios a otra persona (física o
jurídica);
2) La cancelación de la obligación: (a) Es ineludible o altamente probable; (b)
Deberá efectuarse en una fecha determinada o determinable o debido a la
ocurrencia de cierto hecho o a requerimiento del acreedor;
3) El hecho o transacción que la ha generado ya ocurrió”. (Fowler Newton 2002)
Por su parte, las partidas que integran el Pasivo también se clasifican en Corrientes y
No Corrientes y, dentro de estos grupos, integran rubros de acuerdo con su naturaleza.
Los Pasivos Corrientes corresponden a las deudas que la empresa debe saldar en un
período de tiempo menor a un año, computado desde la fecha de cierre del periodo al
que se refieren los Estados Contables. En cambio, los Pasivos No Corrientes se refieren
a las deudas que deben ser canceladas en un período de tiempo mayor a un año.
El Patrimonio Neto es la diferencia entre el activo y el pasivo.
EL ESTADO DE SITUACIÓN PATRIMONIAL Y LA ESTRUCTURA DE CAPITAL.
Una forma usual de esquematizar al Estado de Situación Patrimonial es la siguiente:
PASIVO
ACTIVO
PATRIMONIO
NETO
El Activo está compuesto por los elementos que la empresa posee para generar dinero,
y el Pasivo junto con el Patrimonio Neto se refiere a la forma en que se financia el
Activo. Por su parte, el Pasivo corresponde a las deudas que la empresa posee con
terceros, mientras que el Patrimonio Neto corresponde al dinero aportado por los
accionistas. Este esquema se refleja en la siguiente relación de equivalencia:
ACTIVO = PASIVO + PATRIMONIO NETO
Por otro lado, el esquema presentado es útil para comprender el concepto de la
Estructura de Capital de una empresa. La Estructura de Capital es la manera en que una
empresa financia sus activos.
4
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Exposición de la Información Financiera y Criterios Generales de Valuación
ESTADO DE RESULTADOS.
Para comprender correctamente el Estado de Resultados de una determinada empresa
es necesario conocer el negocio al cual se dedica la misma y, por consiguiente, la
conformación de cada una de sus cuentas. El Estado de Resultado muestra los recursos
y erogaciones de la empresa en un período de tiempo determinado.
Una forma típica de estructurar el Estado de Resultados es la siguiente:
Ventas
- Costo de Ventas
Utilidad Bruta
- Gastos de Comercialización
- Gasto de Administración
- Gastos Operativos
-Depreciaciones
y amortizaciones
Utilidad Operativa
- Intereses
Utilidad antes de Impuestos
- Impuestos
Utilidad Neta
Ventas: representa a los ingresos de la empresa, ya sea
por venta de productos o servicios.
Costo de Ventas: representa a las erogaciones realizadas
para producir lo que figura en la cuenta de ventas tal
como materia prima, mano de obra, etc.
Gastos de Comercialización: representa a las erogaciones
realizadas para comercializar lo que figura en la cuenta
de ventas tal como vendedores, publicidad, fletes, etc.
Gastos de Administración: representa a las erogaciones
realizadas para la administración general del negocio tal
como salarios, insumos y equipos de oficinas, etc.
Depreciaciones y Amortizaciones: representa la
afectación al resultado del ejercicio de una parte del costo
de los activos fijos. Cabe aclarar que esta cuenta no
representa erogaciones monetarias, sino que se asocian a
erogaciones realizadas en el pasado y que tienen como fin
su reemplazo. Por ejemplo, la compra de un equipo o de
una patente.
Intereses: representa a los ingresos o egresos por
préstamos o inversiones.
Impuestos: representa a los egresos en concepto de
impuestos.
Con el fin de comprender la diferencia entre la Utilidad Bruta y la Utilidad Operativa,
es importante diferenciar los conceptos de “costo” de lo que se considera “gasto”.
Se considera costo, a las erogaciones que se deben efectuar para situarse en el mercado
vendiendo productos o servicios.
Se considera gasto, a las erogaciones necesarias pero que no posee una vinculación
directa con el producto o servicio brindado por la empresa.
El Estado de Resultados se encuentra relacionado con el Estado de Situación
Patrimonial de la siguiente manera:
ACTIVOS AL FINAL DEL PERÍODO = PASIVO AL FINAL DEL PERÍODO + PATRIMONIO
NETO AL INICIO DEL PERÍODO + RESULTADO DEL PERÍODO
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Exposición de la Información Financiera y Criterios Generales de Valuación
El Estado de Resultados da origen a dos indicadores muy utilizados en el ámbito
financiero: el EBITDA (Earnings Before Interest, Taxes, Depresiations and
Amortizations, utilidad obtenida antes de Interes, Impuestos, Depreciaciones y
Amortizaciones) y el EBIT (Earnings Before Interest and Taxes, es la Utilidad
Operativa).
EBITDA = UTILIDAD OPERATIVA + DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES
EBIT = UTILIDAD OPERATIVA
ESTADO FLUJO DE EFECTIVO.
El Estado Flujo de Efectivo expone el ingreso y egreso de fondos ocurridos durante un
período de tiempo determinado, diferenciando las operaciones originadas por las
actividades operativas, de inversión y de financiación.
El presente estado tiene como objetivo mostrar la capacidad de la empresa de generar
efectivo y la forma en que lo utiliza. Para ello separa las actividades en las
mencionadas tres categorías: operativas, de inversión y de financiación.
ESTADO DE EVOLUCIÓN DEL PATRIMONIO NETO.
El Estado de Evolución del Patrimonio Neto, informa la composición del patrimonio neto
y las causas de los cambios acaecidos durante los períodos presentados en los rubros
que lo integran.
Este estado posee como fin mostrar el aporte de los accionistas más el destino de las
utilidades a lo largo de la vida de la empresa. Las utilidades pueden ser distribuidas o
no distribuidas a los accionistas. La asamblea de accionistas es quien decide si estas se
distribuyen. El fin de retener las utilidades, y no distribuir dividendos, está dirigido a
realizar inversiones en infraestructura y/o equipos para ampliar el negocio, mejorar la
eficiencia y mantener el capital de trabajo. Asimismo, se logran disminuir los costos
de financiación ya que no es necesario tomar deuda para tales fines.
ANEXOS Y NOTAS DE LOS ESTADOS CONTABLES.
Generalmente en los distintos Estados Contables las diferentes cuentas se encuentran
referenciadas a Anexos y Notas.
Los Anexos brindan información cuantitativa sobre las cuentas a las que se refieren. Las
Notas brindan información cualitativa sobre las cuentas a las que se refieren.
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Exposición de la Información Financiera y Criterios Generales de Valuación
INFORME DE LOS AUDITORES.
En el Informe de los Auditores se expone la opinión objetiva del auditor sobre los
Estados Contables. El auditor puede expresarse de las siguientes maneras: Favorable,
Favorable con Salvedades, Adversa, Abstención de Opinión.
INFORME DE
SINDICATURA.
LA
COMISIÓN
FISCALIZADORA
O
LA
La función de la Comisión Fiscalizadora o la Sindicatura consiste en realizar los
controles tanto legales como contables de las acciones llevadas a cabo por el Directorio
de la empresa. Son los encargados de controlar que el Directorio cumpla con la Ley,
el estatuto societario y las decisiones tomadas por los accionistas en las asambleas.
2. INTRODUCCIÓN AL ANÁLISIS
ESTADOS CONTABLES.
DE
LOS
Sobre los mencionados estados financieros existen distintos tipos de análisis, en este
manual nos enfocaremos en el análisis horizontal, el análisis vertical y el análisis por
medio de índices financieros.
ANÁLISIS HORIZONTAL.
El Análisis Horizontal consiste en comparar las cuentas del Estado de Situación
Financiera y el Estado de Resultados como mínimo de tres ejercicios anteriores.
Además, con el fin de realizarlo correctamente, es fundamental asegurarse que todas
las cuentas que se comparan entre sí, estén calculadas siguiendo los mismos criterios
contables. Este análisis es utilizado en la industria financiera ya que permite ver la
evolución de las distintas cuentas de la empresa en términos monetarios, y así elaborar
la tendencia de las mismas.
En este tipo de análisis se busca identificar cuáles fueron las cuentas que más crecieron
o decrecieron en términos monetarios. Existen dos maneras de realizarlo: una manera
consiste en observar las cuentas “generales” para luego ir a las cuentas “particulares”
(Análisis Top-Down); así, en el análisis horizontal de las cuentas del Estado de
Situación Patrimonial podríamos comenzar por analizar las cuentas de Activo, Pasivo
y Patrimonio Neto, tanto en el Activo como en el Pasivo se analiza la evolución en
Corriente y No Corriente, dentro de cada rubro se analizan las cuentas particulares que
explican el porqué de la evolución. La otra forma consiste en observar las cuentas
“particulares” para luego ir a las cuentas “generales” (Análisis Bottom-Up).
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Exposición de la Información Financiera y Criterios Generales de Valuación
ANÁLISIS VERTICAL.
El Análisis Vertical consiste en expresar al Estado de Situación Patrimonial y al Estado
de Resultados en términos porcentuales, tomando como base al Activo y las Ventas,
respectivamente. Dichas conversiones se realizan de la siguiente manera:
CONVERSIÓN DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE SITUACIÓN PATRIMONIAL (en %
de Activo):
Cuenta del Estado de Situación Patrimonial expresada en términos porcentuales =
(Cuenta del Estado de Situación Patrimonial x 100) / Activo Total
CONVERSIÓN DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE RESULTADOS (en % de Ventas):
Cuenta del Estado de Resultados expresada en términos porcentuales = (Cuenta del
Estado de Resultados x 100) / Ventas Totales
El Análisis Vertical permite identificar las cuentas que, según su monto, resultan más
relevantes. Asimismo, permite monitorear que cuentas con el transcurso del tiempo
adquirieron o perdieron importancia.
Una vez realizada dicha conversión se procede a realizar el análisis de la evolución de
las distintas cuentas. Como dijimos anteriormente, existen dos formas de realizar este
análisis: observar las cuentas “generales” para luego ir a las cuentas “particulares”
(Análisis Top-Down) y la otra forma consiste en observar las cuentas “particulares”
para luego ir a las cuentas “generales” (Análisis Bottom-Up).
ANÁLISIS POR MEDIO DE ÍNDICES FINANCIEROS.
Los Índices Financieros permiten resumir y ordenar la información económica-financiera
de los Estados Contables con el fin de obtener una fácil interpretación de los mismos.
Los Índices Financieros se establecen a partir de una relación matemática entre dos o
más variables extraídas de los Estados Contables de una empresa. A continuación, se
exponen algunos ejemplos.
ÍNDICES DE LIQUIDEZ.
Los Índices de Liquidez permiten medir la capacidad de la empresa de generar efectivo
y cumplir con las deudas en el corto plazo. Es por ello que éstos reflejan las relaciones
existentes entre el activo corriente y el pasivo corriente.
Índice de Liquidez Corriente: Refleja qué porción del Pasivo Corriente se encuentra
cubierta por el Activo Corriente. Este índice es utilizado para analizar la solvencia de
la empresa en el corto plazo.
Índice de Liquidez Corriente = Activo Corriente / Pasivo Corriente
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Exposición de la Información Financiera y Criterios Generales de Valuación
Índice de Prueba Ácida: Debido a que los inventarios resultan ser los activos menos
líquidos del activo corriente, con este índice se analiza la solvencia de la empresa sin
tener en cuenta los inventarios.
Índice de Prueba Ácida = (Activo Corriente – Inventarios) / Pasivo Corriente
Capital de Trabajo: Es una medida de los recursos que posee la empresa para operar
una vez cancelada las deudas.
Capital de Trabajo = Activo Corriente – Pasivo Corriente.
ÍNDICES DE ENDEUDAMIENTO.
Estos índices miden la calidad y cantidad de la deuda de una empresa. Además, dan
cuenta de la relación entre la deuda y el capital propio de una empresa.
Índice de Endeudamiento: Es una medida que permite determinar el nivel de
autonomía de una empresa frente a sus acreedores indicando su capacidad de
endeudamiento.
Índice de Endeudamiento = Pasivo / Activo
Índice de Apalancamiento: Permite determinar si los acreedores o los propietarios son
los que aportan el capital para el funcionamiento de la empresa.
Índice de Apalancamiento = Pasivo / Patrimonio Neto
ÍNDICES DE GESTIÓN DE ACTIVOS.
Estos índices miden la eficiencia del uso de los activos por parte de la empresa.
Rotación de Inventarios: Mide la eficiencia de las ventas, ya que permite identificar
cuantas veces el inventario rota en el período de un año.
Rotación de Inventarios = Ventas / Inventarios
Período Promedio de Cobro: Refleja el número promedio de días que las cuentas por
cobrar tardan en convertirse en efectivo.
Período Promedio de Cobro = (Cuentas a Cobrar x 360) / Ventas
ÍNDICES DE RENTABILIDAD.
Estos índices permiten evaluar los rendimientos que obtiene la empresa en relación a
sus activos, ventas o al capital.
Margen de Beneficio Neto: Permite medir la proporción de las ventas que se
convierten en Utilidad Neta.
Margen de Beneficio Neto = Utilidad Neta / Ventas
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Exposición de la Información Financiera y Criterios Generales de Valuación
Retorno del Patrimonio Neto (ROE - Return of Equity): Este índice mide la proporción
del patrimonio neto que se transforma en utilidades o pérdida para el accionista.
Retorno del Patrimonio Neto (t) = Utilidad Neta (t) / Patrimonio Neto (t-1)
3. INTRODUCCIÓN
EMPRESAS.
A
LA
VALUACIÓN
DE
Al momento de comparar una acción de una determinada empresa es inevitable
preguntarse si el precio de mercado de dicho activo resulta ser adecuado. La teoría de
valuación de empresas nos permite responder dicha pregunta a partir de los distintos
modelos de valuación absoluta y los métodos de valuación relativa.
Los modelos de valuación absoluta nos permiten estimar el valor de una empresa
mediante el cálculo del valor presente de los flujos de fondos futuros esperados.
Los métodos de valuación relativa nos permiten establecer el valor de una empresa
mediante la comparación con otras empresas.
MÉTODOS DE VALUACIÓN ABSOLUTA.
Antes de presentar los distintos métodos de valuación absoluta es importante resaltar
la diferencia existente entre el concepto de valor de mercado de una acción y el
concepto de valor intrínseco de una acción.
El valor de mercado de una acción es la cotización en el mercado. El valor intrínseco de
una acción es el valor que vamos a calcular utilizando alguno de los métodos de
valuación absoluta. Bajo la hipótesis de mercado eficiente, el valor intrínseco de una
acción coincide con el valor de mercado. Se decide INVERTIR cuando el valor intrínseco
es mayor al valor de mercado. Se decide NO INVERTIR O DESINVERTIR cuando el valor
intrínseco es menor o igual al valor de mercado.
Los distintos métodos de valuación absoluta nos van a dar las herramientas necesarias
para determinar el valor intrínseco de una acción.
La valuación absoluta se basa en el cálculo del valor presente de los flujos de fondos
futuros esperados de la empresa. Para ello se aplica la siguiente ecuación:
m
Valor de la empresa =
FFn
(1 r )
n1
n
n
10
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Exposición de la Información Financiera y Criterios Generales de Valuación
Siendo, n: la cantidad de períodos; FFn: los flujos de fondos esperados correspondiente
al enésimo período; rn: la tasa de descuento correspondiente al enésimo período.
Las distintas formas de valuación absoluta difieren en la definición de los flujos de
fondos esperados utilizados.
La tasa de descuento debe contemplar el riesgo que posee el flujo de fondos esperado
a descontar.
En el caso que los flujos de fondos futuros esperados sean los dividendos o el flujo
libre para el accionista, ambos representan la ganancia que tiene el accionista por
poseer la acción. Estos flujos de fondos están definidos una vez que los intereses
correspondientes a las deudas fueron pagados, por lo tanto, el flujo no posee
componentes de deuda. Es por ello que al descontar el flujo la tasa de descuento debe
contener solamente el riesgo asociado al capital. La tasa de descuento la obtendremos
a partir del modelo de “Valuación de los Activos Financieros” (CAPM, “Capital Asset
Pricing Model”).
En cambio, cuando el flujo de fondos utilizado es el flujo libre para la empresa, estos
flujos poseen componentes de deuda ya que dicho flujo se define antes de realizar los
pagos correspondientes a los intereses de la deuda que posee la empresa. En este caso
la tasa de descuento debe contener, además del componente del capital asociado a la
empresa, el componente asociado al costo de la deuda. La tasa de descuento se
determina mediante el modelo del “Costo Promedio Ponderado del Capital” (WACC,
“Weighted Average Cost of Capital”).
MODELOS PARA DETERMINAR LA TASA DE DESCUENTO
El Modelo de Valuación de los Activos Financieros (CAPM).
El CAPM propone una función lineal que describe la relación riesgo-rendimiento de
un activo, la cual viene dada por la siguiente ecuación.
E ( Ri ) rf i ( Rm rf )
Donde, E ( Ri ) : representa el rendimiento esperado del activo i; r f : representa la tasa
libre de riesgo; Rm : representa el rendimiento del mercado; i : representa el riesgo del
activo i con respecto al portafolio de mercado; ( Rm rf ) : es la prima de mercado.
Como se observa en la ecuación anterior, el rendimiento esperado varía únicamente
producto del riesgo sistemático, el cual es escalado por el coeficiente “ i ”. Es decir,
dos activos con igual “
i ” poseen el mismo rendimiento esperado.
El Costo Promedio Ponderado del Capital (WACC).
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Exposición de la Información Financiera y Criterios Generales de Valuación
El costo promedio ponderado del capital (WACC), tal como su nombre lo indica, es el
promedio ponderado calculado entre la parte de capital aportado por los accionistas y
la deuda financiera neta (deuda menos el efecto impositivo de los intereses) pues los
intereses de la deuda son deducibles del impuesto a las ganancias. Para el caso de una
empresa que posee acciones y deuda financiera el WACC se calcula de la siguiente
manera:
WACC
VD
VA
k d (1 T )
ka
VD VA
VD VA
Siendo, VD: el valor total de la deuda; VA: el valor total del capital; Kd: el rendimiento
de la deuda; Ka: el rendimiento esperado de las acciones; T: la tasa correspondiente al
impuesto a las ganancias.
VALUACIÓN POR EL MÉTODO DE DESCUENTO DE DIVIDENDOS FUTUROS
El modelo de valuación por el método de descuento de dividendos futuros considera
como los flujos de fondos a descontar los futuros dividendos de la empresa.
Por lo tanto, para calcular el valor de una acción se deben estimar los dividendos
futuros por acción esperados. Los dividendos anuales por acción para el enésimo
período se calculan partiendo de la Utilidad Neta que arroja el Estado de Resultados:
Utilidad Neta
/ Cantidad de acciones emitidas
Utilidad por acción
x Tasa de distribución de dividendos
Dividendos por acción
El flujo correspondiente a los dividendos por acción tiene descontados los intereses
correspondientes a la deuda que posee la empresa. En consecuencia, la tasa utilizada
para descontar los dividendos debe ser una tasa de descuento acorde al rendimiento
exigido al capital que posee la empresa. Por lo tanto, en el presente modelo se utiliza
el CAPM para obtener la tasa de descuento correspondiente. Es por esto que el valor
de una acción se calcula de la siguiente manera:
VALOR DE UNA ACCIÓN =
Dn
n
n 1 (1 r )
Siendo, Dn: los dividendos por acción futuros estimados para el enésimo período; r: el
rendimiento exigido al capital (tasa de descuento) dado por el CAPM.
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EL MODELO DE CRECIMIENTO DE GORDON (THE GORDON GROWTH MODEL)
Gordon propuso que los dividendos de las empresas crecen en forma constante período
a período. Para ello se determina una tasa de crecimiento la cual notaremos como “g”.
En base a este supuesto el dividendo correspondiente al enésimo período viene dado
por la siguiente expresión:
Dn D0 (1 g )n
Siendo, D0: el último dividendo por acción pagado por la empresa; Dn: el dividendo
por acción correspondiente al enésimo período; g: la tasa de crecimiento estimada.
Reemplazando la expresión dada por Gordon para Dn en la ecuación correspondiente
al valor de la acción, el valor de la acción de la empresa viene dado por:
VALOR DE UNA ACCIÓN =
D0 (1 g )
rg
El valor de la constante de crecimiento “g” se puede estimar de la siguiente manera:
g = b x ROE
Siendo, ROE: el rendimiento esperado del patrimonio neto de la empresa a valuar; b:
la tasa de reinversión (b = 1 - tasa de distribución de dividendos).
Así, al realizar la valuación obtendríamos como resultado el valor de una acción.
Luego, para obtener el valor total de la empresa se debe multiplicar el valor de la acción
por la cantidad de acciones emitidas.
VALUACIÓN POR EL MÉTODO DE DESCUENTO DEL FLUJO LIBRE PARA EL
ACCIONISTA
En este modelo se considera como los flujos de fondos esperados a descontar al flujo
libre para el accionista, el cual se define de la siguiente manera:
+
+
(EBIT-INTERESES) * (1-TASA IMPOSITIVA)
AMORTIZACIONES
VARIACIÓN DEL CAPITAL DE TRABAJO
VARIACIÓN DEL ACTIVO NO CORRIENTE
VARIACIÓN DEL PATRIMONIO NETO
FLUJO LIBRE PARA EL ACCIONISTA (FFLA)
El flujo libre para el accionista corresponde al dinero que le pertenece al accionista, ya
que una vez finalizado el ejercicio una parte de las utilidades se utilizan para continuar
con la empresa, otra parte se invierte en nuevos proyectos, otra parte se retiene y la
restante corresponde al accionista.
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Exposición de la Información Financiera y Criterios Generales de Valuación
Mediante este método de valuación se obtiene como resultado el valor de la empresa
ya que se trabaja con los flujos totales. Luego, para calcular el valor de una acción se
debe dividir el valor de la empresa por la cantidad de acciones emitidas.
En la definición del flujo libre para el accionista se observa que a la utilidad operativa
(EBIT) se le restan los intereses correspondientes a las deudas que posee la empresa.
Por lo tanto, en el presente modelo se utiliza el CAPM para obtener la tasa de descuento
correspondiente. Es por esto que el valor de una acción se calcula de la siguiente
manera:
VALOR DE LA EMPRESA =
FFLAn
n
n 1 (1 r )
Donde, FFLAn: corresponde al enésimo flujo libre para el accionista; r: el rendimiento
exigido al capital (tasa de descuento) dado por el CAPM.
VALUACIÓN POR EL MÉTODO DE DESCUENTO DE FLUJO LIBRE PARA LA EMPRESA
Este modelo considera como los flujos de fondos esperados al flujo libre para la
empresa, el cual se define de la siguiente manera:
+
+
-
EBIT (1-TASA IMPOSITIVA)
INTERESES*TASA IMPOSITIVA
AMORTIZACIONES
VARIACIÓN DEL CAPITAL DE TRABAJO
VARIACIÓN DEL ACTIVO NO CORRIENTE
FLUJO LIBRE PARA LA EMPRESA
Por lo tanto, el flujo libre para la empresa corresponde al dinero que le pertenece al
accionista y al acreedor. A este flujo se lo puede considerar como una medida de
cuánto dinero genera la empresa para distribuir dividendos y para pagar los intereses
de su deuda.
Mediante este método de valuación se obtiene como resultado el valor de la empresa
más el valor total de la deuda ya que se trabaja con los flujos a los cuales no se les
descontaron los intereses. Por lo tanto, para calcular el valor de la empresa al resultado
dado por este método de valuación se le debe restar el valor presente de la deuda.
Luego, para calcular el valor de una acción se debe dividir el valor total de la empresa
por la cantidad de acciones emitidas.
El flujo libre para la empresa posee componentes de deuda y capital. En consecuencia,
la tasa utilizada para descontar los flujos debe ser una tasa de descuento acorde al costo
promedio ponderado del capital que posee la empresa. Por lo tanto, en el presente
modelo se utiliza el WACC para obtener la tasa de descuento correspondiente. Es por
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Exposición de la Información Financiera y Criterios Generales de Valuación
esto que el valor de la empresa más el valor de la deuda se calcula de la siguiente
manera:
VALOR DE LA EMPRESA + VALOR DE LA DEUDA =
FFLEn
(1 r )
n 1
n
Donde, FFLEn: corresponde al enésimo flujo libre para la empresa; r: el costo
promedio ponderado del capital (tasa de descuento) dado por el WACC.
VALUACIÓN RELATIVA
Los métodos de valuación relativa tienen como hipótesis subyacente: la eficiencia de
los mercados. En otras palabras, asumen que el mercado contempla toda la
información existente en los precios, y como consecuencia el valor intrínseco resulta
igual al valor de mercado.
EL MÉTODO DE LOS COMPARABLES
El método de los comparables se encuentra suscripto al concepto de que empresas
“similares” deben tener un semejante valor de mercado. Para ello cuando uno desea
valuar una empresa mediante este método, en primera instancia se debe seleccionar los
activos con los cuales se va a realizar la comparación, es decir, los comparables.
Los activos comparables son los activos “similares” contra cual vamos a hacer la
comparación.
La selección de los comparables quizás sea la etapa más difícil del proceso de
valuación. Generalmente se consideran como comparables a las empresas que se
desempeñan en el mismo sector cuyo riesgo, rendimiento y tamaño sean similar a la
empresa a valuar.
La comparación para establecer el valor de mercado de la empresa a partir de los
activos comparables (en este caso los activos comparables son otras empresas) se
realiza mediante múltiplos. La selección de estos múltiplos se encuentra íntimamente
relacionada con las características de la empresa a valuar. A modo de ejemplo, si las
ventas resultan volátiles en el tiempo, probablemente no se elija un múltiplo como
Precio por Acción/Ventas por Acción. En cambio, si la empresa posee utilidad neta
positiva y patrimonio neto positivo probablemente se elijan múltiplos como el Precio
por Acción/Utilidad Neta por Acción y el Precio por Acción/ Patrimonio Neto por
Acción.
Un múltiplo es un índice donde en el numerador se coloca el valor de mercado del activo
y en el denominador se colocan otras variables como, por ejemplo, la utilidad neta, el
EBITDA, el Patrimonio Neto, etc.
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Exposición de la Información Financiera y Criterios Generales de Valuación
Es importante destacar que en la valuación por el método de los comparables se parte
de la hipótesis que para el caso de los comprables el valor intrínseco es igual al valor
de mercado, es decir que el precio fijado por el mercado resulta correcto.
Vale la pena resaltar que al utilizar el método de los comparables entre empresas de
distintos países se debe tener en cuenta las distintas normas contables que se aplican,
como ya hemos visto estas pueden diferir entre los distintos países. En el caso de existir
diferencias contables se deben homogeneizar los múltiplos a comparar.
4. INSTRUMENTOS DE RENTA FIJA: MODELOS
SIMPLES PARA SU VALUACIÓN.
El valor actual de un activo financiero, equivale al valor presente de su flujo de fondos
(FF) proyectados. Así,
PV
FFt
(1 r )t
PASO 1
PASO 2
Para lo cual, el primer paso consiste en estimar los flujos de fondos, que no son más
que los pagos futuros que recibimos de una inversión, sin importar si pertenecen a
capital o intereses.
Por su parte, el paso dos consiste en la determinación de las tasas de descuento (r) de
la siguiente manera: la Tasa Libre de Riesgo (la tasa de interés mínima de mercado
que un inversor estará dispuesto a recibir) + una Prima de Riesgo (la prima que los
inversores requerirán sobre la tasa libre de riesgo de acuerdo al riesgo percibido por la
inversión) = Tasa de Descuento (puede ser una única tasa de descuento o una curva
de tasas).
El flujo de fondos que percibirá el inversor mientras el activo forme parte de su cartera
de inversiones, se determina teniendo en cuenta las condiciones de emisión que se
detallan en el prospecto de emisión del valor negociable de renta fija que se trate.
CÁLCULO DE LOS FLUJOS DE PAGO DE UN BONO
En los siguientes ejemplos se muestran cómo se determinan dichos flujos de fondos.
En el primer caso, los bonos pagan intereses en forma explícita y prevén pagos
periódicos, ya sea de intereses solamente, o de intereses y amortizaciones de capital.
Por ejemplo,
Supongamos que un bono se coloca a valor nominal de $100, con plazo de vencimiento
de 1 año y que prevé el pago trimestral de intereses a razón del 8% nominal anual (2%
trimestral), siendo la amortización total al vencimiento.
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Exposición de la Información Financiera y Criterios Generales de Valuación
En este caso el flujo de dinero que se deriva de la inversión en el bono es el siguiente:
También a modo de ejemplo, consideremos ahora el caso de un bono que se coloca
a su valor nominal de $100. Tiene plazo de vencimiento de 1 año y prevé el pago
trimestral de intereses a razón del 8% nominal anual sobre saldos (2% trimestral).
Pero en este ejemplo, el bono amortiza mediante dos pagos. El 50% de su capital al
finalizar el segundo trimestre y el resto al vencimiento.
Observaciones,
En el primer trimestre, el reembolso que percibe el inversor es similar en ambos
casos. Recibe intereses por $2 (2% sobre los $ 100 de la inversión).
En el segundo trimestre, también se perciben $2 de intereses, pero en el segunda
caso (bono con dos pagos de amortización) también recibe $50 como resultado
de la primera amortización. O sea, el 50% de la inversión original. El segundo
bono tiene un valor residual de $50 (que surge como diferencia entre el valor
nominal $ 100, y las amortizaciones ya realizadas, en este caso $ 50).
En el tercer trimestre ambos bonos pagarán intereses sobre saldos. El primer
bono pagará $2 ($100 x 8% /4 = $2) mientras que el segundo bono pagará $1
($50 * 8%/4 = $1).
En el cuarto trimestre se abona, en ambos casos, el saldo de deuda más los
intereses correspondientes. Las diferencias entre los importes obedecen a los
valores residuales en cada caso y a los intereses calculados sobre cada uno de los
valores residuales.
Nótese que, en ambos ejemplos, dado que los servicios de renta o intereses son
trimestrales, existen sólo cuatro momentos durante el año (el plazo del bono) en que
se pagan los intereses (la finalización de cada período de renta o interés).
Sin embargo, los intereses pagados en cada oportunidad se van devengando
diariamente, por lo tanto, se puede calcular para cada día un valor técnico del bono, el
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Exposición de la Información Financiera y Criterios Generales de Valuación
cual está conformado por el valor residual del bono más los intereses devengados hasta
el día del cálculo. Los intereses corridos, es el interés ganado por el vendedor, como
se dijo, interés que se ha devengado desde el último pago del cupón hasta la fecha de
liquidación.
Por ejemplo, podemos calcular el valor técnico del segundo bono al día
correspondiente a la mitad del cuarto período trimestral de intereses.
Valor técnico mitad del segundo trimestre = valor residual + 0.5 x intereses
Valor técnico mitad del segundo trimestre = $50 + (0,5 x $1) = $ 50,50
Independientemente de su valor técnico, el bono tendrá un precio de mercado, es decir,
aquel que surge de la interacción entre la oferta y demanda.
Podemos definir entonces una nueva medida llamada paridad del bono, que indica la
relación entre precio de mercado y valor técnico. Como también los definimos es un
indicador de sobre o subvaluación del bono.
Paridad = Precio / Valor técnico
BONOS A TASA FLOTANTE
En nuestros ejemplos hicimos referencia a títulos cuyos intereses son liquidados a una
tasa fija, es decir que se mantiene constante en toda la vida del bono. Pero como
también fue mencionado antes, existen bonos de tasa flotante, que en cuyo caso los
intereses de cada periodo son liquidados en función de una determinada tasa de
referencia.
Por ejemplo, la tasa de cupón de renta del bono puede ser equivalente a BADLAR + 5
puntos básicos.
NOTA: Las tasas BADLAR son calculadas por el Banco Central de la República Argentina
en base a una muestra de tasas de interés que entidades pagan a los ahorristas por
depósitos a plazo fijo de 30 a 35 días y de más de un millón de pesos.
La tasa de cupón de renta o intereses del bono es variable y depende de la evolución
de las tasas de interés de referencia (en el ejemplo, la tasa BADLAR).
BONOS CUPÓN CERO
Lo que caracteriza conceptualmente a estos títulos es el hecho de que sus condiciones
establecen un único desembolso al final de la vida del mismo. Un ejemplo de este tipo
de bono son las LEBAC (Letras del Banco Central).
A fin de valuar este instrumento se propone el siguiente ejemplo. Supongamos que un
gobierno realiza una emisión de bonos por $100 de valor nominal a 1 año de plazo y a
un precio de colocación de $80. El comprador del bono invierte $80 obteniendo en 1
año una ganancia de $20.
Intereses implícitos = Valor Nominal - Precio de Colocación
Intereses implícitos = $20 = $100 - $80
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Exposición de la Información Financiera y Criterios Generales de Valuación
Rendimiento = $20 / $80 *100 = 25%
Supongamos ahora que, inmediatamente después de la colocación inicial, los bonos
comienzan a cotizar en el mercado secundario a un precio de mercado de $ 84 por cada
$100 de valor nominal. Entonces, siguiendo el razonamiento anterior, un inversor que
compra en el mercado secundario ganará:
Intereses implícitos = Valor Nominal - Precio de cotización
Intereses implícitos = $16 = $100 - $84
Rendimiento = $16 / $84 * 100 = 19,05%
Dicha tasa de rendimiento junto con el riesgo del bono, serán utilizados por los
inversores para comparar entre alternativas de inversión y de esta manera decidir la
conveniencia de las distintas inversiones.
CÁLCULO DE LA TIR DE UN BONO
Como se dijo en el Módulo 6, la medida de rentabilidad generalmente utilizada para
medir el rendimiento de un instrumento de renta fija es la Tasa Interna de Retorno
(TIR).
Veamos la siguiente definición a partir de la valuación de un bono:
La Tasa Interna de Retorno (TIR) de una inversión es la tasa de interés que iguala el
valor (hoy) de la inversión ($ 97) al valor presente del flujo de fondos que se recibirá
en el futuro ($105 / (1 + 0,825)^1 período). Es este caso es 0,0825 o bien el 8,25%.
Si bien el ejemplo analizado es muy simple (pago de una única suma al vencimiento
dentro de 1 año), en la realidad los bonos tienen cronogramas de pagos más complejos.
Por ejemplo, múltiples pagos periódicos de intereses y amortizaciones, presencia de
períodos irregulares, etc.
De la expresión antes presentada se desprende que, para un Valor de rescate prefijado,
cuanto más alto sea el precio del bono menor será la TIR, y viceversa. Existe una relación
inversa entre el nivel de la TIR y el precio de un bono. A mayor precio menor TIR y
viceversa.
OPCIONES EMBEBIDAS
Como vimos en Módulos anteriores el término embebidas, se debe a que en las
condiciones de emisión se incluye el derecho a rescatar, entregar o convertir en
acciones los instrumentos emitidos. Los casos que detallamos oportunamente eran:
Bonos Callable, Bono Putable y los Bonos Convertibles.
El criterio general para valuar este tipo de instrumentos con opciones implícitas, es el
siguiente:
Precio del bono = precio del bono sin opción +/- valor de la opción implícita
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Exposición de la Información Financiera y Criterios Generales de Valuación
BONOS CALLABLE
Se denomina a aquellos bonos cuyos términos y condiciones de emisión otorgan al
emisor el derecho de rescatar total o parcialmente la deuda antes de su vencimiento.
Debido al hecho de que el derecho que otorga la opción antes mencionado es a favor
del emisor, el tenedor o comprador del bono callable está dispuesto a pagar menos
dicho bono respecto a un bono sin opción.
Siguiendo la formula presentada anteriormente, podemos decir que:
Precio del Callable = precio del bono sin opción – valor call
BONO PUTABLE
Este tipo de bono posee entre sus términos y condiciones de emisión (establecidas en
el prospecto de emisión) la opción a favor del tenedor (inversor) que le permite
devolver (vender) el bono al emisor a partir de una determinada fecha y a un precio
determinado (llamado precio de ejercicio). Dado que el derecho de la opción que
otorga la opción es a favor del inversor, el emisor del bono putable cobra más dicho
bono respecto a un bono sin opción.
Siguiendo la formula presentada anteriormente, podemos decir que:
Precio del Putable = precio del bono sin opción + valor del put
BONO CONVERTIBLE
El privilegio de conversión (implícito en los términos y condiciones de los bonos
convertibles) otorga al tenedor (inversor) la opción de convertir el bono en un
determinado número de acciones ordinarias del emisor, en el que dicho número de
acciones está establecido por la relación de conversión (número de acciones a recibir
por el inversor si ejerce la opción de conversión del bono convertible). Generalmente,
se otorga este privilegio a partir de una determinada fecha (establecida también en el
prospecto de emisión).
Precio del Convertible = precio del bono sin opción + valor de la opción de conversión
5. INTRODUCCIÓN A LA ADMINISTRACIÓN DE
CARTERAS Y ANÁLISIS DEL RIESGO.
Para comenzar es menester establecer la siguiente distinción, mientras que la
administración de inversiones es el servicio de invertir dinero profesionalmente, la
administración de carteras es la tarea central en la administración de inversiones. La
actividad de administrar carteras consiste en un proceso por el cual, se crea y se
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Exposición de la Información Financiera y Criterios Generales de Valuación
mantiene una combinación de instrumentos para cumplir con los objetivos de inversión
del cliente.
INVERSORES POTENCIALES
Cualquier persona con cierto dinero disponible, y que sea elegible una vez que se
hayan cumplido los pasos previstos en las Resoluciones de la Unidad de Información
Financiera (UIF) respecto de “lavado de dinero”, puede invertir.
PERFIL DEL INVERSOR
El Perfil del Inversor es el conjunto de características derivadas de la personalidad,
conocimiento, expectativas, experiencias anteriores y necesidades que condicionan su
comportamiento y actitud, conduciéndolo a realizar un determinado tipo de inversión.
El conocimiento del “Perfil del Inversor” ayuda a determinar el producto que mejor se
ajusta a las necesidades del mismo, dentro de una muy amplia gama de alternativas de
inversión que existen en el mercado.
Existen también otros factores condicionantes y determinantes de la necesidad que
presenta el inversor. Entre ellos, podemos destacar el motivo por el que está
invirtiendo.
La determinación del perfil del inversor puede llevarse a cabo mediante la realización
del “Test del inversor” que consiste en una serie de preguntas, las cuales apuntan
principalmente a dar una idea acerca de los objetivos de inversión y de la rentabilidad
esperada, del horizonte de inversión y del grado de aversión al riesgo.
DIAGNÓSTICO DEL PERFIL DE INVERSOR
En líneas generales pueden definirse tres perfiles típicos de inversores según su
prioridad en cuanto a riesgo y rendimiento:
PERFIL 1: PRESERVACIÓN DE CAPITAL
Cuando se prioriza la preservación de capital. El inversor privilegia la disponibilidad del
dinero, buscando obtener un rendimiento estable y evitar pérdidas de capital.
Al momento de invertir evidencian un comportamiento “conservador”.
PERFIL 2: RENTABILIDAD
Los inversores que consideran prioritaria la rentabilidad, que por lo general están
tratando de obtener una renta estable a mediano plazo.
Presentan un comportamiento “moderado”, con una variada gama de grados de
aversión respecto de los otros perfiles.
PERFIL 3: CRECIMIENTO DE CAPITAL
El inversor que persigue una fuerte valoración de la inversión realizada en el largo plazo.
Demuestra un comportamiento “agresivo” respecto del riesgo a la hora de invertir, en
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Exposición de la Información Financiera y Criterios Generales de Valuación
otras palabras, el inversor está dispuesto a aceptar mayor riesgo.
OBJETIVOS DE INVERSIÓN
Los dos objetivos de riesgo y rendimiento son interdependientes, uno no se puede
determinar sin referenciar al otro.
La relación entre rendimiento y riesgo constituye uno de los principios de las finanzas y
establece que a mayor rendimiento esperado el inversor debe estar dispuesto a asumir
mayor riesgo en su inversión.
HORIZONTE DE INVERSIÓN
Aunque éste concepto ya fue previamente analizado en el Módulo 6 del presente
manual, aquí nos interesa tenerlo en cuenta debido a que la correcta evaluación del
horizonte de inversión es fundamental al momento de asesorar.
El concepto de horizonte de inversión se refiere al período de tiempo que estamos
dispuestos a mantener una determinada inversión.
EFICIENCIA DE MERCADO
Se dice que un mercado es eficiente cuando la propia dinámica provoca que
rápidamente se equilibren rendimientos y riesgos de los diferentes instrumentos
negociados.
Para un mercado eficiente son necesarias las siguientes condiciones: Instrumentos
homogéneos. Pluralidad de actores (compradores y vendedores). Facilidad de ingreso
y egreso al mercado.
En definitiva, un mercado es eficiente cuando los inversores cuentan con acceso a toda
la información relevante y los precios reflejan esa información. Mercado en el que
los precios definidos en las transacciones reflejan un alto nivel de competencia entre
los diferentes participantes y un uso eficiente de toda la información disponible.
ADMINISTRACIÓN DE CARTERAS
En esta sección, haremos una introducción a las técnicas de gestión de portafolios de
inversión.
DIVERSIFICACIÓN DE RIESGOS Y SUS EFECTOS
El concepto clave es reducir el riesgo invirtiendo en un conjunto de instrumentos
financieros en lugar de invertir en un único activo. La clave para la selección de
instrumentos consiste en elegir aquellos cuyos riesgos se compensen entre sí.
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Exposición de la Información Financiera y Criterios Generales de Valuación
Mientras que el rendimiento global de la cartera de inversiones sea igual al promedio
ponderado de los rendimientos de los instrumentos que la integran, el riesgo global de
la cartera puede resultar inferior al promedio de los riesgos de los instrumentos que la
componen.
Así, una cartera compuesta en partes iguales por instrumentos financieros que
muestren un comportamiento de esta naturaleza presentará un riesgo global mucho
menor, dada la compensación existente entre los mismos. La diversificación de la
cartera funciona bien porque los precios de los diferentes instrumentos financieros no
se comportan exactamente igual.
Puede demostrarse que a medida que se agregan instrumentos financieros al portafolio,
el riesgo total disminuye tendiendo a un nivel mínimo conocido como riesgo de
mercado o riesgo no diversificable. Riesgo de Mercado o Riesgo No Diversificable es
aquel que no puede reducirse mediante la incorporación de instrumentos al portafolio
de inversión.
Pero a los inversores que poseen una cartera de varias acciones sólo les interesa cómo
cada acción afecta el riesgo total de la cartera.
La medida que se utiliza para medir el riesgo de la acción en relación a la cartera es el
coeficiente Beta, el cual ya analizamos en secciones anteriores. El coeficiente Beta es
una medida de la sensibilidad de los rendimientos de un activo a cambios en los
rendimientos del mercado.
En consecuencia, pensemos que los inversores se preocupan por dos elementos
cruciales de un portafolio: La Tasa Esperada de Rendimiento y El Riesgo. La teoría
básica de la selección de portafolios indica que los inversores intentan alcanzar alguna
combinación óptima de riesgo y rentabilidad de sus portafolios. Para llegar a esta
combinación, la estrategia óptima de inversión involucra la diversificación del
portafolio. Esto implica mantener una cartera de inversiones diversificada, es decir,
que tenga cantidades relativamente chicas de un gran número de instrumentos
financieros.
ADMINISTRACIÓN ACTIVA Y PASIVA
Se define tradicionalmente estrategias pasivas como estrategias que replican la
evolución de un determinado índice (benchmark).
Las estrategias pasivas se basan en la hipótesis de un mercado eficiente y los beneficios
de la diversificación. Esta técnica tiene que ver con la habilidad del porfolio manager
para seleccionar instrumentos financieros con rendimientos esperados superiores, para
un nivel de riesgo del portafolio dado.
Se define tradicionalmente estrategias activas como aquellas estrategias en las cuales
existe una selección de instrumentos (por ejemplo, las acciones) teniendo en cuenta su
valor intrínseco y el contexto económico y las tendencias del mercado.
Esta técnica tiene que ver con la habilidad del administrador para predecir
movimientos del mercado y ajustar en consecuencia el riesgo de la cartera.
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Exposición de la Información Financiera y Criterios Generales de Valuación
6. RESUMEN.
En el presente resumen sólo se incluyen algunas referencias que se estiman convenientes a la
hora de repasar los conceptos esenciales de los contenidos tratados y no debe entenderse bajo
ningún concepto como una síntesis exhaustiva, recomendando al alumno una lectura meditada
y profunda de los contenidos desarrollados.
Definición de Estados Contables: son documentos que contienen información
sobre el patrimonio del ente emisor a una determinada fecha y su evolución
económica y financiera en el período que abarcan.
Estados Contables Básicos:
A. Estado de Situación Patrimonial: refleja, a un momento determinado del
tiempo, la composición de los Activos, Pasivos y el Patrimonio Neto del
emisor.
B. Estado de Resultados: muestra, en un período de tiempo determinado, los
recursos y erogaciones del ente emisor.
C. Estado de Evolución del Patrimonio Neto: informa la composición del
patrimonio neto y las causas de los cambios acaecidos durante los periodos
presentados en los rubros que lo integran.
D. Estados de Flujos de Efectivo: expone el ingreso y egreso de fondos incurridos
durante un periodo de tiempo determinado.
Información Complementaria Obligatoria:
A. Notas: brindan información cualitativa sobre las cuentas contables a las que se
refieren.
B. Anexos: brindan información cuantitativa sobre las cuentas a las que se
refieren.
Contenido del Estado de Situación Patrimonial:
A. Activo: refleja el conjunto de bienes y derechos de la empresa. Las partidas
integrantes del activo se clasifican en Corrientes y No Corrientes y, dentro de
estos grupos, integran rubros de acuerdo con su naturaleza.
B. Pasivo: refleja las deudas y las probables contingencias que posee la empresa
con terceros. Las partidas que integran el Pasivo también se clasifican en
Corrientes y No Corrientes y, dentro de estos grupos, integran rubros de
acuerdo con su naturaleza.
C. Patrimonio Neto: es la diferencia entre el activo y el pasivo.
La Estructura de Capital. Es la manera en que una empresa financia sus activos.
Este esquema se refleja en la siguiente relación de equivalencia contable:
ACTIVO = PASIVO + PATRIMONIO NETO
Otros Informes Relevantes.
A. Informe de los Auditores: en dicho informe se expone la opinión objetiva del
auditor sobre los Estados Contables.
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Exposición de la Información Financiera y Criterios Generales de Valuación
B. Informe de la Comisión Fiscalizadora o la Sindicatura: La Sindicatura o la
Comisión Fiscalizadora informan sobre los controles realizados, tanto legales
como contables de las acciones llevadas a cabo por el Directorio de la empresa,
y los resultados obtenidos en el transcurso del ejercicio conforme a las
previsiones de la Ley de Sociedades Comerciales.
Análisis de los Estados Contables: Análisis Horizontal, Análisis Vertical y por
medio de Índices Financieros.
A. Análisis Horizontal: consiste en comparar las cuentas del Estado de Situación
Financiera y el Estado de Resultados como mínimo de tres ejercicios anuales
anteriores. En este tipo de análisis se busca identificar cuáles fueron las
cuentas que más crecieron o decrecieron en términos monetarios.
B. Análisis Vertical. Consiste en expresar al Estado de Situación Patrimonial y
al Estado de Resultados en términos porcentuales, tomando como base el
monto total del Activo y el de las Ventas, respectivamente. Este tipo de
análisis permite identificar las cuentas que, según su monto, resultan más
relevantes. Asimismo, permite monitorear que cuentas con el transcurso del
tiempo adquirieron o perdieron importancia.
C. Análisis por Índices Financieros. Estos se establecen a partir de una relación
matemática entre dos o más variables extraídas de los Estados Contables de
una empresa (generalmente la información se extrae del Estado de Situación
Patrimonial y del Estado de Resultados). Los índices financieros fueron
agrupados en el presente Módulo en las siguientes categorías:
o Índice de Liquidez: Permiten medir la capacidad de la empresa de generar
efectivo y cumplir con las deudas en el corto plazo. Entre ellos se
encuentran: el Índice de Liquidez Corriente, Índice de Prueba Ácida,
Capital de Trabajo.
o Índice de Endeudamiento: Miden la calidad y cantidad de la deuda de una
empresa. Además, dan cuenta de la relación entre la deuda y el capital
propio de una empresa. Entre ellos se encuentran: el Índice de
Endeudamiento, Índice de Apalancamiento.
o Índice de Gestión de Activos: Miden la eficiencia del uso de los activos
por parte de la empresa. Podemos destacar los siguientes: Rotación de
Inventarios, Período Promedio de Cobro.
o Índices de Rentabilidad: Permiten evaluar los rendimientos que obtiene la
empresa en relación a sus activos, ventas o al capital. Entre ellos se
encuentran: Margen de Beneficio Neto, Retorno del Patrimonio neto (ROE
return of equity).
Valuación de Empresas: Métodos de Valuación Absoluta y Relativa.
A. Los modelos de valuación absoluta nos permiten estimar el valor de una
empresa mediante el cálculo del valor presente de los flujos de fondos futuros
esperados de la empresa. En este Módulo se explicaron los siguientes modelos
de valuación absoluta: el método de descuento de dividendos, el método de
descuento del flujo libre para el accionista y el método de descuento del flujo
libre para la empresa.
25
161
Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Exposición de la Información Financiera y Criterios Generales de Valuación
Ecuación del Valor de la Empresa =
Por su parte, la tasa de descuento (“r”) debe contemplar el riesgo que posee
el flujo de fondos esperado a descontar. Modelos para determinar la Tasa de
Descuento: el modelo de “Valuación de Activos Financieros” (CAPM) y el
modelo del “Costo Promedio Ponderado del Capital” (WACC).
B. Los métodos de valuación relativa nos permiten establecer el valor de una
empresa mediante la comparación con otras empresas. En el Módulo se
desarrolló el método de valuación por múltiplos o método de los comparables.
Este modelo se encuentra suscripto al concepto de que acciones “similares”
deben tener un semejante valor de mercado. Para ello cuando uno desea valuar
una empresa mediante este método en primera instancia se debe seleccionar
los activos/empresas con los cuales se va a realizar la comparación, es decir,
los comparables. La comparación para establecer el valor de mercado de la
empresa a partir de los activos comparables se realiza mediante múltiplos. Este
método se basa en comparar índices de una empresa contra índices de otras
empresas pertenecientes a su mismo sector.
Valuación de Instrumentos de Renta Fija.
A. Bonos. El flujo de fondos que percibirá el inversor mientras el activo forme
parte de su cartera de inversiones, se determina teniendo en cuenta las
condiciones de emisión que se detallan en el prospecto de emisión del valor
negociable de renta fija que se trate. Por su parte, la segunda cuestión consiste
en la determinación de la tasa de descuento (r).
PV
FFt
(1 r )t
o Bono Tasa Flotante. En este tipo de bonos los intereses de cada periodo
son liquidados en función de una determinada tasa de referencia.
o Bono Cupón Cero. Lo que caracteriza conceptualmente a estos títulos es
el hecho de que sus condiciones establecen un único desembolso al final
de la vida del mismo.
B. Cálculo de la TIR de un Bono. Tasa Interna de Retorno (TIR) de una inversión
es la tasa de interés que iguala el valor (hoy) de la inversión al valor presente
del flujo de fondos que se recibirá en el futuro.
Importante. Existe una relación inversa entre el nivel de la TIR y el precio de
un bono. A mayor precio menor TIR y viceversa.
C. Opciones Embebidas.
o Bono Callable. Se denomina a aquellos bonos cuyos términos y
condiciones de emisión otorgan al emisor el derecho de rescatar total o
parcialmente la deuda antes de su vencimiento. Siguiendo la formula
presentada anteriormente, podemos decir que:
26
162
Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Exposición de la Información Financiera y Criterios Generales de Valuación
Precio de Callable = precio del bono sin opción – valor call
o Bono Putable. Este tipo de bono posee entre sus términos y condiciones
de emisión (establecidas en el prospecto de emisión) la opción a favor del
tenedor (inversor) que le permite devolver (vender) el bono al emisor a
partir de una determinada fecha y a un precio determinado (llamado precio
de ejercicio). Siguiendo la formula presentada anteriormente, podemos
decir que:
Precio de Putable = precio del bono sin opción + valor del put
o El privilegio de conversión (implícito en los términos y condiciones de los
bonos convertibles) otorga al tenedor (inversor) la opción de convertir el
bono en un determinado número de acciones ordinarias del emisor, en el
que dicho número de acciones está establecido por el ratio de conversión
(número de acciones por el que el inversión cambia el bono convertible).
Precio del Convertible = precio del bono sin opción + valor de la opción
de conversión
Administración de Carteras. La actividad de administrar carteras consiste en un
proceso por el cual, se crea y se mantiene una combinación de instrumentos
financieros para cumplir con los objetivos de inversión del cliente.
Perfil del Inversor. Es el conjunto de características derivadas de la personalidad,
conocimiento, expectativas, experiencias anteriores y necesidades que
condicionan su comportamiento y actitud, conduciéndolo a realizar un
determinado tipo de inversión. Tres perfiles típicos: Preservación del Capital,
Rentabilidad y Crecimiento de Capital.
Objetivos de Inversión. La relación entre rendimiento y riesgo constituye uno de
los principios de las finanzas y establece que a mayor rendimiento esperado el
inversor debe estar dispuesto a asumir mayor riesgo en su inversión.
Horizonte de Inversión. Se refiere al período de tiempo que estamos dispuestos a
mantener una determinada inversión. Esta circunstancia se deriva de la necesidad
o disponibilidad de capital que tenemos a lo largo del tiempo.
Eficiencia de Mercado. Se dice que un mercado es eficiente cuando la propia
dinámica provoca que rápidamente se equilibren rendimientos y riesgos de los
diferentes instrumentos negociados.
Administración de Carteras.
A. Diversificación de Riesgos. El concepto clave es reducir el riesgo invirtiendo
en un conjunto de instrumentos financieros en lugar de invertir en un único
activo.
o Riesgo de Mercado o no Diversificable. Es aquel que no puede reducirse
mediante la incorporación de instrumentos financieros al portafolio de
inversión.
B. Administración Activa. Son aquellas en las cuales existe una selección de
instrumentos (por ejemplo, las acciones) teniendo en cuenta su valor
intrínseco y el contexto económico y las tendencias del mercado.
27
163
Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Exposición de la Información Financiera y Criterios Generales de Valuación
C. Administración Pasiva. estrategias que replican la evolución de un
determinado índice (benchmark).
7. PREGUNTAS DE REPASO.
1.
¿Cuál es la finalidad de los informes contables?
2.
¿Cuáles son los Estados Contables Básicos y que tipo de información refleja
cada uno respecto al ente que los emite? Detalle cuáles son sus componentes.
3.
¿En qué consisten los modelos de análisis horizontal, vertical y por medio de
índices financieros?
4.
¿Cómo definimos en el Módulo la estructura de capital de una empresa?
5.
Según los distintos métodos de valuación absoluta de empresas analizados en el
Módulo, ¿Cómo se determinan los flujos futuros de fondos? ¿Y la tasa de
descuento según cada caso, como se obtiene? Describa los dos modelos vistos
para determinarla.
6.
¿En qué consiste el método de los comparables?
7.
¿En qué documento se encuentra detallada la estructura de pagos de un bono?
8.
¿Qué alternativas existen para realizar el pago del capital del bono?
9.
¿Qué modalidades puede tomar la tasa de interés que paga el bono?
10. ¿Cómo se determina el rendimiento de un Bono Cupón Cero y qué instrumento
público está estructurado por definición de esta manera?
11. ¿Cómo se determina la Tasa Interna de Retorno de un bono y cuál es la relación
respecto al precio del mismo?
12. ¿Qué modalidades pueden tomar las opciones embebidas?
13. ¿En qué consiste el “Perfil del Inversor”? Detalle que variables determinan el
objetivo de inversión.
14. A partir de un buen diagnóstico de las características de un potencial inversor,
describa los tres perfiles típicos de inversores vistos en el Módulo.
15. ¿Qué es el “horizonte de inversión” de un inversor?
16. ¿Qué condiciones fueron definidas como necesarias para que exista un mercado
eficiente?
17. ¿En qué consiste la administración de carteras activa y pasiva?
28
164
Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Exposición de la Información Financiera y Criterios Generales de Valuación
18. ¿Cuáles son los efectos de la diversificación de las carteras? ¿Qué es el riego no
diversificarle?
29
165
Módulo 8
Normas de Conducta y Códigos
de Ética Aplicables.
El objetivo general del Módulo es que el lector interprete que la protección del público
inversor en el mercado de capitales, es una función primordial de las diferentes
instituciones que conforman dicho mercado, y requiere de acciones concretas y
permanentemente actualizadas a las diferentes realidades y situaciones que se presentan.
En este sentido todos los esfuerzos que se realicen para mejorar y potenciar la confianza
en dicho mercado, permitirán que se transforme en el medio propicio para la captación
del ahorro.
Objetivos de Aprendizaje
Se pretende que el lector conozca y comprenda:
1.
El concepto de “transparencia” en el ámbito de la oferta pública
2.
Las reglas del “disclosure” (o de información) y las personas
alcanzadas por el deber de información.
3.
Prohibiciones que atañen a aquellos que tienen el deber de
reserva.
4.
La normativa que evita la manipulación de precios o volúmenes.
5.
Qué se entiende por engaño al mercado y su agravante cuando
se trata de un insider o del accionista de control.
6.
Qué características debe reunir un asesor idóneo y la
importancia de la actividad que desempeña dentro del ámbito
del mercado de capitales.
7.
La relevancia de contar con un Código de Ética aplicable a la
actividad.
8.
Los principales estándares internacionales sobre la Conducta
Profesional.
167
Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Normas de Conducta y Códigos de Ética Aplicables
1. NORMAS DE CONDUCTA DE LOS
DISTINTOS AGENTES DEL MERCADO DE
CAPITALES.
RÉGIMEN DE TRANSPARENCIA EN EL ÁMBITO DE LA
OFERTA PÚBLICA
Uno de los activos esenciales del mercado de capitales es la información.
Puntualmente, el acceso igualitario y oportuno de los inversores a la información
plena, veraz y suficiente es el eje central del funcionamiento normal del mercado de
capitales. Sobre esta base, la normativa de mercado de capitales (en su sentido más
amplio) establece un régimen informativo muy estricto.
Dicho régimen se cumple a través de la Autopista de Información Financiera de CNV
que constituye el canal principal por el cual fluye la comunicación entre las empresas
y agentes y el regulador. Ese régimen parte de la categorización de la información que
deben suministrar las compañías públicas (las “Compañías”) en dos grandes tipos: la
información periódica o financiera y la información ocasional o relevante.
INFORMACIÓN FINANCIERA.
Como regla general se impone a los emisores de instrumentos financieros, la
presentación de estados contables anuales auditados, elaborados de acuerdo a las
normas NIFF (Normas Internacionales de Información Financiera) excepto en el caso
de las Pymes y, en algunos casos, de los estados contables trimestrales auditados
(acciones, obligaciones negociables).
Otros productos exigen la presentación de la reseña informativa y otra información
contable, con requisitos menores de los estados contables trimestrales pero cada vez
más cerca, por su contenido mínimo, de aquellos.
a) Con periodicidad anual: Se deberá presentar la Memoria del órgano de
administración sobre la gestión del ejercicio con los recaudos determinados por la LSC
y los propios de la LMC.
b) Con periodicidad trimestral: Estados financieros por períodos intermedios
ajustados en su preparación a la normativa societaria y la demás documentación antes
mencionada, las variaciones del período respecto a lo informado y actualizar la
información en la AIF y completar los documentos que por Anexo se requiera.
2
168
Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Normas de Conducta y Códigos de Ética Aplicables
HECHOS RELEVANTES:
Los Hechos Relevantes son los que deben brindarse frente a “todo hecho o situación
que por su importancia pudiere alterar el precio o curso de negociación de los valores
negociables de que se trate, o el desenvolvimiento de los negocios, la responsabilidad
o sus decisiones sobre inversiones, en el caso de los agentes de negociación”.
La información debe ser concreta, es decir referida a un hecho o situación
determinada.; y susceptible de modificar la colocación de los valores negociables, o
de alterar el curso de su negociación, no siendo necesario que efectivamente la haya
alterado.
Sujetos Alcanzados.
Administradores de entidades emisoras que realicen oferta pública de valores
negociables. Responsable de Relaciones con el Mercado. Es la persona
designada por el órgano de administración, con la intervención del órgano de
fiscalización, que tiene el deber de realizar la comunicación y divulgación de las
informaciones relevantes.
lntegrantes del órgano de fiscalización, en materia de su competencia.
Administradores de mercados, cámaras compensadoras y demás agentes
registrados ante la Comisión, y en su caso, los integrantes de sus órganos de
fiscalización, estos últimos en materia de su competencia.
Plazo: inmediato, y el medio a utilizar es la Autopista de la Información
Financiera, a la que se accede a través de la página web de la Comisión Nacional
de Valores.
ENUMERACIÓN DE SUPUESTOS.
Se señalan algunos supuestos que son considerados información relevante y que por
lo tanto deben ser informados, tales como: cambios en el objeto social de la emisora,
alteraciones de importancia en sus actividades o iniciación de otras nuevas;
enajenación de bienes del activo fijo que representan más del 15% de este rubro según
el último balance; cuando los estados contables de la emisora arrojen pérdidas
superiores al 15% del patrimonio neto; iniciación de tratativas para formalizar un
acuerdo preventivo extrajudicial (APE), apertura de concurso preventivo, pedidos de
quiebra, declaración de quiebra; decisión de gravar bienes con hipotecas o prendas
cuando ellas superen en conjunto el 10% del patrimonio neto, o se otorguen avales y
fianzas que superen en conjunto dicho porcentaje.
La enumeración precedente es sólo ejemplificativa y no releva a las personas
mencionadas de la obligación de informar todo otro hecho o situación aquí no
enunciado.
3
169
Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Normas de Conducta y Códigos de Ética Aplicables
EXCEPCIONES- PEDIDO DE DISPENSA.
Atento a la importancia que tiene el conocimiento de los hechos relevantes en la
formación de los precios, la regla es el cumplimiento del deber de información.
Pero existe la posibilidad de solicitar ante la Comisión Nacional de Valores una
dispensa al deber de informar. Dicho Organismo tiene la potestad, por decisión
fundada y por un período determinado, de suspender el cumplimiento de la obligación
de informar al público sobre ciertos hechos y antecedentes que no sean de
conocimiento público y cuya divulgación pudiera afectar seriamente el interés social.
INDEPENDENCIA.
Los inversores y accionistas necesitan información precisa sobre los miembros del
directorio y principales ejecutivos para evaluar su experiencia, calificación y la
eventual existencia de conflicto de intereses que pudiera afectar su capacidad de juicio.
Contar con dicha información permitirá determinar si dichos funcionarios pueden ser
considerados como miembros independientes.
Se considera que un miembro del órgano de administración NO reúne la condición de
independiente, cuando se den una o más de las siguientes circunstancias a su respecto:
Sea también miembro del órgano de administración o dependiente de los
accionistas que son titulares de “participaciones significativas” en la emisora,
o de otras sociedades en las que estos accionistas cuentan en forma directa o
indirecta con “participaciones significativas” o en la que estos accionistas
cuenten con influencia significativa.
Esté vinculado a la emisora por una relación de dependencia, o si estuvo
vinculado a ella por una relación de dependencia durante los últimos 3 años.
Tenga relaciones profesionales o pertenezca a una sociedad o asociación
profesional que mantenga relaciones profesionales con, o perciba
remuneraciones u honorarios (distintos de los correspondientes a las
funciones que cumple en el órgano de administración) de la emisora o los
accionistas de esta que tengan en ella en forma directa o indirecta
“participaciones significativas” o influencia significativa
Sea titular de una “participación significativa” en la emisora o en una
sociedad que tenga en ella una “participación significativa” o cuente en ella
con influencia significativa.
Venda o provea bienes o servicios a la emisora o a los accionistas de esta que
tengan en ella en forma directa o indirecta “participaciones significativas” o
influencia significativa por importes sustancialmente superiores a los
percibidos como compensación por sus funciones como integrante del órgano
de administración.
4
170
Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Normas de Conducta y Códigos de Ética Aplicables
Sea cónyuge o conviviente, pariente hasta el segundo grado de
consanguinidad o segundo grado de afinidad de individuos que, de integrar el
órgano de administración, no reunirían la condición de independientes.
“Participaciones significativas” personas que posean acciones que representen por lo
menos el 15 % del capital social, o una cantidad menor cuando tuvieren derecho a la
elección de uno o más directores por clase de acciones o tuvieren con otros accionistas
convenios relativos al gobierno y administración de la sociedad de que se trate, o de
su controlante.
“Influencia significativa” es el poder de intervenir en las decisiones de políticas
operativas y financieras de una empresa, sin llegar a controlarlas. Se presume que la
empresa inversora ejerce influencia significativa si posee, directa o indirectamente a
través de sus controladas, el 20% o más de los derechos de voto de la empresa emisora.
INFORMACIÓN A MERCADOS. RÉGIMEN INFORMATIVO DE
NO RESIDENTES. RÉGIMEN INFORMATIVO DE TENENCIAS.
INFORMACIÓN A MERCADOS.
Sujetos
Obligación
a) Agentes de negociación autorizados para
actuar en el ámbito de la oferta pública.
Todo hecho o situación no habitual
que por su importancia sea apto para
afectar el desenvolvimiento de sus
negocios, su responsabilidad o sus
decisiones sobre inversiones
b) Directores, administradores, síndicos,
gerentes, y miembros del consejo de
vigilancia, titulares y suplentes, y los
accionistas controlantes de emisoras que
realizan oferta pública de sus valores
negociables
Cantidad y clases de acciones,
títulos representativos de deuda
convertibles en acciones y opciones
de compra o venta de ambas
especies de valores negociables que
posean de la emisora a la que se
encuentren vinculados.
c) Integrantes del consejo de calificación,
directores, administradores, gerentes,
síndicos o integrantes del consejo de
Cantidad y clases de acciones,
títulos representativos de deuda u
opciones de compra o venta de
acciones que posean de sociedades
5
171
Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Normas de Conducta y Códigos de Ética Aplicables
vigilancia, titulares y suplentes, de agentes
de calificación de riesgos
autorizadas a hacer oferta pública de
sus valores negociables.
d) Directores y funcionarios de la Comisión
Nacional de Valores, de los mercados y de
los demás agentes registrados
Cantidad y clases de acciones,
títulos representativos de deuda y
opciones de compra o venta de
acciones que posean de sociedades
autorizadas a hacer oferta pública de
sus valores negociables.
e) Personas físicas o jurídicas que, en forma
directa o por intermedio de otras personas
físicas o jurídicas, o todas las personas
integrantes de cualquier grupo que
actuando en forma concertada
Adquieran o enajenen acciones de
una sociedad que realice oferta
pública de valores negociables en
cantidad tal que implique un cambio
en las tenencias que configuran el o
los grupos de control afectando su
conformación: respecto a dicha
operación o conjunto de operaciones
realizadas en forma concertada.
f) Personas físicas o jurídicas no
comprendida en la operación del ítem
precedente que, en forma directa o por
intermedio de otras personas físicas o
jurídicas, o todas las personas integrantes
de cualquier grupo que actuando en forma
concertada.
Adquieran o enajenen por cualquier
medio acciones de una emisora cuyo
capital se hallare comprendido en el
régimen de la oferta pública y que
otorgare el cinco por ciento (5%) o
más de los votos que pudieren
emitirse a los fines de la formación
de la voluntad social en las
asambleas ordinarias de accionistas:
respecto a tales operaciones, una vez
efectuada aquella mediante la cual
se superó el límite anteriormente
mencionado.
g) Personas físicas o jurídicas que celebren
pactos o convenios de accionistas cuyo
objeto sea ejercer el derecho a voto en una
sociedad cuyas acciones están admitidas a
la oferta pública o en la sociedad que la
controle
Respecto a la existencia de tales
pactos o convenios. Copia de los
mismos deberá presentarse ante la
Comisión Nacional de Valores
Los sujetos mencionados en los incisos a), b), e), f) y g) deberán dirigir
comunicaciones similares en forma simultánea a aquellos mercados en los cuales se
encuentren habilitados los agentes autorizados o tales valores negociables, las que
6
172
Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Normas de Conducta y Códigos de Ética Aplicables
deberán ser publicadas de inmediato en sus boletines informativos electrónicos o en
cualquier otro medio que garantice su inmediata y amplia difusión.
Los deberes informativos tienen que cumplirse tanto ante la Comisión Nacional de
Valores, como en su caso ante los respectivos mercados donde negocian los títulos
valores.
RÉGIMEN INFORMATIVO DE NO RESIDENTES
Las personas físicas y/o jurídicas que no residan en el país, pero que sí cuenten con
inversiones cuyo monto global exceda los $ 5.000.000.-, deberán remitir a la Comisión
Nacional de Valores el saldo de las inversiones mencionadas al cierre del mes
inmediato anterior, valuadas a precio de mercado a la fecha de cierre del mes
informado. El deber de informar recae en los siguientes sujetos:
a) Agentes de negociación y Agentes de liquidación y compensación.
b) Agentes de administración de productos de inversión colectiva de fondos
comunes de inversión.
Los agentes de depósito colectivo deberán presentar mensualmente a la Comisión
Nacional de Valores información sobre: a) saldos de las inversiones en el mercado
nacional, por parte de personas residentes y de personas no residentes en la República
Argentina, discriminados por especie; y b) cantidad de inversores por país de
residencia, registrados en el sistema de depósito colectivo a su cargo.
En el caso de las emisoras respecto de las cuales los agentes de depósito colectivo no
tengan a su cargo el registro de accionistas, las 25 sociedades con mayor capitalización
al cierre de cada mes, deberán enviar una lista de accionistas residentes y no residentes
en la República Argentina indicando país de residencia, y detalle de sus tenencias
accionarias, con respecto a su propio registro de accionistas.
RÉGIMEN INFORMATIVO DE TENENCIAS.
Existen por otro lado sujetos que, en función del cargo que ocupan en una emisora o
por tratarse de sus accionistas controlantes, se encuentran obligados a informar
mensualmente al Organismo de Contralor cambios en las tenencias en valores
negociables que posean o administren. Seguidamente se detallan los alcances de tal
obligación:
Directores, administradores, síndicos,
gerentes, y miembros del consejo de
7
173
Cantidad y clases de acciones, títulos
representativos de deuda convertibles
Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Normas de Conducta y Códigos de Ética Aplicables
vigilancia, titulares y suplentes, y los
accionistas controlantes de emisoras
que realizan oferta pública de sus
valores negociables deberán informar
en acciones y opciones de compra o
venta de ambas especies de valores
negociables que posean de la emisora
a la que se encuentren vinculados o
que
administren
directa
o
indirectamente.
OBLIGACIONES DE LOS PARTICIPANTES EN EL ÁMBITO
DE LA OFERTA PÚBLICA.
La transparencia en los mercados en uno de los valores que debe preservarse en orden
a la eficiencia y confiabilidad de los mismos. Al referirnos a conductas contrarias a la
transparencia, debe mencionarse lo que se conoce como “insider trading”, que es la
actividad realizada por sujetos que, en razón de su trabajo o profesión vinculada a una
emisora, se encuentran en conocimiento de información privilegiada que aún no ha
sido divulgada públicamente y utilizan dicha información en beneficio propio, o de un
tercero o bien en perjuicio del mercado.
DEBER DE GUARDAR RESERVA.
Todos aquellos sujetos que en razón de su cargo o actividad tengan información acerca
de un hecho no divulgado públicamente y que por su importancia sea apto para afectar
la colocación de valores negociables con oferta pública autorizada, o el curso de su
negociación en los mercados, deberán guardar estricta reserva al respecto y abstenerse
de negociar hasta tanto dicha información tenga carácter público.
Sujetos Alcanzados.
Los directores, administradores, gerentes, síndicos, miembros del consejo de
vigilancia, accionistas controlantes y profesionales intervinientes de
cualquier entidad autorizada a la oferta pública de valores negociables,
incluidos los mercados.
Cualquier persona que haga una oferta pública de adquisición o canje de
valores respecto de una entidad autorizada a la oferta pública.
Directivos, funcionarios y empleados de los agentes de calificación de
riesgos.
Directivos, funcionarios y empleados de los agentes de depósito colectivo.
Directivos, funcionarios y empleados de cámaras compensadoras y demás
categorías de agentes registrados ante la Comisión Nacional de Valores.
Funcionarios públicos y directivos, funcionarios y empleados de los
organismos de control públicos o privados, incluida la Comisión Nacional de
Valores.
8
174
Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Normas de Conducta y Códigos de Ética Aplicables
Cualquier persona que, en razón de su cargo, actividad, posición o relación
tenga acceso a tal información.
Cualquier persona que por relación temporaria o accidental con la emisora o
con cualquiera de los demás sujetos mencionados, o relación social o familiar
con accionistas integrantes del grupo de control o con los sujetos antes
mencionados, pueda acceder a la información citada. Asimismo, se extiende
a los subordinados y terceros que por la naturaleza de sus funciones hubieren
tenido acceso a la información.
Las personas físicas o jurídicas arriba mencionadas que por razón de su trabajo,
profesión, cargo o funciones, posean datos o información reservada, deberán adoptar
las medidas necesarias para que sus subordinados o terceros no accedan a la
información reservada, salvaguardando dichos datos e información.
En este sentido deberán:
Impedir que la información reservada pueda ser objeto de utilización abusiva
o desleal y tomar de inmediato las medidas necesarias para prevenir y, en su
caso, corregir las consecuencias que de ello pudieran derivarse.
Denunciar de inmediato ante la Comisión Nacional de Valores cualquier
hecho o circunstancia que hubiera llegado a su conocimiento y de los cuales
pudiera presumirse una violación al deber de guardar reserva o a la
prohibición de utilizar la información privilegiada.
DEBER DE LEALTAD Y DILIGENCIA.
Consiste en la obligación de observar una conducta leal y diligente en el ejercicio de las
funciones.
Sujetos alcanzados:
a) Los directores, administradores y fiscalizadores de las emisoras, quienes
deberán:
Hacer prevalecer, sin excepción, el interés social de la emisora en que
ejercen su función y el interés común de todos sus socios por sobre
cualquier otro interés, incluso el interés del o de los controlantes.
Abstenerse de procurar cualquier beneficio personal a cargo de la
emisora que no sea la propia retribución de su función.
Organizar e implementar sistemas y mecanismos preventivos de
protección del interés social.
Procurar los medios adecuados para ejecutar las actividades de la emisora
y tener establecidos los controles internos necesarios para garantizar una
gestión prudente y prevenir los incumplimientos de los deberes que la
normativa de la Comisión les impone.
9
175
Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Normas de Conducta y Códigos de Ética Aplicables
Actuar con la diligencia de un buen hombre de negocios en la
preparación y divulgación de la información suministrada y velar por la
independencia de los auditores externos.
b) Las cámaras compensadoras, los agentes de negociación y demás categorías de
agentes registrados en la Comisión, quienes deberán:
Observar una conducta profesional ejemplar
Actuar en todo momento en forma leal y diligente frente a sus clientes y
demás participantes en el mercado.
Evitar toda práctica que pueda inducir a engaño, o que de alguna forma
vicie el consentimiento de su contraparte, o que pueda afectar la
transparencia, estabilidad, integridad o reputación del mercado.
Otorgar prioridad al interés de sus clientes.
Abstenerse de actuar en caso de advertir conflicto de intereses.
2. CONDUCTAS CONTRARIAS A LA
TRANSPARENCIA EN EL ÁMBITO DE LA
OFERTA PÚBLICA.
Hasta la sanción de la Ley 26.733 modificatoria del Código Penal de la Nación, el uso de
información privilegiada y la manipulación de mercado eran infracciones de índole
administrativa sujetas al régimen sancionador de la CNV. Hoy constituyen, además,
delitos que se encuentran bajo la órbita del derecho penal común y ello, sin perjuicio de
las facultades de la CNV de reprimir y sancionar su configuración.
ABUSO DE INFORMACIÓN PRIVILEGIADA
El “abuso de información privilegiada” es el abuso de la información reservada o no
pública por parte de aquellos directa o indirectamente, en virtud de su posición, cargo
o profesión, pueden acceder a ella, con la finalidad de realizar operaciones de compra,
venta y canje de valores, en beneficio propio o de terceros.
Sujetos alcanzados:
Directores,
Miembros del órgano de fiscalización,
Accionistas y representantes de accionistas,
Todo el que, por su trabajo, profesión o función dentro de una emisora o
entidad registrada, por sí o por persona interpuesta,
Directivos, funcionarios y empleados de los agentes de calificación de riesgo,
10
176
Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Normas de Conducta y Códigos de Ética Aplicables
Directivos, funcionarios y empleados de los organismos de control públicos
o privados, incluidos la Comisión Nacional de Valores, mercados y agentes
de depósito,
Cualquier otra persona que, en razón de sus tareas tenga acceso a similar
información
NO podrán:
a) Utilizar la información reservada a fin de obtener para sí o para otros, ventajas
de cualquier tipo, deriven ellas de la compra o venta de valores negociables, o
de cualquier otra operación relacionada con el régimen de la oferta pública.
b) Realizar por cuenta propia o ajena, directa o indirectamente, las siguientes
acciones:
b.1) Preparar, facilitar, tener participación o realizar cualquier tipo de
operación en el mercado, sobre los valores negociables a que la información
se refiera.
b.2) Comunicar dicha información a terceros, salvo en el ejercicio normal de
su trabajo, profesión, cargo o función.
b.3) Recomendar a un tercero que adquiera o ceda valores negociables o que
haga que otros los adquieran o cedan, basándose en dicha información.
MANIPULACIÓN Y ENGAÑO EN EL MERCADO
Se trata de prácticas o conductas que pretendan o permitan la manipulación de
precios o volúmenes de valores negociables; por ejemplo, afectar artificialmente la
formación de precios, registrar operaciones con el objeto de crear apariencia falsa de
la existencia de oferta y demanda o sin intención de liquidarlas, emitir declaraciones
falsas con conocimiento de su carácter falso o engañoso, entre otras.
Sujetos alcanzados:
Las emisoras,
Los agentes de negociación,
Los inversores y/o
Cualquier otro interviniente en los mercados,
Deberán ABSTENERSE de:
a) realizar prácticas o conductas que pretendan o permitan la manipulación de
precios o volúmenes de los valores negociables listados en Mercados.
b) incurrir en prácticas o conductas engañosas que puedan inducir a error a
cualquier participante en dichos mercados, en relación con la compra o venta
de cualquier valor negociable en la oferta pública. Mediante los cuales se
pretenda:
1) Afectar artificialmente la formación de precios, liquidez o el volumen
negociado de uno o más valores negociables.
2) Inducir a error a cualquier interviniente en el mercado.
11
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Normas de Conducta y Códigos de Ética Aplicables
PROHIBICIÓN DE INTERVENIR U OFRECER EN LA OFERTA
PÚBLICA EN FORMA NO AUTORIZADA.
Sujetos alcanzados:
Emisoras,
Cámaras compensadoras, los agentes de negociación, y
Todo otra persona física o jurídica que intervenga, se ofrezca u ofrezca
servicios en la oferta pública de valores negociables:
Deberán ABSTENERSE de:
a) Intervenir en la oferta pública en cualquier calidad que requiera autorización
previa, sin contar con ella.
b) Ofrecer, comprar, vender o realizar cualquier tipo de operación sobre valores
negociables que por sus características debieran contar con autorización de
oferta pública y no la hubieran obtenido al momento de la operación.
c) Realizar operaciones no autorizadas expresamente por la Comisión Nacional
de Valores.
RÉGIMEN SANCIONATORIO.
Quienes infringieren la normativa del mercado de capitales vigente pueden ser objeto
de las siguientes sanciones, de menor a mayor en orden a su gravedad:
a) Apercibimiento, que podrá ser acompañado de la obligación de publicar la parte
dispositiva de la resolución en el Boletín Oficial de la República Argentina y hasta
en dos (2) diarios de circulación nacional a costa del sujeto penado. Se trata de una
sanción que no puede ser apelada dado su carácter leve, aunque sí objeto de
revisión.
b) Multa de pesos cinco mil ($ 5.000) a pesos veinte millones ($ 20.000.000), que
podrá ser elevada hasta el quíntuplo del beneficio obtenido o del perjuicio
ocasionado como consecuencia del accionar ilícito, si alguno de ellos resultare
mayor. En los últimos años, la sanción más aplicada -según surge de las
resoluciones finales- por el regulador es, en efecto, la pena de multa.
c) Inhabilitación de hasta cinco (5) años para ejercer funciones como directores,
administradores, síndicos, miembros del consejo de vigilancia, contadores
dictaminantes o auditores externos o gerentes de mercados autorizados y de agentes
registrados o de cualquier otra entidad bajo fiscalización de la Comisión Nacional
de Valores;
d) Suspensión de hasta dos (2) años para efectuar oferta pública o, en su caso,
de la autorización para actuar en el ámbito de la oferta pública. En el caso de fondos
comunes de inversión, se podrán únicamente realizar actos comunes de
administración y atender solicitudes de rescate de cuotapartes, pudiendo vender con
ese fin los bienes de la cartera con control de la Comisión Nacional de Valores;
12
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Normas de Conducta y Códigos de Ética Aplicables
e) Prohibición para efectuar ofertas públicas de valores negociables o, en su
caso, de la autorización para actuar en el ámbito de la oferta pública de valores
negociables.
3. CÓDIGO DE PROTECCIÓN AL INVERSOR O
CÓDIGO DE CONDUCTA.
SISTEMAS DE SUPERVISIÓN Y DE SEGURIDAD.
Las personas físicas y/o jurídicas autorizadas a funcionar y registradas en la
Comisión Nacional de Valores deberán:
a) Establecer sistemas que garanticen el cumplimiento de las obligaciones
impuestas y la prevención y represión de las conductas contrarias a la
transparencia en el ámbito de la oferta pública.
b) Fijar los procedimientos y sistemas mínimos de seguridad, a fin de
prevenir o detectar violaciones a los deberes descriptos.
c) Contar con un Código de Protección al Inversor o Código de Conducta
aplicable a todos aquellos que desarrollan actividades en sus respectivos
ámbitos de actuación.
Características del Código de Conducta:
Debe abarcar, como mínimo, los siguientes aspectos:
Normativa aplicable relacionada con la Transparencia en el Ámbito de la
Oferta Pública, las conductas contrarias a la transparencia y los
procedimientos tendientes a prevenir dichas conductas.
Normas de protección al inversor vigentes.
Disposiciones que regulan el comportamiento del personal alcanzado,
garantizando entre otros aspectos, la seguridad y eficiencia en los servicios
prestados, el respeto del deber de confidencialidad y la prevención de
eventuales conflictos de intereses.
PUBLICIDAD Y PROPAGANDA.
PUBLICIDAD NO ENGAÑOSA.
La publicidad, propaganda y difusión NO podrá contener declaraciones,
alusiones o descripciones que puedan inducir a error, equívocos o confusión al
13
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Normas de Conducta y Códigos de Ética Aplicables
público, sobre la naturaleza, precios, rentabilidad, rescates, liquidez, garantías o
cualquier otra característica de los valores negociables, que por cualquier medio,
realicen:
emisoras,
mercados,
cámaras compensadoras,
agentes de negociación,
agentes de colocación y distribución, o
cualquier otra persona física o jurídica que participe en una emisión,
colocación, organizadores y/o negociación de valores negociables.
Los sujetos mencionados deberán ratificar o rectificar la información divulgada
públicamente que, por su importancia, sea apta para afectar sustancialmente la
colocación de valores negociables o el curso de su negociación en los mercados.
SANCIONES
En caso de violación a estas disposiciones la Comisión Nacional de Valores podrá
ordenar al sujeto infractor que modifique o suspenda esa publicidad,
independientemente de las demás sanciones que pudieran corresponder.
REGISTRO DE ASESORES IDÓNEOS.
El Registro de Asesores Idóneos en nuestro país lo lleva la Comisión Nacional de
Valores. En el mismo constan todas las personas habilitadas para desarrollar la función
comercial o de asesoramiento que implique contacto con el público inversor en
cualquiera de las categorías de agente registrado.
Este Registro es público y se puede consultar a través de la página www.cnv.gob.ar y
los agentes registrados deben publicar en sus páginas institucionales los idóneos que
asesoran y tienen contacto con el público.
4. CÓDIGOS DE ÉTICA Y NORMAS DE CONDUCTA
PROFESIONAL. REFERENCIAS
INTERNACIONALES. OBLIGACIONES CON LOS
CLIENTES. OBLIGACIONES CON LOS
EMPLEADORES. CONFLICTOS DE INTERESES.
ANÁLISIS, INFORMES, RECOMENDACIONES.
Descripción de los principales estándares internacionales sobre Conducta Profesional.
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Normas de Conducta y Códigos de Ética Aplicables
PROFESIONALISMO
Los profesionales deberán:
comprender y cumplir todas las leyes, normas y regulaciones pertinentes
dictadas por cualquier gobierno, organismo oficial, entidad reguladora o
asociación profesional que regule las actividades profesionales de los miembros
y en caso de conflicto, deberán cumplir con la ley, norma o regulación más
estricta.
actuar con debida prudencia y criterio para lograr y mantener la independencia
y la objetividad en sus actividades profesionales.
Los profesionales no deberán:
realizar conscientemente declaraciones falsas relacionadas con el análisis, las
recomendaciones, las medidas de inversión u otras actividades profesionales.
ejercer ningún tipo de conducta profesional impropia que involucre
deshonestidad, fraude o engaño ni incurrir en un acto que afecte
desfavorablemente su reputación, integridad o competencia profesional.
INTEGRIDAD DE LOS MERCADOS DE CAPITALES
Los profesionales que posean información confidencial y relevante que podría
afectar el valor de una inversión no deberán actuar ni hacer que otros actúen basados
en dicha información. Por otra parte no deberán involucrarse en prácticas que puedan
distorsionar o artificialmente inflar el volumen de negociación con la intención de
engañar a los que participan en el mercado.
OBLIGACIONES PARA CON LOS CLIENTES
Los profesionales les deben lealtad a sus clientes y deberán actuar con la debida
prudencia y ejercer criterios juiciosos. Los profesionales deberán actuar en beneficio
de sus clientes y colocar los intereses de sus clientes por encima de los intereses de sus
empleadores o los propios.
Los profesionales deberán tratar de manera justa y objetiva a todos los clientes a la
hora de realizar análisis de inversión, formular recomendaciones de inversión, tomar
medidas de inversión o participar en otras actividades profesionales.
Aplicar criterios prudentes a la hora de presentar la información del rendimiento de
la inversión y esforzarse por asegurarse de que dicha información sea justa, precisa y
completa.
Los profesionales deberán respetar la confidencialidad de la información facilitada
por clientes actuales, anteriores y potenciales, salvo que:
a información esté relacionada con actividades ilegales por parte del cliente o
cliente potencial,
la ley exija su divulgación, o
15
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Normas de Conducta y Códigos de Ética Aplicables
el cliente o cliente potencial permita la divulgación de la información.
OBLIGACIONES PARA CON LOS EMPLEADORES
En asuntos relacionados con su empleo, los profesionales deberán actuar en beneficio
de sus empleadores y no privarlos de la ventaja de sus talentos y habilidades, no
divulgar información confidencial ni perjudicarlos de alguna otra manera. No deberán
aceptar obsequios, prestaciones, compensaciones ni remuneraciones que compitan con
los intereses de sus empleadores, ni que puedan crear un conflicto de intereses
razonable con los mismos, salvo que obtengan una autorización por escrito de todas
las partes involucradas.
ANÁLISIS, RECOMENDACIONES Y DECISIONES DE
INVERSIÓN
Los profesionales deberán:
Aplicar diligencia, independencia y esmero al realizar análisis de inversión,
formular recomendaciones de inversión y tomar decisiones de inversión.
Utilizar criterios razonables y adecuados al realizar sus análisis,
recomendaciones o decisiones de inversión, tras realizar el estudio y las
investigaciones pertinentes.
Los profesionales deberán Informar a los clientes y clientes potenciales acerca de:
La forma básica y los principios generales que intervienen en los procesos de
inversión utilizados para analizar inversiones, seleccionar valores y crear
carteras
las limitaciones significativas y los riesgos asociados con el proceso de
inversión.
Utilizar criterios razonables a la hora de identificar los factores que son
importantes para sus análisis, recomendaciones o decisiones de inversión
Distinguir entre hechos y opiniones al presentar los informes de sus análisis y
recomendaciones de inversión.
Los profesionales deberán desarrollar y mantener registros adecuados que respalden
sus análisis, recomendaciones y decisiones de inversión
CONFLICTOS DE INTERESES
Los profesionales deberán declarar todos los asuntos que podrían afectar su capacidad
de formular recomendaciones objetivas e independientes o interferir con sus
obligaciones respectivas para con los clientes, clientes potenciales y empleador. Los
profesionales deberán asegurarse de que dichas declaraciones sean relevantes, utilicen
un lenguaje sencillo y comuniquen la información pertinente de manera efectiva.
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Normas de Conducta y Códigos de Ética Aplicables
Las operaciones de inversión para clientes y empleadores tendrán prioridad sobre
las operaciones de inversión de las que el profesional sea beneficiario.
Los profesionales deberán declarar a sus empleadores, clientes y clientes potenciales,
según corresponda, toda compensación, remuneración o prestaciones percibidas o
pagadas a otros por la recomendación de productos o servicios.
5. RESUMEN.
En el presente resumen sólo se incluyen algunas referencias que se estiman convenientes a
la hora de repasar los conceptos esenciales de los contenidos tratados y no debe entenderse
bajo ningún concepto como una síntesis exhaustiva, recomendando al alumno una lectura
meditada y profunda de los contenidos desarrollados.
Hecho relevante: Todo hecho o situación que, por su importancia, sea apto para
afectar en forma sustancial la colocación de los valores negociables, el curso de
su negociación, o el desenvolvimiento de la actividad propia de cada sujeto
alcanzado. Sujetos alcanzados: administradores de entidades emisoras que
realicen oferta pública de valores negociables, Responsables de Relaciones con el
Mercado, integrantes del órgano de fiscalización, en materia de su competencia,
administradores de mercados, cámaras compensadoras y demás agentes
registrados ante la Comisión Nacional de Valores en todas sus categorías, y en su
caso, los integrantes de sus órganos de fiscalización, estos últimos en materia de
su competencia. Plazo: de inmediato. Medio: electrónico, a través de la Autopista
de la Información Financiera.
Excepciones- Pedido de dispensa: Las emisoras o partes involucradas pueden
solicitar ante la Comisión Nacional de Valores una dispensa al deber de informar.
Dicho Organismo podrá, por decisión fundada y por un período determinado,
suspender el cumplimiento de la obligación de informar al público sobre ciertos
hechos y antecedentes que no sean de conocimiento público y cuya divulgación
pudiera afectar seriamente el interés social.
Independencia: Un miembro del órgano de administración de las emisoras
NO reúne la condición de independiente, cuando se den una o más de las
siguientes circunstancias a su respecto:
Sea también miembro del órgano de administración o dependiente de los
accionistas que son titulares de “participaciones significativas” en la
emisora, o de otras sociedades en las que estos accionistas cuentan en forma
directa o indirecta con “participaciones significativas” o en la que estos
accionistas cuenten con influencia significativa.
17
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Normas de Conducta y Códigos de Ética Aplicables
Esté vinculado a la emisora por una relación de dependencia, o si estuvo
vinculado a ella por una relación de dependencia durante los últimos 3 años.
Tenga relaciones profesionales o pertenezca a una sociedad o asociación
profesional que mantenga relaciones profesionales con, o perciba
remuneraciones u honorarios (distintos de los correspondientes a las
funciones que cumple en el órgano de administración) de la emisora o los
accionistas de esta que tengan en ella en forma directa o indirecta
“participaciones significativas” o influencia significativa o con sociedades
en las que estos también tengan en forma directa o indirecta “participaciones
significativas” o cuenten con influencia significativa.
En forma directa o indirecta, sea titular de una “participación significativa”
en la emisora o en una sociedad que tenga en ella una “participación
significativa” o cuente en ella con influencia significativa.
En forma directa o indirecta, venda o provea bienes o servicios a la emisora
o a los accionistas de esta que tengan en ella en forma directa o indirecta
“participaciones significativas” o influencia significativa por importes
sustancialmente superiores a los percibidos como compensación por sus
funciones como integrante del órgano de administración.
Sea cónyuge o conviviente, pariente hasta el segundo grado de
consanguinidad o segundo grado de afinidad de individuos que, de integrar
el órgano de administración, no reunirían la condición de independientes.
Información a suministrar a los mercados:
Los agentes de negociación autorizados para actuar en el ámbito de la oferta
pública deben informar todo hecho o situación no habitual que por su
importancia sea apto para afectar el desenvolvimiento de sus negocios, su
responsabilidad o sus decisiones sobre inversiones.
Directores, administradores, síndicos, gerentes, y miembros del consejo de
vigilancia, titulares y suplentes, y los accionistas controlantes de emisoras que
realizan oferta pública de sus valores negociables deben informar cantidad y
clases de acciones, títulos representativos de deuda convertibles en acciones
y opciones de compra o venta de ambas especies de valores negociables que
posean de la emisora a la que se encuentren vinculados.
Los integrantes del consejo de calificación, directores, administradores,
gerentes, síndicos o integrantes del consejo de vigilancia, titulares y
suplentes, de agentes de calificación de riesgos deben informar cantidad y
clases de acciones, títulos representativos de deuda u opciones de compra o
venta de acciones que posean de sociedades autorizadas a hacer oferta pública
de sus valores negociables.
Los directores y funcionarios de la Comisión Nacional de Valores, de los
mercados y de los demás agentes registrados deben informar la cantidad y
clases de acciones, títulos representativos de deuda y opciones de compra o
18
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Normas de Conducta y Códigos de Ética Aplicables
venta de acciones que posean de sociedades autorizadas a hacer oferta pública
de sus valores negociables.
Las personas físicas o jurídicas que, en forma directa o por intermedio de
otras personas físicas o jurídicas, o todas las personas integrantes de cualquier
grupo que actuando en forma concertada adquieran o enajenen acciones de
una sociedad que realice oferta pública de valores negociables en cantidad tal
que implique un cambio en las tenencias que configuran el o los grupos de
control afectando su conformación deberán informar respecto a dicha
operación o conjunto de operaciones realizadas en forma concertada.
Las personas físicas o jurídicas no comprendidas en la operación del ítem
precedente que, en forma directa o por intermedio de otras personas físicas o
jurídicas, o todas las personas integrantes de cualquier grupo que actuando en
forma concertada que adquieran o enajenen por cualquier medio acciones de
una emisora cuyo capital se hallare comprendido en el régimen de la oferta
pública y que otorgare el cinco por ciento (5%) o más de los votos que
pudieren emitirse a los fines de la formación de la voluntad social en las
asambleas ordinarias de accionistas deberán informar respecto a tales
operaciones, deberán comunicar tal situación una vez efectuada aquella
mediante la cual se superó el límite anteriormente mencionado.
Las personas físicas o jurídicas que celebren pactos o convenios de
accionistas cuyo objeto sea ejercer el derecho a voto en una sociedad cuyas
acciones están admitidas a la oferta pública o en la sociedad que la controle
deberán informar respecto a la existencia de tales pactos o convenios. Copia
de los mismos deberá presentarse ante la Comisión Nacional de Valores.
Los Agentes de negociación y Agentes de liquidación y compensación y los
Agentes de administración de productos de inversión colectiva de fondos
comunes de inversión que administren fondos correspondientes a personas
físicas y/o jurídicas que no residan en el país, pero que sí cuenten con
inversiones cuyo monto global exceda los $ 5.000.000.-, deberán remitir
mensualmente a la Comisión Nacional de Valores el saldo de las inversiones
mencionadas al cierre del mes inmediato anterior, valuadas a precio de
mercado a la fecha de cierre del mes informado.
Los agentes de depósito colectivo deberán presentar mensualmente la
información sobre:
Saldos de las inversiones en el mercado nacional, por parte de
personas residentes y de personas no residentes en la República
Argentina, discriminados por especie.
Cantidad de inversores por país de residencia, registrados en el
sistema de depósito colectivo a su cargo.
o Los Directores, administradores, síndicos, gerentes, y miembros del consejo de
vigilancia, titulares y suplentes, y los accionistas controlantes de emisoras que
19
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Normas de Conducta y Códigos de Ética Aplicables
realizan oferta pública de sus valores negociables deberán informar mensualmente al
Organismo de Contralor cantidad y clases de acciones, títulos representativos de
deuda convertibles en acciones y opciones de compra o venta de ambas especies de
valores negociables que posean de la emisora a la que se encuentren vinculados o
que administren directa o indirectamente. Asimismo, deberán informar a la Comisión
Nacional de Valores, antes del 15 de cada mes, los cambios producidos durante el
mes anterior en sus tenencias.
Deber de guardar reserva: Todos aquellos sujetos que en razón de su cargo o
actividad tengan información acerca de un hecho no divulgado públicamente y
que por su importancia sea apto para afectar la colocación de valores negociables
con oferta pública autorizada, o el curso de su negociación en los mercados, deberá
guardar estricta reserva al respecto y abstenerse de negociar hasta tanto dicha
información tenga carácter público.
Deber de lealtad y diligencia: Consiste en la obligación de observar una
conducta leal y diligente en el ejercicio de las funciones. Los sujetos alcanzados
son los directores, administradores y fiscalizadores de las emisoras, y las cámaras
compensadoras, los agentes de negociación y demás categorías de agentes
registrados en la Comisión.
Las principales conductas que afectan la transparencia son el abuso de
información privilegiada y la manipulación de mercado, ambas conductas además
de constituir infracciones bajo el régimen normativo de la CNV constituyen hoy,
delitos previstos en el CPN, con penas significativas que incluyen hasta la prisión.
El abuso de información privilegiada es el abuso de la información reservada o
no pública por parte de aquellos directa o indirectamente, en virtud de su posición,
cargo o profesión, pueden acceder a ella, con la finalidad de realizar operaciones
de compra, venta y canje de valores, en beneficio propio o de terceros
La manipulación de mercado son prácticas o conductas que pretendan o
permitan la manipulación de precios o volúmenes de valores negociables; por
ejemplo, afectar artificialmente la formación de precios, registrar operaciones con
el objeto de crear apariencia falsa de la existencia de oferta y demanda o sin
intención de liquidarlas, emitir declaraciones faltas con conocimiento de su
carácter falso o engañoso, entre otras.
Prohibición de intervenir u ofrecer en la oferta pública en forma no
autorizada: se trata de la intervención en la oferta pública en cualquier calidad
que requiera autorización previa, sin contar con ella, y ofrecer, comprar, vender o
realizar cualquier tipo de operación sobre valores negociables que por sus
características debieran contar con autorización de oferta pública y no la hubieran
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Normas de Conducta y Códigos de Ética Aplicables
obtenido al momento de la operación, así como de realizar operaciones no
autorizadas expresamente por la Comisión Nacional de Valores.
El régimen sancionatorio vigente prevé las siguientes sanciones: a)
Apercibimiento, b) Multa de pesos cinco mil ($ 5.000) a pesos veinte millones ($
20.000.000, c) Inhabilitación de hasta cinco (5) años para ejercer funciones, d)
Suspensión de hasta dos (2) años para efectuar oferta e) Prohibición para efectuar
ofertas públicas de valores.
Las personas físicas y/o jurídicas autorizadas a funcionar y registradas en la
Comisión Nacional de Valores deberán: Establecer sistemas que garanticen el
cumplimiento de las obligaciones impuestas y la prevención y represión de las
conductas contrarias a la transparencia en el ámbito de la oferta pública, Fijar los
procedimientos y sistemas mínimos de seguridad, a fin de prevenir o detectar
violaciones a los deberes descriptos.Contar con un Código de Protección al
Inversor o Código de Conducta.
Características del Código de Conducta: Debe estar redactado en un lenguaje
fácilmente comprensible y abarcar, como mínimo, los siguientes aspectos:
Normativa aplicable relacionada con la Transparencia en el Ámbito de la Oferta
Pública, Normas de protección al inversor vigentes, Disposiciones que regulan el
comportamiento del personal alcanzado.
Publicidad no engañosa: La publicidad, propaganda y difusión no podrá contener
declaraciones, alusiones o descripciones que puedan inducir a error, equívocos o
confusión al público, sobre la naturaleza, precios, rentabilidad, rescates, liquidez,
garantías o cualquier otra característica de los valores negociables
Sanciones: En caso de violación a estas disposiciones la Comisión Nacional de
Valores podrá ordenar al sujeto infractor que modifique o suspenda esa
publicidad, independientemente de las demás sanciones que pudieran
corresponder.
El Registro de Asesores Idóneos lo lleva la Comisión Nacional de Valores. Este
Registro es público y se puede consultar a través de la página www.cnv.gob.ar y
los agentes registrados deben publicar en sus páginas institucionales los idóneos
que asesoran y tienen contacto con el público.
Para integrar el Registro hay que aprobar los programas de capacitación
autorizados por la CNV que requieren una actividad académica mínima de 80 hs.
Principales estándares internacionales sobre la Conducta Profesional:
Profesionalismo: Conocimiento de las leyes, Independencia y objetividad,
No realización de declaraciones falsas, No ejercer una conducta
profesional impropia.
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Normas de Conducta y Códigos de Ética Aplicables
Integridad de los mercados de capitales: Información confidencial y
relevante, No involucrarse en prácticas que puedan implicar una
manipulación o engaño al mercado,
Obligaciones para con los clientes: Lealtad, prudencia y vigilancia, Trato
justo, Idoneidad, Presentación del rendimiento en forma justa, precisa y
completa, Preservación de la confidencialidad.
Obligaciones para con los empleadores: Lealtad, No aceptar arreglos de
compensación adicional que compitan con los intereses de sus
empleadores, Responsabilidades de los supervisores por las personas a
cargo.
Análisis, recomendaciones y decisiones de inversión: Diligencia y
actuaciones razonables, Comunicación amplia y clara con los clientes y
clientes potenciales, Retención de registros respalden análisis,
recomendaciones y decisiones de inversión.
Conflictos de intereses: Declaración de conflictos, Prioridad de las
operaciones de inversión para clientes y empleadores, Declaraciones por
percepción de comisiones por servicios recomendados.
6. PREGUNTAS DE REPASO.
1. ¿En qué consisten los hechos relevantes?
2. Enumere los sujetos obligados a informar hechos relevantes
3. ¿Existen excepciones al deber de informar?
4. ¿Existen criterios que permitan determinar si un director es o no independiente?
Si su respuesta es afirmativa, enumérelos brevemente
5. ¿Cuál es la diferencia entre participación significativa e influencia significativa?
6. ¿Cuál es el criterio aplicable respecto a la independencia o no de los directores y
síndicos designados por el Estado?
7. ¿Qué hechos deben ser informados por los agentes de negociación autorizados a
actuar en el ámbito de la oferta pública?
8. Enumere las obligaciones informativas de los directores, administradores,
síndicos, miembros del consejo de vigilancia y accionistas controlantes de
emisoras que se encuentran en la oferta pública, respecto a acciones que posean
de la misma.
9. Enumere las obligaciones informativas de los directores y funcionarios de la
CNV y de los mercados.
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Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión
Normas de Conducta y Códigos de Ética Aplicables
10. ¿Qué obligación informativa debe cumplir un sujeto que adquiere o enajena
acciones de una emisora de tal manera que modifica la conformación del grupo
del control?
11. ¿Qué obligación informativa debe cumplir un sujeto adquiere o enajena acciones
de una emisora que otorgan más del 5% de los votos?
12. ¿Cuál es el tenor de la información que debe exteriorizarse con relación a un
convenio o pacto de accionistas cuyo objeto sea ejercer el derecho de voto en una
sociedad admitida a la oferta pública?
13. Explique los alcances del régimen informativo aplicable a los no residentes en el
país cuyas inversiones excedan los $ 5.000.000.-.
14. ¿Existe obligación por parte de directores, administradores, síndicos y gerentes
de informar mensualmente cantidades de acciones o títulos convertibles que
posean de una emisora? Si la respuesta es afirmativa, explique los alcances.
15. Definición del deber de guardar reserva y sujetos alcanzados.
16. En qué consiste el deber de lealtad y diligencia y cuáles son los sujetos
alcanzados.
17. Explique brevemente qué se entiende por abuso de información privilegiada y si
existe sanción prevista para el caso de verificarse tal conducta.
18. ¿Qué ese entiende por manipulación al mercado?
19. ¿Cuál es el régimen informativo de las emisoras y demás agentes registrados?
20. ¿Qué es el abuso de información privilegiada? ¿Qué es la manipulación de
mercado?
21. ¿En qué consisten las prácticas o conductas engañosas? ¿Existen agravantes?
22. ¿Quiénes deberán abstenerse de intervenir u ofrecer en la oferta pública en forma
no autorizada?
23. Describa brevemente las principales medidas a adoptarse en orden a establecer
un adecuado sistema de supervisión y seguridad.
24. ¿Cuáles son los contenidos mínimos de un Código de Conducta?
25. ¿Qué recaudos deberán adoptarse con relación a la publicidad y propaganda
relativa a valores negociables que se ofrezcan públicamente? Y en caso de no
cumplirse con los mismos ¿existen previstas sanciones?
26. ¿Cuál es el Organismo encargado de llevar el registro de Asesores Idóneos?
27. Describa brevemente los parámetros éticos a los que deben adecuarse a aquellos
que deseen desempeñarse en el asesoramiento profesional en el área de
inversiones.
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www.cafci.org.ar