Thesis by Leticia Morales
This thesis examines the legitimacy of constitutionally protecting social rights through the mech... more This thesis examines the legitimacy of constitutionally protecting social rights through the mechanism of judicial review. While social rights are often defended as requirements of social justice, persistent disagreement about the substance and scope of social rights invalidates the justification of judicial review. Instead, I argue for the protection of social rights as demands of democracy. I propose to distinguish between two levels of social rights. A first level should be understood as part of the preconditions of democratic legitimacy that safeguard the effective political participation of all citizens. This level is legitimately protected through strong judicial review. A second level, by contrast, consists of social rights as demands of social justice, the content and scope of which should be decided by the democratic assembly, and remain free of judicial interference.
Books by Leticia Morales
Editores del Sur, 2021
La presente obra de autoría colectiva ofrece atractivos e innovadores análisis sobre las diversas... more La presente obra de autoría colectiva ofrece atractivos e innovadores análisis sobre las diversas perspectivas de la legitimidad democrática que se debaten en la actualidad, tales como las que se prescriben para el Estado de Derecho desde el liberalismo, el comunitarismo, el populismo, la democracia deliberativa y el republicanismo.
Cada trabajo que integra este libro puede ser leído de forma autónoma e independiente. Sin embargo, entre estos capítulos también existen importantes conexiones de sentido. A dichos trabajos los reúnen ciertas preocupaciones sobre problemas y desafíos que nos son comunes. Desde dicha perspectiva, en esta obra colectiva, diversas autoras y autores se proponen como objetivo común examinar los bordes de legitimidad democrática en el Estado de Derecho contemporáneo. Esos estudios se centran no solo en diversas experiencias teóricas y normativas, sino también en diversas experiencias institucionales que han tenido lugar en contextos situados.
¿Acaso no existen profundos y persistentes desacuerdos acerca de lo que debe entenderse por legítimo en el Estado de Derecho del siglo XXI? Sobre esta cuestión ha de reflexionar cada integrante de este prestigioso grupo académico, que participa de la presente obra con la esperanza de contribuir a tornar más robusta la legitimidad democrática del Estado de Derecho contemporáneo. Las lectoras y lectores, entonces, tienen ahora en sus manos algunas herramientas conceptuales necesarias, aunque no suficientes, para continuar la reflexión sobre este interrogante.
La presente obra examina el estatus jurídico y moral de los derechos sociales en las sociedades c... more La presente obra examina el estatus jurídico y moral de los derechos sociales en las sociedades contemporáneas. La autora sostiene que estos derechos deben ser tomados en serio, y protegidos de manera robusta por las instituciones jurídicas, como precondiciones de la democracia. A la pregunta sobre si la protección constitucional robusta de los derechos sociales está justificada en una democracia, ordinariamente se sostiene que hay que elegir entre la supremacía de los tribunales o la superioridad de la asamblea legislativa; pero si se adopta la primera posición habrá que cargar con una disminución en la legitimidad del sistema político por permitir que sean los jueces quienes aseguren los derechos sociales en última instancia, y si se adopta la segunda, el coste consistirá en una mengua en la justicia de las decisiones adoptadas por una mayoría que eventualmente fracasará en la protección de los derechos sociales de todos. La autora considera que este planteamiento en forma de dilema es incorrecto: estar de acuerdo con la importancia de las consideraciones democráticas no implica el rechazo de la protección robusta de los derechos sociales constitucionales. En el libro se argumenta que es viable reconciliar ambas posiciones y aprovechar las fortalezas de cada una para justificar los derechos sociales constitucionales desde la legitimidad democrática. Por ello, incluso para quienes, tomándose en serio los desacuerdos sobre las cuestiones de justicia social, consideran que ellas deberían ser decididas por el órgano legislativo, habría razones para asegurar constitucionalmente los derechos sociales y garantizarlos a través de un mecanismo robusto de control de constitucionalidad.
Articles by Leticia Morales
EMERGENCY BASIC INCOME: DISTRACTION OR OPPORTUNITY?, 2024
This article explores the connection between two related but distinct models of basic income prop... more This article explores the connection between two related but distinct models of basic income proposals in the context of a pandemic emergency. While COVID-19 appears to have increased interest in basic income, this often ended up taking the form of a temporary emergency basic income (EBI) instead of a permanent universal basic income (UBI). In this article we argue that the "dial up/dial down" model of basic income allows us to link EBI and UBI in a way that offers both a practical response to important implementation challenges in emergency policy making and a strategic argument in favour of UBI as a pandemic policy instrument. We illustrate our argument by contrasting the Renda Básica de Cidadania (RBC) in the municipality of Maricá, Brazil, with two comparable programmes in the same region.
Encyclopedia of Business and Professional Ethics, 2023
The COVID-19 pandemic is widely considered to be the largest global crisis event since World War ... more The COVID-19 pandemic is widely considered to be the largest global crisis event since World War II, measured in terms of social, political, and eco- nomic impact on individuals, social sectors (e.g., education), and countries around the world. COVID-19 also represents a unique event in recent human history in that many governments introduced stringent lockdown measures, tempo- rarily grounding much of their economy to a halt in a desperate attempt to curtail the spread of the virus. While controversial, governments’ main justification at the height of the pandemic was that, in the absence of effective vaccines, skyrocketing morbidity and mortality rates man- dated a radical intervention.
Revista de Derecho (Valdivia), 2024
En este artículo considero, en primer lugar, tres desiderata que debería satisfacer una teoría de... more En este artículo considero, en primer lugar, tres desiderata que debería satisfacer una teoría deseable de los derechos sociales: 1) no trivialidad; 2) determinación del contenido; y 3) alcance. De esta manera, la primera parte del trabajo tiene el objetivo de presentar y mostrar la relevancia de estos tres criterios de evaluación. En segundo lugar, examino qué tan bien da cuenta de estos desiderata uno de los enfoques dominantes en la literatura filosófica-jurídica de los derechos sociales, la teoría de los recursos adecuados para una vida digna. Mostraré que esta teoría de los derechos sociales puede satisfacer con diverso grado algunos de los desiderata bajo examen, pero no todos. Concluiré que los desiderata permiten filtrar las buenas teorías de las que no lo son, enmendar aquellas debilidades en la medida de lo posible, y realizar una comparación que nos permita listar las distintas teorías según su deseabilidad.
In this paper I consider three desiderata that a desirable theory of social rights should satisfy: 1) non-triviality; 2) content-determinacy; and 3) scope. The first part of this paper aims to present and show the relevance of these three desiderata. The second examines how well one of the dominant approaches in the legal philosophy of social rights literature that grounds these rights in the notion of human dignity accounts for these desiderata. I show how this theory of social rights only satisfies some of the desiderata under examination but not all three. I conclude that the three desiderata allow us to filter out the good theories, to potentially amend weaknesses in other theories, and to compare and rank different theories according to their desirability.Theory of social rights; evaluation; desiderata; social justice
Revista Latinoamericana de Filosofía Política, 2023
Esta contribución a la discusión del libro El derecho como una
conversación entre iguales de Robe... more Esta contribución a la discusión del libro El derecho como una
conversación entre iguales de Roberto Gargarella tiene dos objetivos.
En primer lugar, se esclarecen las ideas coincidentes que permiten pensar los derechos sociales en nuestras democracias contemporáneas caracterizadas por el pluralismo y los desacuerdos profundos.
En segundo lugar, se plantean y discuten tres problemas de la concepción
de la democracia que defiende el autor en relación con la protección de los derechos sociales “a cargo” del diálogo ciudadano: la noción básica de igualdad, la falta de protección de las precondiciones del procedimiento y la excesiva confianza en la ciudadanía para
el respeto de los derechos sociales.
Manual sobre Justiciabilidad de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (DESCA) Courtis, C. (coord.)
Prohibida su reproducción total o parcial por cualquier medio, sin autorización escrita de los ti... more Prohibida su reproducción total o parcial por cualquier medio, sin autorización escrita de los titulares de los derechos. El contenido de los documentos que conforman esta obra es responsabilidad exclusiva de los autores y no representa en forma alguna la opinión insti
Mujeres y Derecho Público IX Seminario de Profesoras de Derecho Público, 2021
Mutatis Mutandi, 2021
El presente trabajo tiene el objetivo de contribuir al artículo “Justicia social y los sistemas e... more El presente trabajo tiene el objetivo de contribuir al artículo “Justicia social y los sistemas económicos: sobre Rawls, socialismo democrático y alternativas al capitalismo”, de Martin O’Neill, mostrando la relevancia del ingreso básico y el enfoque de género para pensar las instituciones necesarias para una sociedad democrática justa en la práctica. Para ello se propone examinar y vincular las propuestas del autor con la literatura sobre el ingreso básico y el género, dando cuenta que la propuesta de alguna forma de socialismo democrático liberal de O’Neill, basada en postulados normativos rawlsianos ampliamente compartidos, podrían enriquecerse si se tienen en cuenta tales aportes.
La constitucionalizacion de los derechos sociales se situa en la encrucijada entre las exigencias... more La constitucionalizacion de los derechos sociales se situa en la encrucijada entre las exigencias de la democracia y las demandas de la justicia distributiva, dos cuestiones fundamentales de la filosofia politica contemporanea cuya conexion ha sido indebidamente ignorada. En este trabajo se sostiene que estas dos importantes cuestiones estan relacionadas y que, por lo tanto, es posible que surjan conflictos entre ellas. En particular, la proteccion robusta de los derechos sociales debe dar cuenta de las objeciones contrademocraticas que pesan de manera especial sobre el control judicial de constitucionalidad de las exigencias de la justicia distributiva.
Bioethics, 2021
The judiciary is a key policy actor that is involved in deciding health rights and policy by inte... more The judiciary is a key policy actor that is involved in deciding health rights and policy by intervening in the policy process through a variety of judicial mechanisms, yet the appropriate extent of its involvement remains contentious. Taking the competence objection seriously requires understanding it as an epistemic problem about how courts assess empirical and scientific evidence in order to competently adjudicate controversial health claims. This paper examines recent advances in social epistemol- ogy to develop insights for the epistemic competence of the judiciary from a system- oriented approach. I outline three epistemic features that set the judiciary and the judicial decision-making process apart from other types of decision-makers in health policy: the distribution of epistemic power, the epistemic authority of a justified be- liever, and the principle of disinterestedness. Finally, I relate these insights back to the judicial decision-making process with a specific focus on recent court decisions in health rights and health policy in Chile.
Cambridge Quarterly of Healthcare Ethics, 2021
This paper focuses on an emergency basic income (EBI) as a tool for avoiding financial insecurity... more This paper focuses on an emergency basic income (EBI) as a tool for avoiding financial insecurity during the time of pandemic. The authors argue that paying each resident a monthly cash amount for the duration of the crisis would serve to protect them from the economic fallout.They suggest three reasons why the EBI proposal is particularly well-suited to play an important role in a comprehensive public health response to COVID-19: it offers an immediate and agile response; it prioritizes the most vulnerable in the affected population; and it promotes a solidaristic response to the pandemic crisis. To go beyond the need to shut down and restart an EBI assistance scheme each time a pandemic hits, the authors propose considering turning the program into a permanent feature.
The Democratic Case for a Basic Income, 2018
While most of its advocates justify the right to a basic income because it promotes individual fr... more While most of its advocates justify the right to a basic income because it promotes individual freedom, autonomy and human development, an alternative line of argumentation insists that a universal basic income is a core component of a well-functioning democratic society. In this article I examine the democratic case for a basic income by engaging with the work of Carole Pateman and Michael Goodhart. More concretely, I argue that although their proposals offer interesting insights, they ultimately fail to properly justify the importance of a basic income on democratic grounds. I develop an alternative argument based on the right to political participation and explain why a universal basic income scheme may promote such right.
Las justificaciones normativas de la protección constitucional de los derechos sociales han recib... more Las justificaciones normativas de la protección constitucional de los derechos sociales han recibido especial atención desde las teorías de la justicia social, a partir de las cuales se fundamentan estos derechos dentro de algún ideal de sociedad justa. Sin embargo, esta vía de justificación presenta varios problemas que la vuelven insatisfactoria. El objetivo en este trabajo, en cambio, es fundamentar el reconocimiento jurídico y la garantía constitucional de los derechos sociales desde la perspectiva de la democracia. No se niega que lo que requiere la justicia social es fundamental y que los derechos sociales presentan un canal atractivo para defender una distribución más igualitaria en las sociedades abiertamente desiguales. Se sostiene, no obstante, que las exigencias sociales pueden ser primeramente justificadas como precondiciones materiales de la legitimidad democrática de manera distintiva de lo que exige la justicia social.
One major objection to social rights is a failure of determining which precise social and economi... more One major objection to social rights is a failure of determining which precise social and economic claims should be granted rights status. The social rights debate has grappled with this ‘indeterminacy problem’ for quite some time, and a number of proposals have emerged aimed at fixing the content of these rights. In what follows I examine three important distinct approaches to fleshing out the idea of a minimum threshold: social rights as the fulfilment of basic needs, social rights as the securing of a minimally decent life, and social rights as a requirement of citizenship (a civic minimum). Each of these proposals progressively expands on what the minimum threshold of social rights requires and, conversely, what obligations they generate on part of the state. I will show that none of these approaches is entirely satisfactory and suggest that the social rights debate look elsewhere to determine its content.
Justificar los derechos sociales y su alcance desde lo que exige la justicia social presenta prob... more Justificar los derechos sociales y su alcance desde lo que exige la justicia social presenta problemas de indeterminación de su contenido en las circunstancias de la política. Estas refieren a la necesidad de adoptar decisiones colectivas sobre cuestiones socio-económicas en un marco de desacuerdos profundos y persistentes entre los miembros de la sociedad. Dado que es necesario adoptar decisiones políticas respecto de la distribución de cargas y beneficios, pero disentimos sobre cuál es el criterio más justo para hacerlo, parece que imponer condiciones sustanciales que procuran atrincherar un conjunto de principios de justicia social nos lleva a un punto muerto. En este trabajo propongo pensar la cuestión de la fundamentación de los derechos sociales desde una perspectiva alternativa, la de la legitimidad procedimental. Para ello, primero introduciré el plano de justificación de los derechos como exigencias de la democracia y la consideración común de que su reconocimiento y protección impone ciertas restricciones al procedimiento democrático. Pese a que muchos de los teóricos comparten esta aproximación, se asumen diferentes concepciones de la democracia y de lo que ésta exige. Analizaré tres concepciones distintas de la democracia extensamente discutidas en filosofía política contemporánea: la concepción sustancialista de Ronald Dworkin; la concepción moderada de los límites a la autoridad democrática de Thomas Christiano; y la concepción procedimental de Jeremy Waldron. Este análisis me servirá para concluir que tenemos razones para adoptar una concepción procedimental de la democracia para fundamentar los derechos sociales, cuando aquella incorpora la noción de participación política efectiva y un estándar de no exclusión.
Commentary on Steve Latham (2015), Political Philosophy and Political Theory. Public Health Ethic... more Commentary on Steve Latham (2015), Political Philosophy and Political Theory. Public Health Ethics Special Issue (in press), on Republicanism and Public Health.
Philosophy and Social Criticism, Oct 10, 2016
A basic income is typically defined as an individual’s entitlement to receive a regular payment a... more A basic income is typically defined as an individual’s entitlement to receive a regular payment as a right, independent of other sources of income, employment or willingness to work, or living situation. In this article, we examine what it means for the state to institute a right to basic income. The normative literature on basic income has developed numerous arguments in support of basic income as an inextricable component of a just social order, but there exists little analysis about basic income within a jurisprudential or philosophical rights perspective. In our view, strong reasons of either a principled or pragmatic nature in support of instituting a basic income scheme nevertheless often fall short of warranting that we ascribe to basic income a distinctive Hohfeldian rights status. This article aims to partially redress this gap by examining two sets of questions. First, what are the implications – ethical and practical – of adopting basic income as a legal right as opposed to a mere policy? Second, we also enquire whether there should be such a right: what, if anything, is the ethical foundation that warrants granting basic income a distinctive legal rights status? This article suggests that any such foundation must be grounded in comparative evaluation and discusses several comparative strategies available to basic income advocates. The aim of this article is not to offer a definite argument in favor of a legal right to basic income, but chart several lines of argument that a rights perspective might add to the contemporary discussion.
Journal of Public Policy, Nov 15, 2016
While basic income has surged in policy interest in recent years, political research has not kept... more While basic income has surged in policy interest in recent years, political research has not kept up with the debate in the trenches. In this paper we tackle a political problem any enacting coalition must face: how to ensure the political stability of a basic income scheme over time. We first demonstrate how basic income schemes are particularly vulnerable to processes of policy change discussed in the recent policy feedback literature. We then analyze whether constitutionalizing basic income in a Bill of Rights protected by strong judicial review would offer a valuable route for boosting basic income’s stability. A careful examination of the decision-making process within judicial review suggests that, caught up in a dilemma between judicial restraint and judicial activism, an enacting coalition would do well not to rely on constitutional mechanisms as the sole avenue for ensuring the political stability of basic income.
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Thesis by Leticia Morales
Books by Leticia Morales
Cada trabajo que integra este libro puede ser leído de forma autónoma e independiente. Sin embargo, entre estos capítulos también existen importantes conexiones de sentido. A dichos trabajos los reúnen ciertas preocupaciones sobre problemas y desafíos que nos son comunes. Desde dicha perspectiva, en esta obra colectiva, diversas autoras y autores se proponen como objetivo común examinar los bordes de legitimidad democrática en el Estado de Derecho contemporáneo. Esos estudios se centran no solo en diversas experiencias teóricas y normativas, sino también en diversas experiencias institucionales que han tenido lugar en contextos situados.
¿Acaso no existen profundos y persistentes desacuerdos acerca de lo que debe entenderse por legítimo en el Estado de Derecho del siglo XXI? Sobre esta cuestión ha de reflexionar cada integrante de este prestigioso grupo académico, que participa de la presente obra con la esperanza de contribuir a tornar más robusta la legitimidad democrática del Estado de Derecho contemporáneo. Las lectoras y lectores, entonces, tienen ahora en sus manos algunas herramientas conceptuales necesarias, aunque no suficientes, para continuar la reflexión sobre este interrogante.
Articles by Leticia Morales
In this paper I consider three desiderata that a desirable theory of social rights should satisfy: 1) non-triviality; 2) content-determinacy; and 3) scope. The first part of this paper aims to present and show the relevance of these three desiderata. The second examines how well one of the dominant approaches in the legal philosophy of social rights literature that grounds these rights in the notion of human dignity accounts for these desiderata. I show how this theory of social rights only satisfies some of the desiderata under examination but not all three. I conclude that the three desiderata allow us to filter out the good theories, to potentially amend weaknesses in other theories, and to compare and rank different theories according to their desirability.Theory of social rights; evaluation; desiderata; social justice
conversación entre iguales de Roberto Gargarella tiene dos objetivos.
En primer lugar, se esclarecen las ideas coincidentes que permiten pensar los derechos sociales en nuestras democracias contemporáneas caracterizadas por el pluralismo y los desacuerdos profundos.
En segundo lugar, se plantean y discuten tres problemas de la concepción
de la democracia que defiende el autor en relación con la protección de los derechos sociales “a cargo” del diálogo ciudadano: la noción básica de igualdad, la falta de protección de las precondiciones del procedimiento y la excesiva confianza en la ciudadanía para
el respeto de los derechos sociales.
Cada trabajo que integra este libro puede ser leído de forma autónoma e independiente. Sin embargo, entre estos capítulos también existen importantes conexiones de sentido. A dichos trabajos los reúnen ciertas preocupaciones sobre problemas y desafíos que nos son comunes. Desde dicha perspectiva, en esta obra colectiva, diversas autoras y autores se proponen como objetivo común examinar los bordes de legitimidad democrática en el Estado de Derecho contemporáneo. Esos estudios se centran no solo en diversas experiencias teóricas y normativas, sino también en diversas experiencias institucionales que han tenido lugar en contextos situados.
¿Acaso no existen profundos y persistentes desacuerdos acerca de lo que debe entenderse por legítimo en el Estado de Derecho del siglo XXI? Sobre esta cuestión ha de reflexionar cada integrante de este prestigioso grupo académico, que participa de la presente obra con la esperanza de contribuir a tornar más robusta la legitimidad democrática del Estado de Derecho contemporáneo. Las lectoras y lectores, entonces, tienen ahora en sus manos algunas herramientas conceptuales necesarias, aunque no suficientes, para continuar la reflexión sobre este interrogante.
In this paper I consider three desiderata that a desirable theory of social rights should satisfy: 1) non-triviality; 2) content-determinacy; and 3) scope. The first part of this paper aims to present and show the relevance of these three desiderata. The second examines how well one of the dominant approaches in the legal philosophy of social rights literature that grounds these rights in the notion of human dignity accounts for these desiderata. I show how this theory of social rights only satisfies some of the desiderata under examination but not all three. I conclude that the three desiderata allow us to filter out the good theories, to potentially amend weaknesses in other theories, and to compare and rank different theories according to their desirability.Theory of social rights; evaluation; desiderata; social justice
conversación entre iguales de Roberto Gargarella tiene dos objetivos.
En primer lugar, se esclarecen las ideas coincidentes que permiten pensar los derechos sociales en nuestras democracias contemporáneas caracterizadas por el pluralismo y los desacuerdos profundos.
En segundo lugar, se plantean y discuten tres problemas de la concepción
de la democracia que defiende el autor en relación con la protección de los derechos sociales “a cargo” del diálogo ciudadano: la noción básica de igualdad, la falta de protección de las precondiciones del procedimiento y la excesiva confianza en la ciudadanía para
el respeto de los derechos sociales.
The constitutional protection of social rights is situated at the crossroads between the requirements of democracy and the demands of distributive justice, two leading issues in the contemporary political philosophy whose connection has been unduly neglected. In this paper I maintain that more attention must be given to the interaction of these two fundamental issues, especially where conflicts emerge. In particular, the robust protection of social right should be responsive to counter-democratic objections against the judicial review of requirements of distributive justice.
La primera sesión se compone de presentaciones individuales breves de las y los participantes de Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, México y Uruguay. Cada participante tendrá una duración de 15 minutos para exponer las cuestiones principales del debate y cuáles son los desafíos más relevantes que la RBU enfrenta en su propio país, seguido de un espacio para preguntas de la audiencia.
La segunda sesión tendrá el formato de una mesa redonda con representantes de cada país en la cual la idea es debatir acerca de las similitudes y diferencias de la RBU en sus respectivos países. El propósito es poner el acento sobre la RBU en la región y explorar la idea de una perspectiva latinoamericana.
Más información en la página web: https://rentabasicauach.jimdosite.com/
Con el propósito de promover la discusión nacional interuniversitaria e interdisciplinar, es que los académicos Leticia Morales (UACh, Sede Puerto Montt) y Sebastián Agüero-SanJuan (UACh, Valdivia) han organizado la discusión del citado libro con la finalidad de que académicos de reconocido prestigio y con experiencias disciplinares diversas discutan en torno a la «Adscripción y Reacción»
La primera edición tuvo como sede la Universidad Pompeu Fabra (2018); la segunda edición fue online, organizada por la Universitat de Girona (2021); la tercera edición fue en la Università degli Studi di Milano (2023). La cuarta edición será en Santiago, en la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile y la Universidad Diego Portales.
Organizan: U. Austral, U. de Chile, UDP y UAI