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Gestión de residuos inertes. SEAG0108
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Libro electrónico239 páginas1 hora

Gestión de residuos inertes. SEAG0108

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Libro especializado que se ajusta al desarrollo de la cualificación profesional y adquisición del certificado de profesionalidad "SEAG0108 - GESTIÓN DE RESIDUOS URBANOS E INSDUTRIALES". Manual imprescindible para la formación y la capacitación, que se basa en los principios de la cualificación y dinamización del conocimiento, como premisas para la mejora de la empleabilidad y eficacia para el desempeño del trabajo.
IdiomaEspañol
EditorialIC Editorial
Fecha de lanzamiento13 jul 2023
ISBN9788411037600
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    Gestión de residuos inertes. SEAG0108 - S.L. Euformación Consultores

    Capítulo 1

    Recogida y transporte de residuos inertes

    Contenido

    1. Introducción

    2. Residuo inerte: concepto y composición

    3. Regulación legislativa

    4. Fracción de inertes

    5. Recuperación de materiales y su utilización

    6. Fracción de residuos peligrosos

    7. Características de los contenedores de recogida

    8. Traslado de residuos

    9. Tipos de vehículos de transporte

    10. Manipulación y mantenimiento de contenedores y vehículos

    11. Aplicación de normas de seguridad y salud y protección medioambiental en la recogida y transporte de residuos inertes

    12. Resumen

    1. Introducción

    La gestión de los residuos se ha convertido en un pilar muy importante para la consecución de la deseada sostenibilidad ambiental. El crecimiento de la población mundial, la modificación de los hábitos de consumo y el reciente crecimiento económico de países superpoblados ha conllevado a que la generación de residuos haya sufrido un crecimiento exponencial en las últimas décadas. Por todo esto, se hace necesaria una gestión cada vez más eficiente de los residuos generados.

    Los residuos inertes lo conforman, en su gran mayoría, los residuos procedentes de la construcción y demolición (RCD), por lo que en el desarrollo de este manual se profundizará sobre la gestión, el tratamiento y la valorización de este tipo de residuos. El aumento de la generación de residuos inertes y la búsqueda constante de unos hábitos de consumo cada vez más sostenibles por parte de los países más desarrollados, ha conllevado a que en los últimos años la evolución de la regulación legislativa en este ámbito haya sufrido diversas actualizaciones, buscando de esta manera una gestión más eficiente en la generación y tratamiento de los residuos inertes.

    En este primer capítulo se dará a conocer qué se entiende por residuo inerte, así como toda la legislación comunitaria y estatal que le aplica y los principales conceptos asociados a la gestión de este tipo de residuos. Seguidamente se profundiza sobre la recogida y transporte de residuos inertes y los principales riesgos laborales a los que están expuestos los trabajadores que realizan este tipo de tareas.

    2. Residuo inerte: concepto y composición

    Los residuos inertes son un tipo de residuos industriales, además de los residuos peligrosos y los asimilables a urbanos, cuya característica principal es que no interactúan con el medioambiente.

    De acuerdo con la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, los residuos inertes quedan definidos en el Real Decreto 646/2020, de 7 de julio, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero, como:

    Aquellos residuos no peligrosos que no experimentan transformaciones físicas, químicas o biológicas significativas. Los residuos inertes no son solubles, ni combustibles, ni biodegradables; ni reaccionan con los materiales con los que entran en contacto ni física, ni químicamente ni de ninguna otra manera, ni afectan negativamente a otras materias con las cuales entran en contacto de forma que puedan dar lugar a la contaminación del medio ambiente o perjudicar la salud humana. Los residuos inertes deben presentar un contenido de contaminantes insignificante y, del mismo modo, el potencial de lixiviación de estos contaminantes así como el carácter ecotóxico de los lixiviados debe ser igualmente insignificante. Los residuos inertes y sus lixiviados no deben suponer un riesgo para la calidad de las aguas superficiales y/o subterráneas.

    Residuos inertes

    Así mismo, el mencionado Real Decreto 646/2020, limita el carácter ecotóxico del potencial lixiviado producido por este tipo de residuos y su contenido en contaminantes, que debe ser insignificante. En definitiva, Los residuos inertes y sus lixiviados no deben suponer un riesgo para la calidad de las aguas superficiales y/o subterráneas, concluye dicho decreto.

    Es decir, los residuos inertes no deben producir daños sobre el medioambiente o las personas, al entrar en contacto con estos.

    Por ello, los mayores problemas ambientales que ocasionan los residuos inertes son los siguientes:

    Que se generan en grandes cantidades, sin poner apenas medidas de prevención en la producción de dichos residuos.

    Que se mezclen con residuos peligrosos y se dejen en vertederos sin el debido control.

    El principal flujo de residuos en la Unión Europea lo componen los Residuos de Construcción y Demolición (RCD), en un porcentaje del 36,40 % y los residuos procedentes de Minería y Canteras, en un porcentaje del 25,30 %. La mayor parte de los residuos inertes proceden de esos sectores, principalmente del sector de la construcción.

    El Real Decreto 105/2008 define en el artículo 2 a un RCD como:

    Cualquier sustancia u objeto que, cumpliendo la definición de Residuo incluida en el artículo 3.a) de la Ley 1011998, de 21 de abril, se genere en una obra de construcción o demolición.

    Por tanto, al hablar de RCD no solo se hace referencia a los restos de materiales constructivos y restos de materiales demolidos (muebles, enseres, etc.), también a sus envases y embalajes, (botes de pintura, palés, film retráctil, flejes, aerosoles, etc.), a los Equipos de Protección Individual (EPI) desechados, a los restos de comidas de los operarios (papel de aluminio, latas de refrescos, residuos de comida, etc.) y no todos pueden ser considerados inertes.

    Se puede afirmar que el mayor porcentaje en peso de los residuos inertes proceden de RCD pero no por ello se puede concluir que todos los RCD son inertes.

    Ejemplos de residuos inertes son determinados plásticos, papel y cartón, piedra, tierra, arena, grava y otros áridos, restos de hormigón y asfálticos y escombros. Pero no todos los escombros son residuos inertes, si contienen restos de yeso o asbestos no pueden considerarse un residuo inerte.

    Importante

    El reglamento español que regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición es el Real Decreto 105/2008.

    Los residuos de la construcción y demolición están codificados a nivel europeo. Esta codificación está publicada en la Decisión 2014/955/UE y se recoge en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular y se denomina Lista Europea. En esta lista, el capítulo 17 está reservado para los RCD, y dentro de estos solo se consideran como inertes los que no tengan en su composición ningún componente peligroso; esto aparece en la siguiente tabla:

    Recuerde

    Los residuos inertes no interactúan con el medioambiente.

    3. Regulación legislativa

    La regulación legislativa actual sobre los residuos inertes está suscrita a textos a nivel europeo, nacional, así como autonómico (en algunas comunidades).

    Debido a la extensión de este manual, no se podrá desarrollar de manera extendida cada texto legal, pero sí se hará una breve explicación de cada uno, tal y como se hace a continuación:

    Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, sobre los residuos y por la que se derogan determinadas Directivas. Esta Directiva establece un marco jurídico para la prevención, generación y gestión de los residuos en la Unión Europea. España forma parte de la Unión Europea, por lo que cualquier Directiva europea que se apruebe, desde el momento de su publicación, es aplicable en España. Este texto legal apareció con el objetivo de proteger, tanto el medioambiente como la salud humana, a través de medidas preventivas que eviten los efectos nocivos que suponen la generación y la gestión de residuos.

    La Decisión de la Comisión 2014/955/UE de 18 de diciembre de 2014, modifica la Decisión 2000/532/CE, sobre la lista de residuos y establece una Lista Europea de Residuos unificada para todo el territorio de la Unión y les asigna unas características de peligrosidad.

    Así mismo, los Reglamentos (UE) 1357/2014 de la Comisión y (UE) 2017/997 del Consejo establecen las características de peligrosidad de los residuos y los criterios para su determinación.

    La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, tiene por objeto sentar los principios de la economía circular a través de la legislación básica en materia de residuos, así como contribuir a la lucha contra el cambio climático y proteger el medio marino. Se contribuye así al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, incluidos en la Agenda 2030 y en particular a los objetivos 12 –producción y consumo sostenibles–, 13 –acción por el clima- y 14 –vida submarina–. Asimismo, en el ámbito de su contribución a la lucha contra el cambio climático, esta ley es coherente con la planificación en materia de energía y clima.

    Esta ley actualiza los conceptos introducidos por la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, sobre los residuos, la Directiva 2018/851, que modifica la anterior, y se adapta al Plan de Acción en materia de economía circular (COM (2015) 614 final), que incluye un compendio de medidas entre las que se encuentra la aprobación de un paquete normativo que revisa las piezas clave de la normativa de la Unión Europea relativa a residuos.

    Queda claro en este avance normativo el objetivo de avanzar en la economía circular, armonizar, mejorar

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