ACUERDO DE PAZ
FIRME Y DURADERA
Guatemala, 29 de diciembre de 1996
CONSIDERANDO:
Que con la suscripción del presente Acuerdo se pone fin a más de tres décadas de
enfrentamiento armado en Guatemala, y concluye una dolorosa etapa de nuestra
historia,
Que a lo largo de los últimos años,la búsqueda de una solución política al enfrentamiento
armado ha generado nuevos espacios de diálogo y entendimiento dentro de la sociedad
guatemalteca,
Que de aquí en adelante empieza la tarea de preservar y consolidar la paz, que debe unir
los esfuerzos de todos los guatemaltecos,
Que para ese fin el país dispone, con los acuerdos de paz, de una agenda integral
orientada a superar las causas del enfrentamiento y sentar las bases de un nuevo
desarrollo,
Que el cumplimiento de estos acuerdos constituye un compromiso histórico e
irrenunciable,
Que para conocimiento de las generaciones presentes y futuras, es conveniente recoger
el sentido profundo de los compromisos de paz,
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Acuerdos de poz
El Gobierno d.e la República de Guatemala y la Unidad Revolucionaria Nacional
Guatemalteca (URNG) acuerdan lo siguiente:
l.
CONCEPTOS
1.
Los acuerdos de paz expresan consensos de carácter nacional. Han sido avalados
por los diferentes sectores representados en la Asamblea de la Sociedad Civil y fuera
de ella. Su cumplimiento progresivo debe satisfacer las legítimas aspiraciones de los
guatemaltecos y, a la vez, unir los esfuerzos de todos en aras de esos objetivos
comunes.
2.
El Gobierno de la República reafirma su adhesión a los principios y normas
orientadas a garantizar y proteger la plena observancia de los derechos humanos, así
como su voluntad política de hacerlos respetar.
3.
La población desarraigada por el enfrentamiento armado tiene derecho a residir y
vivir libremente en el territorio guatemalteco. El Gobierno de la República se
compromete a asegurar su retorno y reasentamiento, en condiciones de dignidad y
seguridad.
4.
Es un derecho del pueblo de Guatemala conocer plenamente la verdad sobre las
violaciones de los derechos humanos y los hechos de violencia ocurridos en el marco
del enfrentamiento armado interno. Esclarecer con toda objetividad e imparcialidad
lo sucedido contribuirá a que se fortalezca el proceso de conciliación nacional y la
democratización en el país.
5.
El reconocimiento de la identidad y derechos de los pueblos indígenas es fundamental para la construcción de una nación de unidad nacional multiétnica, pluriqIltural
y multilingüe. El respeto y ejercicio de los derechos políticos, culturales, económicos
y espirituales de todos los guatemaltecos, es la base de una nueva convivencia que
refleje la diversidad de su nación.
6.
La paz firme y duradera debe cimentarse sobre un desarrollo socio económico
participativo orientado al bien común, que responda a las necesidades de toda la
población. Dicho desarrollo requiere de justicia social como uno de los pilares de la
unidad y solidaridad nacional, y de crecimiento económico con sostenibilidad,
como condición para atender las demandas sociales de la población.
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Acuerdo de paz firme V duradero
7.
Es fundamental para lograr la justicia social y el crecimiento económico, la
participación efectiva de los ciudadanos y ciudadanas de todos los sectores de la
sociedad. Corresponde al Estado ampliar estas posibilidades de participación y
fortalecerse como orientador del desarrollo nacional, como legislador, como fuente
de inversión pública y proveedor de servicios básicos, como promotor de la
concertación social y de la resolución de conflictos. Para ello el Estado requiere
elevar la recaudación tributaria y priorizar el gasto público hacia la inversión social.
8.
En la búsqueda del crecimiento, la política económica debe orientarse a impedir que
se produzcan procesos de exclusión socioeconómica, como el desempleo y el
empobrecimiento, y a optimizar los beneficios del crecimiento económico para
todos los guatemaltecos. La elevación del nivel de vida, la salud, la educación, la
seguridad social y la capacitación de los habitantes, constituyen las premisas para
acceder al desarrollo sostenible de Guatemala.
9.
El Estado y los sectores organizados de la sociedad deben aunar esfuerzos para la
resolución de la problemática agraria y el desarrollo rural, que son fundamentales
para dar respuesta a la situación de la mayoría de la población que vive en el medio
rural, y que es la más afectada por la pobreza, las iniquidades y la debilidad de las
instituciones estatales.
10. El fortalecimiento del poder civil es una condición indispensable para la existencia
de un régimen democrático. La finalización del enfrentamiento armado ofrece la
oportunidad histórica de renovar las instituciones para que, en forma articulada,
puedan garantizar a los habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia, la
seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona. El Ejército de Guatemala
debe adecuar sus funciones a una nueva época de paz y democracia.
11. La incorporación de la URNG a la legalidad en condiciones de seguridad y dignidad
constituye un factor de interés nacional, que responde al objetivo de la conciliación
y del perfeccionamiento de un sistema democrático sin exclusiones.
12. Las reformas constitucionales contenidas en los acuerdos de paz, constituyen la
base sustantiva y fundamental para la conciliación de la sociedad guatemalteca en
el marco de un Estado de derecho, la convivencia democrática, la plena observancia
y el estricto respeto de los derechos humanos.
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Acuerdos de paz
13. Las elecciones son esenciales para la transición que vive Guatemala hacia una
democracia funcional y participativa. El perfeccionamiento del régimen electoral
permitirá afianzar la legitimidad del poder público y facilitar la transformación
democrática del país.
14. La implementación de la agenda nacional derivada de los acuerdos depaz, constituye
un proyecto complejo y de largo plazo que requiere la voluntad de cumplir con los
compromisos adquiridos y el involucramiento de los Organismos del Estado y de las
diversas fuerzas sociales y políticas nacionales. Este empeño supone una estrategia
que priorice con realismo el cumplimiento gradual de los compromisos, de forma
tal que se abra un nuevo capítulo de desarrollo y convivencia democrática en la
historia de Guatemala.
11.
VIGENCIA DE LOS ACUERDOS DE PAZ
15. Al presente Acuerdo de Paz Firme y Duradera quedan integrados todos los
acuerdos suscritos con base en el Acuerdo Marco sobre Democratización para la
Búsqueda de la Paz por Medios Políticos, suscrito en la Ciudad de Querétaro,
México, el 25 de julio de 1991 ya partir del Acuerdo Marco para la Reanudación del
Proceso de Negociación entre el Gobierno de Guatemala y la Unidad Revolucionaria
Nacional Guatemalteca, suscrito en la Ciudad de Mé;l<ico ellO de enero de 1994.
Dichos acuerdos son:
El Acuerdo Global sobre Derechos Humanos, suscrito en la Ciudad de México
e129 de marzo de 1994;
El Acuerdo para el Reasentamiento de las Poblaciones Desarraigadas por el
Enfrentamiento Armado, suscrito en Oslo el17 de junio de 1994;
El Acuerdo sobre el Establecimiento de la Comisión para el Esclarecimiento
Histórico de las Violaciones a los Derechos Humanos y los Hechos de Violencia
que han Causado Sufrimientos a la Población Guatemalteca, suscrito en Oslo el
23 de junio de 1994;
El Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas, suscrito en la
Ciudad de México el31 de marzo de 1995;
El Acuerdo sobre Aspectos Socioeconómicos y Situación Agraria, suscrito en la
Ciudad de México el6 de mayo de 1996;
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Acuerdo de paz firme V duradero
El Acuerdo sobre Fortalecimiento del Poder civil y Función del Ejército en una
Sociedad Democrática, suscrito en la Ciudad de México el19 de septiembre de
1996;
El Acuerdo sobre el Definitivo Cese al Fuego, suscrito en OsI o e14 de diciembre
de 1996;
El Acuerdo sobre Reformas Constitucionales y Régimen Electoral, suscrito en
Estocolmo el 7 de diciembre de 1996;
El Acuerdo sobre Bases para la Incorporación de la URNG a la Legalidad,
suscrito en Madrid el 12 de diciembre de 1996;
El Acuerdo sobre Cronograma para la Implementación, Cumplimiento y
Verificación de los Acuerdos de Paz, suscrito en la Ciudad de Guatemala el 29
de diciembre de 1996.
16. Con excepción del Acuerdo Global sobre Derechos Humanos, que está en vigencia
desde su suscripción, todos los acuerdos integrados al Acuerdo de Paz Firme y
Duradera cobran formal y total vigencia en el momento de la firma del presente
Acuerdo.
111.
RECONOCIMIENTO
17. Al culminar el histórico proceso de negociación para la búsqueda de la paz por
medios políticos, el Gobierno de Guatemala y la Unidad Revolucionaria Nacional
Guatemalteca dejan constancia de su reconocimiento a los esfuerzos nacionales e
internacionales que han coadyuvado a la conclusión del Acuerdo de Paz Firme y
Duradera en Guatemala. Resaltan el papel de la Comisión Nacional de Reconciliación,
de la Conciliación, de la Asamblea de la Sociedad Civil, y de la Moderación de las
Naciones Unidas. Valoran asimismo el acompañamiento del Grupo de Países
Amigos del Proceso de Paz de Guatemala, integrado por la República de Colombia,
el Reino de España, los Estados Unidos de América, los Estados Unidos Mexicanos,
El Reino de Noruega y la República de Venezuela.
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IV.
DISPOSICIONES FINALES
Primera. El Acuerdo de Paz Firme y Duradera entra en vigencia en el momento de su
suscri pción.
Segunda. Se dará la más amplia divulgación al presente Acuerdo, en especial a través
de los programas oficiales de educación.
Ciudad de Guatemala, 29 de diciembre de 1996.
POR EL GOBIERNO DE GUATEMALA:
GUSTAVO PORRAS CASTEJÓN
General de Brigada
OTTO PÉREZ MOLINA
RAQUEL ZELAYA ROSALES
RICHARD AITKENHEAD CASTILLO
POR LA UNIDAD REVOLUCIONARIA
NACIONAL GUATEMALTECA:
RICARDO RAMÍREZ DE LEÓN
(Comandante ROLANDO MORÁN)
JORGE ISMAEL SOTO GARCÍA
(Comandante PABLO MONSANTO)
RICARDO ROSALES ROMÁN
(CARLOS GONZÁLES)
JORGE EDILBERTO ROSAL MELÉNDEZ
POR LAS NACIONES UNIDAS:
BOUTROS BOUTROS-GHALI
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