Abuso sexual
contra niños,
niñas y
adolescentes
Una guía para
tomar acciones
y proteger sus
derechos
Abuso sexual
contra niños,
niñas y
adolescentes
Una guía para
tomar acciones
y proteger sus
derechos
Fondo de las Naciones Unidas para la infancia (UNICEF), noviembre 2016.
“Abuso sexual contra niños, niñas y adolescentes: Una guía para tomar acciones y proteger sus derechos”
20 páginas, 20 x 28 cm.
Dirección editorial: Manuela Thourte, especialista en Protección, UNICEF Argentina.
Autoría: Virginia Berlinerblau.
Producción y revisión de contenidos: María Lucila Argüello y Sabrina Viola.
Diseño: Valeria Goldsztein.
Revisada y actualizada en mayo 2017.
Se autoriza la reproducción total o parcial de los textos aquí publicados, siempre y cuando
no sean alterados, se asignen los créditos correspondientes y no sean utilizados con fines
comerciales.
Fondo de las Naciones Unidas para la infancia (UNICEF)
[email protected]
www.unicef.org.ar
Índice
Introducción ........................................................................................5
¿Qué es el abuso sexual contra
un niño, niña o adolescente? ........................................................7
Derechos vulnerados .......................................................................8
¿Quienes pueden ser víctimas de abuso sexual? .................9
Mitos y Realidades sobre el abuso sexual
contra NNyA .....................................................................................10
¿Por qué los NNyA se callan los abusos sexuales?............14
¿Cómo puedo saber si un niño está siendo
o ha sido abusado sexualmente? ..............................................14
¿Cómo identificar a un agresor sexual? ................................. 15
¿Cómo actuar ante la toma de conocimiento
de un caso de abuso sexual?...................................................... 16
¿Con quién comunicarse ante un caso
de abuso sexual? ............................................................................. 19
Medidas de prevención................................................................. 19
Introducción
El abuso sexual contra niños, niñas y adolescentes1 es una de las peores formas
de violencia contra la niñez y adolescencia. A pesar de que constituye un problema
creciente en el mundo, la mayoría de los casos no son detectados ni denunciados.
A diferencia del maltrato físico –cuyo diagnóstico depende de la posibilidad de
ver las lesiones- y de la negligencia adulta hacia el bienestar infantil -que se diagnostica al ver niños privados de los cuidados parentales básicos (desnutridos, no
escolarizados, sin cuidados médicos básicos, entre otras formas de vulneración
de sus derechos)-, la detección del niño que fue o está siendo víctima de abuso
sexual depende de escucharlo para saber qué pasó.
La importancia de escuchar al niño cuando toma la palabra radica en que su descripción frecuentemente es la más importante, poderosa y, en muchas ocasiones,
la única evidencia del abuso cometido en su contra. Por ese motivo, es imprescindible prestarles atención, privacidad y escucharlos sin juzgarlos.
En la mayoría de los casos detectados no suele haber lesiones físicas que funcionen
como indicios para determinar quién fue el agresor ni hay una conducta específica
o prototípica que los niños víctimas presenten. Tampoco suele haber testigos, ya
que quien comete un abuso sexual suele hacerlo a escondidas. Todos estos factores,
sumados a mitos enraizados y prejuicios culturales que operan en detrimento de los
niños cuando toman la palabra para develar sus padeceres, hacen que el diagnóstico
y posterior denuncia sean una tarea compleja. También opera una premisa falsa que
sostiene que “si no hay lesión, no hubo abuso”. Esto agrava la situación porque sin
detección los niños no reciben tratamiento, ni protección ni justicia.
Los NNyA víctimas de abuso sexual con frecuencia callan: por miedo, culpa, impotencia, desvalimiento, vergüenza. Suelen experimentar un trauma peculiar y característico de este tipo de abusos: se sienten cómplices, impotentes, humillados y
estigmatizados. Este trauma psíquico se potencia con el paso del tiempo, cuando
la consciencia de lo sucedido es mayor.
Si bien la mayoría de las víctimas de abuso sexual e incesto paterno filial son niñas y adolescentes del género femenino, también los varones sufren abusos que
callan por temor a ser cuestionados respecto a su orientación sexual y por miedo
a ser vistos como agresores sexuales.
1 El uso de un lenguaje que no marque diferencias discriminatorias entre hombres y mujeres es una de las
preocupaciones de quienes concibieron y apoyan este documento. Sin embargo, no existe acuerdo entre
los lingüistas sobre la forma de resolver este dilema en español. Con el in de evitar la sobrecarga que
supondría marcar léxicamente la diferencia genérica, en la redacción de este documento se optó por emplear la sigla NNyA (niños, niñas y adolescentes) junto con el masculino genérico clásico. Se sobreentiende que todas las menciones a “niños” y “adolescentes” representan siempre a niños, niñas y adolescentes.
Una guía para tomar acciones y proteger sus derechos
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En la mayor parte de los casos judicializados los abusos son cometidos por conocidos y familiares, que acceden con facilidad al niño y aprovechan la confianza
nacida en la convivencia. Suelen reiterarse en el tiempo, durante meses e incluso
años, antes de ser descubiertos.
Generalmente, quienes cometen actos de abuso sexual pertenecen al género
masculino, aunque también existe una proporción minoritaria de mujeres agresoras, que se diferencian de los varones por su falta de empleo de violencia física.
El incesto paterno filial, violación del tabú primordial, es el caso que reviste mayor gravedad debido a las consecuencias devastadoras que provoca sobre todos los
aspectos de la vida cotidiana, destruye tanto la subjetividad como la configuración
familiar. Cualquiera sea la etnia, edad, condición sociocultural o género de la víctima, estos casos de abuso no pueden ser justificados y nunca son culturales.
Estudios recientes señalan otro dato preocupante: entre el 20 y el 40% de los abusos
sexuales son cometidos por niños mayores, adolescentes y personas con menos de 21
años2. A la luz de estas cifras cobran importancia los programas de detección temprana y tratamiento dirigidos tanto a las víctimas como así también a aquellos niños que
en la infancia presentan una conducta sexual problemática. Sin tratamiento existen
riesgos de que los últimos puedan llegar a ser agresores sexuales en su vida adulta.
El abuso sexual en muchos casos es producido por un familiar
o persona de confianza del niño o niña.
La dimensión y la gravedad de esta forma de violencia ejercida contra la infancia
vuelven sumamente relevante el diseño de políticas públicas que promuevan la
prevención, la recolección de datos y la identificación de las víctimas de abuso
sexual. Asimismo, son necesarias campañas de sensibilización dirigidas tanto a los
NNyA como a los adultos que se desempeñan en los sistemas de protección de derechos, salud, educación, policía, justicia y a la sociedad en general. Sin detección
no es posible implementar medidas de protección, ni brindar tratamiento para
las víctimas y sus familias. Al mismo tiempo, debemos considerar que el agresor
sexual que no reconoce su crimen, que no busca tratamiento, que no es identificado
ni recibe sanción alguna representa un riesgo para los niños y para toda la sociedad.
Si bien en Argentina no existen datos oficiales sobre abuso sexual contra NNyA, a partir de diversos estudios especializados en la temática se estima que los casos son muy
2 Basamos esta airmación en los datos obtenidos en distintas fuentes: Vizard, Eileen (2013). “Practitioner
review: The victims and juvenile perpetrators of child sexual abuse–assessment and intervention”, en
National Clinical Assessment and Treatment Service (NCATS) and the Behavioural & Brain Sciences Unit.
London: University College London. Vol. 54 (5). Mayo 2013. Pág. 503–515. Disponible online: onlinelibrary.
wiley.com/doi/10.1111/jcpp.12047/abstract;jsessionid=360E9283EE06BB05F8C74688D7CFC1B9.f02t01?us
erIsAuthenticated=false&deniedAccessCustomisedMessage=.
Abuso sexual contra niños, niñas y adolescentes
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frecuentes y su número supera las denuncias. Además, hay que tener en cuenta que a
nivel mundial según un informe de septiembre de 2016 de la Organización Mundial de la
Salud (OMS) 1 de cada 5 mujeres y 1 de cada 13 varones han declarado haber sufrido abusos sexuales durante su infancia3. En el mismo sentido, el Estudio Global elaborado por
UNICEF en el año 2014 estima que más de 1 de cada 10 niñas sufrieron abuso sexual en
su infancia4. Los datos mencionados dan cuenta de que el abuso sexual representa una
problemática que afecta fuertemente a la niñez y la adolescencia en todo el mundo.
¿Qué es el abuso sexual contra un niño,
niña o adolescente?
T
El abuso sexual ocurre cuando un niño es utilizado para la estimulación sexual
de su agresor (un adulto conocido o desconocido, un pariente u otro NNyA) o la
gratificación de un observador. Implica toda interacción sexual en la que el consentimiento no existe o no puede ser dado, independientemente de si el niño entiende
la naturaleza sexual de la actividad e incluso cuando no muestre signos de rechazo.
El contacto sexual entre un adolescente y un niño o una niña más pequeños también
puede ser abusivo si hay una significativa disparidad en la edad, el desarrollo, el tamaño o si existe un aprovechamiento intencionado de esas diferencias.
La interacción abusiva, que puede ocurrir con o sin contacto sexual, incluye:
S Los manoseos, frotamientos, contactos y besos sexuales.
S El coito interfemoral (entre los muslos).
S La penetración sexual o su intento, por vía vaginal, anal y bucal aún cuando
se introduzcan objetos.
S El exhibicionismo y el voyeurismo.
S Actitudes intrusivas sexualizadas, como efectuar comentarios lascivos e indagaciones inapropiadas acerca de la intimidad sexual de los NNyA.
S La exhibición de pornografía. En ocasiones, disfrazada como “educación sexual”.
S Instar a que los NNyA tengan sexo entre sí o fotografiarlos en poses sexuales.
S Contactar a un NNyA vía internet con propósitos sexuales (grooming).
3
Documento disponible en línea: who.int/mediacentre/factsheets/fs150/es/.
4 Nos referimos al informe Ocultos a plena Luz. Un análisis estadístico de la violencia contra los niños.
Disponible en línea: unicef.org/ecuador/ocultos_a_plena_luz.pdf.
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Derechos vulnerados
T
El abuso sexual contra los NNyA es una de las peores formas de violencia. Las víctimas sufren un daño irreparable a su integridad física, psíquica y moral. Se daña su
derecho a la integridad, la intimidad, la privacidad y, principalmente, se vulnera el derecho a no ser expuesto a ningún tipo de violencia, abuso, explotación o malos tratos.
Estos derechos se encuentran protegidos a nivel internacional por la Convención sobre
los Derechos del Niño. A nivel nacional y provincial, en diversas normas, entre las que se
destaca la Ley Nacional 26.061 de Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes.
El abuso sexual es una forma de violencia previsto en el Código Civil y Comercial
de la Nación, que en su artículo 647 prohíbe específicamente cualquier tipo de malos tratos o hechos que lesionen o menoscaben física o psíquicamente a los NNyA
por parte de quien tenga a su cargo la responsabilidad parental.
El abuso sexual, además, es un delito sancionado penalmente por el Código Penal
de la Nación en su Título III “Delitos contra la integridad sexual” (artículos 118 a 133).
Están previstos tres tipos de abuso sexual5.
En primer lugar, el abuso sexual simple, que sucede cuando un NNyA es sometido a contactos sexuales, manoseos o tocamientos en las zonas íntimas con fines
sexuales. Este tipo de contacto sexual se produce en situaciones en las que, o bien
el consentimiento no está dado porque el hecho fue realizado mediante violencia,
amenaza o abuso de poder, o bien no puede ser dado porque se cometió contra un
niño o una niña que tiene menos de 13 años. En el segundo escenario el factor de la
edad es muy importante, ya que el delito se configura sin necesidad de que el pequeño haya sido sometido en contra de su voluntad o haya existido abuso de poder.
El segundo tipo de abuso previsto en el Código Penal es el abuso sexual gravemente ultrajante. Ocurre cuando la situación de abuso explicada precedentemente resulta, por su duración o debido a las circunstancias de su realización
(tiempo, modo, lugar, medio empleado, entre otros factores) especialmente humillante y denigrante para la víctima. Son ejemplos de estos casos los actos
sexuales realizados en público o ante la propia familia.
El tercer tipo es el abuso sexual agravado por el acceso carnal, que ocurre cuando
existe penetración por cualquier vía: vaginal, anal o bucal aún cuando se introduzcan objetos u otras partes del cuerpo por alguna de las dos primeras vías6.
5 El Código Penal de la Nación en su Título III (Arts. 118 a 133) contempla los delitos contra la integridad
sexual. Especíicamente, en los artículos 119 y 120 establece los distintos tipos y agravantes del delito de
abuso sexual. En los artículos siguientes contempla los demás delitos contra la integridad sexual como la
corrupción de menores, la pornografía infantil, la explotación sexual comercial contra niños, entre otros.
6 El 17 de mayo de 2017 se sancionó la Ley 27.352 que reformó el art. 119 del Código Penal estableciendo
las acciones que implican este tipo de abuso sexual.
Abuso sexual contra niños, niñas y adolescentes
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Existen circunstancias agravantes del delito como el vínculo con el agresor: cuando quien comete el abuso es el padre, madre, padrastro, madrastra,
abuelo, hermano, tutor, ministro de culto religioso, encargado de la educación
o la guarda. A esto se suma el agravante por aprovechamiento de la situación
de convivencia con los NNyA y el grave daño a la salud física o mental del
NNyA como consecuencia del abuso. También está previsto como agravante
que el agresor tuviera conocimiento de que es portador de una enfermedad
de transmisión sexual grave y hubiere existido peligro de contagio -un agresor portador de HIV que no utiliza preservativo. Además, están previstas las
situaciones en las que el abuso es cometido por dos o más personas, o a partir
del amedrentamiento con armas, o por agresores que pertenecen a las fuerzas
policiales y de seguridad.
Finalmente, el artículo 120 establece el abuso sexual por aprovechamiento de la
inmadurez sexual. Este caso ocurre cuando el abusador, que es un adulto, somete
a un adolescente de entre 13 a 16 años a contactos sexuales gravemente ultrajantes
o con acceso carnal por aprovechamiento de su inmadurez sexual.
¿Quiénes pueden ser víctimas
de abuso sexual?
T
Cualquier NNyA puede ser víctima de abuso sexual, independientemente de su
edad, género, etnia y nivel sociocultural. A diferencia del maltrato físico y la negligencia, en los que el agresor es típicamente una figura parental, el agresor de un
abuso sexual contra los NNyA puede ser cualquier persona.
Desde un punto de vista estadístico, una parte importante de los abusos es de
tipo incestuosa, ejercida por familiares y conocidos del NNyA y favorecida por la
convivencia o cercanía. Los NNyA siempre son vulnerables frente a los adultos
porque están en desarrollo, son dependientes y establecen vínculos signados por
la asimetría mental y física. Los niños y las niñas carecen de recursos suficientes
para auto protegerse frente al agresor, y en la adolescencia la inexperiencia e inmadurez son factores decisivos.
Es central tener presente que los NNyA siempre son víctimas frente al agresor.
Muchas veces ocurre que son sorprendidos, confundidos y engañados, ya que los
abusos sexuales se dan en forma progresiva en el contexto de una relación de
afecto cimentada previamente. El agresor sexual suele emplear atenciones especiales, demostraciones de afecto, juegos y regalos para lograr la confianza de los
NNyA.
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Mitos y Realidades sobre el abuso sexual
contra NNyA
Mito:
T
Los abusos sexuales contra los NNyA no son frecuentes.
Realidad:
Son un problema común en la infancia. Según datos de la OMS, 1 de cada 5
mujeres y 1 de cada 13 hombres adultos declararon haber sufrido abusos sexuales
en la infancia.
Mito: Los agresores sexuales siempre usan la fuerza física para someter sexualmente a los NNyA.
Realidad:
No siempre utilizan la fuerza física. Por el contrario, suelen emplear como
tácticas de persuasión y manipulación, juegos, engaños, amenazas y distintas formas de coerción para involucrar a los NNyA y mantener su silencio.
Entre las tácticas de seducción de los agresores se incluyen la compra de regalos y la organización de actividades especiales. Son actitudes que confunden a
los NNyA porque las perciben como señales de aceptación. Los agresores tienden a adoptar tácticas que comienzan con una conducta inapropiada, que no
necesariamente alcanza a configurar un delito pero gradualmente escala a través
del tiempo hasta transformarse en un delito serio. Además, los abusos sexuales
pueden tener lugar durante períodos que duran semanas, meses y hasta años,
antes de ser descubiertos.
en situación de mayor vulnerabilidad se encuentran
los nnya que tienen antecedentes de abandono,
malos tratos, abusos sexuales o baja autoestima.
debido a sus recorridos biográficos
tienden a ser más fáciles
de engañar por los agresores.
Abuso sexual contra niños, niñas y adolescentes
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Mito:
Los niños y niñas de preescolar no necesitan obtener información sobre el
abuso sexual porque se aterrorizarían si son informados sobre el tema.
Realidad:
En lugar de atemorizarlos, los programas educativos ayudarían a que, desde
pequeños, los niños y las niñas desarrollen habilidades para protegerse de una manera útil y eficaz de los agresores.
Mito:
Los NNyA que han sufrido abusos sexuales son agresores sexuales en su
vida adulta.
Realidad:
Solamente una proporción de los NNyA que fueron abusados sexualmente
y no recibieron tratamiento adecuado deviene agresor sexual. Este mito es fuertemente estigmatizante para las víctimas –en particular, para los varones- y tiene una
complicación: incrementa la tendencia de las víctimas a mantener el secreto, aún al
llegar a adultos, por el temor a ser vistos como agresores sexuales.
Mito: Los abusos sexuales ocurren contra NNyA de familias con menores
recursos.
Realidad:
Ocurren sin distinciones en todos los estratos socioculturales. El mito se
explicaría por la existencia de un subregistro estadístico de los casos que afectan a
los niveles socioculturales más acomodados, ya que suelen denunciarse aún menos
que el resto.
Mito:
Los agresores son personas aisladas socialmente que tienen un perfil de
personalidad específico y algún tipo de enfermedad mental o perversión.
Realidad:
Cualquier persona puede ser un abusador. Es necesario desterrar el
mito de que quien comete un acto de abuso sexual contra NNyA tiene una estructura de personalidad anormal o pervertida. La realidad es que los agresores pueden ser tanto varones como mujeres, heterosexuales u homosexuales,
neuróticos, psicóticos, perversos o seniles. No existe un perfil de personalidad
específico ni tests que detecten o excluyan a quien agredió sexualmente a un
niño. Los agresores son personas que se encuentran en nuestro entorno: padres, abuelos, tíos, vecinos, docentes, amigos. Circulan en la sociedad y pasan
desapercibidos porque su conducta social (lo que se ve) no muestra su conducta sexual (aquello que no se ve).
Mito: Los niños mienten, inventan, fantasean. Son inducidos, fabuladores, programados. Por lo tanto, sus dichos no son creíbles.
Realidad:
Estas afirmaciones indican prejuicios arraigados en nuestra sociedad que
son empleados para descalificar e invalidar los dichos de los niños.
Una guía para tomar acciones y proteger sus derechos
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En primer lugar, no está demostrado que los niños mientan más que los adultos. Es verdad que aprenden a decir mentiras de los adultos, pero esas mentiras
son infantiles y se destacan por su ingenuidad, obviedad, simplicidad y fácil detección. Suelen ser negaciones más que inventos. Por ejemplo, al intentar evitar
algún reproche o castigo niegan que rompieron algo y le echan la culpa a un
animal doméstico o a un hermano, no reconocen que sacaron una nota baja en la
escuela o tienen tarea escolar pendiente.
En segundo lugar, los niños pequeños y aquellos que tienen discapacidad mental no poseen las habilidades madurativas, cognitivas ni evolutivas que se requieren para inventar, fantasear, fabular, fabricar y sostener mentiras complejas de
un modo creíble. Menos todavía podrían hacerlo ante profesionales de la salud
mental entrenados para evaluarlos.
Este tipo de entrevistas deben realizarse en tiempos y lugares adecuados, porque
incluso los niños en edad de preescolar pueden dar testimonios de sus experiencias
personales con un grado sorprendente de certeza y veracidad, máxime si han involucrado su propio cuerpo.
En tercer lugar, no es sino en la pubertad que se comienza a fantasear con la
genitalidad adulta. Los niños tienen conocimientos básicos sobre la reproducción humana, pero desconocen las modalidades de la sexualidad adulta, que se
caracteriza por su genitalidad explícita. Este es un indicador clave: los relatos
de los NNyA abusados sexualmente incluyen un conocimiento de la genitalidad
adulta desfasado y anómalo para la edad, que se suma a la presencia de un estado emocional negativo.
Derecho a ser oído
1. Los Estados Partes garantizarán al niño que esté en condiciones de formarse un juicio
propio el derecho de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que afectan
al niño, teniéndose debidamente en cuenta las opiniones del niño, en función de la
edad y madurez del niño.
2. Con tal fin, se dará en particular al niño oportunidad de ser escuchado, en todo procedimiento judicial o administrativo que afecte al niño, ya sea directamente o por medio
de un representante o de un órgano apropiado, en consonancia con las normas de
procedimiento de la ley nacional.
Convención sobre los Derechos del Niño, artículo 12.
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Mito:
Las denuncias suelen ser inventadas por las madres7.
Realidad:
En nuestro país tuvo amplia divulgación el “Síndrome de Alienación
Parental (SAP)”8 que consiste en asegurar que un progenitor intencionalmente
induce a su hijo para que, sin causa, rechace al progenitor no conviviente. A pesar
de haber sido refutado por la comunidad científica nacional e internacional, el SAP
se emplea como estrategia para conseguir ante la Justicia una defensa exitosa en
casos de abuso sexual intrafamiliar y en disputas por la custodia y el régimen de
visitas. Su utilización provoca que no sean tenidas en cuenta las particularidades
de cada caso de abuso sexual cometido contra los NNyA y esto impide distinguir
los casos verdaderos de los falsos.
Lo expuesto no implica desconocer la existencia de denuncias falsas deliberadas.
Las hay, pero en un número muy inferior de lo que suele creerse. Es importante destacar que el empleo del SAP refuerza asimetrías históricas, invisibiliza y debilita
a las verdaderas víctimas vulnerables en nuestra sociedad: las niñas y los niños.
Mito:
Las denuncias de abuso sexual suelen ser falsas
Realidad:
Sólo una minoría de los casos de abuso sexual contra NNyA se conoce y se
denuncia, porque la gran mayoría de los niños suelen callar por temor a represalias y por culpa o vergüenza. Muy pocos abusos se logran comprobar.
Sin embargo, las denuncias se han incrementado sostenidamente a partir de finales de los ‘90 y este cambio se explica porque existen una mayor sensibilización
social y mejoras en el acceso a las denuncias.
7 Los mitos cristalizan en el sentido común, que está poblado de frases cuyos implícitos es tarea de
todos desarticular porque en ellas concurren prejuicios que vulneran derechos. Algunas de ellas son:
“hay un abuso de las denuncias de abuso”, “las madres denuncian por vengativas”, “los hijos son programados para hacer declaraciones falsas”, “existen muchas denuncias falsas”, “las madres alienan a los
hijos”, “las madres buscan excluir al padre de la vida del hijo”.
8 El denominado Síndrome de Alienación Parental fue inventado en 1987 por un psiquiatra llamado
Richard Gardner y consiste en que un progenitor (80 a 90% de los casos, la madre) intencionalmente
aliena o programa al niño para que rechace, sin causa real, al progenitor no conviviente. Ha sido objetado como síndrome por la comunidad cientíica nacional e internacional. Entre otros, por la Asociación
Argentina para el Maltrato y Abuso Sexual Infantil, la Federación de Psicólogos de la República Argentina,
la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, la Asociación Americana de Psicología, la Organización
Mundial de la Salud, la Asociación Española de Neuropsiquiatría, la Asociación Médica Americana, la
Asociación Nacional de Fiscales de Estados Unidos, la Asociación Americana de Psiquiatría.
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T
¿Por qué los NNyA callan los abusos sexuales?
Son muchos los motivos que confluyen y hacen que los NNyA no revelen que
han sido o están siendo sexualmente abusados.
S El niño y su familia reciben amenazas de daño físico o de muerte.
S Tienen miedo de las consecuencias que sus dichos puedan ocasionar en el
agresor y su familia.
S Callan por temor a ser acusados de complicidad y complacencia con el abuso sexual que padecieron.
S Evitan ser estigmatizados y rechazados.
S Sienten culpa, vergüenza y desvalimiento.
S Muchas veces, al padecimiento sufrido se suma otro: carecen de interlocutores válidos dispuesto a creer en sus palabras.
Los NNyA víctimas de abuso sexual requieren de un entorno conformado por
adultos que sean comprensivos y contenedores, que les brinden acceso a los servicios asistenciales y los protejan tanto de posibles represalias como del proceso
de revictimización. Dependen de los docentes, psicólogos, médicos, policías y operadores del sistema de protección integral y judiciales, que deben estar capacitados
para ofrecer un abordaje apropiado al trauma que atraviesan.
¿Cómo puedo saber si un niño está siendo
o ha sido abusado sexualmente?
T
Los NNyA que han sido o son abusados sexualmente pueden estar aparentemente
asintomáticos. Muchos muestran síntomas que no son específicos ni exclusivos del
abuso sino que se asemejan a otros tipos de trauma, como por ejemplo el maltrato
físico y emocional, haber sido testigos de violencia o haber vivido catástrofes. Las
manifestaciones adquieren diferentes expresiones súbitas o solapadas.
S Incremento de pesadillas y problemas para dormir.
S Conducta retraída.
S Estallidos de angustia.
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S Ansiedad.
S Depresión.
S Rechazo a quedarse solos con una persona en particular.
S Conocimiento inapropiado para la edad acerca de la sexualidad, que se manifiesta mediante conductas y lenguaje sexualizados.
Los niños menores de tres años pueden presentar lesiones genitales y reacciones
inespecíficas que, en un principio, parecen inexplicables: irritabilidad, rechazos, regresiones, llanto, trastornos del sueño y el apetito. En cualquiera de estos casos, no
debería descartarse la sospecha antes de una cuidadosa evaluación por parte de
profesionales especializados.
¿Cómo identificar a un agresor sexual?
T
No existe una manera de saber, a partir del tipo de personalidad o la conducta
social, si una persona es o no un agresor sexual de NNyA. Pueden ser personas exitosas, médicos, psicólogos, abogados, docentes, líderes religiosos y juveniles como
los guías estudiantiles que realizan viajes de egresados o los entrenadores deportivos. Los agresores sexuales circulan disimulados en el entorno familiar y social. Las
estadísticas indican que la mayoría de los abusadores son varones heterosexuales
adaptados socialmente.
Suelen presentarse a sí mismos como personas afectuosas y humanitarias hacia el
mundo exterior, mientras que la relación que establecen con el niño abusado sexualmente está basada en amenazas, control e intimidación.
A pesar de que se tiende a relacionar el abuso sexual con el alcoholismo, la mención del consumo excesivo de alcohol parece ser más una manera de excusar o racionalizar las acciones del agresor que un factor causativo.
Habitualmente, el agresor establece a lo largo del tiempo una relación con el niño
destinada a evitar su resistencia y pactar el secreto con el que intentará no ser descubierto. Este proceso de preparación de alguien para es una característica de los
abusos sexuales contra NNyA. Además de buscar que el abuso ocurra y ocultarlo,
crea el ambiente propicio para dar al agresor sexual protección frente al entorno
social y la Justicia, incluso cuando el NNyA ya ha revelado el abuso.
Muchos NNyA viven en condiciones de pobreza, sin contar con acceso a una educación de calidad ni figuras parentales que los protejan de manera adecuada. La
vulnerabilidad de estos niños y niñas se acrecienta con la presencia de agresores
sexuales que intentan aprovecharse de estas situaciones.
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T
¿Cómo actuar ante la toma de conocimiento
de un caso de abuso sexual?9
Ante el conocimiento de una agresión sexual cometida contra un niño es crucial
adoptar una serie de medidas. Las siguientes preguntas orientan las decisiones
a tomar.
S ¿Cómo reaccionó el niño?
S ¿Qué dice? ¿Qué calla? ¿Qué dicen sus silencios?
S ¿De qué manera las acciones del adulto que lo acompaña influirán en la disposición que el niño tenga en el futuro para hablar acerca de lo sucedido en
procesos judiciales, investigaciones y evaluaciones de salud o seguridad?
ESCUCHA ADECUADA
Es igualmente crucial realizar una escucha adecuada: permanecer calmado, escuchar cuidadosamente y nunca culpar ni juzgar al niño. La información inicial
revelada por la víctima ayudará a determinar la dirección a seguir. Se tendrán en
cuenta varios aspectos.
S ¿Hay una urgencia médica?
S ¿Existe riesgo para la salud o la vida del niño?
S ¿Se requiere asistencia psicológica inmediata?
S ¿Es necesario implementar medidas de protección?
En todos los casos, se deben tomar recaudos para proteger al niño o la niña. Esa
protección implica, entre otras medidas, procurar que reciba contención y atención inmediatas, y dar intervención a la Justicia. Los NNyA no deben ser interrogados bajo ninguna circunstancia. Sólo se debe procurar la información mínima
sobre el hecho que permita determinar qué paso, cuándo, dónde y quién lo hizo.
Es importante asegurarle que no es su culpa y reforzar en él la idea de que fue
muy valiente al atreverse a develar lo sucedido, ya que representa el inicio de su
9 Para mayor información se recomienda la lectura de la Guía de Buenas Prácticas para el abordaje de
niños/as, adolescentes víctimas o testigos de abuso sexual y otros delitos. Fue creada por Junta Federal
de Cortes y Superiores Tribunales de Justicia de las Provincias Argentinas (JUFEJUS), Asociación por
los Derechos Civiles (ADC) junto a UNICEF Argentina y se encuentra disponible en: iles.unicef.org/argentina/spanish/proteccion_Guia_buenas_practicas_web.pdf
Abuso sexual contra niños, niñas y adolescentes
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recuperación. Después de agradecerle por haberlo contado, garantizarle que se le
proporcionará asistencia y protección. Inmediatamente, buscar ayuda.
Cuando sugerimos adoptar una actitud de escucha adecuada nos referimos a
dejar que el chico se exprese espontáneamente sin interrumpirlo ni callarlo. En
el contexto profesional es recomendable que médicos, psicólogos, docentes y trabajadores sociales registren los dichos textuales del niño. Si lo que dice no es
suficiente para determinar la urgencia y gravedad del hecho, se deben realizar
preguntas amplias acordes a su edad madurativa. Comenzar, por ejemplo, diciendo “contame qué pasó” y, después de escuchar su respuesta, continuar con frases
del tipo “contame más de eso”. Intentar, si es posible, conocer quién, qué, dónde
y cuándo sucedió el hecho. Nunca se debe obligar al niño a hablar en el ámbito
familiar frente al adulto sospechado, y mucho menos enfrentarlo con él.
¿Qué hacer cuando las víctimas son muy pequeñas, con discapacidad
o limitaciones de lenguaje?
Los NNyA con discapacidad mental o retraso, con problemas psiquiátricos o psicológicos y los
sordomudos pueden develar de forma confusa los abusos sexuales que padecieron.
Los pequeños desde que son lactantes hasta los 3 años no tienen desarrollado el lenguaje
con la capacidad suficiente para expresar lo ocurrido. Otras veces, no comprenden que las
acciones del agresor son abusivas, especialmente si ocurrieron en el contexto de un juego.
En sus descripciones los chicos harán referencia al rasgo más saliente del abuso, por ejemplo, algún dolor.
A partir de los 3 años, los relatos de los niños y las niñas podrían parecernos sin sentido debido
al empleo de oraciones cortas e incompletas. Sin embargo, la experiencia de abuso sexual está
siendo puesta en palabras de una manera concreta.
ATENCIÓN INMEDIATA
Si existe la necesidad de atención médica porque está en riesgo la salud o la vida
del niño o la niña, es imprescindible dirigirse al centro de atención de salud más
cercano para que le brinden la atención adecuada.
Paralelamente, es necesario poner en conocimiento al organismo local de protección de derechos de NNyA. Es el encargado de brindar asistencia inmediata y
coordinar la intervención cuando haya que tomar medidas especiales de protección.
En cada jurisdicción existen líneas de atención telefónica que brindan información y
asistencia, guían el inicio de la intervención y las medidas a tomar.
Una guía para tomar acciones y proteger sus derechos
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DENUNCIA
Según el artículo 9 de la Ley 26.061, cualquier persona que sospeche o tome
conocimiento de malos tratos o situaciones que atenten contra la integridad psíquica, física, sexual o moral de un niño, niña o adolescente, lo mismo que cualquier
otra violación a sus derechos tiene la obligación de comunicarlo al organismo de
protección.
Los adultos que tienen a cargo la responsabilidad parental y quienes se desempeñan en organismos asistenciales, educativos y de salud del ámbito público o
privado no solamente deben comunicar al organismo de niñez la situación de
abuso para que puedan tomarse las medidas de protección necesarias, sino que
además tienen la obligación legal de realizar la denuncia judicial.10
El primer organismo interviniente debe denunciar el hecho y para hacerlo no
es necesario cumplir con ninguna condición. Para formular la denuncia no se
requiere el pedido de autorización de un superior jerárquico ni la asistencia de
un abogado.
Los NNyA cuando adquieren la mayoría de edad
pueden denunciar el abuso sexual
del que fueron víctimas,
sin importar el tiempo transcurrido
desde que el abuso fue cometido11.
10 El deber de denunciar los casos de abuso sexual contra NNyA se encuentra prescripto en diversas
leyes en nuestro país, entre ellas se destacan: la Ley Nacional 24.417 de protección contra la violencia
familiar (art. 2); la Ley 26.061 de protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes (art.
30 y 31); Ley 26.206 de Educación Nacional (art. 67); leyes procesales penales de las diversas jurisdicciones del país que establecen el deber de todo funcionario público de denunciar los delitos a los que
tengan conocimiento. La obligación de denunciar rige tanto para las situaciones de abuso, maltrato,
negligencia y abandono.
11 La Ley 27.206 aprobada en octubre 2015 modiicó el Artículo 67 del Código Penal sobre prescripción
penal.
Abuso sexual contra niños, niñas y adolescentes
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¿Con quién comunicarse ante un caso
de abuso sexual?
Asistencia y Derivación
Denuncia
Línea 102: línea de atención a NNyA.
Opera en 15 jurisdicciones del país.
Comisarías.
Línea 0800-222-1717: Programa
Las Víctimas contra las Violencias.
Ministerio de Justicia de la Nación.
Línea 137: Programa Las Víctimas
contra las Violencias.
Brigada de atención (CABA).
Línea 144: Violencia contra la Mujer.
Consejo Nacional de la Mujer.
T
Comisaría de la Mujer.
Fiscalías penales o Unidades fiscales
específicas para delitos contra la
integridad sexual.
Juzgados Penales y de Familia.
Asesorías.
Defensoría de Menores.
Centros de Acceso a la Justicia
(CAJ). Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos de la Nación.
Medidas de prevención
T
Es crítico enfocarse en la detección y en la prevención. Para ello, resulta fundamental favorecer la comunicación con los NNyA desde que nacen. Hay numerosos programas diseñados para enseñarles desde pequeños nociones acerca de
su seguridad corporal, los límites saludables y las diferencias entre tocamientos
buenos, confusos y malos
Una guía para tomar acciones y proteger sus derechos
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A continuación, se ofrecen consejos prácticos para alentar a los niños y las niñas
a ser abiertamente comunicativos acerca de cuestiones sexuales.
1.
Enseñe a los niños y las niñas los nombres de las partes privadas del
cuerpo.
2. Enfatice que el agresor sexual puede ser tanto un familiar, como una
persona conocida o desconocida.
3. Hágales saber que tienen el derecho de decidir acerca de su propio
cuerpo.
4. Bríndeles seguridad en sí mismos. Anímelos a decir ¡NO! cuando no
deseen ser tocados, aún en formas que no sean sexuales (rehusando
cortésmente abrazos, por ejemplo).
5. Deje en claro que desde los 3 años de edad ya no necesitan ayuda
de otros, adultos o adolescentes, para ocuparse de sus partes íntimas.
Promueva la autonomía del niño para ir al baño, vestirse y bañarse.
6. Enseñe a los NNyA a cuidar sus propias partes íntimas para que no tengan que depender de otros.
7.
Enseñe la diferencia entre los buenos secretos (una iesta sorpresa) y
los malos secretos. ¿Qué es un mal secreto? Aquel que se supone que
los niños deben guardar por siempre y esconde acciones que no están
bien.
8. ¡Confíe en sus instintos! Si no se siente cómodo a la hora de dejar a
un niño con alguien, no lo haga. Y si tiene preocupaciones acerca de
un posible abuso sexual, adopte una actitud de escucha compresiva y
haga las preguntas adecuadas.
El mejor momento para hablarle a su hijo
sobre abuso sexual es AHORA.
Abuso sexual contra niños, niñas y adolescentes
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