Academia.edu no longer supports Internet Explorer.
To browse Academia.edu and the wider internet faster and more securely, please take a few seconds to upgrade your browser.
El objetivo principal de este estudio ha sido conocer el panorama actual de la formación de grado de los profesionales del Trabajo Social en el Espacio Europeo de Educación Superior. Lograrlo no ha resultado sencillo.Ya conocíamosde antemano la heterogeneidad de situaciones existentes y, por lo tanto, las dificultades que íbamos a encontrar para obtener información que permitiera la comparación posterior.Además de la formación de grado que da acceso al ejercicio de la profesión, se ha indagado acerca de las características de la formación de posgrado así como sobre la formación de tercer nivel con la posibilidad de realizar el doctorado.
denominación "Superintendencia de Compañías" fue sustituida por "Superintendencia de Compañías y Valores". H. CONGRESO NACIONAL LA COMISIÓN DE LEGISLACIÓN Y CODIFICACIÓN Resuelve: EXPEDIR LA SIGUIENTE CODIFICACIÓN DE LA LEY DE RÉGIMEN TRIBUTARIO INTERNO Título Primero IMPUESTO A LA RENTA Capítulo I NORMAS GENERALES Art. 1.-Objeto del impuesto.-Establécese el impuesto a la renta global que obtengan las personas naturales, las sucesiones indivisas y las sociedades nacionales o extranjeras, de acuerdo con las disposiciones de la presente Ley. Art. 2.-Concepto de renta.-Para efectos de este impuesto se considera renta: 1.-(Sustituido por el Art. 55 de la Ley s/n, R.O. 242-3S, 29-XII-2007).-Los ingresos de fuente ecuatoriana obtenidos a título gratuito o a título oneroso provenientes del trabajo, del capital o de ambas fuentes, consistentes en dinero, especies o servicios; y, 2.-Los ingresos obtenidos en el exterior por personas naturales domiciliadas en el país o por sociedades nacionales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 de esta Ley. Nota: Por medio de la fe de erratas publicada en el Registro Oficial 478, 9-XII-2004, se modificó el texto de este artículo. Art. 3.-Sujeto activo.-El sujeto activo de este impuesto es el Estado. Lo administrará a través del Servicio de Rentas Internas. Art. 4.-Sujetos pasivos.-Son sujetos pasivos del impuesto a la renta las personas naturales, las sucesiones indivisas y las sociedades, nacionales o extranjeras, domiciliadas o no en el país, que obtengan ingresos gravados de conformidad con las disposiciones de esta Ley. Los sujetos pasivos obligados a llevar contabilidad, pagarán el impuesto a la renta en base de los resultados que arroje la misma. Art 4.1.-Residencia fiscal de personas naturales.-(Agregado por el Art. 4 de la Ley s/n, R.O. 405-S, 29-XII-2014).-Serán considerados residentes fiscales del Ecuador, en referencia a un ejercicio fiscal, las personas naturales que se encuentren en alguna de las siguientes condiciones: a) Cuando su permanencia en el país, incluyendo ausencias esporádicas, sea de ciento ochenta y tres (183) días calendario o más, consecutivos o no, en el mismo período fiscal; b) Cuando su permanencia en el país, incluyendo ausencias esporádicas, sea de ciento ochenta y tres (183) días calendario o más, consecutivos o no, en un lapso de doce meses dentro de dos periodos fiscales, a menos que acredite su residencia fiscal para el período correspondiente en otro país o jurisdicción. En caso de que acredite su residencia fiscal en un paraíso fiscal o jurisdicción de menor imposición, deberá probar que ha permanecido en ese país o jurisdicción al menos ciento ochenta y tres (183) días calendario, consecutivos o no, en el ejercicio fiscal correspondiente. En caso de que un residente fiscal en Ecuador acredite posteriormente su residencia fiscal en un paraíso fiscal o jurisdicción de menor imposición, éste mantendrá la calidad de residente fiscal en Ecuador hasta los cuatro períodos fiscales siguientes a la fecha en que dejó de cumplir las condiciones para ser residente mencionadas en los literales anteriores, a menos que pruebe que ha permanecido en ese país o jurisdicción al menos ciento ochenta y tres (183) días calendario, consecutivos o no, en un mismo ejercicio fiscal; c) El núcleo principal de sus actividades o intereses económicos radique en Ecuador, de forma directa o indirecta. Una persona natural tendrá el núcleo principal de sus actividades o intereses económicos en el Ecuador, siempre y cuando haya obtenido en los últimos doce meses, directa o indirectamente, el mayor valor de ingresos con respecto a cualquier otro país, valorados al tipo de cambio promedio del período. De igual manera se considerará que una persona natural tiene el núcleo principal de sus intereses económicos en el Ecuador cuando el mayor valor de sus activos esté en el Ecuador; d) No haya permanecido en ningún otro país o jurisdicción más de ciento ochenta y tres (183) días calendario, consecutivos o no, en el ejercicio fiscal y sus vínculos familiares más estrechos los mantenga en Ecuador. Art. 4.2.-Residencia fiscal de sociedades.-(Agregado por el Art. 4 de la Ley s/n, R.O. 405-S, 29-XII-2014).-Una sociedad tiene residencia fiscal en Ecuador cuando ha sido constituida o creada en territorio ecuatoriano, de conformidad con la legislación nacional. Art. 4.3.-Residencia fiscal.-(Agregado por el Art. 4 de la Ley s/n, R.O. 405-S, 29-XII-2014).-En los términos del presente Título, se entenderán indistintamente como residencia fiscal a los conceptos de domicilio y residencia del sujeto pasivo Art. (...).-Partes relacionadas.-(Agregado por el Art. 56 de la Ley s/n, R.O. 242-3S, 29-XII-2007; reformado por el Art. 1 de la Ley s/n, R.O. 94-S, 23-XII-2009; y, por la Disposición reformatoria segunda, num. 2.15 de la Ley s/n, R.O. 351-S, 29-XII-2010).-Para efectos tributarios se considerarán partes relacionadas a las personas naturales o sociedades, domiciliadas o no en el Ecuador, en las que una de ellas participe directa o indirectamente en la dirección, administración, control o capital de la otra; o en las que un tercero, sea persona natural o sociedad domiciliada o no en el Ecuador, participe directa o indirectamente, en la dirección, administración, control o capital de éstas. Se considerarán partes relacionadas, los que se encuentran inmersos en la definición del inciso primero de este artículo, entre otros casos los siguientes: 1) La sociedad matriz y sus sociedades filiales, subsidiarias o establecimientos permanentes. 2) Las sociedades filiales, subsidiarias o establecimientos permanentes, entre sí. 3) Las partes en las que una misma persona natural o sociedad, participe indistintamente, directa o indirectamente en la dirección, administración, control o capital de tales partes. 4) Las partes en las que las decisiones sean tomadas por órganos directivos integrados en su mayoría por los mismos miembros. 5) Las partes, en las que un mismo grupo de miembros, socios o accionistas, participe indistintamente, directa o indirectamente en la dirección, administración, control o capital de éstas.
Un crédito fiscal es el ingreso que tiene derecho a percibir el Estado en sus funciones de derecho público que provengan de contribuciones, aprovechamientos o de sus accesorios.
Historia Constitucional, 2021
Recensión de / Review of: Pedro Rújula e Ivana Frasquet (coords.), El Trienio Liberal (1820-1823) Una mirada política, Comares, Granada, 2020, 601 pp. El libro coordinado por Pedro Rújula e Ivana Frasquet es la primera gran monografía sobre el Trienio que ve la luz al calor del bicentenario. Una obra necesaria, como puse de manifiesto en un reciente artículo, extensa y que va más allá de lo que su subtítulo indica. Efectivamente, no faltan apartados sobre la sociedad y la cultura, solo que no incluya capítulos dedicados a la economía o a reformas como la supresión del régimen señorial o las desamortizaciones, de importante repercusión económica, explica que se presente como “una mirada política”. Los coordinadores argumentan, apoyándose en Julien Freund y Pierre Rosanvallon, que se trata “de pensar lo político en su conjunto, de comprenderlo también como el lugar de acción de toda la sociedad y no solo de los espacios destinados tradicionalmente a la política”. No es fácil comentar una publicación de estas características, en la que 25 autores redactan 23 capítulos, acertadamente agrupados en cinco grandes apartados: El Estado, La vida política, La sociedad, La cultura y El final. Será imposible hacerles justicia a todos, pero vaya por delante que comparten interés y calidad. Es cierto que algunos textos se acercan más a una síntesis realizada desde la revisión de la historiografía existente, algo en cualquier caso necesario con relación al Trienio, y en otros tiene más peso la utilización de fuentes directas, pero siempre se aportan nuevas perspectivas de análisis.
JAIME ANDRES FARFAN, 2023
El lector encontrará en este capitulo los principios tributarios relevantes al ordenamiento jurídico colombiano.
El derecho penal en sentido normativo, puede conceptualizarse como aquella parte del ordenamiento jurídico que define ciertas conductas como delitos y establece la imposición de penas o medidas de seguridad a los infractores de las expectativas normativas.
Misión Jurídica, 2009
El presente documento pretende mostrar las concepciones fiscales que surgen a partir de las ideas políticas y económicas del liberalismo clásico, establecer las relaciones que pueden darse entre los tributos recomendados o considerados adecuados para esta escuela y su particular visión del Estado y de los órganos del poder público. Expone la confluencia de las concepciones políticas y económicas y cómo las instituciones fiscales resultan igualmente importantes para los teóricos políticos de esta corriente del pensamiento.
Competencia específica a desarrollar: Conocer los medios de defensa que establecen las leyes en la materia que pueden interponerse contra actos de las Autoridades Fiscales, conociendo su fundamento legal y su aplicación práctica. 5.1 Concepto de medio de defensa. Son instrumentos que la ley establece para proteger a los contribuyentes afectados por la violación o no aplicación de las disposiciones fiscales y sirven además como medios de control sobre los actos de autoridad.
TEORIA Y MORFOLOGIA ARQ - URB, 2024
Modern Journal of Language Teaching Methods, 2012
Лингвистический атлас вепсского языка, 2019
The Journal of Theological Studies, 2017
Archaeological Discovery, 2023
جامعة كربلاء / كلية القانون, 2024
Zenodo (CERN European Organization for Nuclear Research), 2022
Bulgar Grubu Türk Lehçelerindeki Çokluk Eki Üzerine Bir İnceleme, 2023
Materials, 2021
Psychologia, 2015
Epilepsy & Behavior, 2017
Jurnal Kajian Komunikasi, 2018
Inflammatory Bowel Diseases, 2007
Informador Técnico, 2014
Revista Colombiana de Enfermería, 2016