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2016, Quito, EC: INIAP, Estación Experimental Santa Catalina, Departamento Nacional de Recursos Fitogenéticos, 2016
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MONOGRAFÍA Y PROPUESTA ACADÉMICA PARA ADSCRIPCIÓN , 2010
El presente tema se encuentra incluido dentro del programa oficial de la materia aprobado bajo resolución 367/85 en la Unidad XV y desarrollado bajo 3 puntos. A saber: 1) Actividad Administrativa de Fomento: concepto. Clasificación de los medios de fomento. 2) Ventajas de carácter económico: concepto. Clases. Ventajas de carácter real y financiero. Anticipos, premios, primas, subsidios. 3) La subvención como medio de fomento: concepto, clases. Naturaleza Jurídica. Derechos y deberes del beneficiario de una subvención. Revocabilidad. Regímenes legales de promoción. También está incluido en el programa propuesto por la Dra. Adriana Taller en la Unidad VI, donde se tratan las “Instituciones que integran la dinámica de la Administración Pública” en los puntos 6.3.1 La actividad administrativa de fomento. Noción conceptual. Técnicas de fomento. 6.3.2 Medios de fomento. Concepto, clases, naturaleza jurídica. Derechos y deberes de los beneficiarios. Derecho comparado.
Con excepción de los procesos de puro derecho que, por su naturaleza, no versan sobre hechos sino solo sobre el derecho aplicable al caso controvertido, en todos los demás procesos la controversia gira alrededor de hechos que deben ser probados por quienes los afirman y por quienes los controvierten negándolos y afirmando otros hechos; de ahí la importancia que tiene la prueba y la actividad que se desarrolla en torno a la misma, que es la llamada actividad probatoria.
A través de este ensayo abordaremos un tema fundamental en el mudo de aprendizaje, el cómo utilizar la mente para poder mantener un buen lenguaje, aplicando nuestro entendimiento y como se relaciona este con la pedagogía. "LA MENTE ASOCIA EL APRENDIZAJE EN LA MEDIDA EN QUE SE ASIMILA LO QUE SE ESTÁ ESCUCHANDO Y ENTENDIENDO, FRUTO DEL LENGUAJE APLICADO".
Con excepción de los procesos de puro derecho que, por su naturaleza, no versan sobre hechos sino solo sobre el derecho aplicable al caso controvertido, en todos los demás procesos la controversia gira alrededor de hechos que deben ser probados por quienes los afirman y por quienes los controvierten negándolos y afirmando otros hechos; de ahí la importancia que tiene la prueba y la actividad que se desarrolla en torno a la misma, que es la llamada actividad probatoria. En este artículo se analiza la prueba como actividad de las partes y del juez, y los diversos medios probatorios que pueden ofrecerse para demostrar la veracidad o la falsedad de los hechos que son materia de controversia en el proceso y que constituyen el llamado thema probandum, es decir el conjunto de hechos que deben ser materia de la prueba ofrecida por las partes y, excepcionalmente, ordenada de oficio por el juez (tesitura esta última con la que no estamos de acuerdo en lo absoluto, como veremos más adelante). Al final del artículo examinamos, de manera muy breve por la complejidad del tema, la llamada verdad procesal, con cargo a tocar este tema in extenso en un segundo artículo sobre la prueba como herramienta de la verdad.
Revista de Ingeniería de Sistemas (RIS), 2003
Actas de las 7mas Jornadas de Intercambio y Reflexión acerca de la Investigación en Bibliotecología , 2024
International Journal of Speech-Language Pathology, 2006
in: A Companion to Byzantine Science, (ed.) St. Lazaris, Brill, Leiden / Boston, 2019, 2019
Ciências Sociais & Religião, 2018
Jurnal Sylva Scienteae
2010 IEEE Photinic Society's 23rd Annual Meeting, 2010
Developmental Dynamics, 2019
Journal of Applied Meteorology and Climatology, 2018
Aquaculture, 2000
TEC empresarial, 2023
The Journal of Hellenic Studies, 2004
Arqueología y Territorio Medieval, 32, 2025
Frontiers in Marine Science, 2015