Papers by Siu lang Carrillo Yap
The growing value of forest resources has produced an increasing regulation of the use of forest ... more The growing value of forest resources has produced an increasing regulation of the use of forest resources in the national states of the Amazonian region. The new generation of forest norms have established a standardised system for the utilisation of forest resources based on two main aspects: the elaboration of forest management plans, and the granting of forest licences by the State’s authorities. However, this system has also increased the barriers for applying TFRK in indigenous lands because the current forest norms do not always consider their knowledge, their customary law, and their values. In view of this problem, this paper identifies the gaps and opportunities of the ICH Convention for protecting the TFRK of Amazonian indigenous peoples, considering the national legal frameworks of Bolivia, Brazil, Ecuador and Peru. For doing this, firstly the connection between TFRK and intangible cultural heritage is shown. Secondly, the duties of the national States in relation to TFRK established by the ICH Convention are identified. Thirdly, it is discussed the form TFRK of Amazonian indigenous peoples is regulated in the national legal systems. Finally, it is analysed how the national norms that regulate TFRK of Amazonian indigenous peoples accommodate the ICH Convention.
Artículo: "Territorio y Recursos Naturales en las Comunidades
Nativas Awajun del Alto Mayo"
Books by Siu lang Carrillo Yap
Flexibilización ambiental en el Perú: El abuso del ITS en el sector minero, 2019
Todo proyecto de inversión genera impactos económicos, ambientales y sociales, positivos y negati... more Todo proyecto de inversión genera impactos económicos, ambientales y sociales, positivos y negativos, de mayor o menor relevancia. Para determinar cuáles serán tales impactos y evitar o minimizar los riesgos y daños, el Estado peruano ha diseñado diferentes instrumentos de evaluación de impacto ambiental. Estos instrumentos son muy importantes para la ejecución de cualquier proyecto de inversión. Por un lado, permiten identificar los alcances de los impactos que se producirán, así como describir las medidas o acciones que realizará la empresa titular para mitigarlos o atenuarlos. Por otro lado, delimitan el espacio geográfico sobre el cual la actividad minera ejerce algún tipo de impacto ambiental (área de influencia ambiental) o social (área de influencia social). De esa manera, el estudio de impacto ambiental (EIA) constituye la certificación ambiental indispensable para la puesta en operación de cualquier tipo de proyecto de inversión: sin su aprobación, el Estado no puede ni debe autorizar la puesta en marcha de ningún proyecto cuyos impactos negativos puedan ser relevantes.
En el trascurso de la ejecución de un proyecto de inversión, los titulares pueden necesitar realizar cambios (ampliaciones, incorporación de nuevos componentes, innovaciones tecnológicas, etc.). Generalmente, estas modificaciones al diseño inicial del proyecto se hacen mediante una solicitud dirigida a la autoridad ambiental del sector. En el caso de los proyectos mineros de gran envergadura, se esperaría que estos cambios o ampliaciones fueran menos frecuentes, ya que el diseño y la planificación de un proyecto a gran escala suelen durar varios años, tienen un alto grado de detalle y requieren de un gran conjunto de estudios y autorizaciones.
Sin embargo, durante los últimos cinco años viene ocurriendo como práctica frecuente que al poco tiempo de iniciada la ejecución de diversos proyectos mineros, o incluso antes del inicio de su ejecución, se presentan solicitudes para modificar su diseño o el instrumento de gestión ambiental. Así, encontramos que en algunos casos se ha tramitado más de una modificación en un mismo año —existen proyectos mineros que en cinco años ya tienen diez modificaciones—, e incluso se han realizado trámites paralelos para cambiar componentes muy relacionados. Es más, existen unidades que han cambiado significativamente el diseño inicial de su proyecto a solo meses de empezar a operar.
Estos cambios se han convertido en una práctica regular de las empresas mineras en el país. En estos casos, las poblaciones de las zonas de influencia de las áreas de operación ven cómo las unidades mineras van cambiando de diseño continuamente, a veces de manera radical, sin haber sido informadas, sin tener en claro si los cambios las afectarán y con muy pocas posibilidades reales de participar en los procesos de evaluación. Un instrumento que ha facilitado estos cambios ha sido y son los denominados informes técnicos sustentatorios (ITS). Nos preguntamos, entonces: ¿cuál es la racionalidad del Estado peruano cuando autoriza continuas modificaciones mediante los ITS?
Considerando esta situación, es necesario analizar la naturaleza legal de los ITS y reflexionar sobre su aplicación. Por ello, los objetivos de este documento son identificar las razones por las que se crearon los ITS, analizar sus objetivos y generar una aproximación a los efectos de su aplicación en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).
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En el trascurso de la ejecución de un proyecto de inversión, los titulares pueden necesitar realizar cambios (ampliaciones, incorporación de nuevos componentes, innovaciones tecnológicas, etc.). Generalmente, estas modificaciones al diseño inicial del proyecto se hacen mediante una solicitud dirigida a la autoridad ambiental del sector. En el caso de los proyectos mineros de gran envergadura, se esperaría que estos cambios o ampliaciones fueran menos frecuentes, ya que el diseño y la planificación de un proyecto a gran escala suelen durar varios años, tienen un alto grado de detalle y requieren de un gran conjunto de estudios y autorizaciones.
Sin embargo, durante los últimos cinco años viene ocurriendo como práctica frecuente que al poco tiempo de iniciada la ejecución de diversos proyectos mineros, o incluso antes del inicio de su ejecución, se presentan solicitudes para modificar su diseño o el instrumento de gestión ambiental. Así, encontramos que en algunos casos se ha tramitado más de una modificación en un mismo año —existen proyectos mineros que en cinco años ya tienen diez modificaciones—, e incluso se han realizado trámites paralelos para cambiar componentes muy relacionados. Es más, existen unidades que han cambiado significativamente el diseño inicial de su proyecto a solo meses de empezar a operar.
Estos cambios se han convertido en una práctica regular de las empresas mineras en el país. En estos casos, las poblaciones de las zonas de influencia de las áreas de operación ven cómo las unidades mineras van cambiando de diseño continuamente, a veces de manera radical, sin haber sido informadas, sin tener en claro si los cambios las afectarán y con muy pocas posibilidades reales de participar en los procesos de evaluación. Un instrumento que ha facilitado estos cambios ha sido y son los denominados informes técnicos sustentatorios (ITS). Nos preguntamos, entonces: ¿cuál es la racionalidad del Estado peruano cuando autoriza continuas modificaciones mediante los ITS?
Considerando esta situación, es necesario analizar la naturaleza legal de los ITS y reflexionar sobre su aplicación. Por ello, los objetivos de este documento son identificar las razones por las que se crearon los ITS, analizar sus objetivos y generar una aproximación a los efectos de su aplicación en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).
En el trascurso de la ejecución de un proyecto de inversión, los titulares pueden necesitar realizar cambios (ampliaciones, incorporación de nuevos componentes, innovaciones tecnológicas, etc.). Generalmente, estas modificaciones al diseño inicial del proyecto se hacen mediante una solicitud dirigida a la autoridad ambiental del sector. En el caso de los proyectos mineros de gran envergadura, se esperaría que estos cambios o ampliaciones fueran menos frecuentes, ya que el diseño y la planificación de un proyecto a gran escala suelen durar varios años, tienen un alto grado de detalle y requieren de un gran conjunto de estudios y autorizaciones.
Sin embargo, durante los últimos cinco años viene ocurriendo como práctica frecuente que al poco tiempo de iniciada la ejecución de diversos proyectos mineros, o incluso antes del inicio de su ejecución, se presentan solicitudes para modificar su diseño o el instrumento de gestión ambiental. Así, encontramos que en algunos casos se ha tramitado más de una modificación en un mismo año —existen proyectos mineros que en cinco años ya tienen diez modificaciones—, e incluso se han realizado trámites paralelos para cambiar componentes muy relacionados. Es más, existen unidades que han cambiado significativamente el diseño inicial de su proyecto a solo meses de empezar a operar.
Estos cambios se han convertido en una práctica regular de las empresas mineras en el país. En estos casos, las poblaciones de las zonas de influencia de las áreas de operación ven cómo las unidades mineras van cambiando de diseño continuamente, a veces de manera radical, sin haber sido informadas, sin tener en claro si los cambios las afectarán y con muy pocas posibilidades reales de participar en los procesos de evaluación. Un instrumento que ha facilitado estos cambios ha sido y son los denominados informes técnicos sustentatorios (ITS). Nos preguntamos, entonces: ¿cuál es la racionalidad del Estado peruano cuando autoriza continuas modificaciones mediante los ITS?
Considerando esta situación, es necesario analizar la naturaleza legal de los ITS y reflexionar sobre su aplicación. Por ello, los objetivos de este documento son identificar las razones por las que se crearon los ITS, analizar sus objetivos y generar una aproximación a los efectos de su aplicación en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).