Los suscritos: MARÍA PRUEBA TERCERA, mujer, panameña, mayor de edad, soltera, abogada, portadora ... more Los suscritos: MARÍA PRUEBA TERCERA, mujer, panameña, mayor de edad, soltera, abogada, portadora de la cédula de identidad personal número XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX y LUIS DEMOSTRACIÓN SEGUNDO, varón, panameño, mayor de edad, soltero, abogado, portador de la cédula de identidad personal número XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, ambos con domicilio en la oficina 307 del piso 3 del Edificio Imperio, localizado en Calle 78, Corregimiento de Miramar, de común acuerdo declaramos que constituimos una sociedad anónima de conformidad con la Ley treinta y dos (32) de mil novecientos veintisiete (1927), de acuerdo con las cláusulas siguientes: PRIMERA: El nombre de la sociedad es: CASA DE VALORES EJEMPLO S.A., ----------------SEGUNDA: La sociedad se dedicará exclusivamente al negocio de casa de valores tal como se define en la legislación del mercado de valores de la República de Panamá, lo cual incluye la compra y venta de valores e instrumentos financieros por cuenta de terceros y por cuenta propia,
Los suscritos: MARÍA PRUEBA TERCERA, mujer, panameña, mayor de edad, soltera, abogada, portadora ... more Los suscritos: MARÍA PRUEBA TERCERA, mujer, panameña, mayor de edad, soltera, abogada, portadora de la cédula de identidad personal número XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX y LUIS DEMOSTRACIÓN SEGUNDO, varón, panameño, mayor de edad, soltero, abogado, portador de la cédula de identidad personal número XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, ambos con domicilio en la oficina 307 del piso 3 del Edificio Imperio, localizado en Calle 78, Corregimiento de Miramar, de común acuerdo declaramos que constituimos una sociedad anónima de conformidad con la Ley treinta y dos (32) de mil novecientos veintisiete (1927), de acuerdo con las cláusulas siguientes: PRIMERA: El nombre de la sociedad es: CASA DE VALORES EJEMPLO S.A., ----------------SEGUNDA: La sociedad se dedicará exclusivamente al negocio de casa de valores tal como se define en la legislación del mercado de valores de la República de Panamá, lo cual incluye la compra y venta de valores e instrumentos financieros por cuenta de terceros y por cuenta propia,
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