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Melitón Manzanas

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Melitón Manzanas González (San Sebastián, 9 de junio de 1909 - Irún, Guipúzcoa, 2 de agosto de 1968)[1]​ fue un policía español durante la dictadura de Francisco Franco, colaborador de la Gestapo durante la Segunda Guerra Mundial[2]​ y jefe de la Brigada Político-Social de Guipúzcoa, puesto desde el que torturó a numerosos opositores al régimen.[3][4]​ Fue asesinado por Euskadi Ta Askatasuna (ETA) en el que fue el primer atentado premeditado de esta organización. Estaba casado y tenía una hija.

Biografía

Estudió Peritaje en la capital donostiarra y, tras el golpe de Estado de julio de 1936, fue encarcelado por las autoridades republicanas a causa de sus simpatías con las tropas sublevadas. Permaneció recluido en el Fuerte de Guadalupe hasta septiembre de 1936, cuando los rebeldes tomaron la ciudad. Ingresó en el Regimiento de Artillería n.° 3 de San Sebastián y en 1938 se incorporó a la guerra con las «Flechas Verdes» hasta el final del conflicto.[5]

Entró a formar parte del Cuerpo General de Policía en 1941, con el grado de inspector en Irún, desde donde pasó a la Brigada Político-Social de Guipúzcoa, de la que terminó siendo jefe, y colaboró activamente con la Gestapo alemana.[2]​ En julio de 1964 le fue concedida la Cruz del Mérito Policial con distintivo rojo, y en su expediente constaban unas cincuenta felicitaciones por sus actuaciones policiales.[1]​ Muchos de los detenidos políticos de distintas ideologías que cayeron en sus manos han coincidido en señalarlo como un torturador brutal.[3][6]​ Su labor policial le convirtió, a ojos de los opositores, en el principal exponente de la represión de la dictadura franquista en el País Vasco.

La lista completa no se conoce, pero se sabe que torturó a María Mercedes Ancheta, Joxe Mari Quesada,[7]Marcelo Usabiaga, José Miguel Calvo Zapata, José Ignacio Huertas Miguel, Víctor Lecumberri, Roberto Cámara, Jesús María Cordero Garmendia, Jerónimo Gallina, Pedro Barroso Segovia, Javier Lapeira Martínez, Regino González Moro, Jorge González Suárez, Francisco Parra, Gaspar Álvarez Lucio, Manuel Mico Bartomeu, Nicolás Txopitea Paradizabal, Esteban Huerga Guerrero, Victoria Castan del Val, Mario Onaindia Natxiondo, Jone Dorrondoso,[8][5]Ramón Rubial, Timoteo Plaza, Amanci Conde, Juan Agirre, Auspicio Ruiz, María Villar, Carmen Villar, Luis Martín Santos, José Luis López de Lacalle, Xabier Apaolaza, Ildefonso Pontxo Agirre, José Ramón Recalde, Julen Madariaga, Rafa Albizu, María Jesús Muñoz,[3]​ Félix Arrieta y Juan José Sainz,[9]​ entre otras personas.

La dirección de ETA decidió asesinarlo mediante la que denominó «Operación Sagarra» («manzana» en euskera), el primer asesinato político premeditado y planeado por esta organización nacionalista vasca,[10]​ años antes de transformarse en una organización terrorista.[11][12]​ El 2 de agosto de 1968, tres miembros de ETA lo esperaron frente a su domicilio en Irún, un chalet llamado Villa Arana. Cuando llegó, dispararon contra él y le alcanzaron hasta siete proyectiles, siendo testigos su mujer y su hija.[1]​ El funeral y entierro se realizó con gran solemnidad en Irún, acudiendo al acto numerosas autoridades y movilizando la Jefatura Provincial del Movimiento a militantes y simpatizantes.[13]

El atentado fue reivindicado ante la televisión belga. El entonces miembro de ETA Xabier Izko de la Iglesia fue acusado en 1970 del asesinato durante el Proceso de Burgos,[14]​ aunque siempre negó haber sido él quien quitó la vida a Manzanas.[15]

Polémica por reconocimiento póstumo

En enero de 2001, el gobierno de José María Aznar concedió a Melitón Manzanas la Real Orden de Reconocimiento Civil a las Víctimas del Terrorismo a título póstumo, en aplicación de la Ley 32/1999, de 8 de octubre, de solidaridad con las víctimas del terrorismo. Dicha ley, que había sido aprobada por unanimidad, establecía en su artículo cuarto la concesión de este reconocimiento a todas las víctimas del terrorismo sin excepción, a petición propia o de sus herederos.[16]

La decisión provocó protestas[3][6]​ en numerosos sectores de la oposición y asociaciones civiles, como Amnistía Internacional,[2]Gesto por la Paz de Euskal Herria,[17]​ el Foro de Madrid por la Paz,[18]Comisiones Obreras,[19]Unión General de Trabajadores[20]​ o Izquierda Unida (en este último caso, pese a haber votado a favor de la Ley), que arguyeron que el «justo reconocimiento» a las víctimas del terrorismo no podía hacerse «a cualquier precio» y que la medalla suponía «distinguir con honores a un reconocido torturador y golpista que contribuyó al terror y a la represión de los años más oscuros de la vida española del pasado siglo»;[9]​ asimismo el Parlamento de Navarra aprobó una resolución en contra de esta concesión.[21]

No obstante, tras la concesión de esta medalla, en 2002 el Congreso, a iniciativa del Partido Nacionalista Vasco y con la única oposición del Partido Popular, realizó una reforma de la Ley de Solidaridad con las Víctimas del Terrorismo en su artículo cuarto expresando que «en ningún caso podrán ser concedidas a quienes, en su trayectoria personal o profesional, hayan mostrado comportamientos contrarios a los valores representados en la Constitución y en la presente ley y a los derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales».[4]

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo desestimó en marzo de 2003 un primer recurso presentado por el Partido Nacionalista Vasco contra la concesión del reconocimiento.[22]​ En 2008 desestimó un nuevo recurso interpuesto por la Asociación Catalana para la Defensa de los Derechos Humanos.[23]​ En ambos casos, el Tribunal rechazó la aplicación retroactiva de la ley, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 2.3 del Código Civil,[24]​ y proporcionó argumentos relativos a «la idea de reconciliación» que animó la Transición Española.[22]

Véase también

Referencias

  1. a b c «Vil asesinato del jefe de la Brigada de Investigación Social de San Sebastián». ABC. 3 de agosto de de 1968. p. 41.
  2. a b c Amnistía Internacional. «No deben tolerarse las recompensas a torturadores». Comunicado de prensa. 30 de enero de 2001.
  3. a b c d Iglesias, María Antonia (28 de enero de 2001). «Hablan las víctimas de Melitón Manzanas». El País. Consultado el 2 de mayo de 2013. 
  4. a b Gorriarán, Ramón (21 de noviembre de 2002). «Reforman la ley de víctimas tras la polémica de Melitón Manzanas». La Voz de Galicia. 
  5. a b Asociación Ahaztuak 1936-1977 (4 de febrero de 2008). «Melitón Manzanas: un torturador franquista re-condecorado por la democracia». Consultado el 30 de marzo de 2015. 
  6. a b R. Aizpeolea, Luis (20 de enero de 2001). «El Gobierno condecora al policía franquista Manzanas e indemniza a la familia de Brouard». El País. Consultado el 27 de febrero de 2013. 
  7. Sola, Ramón (22 de noviembre de 2010). «Vidas sesgadas que son más que víctimas colaterales de 50 años de conflicto». Gara. Consultado el 30 de marzo de 2015. 
  8. Cañedo Vega, Isabel. «Escrito de conclusiones en el caso de Melitón Manzanas». 23 de junio de 2003.
  9. a b Cañedo Vega, Isabel. «Recurso contencioso administrativo de Izquierda Unida contra la concesión de la Medalla al Mérito Civil a Melitón Manzanas». 14 de marzo de 2002.
  10. El primer muerto fue el guardia civil José Pardines Arcay, asesinado en un control de carreteras en Villabona (Guipúzcoa).
  11. Fernández Soldevilla, Gaizka (2014). «El simple arte de matar. Orígenes de la violencia terrorista en el País Vasco». Historia y Política (32). p. 294. ISSN 1575-0361. «fue durante la primera mitad de la década de los setenta, y no antes, cuando ETA se configuró definitivamente como una organización terrorista». 
  12. López Adán, Emilio (2005). Terrorismo y violencia revolucionaria. Bilbao: Likiniano Elkartea. ISBN 84-88455-53-4. «Las primeras acciones del nuevo terrorismo las realizó ETA político-militar (...) Más tarde, insensiblemente, ETA militar fue haciendo suyas esas prácticas. Michel Wieviorka le dedica una parte de su tesis a entender ese proceso que para él es ya una "inversión" de ETA, es decir, el pasarse o irse acercando desde la violencia política al terrorismo». 
  13. Diario Vasco, 4 de agosto de 1968. p. 3.
  14. «Javier Izko, el acusado clave del Consejo de Burgos». El País. 7 de junio de 1977.
  15. Fuente Lafuente, Ismael. «lzko niega que asesinara al comisario Manzanas». El País. 7 de junio de 1977.
  16. Cortes Generales (9 de octubre de 1999). «Ley 32/1999, de 8 de octubre, de Solidaridad con las víctimas del terrorismo». Boletín Oficial del Estado (242): 36050-36052. Consultado el 21 de enero de 2013. «Artículo 4.3: El Gobierno, previa solicitud de los interesados o de sus herederos, concederá las condecoraciones contempladas en este artículo en el grado de Gran Cruz, a título póstumo, a los fallecidos en actos terroristas». 
  17. Gesto por la Paz (mayo de 2003). «Sobre la concesión de la Gran Cruz de Reconocimiento Civil a Melitón Manzanas». Bake Hitzak (50): 64. ISSN 1137-3016. «existen pruebas fundadas de su sistemática conculcación de Derechos Humanos fundamentales a numerosos ciudadanos desde sus responsabilidades como funcionario policial». 
  18. Foro de Madrid por la Paz. «La condecoración a Melitón Manzanas supone la legalización del terrorismo de Estado». Nota de prensa. 19 de enero de 2001.
  19. Confederación Sindical de Comisiones Obreras (19 de marzo de 2001). «La medalla a Melitón Manzanas, una afrenta a la democracia». Gaceta Sindical (110). 
  20. Agencia de Noticias de Información Alternativa. «UGT pedirá amparo al Tribunal Constitucional contra la condecoración a Melitón Manzanas». 25 de enero de 2002.
  21. Parlamento de Navarra (30 de mayo de 2001). «Resolución sobre la postura contraria a la concesión de la medalla al Mérito Civil a Melitón Manzanas». Boletín Oficial del Parlamento de Navarra. V Legislatura (58): 11. 
  22. a b Lázaro, Julio M. (13 de marzo de 2003). «El Supremo avala la condecoración al comisario Melitón Manzanas». El País. Consultado el 21 de enero de 2013. 
  23. «El Supremo rechaza otro recurso contra la Gran Cruz otorgada al comisario franquista Melitón Manzanas». La Vanguardia. EFE. 3 de febrero de 2008. Consultado el 21 de enero de 2013. 
  24. El artículo 2.3 del Código Civil establece que «las Leyes no tendrán efecto retroactivo si no dispusieren lo contrario».