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Normas de Información Financiera (NIF) 2017
Normas de Información Financiera (NIF) 2017
Normas de Información Financiera (NIF) 2017
Libro electrónico4690 páginas153 horas

Normas de Información Financiera (NIF) 2017

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Esta edición incluye nueva normatividad: NIF B-17, Determinación del valor razonable. NIF C-10, Instrumentos financieros derivados y relaciones de cobertura. ONIF 3, Sinopsis de la normativa sobre instrumentos financieros. Mejoras a las Normas de Información Financiera 2017.
IdiomaEspañol
EditorialIMCP
Fecha de lanzamiento14 ago 2023
ISBN9786078463756
Normas de Información Financiera (NIF) 2017
Autor

Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera IMCP

Es una institución privada, constituida como asociación civil, cuya misión es establecer normas de información financiera confiables y promover su uso adecuado para coadyuvar a preparar información financiera útil para la toma de decisiones de los interesados en entidades privadas en México que no cotizan en la BV, financieras que coticen o no en BV, aseguradoras y afianzadoras que coticen o no en BV e instituciones con propósitos no lucrativos.

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    Vista previa del libro

    Normas de Información Financiera (NIF) 2017 - Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera IMCP

    cover.jpg

    Contenido

    Prólogo

    Índice de la normatividad con fechas de vigencia

    Serie NIF A

    Marco Conceptual

    Inicio de vigencia

    NIF A-1 Estructura de las Normas de Información Financiera

    Ene. 2006

    NIF A-2 Postulados básicos

    Ene. 2006

    NIF A-3 Necesidades de los usuarios y objetivos de los estados financieros

    Ene. 2006

    NIF A-4 Características cualitativas de los estados financieros

    Ene. 2006

    NIF A-5 Elementos básicos de los estados financieros

    Ene. 2006

    NIF A-6 Reconocimiento y valuación

    Ene. 2006

    NIF A-7 Presentación y revelación

    Ene. 2006

    NIF A-8 Supletoriedad

    Ene. 2006

    BC Bases para conclusiones del Marco Conceptual

    Ene. 2006

    Serie NIF B

    Normas aplicables a los estados financieros en su conjunto

    Inicio de vigencia

    NIF B-1 Cambios contables y correcciones de errores

    Ene. 2006

    NIF B-2 Estado de flujos de efectivo

    Ene. 2008

    NIF B-3 Estado de resultado integral

    Ene. 2013

    NIF B-4 Estado de cambios en el capital contable

    Ene. 2013

    NIF B-5 Información financiera por segmentos

    Ene. 2011

    NIF B-6 Estado de situación financiera

    Ene. 2013

    NIF B-7 Adquisiciones de negocios

    Ene. 2009

    NIF B-8 Estados financieros consolidados o combinados

    Ene. 2013

    NIF B-9 Información financiera a fechas intermedias

    Ene. 2011

    NIF B-10 Efectos de la inflación

    Ene. 2008

    NIF B-12 Compensación de activos financieros y pasivos financieros

    Ene. 2014

    NIF B-13 Hechos posteriores a la fecha de los estados financieros

    Ene. 2007

    B-14 Utilidad por acción

    Ene. 1997

    NIF B-15 Conversión de monedas extranjeras

    Ene. 2008

    NIF B-16 Estados financieros de entidades con propósitos no lucrativos

    Ene. 2010

    NIF B-17 Determinación del valor razonable

    Ene. 2018

    Serie NIF C

    Normas aplicables a conceptos específicos de los estados financieros

    Inicio de vigencia

    NIF C-1 Efectivo y equivalentes de efectivo

    Ene. 2010

    C-2 Instrumentos financieros

    Ene. 2001

    C-2 Documento de adecuaciones al Boletín C-2

    Ene. 2005

    NIF C-2 Inversión en instrumentos financieros

    Ene. 2018

    C-3 Cuentas por cobrar

    Jul. 1974¹

    NIF C-3 Cuentas por cobrar

    Ene. 2018

    NIF C-4 Inventarios

    Ene. 2011

    NIF C-5 Pagos anticipados

    Ene. 2011

    NIF C-6 Propiedades, planta y equipo

    Ene. 2011

    NIF C-7 Inversiones en asociadas, negocios conjuntos y otras inversiones permanentes

    Ene. 2013

    NIF C-8 Activos intangibles

    Ene. 2009

    C-9 Pasivo, provisiones, activos y pasivos contingentes y compromisos

    Ene. 2003

    NIF C-9 Provisiones, contingencias y compromisos

    Ene. 2018

    C-10 Instrumentos financieros derivados y operaciones de cobertura

    Ene. 2005

    NIF C-10 Instrumentos financieros derivados y relaciones de cobertura

    Ene. 2018

    NIF C-11 Capital contable

    Ene. 2014

    NIF C-12 Instrumentos financieros con características de pasivo y de capital

    Ene. 2014

    NIF C-13 Partes relacionadas

    Ene. 2007

    NIF C-14 Transferencia y baja de activos financieros

    Ene. 2014

    C-15 Deterioro en el valor de los activos de larga duración y su disposición

    Ene. 2004

    NIF C-16 Deterioro de instrumentos financieros por cobrar

    Ene. 2018

    NIF C-18 Obligaciones asociadas con el retiro de propiedades, planta y equipo

    Ene. 2011

    NIF C-19 Instrumentos financieros por pagar

    Ene. 2018

    NIF C-20 Instrumentos financieros para cobrar principal e interés

    Ene. 2018

    NIF C-21 Acuerdos con control conjunto

    Ene. 2013

    Serie NIF D

    Normas aplicables a problemas de determinación de resultados

    Inicio de vigencia

    NIF D-1 Ingresos por contratos con clientes

    Ene. 2018

    NIF D-2 Costos por contratos con clientes

    Ene. 2018

    NIF D-3 Beneficios a los empleados

    Ene. 2016

    D-3 Beneficios a los empleados

    NIF D-4 Impuestos a la utilidad

    Ene. 2008

    D-5 Arrendamientos

    Ene. 1991

    NIF D-6 Capitalización del resultado integral de financiamiento

    Ene. 2007

    D-7 Contratos de construcción y de fabricación de ciertos bienes de capital

    Ene. 2001

    NIF D-8 Pagos basados en acciones

    Ene. 2009

    Serie NIF E

    Normas aplicables a las actividades especializadas de distintos sectores

    Inicio de vigencia

    E-1 Agricultura (Actividades agropecuarias)

    Ene. 2003

    NIF E-2 Donativos recibidos u otorgados por entidades con propósitos no lucrativos

    Ene. 2010

    Circulares

    ²

    Inicio de vigencia

    44 Tratamiento contable de las Unidades de Inversión (UDIS)

    Oct. 2003

    55 Aplicación supletoria de la NIC 40

    Abr. 2010

    Interpretaciones a las Normas de Información Financiera (INIF)

    Inicio de vigencia

    INIF 3 Aplicación inicial de las NIF

    Ene. 2006

    INIF 5 Reconocimiento de la contraprestación adicional pactada al inicio del instrumento financiero derivado para ajustarlo a su valor razonable

    Ene. 2008

    INIF 6 Oportunidad en la designación formal de la cobertura

    Ene. 2008

    INIF 7 Aplicación de la utilidad o pérdida integral generada por una cobertura de flujo de efectivo sobre una transacción pronosticada de compra de un activo no financiero

    Ene. 2008

    INIF 9 Presentación de estados financieros comparativos por la entrada en vigor de la NIF B-10

    Mar. 2008

    INIF 10 Designación de instrumentos financieros como cobertura de una posición neta

    Oct. 2008

    INIF 11 Reciclaje de la utilidad integral reconocida, cuando se suspende la contabilidad de cobertura de flujos de efectivo

    Oct. 2008

    INIF 12 Instrumentos financieros derivados contratados por distribuidores de gas en beneficio de sus clientes

    Oct. 2008

    INIF 13 Reconocimiento del ajuste de la posición primaria cubierta al suspender la contabilidad de cobertura de valor razonable

    Oct. 2008

    INIF 14 Contratos de construcción, venta y prestación de servicios relacionados con bienes inmuebles

    Ene. 2010³

    INIF 15 Estados financieros cuya moneda de informe es igual a la de registro, pero diferente a la funcional

    Nov. 2008

    INIF 16 Transferencia de categoría de instrumentos financieros primarios con fines de negociación

    Ene. 2009

    INIF 17 Contratos de concesión de servicios

    Ene. 2010

    INIF 19 Cambio derivado de la adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera

    Sep. 2010

    INIF 20 Efectos contables de la Reforma Fiscal 2014

    Ene. 2014

    INIF 21 Reconocimiento de pagos por separación de los empleados

    Ene. 2014

    Orientaciones a las Normas de Información Financiera (ONIF)

    ONIF 2 Recopilación de normas de presentación y de revelación sobre instrumentos financieros

    Ene. 2009

    ONIF 3 Sinopsis de la normativa sobre instrumentos financieros

    Ene. 2017

    Relación de miembros de la Comisión de Principios de Contabilidad

    Integrantes del Consejo Directivo, Comité de Vigilancia, Comité Técnico Consultivo y Centro de Investigación y Desarrollo del CINIF

    Relación de miembros que han participado en Consejos Directivos anteriores

    Consejo Directivo actual

    Comité de Vigilancia

    Relación de miembros que han participado en Comités Técnicos Consultivos anteriores

    Comité Técnico Consultivo actual

    Relación de miembros que han participado en Consejos Emisores y Centros de Investigación y Desarrollo anteriores

    Consejo Emisor y Centro de Investigación y Desarrollo Actual

    Prólogo

    Durante más de 30 años, la Comisión de Principios de Contabilidad (CPC) del Instituto Mexicano de Contadores Públicos A. C. (IMCP) fue la encargada de emitir la normatividad contable en nuestro país, en boletines y circulares de Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados. En este conjunto de boletines se establecieron los fundamentos de la contabilidad financiera en los que se basó no sólo el desarrollo de normas particulares, sino también la respuesta a controversias o problemáticas derivadas de la emisión de estados financieros de las entidades económicas. Indiscutiblemente, la CPC desempeñó esta función con un alto grado de dedicación, responsabilidad y profesionalismo.

    A partir del 1º de junio de 2004, es el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera, A. C. (CINIF) el organismo independiente que, en congruencia con la tendencia mundial, asume la función y la responsabilidad de la emisión de la normatividad contable en México.

    El CINIF es un organismo independiente en su patrimonio y operación, constituido en el año 2002 por entidades líderes de los sectores público y privado,⁵ con objeto de desarrollar las Normas de Información Financiera (NIF) con un alto grado de transparencia, objetividad y confiabilidad, que sean de utilidad tanto para emisores como para usuarios de la información financiera.

    Para lograr lo anterior, se conformó un Consejo Emisor del CINIF, al que se han integrado investigadores de tiempo completo provenientes de diferentes campos de experiencia y competencia profesional, resaltando su independencia de criterio, objetividad e integridad, quienes trabajan junto con reconocidos profesionistas y académicos voluntarios, a fin de lograr puntos de vista plurales e independientes. Asimismo, el proceso de emisión de normatividad está en todo momento bajo la observación de cualquier interesado, al publicarse en la página electrónica del CINIF, el inventario de proyectos, los avances de dichos proyectos, las normas en proceso de auscultación, las respuestas recibidas en este proceso y, finalmente, dentro de las NIF promulgadas se incluyen las Bases para conclusiones, que dan respuesta a los comentarios recibidos durante la auscultación.

    Desde luego, el propio IMCP ha sido promotor de la constitución del CINIF, por lo que ha establecido ya, en el Capítulo I de sus Estatutos, apartado 1.03, inciso m), que el IMCP tiene como objetivo, entre otros:

    El CINIF es el encargado directo de desarrollar dicha normatividad; para ello, lleva a cabo procesos de investigación y auscultación entre la comunidad financiera y de negocios, y otros sectores interesados, dando como resultado, la emisión de documentos llamados Normas de Información Financiera (NIF), Mejoras a las mismas o, en su caso, Interpretaciones a las Normas de Información Financiera (INIF) y Orientaciones a las Normas de Información Financiera (ONIF), siendo las Mejoras un documento que incluye propuestas de cambios puntuales que se integran a las NIF; así como, a las INIF y ONIF, que son aclaraciones y guías de implementación de las NIF. La filosofía de las NIF es lograr, por una parte, la armonización de las normas locales utilizadas por los diversos sectores de nuestra economía; y, por otro lado, converger en el mayor grado posible, con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad.

    Cuando se haga referencia genérica a las NIF, deberá entenderse que éstas comprenden tanto las normas emitidas por el CINIF como los boletines emitidos por la CPC que le fueron transferidos al CINIF el 31 de mayo de 2004. Sin embargo, cuando se haga referencia específica a alguno de los documentos que integran las NIF, éstos se llamarán por su nombre original, esto es, Norma de Información Financiera o Boletín, según sea el caso.

    Derivado de lo anterior, la estructura de las NIF es la siguiente:

    a)las NIF, las INIF y las ONIF emitidas por el CINIF;

    b)los Boletines y Circulares emitidos por la CPC, que no hayan sido modificados, sustituidos o derogados por las nuevas NIF; y

    c)las NIIF aplicables de manera supletoria.

    Cabe señalar que las Circulares son recomendaciones o aclaraciones emitidas en su momento por la CPC, pero que no asumen la forma de una norma, pues no pasaron por un proceso de auscultación. Empero, debido a su importancia como guías, seguirán formando parte de esta publicación hasta en tanto no pierdan su función.

    Las NIF han sido clasificadas en:

    a)normas conceptuales, que conforman el llamado Marco Conceptual (MC);

    b)normas particulares;

    c)interpretaciones a las normas particulares; y

    d)orientaciones a las normas particulares.

    Los pronunciamientos del CINIF son producto de un largo proceso que se inicia con la identificación de dudas o áreas de oportunidad en materia de información financiera que ameritan la exposición de una solución concreta o de una interpretación por parte del CINIF. Después del análisis y evaluación de las distintas alternativas por parte de los miembros del Consejo Emisor del CINIF, se formula un documento como proyecto para discusión, el cual una vez que ha sido aprobado por los votos de al menos las tres cuartas partes de los miembros del Consejo Emisor, se envía al Comité Técnico Consultivo del CINIF para que realice recomendaciones.

    Si el contenido del proyecto tiene el carácter de norma, se somete, durante un periodo suficientemente amplio, a un proceso de auscultación, normalmente de tres meses, entre todas las personas interesadas en la información financiera. Todos los puntos de vista que se recogen, se analizan y evalúan cuidadosamente y, con base en ellos, se modifica en lo procedente el documento respectivo, el cual nuevamente debe ser aprobado por los votos de al menos las tres cuartas partes de los miembros del Consejo Emisor del CINIF. La versión aprobada se envía nuevamente al Comité Técnico Consultivo junto con un análisis de los puntos observados durante la auscultación más el sustento técnico por el cual fueron aceptadas o rechazadas las sugerencias o modificaciones propuestas al CINIF durante ese proceso; además, en caso de proceder, debe enviarse el voto razonado de miembros del Consejo Emisor que hubiesen objetado parcial o totalmente el pronunciamiento que se está proponiendo como definitivo para que se apruebe su publicación como una norma obligatoria para las entidades que emitan información financiera de acuerdo con las Normas de Información Financiera. Al documento aprobado que contiene la norma se le conoce como NIF.

    Adicionalmente, el CINIF emite un documento llamado Mejoras a las Normas de Información Financiera (Mejoras a las NIF), que tiene como objetivo hacer cambios y precisiones a las NIF vigentes con la finalidad de establecer un planteamiento normativo más adecuado.

    Las Mejoras a las NIF se presentan clasificadas en dos secciones: a) Sección I. Mejoras a las NIF que generan cambios contables. Son propuestas de modificaciones a las NIF que, de acuerdo con la NIF B-1, (NIF B-1), generan cambios contables en valuación, presentación o revelación en los estados financieros de las entidades; y b) Sección II. Mejoras a las NIF que no generan cambios contables. Son propuestas de modificaciones a las NIF para hacer precisiones a las mismas, que ayuden a establecer un planteamiento normativo más claro y comprensible; por ser precisiones, no generan cambios contables en los estados financieros de las entidades.

    Los cambios aprobados son incorporados en cada una de las NIF a las que afectan y el documento integrado de Mejoras a las NIF se incorpora en la página electrónica (web) del CINIF.

    Además, el CINIF emite Interpretaciones a las NIF que tienen por objeto: a) aclarar o ampliar temas ya contemplados dentro de alguna NIF; o b) proporcionar oportunamente guías sobre nuevos problemas detectados en la información financiera que no estén tratados específicamente en las NIF, o bien, sobre aquellos problemas sobre los que se hayan desarrollado tratamientos poco satisfactorios o contradictorios.

    Las Interpretaciones a que se hace referencia en el inciso a) anterior, no son auscultadas, dado que no contravienen el contenido de la NIF de la que se derivan, y en virtud de que esta última ya fue sometida a ese proceso. Las Interpretaciones a que se hace referencia en el inciso b) anterior, están sujetas a auscultación, que normalmente es por un plazo de un mes.

    Eventualmente, el CINIF puede emitir orientaciones sobre asuntos emergentes que vayan surgiendo y que requieran de atención rápida, las cuales no son sometidas a auscultación, por lo que no son obligatorias.

    Las normas contables son dinámicas y se van adaptando a los cambios experimentados en el entorno bajo el cual desarrollan su actividad las entidades. Esto es, algunas normas se modifican, otras se eliminan, o bien, simple y sencillamente surge la necesidad de emitir nuevas disposiciones. Esto hace necesario que con cierta periodicidad se publiquen ediciones nuevas debidamente actualizadas de este libro. Es importante señalar que la utilización de las NIF incrementa la calidad de la información financiera contenida en los estados financieros, asegurando así su mayor aceptación, no sólo a nivel nacional, sino también internacional.

    Para facilitar el estudio y aplicación de las diferentes NIF, éstas se clasifican en las siguientes series:

    Serie NIF A Marco Conceptual.

    Serie NIF B Normas aplicables a los estados financieros en su conjunto.

    Serie NIF C Normas aplicables a conceptos específicos de los estados financieros.

    Serie NIF D Normas aplicables a problemas de determinación de resultados.

    Serie NIF E Normas aplicables a las actividades especializadas de distintos sectores.

    Este libro tiene como objetivo congregar en un solo volumen todas las normas y criterios emitidos por el CINIF o transferidos al mismo por la CPC del IMCP, que se encuentran vigentes al 1º de enero de 2017, excepto por las NIF B-17, C-2, C-3, C-9, C-10, C-16, C-19, C-20, D-1 y D-2, que son aplicables para ejercicios que se inicien el 1º de enero de 2018.

    Finalmente, para facilitar la consulta y aplicabilidad de la normatividad, en este prólogo se incluye, independientemente del índice del contenido, un índice de la normatividad en vigor en el que se enumeran las Normas de Información Financiera (incluyendo boletines, circulares, INIF y ONIF), indicando adicionalmente la fecha a partir de la cual éstas se encuentran en vigor.

    Consejo Emisor del CINIF

    Presidente:

    C.P.C. Felipe Pérez Cervantes

    Miembros:

    C.P.C. William Allan Biese Decker

    C.P.C. Luis Antonio Cortés Moreno

    C.P.C. Elsa Beatriz García Bojorges

    C.P.C. Juan Mauricio Gras Gas

    1 El Boletín C-3 no señala su vigencia; por tanto, se considera la fecha de promulgación como su entrada en vigor.

    2 Las circulares no establecen fecha de entrada en vigor, por lo que se asume ésta a partir de la fecha de su publicación.

    3 Se permite su aplicación anticipada.

    4 Ídem.

    5 Actualmente, estas entidades forman la Asamblea de Asociados del CINIF y son las siguientes: Asociación de Bancos de México, Asociación de Intermediarios Bursátiles, Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros, Asociación Nacional de Facultades y Escuelas de Contaduría y Administración, Banco de México, Bolsa Mexicana de Valores, Comisión Nacional Bancaria y de Valores, Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, Consejo Coordinador Empresarial, Consejo Mexicano de Hombres de Negocios, Instituto Mexicano de Contadores Públicos, Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas, Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de la Función Pública.

    6 Por su nombre en inglés: International Financial Reporting Standards (IFRS) del International Accounting Standards Board (IASB).

    Serie NIF A

    Marco Conceptual

    Norma de Información Financiera A-1

    ESTRUCTURA DE LAS NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA

    Esta Norma tiene por objeto definir la estructura de las Normas de Información Financiera y establecer el enfoque sobre el que se desarrollan el Marco Conceptual y las NIF particulares. La NIF A-1 fue aprobada por unanimidad para su emisión por el Consejo Emisor del CINIF en septiembre de 2005 para su publicación en octubre de 2005, estableciendo su entrada en vigor para los ejercicios que se inicien a partir del 1º de enero de 2006.

    CONTENIDO

    Párrafos
    INTRODUCCIÓN

    IN1 – IN24

    Preámbulo

    IN1 – IN6

    Razones para emitir la NIF A-1

    IN7 – IN10

    Principales cambios en relación con pronunciamientos anteriores

    IN11 – IN19

    Convergencia con las Normas Internacionales de Información Financiera

    IN20 – IN24

    OBJETIVO

    1

    ALCANCE

    2

    CONTABILIDAD

    3

    INFORMACIÓN FINANCIERA

    4 – 5A

    NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA

    6 – 50

    Estructura

    6 – 17

    Marco Conceptual

    18 – 43

    Postulados básicos

    21 – 23

    Necesidades de los usuarios y objetivos de los estados financieros

    24 – 27

    Características cualitativas de los estados financieros

    28 – 32

    Elementos básicos de los estados financieros

    33 – 34

    Reconocimiento y valuación de los elementos de los estados financieros

    35 – 38

    Presentación y revelación en los estados financieros

    39 – 41

    Establecimiento de las bases para la aplicación de normas supletorias

    42 – 43

    Normas particulares

    44 – 50

    Enfoque para desarrollar normas particulares

    47 – 50

    JUICIO PROFESIONAL EN LA APLICACIÓN DE LAS NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA

    51 – 61

    PRESENTACIÓN RAZONABLE

    62

    VIGENCIA

    63 – 64

    Apéndice A — Estructura de las Normas de Información Financiera
    Apéndice B — Normas que integran la serie NIF A y su equivalencia con la normatividad internacional y Boletines anteriores
    Consejo Emisor del CINIF que aprobó la emisión de la NIF A-1
    Otros colaboradores que participaron en la elaboración de la NIF A-1
    INTRODUCCIÓN
    Preámbulo

    IN1

    Desde sus inicios, la normatividad contable ha tratado de encontrar un adecuado soporte teórico para sustentar la práctica contable y para guiar conceptualmente la emisión de normas particulares, desechando con ello planteamientos apoyados meramente en la experiencia, uso o costumbre. El Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera (CINIF) ha establecido como prioridad alcanzar el objetivo antes comentado, revisando los conceptos teóricos contenidos en el Marco Conceptual (MC) mexicano, para adecuarlo al entorno actual en que se rige la normatividad a nivel internacional, con el fin de alcanzar la trascendente convergencia internacional.

    IN2

    El CINIF ha establecido como uno de sus objetivos fundamentales avanzar hacia una mayor convergencia con las normas de información financiera a nivel internacional, así como mantener normas de la más alta calidad posible; por ello, eligió iniciar con la revisión del MC, a efecto de determinar las bases fundamentales más afines con la normatividad internacional.

    IN3

    La NIF A-1, Estructura de las Normas de Información Financiera, constituye la primera fase en el establecimiento de dicho soporte teórico, en la cual se presenta un marco integral de conceptos básicos estructurado en forma lógica y deductiva, el cual tiene como objetivo esencial dotar de sustento racional a las Normas de Información Financiera (NIF); el CINIF es el organismo responsable de emitir las NIF en México.

    IN4

    Las NIF comprenden un conjunto de conceptos generales y normas particulares que regulan la elaboración y presentación de la información contenida en los estados financieros y que son aceptadas de manera generalizada en un lugar y a una fecha determinada. Su aceptación surge de un proceso formal de auscultación realizado por el CINIF, abierto a la observación y participación activa de todos los interesados en la información financiera.

    IN5

    La importancia de las NIF radica en que estructuran la teoría contable, estableciendo los límites y condiciones de operación del sistema de información contable. Sirven de marco regulador para la emisión de los estados financieros, haciendo más eficiente el proceso de elaboración y presentación de la información financiera sobre las entidades económicas, evitando o reduciendo con ello, en lo posible, las discrepancias de criterio que pueden resultar en diferencias sustanciales en los datos que muestran los estados financieros.

    IN6

    Las NIF evolucionan continuamente por cambios en el entorno y surgen como respuesta a las necesidades de los usuarios de la información financiera contenida en los estados financieros y a las condiciones existentes. La globalización en el mundo de los negocios y de los mercados de capital está propiciando que la normatividad contable alrededor del mundo se armonice, teniendo como principal objetivo la generación de información financiera comparable, transparente y de alta calidad, sobre el desempeño de las entidades económicas, que sirva a los objetivos de los usuarios generales de dicha información.

    Razones para emitir la NIF A-1

    IN7

    La búsqueda de un soporte teórico adecuado para emitir normatividad contable, ha aumentado notablemente el contenido de los marcos conceptuales en el ámbito internacional. Uniéndose a dicha tendencia, el CINIF emprendió la tarea de actualizar los fundamentos teóricos vertidos en los Boletines de la serie A Principios contables básicos, emitidos por la Comisión de Principios de Contabilidad (CPC) del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP),¹ atendiendo a las necesidades que la economía global ha generado en las entidades que emiten información financiera. El resultado de este esfuerzo culminó en la emisión de ocho normas conceptuales, que conforman la nueva serie A de las Normas de Información Financiera (serie NIF A) y que integran el MC, las cuales reemplazan a los Boletines antes mencionados.

    IN8

    La NIF A-1 se emite como una norma introductoria a la nueva serie NIF A, y tiene por objetivo establecer la estructura de las normas de información financiera y definir el enfoque sobre el cual se emiten las normas conceptuales y particulares.

    IN9

    La NIF A-1 presenta grandes similitudes con el Boletín A-1, Esquema de la teoría básica de la contabilidad financiera y su Addendum. En esta NIF se reordenan los fundamentos teóricos existentes y se ha dado cabida a todos aquellos nuevos conceptos que han surgido en el contexto internacional. Para la elaboración de esta NIF, así como de las normas restantes que comprenden la serie NIF A, se atendió preponderantemente a la normatividad que en materia conceptual ha emitido el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (International Accounting Standards Board, IASB).

    IN10

    La NIF A-1 por tanto, amplía y precisa los criterios anteriormente establecidos en el Boletín A-1 y su Addendum, obteniendo con ello un soporte teórico actualizado de las normas que rigen la práctica contable.

    Principales cambios en relación con pronunciamientos anteriores

    IN11

    La NIF A-1 define el término Normas de Información Financiera, nombre genérico que el CINIF ha establecido para denominar al conjunto de normas conceptuales y normas particulares emitidas por el CINIF, así como las transferidas a este organismo por el IMCP, que han sido aceptadas en forma generalizada mediante procesos de auscultación abiertos a la participación de todos los involucrados en la información financiera.

    IN12

    El término de Normas de Información Financiera se utiliza en sustitución del de Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados (PCGA) dado que esta nueva denominación expresa con mayor claridad el carácter normativo y por ende obligatorio de una norma aplicable a la elaboración de información financiera. Este enfoque se apoya, entre otras cosas, en el hecho de que las normas se van adaptando a los cambios experimentados en el entorno bajo el cual operan las entidades; lo anterior significa que las NIF se van modificando, otras se eliminan, o bien, se van emitiendo nuevas disposiciones; por lo tanto, no debe considerarse lo afirmado en ellas como fundamento inamovible. Además, el eliminar el término de PCGA sigue la tendencia internacional, dado que los organismos líderes, emisores de normas contables, han removido el término principio de sus pronunciamientos, sustituyéndolo por el de norma, para reafirmar la adopción de un planteamiento lógico y deductivo en el desarrollo de su normatividad.

    IN13

    La NIF A-1 establece la estructura de las NIF, las cuales no sólo engloban conceptos básicos normativos, que cons­tituyen el llamado Marco Conceptual, sino también, NIF particulares, que establecen los criterios específicos que deben emplearse para el reconocimiento contable de las transacciones, transformaciones internas y de otros eventos, que afectan económicamente a una entidad, para la emisión de información financiera en un lugar y momento determinados.

    IN14

    Esta Norma presenta el enfoque que el CINIF utilizará para emitir NIF particulares, estableciendo que el MC constituirá la piedra angular para el desarrollo ulterior de las NIF particulares que tratan sobre cada uno de los conceptos que integran los estados financieros. Como lo refiere la NIF A-1, las normas particulares deben elaborarse atendiendo a dos aspectos fundamentales: la identificación de la sustancia económica de las transacciones, de las transformaciones internas que una entidad lleva a cabo y de otros eventos, que la afectan, así como un apego estricto al MC.

    IN15

    Por otro lado, el MC que se presenta en la NIF A-1, amplía los conceptos integrantes de la estructura básica de la contabilidad del Boletín A-1 y su Addendum, siendo ahora un marco de conceptos integral. La característica esencial del MC en su versión actual, es su decidida orientación a la satisfacción de las necesidades de los usuarios generales, insertándose de lleno en la visión de proporcionar información útil para la toma de decisiones económicas.

    IN16

    Dicho enfoque influye decididamente en el contenido del MC y se instaura como su hilo conductor. De esta forma, en el marco se establece un conjunto de postulados o proposiciones básicas que describen y rigen el entorno en el cual debe funcionar el sistema de información contable; a continuación se definen las necesidades de los usuarios de la información financiera, y, en atención a las mismas, se establecen los objetivos de la información financiera contenida en los estados financieros; para cumplir con ellos, se les vinculan un conjunto de características cualitativas necesarias y se definen los elementos básicos de los estados financieros, así como los requisitos generales de reconocimiento de dichos elementos; asimismo, se establecen las bases para utilizar normas supletorias. Todas estas etapas son desarrolladas con mayor amplitud en las Normas de Información Financiera que integran la serie NIF A.

    IN17

    Esta Norma introduce el concepto de reconocimiento contable como el proceso de valuar, presentar y revelar los efectos de las transacciones, transformaciones internas que realiza una entidad y de otros eventos, que la afectan económicamente; es en NIF particulares donde se establecen tratamientos de reconocimiento contable más concretos.

    IN18

    También en la NIF A-1 se define el concepto de juicio profesional considerándolo como un elemento esencial en la aplicación de las NIF, el cual engloba al criterio prudencial incluido en el Boletín A-1 anterior.

    IN19

    Por último, el concepto de presentación razonable se establece para calificar a la información financiera que se emite con base en las NIF.

    Convergencia con las Normas Internacionales de Información Financiera

    IN20

    La estructura de las NIF que se presenta en esta Norma es similar a la de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) emitidas por IASB, dado que éstas también se integran por normas conceptuales y normas particulares. Asimismo, la estructura del MC de las NIF se apegó a la estructura lógica y deductiva que presenta el MC de las NIIF.

    IN21

    El concepto de juicio profesional tiene su equivalencia con la característica de prudencia contenida en las NIIF.

    IN22

    La NIF A-1 hace referencia al enfoque empleado para emitir normatividad contable, cuestión que no se contempla en las NIIF.

    IN23

    Finalmente, dado que la NIF A-1 es una norma introductoria a las normas restantes que comprenden la serie NIF A, el análisis de las diferencias y semejanzas con las NIIF será comentado de forma específica en cada una de estas normas.

    IN24

    El concepto de imagen fiel que se menciona en las NIIF se sustituye en la NIF A-1, por el de presentación razonable.

    OBJETIVO

    1

    Esta Norma tiene por objeto definir la estructura de las Normas de Información Financiera (NIF) y establecer el enfoque sobre el que se desarrollan el Marco Conceptual (MC) y las NIF particulares.

    ALCANCE

    2

    Las disposiciones de esta Norma de Información Financiera son aplicables para todas las entidades que emitan estados financieros con base en las NIF.

    CONTABILIDAD

    3

    La contabilidad es una técnica que se utiliza para el registro de las operaciones que afectan económicamente a una entidad y que produce sistemática y estructuradamente información financiera. Las operaciones que afectan económicamente a una entidad incluyen las transacciones, transformaciones internas y otros eventos.

    INFORMACIÓN FINANCIERA

    4

    La información financiera que emana de la contabilidad, es información cuantitativa, expresada en unidades monetarias y descriptiva, que muestra la posición y desempeño financiero de una entidad, y cuyo objetivo esencial es el de ser útil al usuario general en la toma de sus decisiones económicas. Su manifestación fundamental son los estados financieros. Se enfoca esencialmente a proveer información que permita evaluar el desenvolvimiento de la entidad, así como en proporcionar elementos de juicio para estimar el comportamiento futuro de los flujos de efectivo, entre otros aspectos.

    5

    La multiplicidad de participantes en la actividad económica y su diversidad de intereses, determinan que la información financiera sea de uso y aplicación general y, por lo tanto, debe ser útil para los diferentes interesados. Desde este punto de vista, el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera (CINIF) emite las NIF que sirven de base para que las entidades elaboren información financiera que satisfaga las necesidades comunes de una gran variedad de usuarios.

    5A

    Los estados financieros de propósito general (referidas en esta NIF como estados financieros) son aquéllos que intentan satisfacer las necesidades de usuarios que no están en posición de requerir a una entidad que prepare informes diseñados para satisfacer sus necesidades particulares de información.²

    NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA
    Estructura

    6

    El término de Normas de Información Financiera se refiere al conjunto de pronunciamientos normativos, conceptuales y particulares, emitidos por el CINIF o transferidos al CINIF, que regulan la información contenida en los estados financieros y sus notas, en un lugar y fecha determinados, que son aceptados de manera amplia y generalizada por todos los usuarios de la información financiera.

    7

    Las NIF deben someterse a un proceso formal de auscultación que permita su aceptación generalizada. Para ello, es necesario que este proceso esté abierto a la observación y participación activa de los usuarios e involucrados en la información financiera.

    8

    Las NIF se conforman de:

    a)las NIF, sus Mejoras, las Interpretaciones a las NIF (INIF) y las orientaciones a las NIF (ONIF), aprobadas por el Consejo Emisor del CINIF y emitidas por el CINIF;

    b)los Boletines emitidos por la Comisión de Principios de Contabilidad (CPC) del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) y transferidos al CINIF el 31 de mayo de 2004, que no hayan sido modificados, sustituidos o derogados por nuevas NIF; y

    c)las Normas Internacionales de Información Financiera aplicables de manera supletoria.

    9

    Cuando se haga referencia genérica a las Normas de Información Financiera, debe entenderse que éstas abarcan las normas emitidas por el CINIF, así como la totalidad de los Boletines transferidos al CINIF por el IMCP el 31 de mayo de 2004. En los casos en los que se haga referencia específica a alguno de los documentos que integran las NIF, éstos se identificarán por su nombre original; esto es, Norma de Información Financiera, Interpretación a las NIF, Orientación a las NIF o Boletín", según sea el caso.

    10

    Las NIF se conforman de cuatro grandes apartados:

    a)Normas de Información Financiera conceptuales o Marco Conceptual;

    b)Normas de Información Financiera particulares o NIF particulares;

    c)Interpretaciones a las NIF o INIF; y

    d)Orientaciones a las NIF o ONIF.

    11

    El MC establece conceptos fundamentales que sirven de sustento para la elaboración de NIF particulares.

    12

    Las NIF particulares establecen las bases específicas de valuación, presentación y revelación de las transacciones, transformaciones internas y otros eventos, que afectan económicamente a la entidad, que son sujetos de reconocimiento contable en la información financiera.

    13

    Las Interpretaciones a las NIF tienen por objeto:

    a)aclarar o ampliar temas ya contemplados dentro de alguna NIF; o

    b)proporcionar oportunamente guías sobre nuevos problemas detectados en la información financiera que no estén tratados específicamente en las NIF, o bien sobre aquellos problemas sobre los que se hayan desarrollado, o que se desarrollen, tratamientos poco satisfactorios o contradictorios.

    14

    Las Interpretaciones a que se hace referencia en el inciso a) anterior, no son auscultadas, dado que no contravienen el contenido de la NIF de la que se derivan, en virtud de que esta última ya fue sometida a ese proceso.

    15

    Las Interpretaciones a que se hace referencia en el inciso b) anterior, están sujetas a auscultación.

    16

    Eventualmente, el CINIF puede emitir orientaciones sobre asuntos emergentes que vayan surgiendo y que requieran de atención rápida, las cuales no son sometidas a auscultación, por lo que no son obligatorias.

    17

    Las Circulares transferidas al CINIF por el IMCP el 31 de mayo de 2004, se mantendrán vigentes como orientaciones al usuario general hasta en tanto no se deroguen por una NIF o INIF emitida por el CINIF.

    Marco Conceptual

    18

    El MC es un sistema coherente de objetivos y fundamentos interrelacionados, agrupados en un orden lógico deductivo, destinado a servir como sustento racional para el desarrollo de normas de información financiera y como referencia en la solución de los problemas que surgen en la práctica contable.

    19

    El MC sirve al usuario general de la información financiera al:

    a)permitir un mayor entendimiento acerca de la naturaleza, función y limitaciones de la información financiera;

    b)dar sustento teórico para la emisión de las NIF particulares, evitando con ello, la emisión de normas arbitrarias que no sean consistentes entre sí;

    c)constituir un marco de referencia para aclarar o sustentar tratamientos contables;

    d)proporcionar una terminología y un punto de referencia común entre los usuarios generales de la información financiera, promoviendo una mejor comunicación entre ellos.

    20

    El MC se integra de una serie de normas interrelacionadas y ordenadas en forma secuencial, de proposiciones generales a proposiciones particulares, como sigue:

    a)establecimiento de los postulados básicos del sistema de información contable (NIF A-2);

    b)identificación de las necesidades de los usuarios y objetivos de los estados financieros (NIF A-3);

    c)establecimiento de las características cualitativas de los estados financieros para cumplir con sus objetivos (NIF A-4);

    d)definición de los elementos básicos de los estados financieros (NIF A-5);

    e)establecimiento de los criterios generales de reconocimiento y valuación de los elementos de los estados financieros (NIF A-6);

    f)establecimiento de los criterios generales de presentación y revelación de la información financiera contenida en los estados financieros (NIF A-7); y

    g)establecimiento de las bases para la aplicación de normas supletorias en ausencia de NIF particulares (NIF A-8).

    Postulados básicos

    21

    Los postulados básicos son fundamentos que configuran el sistema de información contable y rigen el ambiente bajo el cual debe operar. Por lo tanto, tienen influencia en todas las fases que comprenden dicho sistema contable; esto es, inciden en la identificación, análisis, interpretación, captación, procesamiento y, finalmente, en el reconocimiento contable de las transacciones, transformaciones internas y de otros eventos, que lleva a cabo o que afectan económicamente a una entidad.

    22

    El postulado que obliga a la captación de la esencia económica en la delimitación y operación del sistema de información contable, es el de sustancia económica. El postulado que identifica y delimita al ente, es el de entidad económica y el que asume su continuidad es el de negocio en marcha. Los postulados que establecen las bases para el reconocimiento contable de las transacciones, transformaciones internas que lleva a cabo una entidad y otros eventos, que la afectan económicamente, son los de: devengación contable, asociación de costos y gastos con ingresos, valuación, dualidad económica y consistencia.

    23

    La definición de los postulados básicos del sistema de información contable se amplía en la NIF A-2, Postulados básicos.

    Necesidades de los usuarios y objetivos de los estados financieros

    24

    Los objetivos de los estados financieros se derivan principalmente de las necesidades del usuario general, las cuales dependen significativamente de la naturaleza de las actividades de la entidad y de la relación que dicho usuario tenga con ésta.

    25

    Los estados financieros deben permitir al usuario general evaluar:

    a)el comportamiento económico–financiero de la entidad, su estabilidad y vulnerabilidad; así como, su efectividad y eficiencia en el cumplimiento de sus objetivos; y

    b)la capacidad de la entidad para mantener y optimizar sus recursos, obtener financiamientos adecuados, retribuir a sus fuentes de financiamiento y, en consecuencia, determinar la viabilidad de la entidad como negocio en marcha.

    26

    Los estados financieros básicos que responden a las necesidades comunes del usuario general, son:

    a)el estado de situación financiera, también llamado estado de posición financiera o balance general;

    b)el estado de resultado integral (presentado en uno o en dos estados, según lo establece la NIF particular relativa al tema), para entidades lucrativas o, en su caso, el estado de actividades, para entidades con propósitos no lucrativos;

    c)el estado de cambios en el capital contable, en el caso de entidades lucrativas; y

    d)el estado de flujos de efectivo o, en su caso, el estado de cambios en la situación financiera. Cada entidad debe emitir uno de los dos estados, atendiendo a lo establecido en NIF particulares.³

    27

    Las necesidades de los usuarios y los objetivos de los estados financieros se describen con mayor detalle en la NIF A-3, Necesidades de los usuarios y objetivos de los estados financieros.

    Características cualitativas de los estados financieros

    28

    La información financiera contenida en los estados financieros debe reunir determinadas características cualitativas con la finalidad de ser útil para la toma de decisiones de los usuarios generales.

    29

    La utilidad como característica fundamental de los estados financieros, es la cualidad de adecuarse a las necesidades comunes del usuario general y constituye el punto de partida para derivar las características cualitativas restantes, las cuales se clasifican en:

    a)características primarias, y

    b)características secundarias.

    30

    Las características cualitativas primarias de los estados financieros son:

    a)la confiabilidad, a la que se encuentran asociadas como características secundarias: la veracidad, la representatividad, la objetividad, la verificabilidad y la información suficiente;

    b)la relevancia, a la que se encuentran asociadas como características secundarias: la posibilidad de predicción y confirmación, así como la importancia relativa;

    c)la comprensibilidad; y

    d)la comparabilidad.

    31

    En la práctica es necesario encontrar un equilibrio entre las características mencionadas para satisfacer en forma adecuada las necesidades de los usuarios generales y con ello, cumplir con los objetivos de los estados financieros.

    32

    Las características cualitativas de los estados financieros se establecen con mayor detalle en la NIF A-4, Características cualitativas de los estados financieros.

    Elementos básicos de los estados financieros

    33

    Los elementos básicos de los estados financieros son:

    a)los activos, los pasivos y el capital contable de las entidades lucrativas; y los activos, los pasivos y el patrimonio contable, de las entidades con propósitos no lucrativos. Dichos elementos se presentan en el balance general;

    b)los ingresos, costos, gastos, la utilidad o pérdida neta, los otros resultados integrales y el resultado integral, los cuales se presentan en el estado de resultado integral de las entidades lucrativas; y los ingresos, costos, gastos y el cambio neto en el patrimonio, los cuales se presentan en el estado de actividades de las entidades con propósitos no lucrativos;

    c)los movimientos de propietarios, la creación de reservas y la utilidad o pérdida integral, los cuales se presentan en el estado de cambios en el capital contable de las entidades lucrativas; y

    d)el origen y la aplicación de recursos, los cuales se presentan en el estado de flujos de efectivo o, en su caso, en el estado de cambios en la situación financiera, tanto por las entidades lucrativas como por las que tienen propósitos no lucrativos.

    34

    La definición de los elementos de los estados financieros se amplía en la NIF A-5, Elementos básicos de los estados financieros.

    Reconocimiento y valuación de los elementos de los estados financieros

    35

    El reconocimiento contable es el proceso que consiste en valuar, presentar y revelar, esto es, incorporar de manera formal en el sistema de información contable, los efectos de las transacciones, transformaciones internas que realiza una entidad y otros eventos, que la han afectado económicamente, como una partida de activo, pasivo, capital contable o patrimonio contable, ingreso, costo o gasto. El reconocimiento de los elementos básicos de los estados financieros implica necesariamente la inclusión de la partida respectiva en la información financiera, formando parte, conceptual y cuantitativamente del rubro relativo. El sólo hecho de revelar no implica reconocimiento contable.

    36

    El reconocimiento contable se presenta en dos etapas:

    a)reconocimiento inicial – proceso de valuar, presentar y revelar una partida por primera vez en los estados financieros, al considerarse devengada; y

    b)reconocimiento posterior – es la modificación de una partida reconocida inicialmente en los estados financieros, originada por eventos posteriores que la afectan de manera particular, para preservar su objetividad.

    37

    La valuación consiste en la cuantificación monetaria de los efectos de las operaciones que se reconocen como activos, pasivos y capital contable o patrimonio contable en el sistema de información contable de una entidad.

    38

    Los criterios generales de reconocimiento y valuación de los elementos de los estados financieros se encuentran contenidos en la NIF A-6, Reconocimiento y valuación.

    Presentación y revelación en los estados financieros

    39

    La presentación de información financiera se refiere al modo de mostrar adecuadamente en los estados financieros y sus notas, los efectos derivados de las transacciones, transformaciones internas y otros eventos, que afectan económicamente a una entidad. Implica un proceso de análisis, interpretación, simplificación, abstracción y agrupación de información en los estados financieros, para que éstos sean útiles en la toma de decisiones del usuario general.

    40

    La revelación es la acción de divulgar en estados financieros y sus notas, toda aquella información que amplíe el origen y significación de los elementos que se presentan en dichos estados, proporcionando información acerca de las políticas contables, así como del entorno en el que se desenvuelve la entidad.

    41

    Los criterios generales de presentación y revelación de la información financiera contenida en los estados financieros, se incluyen en la NIF A-7, Presentación y revelación.

    Establecimiento de las bases para la aplicación de normas supletorias

    42

    Existe supletoriedad cuando la ausencia de Normas de Información Financiera es cubierta por otro conjunto de normas formalmente establecido, distinto al mexicano.

    43

    Las bases para aplicar el concepto de supletoriedad están contenidas en la NIF A-8, Supletoriedad.

    Normas particulares

    44

    Las NIF particulares establecen las bases concretas que deben observarse para reconocer contablemente los elementos que integran los estados financieros en un momento determinado y comprenden normas de valuación, presentación y revelación.

    45

    Las NIF particulares se clasifican en normas aplicables a los estados financieros en su conjunto, a los conceptos específicos de los estados financieros, a problemas de determinación de resultados y a las actividades especializadas de distintos sectores.

    46

    En el caso de que las NIF particulares mencionadas incluyan alternativas, debe utilizarse el juicio profesional para seleccionar la más adecuada.

    Enfoque para desarrollar normas particulares

    47

    El desarrollo de las NIF particulares debe sustentarse en el MC y basarse en la identificación de la sustancia económica de las transacciones, transformaciones internas y otros eventos, que afectan económicamente a la entidad.

    48

    Este enfoque no pretende que la norma particular establezca tratamientos contables para cada operación que afecte a la entidad; por ende, conlleva el empleo del juicio profesional, el cual debe orientarse hacia el cumplimiento de los objetivos de la norma. Las NIF particulares deben contener objetivos y alcances claros.

    49

    En el desarrollo de NIF particulares debe evitarse, hasta donde sea posible, el uso de excepciones o alternativas en el alcance, en el tratamiento contable o en el contenido de párrafos transitorios; así como el establecimiento de procedimientos específicos en cada caso. Asimismo, no deben establecerse parámetros o umbrales subjetivos para el reconocimiento de partidas, dado que un ligero cambio en la forma o estructura de la operación, podría dar lugar a tratamientos contables distintos para operaciones que económicamente son similares, dando lugar a inconsistencias.

    50

    El uso de excepciones debe evitarse pues incrementa el nivel de detalle y complejidad de las normas, porque a menudo es necesario contar con procedimientos adicionales o innumerables guías de interpretación o implementación para, entre otras cosas, describir y delimitar las operaciones que no están cubiertas por las normas. Las excepciones también pueden provocar que las operaciones similares sean contabilizadas de manera diferente.

    JUICIO PROFESIONAL EN LA APLICACIÓN DE LAS NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA

    51

    El juicio profesional se refiere al empleo de los conocimientos técnicos y experiencia necesarios para seleccionar posibles cursos de acción en la aplicación de las NIF, dentro del contexto de la sustancia económica de la operación a ser reconocida.

    52

    El juicio profesional debe ejercerse con un criterio o enfoque prudencial, el cual consiste en seleccionar la opción más conservadora, procurando en todo momento que la decisión se tome sobre bases equitativas para los usuarios de la información financiera. Con objeto de preservar la utilidad de la información financiera, ésta debe contener explicaciones sobre la forma en que se ha aplicado el criterio prudencial, con el propósito de permitir al usuario general formarse un juicio adecuado sobre los hechos y circunstancias que envuelven a la operación sujeta de reconocimiento.

    53

    El juicio profesional se emplea comúnmente para:

    a)la elaboración de estimaciones y provisiones contables que sean confiables;

    b)la determinación de grados de incertidumbre respecto a la eventual ocurrencia de sucesos futuros;

    c)la selección de tratamientos contables;

    d)la elección de normas contables supletorias a las NIF, cuando sea procedente;

    e)el establecimiento de tratamientos contables particulares; y

    f)lograr el equilibrio entre las características cualitativas de la información financiera.

    Elaboración de estimaciones y provisiones contables que sean confiables

    54

    La actividad económica involucra, en algunos casos, un ambiente de incertidumbre, lo que obliga a hacer diferentes supuestos para la interpretación y cuantificación de los hechos económicos futuros a fin de preservar la continuidad de la entidad económica. Derivado de lo anterior, el uso de estimaciones y provisiones contables es una parte esencial del proceso de elaboración de la información financiera. Su determinación requiere del empleo del juicio profesional, el cual busca prever y estimar hechos probables a la luz de las circunstancias actuales, pero desconocidos en cuanto a su importe, su fecha de realización o destinatario, reconociéndolos adecuadamente a pesar de las posibles incertidumbres inherentes al hecho en cuestión.

    55

    Las estimaciones y provisiones contables deben basarse en la información disponible que tenga la entidad en ese momento y deben ser revisadas si cambian las circunstancias en las que se basó su determinación. Deben ser confiables y basarse en circunstancias actuales y relacionadas con eventos que ocurrirán en el futuro. Como ejemplos se tienen las estimaciones para cuentas incobrables o para inventarios obsoletos y de lento movimiento, la identificación de la vida útil económica de los activos sujetos a depreciación, las provisiones por obligaciones laborales, las estimaciones de ingresos para determinar el grado de avance de una obra en construcción, entre otras.

    56

    El ejercicio del criterio prudencial en la elaboración de estimaciones y provisiones contables, implica la inclusión de un grado suficiente de precaución, de manera tal, que se evite la sobrevaluación o subvaluación de activos y pasivos, porque de lo contrario la información financiera pierde su utilidad.

    Determinación de grados de incertidumbre respecto a la eventual ocurrencia de sucesos futuros

    57

    El reconocimiento contable se encuentra sujeto a distintos grados de incertidumbre, respecto a la eventual ocurrencia de sucesos en el futuro. La determinación de dichos grados de incertidumbre, debe hacerse a partir de la evidencia disponible, como sigue:

    a)probable – existe certeza de que el suceso futuro ocurrirá (hay más posibilidad de que ocurra a que no ocurra); esto, con base en información, pruebas, evidencias o datos disponibles.

    b)posible – el suceso futuro puede ocurrir; por consiguiente, la ocurrencia del evento es más que remota y menos que probable.

    c)remota – no existen indicios o evidencias suficientes que permitan afirmar que ocurrirá el suceso futuro.

    Selección entre alternativas permitidas

    58

    Cuando alguna NIF particular establezca métodos alternativos de valuación, presentación o revelación, el juicio profesional debe emplearse para elegir la alternativa más apropiada para elaborar la información contenida en los estados financieros.

    Elección de normas contables supletorias a las NIF cuando sea procedente

    59

    La NIF A-8, Supletoriedad, establece las bases y condiciones para aplicar otro conjunto formal y reconocido de normas contables distinto al mexicano. En este respecto, el juicio profesional debe aplicarse para elegir normas supletorias en los términos establecidos por esa NIF.

    Establecimiento de tratamientos contables particulares

    60

    Dado que las NIF no pretenden establecer criterios contables específicos para cada escenario o situación que surja en la práctica, el juicio profesional debe utilizarse para inferir un tratamiento contable a seguir, recurriendo para ello, a los conceptos generales contenidos en el MC.

    Lograr el equilibrio entre las características cualitativas de la información financiera

    61

    El juicio profesional debe emplearse para lograr un equilibrio entre las características cualitativas de la información financiera a fin de proporcionar información financiera útil para la toma de decisiones.

    PRESENTACIÓN RAZONABLE

    62

    Una presentación razonable de la información financiera de una entidad, es aquélla que cumple con lo dispuesto por las Normas de Información Financiera.

    VIGENCIA

    63

    Las disposiciones contenidas en esta Norma de Información Financiera entran en vigor para los ejercicios que se inicien a partir del 1º de enero de 2006.

    64

    Esta Norma deja sin efecto al Boletín A-1, Esquema de la teoría básica de la contabilidad financiera, y a su Addendum.

    El Consejo Emisor del CINIF que aprobó por unanimidad la emisión de la NIF A-1, está integrado por:

    Presidente:

    C.P.C. Felipe Pérez Cervantes

    Miembros:

    C.P.C. J. Alfonso Campaña Roiz

    C.P.C. Luis Antonio Cortés Moreno

    C.P.C. Elsa Beatriz García Bojorges

    C.P. y M.I.A. Denise Gómez Soto

    Otros colaboradores que participaron en la elaboración de la NIF A-1:

    C.P.C. Enrique Zamorano García

    1 De aquí en adelante, cuando se haga referencia a alguno de los Boletines de la serie A, se entenderá que son aquéllos emitidos por la Comisión de Principios de Contabilidad (CPC) del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP).

    2 Este párrafo fue adicionado por la NIF B-6 el 1o de enero de 2013.

    3 Este párrafo fue modificado por la NIF B-3 el 1o de enero de 2013.

    4 Este párrafo fue modificado por la NIF B-3 el 1o de enero de 2013.

    5 Este inciso fue modificado por las Mejoras a las NIF 2013.

    Norma de Información Financiera A-2

    POSTULADOS BÁSICOS

    Esta Norma tiene como finalidad definir los postulados básicos sobre los cuales debe operar el sistema de información contable. La NIF A-2 fue aprobada por unanimidad para su emisión por el Consejo Emisor del CINIF en septiembre de 2005 para su publicación en octubre de 2005, estableciendo su entrada en vigor para los ejercicios que se inicien a partir del 1º de enero de 2006.

    CONTENIDO

    Párrafos
    INTRODUCCIÓN

    IN1 – IN19

    Preámbulo

    IN1 – IN3

    Razones para emitir la NIF A-2

    IN4

    Principales cambios en relación con pronunciamientos anteriores

    IN5 – IN14

    Convergencia con las Normas Internacionales de Información Financiera

    IN15 – IN19

    OBJETIVO

    1

    ALCANCE

    2 – 3

    DEFINICIÓN

    4 – 7

    SUSTANCIA ECONÓMICA

    8 – 12

    Postulado básico

    8

    Explicación del postulado básico

    9 – 12

    ENTIDAD ECONÓMICA

    13 – 23

    Postulado básico

    13

    Explicación del postulado básico

    14 – 23

    NEGOCIO EN MARCHA

    24 – 26

    Postulado básico

    24

    Explicación del postulado básico

    25 – 26

    DEVENGACIÓN CONTABLE

    27 – 46

    Postulado básico

    27

    Explicación del postulado básico

    28 – 46

    Periodo contable

    39 – 46

    ASOCIACIÓN DE COSTOS Y GASTOS CON INGRESOS

    47 – 51

    Postulado básico

    47

    Explicación del postulado básico

    48 – 51

    VALUACIÓN

    52 – 55

    Postulado básico

    52

    Explicación del postulado básico

    53 – 55

    DUALIDAD ECONÓMICA

    56 – 60

    Postulado básico

    56

    Explicación del postulado básico

    57 – 60

    CONSISTENCIA

    61 – 65

    Postulado básico

    61

    Explicación del postulado básico

    62 – 65

    VIGENCIA

    66 – 67

    Apéndice A

    Conciliación entre los postulados básicos de la NIF A-2 y los principios de contabilidad del Boletín A-1

    Consejo Emisor del CINIF que aprobó la emisión de la NIF A-2
    Otros colaboradores que participaron en la elaboración de la NIF A-2
    INTRODUCCIÓN
    Preámbulo

    IN1

    Los postulados básicos ocupan un lugar preponderante en la jerarquía de conceptos establecida en la NIF A-1, Estructura de las Normas de Información Financiera. No sólo vinculan al sistema de información contable con el entorno en el que opera la entidad, sino que se presentan como los conceptos teóricos fundamentales que relacionan medios y fines, es decir, normas particulares y objetivos de la información financiera. Asimismo, proporcionan un importante marco de referencia para emitir normas particulares, dándoles significado y dotándolas de una estructura integradora de conceptos teóricos básicos; sin esta estructura, las normas particulares constituyen normas de reconocimiento contable sin sentido, razón o sustancia. Los postulados básicos ayudan también a explicar las razones por las cuales algunos procedimientos son apropiados y proporcionan las bases para establecer criterios para aquellas situaciones o áreas aún no exploradas por las normas particulares.

    IN2

    El objetivo de la NIF A-2 es describir el primer eslabón en la jerarquía de conceptos plasmada en la NIF A-1, estableciendo para este fin ocho postulados básicos. El postulado de sustancia económica obliga a la captación de la esencia económica en la delimitación y operación del sistema de información contable; el de entidad económica se incorpora para delimitar e identificar al ente económico y el de negocio en marcha para asumir su continuidad; por su parte, los postulados de devengación contable, asociación de costos y gastos con ingresos, valuación, dualidad económica y consistencia, constituyen los fundamentos básicos para reconocer los efectos derivados de las transacciones y transformaciones internas que lleva a cabo una entidad, así como de otros eventos que la afectan económicamente.

    IN3

    Dichos postulados básicos no fueron seleccionados en forma arbitraria, pues provienen del consenso alcanzado por las distintas corrientes teóricas desarrolladas desde hace varias décadas, así como, en un sentido amplio, de la práctica de los negocios. Sin embargo, los postulados podrían modificarse si cambia el entorno en el que el sistema de información contable opera; en caso de que dichos postulados fueran cambiados darían lugar a sistemas de información contable distintos.

    Razones para emitir la NIF A-2

    IN4

    Los postulados básicos que se presentan en la NIF A-2 no constituyen una novedad radical ya que recogen en buena medida los conceptos establecidos por el Boletín A-1, Esquema de la teoría básica de la contabilidad financiera, por el Boletín A-2, Entidad y por el Boletín A-3, Realización y periodo contable, emitidos por la Comisión de Principios de Contabilidad del Instituto Mexicano de Contadores Públicos.¹ Sin embargo, la lógica conceptual establecida por la NIF A-1 ha exigido adecuaciones y revisiones a los conceptos contenidos en los boletines mencionados, en la búsqueda de convergencia con la normatividad internacional emitida por el International Accounting Standards Board (IASB) en relación con el Marco Conceptual (MC) de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).

    Principales cambios en relación con pronunciamientos anteriores

    IN5

    Uno de los principales cambios que plantea la NIF A-1, es la sustitución del término principio de contabilidad referido por primera vez en el Boletín A-1, por el de postulado básico, debido a que esta denominación se adecua mejor a los planteamientos actuales en el entorno contable internacional, donde la realidad en la que opera la práctica contable se explica mediante determinados postulados básicos.

    IN6

    Otra razón es el empleo de terminología más precisa y tiene que ver con el significado de los términos postulado y principio. De acuerdo con el Diccionario de la Lengua Española postulado se define como una proposición cuya verdad se admite sin pruebas y que es necesaria para servir de base en ulteriores razonamientos, lo cual es congruente con el fin que se persigue en la nueva lógica normativa, dado que un postulado básico busca servir, junto con los demás conceptos en el itinerario lógico, como marco de referencia en la emisión de normas particulares.

    IN7

    En contraste, el término principio, se define en el diccionario mencionado, entre muchas otras acepciones, como: base, origen, razón fundamental sobre la cual se procede… y como la norma o idea fundamental que rige el pensamiento o la conducta, las cuales son ahora difíciles de ubicar en el itinerario lógico deductivo propuesto en el nuevo marco conceptual.

    Los nuevos postulados básicos

    IN8

    La NIF A-2 mantiene como postulados básicos a los principios de contabilidad de entidad (denominado ahora con mayor precisión, entidad económica), negocio en marcha, dualidad económica y consistencia. Los principios de realización, periodo contable y valor histórico original se incorporan con una nueva denominación: devengación contable, asociación de costos y gastos con ingresos y valuación, respectivamente. Los principios de contabilidad de importancia relativa y revelación suficiente se clasifican ahora como parte de los requisitos de calidad que la información financiera debe contener para ser útil, como lo refiere la NIF A-4, Características cualitativas de los estados financieros. Adicionalmente, la NIF A-2 incorpora como nuevo postulado al de sustancia económica; cabe mencionar que dicho concepto era anteriormente clasificado por el Boletín A-1 como una característica de la información contable.

    IN9

    Se eleva al rango de postulado básico al concepto de sustancia económica, dado que constituye un fundamento clave que rige la operación del sistema de información contable; dicho sistema debe ser configurado en forma tal que pueda ser capaz

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