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Comentario a Pietro Barcellona: El individualismo propietario

2016, Delito y Sociedad

Comentario a Pietro Barcellona: El individualismo propietario Editorial Trotta, Madrid 1996 Por Antonella Comba A través de un recorrido realizado con herramientas que recuerdan a un marxismo claro y teñido de un pesimismo acuciante, Pietro Barcellona1 desarrolla una arqueología de la modernidad para así echar luz sobre las transformaciones de las sociedades actuales2. Las identidades, la política, los grandes relatos, la propiedad privada, el sujeto jurídico, el hombre, la sociedad, son todos estos fenómenos y categorías que nuestro autor analiza para así diagnosticar el escenario presente: las sociedades modernas. Estas se ven atravesadas por el automatismo de la obediencia, las nuevas formas de poder, la extrema flexibilidad del sujeto, el fin de los grandes relatos frente a los saberes específicos y cerrados, la exclusión del saber universal, el debilitamiento del yo, la falta de novedad y la prevalencia de la rutina. En este periplo nuestro autor tiene una variedad interesante de interlocutores, desde Kelsen a Schmitt, Luhmann, Hediegger, Bobbio y múltiples juristas italianos donde, por medio de antagonismos o cercanías a esos mismos, desarrolla su propia teorización retomando la teoría de los sistemas de Niklas Luhmann. Este libro se inscribe en las 1 2 Pietro Barcellona es un político docente italiano de la ciudad de Catania, Sicilia. Fue diputado del Partido Comunista Italiano (PCI, desde 1979 a 1983) y luego catedrático de Filosofía del Derecho de la Universidad de Catania. Desde una posición alineada en la izquierda reflexiva y en extremo crítica, Barcellona ha hecho un recorrido extenso por varias temáticas y núcleos problemáticos a partir de agudos diagnósticos sobre fenómenos actuales de lo más diversos. Cabe destacar el contexto socio-histórico en el que fue lanzada la primera edición, 1987, donde las problemáticas en torno al proyecto de la modernidad y sus consecuencias, como el debate político sobre la necesidad de tomar una posición entre los dos bloques geográficos y políticos en aquel momento existentes era significativa. Delito y Sociedad 34 | año 21 | 2º semestre 2012 163 postrimerías del giro epistemológico de su pensamiento, alejándose de investigaciones centradas en problemáticas cercanas a lo jurídico y a lo político y acercándose a la filosofía del derecho3, dentro de una perspectiva más amplia que a veces se extiende más allá del terreno estrictamente jurídico. Las preocupaciones iniciales del autor se centralizaban puntualmente en el dispositivo jurídico – político4 rodeado de teorizaciones radicadas en la posibilidad de un uso alternativo del derecho5. Si bien estas concepciones teóricas permanecen, lo hacen desde otro lugar, donde el problema sobre el ideal democrático es central6 como también la preocupación sobre el destino del hombre moderno. lismo propietario y la propiedad privada como lógica “En la época moderna, el sujeto se presenta con la desaparece. ¿Y que emerge entonces? El individua- Barcellona realiza un interesante análisis sobre el papel del derecho en el proyecto moderno donde el individualismo propietario característico del mismo solo se logra por medio de la formalización pura y procedimental del derecho, cual logra milagrosamente conciliar la artificialidad del orden social y la positividad del derecho junto a la defensa de la propiedad privada y la libertad individual. El derecho contractual es la máxima expresión de esta operación donde formalmente, jurídica- Ver Lo spazio della politica: Tecnica e democrazia (Editori Riuniti, 1993) de Pietro Barcellona como así también El Individualismo Propietario (Editorial Trotta, 1996). 4 Ver El Estado y los Juristas (Editorial Fontanella, 1976) de Pietro Barcellona. 5 El uso alternativo del derecho fue una corriente que emergió en los setenta en el marco de la innovadora teoría jurídica italiana (entre los que se destacan Barcellona) que después tiene eco en España en escritos tales como los de Nicolás López Calera, Modesto Saávedra López, Perfecto Andrés Ibáñez: Sobre el uso alternativo del Derecho (Editorial Valencia, 1978). Esta teorización le propone al jurista que tome cuenta del carácter político e ideológico de su trabajo como de su función para que así, en la práctica de la forma jurídica, busque las lagunas y las contradicciones del dispositivo legal en favor de los desfavorecidos. 6 Este problema es entendido en la medida que se lo ubica en la agitada cultura política italiana de esos años, agobiada por problemas de soberanía y representación, con el caos generado por el gobierno de Bettino Craxi (Político y primer ministro de Italia durante 1983-1987) producto de sus recortes presupuestarios a través de medidas políticas consideradas arrogantes y corruptas, como así también por la crisis del Partido Comunista Italiano. En este clima es que Barcellona identificaba al problema de las democracias occidentales como primordial, en la medida que éste proponía el surgimiento de un nuevo tipo de democracia, inédita y creativa. cualidad de propietario, el sujeto moderno es el sujeto de la propiedad moderna”. El punto de partida de análisis es la sociedad moderna como una sociedad jurídica donde el sujeto jurídico que instituye derecho, es en realidad un producto del mismo derecho, de la relación jurídico-económica producto del intercambio monetario. Este sujeto jurídico es una abstracción jurídica que produce una forma de vida donde no hay comunicatividad, no hay sujeto, éste 3 del sistema regente. Son aquí atractivas las hipótesis del autor sobre el funcionamiento del proyecto moderno y la propiedad privada en la actualidad. Si bien su explicación parte de Marx y sus análisis sobre el surgimiento de la propiedad y su constitución como objeto disponible y reproducible, como mercancía, Barcellona observa hoy día una transformación ulterior. Ahora la propiedad privada se convierte en el principio organizativo del sistema en su conjunto en calidad de lógica propietaria mientras que el sujeto propietario es convertido en sujeto consumidor en el reinado de la mercancía absoluta, lo cual conduce necesariamente a la negación del mismo individuo. Así “Ya no hay historia, no hay motor, el proceso es ahora un proceso sin sujeto ni fin”. 164 A. Comba | Comentario a Pietro Barcellona mente, se reconoce la igualdad al intercambio entre todos los sujetos. Y, siendo el régimen de propiedad un dato, se desproblematiza la distinción y el conflicto social entre poseedores y no poseedores, relación social que es dejada por fuera del horizonte jurídico. Esta propuesta teórica es desarrollada atendiendo al pasaje del antiguo régimen a la actual organización capitalista de la sociedad y a las contradicciones constitutivas de la subjetividad moderna. A partir de un racconto sobre el modo en que se constituye ésta subjetividad, por medio de la inversión individuo-sociedad donde el primero es puesto ahora en primer plano, y, por la abstracción del sujeto y la propiedad privada, es que se logra convertir a esa propiedad en objeto de derecho, en mercancía para el mercado. Así se posibilita y conforma al individualismo propietario. Esta subjetividad abstracta, jurídica, aparece como la condición constituyente de la época moderna, porque es a partir de ésta que el individuo se ve librado de los vínculos jerárquicos, de las relaciones de pertenencia que anteriormente lo ataban. Ahora es un individuo “libre” disponible para el intercambio y la posesión sin restricciones. El libro, El Individualismo Propietario, está compuesto por cuatro capítulos que por medio de una exposición clara, logra articular y responder la hipótesis que subyace al libro: la dispersión y el debilitamiento del yo, característica subjetividad moderna, es en realidad una premisa implícita del mismo proyecto de la modernidad. En el primer capítulo Barcellona analiza el surgimiento de la subjetividad jurídica partiendo de la premisa que las sociedades modernas son sociedades jurídicas. Aquí el autor reafirma de manera acertada y suspicaz cómo el orden social y jurídico son artificios contingentes, donde el derecho aparece como una técnica de control social divorciada de la justicia, siendo esta lejana e inasible. En el segundo capítulo se introduce ya la problemática de la democracia a partir del debate entre Kelsen y Schmitt, intentando desentrañar la aporía constitutiva de la democracia: la premisa de la igualdad jurídica. Aquí se problematiza el hecho de que el principio de igualdad se encuentra en la base de la estructura formal del derecho moderno. Este principio sería expresión de la voluntad de sobrevivir al conflicto que emerge de la creación de un Estado no fundado en principios teológicos por lo tanto enfrentado a la dispersión y a la falta de un principio unificador. Así, el proyecto moderno se encuentra constituido por la independencia del individuo aislado (siendo éste, según Marx, un fenómeno burgués) y su valorización, su igualdad a los demás, como por la autonomía de la esfera económica. En el tercer capítulo el autor va de lleno al análisis de la propiedad privada por medio del estudio de la organización de la sociedad moderna y la transformación de la propiedad privada como poder a la propiedad privada como consumo. Nuestro autor considera que ya no prevalece el concepto de propiedad privada como forma general de disponibilidad de las cosas, sino que es ahora la norma de funcionamiento de toda la sociedad, donde hablamos ya de una lógica propietaria incorporada al sistema, lo que garantiza su reproducción ilimitada. El último capítulo muestra la hipótesis final de Barcellona, el pasaje de un individualismo propietario al individualismo de masas marcado por el sufrimiento humano, la desestructuración individual y de las relaciones interpersonales, donde el mundo virtual ha suprimido en casi su totalidad a la experiencia viviente, como así también la noción de futuro. En estas sociedades modernas es que la subjetividad moderna aparece negada en la mega expansión de la lógica cuantitativa de la esfera económica y en la indeterminación subjetiva que produce el individualismo de masas. Delito y Sociedad 34 | año 21 | 2º semestre 2012 165 En suma, este libro postula un interesante y coherente análisis sobre grandes preocupaciones y preguntas teóricas, tales como la constitución de la subjetividad y la propiedad privada, que se han realizado con anterioridad desde otras disciplinas, como la economía política y la sociología, pero ahora desde una perspectiva reflexiva, crítica y refrescante de la filosofía del derecho.