EL OFICIO DE SERENO EN ALCARAZ DURANTE EL SIGLO XIX
Por Luis Joaquín Bermúdez López
INTRODUCCIÓN
Los inicios de la profesión de sereno hay que buscarlos en el siglo XVIII como portadores
de las pesadas llaves que daban acceso a las viviendas, las cuales, de este modo, los
propietarios no tenían que llevar encima, evitando la pesada carga.
Poco a poco fueron adquiriendo más funciones, entre ellas las de vigilante nocturno y
farolero, liberando a los vecinos de encender y conservar los faroles, según estableció Carlos
III con la creación del Cuerpo de serenos, el 12 de abril de 1765.
El nombre les viene porque en algunos lugares iban anunciando la hora y el tiempo al
grito, por ejemplo, de las once en punto y lluvia, pero como lo que era más normal es que no
lloviera, decían muy a menudo la hora que fuera más la expresión y sereno.
Solían ir provistos de un chuzo (palo que terminaba en una punta de lanza), una linterna o
farol y un silbato que hacían sonar en caso de que necesitaran reunirse o pedir auxilio,
alertando así al resto de compañeros, a la policía e incluso al propio vecindario.
Todos hemos oído la expresión tomar a alguien por el pito de un sereno, con el sentido de
no darle importancia, la cual viene de dicha profesión en un momento en que hacían sonar el
pito, que estaba para cosas urgentes, por cosas triviales; esto llevó a que la policía no
acudiera al sonido del silbato.
EL OFICIO DE SERENO EN ALCARAZ
Las fuentes referidas a los serenos en Alcaraz las encontramos sobre todo en su archivo
municipal, pero revisado este a fondo no he hallado nada que nos indique que en el siglo
XVIII existiera ya en Alcaraz dicho oficio, ya que empezó en las grandes urbes y fue
extendiéndose poco a poco por el resto del país. Es probable que al ser una localidad
pequeña, en la que todo el mundo se conocía, y las distancias eran cortas, no tuviera
necesidad de sereno, puede que incluso no hubiera faroles todavía y si los había su encendido
y mantenimiento se llevaría a cabo por los propios vecinos.
Las primeras referencias documentales sobre la profesión de sereno en Alcaraz datan de
bien entrado el siglo XIX, concretamente hay un expediente de 1881 para la provisión de
plazas de sereno, que se convierte en la fuente más importante por su contenido detallado, el
cual analizaré más adelante.
Este expediente se completa con otro de 1888 sobre el nombramiento de sereno municipal
interino.
Antes de analizar los dos expedientes citados voy a hacer mención a otra fuente, que
cronológicamente se encuentra entre ambos. Se trata del Boletín Oficial de la Provincia de
Albacete, viernes, 30 de enero de 1885. En su página 2 hay una inserción curiosa del
Gobierno Civil sobre una suscripción en Alcaraz, a favor de las víctimas de los terremotos
acaecidos en Andalucía.
Para ponernos en antecedentes, hay que hacer mención a dicho movimiento sísmico cuyo
epicentro tuvo lugar en la provincia de Granada, afectando a las de Almería y Málaga, con
una magnitud de 6.5 en la escala de Richter, que produjo grandes destrozos en inmuebles y lo
que fue peor, una pérdida de vidas humanas de más de un millar y cerca de cinco mil heridos.
Para quien quiera conocer más datos sobre este terrible suceso le remito al estudio publicado
por el IGN en 1980, El terremoto de Andalucía del 25 de diciembre de 1884, cuyo enlace
pongo a continuación:
http://www.ign.es/web/resources/sismologia/publicaciones/Andalucia1884.pdf
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Volviendo al BOPA, mencionar que resulta muy interesante para los alcaraceños porque
hay una lista muy larga de nombres, cerca de doscientas cincuenta personas, algunos de ellos
con sus cargos, profesión…, donde muchos verán a sus antepasados. Cada uno de los citados,
de acuerdo a sus posibilidades, dona lo que le parece oportuno, empezando por el
Ayuntamiento que aporta 300 pesetas, siendo la mayor cantidad, seguida de las monjas
franciscanas que producto de la venta de un cuadro donan las 50 pesetas que han obtenido
por él, así como Francisco Yagüe, con otras 50.
Con 25 pesetas están el alcalde Antonio Mendiri, el primer teniente de alcalde Joaquín
Baíllo, su hermano Manuel Baíllo, la sociedad del casino, Rosario Orea de Mendiri y
Micaela Baíllo. Con 15 pesetas encontramos solo a dos personas, el síndico Sandalio García
Valiente, y el concejal Manuel Alonso. La siguiente cantidad es de 10 pesetas y con ella
contribuyen José María Massa, abogado y propietario que fue presidente de la Diputación;
Ricardo Juan García, registrador de la propiedad; Los notarios Telesforo de las Heras, Ángel
Yagüe y Mariano López; Saturnino Olivares, vicario eclesiástico; José de las Heras, fiscal;
Cofradía de San Antonio; Valentín Membrilla, agente del Banco de España y Enrique Milla,
médico.
BOPA (30/01/1885). Comienzo de la lista de donantes
A partir de aquí la lista se hace interminable, con cantidades que van desde las 7 pesetas
hasta la menor de 0’25, donde encontramos gente de todas las profesiones, desde médicos,
maestros, jueces, abogados, curas, farmacéuticos, escribanos, taberneros y numerosas
personas anónimas, llegando la cantidad recaudada a más de mil pesetas, con diferencia la
más grande de toda la provincia, incluyendo Albacete capital, lo que da idea de la
importancia de Alcaraz en esa fecha.
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Dos de las personas que donaron dinero, y por esto venía lo de la referencia a este boletín,
fueron Fulgencio Román y Vicente Avivar, con la cantidad de 1’50 pesetas, siendo su
profesión la de sereno, lo cual nos informa que en esta fecha concreta, 30 de enero de 1885
había dos serenos en Alcaraz. Y otro dato que se desprende del citado boletín es que se
dedicaban exclusivamente a esta profesión, puede que acompañada de las labores de farolero,
pero no de guarda municipal, ya que encontramos en la misma lista a tres personas que
ocupaban ese cargo: Vicente Romero, Pedro Sáez y Antonio Fajardo.
Esto cuadra con otro expediente que se conserva en el archivo de Alcaraz, de 1888, misma
fecha en la que se nombró un sereno municipal interino, donde se procede también de manera
interina al nombramiento de un guarda para la vigilancia y sostenimiento del orden público.
Tomando como referencia anterior una localidad como Peñas de San Pedro, vemos que su
Ayuntamiento constitucional creó en 1872 una plaza de sereno, dotada con 375 pesetas
anuales, a cuyos candidatos se les pedía que reunieran las condiciones de honradez, buena
conducta y que hubieran prestado servicios a la patria, todo lo cual tenían que acreditar
documentalmente, y en base a ello el Ayuntamiento decidía quién era la persona que más
méritos reunía, eligiendo a la más idónea para el cargo.
Entrando ya de lleno en el expediente de 1881 para la provisión de plazas de serenos en
Alcaraz, veremos con claridad lo que he comentado más arriba respecto a las funciones de
los mismos, ya que actuaban también como faroleros y vigilantes nocturnos. El 1 de abril del
citado año 1881 se celebra sesión plenaria en el Ayuntamiento de Alcaraz, ratificada por su
secretario Manuel Navarro. En ella se certifica lo acordado en una sesión anterior con fecha
17 de octubre de 1880, donde se aprobó en el presupuesto municipal la dotación
presupuestaria para la creación de, nada más y nada menos que tres plazas de sereno, con
asistencia de los faroles del alumbrado público y vigilancia para el sostenimiento del orden
a razón de una peseta diaria cada uno..., cuyo nombramiento de los respectivos serenos
verificará el Sr. Alcalde en conformidad a las atribuciones que le confiere el art. 74, párrafo
4.º de la Ley Municipal regente, puesto que los mismos deben usar armas.
Más adelante se dice que para el buen orden y régimen de los serenos se establecen
diversas obligaciones que han de observar puntualmente, las cuales se convierten en un
documento extraordinario sobre esta profesión en el siglo XIX, y que son las siguientes:
1.ª Uno de los tres serenos será nombrado jefe, quien deberá presentarse diariamente ante
el alcalde a la hora que este designe para recibir las órdenes e instrucciones que crea
convenientes, según el estado de la población requiera, que trasladará a los demás.
2.ª Los serenos se reunirán al anochecer en la lonja del Ayuntamiento, pasando el jefe
revista a las armas y efectos, tras lo cual le comunicará a sus compañeros las órdenes que
tuviere, disponiendo el puesto que ocupará cada uno de ellos.
3.ª Los faroles del alumbrado público que cada uno tenga señalados serán encendidos a las
seis, en los meses de octubre a marzo, y a las nueve en los demás, siendo obligación de los
serenos la limpieza y cuidado de los faroles que les sean encomendados, cuya preparación de
petróleo o aceite harán por las tardes para que estén dispuestos a lucir en la hora señalada.
4.ª Rondarán en invierno desde las 7 de la noche y en verano desde las 9 hasta el
amanecer, por toda la extensión o perímetro que se le señale.
5.ª Protegerán a las personas e intereses de los habitantes y transeúntes tanto en las calles
como en sus casas, acudiendo inmediatamente a donde se reclame su auxilio, llamando en
caso necesario a sus compañeros por medio del pito y prender in fraganti a los ladrones,
malhechores y perturbadores del sosiego público, enviándolos a la prisión, secundando las
órdenes de las autoridades constituidas en casos urgentes, sin descuidar el objeto principal de
su instinto.
6.ª Impedirán toda reunión sospechosa, disolviéndola en caso necesario, y harán cerrar las
tabernas que se hallen abiertas después de la hora prefijada en las ordenanzas municipales.
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7.ª Prestarán auxilio a los vecinos que lo reclamaren en caso de necesidad, como para
llamar a facultativos, buscar medicamentos u otras cosas semejantes.
8.ª Impedirán en las horas de quietud para los vecinos, voces descompasadas y cuanto
pueda alterar el reposo de la población, dando cuenta al Sr. alcalde de cualquier novedad o
cosa notable que observasen.
9.ª En los casos de incendios, siendo de noche, darán aviso al campanero de la parroquia
que hubiere más inmediata para que haga la debida señal.
10.ª Las faltas leves de los serenos serán castigadas con la suspensión de sueldo por uno o
más días, y las graves con la destitución, sin perjuicio de entregarlos al tribunal competente si
la falta así lo exigiere.
11.ª Las cantidades procedentes de la suspensión de sueldo, por uno o más días, formarán
un fondo común a disposición del alcalde, con el cual premiará este a los serenos que se
hayan distinguido en el cumplimiento de sus deberes.
12.ª Los serenos usarán una lanza, carabina o pistola y el traje acomodado a su instituto.
Todo insulto cometido o desobediencia hecha a los serenos se considerará como directa a
la autoridad y castigado con arreglo a ello, pasándose al efecto los antecedentes necesarios al
tribunal competente.
Algo tuvo que pasar o no ajustaron bien el presupuesto, porque seis meses después, en una
nueva sesión plenaria se acuerda rectificar la convocatoria de las tres plazas de sereno,
dejándola solo en dos, o sea, que se suprime una, pero con un sueldo mayor.
Para entonces era secretario del ayuntamiento Paulino del Amo, que lo fue durante
muchos años, el cual certifica la creación de dos plazas de sereno, en sesión celebrada el 8 de
octubre de 1881, con un sueldo anual de quinientas cuarenta y siete pesetas con cincuenta
céntimos, notablemente superior al anteriormente propuesto, donde se dice que las personas
que opten al puesto de sereno deberán ser aptas y de conducta intachable, para lo cual se dará
información del nuevo acuerdo al gobernador civil.
Una vez le llega la modificación al Gobierno Civil, al no afectar en demasía a lo
presupuestado anteriormente, este da su visto bueno en una comunicación enviada al alcalde
de Alcaraz y firmada por el gobernador en persona, José Álvarez de Sotomayor, que lo fue
desde 1881 hasta 1883, cuyo documento de dos páginas manuscritas se encuentra en el
archivo de Alcaraz.
Una vez se tiene clara la creación de dos plazas de sereno, en lugar de tres, en una nueva
sesión ordinaria del pleno de la corporación (10/10/1881) se acuerda anunciar las vacantes y
publicar la convocatoria en el BOPA, para que en el plazo de veinte días naturales presenten
los aspirantes las solicitudes en el Ayuntamiento, para poder acordar el nombramiento de las
dos personas que ocuparán los puestos.
Además de las obligaciones mencionadas en la anterior sesión de pleno, deberán cumplir
las siguientes:
1.ª Será cuenta de los serenos la mecha y cerillas que sean necesarias para el alumbrado
público, sin que por ello tengan derecho a reclamar remuneración alguna.
2.ª En el momento que noten la rotura de algún farol o algún otro desperfecto mayor o
menor, tendrán la obligación de averiguar si ha sido debido a casualidad o si se ha producido
por alguna persona, dando parte en todos los casos al Sr. Alcalde para que adopte las medidas
oportunas, y si dejasen de hacerlo, será de cuenta de los propios serenos la reparación del
desperfecto causado.
En esta nueva convocatoria les subían el sueldo sí, pero tenían ellos que poner la mecha y
las cerillas de todos los faroles asignados, y aunque imagino que se alumbraría solo la plaza y
la calle mayor, hasta la puerta nueva, o a lo sumo algunos faroles más por calles Llana y
Barrera, aprovechando las esquinas de las calles perpendiculares, al final de año era un
dinero.
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Final del documento enviado al alcalde de Alcaraz, el 07/10/1881,
firmado por el gobernador civil José Álvarez de Sotomayor
En el BOPA, lunes, 17 de octubre de 1881, aparece inserto el anuncio de la convocatoria
de las dos plazas de sereno, como se aprecia en la imagen.
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De la documentación que forma parte de este expediente se desprende que ya debía de
haber alguna persona ocupando el cargo de sereno/farolero, de manera interina, ya que una
de las solicitudes la presenta Mariano Nieto García y dice encontrarse con aptitud suficiente
para el desempeño de una de dichas plazas como habrá tenido ocasión de observar V. S.
durante el tiempo que lleva desempeñando el cargo de sereno, o sea, desde que se estableció
alumbrado público en la población, observando una conducta intachable, como puede
informar el Sr. Alcalde.
Firma dicha solicitud manuscrita, a ruego del recurrente, José Vicente Molina, lo cual nos
hace pensar que el solicitante de la plaza no sabía leer ni escribir, cosa muy habitual en
aquella España de finales del siglo XIX, pero ello no le impedía realizar su trabajo de
vigilancia y farolero con toda solvencia.
Otro aspirante que echa la solicitud es Camilo Martínez Sáez, natural de Alcaraz, casado,
el cual firma la misma pero no la escribe.
Un tercero llamado Manuel García Rodríguez opta a una de las dos plazas, así como un
cuarto, Félix López Serrano, ambos también alcaraceños.
Una vez transcurrido el plazo de veinte días, cuatro son las personas que han presentado
solicitud pidiendo que se les nombrase sereno, y enterado el Ayuntamiento, después de una
detenida discusión, acuerda nombrar serenos de esta ciudad a Camilo Martínez y a Manuel
García, personas de conducta intachable y aptas para el desempeño de tales cargos. El
nombramiento está fechado el 3 de noviembre de 1881, va firmado por Manuel Baíllo y
Paulino del Amo, alcalde y secretario.
Recordemos que la primera idea era sacar tres plazas de sereno, rectificando poco después
la convocatoria para dejarla en dos, pero parece ser que lo correcto era lo primero, ya que el 1
de julio de 1888 el Ayuntamiento tiene que nombrar un sereno más, aunque en este caso lo
hace de manera interina. En el expediente se dice que se nombra sereno municipal interino
para la vigilancia y sostenimiento del orden público, con el sueldo anual de 456 pesetas con
25 céntimos a Manuel Sánchez Cortés, natural de Alcaraz, casado, de 37 años, y va firmado
por el alcalde Antonio Pretel y el secretario Paulino del Amo.
Final del acta de nombramiento de un sereno firmada por el alcalde y el
Secretario. 1 de julio de 1888. Archivo Histórico Municipal de Alcaraz
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El oficio de sereno en Alcaraz se mantuvo hasta la mitad del siglo XX, y como en la
mayoría de los sitios, este derivó en guardia municipal y posteriormente en la actual policía
local. Es difícil encontrar una fotografía en la que aparezca un sereno, pero gracias al
incombustible Antonio, el Gorrero, he podido hallar una magnífica imagen en la que aparece
un sereno con su chuzo y su farol en la puerta del Ayuntamiento, que se convierte en un
documento gráfico único, el cual comparto con los lectores.
La fotografía es de Adolfo López Palop, se realizó en 1950, y la persona es fácil de
identificar porque lleva una pata de palo, pero no voy a dar el nombre, dejo que los lectores
hagan sus propias averiguaciones.
En mayo de 1953 el Ayuntamiento de Alcaraz convoca por concurso-oposición una plaza
de vigilante nocturno y otra de guardia municipal, cuyo expediente completo está en el
archivo de Alcaraz, y son la lógica evolución de las plazas de sereno, eliminando la función
de farolero al ser eléctrico el alumbrado público.
El proceso se demora hasta el 12 de enero de 1954, siendo para entonces alcalde Miguel
Rubio Moreno y secretario Esteban Pacheco Serrano. En el expediente se recogen las bases
mecanografiadas, las cuales se pueden encontrar también en el BOPA (26/07/1953), los
requisitos que debe cumplir cada aspirante así como las pruebas a realizar, pero todo esto ya
queda fuera del tema de este artículo.
Tan solo apuntar que la plaza de vigilante nocturno la obtuvo Antonio Lozano Cabezuelo
y la de guardia municipal fue para Agustín Tébar Moreno, quien renunció apenas un año
después.
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Quiero concluir este breve trabajo con otra magnífica fotografía donde aparecen juntos
cinco de los que ejercieron como municipales en Alcaraz durante muchos años, que aquellos
que tengan cierta edad reconocerán rápidamente.
En memoria de todas aquellas personas que alguna vez velaron por la tranquilidad de los
habitantes de la ciudad de Alcaraz, vaya este modesto trabajo.
Luis Joaquín Bermúdez López
Alcaraz, agosto de 2022
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