Informe de prácticas Pre-profesionales finales
Resumen
Introducción
Marco teórico
Marco conceptual
Descripción de actividades realizadas
Discusión
Conclusiones
Recomendaciones
Bibliografía
Resumen
El presente informe de prácticas Pre-profesionales finales realizadas en la Oficina Control Institucional UNA-Puno, comprende la descripción de todas las actividades efectuadas durante el periodo de prácticas, debido a la gran importancia que tiene para nuestra formación profesional. En este informe se describe a la entidad, así como su misión y visión del mismo; también se da a conocer todos los términos y normas legales, las cuales se toman en cuenta para la realización de las acciones y actividades de control, así como también las fases de auditoria: planeación, ejecución e informe. Finalmente al concluir con el periodo de prácticas he llegado a las siguientes conclusiones:
1. La Oficina Control Interno, es un Órgano muy importante porque permite controlar el adecuado uso de los recursos y fondos públicos, y mediante la elaboración de los informes de acciones y actividades de control, donde contienen las observaciones, conclusiones y recomendaciones, que permiten fortalecer el control interno de la institución y mejorar la gestión institucional.
2. La Oficina de Control Interno, no cuenta con suficiente personal especializado, capacitado y con experiencia para la realización de las acciones y actividades de control programadas en el Plan Anual de Control, así como para realizar las acciones no programadas y encargos de la Contraloría General de la República.
3. El personal de la Oficina Auditoria Interna no cuenta con suficiente personal para realizar su trabajo de una manera eficiente y eficaz, además no cuenta con los equipos de computo necesarios y modernos que permitan instalar el software necesario.
4. No existe una adecuada implementación de la Oficina de Control Interno por parte del Titular de la entidad para así cautelar su adecuado funcionamiento, así como la asignación de recursos necesarios para la ejecución y realización de las acciones y actividades de control.
5. Existen limitaciones en cuanto al acceso de la información, ya que dichas informaciones son confidenciales, cumpliéndose así con la NAGU 1.40 Confidencialidad, es por eso que sólo se presenta un caso práctico hipotético.
Finalmente se considera necesario el fortalecimiento y una adecuada organización de esta oficina por parte del titular de la entidad, para dotarle de personal, equipos y materiales en proporción suficiente y calidad adecuada, permitiendo que su capacidad operativa sea eficiente y oportuno.
Introducción
El presente informe de Prácticas Pre-profesionales realizado en el Órgano de Control Institucional UNA-Puno obedece al currículum de estudios de la Facultad de Ciencias Contables y Administrativas y de conformidad a lo que establece el Reglamento de Prácticas Pre-profesionales de la Carrera Profesional de Ciencias Contables. Es así que las prácticas Pre-profesionales son de gran importancia, permitiéndonos poner en práctica y por ende mejorar nuestros conocimientos obtenidos durante nuestros años de estudios a nivel de pre grado. Por tanto, las Prácticas Pre-profesionales intermedias y finales se realizaron en la Oficina de Control Interno de la UNA-Puno, a partir del 18 de Febrero al 22 de Mayo del 2009, respectivamente; cumpliendo de esta manera con uno de los requisitos para optar el grado académico de Bachiller en Ciencias Contables.
Asimismo, el objetivo del presente informe es demostrar las labores realizadas en la entidad, teniendo un cierto grado de análisis e investigación que comprende el sistema Nacional de Control, así como la estructura y funcionamiento de la entidad. Experiencia que permite mejorar los conocimientos en la formación profesional del futuro Contador Público.
El Autor.
SEGUNDA PARTE INFORME DE PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES FINALES
“SECTOR PÚBLICO”
CAPITULO I
Marco teórico
1.4. DESCRIPCION DE LA ENTIDAD
1.4.1. ASPECTOS GENERALES
RAZON SOCIAL: "Universidad nacional del Altiplano - PUNO"
AREA: "Órgano de Control institucional"
RUC: 20145496170
LOCALIZACION: Puno
Rectorado: Av. Ejercito N° 329
Ciudad Universitaria: Av. Sesquicentenario s/n.
AUTORIDADES UNIVERSITARIAS:
RECTOR : Mag. Martha Nancy Tapia Infantes
VICE RECTOR ADMINIS: Mag. Manglio Aguilar Olivera
VICE RECTOR ACADEM: Dr. Pedro Arias Mejia
JEFES DE OFICINAS
Arquitectura y Construcciones Ing. Nicolás Luza Flores
Asesoría Legal Abog. Ayde Ortiz Díaz
Acreditación Universitaria Dr. Germán Pedro Yabar Pilco
Bienestar Universitario Mg. María Agripina Apaza Alvarez
Contaduría General CPC. Mario Benavides Cortez
Convenios Mg. Benita Maritza Choque Q.
Gestión Financiera CPC. Germán Roberto Quispe Z.
Imagen Institucional Lic. Romel Alfredo Montesinos C.
Planificación y Presupuesto M.Sc. Carlos Percy Ramírez C.
Recursos Humanos M.Sc. Alberto Herrera Torres
Registro y Archivo Académico Prof. Antonieta Delgado Romero
Secretaria General M.S . Julio Mayta Quispe
Servicio Universitarios Ing. Dante Atilio Salas Avila
Tecnología Informática OTI M.Sc. Henry Iván Condori Alejo
Universitaria Académica M.Sc. Jorge Alfredo Ortiz del C.
Universitaria de Investigación Dr. Walter Benigno Aparicio A.
Univ. de Proyección y Ext. U. MVZ. Oscar Eleuterio Carreón P.
Univ. de Recursos del Aprend. Ing. Percy Arturo Ginez Choque
Almacén Central CPC. Hugo Marca Maquera
Capacitación Virginia Bustinza Chipana
CECUNA Lic. Percy Gómez Bailón
Centro de Computo Adm. Ing. Oswaldo Jiménez G.
Centro de Idiomas CPC. Alejandrina Fernández S.
Comedores Ing. Rubén Blanco Hualpa
1.4.2. ANTECEDENTES DE LA INSTITUCION
1.4.2.1. CREACION DE LA UNIVERSIDAD DE PUNO
La Creación de la Universidad en Puno es producto de la exigencia de intelectuales y políticos. La sociedad puneña considerada cuna de los intelectuales más brillantes del Perú. Los diputados RAMOS, AGUIRRE y QUINONES fueron autores de este proyecto de Ley de creación.
En el año de 1856, la convención Nacional dictamino la Ley N° 406 de creación de la Universidad de Puno, promulgada el 23 de agosto de 1856 y firmada el 29 de agosto del mismo año, por el Presidente de la Republica Don Ramón Castilla. La Ley N° 406 contiene 04 artículos: el primero mas resaltante señala que, “Se elige en la ciudad de Puno una Universidad, para la enseñanza de la Tecnología, Jurisprudencia, Medicina, Filosofía, Letras, Matemáticas y Ciencias Naturales y para que en estas mismas facultades se confieran Grados Académicos”. El Segundo Dispone: “La Universidad observará el Reglamento de Institución que nace, no se contaba con el Estatuto propio, local necesario y la respectiva asignación presupuestal”. En Articulo tercero indica que, “Se regirá por el Estatuto de la Universidad San Agustín de Arequipa, y que sus funciones universitarias se celebraran en el Colegio Nacional de Puno”. Asimismo, dispone que los gastos que originen las Cátedras de esta novísima Universidad serán afectados a las rentas de Colegio.
Las Razones por las cuales la universidad dejo de funcionar se relacionan con problemas socio-políticos y económicos. Otra razón que determino su cierre oficial es el hecho de que no fue considerada en el Reglamento Nacional de Institución Publica de 1876.
Respecto a la actividad y vigencia de la Universidad, Torres E. (1958:15), indica que desde su instalación del 01 de mayo de 1859 hasta su clausura en 1866, registra aproximadamente 06 años de vida institucional, Ramos A. (1987:22) señala que la duración fue de 17 años con tres meses. Por otro lado, el Ing. Alberto Barreda Cuentas, en su primer discurso con motivo de la inauguración de las labores académicas, manifestó que la universidad tuvo vigencia, de 08 años de funcionamiento lectivo.
Respecto al nombre de la universidad, existe confusión; el destacado autor del proyecto de Ley de Reapertura de la universidad de Puno, Ing. Enrique Torres Belón, puntualiza que, legalmente no existe la Universidad de “San Carlos” de Puno, como se le ha nombrado, en varios Proyectos Legislativos. Lo que tiene vida y vigencia legal es la Universidad de Puno.
1.4.2.2 REAPERTURA
La reapertura de nuestra Universidad es producto de varios proyectos de Ley. Destaca el primer proyecto de Ley presentado el 02 de noviembre de 1954 por el Dr. José Antonio Encinas, en su condición de Senador por Puno. Proyecto que contenía 03 artículos. El Proyecto propone que se organizara la universidad en Facultades, Institutos y Escuelas.
El siguiente proyecto de Ley fue presentado el 15 de noviembre de 1955 por el Senador Carlos A. Barreda Ramos. Este proyecto que contenía 04 artículos proponía la creación de las Facultades de Agronomía, Veterinaria, Química Industrial y de las secciones de Pedagogía, letras, Ciencias Económicas y Comerciales y Bellas Artes.
El 20 de noviembre de 1957, los diputados Teofilo Monroy Solórzano, Fernando Manrique Enríquez y Roger Cáceres Velásquez presentaron ante su respetiva Cámara en nuevo proyecto de 14 artículos, en los que se proponía la instalación de 02 Facultades: Facultad de Estudios Agropecuarios y la Facultad de Estudios Sociales.
Los tres proyectos de Ley presentados no tuvieron la acogida necesaria. En ese entonces, imperaba un gobierno dictatorial y no le convenía crear y reaperturar mas universidades. Por cuanto, estas se constituían en un peligro para su gobierno.
El día 15 de noviembre de 1958, el Senador Torres Belón, presenta en su Cámara el histórico Proyecto de Ley de Reapertura de la universidad de Puno. Proyecto que contenía 23 artículos y proponía como nombre UNIVERSIDAD TECNICA DEL ALTIPLANO, que debia iniciar su funcionamiento con la sola Facultad de INGENIERIA AGROPECUARIA. Este proyecto, luego de la brillante exposición y sustentación. Fue probado por unanimidad en la Cámara de Senadores. Sin embargo, como lo tipifica RAMOS, A. (1987;55): “La noche triste del 04 de noviembre de 1960”, fecha que estaba determinada para su discusión y aprobación, no fue tratada ni menos aprobada, causa que se le imputa al diputado Roger Cáceres Velásquez y otros que habían boicoteado nuestra justa aspiración, a quines el pueblo de Puno los declaro como traidores.
A raíz este problema, el pueblo de Puno fue convocado a una reunión de emergencia, que se realiza el 26 de noviembre de 1969, en la que a la renuncia irrevocable del presidente del Comité Pro Reapertura de la Universidad de Puno, fue elegido como presidente el Dr. Juan Zea Gonzáles y se cambio la denominación a Frente Departamental Pro Universidad de Puno.
En la primera sesión de la Legislatura Extraordinaria, de la noche del 27 de Diciembre de 1960, fue aprobado el proyecto de Ley propuesto por el Senador Enrique Torres Belón. En esta sesión 82 diputados votaron a favor y 10 en contra.
Finalmente, después de dos meses, el 10 de febrero del 1961 fue promulgada la Ley N° 13516 que reabría la Universidad con el nombre de Universidad Técnica del Altiplano, siendo Presidente Constitucional de la Republica el Dr. Manuel Prado y Ugarteche. Este proyecto se había aprobado tal como fuera presentado inicialmente, con sus 23 artículos, sin que se alterara ni una coma; conforme era el deseo de su autor, quien dijera “Yo soy responsable de los defectos o las virtudes de dicha Ley”.
Finalmente, después de dos meses, el 10 de febrero de 1961, fue promulgada la Ley N° 13516 que reabría la Universidad con el nombre Universidad Técnica del Altiplano.
El 29 de abril de 1962 se inicio la actividad académica de la Universidad Técnica del Altiplano, en las aulas no concluidas, debido a la demora en la entrega de la Quinta Valderrama por el Ministerio de Guerra. Se inicia con la Facultad de Ingeniería Agropecuaria y el Instituto de Estudios Socio Económicos. Este singular día, con participación de las principales autoridades del departamento de Puno y delegaciones de las universidades del Cusco, Agraria y de la Universidad Técnica de Aquisgran, en una ceremonia histórica en el patio central de la ciudad universitaria se da inicio a la actividad académica con un discurso a manera de Memoria dado por el presidente de la Junta Organizadora, seguido por el Dr. Juan Luis Mercado (Prefecto del departamento) y el Dr. J. Alberto Catacora Pino (Presidente del Comité Pro Reapertura de la Universidad). De esta manera se encamina la labor académica en la Universidad con la Creación de Facultades y Escuelas Profesionales.
Con la Promulgación de la Ley Universitaria N° 23733, de fecha 09 de diciembre de 1983, se establece una nueva estructura académica y administrativa para las universidades del país. Además esta nueva Ley, norma la denominación de las universidades del país, otorgándole a nuestra Universidad el nombre de Universidad Nacional del Altiplano -Puno.
1.4.2.3. FORMACION DE LAS FACULTADES Y ESCUELAS PROFESIONALES
El 29 de abril de 1962 se inicio la actividad académica de la Universidad Técnica del Altiplano en una ceremonia histórica en el patio central de la ciudad universitaria.
En agosto de 1964, se crea la Escuela de Ciencias Económicas, en enero de 1965 la Escuela de Enfermería.
Por mandato de la Primera Asamblea Universitaria del 22 de abril de 1965, la Facultad de Ingeniería Agropecuaria se desdobla en las Facultades de Agronomía y Medicina Veterinaria, y la Escuela de Ciencias Económicas adquiere el rango de Facultad.
Por Ley N° 15632, la Escuela de Servicio Social de Puno, paso a formar parte de la Universidad Técnica del Altiplano. Además, se puso en funcionamiento la Carrera corta de Topografía dentro de la Facultad de Ingeniería Agronómica.
A inicios de la década del 70, la Facultad de Ciencias Económicas y Comerciales se desdobla en Ingeniería Económica y Contabilidad, bajo la denominación de Programas Académicos. De igual manera, cambian de nombre las facultades puesto por la Ley General de Educación, aprobada por Decreto Ley N° 19326, que estableció el funcionamiento de los Programas y Departamentos Académicos en lugar de Facultades.
En 1974, por Acuerdo del Consejo Ejecutivo, se crearon los Programas Académicos de Ingeniería de Minas, Biología Pesquera y Sociología.
En 1979, se aprobó la creación del programa Académico de Educación.
Por acuerdo del Consejo Ejecutivo del 28 de abril de 1981, se han creado 10 programas Académicos por Resolución Rectoral N° 300-81 -R-UNTA:
Ingeniería Agrícola
Nutrición Humana
Turismo
Antropología
Estadística
Ingeniería Química
Ingeniería Geológica e
Ingeniería Metalúrgica
Luego viene la creación o reapertura del Programa Académico de Ciencias Jurídicas y Políticas, aprobado en el Consejo Ejecutivo del 20 de abril de 1982 y formalizado mediante Resoluci6n Rectoral N° 373-82-R-UNTA.
De igual manera, se creo el Programa Académico de Periodismo, en base al convenio suscrito entre esta Universidad y la Asociación Nacional de Periodistas, mediante Resolución Rectoral N° 129-83-R-UNTA.
En 1984, se creo la Escuela de Post Grado.
En 1984, se crea la Carrera Profesional de Educación Física, dentro de La Facultad de Ciencias de la Educación.
En enero de 1991, se acuerda la creación de la Facultad de Ingeniería Civil y Arquitectura, conformada por la Carrera Profesional de Ingeniería Civil y por la Carrera Profesional de Arquitectura.
En 1992, se ha puesto en funcionamiento la Carrera Profesional de Ingeniería Agroindustrial según la Resolución Rectoral N° 1054-91-R-UNA en lugar de Tropicultura y la Carrera Profesional de Ciencias de la Comunicación Social (R. R. N° 219-83-R-UNA) en lugar de Periodismo.
Asimismo, se puso en funcionamiento la Facultad de Ingeniería Agrícola con la carrera del mismo nombre por Resolución de Asamblea Universitaria N° 03-91-AU-UNA.
El avance y la exigencia del desarrollo de la ciencia, en los campos de la electrónica y la telemática, han motivado que la Universidad, aperture y cree las Carreras Profesionales de Ingeniería de Sistemas, Ingeniería Electrónica e Ingeniería Mecánica Eléctrica (R. R. N° 107-94-R-UNA del 25-01-94). Asimismo, la exigencia de demanda de servicios en la región ha originado la creación de las Carreras Profesionales de Odontología (R.R. N° 1981-94-R-UNA), Educación Primaria (R.R. N° 1982-94-R-UNA) y en 1997, se crea la Carrera Profesional de Física-Matemática (R.R. N° 0075-97-R-UNA). En el año 2000 se crea la Carrera Profesional de Arte En el año 2005 se Crea la Facultad de Medicina, así también se aprueba el Proyecto de la Nueva Facultad de Ingeniería Mecánica Eléctrica, Electrónica y Sistemas.
1.4.3. VISIÓN, MISIÓN, FINES Y OBJETIVOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO - PUNO.
1.4.3.1. VISIÓN:
Ser una Institución de excelencia académica, acreditada y reconocida por la sociedad; con liderazgo en la Región Andina, en el desarrollo de las ciencias, la tecnología y las humanidades; propiciando la revaloración cultural, la conservación del medio ambiente y el desarrollo sostenido del País.
1.4.3.2. MISION:
Somos una Institución Publica de Educación Universitaria dedicada a formar profesionales y post graduados calificados, con capacidad de gestión, compromiso social, premunidos de valores éticos y culturales; que realiza investigación para proponer alternativas integrales como soporte del desarrollo nacional y de la Región Andina.
1.4.3.3. FINES DE LA UNIVERSIDAD
Conservar, acrecentar y transmitir la cultura universal con sentido critico y creativo afirmando preferentemente los valores universales.
Realizar investigaciones en humanidades, ciencia y tecnología y fomentar la creación intelectual y artística.
Formar humanistas, científicos y profesionales de alta calidad académica de acuerdo con las necesidades de la región y el país; desarrollar en sus miembros los valores éticos y cívicos, las actitudes de responsabilidad y solidaridad y el conocimiento de la realidad nacional, así como la necesidad de la integración nacional, latinoamericana y universal.
Cumplir las demás atribuciones que le señale la constitución política del Perú, la Ley y el estatuto de la universidad.
1.4.3.4. OBJETIVOS ESTRATEGICOS PRIORIZADOS
Innovar y mejorar el nivel académico en concordancia con las exigencias del mundo moderno propendiendo a la educación integral y la formación de profesionales de alta calidad capaces de liderar y conducir el desarrollo nacional.
Elevar la capacidad investigativa, creativa y de innovación tecnológica de los docentes y estudiantes, para generar conocimiento científico, tecnológico y humanístico, integrando sus procesos de formación profesional, a la comunidad científica tecnológica, y a solución de los problemas de la Región Andina.
Lograr una gestión universitaria moderna desconcentrada, eficiente, eficaz, soporte de la actividad académica, investigativa y de proyección social y extensión universitaria, promoviendo una cultura organizacional y de respeto a las personas.
Formar especialistas e investigadores post graduados competentes de alto nivel académico y científico, capaces de proponer alternativas integrales para el desarrollo del País y de la Región Andina.
Elevar los niveles de producción, productividad y rentabilidad de los Centros de Investigación y de Servicios como un soporte fundamental para la sostenibilidad de la investigación, la formación profesional y proyección social.
Difundir sistemáticamente la producción académica, cinética, tecnológica y cultural de la Universidad había la sociedad.
Brindar a la comunidad, capacitación, servicios técnicos y especializados, promoviendo la participación y compromiso de los sectores productivos y de servicios de País y de la Región Andina.
Construir y gerenciar eficientemente empresas de producción de bienes de prestación de servicios, promoviendo el diseño y marketing de nuevos productos y servicios en concordancia con las existencias del mercado nacional e internacional.
1.4.4. ORGANIZACION DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO
La Universidad esta organizada de la siguiente forma:
1.4.4.1. ORGANOS DE GOBIERNO
Asamblea Universitaria
Consejo Universitario
Rectorado
Consejo de Facultad
1.4.4.2. FACULTADES
La Universidad Nacional del Altiplano - Puno, esta estructurada académicamente por Facultades y la Escuela de Post Grado, que funcionan con criterios de desconcentración y Descentralización, según sea el caso.
1.4.4.3. ORGANOS DE EJECUCION
Departamentos Académicos.
Dirección de Carreras Profesionales.
Dirección de Institutos y/o Centros de Investigación.
Dirección de Proyección y Extensión Universitaria.
Dirección de Segunda Especializaci6n.
1.4.4.4. ORGANOS DE APOYO
Secretaria Técnica.
Coordinación de Investigación.
Coordinación de Proyección Social.
Coordinación de Registro y Archivo Académico.
Coordinación de Biblioteca Especializada.
Coordinación de Laboratorios y Gabinetes.
1.4.5. ORGANIGRAMA
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL - U.N.A.
Marco conceptual
1.5.1. NORMATIVIDAD
Las normas de Auditoria son las indicaciones que en forma obligatoria los auditores tienen que cumplir en el desempeño de sus funciones de auditoria y presentan los requisitos personales y profesionales del auditor, además de orientaciones para la uniformidad en el trabajo con el propósito de lograr un buen nivel de calidad en el examen. Así mismo indican lo concerniente a la elaboración del informe de auditoria.
1.5.1.1. NAGAS (NORMAS DE AUDITORIA GENERALMENTE ACEPTADAS)
1.5.1.1.1. CONCEPTO Y ORIGEN:
Son los principios fundamentales de auditoria a los que deben enmarcarse su desempeño los auditores durante el proceso de la auditoria. El cumplimiento de estas normas garantiza la calidad del trabajo profesional del auditor. Las NAGAS, tiene su origen en los Boletines (Statement on Auditing Estándar - SAS) emitidos por el Comité de Auditoria del Instituto Americano de Contadores Públicos de los Estados Unidos de Norteamérica en el año 1948.
1.5.1.1.2. LAS NAGAS EN EL PERU
En el Perú, fueron aprobados en el mes de octubre de 1968 con motivo del II Congreso de Contadores Públicos, llevado a acabo en la ciudad de Lima. Posteriormente, se ha ratificado su aplicación en el III Congreso Nacional de Contadores Públicos, llevado a cabo en el año 1971, en la ciudad de Arequipa.
Por lo tanto, estas normas son de observación obligatoria para los Contadores Públicos que ejercen la auditoria en nuestro país, por cuanto además les servirá como parámetro de medición de su actuación profesional y para los estudiantes como guías orientadoras de conducta por donde tendrán que caminar cuando sean profesionales.
1.5.1.1.3. CLASIFICACION DE LAS NAGAS
En la actualidad las NAGAS, vigente en nuestro país son 10, las mismas que constituyen los (10) diez mandamientos para el auditor y son:
NORMAS GENERALES O PERSONALES
1. ENTRENAMIENTO Y CAPACIDAD PROFESIONAL: "La Auditoria debe ser efectuada por personal que tiene el entrenamiento técnico y pericia como Auditor".
2. INDEPENDENCIA: "En todos los asuntos relacionados con la Auditoria, el auditor debe mantener independencia de criterio".
3. CUIDADO O ESMERO PROFESIONAL: "Debe ejercerse el esmero profesional en la ejecución de la auditoria y en la preparación del dictamen".
NORMAS DE EJECUCION DEL TRABAJO
4. PLANEAMIENTO Y SUPERVISION: "La auditoria debe ser planificada apropiadamente y el trabajo de los asistentes del auditor, si los hay, debe ser debidamente supervisado".
5. ESTUDIO Y EVALUACION DEL CONTROL INTERNO: "Debe estudiarse y evaluarse apropiadamente la estructura del control interno (de la empresa cuyos estados financieros se encuentra sujetos a auditoria como base para establecer el grado de confianza que merece, y consecuentemente, para determinar la naturaleza, el alcance y la oportunidad de los procedimientos de auditoria".
6. EVIDENCIA SUFICIENTE Y COMPETENTE: "Debe obtenerse evidencia competente y suficiente, mediante la inspección, observación, indagación y confirmación para proveer una base razonable que permita la expresión de una opinión sobre los estados financieros sujetos a la auditoria".
NORMAS DE PREPARACION DEL INFORME
Estas normas regulan la ultima fase del proceso de auditoria, es decir la elaboración del informe, para lo cual, el auditor habrá acumulado en grado suficiente las evidencias, debidamente respaldada en sus papeles de trabajo.
Por tal motivo, este grupo de normas exige que el informe exponga de que forma se presentan los estados financieros y el grado de responsabilidad que asume el auditor.
7. APLICACION DE LOS PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS: "El dictamen debe expresar si los estados financieros están presentados de acuerdo a principios de contabilidad generalmente aceptados".
8. CONSISTENCIA.
9. REVELACION SUFICIENTE.
10. OPINIÓN DEL AUDITOR: "El dictamen debe contener la expresión de una opinión sobre los estados financieros tornados en su integridad, o la aseveración de que no puede expresarse una opinión. En este ultimo caso, deben indicarse las razones que lo impiden. En todos los casos, en que el nombre de un auditor este asociado con estados financieros el dictamen debe contener una indicación clara de la naturaleza de la auditoria, y el grado de responsabilidad que esta tomando".
1.5.1.2. NIAS (NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORIA)
1.5.1.2.1. CONCEPTO: Es el conjunto coherente de lineamientos para el ejercicio de la Auditoria Financiera, El Consejo de IFAC ha establecido el Comité Internacional de Practicas de Auditoria (AIPC) para desarrollar y emitir a nombre del Consejo, normas y declaraciones de auditoria y servicios relacionados, con el propósito de ayudar a mejorar el grado de uniformidad de las practicas de auditoria y servicios relacionados de todo el mundo.
En el Perú, tales Normas Internacionales han sido adoptadas para el ejercicio profesional por los correspondientes órganos representativos de Contadores Públicos, por lo que constituye un requisito formal su observancia en todo trabajo profesional de auditoria independiente.
1.5.1.2.2. CLASIFICACION
INFORMACION INTRODUCTORIA
110 "Marco referencial de las Normas Internacionales de Auditoria"
ASUNTOS GENERALES
200 "Objetivo y principios generales que gobiernan una auditoria de estados financieros".
210 "El compromiso de Auditoria".
220 "Control de calidad para el trabajo de auditoria"
230 "Documentación".
240 "Fraude y Error".
250 "Las Leyes y reglamentos en una auditoria de estados financieros".
PLANEAMIENTO
300 "Planeación".
310 "Conocimiento del negocio".
320 "La Materialidad en Auditoria".
CONTROL INTERNO
400 "Evaluación de riesgos y control interno".
401 "Auditoria en un ambiente de sistemas de información por computadora (SICTs)".
402 "Consideraciones de auditoria relativas a entidades que utilizan organizaciones de servicios.
EVIDENCIA DE AUDITORIA
500 "Evidencia de auditoria".
501 "Evidencia de auditoria - aspectos específicos adicionales".
510 "Trabajos iniciales - balances de apertura"
520 "Procedimientos analíticos".
530 "Muestreo de auditoria".
540 "Auditoria de estimaciones contables".
550 "Partes relacionadas (Filiales)".
560 "Hechos posteriores".
570 "Empresa en marcha".
580 "Representaciones o Manifestaciones de la administración".
UTILIZACION DEL TRABAJO DE OTROS
600 "Utilización del trabajo de otro auditor".
610 "Consideración del trabajo del auditor interno".
620 "Utilización del trabajo de expertos".
EL DICTAMEN DE AUDITORIA
700 "El dictamen del auditor sobre los estados financieros".
720 "Otra informaci6n en documentos que contienen estados financieros auditados".
AREAS ESPECIALIZADAS
800 "El dictamen del auditor sobre trabajos de auditoria con propósito especial".
810 "El examen de información financiera proyectada".
SERVICIOS RELACIONADOS
910 "Compromiso de revisión de estados financieros".
920 "Compromiso de procedimientos bajo acuerdo en relación con información financiera.
930 "Compromiso de compilar informaci6n financiera".
DECLARACIONES DE AUDITORIA
1001 "Entornos CIS-Microcomputadoras Independientes".
1002 "Entornos CIS-Sistemas de computadoras en línea".
1003 "Entornos CIS-Sistemas de bases de datos".
1004 "La relación entre supervisores de bancos y auditores externos".
1005 "Consideraciones particulares en la auditoria de pequeñas empresas".
1006 "Comunicaciones con la administración".
1007 "Evaluación de riesgos y control interno - características y consideraciones de CIS"
1009 "Técnicas de Auditoria con ayuda de computadora".
1.5.1.3. SAS
1.5.1.3.1. CONCEPTO: Son declaraciones sobre normas de auditoria a la fecha se han emitido 82, estas son expedidas por el consejo de normas de auditoria del INSTITUTO AMERICANO DE CONTADORES PUBLICOS (AICPA)
1.5.1.4. NAGU (NORMAS DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL)
1.5.1.4.1. CONCEPTO: Son los criterios que determinan los requisitos de orden personal y profesional del auditor, orientados a uniformar el trabajo de la auditoria gubernamental y obtener resultados de calidad.
Constituyen un medio técnico para fortalecer y uniformar el ejercicio profesional del auditor gubernamental y uniformar el ejercicio profesional del auditor gubernamental y permiten la evaluación del desarrollo y resultados de su trabajo, promoviendo el grado de economía, eficiencia, eficacia en la gestión de la entidad auditada.
Se fundamentan en la Ley del sistema Nacional de Control, su Reglamento y en las Normas de Auditoria Generalmente Aceptadas. Las Normas de auditoria gubernamental son de cumplimiento obligatorio, bajo responsabilidad, por los auditores de la Contraloría General de la Republica, de los Órganos de Auditoria Interna de las entidades sujetas al Sistema y de las Sociedades de Auditoria designadas por el organismo superior de control. Asimismo, son de observancia, por los profesionales y/o especialistas de otras disciplinas que participen en el proceso de la auditoria gubernamental.
1.5.1.4.2. CLASIFICACION:
Se presentan clasificadas en cuatro grupos:
1. NORMAS GENERALES: Entrenamiento técnico y capacidad profesional, independencia, cuidado y esmero profesional, independencia, cuidado y esmero profesional, confidencialidad, participación de profesionales y/o especialistas, y control de calidad.
2. NORMAS RELATIVAS A LA PLANIFICACIÓN DE LA AUDITORIA GUBERNAMENTAL: Planificación general, planificación especifica, programas de auditoria y archivo permanente.
3. NORMAS RELATIVAS A LA EJECUCION DE LA AUDITORIA GUBERNAMENTAL: Estudio y evaluación del control interno, evaluación del cumplimiento de disposiciones legales y reglamentarias, supervisión del trabajo de auditoria, evidencia suficiente, competente y relevante, papeles de trabajo, comunicación de observaciones y carta de presentación.
4. NORMAS RELATIVAS AL INFORME DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL: Forma escrita, oportunidad del informe presentación del informe, contenido del informe e informe especial.
NAGU .1. NORMAS GENERALES
NAGU 1.10 ENTRENAMIENTO TECNICO Y CAPACIDAD PROFESIONAL
El Auditor gubernamental debe poseer un adecuado entrenamiento técnico, la experiencia y competencia profesional necesarios para la ejecución de su trabajo.
NAGU.1.20 INDEPENDENCIA
El auditor debe adoptar una actitud de independencia de criterio respecto de la entidad examinada y se mantendrá libre de cualquier situación que pudiera señalarse como incompatible con su integridad y objetividad.
NAGU. 1.30 CUIDADO Y ESMERO PROFESIONAL
El auditor debe actuar con el debido cuidado profesional a efectos de cumplir con las normas de auditoria durante la ejecución de su trabajo y en la elaboración del informe.
NAGU. 1.40 CONFIDENCIALIDAD
El auditor gubernamental debe mantener absoluta reserva respecto a la información que conozca en el transcurso de su trabajo.
NAGU.1.50 PARTICIPACION DE PROFESIONALES Y/O ESPECIALISTAS
Integraran el equipo de auditoria, en calidad de apoyo, los profesionales y/o especialistas que ejercen sus actividades en campos diferentes a la auditoria gubernamental, cuando sus servicios se consideren necesarios para el desarrollo del examen. De ser pertinente, los resultados de sus labores se incluirán en el Informe o como anexos al mismo.
NAGU. 1.60 CONTROL DE CALIDAD
La Contraloría General de la Republica, los Órganos de Auditoria Interna conformantes del Sistema Nacional de Control y las Sociedades de Auditoria designadas, deben establecer y mantener un adecuado sistema interno de control de calidad que permita ofrecer seguridad razonable de que la auditoria se ejecuta en concordancia con los objetivos, políticas, normas y procedimientos de auditoria gubernamental.
NAGU.2. NORMAS RELATIVAS A LA PLANIFICACION DE LA AUDITORIA GUBERNAMENTAL
NAGU. 2.10 PLANIFICACION GENERAL
La Contraloría General de la Republica y los Órganos de Auditoria Interna conformantes del Sistema Nacional de Control, planificaran sus actividades de auditoria a través de sus Planes Anuales, aplicando criterios de materialidad, economía, objetividad y oportunidad, y evaluaran periódicamente la ejecución de sus planes.
NAGU. 2.20 PLANIFICACION ESPECIFICA
El trabajo del auditor debe ser adecuadamente planificado a fin de asegurar la realización de una auditoria de alta calidad y debe estar basado tanto en el conocimiento de la actividad que desarrolla la entidad a examinar como de las disposiciones legales que le afectan.
NAGU.1.20 INDEPENDENCIA
El auditor debe adoptar una actitud de independencia de criterio respecto de la entidad examinada y se mantendrá libre de cualquier situación que pudiera señalarse como Incompatible con su integridad y objetividad.
NAGU. 1.30 CUIDADO Y ESMERO PROFESIONAL
El auditor debe actuar con el debido cuidado profesional a efectos de cumplir con las normas de auditoria durante la ejecución de su trabajo y en la elaboración del informe.
NAGU. 1.40 CONFIDENCIALIDAD
El auditor gubernamental debe mantener absoluta reserva respecto a la información que conozca en el transcurso de su trabajo.
NAGU. 1.50 PARTICIPACION DE PROFESIONALES Y/O ESPECIALISTAS
Integraran el equipo de auditoria, en calidad de apoyo, los profesionales y/o especialistas que ejercen sus actividades en campos diferentes a la auditoria gubernamental, cuando sus servicios se consideren necesarios para el desarrollo del examen. De ser pertinente, los resultados de sus labores se incluirán en el Informe o como anexos al mismo.
NAGU. 2.30. PROGRAMAS DE AUDITORIA
Para cada auditoria gubernamental deben prepararse programas específicos que incluyan objetivos, alcance de la muestra, procedimientos detallados y oportunidad de su aplicación; así como el personal encargado de su desarrollo.
NAGU. 2.40 ARCHIVO PERMANENTE
Para cada entidad sujeta a control se debe implantar, organizar y mantener actualizado el archivo permanente.
NAGU.3. NORMAS RELATIVAS A LA EJECUCION DE LA AUDITORIA
NAGU.3.10 EVALUACION DE LA ESTRUCTURA DEL CONTROL INTERNO
Se debe efectuar una apropiada evaluación de la estructura del control interno de la entidad a examinar, a efectos de formarse una opinión sobre la efectividad de los controles internes implementados y determinar el riesgo de control, así como identificar las áreas criticas; e informar al titular de la entidad de las debilidades detectadas recomendando las medidas que correspondan para el mejoramiento de las actividades institucionales.
NAGU. 3.20 EVALUACION DEL CUMPLIMIENTO DE DISPOSICIONES LEGALES Y REGLAMENTARIAS
En la ejecución de la auditoria gubernamental debe evaluarse el cumplimiento de las leyes y reglamentos aplicables cuando sea necesario para los objetivos de la auditoria.
NAGU.3.30 SUPERVISION DEL TRABAJO DE AUDITORIA
El trabajo de auditoria debe ser apropiadamente supervisado para mejorar su calidad y cumplir los objetivos propuestos.
NAGU.3.40 EVIDENCIA SUFICIENTE, COMPETENTE Y RELEVANTE
El auditor debe obtener evidencia suficiente, competente y relevante mediante la aplicaci6n de pruebas de control y procedimientos sustantivos que le permitan fundamentar razonablemente los juicios y conclusiones que formule con respecto al organismo, programa, actividad o función que sea objeto de la auditoria.
NAGU.3.50 PAPELES DE TRABAJO
El auditor gubernamental debe organizar un registro completo y detallado de la labor efectuada y las conclusiones alcanzadas, en forma de papeles de trabajo.
NAGU. 3.60 COMUNICACION DE HALLAZGOS
Durante la ejecución de la acción de control, la Comisión Auditora debe comunicar oportunamente los hallazgos a las personas comprendidas en los mismos a fin que, en un plazo fijado, presenten sus aclaraciones o comentarios sustentados documentadamente para su debida evaluación y consideración pertinente en el Informe correspondiente.
NAGU. 3.70 CARTA DE REPRESENTACION
El auditor debe obtener una carta de representación del titular y/o nivel gerencial competente de la entidad auditada.
NAGU .4. NORMAS RELATIVAS AL INFORME DE AUDITORIA
GUBERNAMENTAL
NAGU. 4.10 ELABORACION DEL INFORME.
Como producto final del trabajo de campo, la comisión auditora procederá a la elaboración del informe correspondiente, considerando las características y estructura señaladas en las Normas de Auditoria Gubernamental.
NAGU. 4.20 OPORTUNIDAD DEL INFORME.
La comisión auditora deberá adecuarse a los plazos estipulados en el programa correspondiente, a fin que el informe pueda emitirse en el tiempo previsto, permitiendo que la información en él revelada sea utilizada oportunamente por el titular de la entidad y/o autoridades de los niveles apropiados del Estado.
NAGU. 4.30 CARACTERISTICAS DEL INFORME
Los informes que se emitan deben caracterizarse por su alta calidad, para lo cual se deberá tener especial cuidado en la redacción, así como en la concisión, exactitud y objetividad al exponer los hechos.
NAGU. 4.40 CONTENIDO DEL INFORME
El contenido del informe expondrá ordenada y apropiadamente los resultados de la acción de control, señalando que se realice de acuerdo a las Normas de Auditoria Gubernamental y mostrando los beneficios que reportara a la entidad.
NAGU. 4.50 INFORME ESPECIAL
Cuando en la ejecución de la acción de control se evidencien indicio razonables de la comisión de delito, la comisión auditora, en cautela de los intereses del Estado, sin perjuicio de la continuidad de la respectiva acción de control, emitirá con celeridad del caso, un informe especial con el debido sustento técnico y legal, para que se efectúen las acciones pertinentes en forma inmediata en las instancias correspondientes.
Igualmente, dicho informe será emitido para fines de la acción civil respectiva, si se evidencia la existencia de perjuicio económico, siempre que se sustente que el mismo no sea susceptible de recupero por la entidad auditada en la vía administrativa.
1.5.1.5. OTRAS: son:
MAGU (manual de auditoria Gubernamental).
" Ley N° 27785 "Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la Republica. (23/07/2002)"
- Normas del INTOSAI.
- Normas de Otras EPS.
1.5.2. SISTEMA NACIONAL DE CONTROL
1.5.2.1. CONCEPTO: El Sistema Nacional de Control es un conjunto de órganos de control, normas, métodos y procedimientos estructurados e integrados funcionalmente destinados a conducir y desarrollar el ejercicio del control gubernamental en forma descentralizada.
Su acción comprende las actividades y acciones en los campos administrativo, presupuestal, operativo y financiero de las entidades y alcanza al personal que presta servicio en ellas, independientemente del régimen que las regule (Art. 12° Ley N° 27785).
El ejercicio del control gubernamental por el Sistema Nacional de Control en las entidades, se efectúa bajo la autoridad normativa y funcional de la Contraloría General de la Republica, la misma que establece los lineamientos, disposiciones y procedimientos técnicos correspondientes a su proceso, en función a la naturaleza y/o especialización de dichas entidades, las modalidades de control aplicables y los objetivos trazados para su ejecución.
Dicha regulación permitirá la evaluación, por los órganos de control de la gestión de las entidades y sus resultados (Articulo 14° Ley N° 27785).
Tienen como objetivo supervisar la Correcta, Útil, Eficiente, Económica y transparente utilización de los bienes y recursos publico, el ejercicio de las funciones y los resultados obtenidos en el cumplimiento de la normatividad.
1.5.2.2. CONFORMACION DEL SISTEMA
El Sistema Nacional de Control esta conformado por:
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA
Es el Ente rector del Sistema Nacional de Control, dotado de autonomía administrativa funcional, económica, financiera que tiene por misión dirigir y supervisar con eficiencia y eficacia el control gubernamental orientando sus acciones al fortalecimiento y transparencia de la gestión de las entidades.
ORGANO DE AUDITORIA INTERNA
Esta ubicado en el mayor nivel jerárquico de la estructura de la entidad, el cual constituye la unidad especializada responsable de llevar a cabo el control gubernamental en la entidad. El Titular de la entidad tiene la obligación de cautelar la adecuada implementación del Órgano de Auditoria Interna y la asignación de recursos suficientes para la normal ejecución de sus actividades de control.
El citado Órgano mantiene una relación funcional con la Contraloría General, efectuando su labor, de conformidad con los lineamientos y políticas que para tal efecto establezca el Organismo Superior de Control.
SOCIEDADES DE AUDITORIA
Las (SOA), son las personas jurídicas calificadas e independientes en la realización de labores de control posterior externo, que son designados por la Contraloría General, previo concurso publico de Meritos y contratadas por las entidades para examinar las actividades y operaciones de las mismas, opinar sobre la razonabilidad de sus Estados Financieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados.
El proceso de la designación y contratación de las sociedades de auditoria, el seguimiento y evaluación de informes, las responsabilidades, así como su registro, es regulado por la Contraloría General.
1.5.2.3. CONTROL GUBERNAMENTAL
1.5.2.3.1. CONCEPTO:
El control gubernamental consiste en la supervisión, vigilancia y verificación de los actos y resultados de la gestión publica, en atención al grado de eficiencia, eficacia, transparencia y economía en el uso y destino de los recursos y bienes del Estado, así como del cumplimiento de las normas legales y de los lineamientos de política y planes de acción, evaluando los sistemas de administración, gerencia y control, con fines de su mejoramiento a través de la adopción de acciones preventivas y correctivas pertinentes.
El control gubernamental es interno y externo y su desarrollo constituye un proceso integral y permanente.
1.5.2.3.2. CLASES DE CONTROL:
CONTROL EXTERNO
Se entiende por control externo el conjunto de políticas, normas, métodos y procedimientos técnicos, que compete aplicar a la Contraloría General u otro órgano del Sistema por encargo o designación de esta, con el objeto de supervisar, vigilar y verificar la gestión, la captación y el uso de los recursos y bienes del Estado. Se realiza fundamentalmente mediante acciones de control con carácter selectivo y posterior.
En concordancia con sus roles de supervisión y vigilancia, el control externo podrá ser preventivo o simultáneo, cuando se determine taxativamente por la presente Ley o por normativa expresa, sin que en ningún caso conlleve injerencia en los procesos de dirección y gerencia a cargo de la administración de la entidad, o interferencia en el control posterior que corresponda.
Para su ejercicio, se aplicarán sistemas de control de legalidad, de gestión, financiero, de resultados, de evaluación de control interno u otros que sean útiles en función a las características de la entidad y la materia de control, pudiendo realizarse en forma individual o combinada. Asimismo, podrá llevarse a cabo inspecciones y verificaciones, así como las diligencias, estudios e investigaciones necesarias para fines de control.
CONTROL INTERNO
El control interno comprende las acciones de cautela previa simultanea y de verificación posterior que realiza la entidad sujeta a control, con la finalidad que la gestión de sus recursos, bienes y operaciones se efectué correcta y eficientemente. Su ejercicio es previo, simultaneo y posterior.
El control interno previo y simultaneo compete exclusivamente a las autoridades, funcionarios y servidores públicos de las entidades como responsabilidad propia de las funciones que le son inherentes, sobre la base de las normas que rigen las actividades de la organización y los procedimientos establecidos en sus planes, reglamentos, manuales y disposiciones institucionales, los que contienen las políticas y métodos de autorización, registro, verificación, evaluación, seguridad y protección.
El control interno posterior es ejercido por los responsables superiores del servidor o funcionario ejecutor, en función del cumplimiento de las disposiciones establecidas, así como por el órgano de control institucional según sus planes y programas anuales, evaluando y verificando los aspectos administrativos del uso de los recursos y bienes del Estado, así como la gestión y ejecución llevadas a cabo, en relación con las metas trazadas y resultados obtenidos.
Es responsabilidad del Titular de la entidad fomentar y supervisar el funcionamiento y confiabilidad del control interno para la evaluación de la gestión y el efectivo ejercicio de la rendición de cuentas, propendiendo a que este contribuya con el logro de la misión y objetivos de la entidad a su cargo.
El Titular de la entidad está obligado a definir las políticas institucionales en los planes y/o programas anuales que se formulen, los que serán objeto de las verificaciones a que se refiere esta Ley.
1.5.2.4. ACCION DE CONTROL
La acción de control es la herramienta esencial del Sistema, por la cual el personal técnico de sus órganos conformantes, mediante la aplicación de las normas, procedimientos y principios que regulan el control gubernamental, efectúa la verificación y evaluación, objetiva y sistemática, de los actos y resultados producidos por la entidad en la gestión y ejecución de los recursos, bienes y operaciones institucionales.
Las acciones de control se realizan con sujeción al Plan Nacional de Control y a los planes aprobados para cada 6rgano del Sistema de acuerdo a su programación de actividades y requerimientos de la Contraloría General. Dichos planes deberán contar con la correspondiente asignación de recursos presupuestales para su ejecución, aprobada por el Titular de la entidad, encontrándose protegidos por el principio de reserva.
Como consecuencia de las acciones de control se emitirán los informes correspondientes, los mismos que se formularan para el mejoramiento de la gestión de la entidad, incluyendo el señalamiento de responsabilidades que, en su caso, se hubieran identificado. Sus resultados se exponen al Titular de la entidad, salvo que se encuentre comprendido como presunto responsable civil y/o penal.
1.5.3. AUDITORIA GUBERNAMENTAL
1.5.3.1. CONCEPTO:
La Auditoria Gubernamental es el examen objetivo, sistemático y profesional de las operaciones financieras y/o administrativas, efectuado con posterioridad a su ejecución, en las entidades sujetas al Sistema Nacional de Control, elaborando el correspondiente informe.
Se debe efectuar de acuerdo a las Normas de Auditoria Gubernamental y disposiciones especializadas emitidas por la Contraloría General, aplicando las técnicas, métodos y procedimientos establecidos por la profesión del contador publico.
1.5.3.2. OBJETIVOS
Evaluar la correcta utilización de los recursos públicos verificando el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias.
Determinar la razonabilidad de la informaci6n financiera.
Determinar el grado en que se han alcanzado los objetivos previstos y los resultados obtenidos en relación a los recursos asignados y al cumplimiento de los planes y programas aprobados en la entidad examinada.
Recomendar medidas para promover mejoras en la gestión publica.
Fortalecer el sistema de control Interno de la entidad auditada.
Corresponde ejercer la Auditoria Gubernamental a los auditores de la Contraloría General de la republica, de los Órganos de Auditoria Interna - OAI de las entidades sujetas al Sistema Nacional de Control y de las Sociedades de Auditoria designadas.
1.5.3.3. EL AUDITOR GUBERNAMENTAL:
Es el profesional que reúne los requisitos necesarios para el ejercicio del trabajo de la auditoria en las entidades sujetas al Sistema Nacional de Control, aplicando las Normas de Auditoria Generalmente Aceptadas - NAGA, las Normas Internacionales de Auditoria - NIA y las presentes Normas de Auditoria Gubernamental - NAGU.
1.5.3.4. TIPOS DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL
La auditoria gubernamental, cuyo tipo se define por sus objetivos, se clasifica en auditoria financiera, auditoria de gestión o de desempeño y examen especial.
1.5.3.4.1. AUDITORIA FINANCIERA
La auditoria financiera, a su vez, comprende a la auditoria de los estados financieros y la auditoria de asuntos financieros en particular.
La auditoria de estados financieros tiene por objetivo determinar si los estados financieros del ente auditado presentan razonablemente su situación financiera, los resultados de sus operaciones y sus flujos de efectivo de acuerdo con principios de contabilidad generalmente aceptados. Este tipo de auditoria es efectuada usualmente en las entidades sujetas al Sistema Nacional de Control por Sociedades de Auditorias designadas por la Contraloría General de la Republica.
La auditoria de asuntos financieros en particular se aplica a programas, actividades, funciones o segmentos, con el propósito de determinar si estos se presentan de acuerdo con criterios establecidos o declarados expresamente.
Las Normas de Auditoria Generalmente Aceptadas y las Normas Internacionales de Auditoria que rigen a la profesión contable en el país son aplicables a todos los aspectos de la auditoria financiera.
1.5.3.4.2. AUDITORIA DE GESTION
Su objetivo es evaluar el grado de economía, eficiencia y eficacia en el manejo de los recursos públicos, así como el desempeño de los servidores y funcionarios del Estado. respecto al cumplimiento de las metas programadas y el grado con que se están logrando los resultados o beneficios previstos por la legislación presupuestal o por la entidad que haya aprobado el programa o la inversión correspondiente.
La auditoria de gestión puede tener, entre otros, los siguientes propósitos:
1. Determinar si la entidad adquiere, protege y emplea sus recursos de manera económica y eficiente.
2. Establecer las causas de ineficiencias o practicas antieconómicas.
3. Evaluar si los objetivos de un programa son apropiados, suficientes o pertinentes y el grado en que produce los resultados deseados.
Generalmente, al termino de una auditoria de gestión el auditor no expresa una opinión sobre el nivel integral de dicha gestión o el desempeño de los funcionarios. Por tanto, estas normas no prevén que se exija al auditor una opinión de esa naturaleza. Sin embargo, el auditor deberá presentar en su informe, hallazgos y conclusiones respecto a la magnitud y calidad de la gestión o desempeño, así como en relación con los procesos, métodos y controles internos específicos, cuya eficiencia o eficacia considere susceptible de mejorarse. Si estima que existen posibilidades de mejoría, el auditor deberá recomendar las medidas correctivas apropiadas.
1.5.3.4.3. EXAMEN ESPECIAL
Se denomina examen especial a la auditoria que puede comprender o combinar la auditoria financiera - de un alcance menor al requerido para la emisión de un dictamen de acuerdo con normas de auditoria generalmente aceptadas - con la auditoria de gestión - destinada sea en forma genérica o especifica, a la verificación del manejo de los recursos presupuestarios de un periodo dado - , así como al cumplimiento de los dispositivos legales aplicables.
También tiene como objetivos específicos, entre otros, determinar si la programación y formulación presupuestaria se ha efectuado en función de las metas establecidas en los planes de trabajo de la entidad, evaluar el grado de cumplimiento y eficiencia de la ejecución del presupuesto, en relación a las disposiciones que lo regulan y al cumplimiento de las metas y objetivos establecidos, así como determinar la eficiencia, confiabilidad y la oportunidad con que se evalúa el presupuesto de las entidades.
Asimismo, se efectúan exámenes especiales para investigar denuncias de diversa índole y ejerce el control de las donaciones recibidas, así como de los procesos licitarios, del endeudamiento publico y cumplimiento de contratos de gestión gubernamental, entre otros.
El examen especial es efectuado por la Contraloría General de la Republica y por los Órganos de Auditoria Interna del sistema como parte del alcance del trabajo necesario para emitir el informe anual sobre la Cuenta General de la Republica preparada por la Contaduría Publica de la Nación.
1.5.3.5. PROCESO DE AUDITORIA
Tiene tres Fases:
1.5.3.5.1. FASE DE PLANEACION
PLANIFICACION GENERAL
La Contraloría General de la Republica Y los Órganos de Auditoria Interna conformantes del sistema Nacional de control, planificaran sus actividades de auditoria a través de sus planes anuales aplicando criterios de materialidad, economía, objetividad y evaluaran periódicamente la ejecuci6n de sus planes.
PLANIFICACION ESPECIFICA
El trabajo del auditor debe ser adecuadamente planificado a fin de asegurar la realización de una auditoria de alta calidad y debe estar basado tanto en el conocimiento de la entidad a examinar como las disposiciones legales que la afectan.
ELEMENTOS PRINCIPALES DE ESTA FASE
1. Conocimiento y Comprensión de la Entidad
2. Objetivos y Alcance de la auditoria
3. Análisis Preliminar del Control Interno
4. Análisis de los Riesgos y la Materialidad
5. Planeación Especifica de la auditoria
6. Elaboración de programas de Auditoria
CONOCIMIENTO Y COMPRENSION DE LA ENTIDAD A AUDITAR.
Previo a la elaboración del plan de auditoria, se debe investigar todo lo relacionado con la entidad a auditar, para poder elaborar el plan en forma objetiva. Este análisis debe contemplar: su naturaleza operativa, su estructura organizacional, giro del negocio, capital, estatutos de constitución, disposiciones legales que la rigen, sistema contable que utiliza, volumen de sus ventas, y todo aquello que sirva para comprender exactamente como funciona la empresa.
Para el logro del conocimiento y comprensión de la entidad se deben establecer diferentes mecanismos o técnicas que el auditor deberá dominar y estas son entre otras:
a) Visitas al lugar
b) Entrevistas y encuestas
c) Análisis comparativos de Estados Financieros
d) Análisis FODA
h) Etc.
OBJETIVOS Y ALCANCE DE LA AUDITORIA
Los objetivos indican el propósito por lo que es contratada la firma de auditoria, que se persigue con el examen, para que y por que. Si es con el objetivo de informar a la gerencia sobre el estado real de la empresa, o si es por cumplimiento de los estatutos que mandan efectuar auditorias anualmente, en todo caso, siempre se cumple con el objetivo de informar a los socios, a la gerencia y resto de interesados sobre la situación encontrada para que sirvan de base para la toma de decisiones.
ANALISIS PRELIMINAR DEL CONTROL INTERNO
Este análisis reviste de vital importancia en esta etapa, porque de su resultado se comprenderá la naturaleza y extensión del plan de auditoria y la valoración y oportunidad de los procedimientos a utilizarse durante el examen.
ANALISIS DE LOS RIESGOS Y LA MATERIALIDAD.
El Riesgo en auditoria representa la posibilidad de que el auditor exprese una opinión errada en su informe debido a que los estados financieros o la información suministrada a el estén afectados por una distorsión material o normativa.
En auditoria se conocen tres tipos de riesgo: Inherente, de Control y de Detección. El riesgo inherente es la posibilidad de que existan errores significativos en la información auditada, al margen de la efectividad del control interno relacionado; son errores que no se pueden prever.
ELABORACIÓN DE PROGRAMA DE AUDITORIA Cada miembro del equipo de auditoria debe tener en sus manos el programa detallado de los objetivos y procedimientos de auditoria objeto de su examen. Ejemplo: si un auditor va a examinar el efectivo y otro va a examinar las cuentas x cobrar, cada uno debe tener los objetivos que se persiguen con el examen y los procedimientos que se corresponden para el logro de esos objetivos planteados. Es decir, que debe haber un programa de auditoria para la auditoria del efectivo y un programa de auditoria para la auditoria de cuentas x cobrar, y así sucesivamente.
De esto se deduce que un programa de auditoria debe contener dos aspectos fundamentales: Objetivos de la auditoria y Procedimientos a aplicar durante el examen de auditoria.
También se pueden elaborar programas de auditoria no por áreas especificas, sino por ciclos transaccionales.
1.5.3.5.2. FASE DE EJECUCIÓN
En esta fase se realizan diferentes tipos de pruebas y análisis a los estados financieros para determinar su razonabilidad. Se detectan los errores, si los hay, se evalúan los resultados de las pruebas y se identifican los hallazgos.
Se elaboran las conclusiones y recomendaciones y se las comunican a las autoridades de la entidad auditada.
Aunque las tres fases son importantes, esta fase viene a ser el centro de lo que es el trabajo de auditoria, donde se realizan todas las pruebas y se utilizan todas las técnicas o procedimientos para encontrar las evidencias de auditoria que sustentaran el informe de auditoria.
ELEMENTOS DE LA FASE DE EJECUCION
1. Las Pruebas de Auditoria
2. Técnicas de Muestreo
3. Evidencias de Auditoria
4. Papeles de Trabajo
5. Hallazgos de Auditoria
LAS PRUEBAS DE AUDITORIA
Son técnicas o procedimientos que utiliza el auditor para la obtención de evidencia comprobatoria. Las pruebas pueden ser de tres tipos:
* Pruebas de Control
* Pruebas Analíticas
* Pruebas Sustantivas
Las pruebas de control están relacionadas con el grado de efectividad del control interno imperante.
Las pruebas analíticas se utilizan haciendo comparaciones entre dos o mas estados financieros o haciendo un análisis de las razones financieras de la entidad para observar su comportamiento.
Las pruebas sustantivas son las que se aplican a cada cuenta en particular en busca de evidencias comprobatorias. Ejemplo, un arqueo de caja chica, circulación de saldos de los clientes, etc.
TECNICAS DE MUESTREO.
Se usa la técnica de muestreo ante la imposibilidad de efectuar un examen a la totalidad de los datos. Por tanto esta técnica consiste en la utilización de una parte de los datos (muestra) de una cantidad de datos mayor (población o universo).
El muestreo que se utiliza puede ser Estadístico o No Estadístico.
EVIDENCIA DE AUDITORIA
Se llama evidencia de auditoria a "Cualquier información que utiliza el auditor para determinar si la información cuantitativa o cualitativa que se esta auditando, se presenta de acuerdo al criterio establecido".
La Evidencia para que tenga valor de prueba, debe ser Suficiente, Competente y Pertinente.
También se define la evidencia, como la prueba adecuada de auditoria. La evidencia adecuada es la información que cuantitativamente es suficiente y apropiada para lograr los resultados de la auditoria y que cualitativamente, tiene la imparcialidad necesaria para inspirar confianza y fiabilidad..
TIPOS DE EVIDENCIAS:
Evidencia Física: muestra de materiales, mapas, fotos.
Evidencia Documental: cheques, facturas, contratos, etc.
Evidencia Testimonial: obtenida de personas que trabajan en el negocio o que tienen relación con el mismo.
Evidencia Analítica: datos comparativos, cálculos, etc.
TECNICAS PARA LA RECOPILACION DE EVIDENCIAS
Existen varios procedimientos para la obtención de evidencias:
Observación: Ver el desarrollo del levantamiento del inventario físico.
Inspección Física: Examinar el estado de los vehículos
Confirmación: Con personas ajenas a la empresa: clientes de la empresa. Ejemplo confirmar los saldos de las cuentas por cobrar.
Indagación o Consulta al Cliente: con personas que laboran en la empresa. Cliente se refiere al que contrató a la firma de auditoria.
Análisis Documental: revisar una póliza de importación.
Procedimientos Analíticos: revisar balances comparativos,
Recálculo o Desempeño: volver a sumar hojas de cálculo o facturas.
PAPELES DE TRABAJO
Son los archivos o legajos que maneja el auditor y que contienen todos los documentos que sustentan su trabajo efectuado durante la auditoria.
Estos archives se dividen en Permanentes y Corrientes; el archive permanente está conformado por todos los documentos que tienen el carácter de permanencia en la empresa, es decir, que no cambian y que por lo tanto se pueden volver a utilizar en auditorias futuras; como los Estatutos de Constitución, contratos de arriendo, informe de auditorias anteriores, etc.
El archivo corriente esta formado por todos los documentos que el auditor va utilizando durante el desarrollo de su trabajo y que le permitirán emitir su informe previo y final.
Los papeles de trabajo constituyen la principal evidencia de la tarea de auditoria realizada y de las conclusiones alcanzadas que se reportan en el informe de auditoria.
Los papeles de trabajo son utilizados para:
a) Registrar el conocimiento de la entidad y su sistema de control interno.
b) Documentar la estrategia de auditoria.
c) Documentar la evaluación detallada de los sistemas, las revisiones de transacciones y las pruebas de cumplimiento.
d) Documentar los procedimientos de las pruebas de sustentación aplicadas a las operaciones de la entidad.
e) Mostrar que el trabajo de los auditores fue debidamente supervisado y revisado.
f) Registrar las recomendaciones para el mejoramiento de los controles observados durante el trabajo.
El formato y el contenido de los papeles de trabajo es un asunto relativo al juicio profesional del auditor; no hay sentencias disponibles que indiquen lo que se debe incluir en ellos, sin embargo, es esencial que contengan suficiente evidencia del trabajo realizado para sustentar las conclusiones alcanzadas. La efectividad de los papeles de trabajo depende de la calidad, no de la cantidad.
En las cedulas que se utilizan para soportar el trabajo realizado se debe considerar la Referenciación de los papeles de trabajo y las Marcas.
En hojas anexas hay una ampliación sobre otros aspectos sobre papeles de trabajo.
HALLAZGOS:
Se considera que los hallazgos en auditoria son las diferencias significativas encontradas en el trabajo de auditoria con relación a lo normado o a lo presentado por la gerencia.
Una vez concluida la fase de Ejecución, se debe solicitar la carta de salvaguarda o carta de gerencia, donde la gerencia de la empresa auditada da a conocer que se han entregado todos los documentos que oportunamente fueron solicitados por los auditores.
1.5.3.5.3. FASE DE INFORME
Finalmente es elaborado el informe de Auditoria conteniendo:
1.- Dictamen sobre los Estados Financieros o del área administrativa auditada.
2.- Informe sobre la estructura del Control Interno de la entidad.
3.- Conclusiones y recomendaciones resultantes de la Auditoria.
4.- Deben detallarse en forma clara y sencilla, los hallazgos encontrados.
En esta fase se analizan las comunicaciones que se dan entre la entidad auditada y los auditores, es decir:
a) Comunicaciones de la Entidad y
b) Comunicaciones del auditor Entre las primeras tenemos:
c) Carta de Representación
d) Reporte a partes externas
En las comunicaciones del auditor están:
a) Memorando de requerimientos
b) Comunicación de hallazgos
c) Informe de control interno
Y siendo las principales comunicaciones del auditor:
a) Informe Especial
b) Dictamen
c) Informe Largo
Si en el transcurso del trabajo de auditoria surgen hechos o se encuentran algunos o algún hallazgo que a juicio del auditor es grave, se deberá hacer un informe especial, dando a conocer el hecho en forma inmediata, con el propósito de que sea corregido o enmendado a la mayor brevedad.
Así mismo, s i al analizar el sistema de control interno se encuentran serias debilidades en su organización y contenido, se debe elaborar por separado un informe sobre la evaluación del control interno.
El informe final del auditor, debe estar elaborado de forma sencilla y clara, ser constructivo y oportuno.
Las personas auditadas deben estar siendo informadas de todo lo que acontezca alrededor de la auditoria, por tanto, podrán tener acceso a cualquier documentación relativa a algún hecho encontrado.
1.6. DEFINICION DE TERMINOS
1.6.1. ACCION DE CONTROL: Acción que desarrolla el personal de los órganos del sistema o contratados por este y/o el de las sociedades de auditoría independientes designadas y contratadas para tal fin, para dar cumplimiento, mediante la aplicación de un conjunto de procedimientos y métodos de trabajo, a las atribuciones que le confiere la presente ley
El Peruano, Ley N° 27785 Ley Orgánica del Sistema Nacional y la Contraloría Disposiciones. Complementarias.
1.6.2. ALCANCE: Implica la selección de aquellas áreas o asuntos que serán revisados a profundidad en la fase de ejecución. Esta decisión debe ser efectuada teniendo en cuenta la materialidad, sensibilidad, riesgo, factibilidad y costo, así como la trascendencia de los posibles resultados a informar.
1.6.3. ANÁLISIS: Clasificación y agrupación de los distintos elementos individuales que forman una cuenta o una agropecuario son en esencia las que establece el instituto partida determinada.
1.6.4. ARCHIVO PERMANENTE: Esta conformado por un conjunto orgánico de documentos que contiene copias y/o extractos de información de interés, de utilización continua o necesarios para futuros exámenes, básicamente relacionados con
Centro de Altos Estudios, Glosario de Términos de Uso Frecuente en el Accionar del Sistema Pag. 12:
• Ley orgánica de la entidad y normas legales que regulan su funcionamiento.
• Organigrama aprobado.
• Reglamento de Organizaciones y Funciones – ROF.
• Manual de Organización y Funciones – MOF aprobado.
• Manual de Procedimientos aprobado.
• Flujogramas de las principales actividades de la Entidad.
• Plan Operativo Institucional.
• Presupuesto institucional, incluyendo modificaciones y evaluaciones.
• Estados Financieros.
• Informes de Auditoria.
• Denuncias.
• Plan anual de control, incluyendo reprogramaciones.
• Informe de Evaluación del Plan Anual.
• Convenios y contratos trascendentes.
1.6.5. AUDITADOS: Incluye cualquier individuo, unidad o actividad perteneciente a la organización que es auditada
1.6.6. AUDITOR: Es un individuo dentro de la organización de la Contraloría a quien se le ha asignado la responsabilidad de desempeñar funciones propias de la Auditoria, conforme a las NAGU.
1.6.7. AUDITOR GUBERNAMENTAL: Es el profesional que reúne los requisitos necesarios para el ejercicio del trabajo de Auditoria en las entidades sujetas al Sistema Nacional de Control, aplicando las Normas de Auditoria Generalmente Aceptadas – NAGA, las Normas Internacionales de Auditoria – NIA y las Normas de Auditoria Gubernamental
Centro de Altos Estudios, Glosario De Términos De Uso Frecuente En El Accionar Del Sistema Pag. 17.
1.6.8. AUDITORES EXTERNOS: Se refiere a aquellos auditores profesionales que ejecutan auditorias anuales independientes por lo general de los Estados Financieros de una Entidad.
1.6.9. AUDITORIA: Existen varios conceptos de auditoria; diversos autores y especialistas han emitido definiciones de acuerdo al enfoque o alcance de esta. Sin embargo, atendiendo a las características comunes de las definiciones, la auditoria puede conceptualizarse como " la revisión y examen sistemático de una actividad o actividades que realiza personal independiente de la operación".
1.6.10. AUDITORIA EXTERNA: Constituye la aprobación de las transacciones registradas en los libros de contabilidad, las cuales son recopiladas periódicamente por las respectivas empresas, para su propia información en los estados financieros que muestren el resultado de las transacciones que han llevado a cabo y la situación del negocio.
1.6.11. AUDITORIA INTERNA: Es una función de evaluación independiente, establecida por una empresa para examinar y evaluar sus actividades como un servicio a la organización. El objetivo de una auditoria interna es asesorar a los miembros de la organización en el desempeño efectivo de sus responsabilidades. Para tal fin los Auditores internos se proveen de análisis, evaluaciones, recomendaciones, consejos e información concerniente a las actividades revisadas. Los objetivos de la auditoria interna incluyen promover controles efectivos a costos razonables.
1.6.12. CALCULO: Verificación matemática de los registros y estados financieros.
1.6.13. CAUSA: Representa la razón básica (o las razones) por la cual ocurrió la condición, o también el motivo del incumplimiento del criterio o norma. La simple expresión en el informe de que el problema existe, porque alguien no cumplió apropiadamente con las normas, es insuficiente para convencer al usuario del informe.
Es la explicación de la diferencia entre lo esperado (el criterio) y la condición actual (representa el por qué de la diferencia)
1.6.14. CICLO DE EVALUACIÓN: Período de tiempo dentro del cual se evaluarán todos los programas de un departamento.
1.6.15. COMPETENCIA: Para que sea competente, la evidencia debe ser valida y confiable.
1.6.16. COMUNICACIÓN: Implica proporcionar un apropiado entendimiento sobre los roles y responsabilidades individuales involucradas en el control interno de la información financiera dentro de una entidad.
1.6.17. CONCLUSION DE AUDITORIA (OPINIONES): Es el resultado de la evaluación de los hallazgos significativos de Auditoría. Para tales efectos los Directores de Auditoria y/o Auditores identifican riesgos y cuando es posible miden los efectos, determinando y probando las causas, así como buscando controles compensatorios. Por lo general las conclusiones se discuten previamente con los Auditados y se considera su importancia y necesidad de ser reportadas.
1.6.18. CONCLUSIONES: Son juicios del auditor, de carácter profesional, basados en las observaciones formuladas como resultado del examen. Estarán referidas a la evaluación de la gestión en la entidad examinada, en cuanto al logro de las metas y objetivos, utilización de los recursos públicos, en términos de eficiencia y economía y cumplimiento de la normativa legal.
1.6.19. CONDICION: Comprende la situación actual encontrada por el auditor al examinar una área, actividad u transacción. La condición, entendida como lo que es, refleja la manera en que el criterio está siendo logrado. Es importante que la condición haga referencia directa al criterio, en vista que su propósito es describir el comportamiento de la entidad auditada en el logro de las metas expresadas como criterios.
1.6.20. CONFIDENCIALIDAD: La confidencialidad conlleva a mantener estricta reserva respecto al proceso y los resultados de la auditoria, no revelando los hechos, datos y situaciones que sean de conocimiento del auditor por el ejercicio de su actividad profesional.
1.6.21. CONTROL: Es cualquier acción tomada por la Administración para mejorar la probabilidad de que los objetivos y las metas establecidos sean alcanzadas. La Administración planifica, organiza y dirige el desempeño de actividades suficientes para proveer razonable seguridad de que los objetivos y metas serán alcanzadas. Entonces, el control es el resultado de una apropiada planeación, organización y dirección.
Este concepto estará presente en gran parte del proceso de Auditoria y es indispensable que los Auditores lo comprendan y utilicen en su criterio profesional.
El control comprende las acciones para cautelar previamente y verificar posteriormente la correcta administración de los recursos humanos, materiales y financieros y la obtención de los resultados de la gestión pública, así como la utilización de fondos públicos por parte de otras entidades cualquiera sea su naturaleza jurídica.
1.6.22. CONTROL DE CALIDAD: Conjunto de métodos y procedimientos implementados dentro de la Contraloría General de la República u otra entidad auditara para obtener seguridad razonable que la auditoria llevada a cabo y el informe correspondiente cumplen con las Normas de Auditoria.
1.6.23. CONTROL INTERNO: Se define ampliamente como un proceso realizado por el consejo de directores, administradores y otro personal de una entidad, diseñado para proporcionar seguridad razonable mirando el cumplimiento de los objetivos en las siguientes categorías:
• Efectividad y eficiencia de las operaciones
• Confiabilidad de la información financiera
• Cumplimiento de las leyes y regulaciones aplicables
1.6.24. CONVICCIÓN: Hacer que la solidez de la evidencia conduzca a cualquier persona a las mismas conclusiones a que llega el auditor.
1.6.25. CRITERIO: Comprende la norma con la cual el auditor mide la condición. Es también la meta que la entidad está tratando de alcanzar o representa la unidad de medida que permite la evaluación de la condición actual. Igualmente, se denomina criterio a la norma transgredida de carácter legal operativo o de control que regula el accionar de la entidad examinada.
1.6.26. CUESTIONARIO DE CONTROL INTERNO: Es una herramienta que utilizan los Auditores para diagnosticar el diseño del sistema de Control Interno. Básicamente consisten en listas de preguntas que implican respuestas cerradas "sí" ó "no". Dichas respuestas sirven para establecer si una Entidad dispone de normas y otros mecanismos de control.
Las preguntas de un cuestionario de Control Interno representan el modelo de sistema de control que el Auditor considera razonablemente suficiente para lograr los objetivos del Sistema.
1.6.27. ECONOMÍA: La economía está relacionada con los términos y condiciones en los cuales se adquiere recursos, sean éstos financieros, humanos, físicos o de sistemas computarizados, obteniendo la cantidad y nivel apropiado de calidad, al menor costo, en la oportunidad requerida y en el lugar apropiado.
1.6.28. EFECTO: Constituye el resultado adverso o potencial que resulta de la condición encontrada. Generalmente, representa la pérdida en términos monetarios originada por el incumplimiento en el logro de la meta. La identificación del efecto es un factor importante al auditor, por cuanto le permite persuadir a la gerencia acerca de la necesidad de adoptar una acción correctiva oportuna para alcanzar el criterio o la meta.
1.6.29. EFECTIVIDAD: Es la referida al grado en el cual un programa o actividad gubernamental logra sus objetivos y metas u otros beneficios que pretendían alcanzarse, previstos en la legislación o fijados por otra autoridad.
1.6.30. EFICIENCIA: Se concibe este concepto con el principio de administración que permite la relación óptima entre los recursos que se utilizan y los productos que se obtienen y que simultáneamente hace posible que el trabajador se sienta realizado mediante un sentimiento de logro y de plena participación.
1.6.31. EFICACIA: Se concibe este concepto de Administración como el principio que define y asegura el cumplimiento de las políticas y metas fijadas por el gobierno para toda la colectividad Nacional, en su doble dimensión cualitativa y cuantitativa, reconociendo la intima relación entre los objetivos propuestos y los resultados obtenidos.
1.6.32. EJECUCIÓN (FASE): Fase de la auditoria de gestión focalizada, básicamente, en la obtención de evidencia suficiente y competente sobre los asuntos significativos (líneas de auditoria) aprobados en el plan de auditoria.
1.6.33. ENTIDAD: Todo aquello que constituye la esencia o forma de una cosa. Ser o ente. Institución, asociación, persona jurídica. Colectividad considerada como unidad.
1.6.34. ETICA: Consiste en el conjunto de valores morales que permite a la persona adoptar decisiones y tener un comportamiento correcto en las actividades que le corresponde cumplir en la entidad.
1.6.35. EVALUACIÓN DE RESULTADOS: En esta actividad, es necesario comprobar si los objetivos de la auditoria se han cumplido y si se tienen los elementos de juicio suficientes para conformar la opinión profesional del auditor sobre los hechos y situaciones que ha examinado, determinando las observaciones (deficiencias, irregularidades, desviaciones y oportunidades de mejora), así como las causas (origen de las observaciones) y sus efectos (repercusión y/o riesgos), planteando recomendaciones, a fin de que se corrijan los hechos observados. Aquí se presenta el problema de decidir cual es la solución mas adecuada, ya que no siempre la que parece la mejor decisión, conduce al resultado idóneo. Es necesario considerar los elementos humanos, materiales, técnicos y financieros disponibles en el momento de tomar la decisión.
1.6.36. EVIDENCIA DE AUDITORÍA: Se denomina evidencia al conjunto de hechos comprobados, suficientes, competentes y pertinentes que sustentan las conclusiones del auditor.
1.6.37. GESTION ADMINISTRATIVA: Conjunto de acciones mediante las cuales el directivo desarrolla sus actividades a través del cumplimiento de las fases del proceso administrativo: Planear, Organizar, Dirigir, Coordinar y Controlar.
1.6.38. GESTION PUBLICA: Es el conjunto de acciones mediante las cuales las entidades tienden al logro de sus fines, objetivos y metas, los que están enmarcados por las políticas gubernamentales establecidas por el Poder Ejecutivo.
1.6.39. INDEPENDENCIA: La independencia del criterio es la cualidad que permite apreciar que los juicios formulados por el auditor por el estén fundamentados en los elementos objetivos de los aspectos examinados. El auditor deberá abstenerse de participar en la realización de una auditoria en caso de incompatibilidad o conflictos de interés manifiestos.
1.6.40. INSPECCIÓN: Examen físico de bienes materiales y documentos para cerciorarse de la autenticidad de los activos o de operaciones registradas.
1.6.41. INVESTIGACIÓN: Obtención de información, datos y comentarios de los responsables del área auditada.
1.6.42. MANUAL DE ORGANIZACIONES Y FUNCIONES (MOF): Es un documento normativo de gestión institucional que describe la estructura, objetivos, funciones principales de cada dependencia delimitado la amplitud, naturaleza y campo de acción de la misma. Precisa las interrelaciones jerárquicas y funcionales internas y externas de la dependencia. Asimismo, determina los cargos dentro de la estructura orgánica y las funciones que le competen.
1.6.43. MANUAL DE PROCEDIMIENTOS: Es un documento descriptivo y de sistematización normativa, teniendo también un carácter instructivo e informativo. Contiene en forma detallada, las acciones que se siguen en la ejecución de los procesos generados para el cumplimiento de las funciones y deberá guardar coherencia con los respectivos dispositivos legales y/o administrativos, que regulan el funcionamiento de la Entidad. Además sirven como elementos de análisis para desarrollar estudios de racionalización.
1.6.44.MONITOREO: Representa al proceso que evalúa la calidad del control interno en el tiempo y permite al sistema reaccionar en forma dinámica, cambiando cuando las circunstancias así lo requieran. Se orienta a la identificación de controles débiles, insuficientes o innecesarios y, promueve su reforzamiento.
El monitoreo se lleva a cabo de tres formas: (a) durante la realización de actividades diarias en los distintos niveles de la entidad; (b) de manera separada por personal que no es el responsable directo de la ejecución de las actividades, incluidas las de control; y, (c) mediante la combinación de ambas modalidades.
1.6.45. OBJETIVIDAD: Presentar con imparcialidad la verdad o realidad de los actos, hechos o situaciones comprobados.
1.6.46. OBSERVACIÓN: Esta referida a hechos o circunstancias significativos identificados durante el examen que pueden motivar oportunidades de mejoras. Si bien el resultado obtenido adquiere la denominación de hallazgo, para fines de presentación en el informe se convierte en observación.
1.6.47. PAPELES DE TRABAJO: Documentos que contienen la evidencia que respalda los hallazgos, observaciones, opiniones de funcionarios responsables de la entidad examinada, conclusiones y recomendaciones del auditor. Deben incluir toda la evidencia que se haya obtenido durante la auditoria.
1.6.48. PLANEAMIENTO: Fase de la auditoria durante la cual el auditor se aboca a la identificación de que examinar, como, cuando y con qué recursos, así como la determinación del enfoque de la auditoria, objetivos, criterios y estrategia.
1.6.49. PLAN DE AUDITORÍA: Tiene por propósito definir el alcance global de la auditoria de gestión, en términos de objetivos generales y objetivos específicos por áreas que serán materia de examen. Este documento incluye:
• Origen de la acción
• Objetivos de la auditoria,
• Alcance de la auditoria, especificando períodos
• Áreas que serán examinadas, incluyen objetivos específicos y alcance
• Criterios de auditoria a utilizarse
• Recursos de personal y especialistas que se necesitan
• Información administrativa
• Presupuesto de tiempo
• Informes a emitir y fechas de entrega
• Formato tentativo del informe
1.6.50. ORGANIZACIÓN: Es una de las cuatro funciones básicas de la dirección que junto con la planificación, información y control posibilitan la toma de decisiones y el logro de los objetivos de la organización.
1.6.51. ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL: Organigrama que proporciona una información indispensable dando una idea condensada de la organización.
1.6.52. POLÍTICA: Se define como la declaración general que guía el pensamiento durante la toma de decisiones. La política es una línea de conducta predeterminada que se aplica en una entidad para llevar a cabo todas las actividades, incluyendo aquellas no previstas.
1.6.53. PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA: Son operaciones específicas que se aplican en una auditoría e incluyen técnicas y prácticas que son consideradas necesarios en las circunstancias.
1.6.54. RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA FUNCIONAL: Es aquélla en la que incurren los servidores y funcionarios por haber contravenido el ordenamiento jurídico administrativo y las normas internas de la entidad a la que pertenecen, se encuentre vigente o extinguido el vínculo laboral o contractual al momento de su identificación durante el desarrollo de la acción de control.
Incurren también en responsabilidad administrativa funcional los servidores y funcionarios públicos que, en el ejercicio de sus funciones, desarrollaron una gestión deficiente, para cuya configuración se requiere la existencia, previa a la asunción de la función pública que corresponda o durante el desempeño de la misma, de mecanismos objetivos o indicadores de medición de eficiencia.
1.6.55. RECOPILACIÓN DE DATOS: Es donde el auditor obtiene la información necesaria para su revisión. En esta actividad, el auditor debe ser imparcial respecto a los datos que obtiene para mantener su objetividad, cuidando que la información recabada corresponda al objetivo de revisión.
1.6.56. RECURSOS Y BIENES DEL ESTADO: Son los recursos y bienes sobre los cuales el Estado ejerce directa o indirectamente cualquiera de los atributos de la propiedad, incluyendo los recursos fiscales y de endeudamiento público contraídos según las leyes de la República.
1.6.57. RECOMENDACIONES: Constituyen las medidas sugeridas por el auditor a la administración de la entidad examinada para la superación de las observaciones identificadas. Deben estar dirigidas a los funcionarios que tengan competencia para disponer su adopción y estar encaminadas a superar la condición y las causas de los problemas.
1.6.58. REGISTRO DE DATOS: Recopilada la información, procede a registrarla para asentar por escrito los hechos en el momento que los detecta.
1.6.59. RELEVANCIA: Se refiere a la relación que existe entre la evidencia y su uso. La información que se utilice para demostrar o refutar un hecho será relevante si guarda una relación lógica con el hecho.
1.6.60. RESPONDABILIDAD: (Se entiende como el deber de los funcionarios o empleados de rendir cuenta ante una autoridad superior y, ante el público, por los fondos o bienes del Estado a su cargo y/o por una misión u objetivo asignado y aceptado.
1.6.61. RESPONSABILIDAD CIVIL: Es en la que incurren los servidores y funcionarios públicos que en el ejercicio de sus funciones hayan ocasionado un daño económico a su entidad o al Estado.
1.6.62. RESPONSABILIDAD PENAL: Es en la que incurren los servidores y funcionarios públicos que en el ejercicio de sus funciones han efectuado un acto u omisión tipificado como delito o falta.
1.6.63. SEGUIMIENTO: Esta encaminada para comprobar la implantación de las recomendaciones correctivas y preventivas resultado de las auditorias integrales, especificas, de programas y de desempeño.
1.6.64. SERVIDOR O FUNCIONARIO PUBLICO: Es para los efectos de esta ley, todo aquel que independientemente del régimen laboral en que se encuentra, mantiene vínculo laboral o contractual de cualquier naturaleza con alguna de las entidades comprendidas en el artículo 3° de la Ley N° 27785 y que en virtud de ello ejerce funciones en las entidades comprendidas en el artículo 3° de la Ley.
1.6.65. SÍNTESIS: Tiene como objetivo hacer que el informe sea de mayor utilidad para los usuarios. Como de los receptores de los informes sólo leerán la síntesis, es importante que ésta refleje el contenido del informe de manera clara y precisa. La síntesis debe presentar en forma exacta, clara y justa los aspectos más importantes del informe, a fin de evitar errores de interpretación.
1.6.66. SISTEMA: Cualquier conjunto cohesionado de elementos que están dinámicamente relacionados para lograr un propósito determinado.
1.6.67. SUFICIENCIA: Es suficiente cuando es objetiva y convincente que basta para sustentar los hallazgos, conclusiones y recomendaciones del auditor.
1.6.68. TÉCNICAS DE AUDITORÍA: Son métodos prácticos de investigación y prueba que utiliza el auditor para obtener evidencia necesaria que fundamente su opinión.
1.6.69. TRANSPARENCIA: Es el deber de los funcionarios y servidores públicos de permitir que sus actos de gestión puedan ser informados y evidenciados con claridad a las autoridades de gobierno y a la ciudadanía en general, a fin de que éstos puedan conocer y evaluar cómo se desarrolla la gestión con relación a los objetivos y metas institucionales y cómo se invierten los recursos públicos.
1.6.70. UTILIDAD: Aportar elementos que propicien la optimización del uso de los recursos y el mejoramiento de la administración del área revisada.
CAPTITULO II
Descripción de actividades realizadas
Las Prácticas Pre - Profesionales Finales se realizó lo siguiente:
ENTIDAD: UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO
AREA DE PRACTICAS: ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
INICIO DE PRACTICAS: 18 de Febrero del 2009
FINALIZACIÓN: 22 de Mayo del 2009
HORA DE PRACTICAS: 8:00 a 14:00
La Universidad Nacional del Altiplano - Puno, es una entidad que esta sujeta a Control por parte del Ente Rector (Contraloría General de la Republica) mediante el Órgano de Control Institucional que es equivalente al termino de Auditoria Interna. Dichas actividades de control son planificadas anualmente en el "PLAN ANUAL DE CONTROL".
Teniendo como funcionarios responsables del control gubernamental a nivel institucional al titular y los funcionarios de la entidad, al jefe del Órgano de Control Institucional y a personal seleccionado y vinculado con las objetivos y actividades que realiza la entidad, debiendo contar además con capacitación en control gubernamental y administración pública.
Una de las acciones de Control por parte del Órgano de Control Institucional en este periodo fue la "AUDITORIA A LOS ESTADOS FINANCIEROS Y PRESUPUESTARIOS EJERCICIO 2008" donde realice las siguientes labores:
La mayoría de las actividades que he realizado han sido asignadas por la señora CPC. Francisca Calcina Huanaco, quien muy amablemente indicaba como hacerlo, que criterios tomar, herramientas a utilizar, etc. Por otro lado complemente con mis conocimientos adquiridos desde la base de educación de mi hogar y de la universidad, realizando mis trabajos con mucha seguridad, responsabilidad, puntualidad y eficiencia.
Apoyo en el fotocopiado de documentos y/o comprobantes de pago y otros con el fin de obtener un respaldo en caso sea necesario usarlos en un futuro cercano.
Extracto de Información de Ejecución de Viáticos periodo 1999 al 2008 el cual por el momento es información confidencial por lo cual no se detallara.
Ordenamiento y clasificación de seguimiento de recomendaciones del periodo 2008.
Apoyo en la Búsqueda de documentos en lo que se refiere a comprobantes de pago relacionados a la auditoria de EE.FF. 2008.
Archivo de papeles de trabajo de los archivos correspondientes, identificándolos a través de Letras y una codificación de numeración sucesiva a la Auditoria de EEFF UNA - 2007.
• Archivo Permanente
• Archivo de Planificación
• Archivo corriente de Auditoria Financiera
• Archivo de Examen Especial
• Archivo Resumen de Auditoria
• Archivo de Comunicación de Hallazgos (Correspondencia remitida y Recibida)
• Archivo de Correspondencia
• Archivo Opcional
• Archivos Varios
Apoyo a la comisión de auditoria 2008 en la inspección de documentos presupuestales de las diferentes obras del periodo 2008 el cual fue realizado en la OAC.
Apoyo a la comisión de auditoria 2008 en la verificación física de las diferentes obras del periodo 2008 con la compañía de los encargados de la Oficina de OAC.
Apoyo en el alcance de información del SIAF a la comisión de Auditoria el cual es se considera un sistema indispensable para la obtención de diferentes códigos de documentos y el periodo en que fueron ejecutados.
Hago constar, asimismo, que el grupo de trabajo me dieron todas las facilidades para el desempeño y la conclusión de mi aprendizaje correspondiente a lo practico.
Elaboración cuadros el cual estos cuadros realizados son estrictamente confidenciales de acuerdo a la NAGU. 1.40 CONFIDENCIALIDAD en donde detalla que el auditor gubernamental debe mantener absoluta reserva respecto a la informaci6n que conozca en el transcurso de su trabajo. Es por eso que no se revelan estos datos.
Otra labor realizada fue la colaboración en fotocopiado, ordenamiento, sellado, numeración, de los folios de la comunicación de hallazgos a los diferentes funcionarios presuntamente involucrados en las observaciones obtenidas. En esta acción también se realizó el procesamiento de una Hoja electrónica detallando los funcionarios observados, el cargo, los folios enviados, la fecha, entre otros datos.
Otra labor realizada por encargo del jefe inmediato fue el ordenamiento, foliado, de los ejemplares de los informes de auditoria que se enviaran a la Contraloría General de la Republica, al Titular de la Entidad, y uno como referencia en el Órgano de Control Institucional.
Otra labor realizada encargado también por el jefe inmediato se continuó con la elaboración del cuadro correspondencia en una hoja electrónica, en donde se detallan los oficios emitidos, conteniendo: la fecha, dirigido a, firma, asunto. Con su correspondencia conteniendo: fecha de ingreso, respuesta, oficio N°, etc. Este papel de trabajo se realizó con el fin de facilitar la localización de los diferentes oficios remitidos y sus respectivos oficios de correspondencia.
La siguiente labor encargado por el jefe inmediato fue el ordenamiento y clasificación de archivos de auditoria como son archivo permanente, de planificación, corriente de Auditoria Financiera, Corriente de auditoria de Gestión, de examen especial, de Comunicación de hallazgos, de Resumen de Auditoria, de Correspondencia, Opcional y varios.
La ultima labor fue la codificación de archives, tanto en "Auditoria a Obras y la "Auditoria a los Estados Financieros y Presupuestarios ejercicio 2007".
Para mayor ampliación de la codificación del archivo se encuentra normado por el MAGU y la numeración es de acuerdo al criterio del auditor encargado.
CAPTITULO III
Discusión
Dentro de la Normatividad para la Auditoria Gubernamental dentro de nuestro país el Según la Resolución de Contraloría N° 114-2003-CG en su Art. 7° establece que el Órgano de Control Institucional como Órgano conformante del Sistema Nacional de Control, encargado de ejecutar el control gubernamental interno posterior tiene como misión, promover la correcta y transparente gestión de los recursos y bienes de la entidad, cautelando la legalidad y eficiencia de sus actos y operaciones, así como el logro de sus resultados, mediante la ejecución de acciones y actividades de control, para contribuir con el cumplimiento de los fines y metas institucionales.
Estas acciones de control empiezan con la formulación del Plan Anual de control, para este fin la Contraloría General de la republica según Resolución de Contraloría N° 331-2003-CG da los lineamientos de política para la Formulación del Plan Anual de Control de los Órganos de Control Institucional donde establece "Programar las acciones y actividades de control para lo cual se debe considerar la real capacidad operativa del OCI, comprendiendo al personal auditor nombrado y dentro del marco legal así como el personal de apoyo que participa en las actividades de control.
En lo establecido en esta resolución, resalta la capacidad operativa con la que cuentan los Órganos de Control Institucional, así como la experiencia del personal que labora en esta área en cuanto al proceso de la Auditoria, considerándose actualmente una limitación que posee el Órgano de Control Institucional de la Universidad nacional del Altiplano - Puno, debido a que no se cuenta con el personal idóneo para la realización de estas actividades, teniéndose un retraso en la presentación de los informes, no se cumplen los Programas de Auditoria.
Es necesario también tener criterios para la uniformidad de los papeles de trabajo dentro del marco de las Normas Internacionales de Auditoria (NIA), las Normas de auditoria Generalmente Aceptadas (NAGA) y las SAS.
A su vez se observa algunas deficiencias en el trabajo de los auditores más antiguos, debido al desconocimiento de la computación e Informática en el área técnica y por ende el sistema de auditoria que tiene la Contraloría general de la republica por Internet.
CAPITULO IV
Conclusiones
Al finalizar las Practicas Pre-Profesionales Finales realizadas en el Órgano de Control Institucional (OCI) de la Universidad Nacional del Altiplano – Puno se llega a las siguientes conclusiones.
1. El Órgano de Control Institucional tiene como misión, promover la correcta y transparente gestión de los recursos y bienes de la entidad, cautelando la seguridad y eficiencia de sus actos y operaciones, así como el logro de sus resultados, mediante la ejecución de acciones y actividades de control, para contribuir con el cumplimiento de los fines y metas institucionales.
2. El Órgano de Control institucional, como unidad Orgánica especializada, se ubica en el mayor nivel jerárquico organizacional de la entidad, para efectos del ejercicio del control gubernamental. El Jefe del Órgano de Control Institucional informa directamente al Titular de la entidad sobre los requerimientos y resultados de las acciones y actividades de control inherentes a su ámbito de competencia.
3. El Órgano de Control Institucional de la UNA, no cuenta con personal especializado y suficiente, no cuenta con equipos de computo de ultima generación y debido a estas faltas y diferencias, las actividades de control se retrazan y no son cumplidos estrictamente a los Programas de Auditoria.
4. El Jefe del OCI tiene la obligación y el deber permanente, personal e intransferible de dar cuenta y responder ante el Contralor General y la unidad orgánica competente de la Contraloría General, del ejercicio de sus funciones y del cumplimiento de las metas previstas en su Plan Anual de Control.
5. Las Practicas PRE - Profesionales en el Órgano de Control Institucional, me permitió tener una visión amplia sobre la Contabilidad del sector Público, y en especial el Proceso de la Auditoria Gubernamental, interrelacionado las diferentes acciones de control.
6. De acuerdo a la NAGU 1.40 CONFIDENCIALIDAD, El auditor gubernamental debe mantener absoluta reserva respecto a la información que conozca en el transcurso de su trabajo. Es por esta razón que no se presentan cuadros reales con datos reales en el informe.
CAPITULO V
Recomendaciones
1. El Jefe del Órgano de Control Institucional (OCl), debe solicitar al titular de la entidad personal idóneo, capacitado, con experiencia y actualizado para el mejor desempeñó en las acciones de control.
2. El titular de la Universidad Nacional del Altiplano - PUNO , antes de hacer la rotación de personal debe realizar la constante capacitación y actualización del personal del Órgano de control Institucional, para esto la Universidad por intermedio del Jefe de control Institucional debe suscribir un contrato con entidades de alto nivel en referencia al control gubernamental, como la Escuela Nacional de Control, para la realización de eventos con facilidades de pago y costos menores, a la vez capacitación en cursos de computación e informática y a la vez mantenimiento, instalación y reparación de computadoras básico a los trabajadores mas antiguos, con la única finalidad de mejorar y agilizar el control de la actividad institucional de la universidad.
3. El titular de la Universidad Nacional del Altiplano - PUNO, debe brindar mayores recursos económicos y humanos suficientes, para la adecuada ejecución de las actividades de control.
4. El Titular de la Entidad debe brindar apoyo, comprando equipos de computo de ultima generación, estos permitirán agilizar el procesamiento de datos, obteniendo así un trabajo mas eficaz y suficiente.
5. El Jefe del Órgano de Control Institucional en coordinación con la Contraloría General de la Republica sede Puno, debe dar charlas en referencia a la elaboración de Papeles de Trabajo uniformizando los criterios Técnicos.
6. El Jefe del Órgano de Control Institucional debe tener constante comunicación con su personal en referencia al reglamento interno de trabajo.
CAPITULO VI
Bibliografía
• Centro de Altos Estudios en Ciencias Fiscalizadoras “GLOSARIO DE TERMINOS DE USO FRECUENTE EN EL ACCIONAR DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL”; Lima – Perú 1992
• LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL LEY N° 27785 Publicado 23 de julio 2002
• LEY ORGANICA DE GOBIERNOS REGIONALES LEY N° 27867.
• MANUAL DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL Publicado 23 de Diciembre de 1998.
• MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL GOBIERNO REGIONAL PUNO 02 DE Marzo del 2003.
• NORMAS DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL
• ANDRADE ESPINOZA SIMON; “NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORIA”; Ediciones Jurídicas Andrade; Primera Edición 2004
• QUISPE QUISPE, Manuel “Nuevas Técnicas y Procedimientos de Auditoria Gubernamental” Editores Impresores 1999
• UTURUNCO MAMANI FELICIANO “La auditoria operativa en el control fiscal “ copytesis 1992
• PAGINA WEB DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA.
Autor:
Hermer Cari
[email protected]
ww.monografias.com
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