Papers by Jose Tomas Correa
ÍNDICE Introducción CAPÍTULO PRIMERO GENERALIDADES SOBRE LOS PROCEDIMIENTOS 1. Los procedimientos... more ÍNDICE Introducción CAPÍTULO PRIMERO GENERALIDADES SOBRE LOS PROCEDIMIENTOS 1. Los procedimientos como las normas y formalidades que permiten constituir los procesos 4.2. Reconocimiento constitucional del derecho a la prueba y consecuencia 5. Regulación positiva de la prueba 6. El objeto de la prueba 6.1. Las afirmaciones de hecho efectuadas por las partes 6.2. Algunas máximas de la experiencia 6.3. Exclusión de las normas jurídicas como objeto de prueba. Excepciones 6.3.1. Cuando se invoca el derecho extranjero 6.3.2. Cuando se invoca la costumbre 7. La necesidad de la prueba 7.1. Hechos afirmados que requieren prueba: controvertidos, sustanciales y pertinentes 7.1.1. Hechos contradictorios 7.1.2. Hechos substanciales 7.1.3. Hechos pertinentes 7.2. Hechos que no requieren prueba 7.2.1. Hechos admitidos 7.2.2. Hechos notorios 7.2.3. Hechos presumidos 8. Clases y grados de prueba 8.1. Prueba directa e indirecta 8.2. Prueba principal, contraprueba y prueba de lo contrario 8.3. Prueba preconstituida y prueba causal 8.4. Prueba plena, principio de prueba y falta de prueba 9. Fuentes y medios de prueba 9.1. Fuentes de prueba 9.2. Medios de prueba 9.3. Imposibilidad de reglamentar exhaustivamente las fuentes de prueba y sí los medios de prueba 9.4. Operatoria concreta de las fuentes y medios de prueba 9.5. Resumen: las limitaciones de los medios de prueba 10. La prueba ilícita 10.1. Las limitaciones del derecho a la prueba 10.2. Concepto de prueba ilícita
El artículo 2492 del Código Civil, al definir la prescripción, habla de la prescripción extintiva... more El artículo 2492 del Código Civil, al definir la prescripción, habla de la prescripción extintiva y de la prescripción adquisitiva al mismo tiempo. En lo referente a la prescripción extintiva, la podemos definir como "un modo de extinguir las acciones por no haberse ejercido dichas acciones durante cierto lapso de tiempo, siempre que además concurran los demás requisitos legales" Es decir, lo que la prescripción extingue es la acción. La obligación no se extingue.
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