Papers by Josefina Miró Quesada Gayoso
Revista Peruana de Derecho (Número 48), 2024
Por primera vez en el Perú, en 2021 un juzgado reconoció la existencia de un derecho a morir con ... more Por primera vez en el Perú, en 2021 un juzgado reconoció la existencia de un derecho a morir con dignidad amparado en nuestra Constitución. Lo hizo frente a la demanda de amparo contra norma legal presentada por la Defensoría del Pueblo, en representación de Ana Estrada, ciudadana que solicitó el reconocimiento de este derecho para poder acceder a un procedimiento eutanásico cuando ella así lo requiriera. El presente artículo desarrolla el planteamiento de este derecho 'nuevo' innominado, así como los principales aportes de la sentencia emitida en el caso Ana Estrada, y ratificada en la Corte Suprema, así como en la de María Benito con relación a este derecho.
Gaceta Constitucional, 2024
La sentencia de la Tercera Sala Constitucional que declara fundada la
demanda de María Benito rat... more La sentencia de la Tercera Sala Constitucional que declara fundada la
demanda de María Benito ratifica su derecho a rechazar un tratamiento médico de soporte vital. La resolución de la Sala ordena a EsSalud a respetar y garantizar su voluntad de retirar su ventilador mecánico, previa aplicación de una sedación. Así, se desarrolla un análisis crítico del referido fallo, en el que destaca los aciertos y desaciertos en la argumentación que fundamenta la resolución. Entre los aciertos está el sostener que el pedido de María no es una eutanasia y es legal, motivo por el cual no se necesita un protocolo para ello. Sin embargo, deja pasar una oportunidad vital para profundizar y delimitar mejor los alcances del derecho a una muerte digna.
Enfoque Derecho, 2023
El artículo busca ofrecer un análisis crítico de cómo se ha interpretado tradicionalmente la viol... more El artículo busca ofrecer un análisis crítico de cómo se ha interpretado tradicionalmente la violación sexual, su bien jurídico, y el libre consentimiento, a partir de un modelo de sexualidad posesiva que termina desprotegiendo la autodeterminación sexual de las mujeres con capacidad de consentir. Ofrece lineamientos para mejor comprender el delito de violación sexual, tomando como piedra angular la ausencia de libre consentimiento, así como la neutralización de mitos de violación al delimitar sus alcances.
Gaceta Constitucional, 2024
A partir de la resolución consultiva de la Corte Suprema que puso fin al proceso de amparo judici... more A partir de la resolución consultiva de la Corte Suprema que puso fin al proceso de amparo judicial, cuya sentencia reconoció el derecho a una muerte en condiciones dignas de Ana Estrada en febrero de 2021, la autora analiza los principales puntos abordados por el voto en mayoría de la resolución y desarrolla los desafíos pendientes para garantizar los derechos fundamentales reconocidos a Ana. Para ello, realiza un recuento del camino procesal emprendido desde la presentación de la demanda de amparo contra el delito de homicidio piadoso hasta la revisión en consulta en la Corte Suprema, de cara a los alcances y límites reconocidos a las y los magistrados para ejercer el poder-deber del control difuso y hacer prevalecer la dignidad y demás derechos que fundan el ordenamiento jurídico constitucional.
Cuaderno para la Defensa Jurídica del Estado: Trata de Personas y Criminalidad Organizada. Procuraduría General del Estado del Perú., 2023
La trata de personas es un delito que supone una grave violación a los
derechos humanos. Las seve... more La trata de personas es un delito que supone una grave violación a los
derechos humanos. Las severas secuelas del proceso de victimización
hacen indispensable que, en la investigación, persecución y sanción del
delito, el Estado priorice los intereses, necesidades y preocupaciones de las
víctimas-sobrevivientes. La aplicación del enfoque centrado en la víctima
en el proceso penal no es solo una obligación de los Estados de proteger
y asistir a personas cuyos derechos han sido gravemente vulnerados. Es
también una herramienta indispensable para neutralizar todo riesgo de
revictimización y asegurar de esa forma el proceso de recuperación de
las víctimas. A través del presente trabajo, la autora busca exponer los
alcances del enfoque victimocéntrico en los delitos de trata de personas
y las razones que justifican su incorporación en la justicia penal, así como
las formas de aplicarlo, de cara a los diversos desafíos que comúnmente
se presentan en la búsqueda de acceso a la justicia de víctimas de trata.
Ensayos de Género y Derecho, 2023
The right to die with dignity and the right of women and pregnant people to decide not to continu... more The right to die with dignity and the right of women and pregnant people to decide not to continue a pregnancy share a common ground. The freedom to decide in both cases constitutes an expression of individual autonomy, but also of the emancipation of individuals, whose bodies and lives have historically been subjected to external controls. In Peru and the vast majority of Latin American countries, the criminalization of medically assisted death and abortion, in addition to stigmatizing these behaviors as transgressive and failing to protect "human lives," ignores the underlying human rights that sustain the right to decide over our bodies and lives. This essay aims to shed light on the reasons behind the penal prohibition of these conducts and the invisible effects of a failed criminal policy, as well as the duties of States to respect, protect and fulfill the human rights that uphold the right to die with dignity and to safe and legal abortion.
Themis Revista de Derecho, 2022
El artículo analiza, a partir de una perspectiva jurídico penal y criminológica, el rol del géner... more El artículo analiza, a partir de una perspectiva jurídico penal y criminológica, el rol del género en la concepción y aplicación del sistema de justicia penal, a lo largo de sus distintas etapas. En esa línea, parte de los cuestionamientos a la aparente neutralidad que ofrecen las categorías jurídico-penales, construidas e interpretadas desde un lente androcéntrico que excluye y desvalora las experiencias, intereses y valores femeninos. A través de una revisión crítica de la literatura que estudia la interacción del poder punitivo y el poder patriarcal, se expone y analizan los efectos empíricos, a nivel comparado de leyes penales, sustantivas y procesales, pensadas y aplicadas sin perspectiva de género. Se sostiene, así, la necesidad de operadores de la justicia de aplicar el derecho penal con perspectiva de género, mientras se idean fórmulas de justicia que descentralicen el paradigma punitivo tradicional.
+Memoria(s), 2020
El Informe final de la Comisión de la Verdad y Reconciliación reconoció que durante el conflicto ... more El Informe final de la Comisión de la Verdad y Reconciliación reconoció que durante el conflicto armado interno ocurrido en el Perú (1980-2000) se cometieron graves violaciones al artículo 3 común de los Convenios de Ginebra de 1949. Pese a ello, no existe sentencia alguna que haya reconocido estos crímenes de guerra. Dada la falta de implementación normativa, procesarlos como tal implicaría una vulneración al principio de legalidad. A partir de un análisis de las fuentes de derecho que criminalizan estos actos, de las que obligan al Estado a perseguirlos y de una interpretación alternativa del principio de legalidad, este artículo sostiene que es posible calificar legalmente como crímenes de guerra los actos que materialmente califican como tal.
Themis 78, 2020
El derecho a morir dignamente ha ganado relevancia en el debate público en el Perú a partir del c... more El derecho a morir dignamente ha ganado relevancia en el debate público en el Perú a partir del caso de Ana Estrada. Se trata de la primera peruana que solicita al Estado reconocer este derecho y evitar la criminalización de una de sus formas: la eutanasia. Por encima del marco jurídico interno, se aprecian importantes contribuciones desde el derecho internacional en la delimitación de este derecho.
El presente artículo analiza los alcances, y el contenido de los derechos humanos que fundamentan al acceso a una muerte digna por parte de una persona consciente y en plenas facultades mentales, que solicita el cese de su vida debido a dolores intolerables que padece como resultado de una enfermedad incurable. A partir del estudio de instrumentos internacionales de protección de derechos humanos, así como la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la autora sostiene que la facultad de cada quien de intervenir sobre su proceso de muerte no solo no constituye una vulneración a las obligaciones internacionales de Estados Parte de tratados como la Convención Americana, sino que representa el respeto y garantía de tales derechos.
Gaceta Constitucional - Especial #159, 2021
La autora se pronuncia sobre la historia de Ana Estrada y el camino judicial que la llevó a obten... more La autora se pronuncia sobre la historia de Ana Estrada y el camino judicial que la llevó a obtener una sentencia favorable. Luego, analiza la sentencia que resolvió la acción de ampa-ro presentada por la Defensoría del Pueblo, resaltando cuáles son los aciertos y desaciertos en la motivación que realizó el juez constitucional. Además, enfatiza en que no es la disca-pacidad la que hace indigna la vida de uno, sino el sufrimiento. En tal sentido, defiende que el derecho a la muerte digna es la otra moneda de la vida digna de principio a fin y permite elegir el cómo, cuándo y dónde morir de acuerdo a las convicciones personales. PALABRAS CLAVE: Caso Ana Estrada / Muerte digna / Derecho humano emergente / Discapaci-dad Recibido: 13/03/2021 Aprobado: 15/03/2021
IUS ET VERITAS, (59), 2019
El presente artículo estudia la violencia sexual como arma de guerra perpetrada en contextos de c... more El presente artículo estudia la violencia sexual como arma de guerra perpetrada en contextos de conflicto armado y analiza, a partir del caso peruano, el marco jurídico aplicable para perseguir y sancionar tales hechos durante el conflicto armado interno entre 1980-2000 a la luz del derecho penal nacional e internacional y el derecho internacional de los derechos humanos. De acuerdo con el Informe Final de la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR), en ciertas zonas, esta violencia calificó como crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra. Judicializarlos solo bajo la ley penal aplicable al momento de los hechos resulta insuficiente de cara a las obligaciones del Estado de perseguir y sancionar este fenómeno. Se sugiere así, la aplicación de estándares internacionales que le dan contenido al tipo penal, así como una interpretación alternativa del principio de legalidad, que permita aprehender el real desvalor sociojurídico de estos actos.
Enfoque Derecho, 2020
Jeffrey Epstein fue un depredador sexual de la peor calaña. Un hombre multimillonario que articul... more Jeffrey Epstein fue un depredador sexual de la peor calaña. Un hombre multimillonario que articuló una red de explotación sexual de mujeres y niñas, con la indulgente complicidad del poder económico, político, mediático e institucional. Su caso es la representación perfecta de una justicia perversa y putrefacta, que la corrupción, la misoginia, la plutocracia y un capitalismo salvaje cristalizó. ¿Qué reflexiones podemos extraer sobre la naturaleza de este fenómeno tan execrable y, sin embargo, tan extendido?
Gaceta Penal, 2020
RESUMEN La autora analiza el tipo penal de homicidio piadoso, cuestionando la legitimidad de su r... more RESUMEN La autora analiza el tipo penal de homicidio piadoso, cuestionando la legitimidad de su represión con relación a la protección que pretende brindar al bien jurídico vida humana independiente, precisando que solo se justifica la intervención del Derecho Penal si es que se pone en riesgo o lesiona el proyecto de vida, no siendo ese el caso previsto en el citado artículo. Asimismo, sostiene que la vida es un bien jurídico disponible, cuyo consenti-miento por parte del titular vuelve atípica la contribución de terceros que buscan mate-rializar los derechos fundamentales de quien desea acceder a una muerte digna. MARCO NORMATIVO • Constitución Política del Perú: arts.
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demanda de María Benito ratifica su derecho a rechazar un tratamiento médico de soporte vital. La resolución de la Sala ordena a EsSalud a respetar y garantizar su voluntad de retirar su ventilador mecánico, previa aplicación de una sedación. Así, se desarrolla un análisis crítico del referido fallo, en el que destaca los aciertos y desaciertos en la argumentación que fundamenta la resolución. Entre los aciertos está el sostener que el pedido de María no es una eutanasia y es legal, motivo por el cual no se necesita un protocolo para ello. Sin embargo, deja pasar una oportunidad vital para profundizar y delimitar mejor los alcances del derecho a una muerte digna.
derechos humanos. Las severas secuelas del proceso de victimización
hacen indispensable que, en la investigación, persecución y sanción del
delito, el Estado priorice los intereses, necesidades y preocupaciones de las
víctimas-sobrevivientes. La aplicación del enfoque centrado en la víctima
en el proceso penal no es solo una obligación de los Estados de proteger
y asistir a personas cuyos derechos han sido gravemente vulnerados. Es
también una herramienta indispensable para neutralizar todo riesgo de
revictimización y asegurar de esa forma el proceso de recuperación de
las víctimas. A través del presente trabajo, la autora busca exponer los
alcances del enfoque victimocéntrico en los delitos de trata de personas
y las razones que justifican su incorporación en la justicia penal, así como
las formas de aplicarlo, de cara a los diversos desafíos que comúnmente
se presentan en la búsqueda de acceso a la justicia de víctimas de trata.
El presente artículo analiza los alcances, y el contenido de los derechos humanos que fundamentan al acceso a una muerte digna por parte de una persona consciente y en plenas facultades mentales, que solicita el cese de su vida debido a dolores intolerables que padece como resultado de una enfermedad incurable. A partir del estudio de instrumentos internacionales de protección de derechos humanos, así como la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la autora sostiene que la facultad de cada quien de intervenir sobre su proceso de muerte no solo no constituye una vulneración a las obligaciones internacionales de Estados Parte de tratados como la Convención Americana, sino que representa el respeto y garantía de tales derechos.
demanda de María Benito ratifica su derecho a rechazar un tratamiento médico de soporte vital. La resolución de la Sala ordena a EsSalud a respetar y garantizar su voluntad de retirar su ventilador mecánico, previa aplicación de una sedación. Así, se desarrolla un análisis crítico del referido fallo, en el que destaca los aciertos y desaciertos en la argumentación que fundamenta la resolución. Entre los aciertos está el sostener que el pedido de María no es una eutanasia y es legal, motivo por el cual no se necesita un protocolo para ello. Sin embargo, deja pasar una oportunidad vital para profundizar y delimitar mejor los alcances del derecho a una muerte digna.
derechos humanos. Las severas secuelas del proceso de victimización
hacen indispensable que, en la investigación, persecución y sanción del
delito, el Estado priorice los intereses, necesidades y preocupaciones de las
víctimas-sobrevivientes. La aplicación del enfoque centrado en la víctima
en el proceso penal no es solo una obligación de los Estados de proteger
y asistir a personas cuyos derechos han sido gravemente vulnerados. Es
también una herramienta indispensable para neutralizar todo riesgo de
revictimización y asegurar de esa forma el proceso de recuperación de
las víctimas. A través del presente trabajo, la autora busca exponer los
alcances del enfoque victimocéntrico en los delitos de trata de personas
y las razones que justifican su incorporación en la justicia penal, así como
las formas de aplicarlo, de cara a los diversos desafíos que comúnmente
se presentan en la búsqueda de acceso a la justicia de víctimas de trata.
El presente artículo analiza los alcances, y el contenido de los derechos humanos que fundamentan al acceso a una muerte digna por parte de una persona consciente y en plenas facultades mentales, que solicita el cese de su vida debido a dolores intolerables que padece como resultado de una enfermedad incurable. A partir del estudio de instrumentos internacionales de protección de derechos humanos, así como la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la autora sostiene que la facultad de cada quien de intervenir sobre su proceso de muerte no solo no constituye una vulneración a las obligaciones internacionales de Estados Parte de tratados como la Convención Americana, sino que representa el respeto y garantía de tales derechos.