Gobierno de Canarias
El Gobierno de Canarias es la institución que ostenta el poder ejecutivo en el marco competencial de la comunidad autónoma de Canarias, en España, conferido por el Estatuto de Autonomía de Canarias.
Gobierno de Canarias | ||||
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Sedes del Gobierno Canario en Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife | ||||
Localización | ||||
País | España | |||
Información general | ||||
Jurisdicción | Canarias | |||
Tipo | Gobierno autonómico | |||
Sede | Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas de Gran Canaria | |||
Organización | ||||
Presidente | Fernando Clavijo | |||
Coalición |
CC PP de Canarias AHI | |||
Composición | Véase Consejerías | |||
Dependencias | Canarias Cultura en Red, Viviendas Sociales de Canarias (VISOCAN), Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental (GESPLAN), GRECASA, Cartográfica de Canarias, S.A. (GRAFCAN) | |||
Empleados | 97.915 (a 1 de enero de 2024)[1][2] | |||
Presupuesto | 11.970.645.245 € (2024)[3] | |||
Historia | ||||
Fundación | 16 de agosto de 1982 | |||
Sucesión | ||||
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www.gobiernodecanarias.org/ | ||||
El Estatuto de Autonomía de Canarias (aprobado mediante Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto[4], reformada por Ley Orgánica 4/1996, de 30 de diciembre[5]) es la norma institucional que constituye a la Comunidad Autónoma de Canarias, proveyéndola de su marco organizativo y funcional básico. En la cúspide administrativa —y como exponente del poder ejecutivo autonómico— se encuentra el Gobierno de Canarias.
El Gobierno de Canarias tiene su sede principal en Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas de Gran Canaria.[6]
Orígenes y antecedentes del Gobierno de Canarias
editarEl actual régimen autonómico de Canarias surge como resultado del sistema democrático representativo instaurado en España con la entrada en vigor de la Constitución española de 1978 el día 28 de diciembre.
Tras la muerte del dictador Francisco Franco el 20 de noviembre de 1975 comienza el periodo denominado Transición española, iniciándose los trabajos para la Reforma política española. Tras la promulgación de la Constitución Española de 1978, en cuyo «Título VIII» se establece el «Estado de las Autonomías», se insta a las regiones de España a aprobar sus respectivos Estatutos de Autonomía. La autonomía de las nacionalidades y regiones aspiración política frustrada desde la Segunda República Española durante los casi cuarenta años de Centralismo administrativo (1939-1978).
Régimen preautonómico y Estatuto de Autonomía de Canarias
editarAntecedentes históricos
editarSingularidad del archipiélago canario
editarDesde hace más de quinientos años, tras su anexión por parte de la Corona de Castilla, las Islas Canarias han merecido una atención especial debido a factores que la diferenciaban de las regiones de la España peninsular, tales como la insularidad, la fragmentación de su territorio la falta de recursos naturales y la lejanía del continente europeo.
Ya en el siglo XVI, la Corona de Castilla reconoce la condición singular del Archipiélago, dotándolo de unos privilegios comerciales y fiscales que venían a reconocer esos hechos diferenciadores con el objetivo de estimular la repoblación europea de las islas así como dotarlas de un mayor dinamismo económico.
Posteriormente, tal reconocimiento se vendría a plasmar legalmente mediante el desarrollo de normas como el Real Decreto de Puertos Francos (1852) o la Ley de Puertos Francos de Canarias (1900), actualizadas a los nuevos tiempos por la Ley del Régimen Económico y Fiscal de Canarias (REF), promulgada en 1972 y modificada en 1991.
Constitución de las Autonomías durante la Segunda República
editarEn España, el proceso de constitución en autonomías tiene sus orígenes en el siglo XIX. Ya en el proyecto constitucional federal de 1873 (que no llegó a prosperar) y, posteriormente, en la Constitución de la República Española de 1931, se establece la necesidad de que las provincias que lo deseen, así como los territorios insulares, puedan constituirse en autonomías y asumir las competencias que no sean de derecho exclusivo del Estado.
Tras las elecciones a las Cortes en febrero de 1936, se aviva el interés por la elaboración de los estatutos de autonomía.
En Canarias, el republicano Ramón Gil Roldán, presidente saliente de la Mancomunidad Provincial Interinsular de Santa Cruz de Tenerife, y el Colegio de Agentes Comerciales de Las Palmas presentan sendos proyectos de Estatutos.
En agosto de 1936, las Mancomunidades Provinciales de Las Palmas y Santa Cruz de Tenerife son las encargadas de realizar una nueva propuesta de Estatuto para Canarias, donde se hace mención a la capitalidad compartida.
La guerra civil española
editarPero el alzamiento militar del 18 de julio, la guerra civil española interrumpe este proceso, que volvería a reanudarse cuarenta años después con la restauración de la democracia.
El 15 de junio de 1977 se celebran las primeras elecciones democráticas en España tras la dictadura del general Franco. A partir de estas elecciones, se abre en Canarias un período de preautonomía. En cualquier caso, se deja claro que su Estatuto de Autonomía se elaborará una vez se hubiese aprobado la Constitución Española, que por aquel entonces se encontraba en estudio y finalmente acabaría por promulgarse en 1978.
La Transición Española y la etapa preautonómica
editarEn la etapa preautonómica, en 1978, se crea la Junta preautonómica de Canarias como órgano de Gobierno de las Islas, con representación de parlamentarios, representantes de cada Cabildo Insular y representantes locales surgidos de las elecciones locales.
La Junta funciona en "Pleno Permanente" y en "Consejo Permanente" y tiene como funciones, entre otras, gestionar y administrar las funciones y servicios que transfiera la Administración Central del Estado.
Para hacer efectivo este proceso de transferencias, el Gobierno de España aprueba el Real Decreto 476/1978, de 17 de marzo, por el que se desarrolla el Real Decreto-Ley 9/1978 (disposición 7437) que aprueba el régimen preautonómico para el archipiélago canario (publicado en el BOE número 1 de 1 de abril de 1980).[7]
Símbolos de la Comunidad Autónoma
editar- La bandera: La bandera de Canarias está formada por tres franjas iguales en sentido vertical, cuyos colores son, a partir del asta, blanco, azul y amarillo. (Artículo 7 del Estatuto de Autonomía de Canarias).
- El escudo: Canarias tiene escudo propio, cuya descripción es la siguiente: en campo de azur trae siete islas de plata bien ordenadas dos, dos, dos y una, esta última en punta. Como timbre una corona real de oro, surmontada de una cinta de plata con el lema Océano de sable y como soportes dos canes en su color. (Artículo 7 del Estatuto de Autonomía de Canarias).
- El himno
Presidentes de la Junta de Canarias (Etapa preautonómica)
editarPresidente | Inicio del mandato | Fin del mandato | Partido | ||
Alfonso Soriano Benítez de Lugo | 14 de abril de 1978 | 9 de junio de 1979 | Unión de Centro Democrático (UCD) | ||
Fernando Bergasa Perdomo | 9 de junio de 1979 | 9 de junio de 1980 | Unión de Centro Democrático (UCD) | ||
Vicente Álvarez Pedreira | 9 de junio de 1980 | 12 de junio de 1981 | Unión de Centro Democrático (UCD) | ||
Fernando Bergasa Perdomo | 12 de junio de 1981 | 14 de junio de 1982 | Unión de Centro Democrático (UCD) | ||
Francisco Javier Ucelay Sabina | 14 de junio de 1982 | 29 de diciembre de 1982 | Unión de Centro Democrático (UCD) | ||
Jerónimo Saavedra Acevedo | 29 de diciembre de 1982 | 11 de junio de 1983 | Partido Socialista Obrero Español (PSOE) |
Presidentes de Canarias (Etapa autonómica)
editarConsejerías del Gobierno de Canarias
editarLas Consejerías como unidades administrativas del Gobierno autonómico
editarEl Estatuto de Autonomía de Canarias, como norma básica de la Comunidad, dispone en su artículo 16 que «1. El Gobierno de Canarias está compuesto por el Presidente, el Vicepresidente y los Consejeros. 2. Una Ley del Parlamento Canario determinará su composición y sus atribuciones, así como el Estatuto de sus miembros. 3. El número de miembros del Gobierno no excederá de once.»
La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias o «Ley 14/1990, de 26 de julio, de reforma de la Ley 8/1986, de 18 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias» (publicada en el Boletín Oficial de Canarias número 225 del 19 de septiembre de 1990) desarrolla en su «Título II» la regulación de la «Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias».
- Organización en Consejerías.
El artículo 27 dice que «1. Bajo la superior dirección del Presidente del Gobierno de Canarias y dentro de los límites del Estatuto de Autonomía, la Administración de la Comunidad Autónoma se organiza en Consejerías. 2. Cada una de las Consejerías tendrá atribuida la gestión de los servicios de áreas determinadas de la acción pública propias de la competencia de la comunidad».
- Competencias básicas de las Consejerías.
Conforme al artículo 29: «1. Los Consejeros dirigen sus respectivos departamentos y en tal condición les corresponde: 1. Ejercer la iniciativa, dirección e inspección de todos los servicios de la Consejería y las facultades que le correspondan respecto de los organismos autónomos adscritos a la misma. 2. Desempeñar la Jefatura Superior de personal. 3. Nombrar y cesar a los titulares de puestos de trabajo de libre designación».
La norma continúa con una larga lista de atribuciones, a imagen y semejanza de la legislación estatal para la Administración del Estado.
Consejerías
editarEstos son los actuales consejeros del gobierno de las Islas Canarias:
Partido Político | Coalición Canaria | |
Partido Popular de Canarias | ||
Agrupación Herreña Independiente | ||
Cargo | Nombre | |
Presidente | Fernando Clavijo Batlle | |
Vicepresidente
Consejería de Economía Industria, Comercio y Autónomos |
Manuel Domínguez González | |
Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad | Pablo Rodríguez Valido | |
Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea | Matilde Pastora Asian González | |
Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad | Nieves Lady Barreto Hernández | |
Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes | Poli Suárez Nuez | |
Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas | Manuel Miranda Medina | |
Consejería de Turismo y Empleo | Jessica de León Verdugo | |
Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura | Migdalia María Machín Tavío | |
Consejería de Transición Ecológica y Energía | Mariano Hernández Zapata | |
Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias | María Candelaria Delgado Toledo | |
Consejería de Sanidad | Esther María Monzón Monzón | |
Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria | Alejandro Narvay Quintero Castañeda |
Organización
editar- Sedes Presidencia del Gobierno
- Consejerías
Competencias transferidas
editarLas transferencias se realizaron desde el Gobierno de España al Gobierno de la comunidad a través del Estatuto de Autonomía y de la Ley Orgánica de Transferencia de Competencias a Canarias (LOTRACA) con sus correspondientes reformas.
- Sanidad (1994)
- Servicios Sociales (1982)
- Servicios de empleo (1999)
- Juventud (1982)
- Trabajo (Relaciones Laborales), Mediación, Arbitraje y Conciliación (1984)
- IMSERSO (1985)
Otras instituciones de la Comunidad
editar- Consejo Económico y Social de Canarias
- Parlamento de Canarias
- Diputado del Común
- Audiencia de Cuentas de Canarias
Empresas públicas
editar- Canarias Cultura en Red
- Viviendas Sociales de Canarias (VISOCAN)
- Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental (GESPLAN)
- GRECASA
- Cartográfica de Canarias, S.A. (GRAFCAN)
- Gestión de Servicio para la Salud y Seguridad de Canarias (GSC)
Véase también
editarReferencias
editar- ↑ «Boletín Estadístico del personal al servicio de las Administraciones Públicas». Ministerio de Politica Territorial de España. 11 de agosto de 2024. Consultado el 28 de agosto de 2024.
- ↑ Registro Central de Personal (Julio 2022). «Boletín Estadístico del Personal al servicio de las Administraciones Públicas» (PDF). www.funcionpublica.hacienda.gob.es. Ministerio de Hacienda y Función Pública. p. 11. Consultado el 18 de abril de 2023.
- ↑ «Avance presupuestario por comunidades autónomas». Ministerio de Hacienda (España). Consultado el 29 de agosto de 2024.
- ↑ «BOE-A-1982-20821 Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto, de Estatuto de Autonomía de Canarias.». www.boe.es. Consultado el 29 de agosto de 2024.
- ↑ «BOE-A-1982-20821 Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto, de Estatuto de Autonomía de Canarias.». www.boe.es. Consultado el 29 de agosto de 2024.
- ↑ Sedes del Gobierno de Canarias Archivado el 29 de abril de 2014 en Wayback Machine. Web oficial de la Presidencia del Gobierno de Canarias. Consultado el 3 de enero de 2013.
- ↑ Texto íntegro del Real Decreto 476/1978, de 17 de marzo (enlace roto disponible en Internet Archive; véase el historial, la primera versión y la última).
- Fuente: Gobierno de Canarias (Aviso legal)
Enlaces externos
editar- Wikisource contiene obras originales de o sobre Estatuto de autonomía de Canarias.
- Gobierno de Canarias
- Parlamento de Canarias